Common use of DECLARACIONES DEL CLIENTE Clause in Contracts

DECLARACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE declara expresamente que (i) INTERBANK ha cumplido con proporcionarle, previamente a la suscripción del Contrato, toda la información necesaria sobre las características, términos y condiciones del Crédito Hipotecario MiVivienda, la misma que les ha permitido tomar una decisión adecuadamente informada respecto del Crédito Hipotecario MiVivienda, (ii) la información proporcionada por el CLIENTE en la solicitud de crédito hipotecario (en adelante, Solicitud) y en el Contrato es veraz en su totalidad, obligándose a mantenerla actualizada, (iii) ha recibido de INTERBANK la Hoja Resumen (iv) conoce y ha prestado su consentimiento sobre las comisiones y gastos aplicables al Crédito Hipotecario MiVivienda que se detallan en la Hoja Resumen y cláusula adicional al presente contrato, en caso se produzca cualquier incumplimiento en el pago del Crédito Hipotecario MiVivienda; y, (v) autorizan en forma expresa a INTERBANK para que éste, una vez realizado el desembolso del Crédito Hipotecario MiVivienda y dentro del plazo de 15 días calendarios, remita a su domicilio –el mismo que se encuentra detallado en el Anexo 1- dos (2) ejemplares de la Hoja Resumen que consigne la información definitiva del Crédito Hipotecario MiVivienda, calculada a la fecha de desembolso. Asimismo, INTERBANK entregará el cronograma de pagos del Tramo Concesional y No Concesional de manera física o electrónica, según lo indique el CLIENTE, teniendo en cuenta que la entrega física devengará un costo el cual se encuentra descrito en la Hoja Resumen. El CLIENTE declara que oportunamente permitirá la visita de funcionarios de INTERBANK, El Fondo Mivivienda o COFIDE, al Inmueble y proporcionará al Fondo Mivivienda o COFIDE, toda la información que éstos pudieran solicitar en relación con el Crédito Hipotecario Mivivienda.

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DECLARACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE declara expresamente que (i) INTERBANK ha cumplido con proporcionarle, previamente a la suscripción del Contrato, toda la información necesaria sobre las características, términos y condiciones del Crédito Hipotecario MiViviendaxxx Xxxxxxxx Hipotecario, la misma que les le ha permitido tomar una decisión adecuadamente informada respecto del Crédito Hipotecario MiViviendaxxx Xxxxxxxx Hipotecario, (ii) la información proporcionada por el CLIENTE en la solicitud de crédito xx Xxxxxxxx hipotecario (en adelante, Solicitud) y en el Contrato es veraz en su totalidad, obligándose a mantenerla actualizada, (iii) ha recibido de INTERBANK la Hoja Resumen Resumen, (iv) conoce y ha prestado su consentimiento sobre las comisiones comisiones, gastos y gastos penalidades aplicables al Crédito Préstamo Hipotecario MiVivienda que se detallan en la Hoja Resumen y cláusula adicional al presente contrato, en caso se produzca cualquier incumplimiento en el pago del Crédito Hipotecario MiViviendaxxx Xxxxxxxx Hipotecario, (v) autoriza en forma expresa a INTERBANK a realizar, de considerarlo éste necesario, la gestión de cobranza en su domicilio y/o en su centro de trabajo, sea ésta por vía telefónica o escrita de conformidad con la Ley Aplicable; y, (vvi) autorizan autoriza en forma expresa a INTERBANK para que éste, una vez realizado el desembolso del Crédito Hipotecario MiVivienda y dentro del plazo de 15 días calendariosxxx Xxxxxxxx Hipotecario, remita a su domicilio –el mismo que se encuentra detallado en el Anexo 1- dos (2) ejemplares de la Hoja Resumen que consigne la información definitiva del Crédito xxx Xxxxxxxx Hipotecario MiVivienda, calculada a la fecha de desembolso. Asimismo, INTERBANK entregará el cronograma de pagos del Tramo Concesional y No Concesional de manera física o electrónica, según lo indique el CLIENTE, teniendo en cuenta que la entrega física devengará un costo el cual se encuentra descrito en la Hoja Resumen. El CLIENTE declara que oportunamente permitirá la visita de funcionarios de INTERBANK, El Fondo Mivivienda o COFIDE, al Inmueble y proporcionará al Fondo Mivivienda o COFIDE, toda la información que éstos pudieran solicitar en relación con el Crédito Hipotecario Mivivienda.

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DECLARACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE declara expresamente que (i) INTERBANK ha cumplido con proporcionarle, previamente a la suscripción del Contrato, toda la información necesaria sobre las características, términos y condiciones del Crédito Hipotecario MiViviendaMivivienda Más, la misma que les ha permitido tomar una decisión adecuadamente informada respecto del Crédito Hipotecario MiViviendaMivivienda Más, (ii) la información proporcionada por el CLIENTE en la solicitud de crédito hipotecario (en adelante, Solicitud) y en el Contrato es veraz en su totalidad, obligándose a mantenerla actualizada, (iii) ha recibido de INTERBANK la Hoja Resumen (iv) conoce y ha prestado su consentimiento sobre las comisiones y gastos aplicables al Crédito Hipotecario MiVivienda Mivivienda Más que se detallan en la Hoja Resumen y cláusula adicional al presente contrato, en caso se produzca cualquier incumplimiento en el pago del Crédito Hipotecario MiViviendaMivivienda Más; y, (v) autorizan en forma expresa a INTERBANK para que éste, una vez realizado el desembolso del Crédito Hipotecario MiVivienda Mivivienda Más y dentro del plazo de 15 días calendarios, remita a su domicilio –el mismo que se encuentra detallado en el Anexo 1- dos (2) ejemplares de la Hoja Resumen que consigne la información definitiva del Crédito Hipotecario MiViviendaMivivienda Más, calculada a la fecha de desembolso. Asimismo, INTERBANK entregará el cronograma de pagos del Tramo Concesional y No Concesional de manera física o electrónica, según lo indique el CLIENTE, teniendo en cuenta que la entrega física devengará un costo el cual se encuentra descrito en la Hoja Resumen. El CLIENTE declara que oportunamente permitirá la visita de funcionarios de INTERBANK, El Fondo Mivivienda o COFIDE, al Inmueble y proporcionará al Fondo Mivivienda o COFIDE, toda la información que éstos pudieran solicitar en relación con el Crédito Hipotecario MiviviendaMivivienda Más.

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DECLARACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE declara expresamente Le hemos entregado antes de la firma de este contrato, un documento donde se incluye la información precontractual del servicio, habiéndole dedicado el tiempo y la atención necesarios para resolver sus dudas. Si no ha sido así, póngase en contacto con nosotros antes de firmar este documento. Usted autoriza al Banco para realizar operaciones o inversiones en fondos de inversión de la Sociedad Gestora del Grupo BBVA en un porcentaje superior al 25% del importe total de la cartera gestionada. SI NO En caso de que (i) INTERBANK ha cumplido con proporcionarlese preste el consentimiento de forma diferida a través de los canales que el Banco pone a su disposición en cada momento, previamente se aplicará lo previsto en la cláusula 14 de las Condiciones Generales. Firma del documento Usted y el Banco dan su conformidad a la suscripción totalidad del Contratocontrato de gestión discrecional de carteras de fondos (IIC) denominado “Cartera BBVA Multiestrategia”, toda firmando según el canal que haya escogido: Firma en oficina Si Usted ha seleccionado la información necesaria sobre las característicasoficina, términos y condiciones firmando de manera manuscrita dos copias del Crédito Hipotecario MiViviendamismo (modelo versión páginas 19) En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [AÑO] BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, Usted Por Poder mod.INV22000 - V2019_02 Firma en canales a distancia Si Usted ha seleccionado un canal a distancia, al introducir la misma clave que les ha permitido tomar una decisión adecuadamente informada respecto del Crédito Hipotecario MiVivienda, (ii) la información proporcionada por el CLIENTE en la solicitud de crédito hipotecario (en adelante, Solicitud) y se solicite en el Contrato es veraz en su totalidad, obligándose a mantenerla actualizada, proceso de firma (iiimodelo versión páginas 19) ha recibido Acciones Valor mobiliario que representa una parte proporcional del capital social de INTERBANK una sociedad anónima. Los tenedores de acciones son por tanto socios propietarios de la Hoja Resumen (iv) conoce y ha prestado su consentimiento sobre las comisiones y gastos aplicables al Crédito Hipotecario MiVivienda que se detallan en la Hoja Resumen y cláusula adicional al presente contratosociedad, en caso se produzca cualquier incumplimiento en el pago del Crédito Hipotecario MiVivienda; y, (v) autorizan en forma expresa a INTERBANK para que éste, una vez realizado el desembolso del Crédito Hipotecario MiVivienda y dentro del plazo de 15 días calendarios, remita proporción a su domicilio –el mismo que se encuentra detallado participación. Las acciones pueden estar representadas por títulos físicos o por anotaciones en el Anexo 1- dos (2) ejemplares de cuenta; la Hoja Resumen que consigne la información definitiva del Crédito Hipotecario MiVivienda, calculada a la fecha de desembolso. Asimismo, INTERBANK entregará el cronograma de pagos del Tramo Concesional y No Concesional de manera física o electrónica, según lo indique el CLIENTE, teniendo representación por anotaciones en cuenta que es obligatoria si la entrega física devengará un costo el cual se encuentra descrito sociedad está admitida a cotización en la Hoja Resumen. El CLIENTE declara que oportunamente permitirá la visita Bolsas de funcionarios de INTERBANK, El Fondo Mivivienda o COFIDE, al Inmueble y proporcionará al Fondo Mivivienda o COFIDE, toda la información que éstos pudieran solicitar en relación con el Crédito Hipotecario Miviviendavalores.

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DECLARACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE declara expresamente que (i) INTERBANK ha cumplido con proporcionarle, previamente a la suscripción del Contrato, toda la información necesaria sobre las características, términos y condiciones del Crédito Hipotecario MiViviendaxxx Xxxxxxxx Hipotecario, la misma que les le ha permitido tomar una decisión adecuadamente informada respecto del Crédito Hipotecario MiViviendaxxx Xxxxxxxx Hipotecario, (ii) la información proporcionada por el CLIENTE en la solicitud de crédito xx Xxxxxxxx hipotecario (en adelante, Solicitud) y en el Contrato es veraz en su totalidad, obligándose a mantenerla actualizada, (iii) ha recibido de INTERBANK la Hoja Resumen Resumen, (iv) conoce y ha prestado su consentimiento sobre las comisiones y gastos aplicables al Crédito Préstamo Hipotecario MiVivienda que se detallan en la Hoja Resumen y cláusula adicional al en el presente contrato, en caso se produzca cualquier incumplimiento en el pago del Crédito Hipotecario MiViviendaxxx Xxxxxxxx Hipotecario,(v) autorizan en forma expresa a INTERBANK a realizar, de considerarlo éste necesario, la gestión de cobranza en su domicilio y/o en su centro de trabajo, en la medida en que EL CLIENTE haya señalado alguno de éstos en el presente Contrato como su domicilio válido para toda notificación, ya sea ésta por vía telefónica o escrita, de conformidad con la Ley Aplicable; y, (vvi) autorizan en forma expresa a INTERBANK para que éste, una vez realizado el desembolso del Crédito Hipotecario MiVivienda y dentro del plazo de 15 días calendariosxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx, remita a su domicilio –el mismo que se encuentra detallado en el Anexo 1- dos (2) ejemplares de la Hoja Resumen que consigne la información definitiva del Crédito Hipotecario MiVivienda, calculada a la fecha de desembolso. Asimismo, INTERBANK entregará el cronograma de pagos del Tramo Concesional y No Concesional de manera física o electrónicaelectrónica la Hoja Resumen, según lo indique el CLIENTE; vii) que se obliga a suscribir dentro de un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de la firma del presente Contrato, teniendo la escritura pública que se origine de la formalización del mismo, así como cualquier otro documento, minutas o escrituras públicas que sean necesarios para lograr la inscripción de la Hipoteca en cuenta primer rango en el Registro de Predios. De lo contrario, INTERBANK quedará facultado para –de conformidad con lo previsto en el artículo 1430 del Código Civil- resolver el Contrato, siendo para ello suficiente que la entrega física devengará un costo el cual se encuentra descrito en la Hoja Resumen. El CLIENTE declara que oportunamente permitirá la visita de funcionarios de INTERBANK, El Fondo Mivivienda o COFIDEde manera previa, curse una carta notarial al Inmueble y proporcionará CLIENTE, dirigida al Fondo Mivivienda o COFIDEdomicilio del mismo señalado en el Anexo 1, toda la información que éstos pudieran solicitar en relación con el Crédito Hipotecario Miviviendacomunicando su decisión de valerse de esta cláusula resolutoria.

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DECLARACIONES DEL CLIENTE. El EL CLIENTE declara expresamente que (i) INTERBANK ha cumplido con proporcionarleal momento de la firma: Que, previamente en caso de ser casado y estar bajo el régimen patrimonial de sociedad de gananciales, el Crédito será necesariamente utilizado en beneficio de la sociedad conyugal. Que el Crédito será destinado a la suscripción finalidad que se establece en el Anexo 2 y que el Inmueble será destinado a vivienda. Que el Inmueble es o será de su propiedad (según corresponda) y que sobre él no pesa ni pesará carga, gravamen, embargo, responsabilidad o medida judicial o extrajudicial alguna que restrinja su derecho de disposición o de afectarlo en garantía. Que el Banco, de forma directa o por medio de terceros autorizados, efectuarán las labores necesarias para la cobranza de las cuotas del Crédito y otros conceptos derivados del presente instrumento. Que reconoce que el Banco no es responsable por la idoneidad, calidad, plazo de entrega ni titulación del Inmueble; por lo que el Cliente declara conocer que cualquier queja o reclamo referente al Inmueble será efectuado por él mismo directa y exclusivamente al Vendedor, al haberlo elegido libremente. Que conoce que los seguros regulados en el numeral 11 son distintos de la Hipoteca, por lo que se rigen por sus propias condiciones contenidas en las pólizas de seguros (contrato de seguro). El Cliente reconoce que es su responsabilidad mantener contratados y vigentes los Seguros, cuando los haya contratado de manera directa. Que no está siendo investigado por lavado de activos, actos de corrupción, delitos precedentes y/o financiamiento del terrorismo por las autoridades competentes; que no está vinculado con personas naturales o jurídicas sujetas a investigación o proceso judiciales relacionados con los hechos antes mencionados; y que no se encuentra en listas o registros de sanciones locales o internacionales (sanciones UIF, UN, OSFAC, OSFI, entre otras). En el caso de créditos bajo la modalidad Autoconstrucción o Remodelación EL CLIENTE declara: Que ejecutará la edificación utilizando los materiales idóneos, según corresponda a la edificación, respetando las normas y reglas de construcción y zonificación vigentes, culminando el mismo dentro de los plazos indicados por EL CLIENTE a EL BANCO, así como de la inscripción de la declaratoria de fábrica en los registros públicos en los que se encuentra ubicada la edificación, dentro de un plazo de 1 año contado desde el primer desembolso. Que cumplirá con todas las pautas, medidas y normas de seguridad que regulan la actividad de la construcción, tanto en lo que respecta a las habilitaciones urbanas y edificaciones, como la seguridad en la construcción, sujetándose a los señalado en el Reglamento Nacional de Edificaciones y los prescrito por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las municipalidades distritales y provinciales competentes, así como por lo determinado por determinado por los Colegios de Ingenieros y Arquitectos, CAPECO, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI y las entidades relacionas a la actividad de la construcción en el Perú EVENTOS DE INCUMPLIMIENTO. - Sin perjuicio de los eventos de incumplimiento señalados en los numerales anteriores, el Banco podrá dar por vencidos todos los plazos otorgados al Cliente o resolver el presente contrato y, en ambos casos exigir el pago inmediato del saldo del Crédito, así como los intereses, comisiones, penalidades, gastos y otros cargos, e iniciar las acciones judiciales para la ejecución de la Hipoteca, de verificarse alguno de los siguientes supuestos: Si el Cliente incumpliera cualquier obligación (dineraria o no dineraria) del Contrato o si dejara de cumplir cualquier obligación frente al Banco en virtud de otro contrato. Si el Cliente diera al Crédito o al Inmueble un uso distinto al que señala en el Anexo 2 del presente contrato. Si el Inmueble se deprecia o deteriora a punto tal que su valor resultase inferior al saldo del Crédito pendiente de pago, según valuación xxx xxxxxx tasador que el Banco designe. Si el Cliente fuera demandado respecto a la propiedad del Inmueble, o si el Inmueble fuese embargado o se haya ordenado su remate en cualquier proceso judicial, concursal u arbitral. Si el Cliente y/o Vendedor no cumplieran con efectuar lo detallado en el numeral 9 del contrato, en un plazo máximo de 20 días hábiles desde que se le solicita cualquiera de las acciones detalladas numeral señalado. Si transcurridos sesenta (60) días de celebrado este contrato, la Hipoteca no se hubiera inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble, por causa imputable al Cliente. Si el Cliente no otorgara nuevo “Poder Especial” a favor de EL BANCO en aquellos casos en que se hubiera acordado otorgarlo. Si el Cliente no cumple con facilitar el acceso a las inspecciones del Inmueble, por parte del Banco o a quién éste designe. Si el Cliente no cumple con informar la posesión o propiedad del Inmueble a favor de un tercero sin contar con la autorización previa y por escrito del Banco. Si el Cliente efectuara modificaciones o demoliciones, o realiza ampliaciones, edificaciones y/o construcciones sin contar con la autorización previa y por escrito del Banco. Si a la fecha de celebración del Contrato, toda resultara que las personas aseguradas padecían de enfermedad diagnosticada o de su conocimiento, preexistente o -en su caso- si la información necesaria sobre declaración de salud formulada para el seguro no fuese cierta o exacta y ello conlleve a que se haga imposible o pueda dejarse sin efecto, el seguro de desgravamen contratado con la compañía de seguros. Si el Cliente opta por tomar directamente el seguro del bien y el Inmueble no es debidamente asegurado o no se endosa la póliza a favor del Banco o por cualquier circunstancia se pierde o no se cuenta con la cobertura de una compañía de seguros de primer nivel. Si las características, términos declaraciones señaladas en el numeral 12 y condiciones del Crédito Hipotecario MiVivienda, la misma otras que les ha permitido tomar una decisión adecuadamente informada respecto del Crédito Hipotecario MiVivienda, (ii) la información proporcionada por el CLIENTE en la solicitud de crédito hipotecario (en adelante, Solicitud) y pudieran estar en el Contrato es veraz se tornan falsas o inexactas durante la vigencia del Crédito; o si el Cliente no hubiese puesto en su totalidad, obligándose a mantenerla actualizada, (iiiconocimiento de Banco antes de la celebración del Contrato todo acto que afecte el Inmueble. Si el Banco considera que no resulta conveniente mantener relaciones comerciales con el Cliente a) ha recibido de INTERBANK la Hoja Resumen (iv) conoce y ha prestado su consentimiento sobre las comisiones y gastos aplicables por conducta intolerable del mismo frente al Crédito Hipotecario MiVivienda que se detallan en la Hoja Resumen y cláusula adicional al presente contratopersonal del Banco y/u otros clientes, en caso las oficinas del Banco o a través de otros canales disponibles; o b) si el Banco, su casa matriz o sus afiliadas se produzca vieran expuestos a contingencias regulatorias, contractuales o de cualquier incumplimiento tipo frente a autoridades locales o foráneas de mantener relación con el Cliente (p.e. si el Cliente se encontrase en listas de sanciones locales o internacionales en UIF, UN, OSFAC, OSFI, entre otros). Si el pago del Crédito Cliente es declarado insolvente o en quiebra, o se encuentra incurso en algún procedimiento concursal (cualquiera de ellos de ser aplicable el numeral 22). En los casos de Traslado Hipotecario MiVivienda; y, además será causal de resolución: Si transcurridos veinte (v20) autorizan en forma expresa a INTERBANK para que éste, una vez realizado días hábiles desde efectuado el desembolso del Crédito, el Cliente no haya entregado al Banco la minuta de levantamiento de hipoteca no condicionada del gravamen descrito en Anexo 3. Si el Crédito Hipotecario MiVivienda es otorgado para financiar bienes futuros (en planos o en construcción que no se encuentren independizados) y hubiesen transcurrido dieciocho (18) meses contados desde la fecha de desembolso y no se ha concluido con las obras o se ha incumplido con la entrega del Inmueble debidamente independizado con declaratoria de fábrica incluyendo las características pactadas en el contrato de compra venta, a efectos que se constituya la Hipoteca. En este caso el Banco podrá decidir no dar por vencidos los plazos y mantener vigente el Crédito bajo nuevas condiciones que serán debidamente comunicadas de acuerdo a lo previsto en el numeral 5. En este caso el Cliente perderá en forma automática aquellos beneficios, premios o bonos que el Banco o cualquier tercero le hayan otorgado, sin que resulte necesario que el Banco se lo comunique, quedando el Cliente obligado al pago de la totalidad del Crédito. En los casos de Crédito “Autoconstrucción” o Remodelación además serán causales de resolución las siguientes: Si no se concluyera la edificación y/o remodelación y la respectiva inscripción de la fábrica en los Registros Públicos pertinentes dentro del plazo de 15 días calendariosun año de realizado el primer desembolso, remita salvo que el Banco autorice una prórroga. Si el valor del avance de la obra no cumpliera con los parámetros urbanísticos y edificatorios de la zona aprobados por la municipalidad correspondiente. Si los materiales utilizados no cumplieran con los estándares de calidad debidos a criterio del Banco. En cualquiera de los casos arriba enumerados, el Banco podrá -a su domicilio –el mismo elección- proceder a: i) cerrar la cuenta corriente en la que se encuentra detallado hubiese registrado el saldo deudor del Crédito y emitir la letra de cambio a que se refiere el Art. 228º de la Ley de Bancos, o ii) completar el pagaré incompleto suscrito por el Cliente por el importe que resulte de la liquidación que el Banco practique (lo cual incluirá intereses, comisiones, penalidades y gastos que se hubiesen devengado), a fin de iniciar las acciones pertinentes (en caso se haya incorporado la cláusula adicional de pagaré incompleto en el Anexo 1- contrato). En cualquiera de los dos (2) ejemplares casos, no se producirá novación ni se liberarán o extinguirá la Hipoteca que se otorgue o se amplíe en respaldo del Crédito. La resolución de la Hoja Resumen que consigne la información definitiva del Crédito Hipotecario MiVivienda, calculada a pleno derecho operara desde la fecha de desembolso. Asimismoque señale, INTERBANK entregará el cronograma de pagos del Tramo Concesional mediante aviso previo y No Concesional de manera física o electrónica, según lo indique el CLIENTE, teniendo en cuenta que la entrega física devengará un costo el cual se encuentra descrito en la Hoja Resumen. El CLIENTE declara que oportunamente permitirá la visita de funcionarios de INTERBANK, El Fondo Mivivienda o COFIDE, por escrito al Inmueble y proporcionará al Fondo Mivivienda o COFIDE, toda la información que éstos pudieran solicitar en relación con el Crédito Hipotecario MiviviendaCliente.

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DECLARACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE declara expresamente que (i) INTERBANK ha cumplido con proporcionarle, previamente a la suscripción del Contrato, toda la información necesaria sobre las características, términos y condiciones del Crédito Hipotecario MiViviendaMivivienda Más, la misma que les ha permitido tomar una decisión adecuadamente informada respecto del Crédito Hipotecario MiViviendaMivivienda Más, (ii) la información proporcionada por el CLIENTE en la solicitud de crédito hipotecario (en adelante, Solicitud) y en el Contrato es veraz en su totalidad, obligándose a mantenerla actualizada, (iii) ha recibido de INTERBANK la Hoja Resumen (iv) conoce y ha prestado su consentimiento sobre las comisiones y gastos aplicables al Crédito Hipotecario MiVivienda Mivivienda Más que se detallan en la Hoja Resumen y cláusula adicional al presente contrato, en caso se produzca cualquier incumplimiento en el pago del Crédito Hipotecario MiViviendaMivivienda Más; y, (v) autorizan en forma expresa a INTERBANK para que éste, una vez realizado el desembolso del Crédito Hipotecario MiVivienda Mivivienda Más y dentro del plazo de 15 días calendarios, remita a su domicilio –el mismo que se encuentra detallado en el Anexo 1- dos (2) ejemplares de la Hoja Resumen que consigne la información definitiva del Crédito Hipotecario MiViviendaMivivienda Más, calculada a la fecha de desembolso. Asimismo, INTERBANK entregará el cronograma de pagos del Tramo Concesional y No Concesional de manera física o electrónica, según lo indique el CLIENTE, teniendo en cuenta que la entrega física devengará un costo el cual se encuentra descrito en la Hoja Resumen. El CLIENTE declara que oportunamente permitirá la visita de funcionarios de INTERBANK, El Fondo Mivivienda o COFIDE, al Inmueble y proporcionará al Fondo Mivivienda o COFIDE, toda la información que éstos pudieran solicitar en relación con el Crédito Hipotecario MiviviendaXxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Más.

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DECLARACIONES DEL CLIENTE. El CLIENTE declara expresamente que (i) INTERBANK ha cumplido con proporcionarle, previamente a la suscripción del Contrato, toda la información necesaria sobre las características, términos y condiciones del Crédito Hipotecario MiViviendaxxx Xxxxxxxx Hipotecario, la misma que les le ha permitido tomar una decisión adecuadamente informada respecto del Crédito Hipotecario MiViviendaxxx Xxxxxxxx Hipotecario, (ii) la información proporcionada por el CLIENTE en la solicitud de crédito xx Xxxxxxxx hipotecario (en adelante, Solicitud) y en el Contrato es veraz en su totalidad, obligándose a mantenerla actualizada, (iii) ha recibido de INTERBANK la Hoja Resumen Resumen, (iv) conoce y ha prestado su consentimiento sobre las comisiones comisiones, gastos y gastos penalidades aplicables al Crédito Préstamo Hipotecario MiVivienda que se detallan en la Hoja Resumen y cláusula adicional al presente contrato, en caso se produzca cualquier incumplimiento en el pago del Crédito Hipotecario MiVivienda; yxxx Xxxxxxxx Hipotecario, (v) autoriza en forma expresa a INTERBANK a realizar, de considerarlo éste necesario, la gestión de xxxxxxxx0 en su domicilio y/o en su centro de trabajo, sea ésta por vía telefónica o escrita de conformidad con la Ley Aplicable; vi) autorizan en forma expresa a INTERBANK para que éste, una vez realizado el desembolso del Crédito Hipotecario MiVivienda y dentro del plazo de 15 días calendariosxxx Xxxxxxxx Hipotecario, remita a su domicilio –el mismo que se encuentra detallado en el Anexo 1- dos (2) ejemplares de la Hoja Resumen que consigne la información definitiva del Crédito Hipotecario MiVivienda, calculada a la fecha de desembolso. Asimismo, INTERBANK entregará el cronograma de pagos del Tramo Concesional y No Concesional de manera física o electrónicaelectrónica la Hoja Resumen, según lo indique el CLIENTE; vii) que se obliga a suscribir dentro de un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de la firma del presente Contrato, teniendo la escritura pública que se origine de la formalización del mismo, así como cualquier otro documento, minutas o escrituras públicas que sean necesarios para lograr la inscripción de la Hipoteca en cuenta primer rango en el Registro de Predios. De lo contrario, INTERBANK quedará facultado para –de conformidad con lo previsto en el artículo 1430 del Código Civil- resolver el Contrato, siendo para ello suficiente que informe al CLIENTE, mediante carta notarial dirigida al domicilio del mismo señalado en el Anexo 1, de su decisión de valerse de esta cláusula resolutoria; viii) que en caso la entrega física devengará un costo finalidad xxx Xxxxxxxx sea la construcción, remodelación o ampliación del Inmueble, el cual se encuentra descrito importe total desembolsado xxx Xxxxxxxx será utilizado exclusivamente para dicho fin, conforme al Presupuesto de Obra oportunamente entregado por el CLIENTE a INTERBANK. En tal sentido, INTERBANK podrá validar el uso de los fondos comparando (i) la primera tasación del Inmueble efectuada por el perito inscrito en la Hoja ResumenREPEV que haya sido designado por INTERBANK para tal fin, con (ii) la tasación del Inmueble que efectúe el perito inscrito en la REPEV que haya sido designado por INTERBANK para tal fin, en la fecha de culminación de la obra que conste en el Presupuesto de Obra antes mencionado. El Si como resultado de dicha comparación INTERBANK observase que el CLIENTE declara no cumplió con utilizar los fondos desembolsados xxx Xxxxxxxx de acuerdo con lo señalado en el citado Presupuesto de Obra, el Préstamo inicialmente otorgado como crédito hipotecario para vivienda será reclasificado como crédito de consumo (conforme a las normas emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP) y, como consecuencia de ello, la tasa de interés compensatorio aplicable al Préstamo será incrementada en 2%. La nueva tasa será aplicable al Préstamo a partir de la siguiente cuota que oportunamente permitirá la visita de funcionarios de INTERBANK, El Fondo Mivivienda o COFIDE, le corresponda pagar al Inmueble y proporcionará al Fondo Mivivienda o COFIDE, toda la información que éstos pudieran solicitar en relación con el Crédito Hipotecario MiviviendaCLIENTE.

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