Cronograma y Plazos de Ejecución Cláusulas de Ejemplo

Cronograma y Plazos de Ejecución a) La Sociedad Concesionaria deberá presentar al Concedente o a quien éste designe, dentro del plazo de seis (6) meses, contado a partir de la Fecha de Cierre, un cronograma detallando en períodos trimestrales la programación de las actividades de construcción de las Obras Comprometidas Iniciales. La realización de las actividades previstas en el mencionado cronograma no deberá exceder el plazo para la Puesta en Operación Comercial. El cronograma a que se refiere el presente párrafo formará parte del Contrato como Anexo N° 14, de conformidad con el inciso “d” del Artículo 31° del Reglamento. Del mismo modo, de acuerdo con la referida norma, el Concedente podrá observar el establecimiento de los hitos de avance en la ruta crítica, cuando considere que no se ajustan al tipo de instalación a efectuar o al tipo de trabajo a realizar. Esta facultad podrá ser ejercida dentro de los treinta (30) Días posteriores a la fecha en que la Sociedad Concesionaria le presente el mencionado cronograma. De no presentar las observaciones dentro del plazo indicado se entenderá que el Concedente no tiene observaciones al cronograma. En caso de existir observaciones estas deberán ser subsanadas dentro de un plazo máximo de treinta Días, a menos que exista controversia respecto a las observaciones planteadas, en cuyo caso dicha controversia será resuelta conforme a la Cláusula 18.
Cronograma y Plazos de Ejecución. Dentro del plazo de seis (6) meses, contado a partir de la Fecha de Cierre, el Concesionario deberá presentar al Concedente el Cronograma, detallando en períodos trimestrales la programación de la construcción de las obras a la Puesta en Operación Comercial. El Cronograma deberá distinguir claramente la ruta crítica de las obras y deberá establecer los hitos de avance de la ruta crítica y presentarse en versión digital (MS Project o similar). Una versión actualizada del Cronograma será entregada a los doce (12), a los dieciocho (18) y a los veinticuatro (24) meses a partir de la Fecha de Cierre. La realización de las actividades previstas en el Cronograma no deberá exceder el plazo para la Puesta en Operación Comercial. Asimismo, en virtud de la Cláusula 5.2, en caso el Concesionario haya notificado que el desarrollo constructivo de la Concesión será ejecutado en varias Etapas, en los plazos antes indicados deberá señalar el número de Consumidores Conectados que realizará por Etapa. Si en los plazos señalados, el Concesionario no cumple con presentar los Cronogramas, el Concesionario deberá pagar al Concedente la penalidad que se indica en el Anexo N° 6. El Concesionario deberá comunicar por escrito al Concedente con sesenta (60) días calendario de anticipación el inicio de la construcción del Sistema de Distribución, sin perjuicio de las obligaciones que tiene según el Reglamento de Distribución, en lo relativo a la construcción del Sistema de Distribución. Sin perjuicio de lo dispuesto en las Cláusulas 14 y 16, la Puesta en Operación Comercial deberá ocurrir a más tardar en un plazo de treinta (30) meses desde la Fecha de Cierre. En caso el Concesionario requiera de un Estudio de Impacto Ambiental detallado y/o semidetallado, la Puesta en Operación Comercial deberá ocurrir a más tardar en un plazo de treinta y seis (36) meses desde la Fecha de Cierre. Si en el plazo señalado no ocurre la Puesta en Operación Comercial, el Concesionario tendrá un plazo adicional de hasta noventa (90) días calendario para cumplir con la Puesta en Operación Comercial, debiendo pagar al Concedente la penalidad que se indica en el Anexo N° 6. La Puesta en Operación Comercial deberá llevarse a cabo conforme a lo señalado en la Cláusula 5.2. Vencido el plazo de noventa (90) días calendario referido en el párrafo precedente, el Concedente, podrá declarar la terminación de la Concesión por declaración de Caducidad de conformidad con el literal e) del artículo 50 del Reglamento de ...
Cronograma y Plazos de Ejecución. Los Refuerzos deberán ser puestos en operación comercial dentro de un plazo no mayor a treinta y tres (33) meses, contados a partir de la fecha de suscripción de la presente Adenda. Los siguientes hitos deberán cumplirse en los plazos que se indican a continuación, todos contados a partir de la suscripción de la presente Adenda:
Cronograma y Plazos de Ejecución a) Dentro del plazo de un (01) mes, contado a partir de la Fecha de Cierre, la Sociedad Operadora deberá presentar al Administrador del Contrato con copia al Ministerio de Energía y Minas, detallando en períodos semanales la programación de las actividades de construcción de las obras requeridas a la Puesta en Operación Comercial. El cronograma debe distinguir claramente la ruta crítica de las obras y los hitos de avance en la ruta crítica y presentarse en versión digital (MS Project o similar). Una versión actualizada del cronograma será entregado a los tres (03) y a los seis (06) meses contados a partir de la Fecha de Cierre. El Administrador del Contrato puede disponer una variación en la periodicidad, alcance o detalle con el que deben presentarse los cronogramas o la ruta crítica o sus hitos de avance.
Cronograma y Plazos de Ejecución. Se propone la siguiente redacción:
Cronograma y Plazos de Ejecución a) Dentro del plazo de seis (6) meses, contado a partir de la Fecha de Cierre, el CONCESIONARIO deberá presentar al Concedente el Cronograma, detallando en períodos trimestrales la programación de las actividades de construcción de las obras requeridas a la Puesta en Operación Comercial del Sistema de Distribución. El Cronograma debe distinguir claramente la ruta crítica de las obras y los hitos de avance en la ruta crítica y presentarse en versión digital (MS Project o similar). Una versión actualizada del Cronograma será entregado a los doce (12), a los dieciocho (18) meses y a los veinticuatro (24) meses contados a partir de la Fecha de Cierre.
Cronograma y Plazos de Ejecución a) Dentro del plazo de seis (6) meses, contado a partir de la Fecha de Cierre, el Concesionario deberá presentar al Concedente el Cronograma, detallando en períodos trimestrales la programación de la construcción de las obras a la Puesta en Operación Comercial. El Cronograma deberá distinguir claramente la ruta crítica de las obras y deberá establecer los hitos de avance de la ruta crítica y presentarse en versión digital (MS Project o similar). Una versión actualizada del Cronograma será entregada a los doce (12), a los dieciocho (18) y a los veinticuatro (24) meses a partir de la Fecha de Cierre. La realización de las actividades previstas en el Cronograma no deberá exceder el plazo para la Puesta en Operación Comercial. Asimismo, en virtud de la Cláusula 5.2, en caso el Concesionario haya notificado que el desarrollo constructivo de la Concesión será ejecutado en varias Etapas, en los plazos antes indicados deberá señalar el número de Consumidores Conectados que realizará por Etapa. Si en los plazos señalados, el Concesionario no cumple con presentar los Cronogramas, el Concesionario deberá pagar al Concedente la penalidad que se indica en el Anexo N° 6.

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