Common use of DEDUCCIONES Clause in Contracts

DEDUCCIONES. En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: 7%, por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre la factura mensual presentada antes de I.V.A.). Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE". Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.

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DEDUCCIONES. En caso La Secretaría establece deducciones al pago de que "EL PROVEEDOR" incurra en los servicios con motivo del incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a en que pudiera incurrir el proveedor respecto del objeto señalado en el Anexo 1 Anexo Técnico, para lo estipulado en las cláusulas cual se establecerán los límites del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto incumplimiento de tres ocasiones continuas de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento)proporcionados, los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago por lo que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: 7%, por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre la factura mensual presentada antes de I.V.A.). Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE". Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contratoinstrumento jurídico respectivo en los términos de los artículos 53 Bis y 54 de la LAASSP, considerando conforme a lo siguiente: Deductivas para La Secretaría Incumplimiento, Indisciplina u omisión : Sanción De 1 a 3 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 1.5% sobre el importe total de la gravedad factura mensual antes del IVA. De 4 a 6 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 2.5% sobre el importe total de la factura mensual antes del IVA. Incumplimiento, Indisciplina u omisión : Sanción De 7 a 9 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 3.5% sobre el importe total de la factura mensual antes del IVA. De 10 a 12 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 4.5% sobre el importe total de la factura mensual antes del IVA. De 13 a 16 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 5.5% sobre el importe total de la factura mensual antes del IVA. Cuando por causas imputables al proveedor los servicios no se realicen conforme a lo señalado en el Anexo 1 Anexo Técnico y el administrador del inmueble haya informado en la bitácora de servicio Se aplicará una deducción al pago del equivalente al 2% diario de la facturación mensual antes del IVA, por incumplimiento en la oportunidad del servicio. Cuando por causas imputables al proveedor, este no suministre los insumos solicitados en las fechas requeridas, para la prestación del servicio Se aplicará una deducción al pago del equivalente al 1% diario de la facturación mensual antes del IVA, por cada día natural de atraso en la entrega de los materiales, sobre el importe total de la facturación mensual antes del IVA. Cuando no se encuentre en las áreas correspondientes la maquinaria, equipo y herramienta menor, en óptimas condiciones de operación Se aplicará una deducción al pago del equivalente al 1% diario de la facturación mensual antes del IVA, por cada día natural de atraso en la entrega de la maquinaria, equipo y herramienta menor, sobre el importe total de la facturación mensual antes del IVA. No entregar copia de la cédula de determinación de cuotas y comprobante de pago al IMSS de todo el personal que prestó servicios en los daños inmuebles de la Secretaría y perjuicios ProMéxico de forma bimestral. Se deducirá el 2% diario sobre el importe de la factura mensual correspondiente, por cada día en que se incumpla con la inscripción de todo el mismo pudiera ocasionar personal que preste servicios al licitante adjudicado en los inmuebles de la Secretaría y ProMéxico hasta que se cumpla con la obligación correspondiente, debidamente acreditada con la documentación señalada. La verificación del pago de cuotas al IMSS se efectuará enfrentando las cédulas de determinación de cuotas pagadas contra las listas de asistencia del periodo que consigne la cédula correspondiente. El monto de la deducción al pago se calculará sobre el importe de la factura correspondiente al mes de la cédula presentada y a las listas de asistencia verificadas, pero será aplicable a la siguiente facturación. * El personal que se presente sin uniforme o sin credencial no se le permitirá la entrada y se tomará como FALTA. * Personal que llegue después de los intereses del Estado15 minutos de tolerancia, representados por "EL CENACE"se regresará y se considerará FALTA. Las deducciones económicas se aplicarán sobre el precio unitario por elemento, a través de nota de crédito para aplicar el descuento en forma directa al pago de la cantidad indicada sin incluir factura. El licitante adjudicado acepta el IVAdescuento por las faltas de asistencia en que incurra su personal, se determinará dentro de los tres primeros días del mes siguiente, de acuerdo con los registros de ingreso y aplicará el descuento correspondiente, conforme lo señalado en la presente Convocatoria. La notificación y cálculo de Secretaría establecerá en los instrumentos jurídicos respectivos la forma en que aplicarán las presentes deducciones correspondientes las realizará a que se hiciera acreedor el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisiónlicitante adjudicado.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

DEDUCCIONES. En caso de que "“LA COMISIÓN” aplicará a “EL PROVEEDOR" incurra ” deducciones a su pago en incumplimiento los casos siguientes: Por no cumplir de cualquiera lunes a sábado con el número de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente personas requeridas diariamente para realizar las tareas y los supervisores conforme a lo estipulado establecido en las cláusulas del el presente contrato y sus respectivos anexos, así como . El importe de la cotización y el requerimiento asociado deductiva por cada una de las personas faltantes por cada día ascenderá a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente $200.00 (o los días de atraso DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.). Por no realizar las tareas descritas en el inicio Anexo Técnico de este instrumento en el tiempo establecido y con la periodicidad indicada. Por cada 5 registros indicados en la cédula de evaluación demostrando que la tarea no ha sido ejecutada con la periodicidad o la calidad especificadas, se aplicará por cada tarea incumplida por cada día una deductiva de $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.). Por no mantener material higiénico y consumibles en cada núcleo xx xxxxx; por cada ocasión que se detecte la falta de estos insumos durante las supervisiones programadas por “LA COMISIÓN”, la deductiva ascenderá a $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.), de la prestación del servicio o del arrendamientotarea No.1 de cada núcleo xx xxxxx. Por no suministrar e instalar en los despachadores correspondientes los productos de las marcas especificadas; por cada ocasión que se detecten insumos de marcas no autorizadas, la deductiva ascenderá a $100.00 (CIENTO CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en por cada despachador. Para el pago que se encuentre de las deducciones, “LA COMISIÓN” a través del Administrador del presente contrato designado en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: 7%, la cláusula Octava informará por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre la factura mensual presentada antes de I.V.A.). Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de escrito a “EL PROVEEDOR” el cálculo de la deducción correspondiente, indicando la base para su cálculo y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después monto de la tolerancia por más de dos veces en el mes deductiva a que corresponda se considerará como falta. 3%hizo acreedor, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y debiendo “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará Para el pago de la deductiva mediante una Nota “LA COMISIÓN” restara el monto aplicado por la deductiva a la factura respectiva presentada para su cobro o a través de Créditonota de crédito. Para efectuar este pago, “EL PROVEEDOR” contará con un plazo que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación. El límite de incumplimiento por la aplicación de deductivas, a favor partir del “CENACE". Lo anterior, en cual se procederá a rescindir el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión será del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto importe total del contrato, se iniciará sin incluir el procedimiento Impuesto al Valor Agregado, que corresponde al importe de rescisión.la garantía de cumplimiento

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Samples: Contrato Del “Servicio De Limpieza Integral De Inmuebles Para Las Oficinas De La Comisión Nacional De Seguros Y Fianzas 2017

DEDUCCIONES. En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato contrato, la convocatoria y sus respectivos anexos, así como la cotización propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" “LA ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción las deducciones en términos del 10.0punto 2.12 denominado “Deducciones” de LA INVITACIÓN del presente contrato, desde el 5% (cinco por ciento) sobre el monto total de los servicios proporcionados prestados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento)deficientemente, los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, conforme a lo siguiente: Telefonía Celular Tiempo Aire 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea) * (N° líneas con indisponibilidad) * (% correspondiente a cada NS) Servicio de Datos Tiempo Aire Servicio de Datos 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * N° líneas con indisponibilidad) * (%correspondiente a cada NS) Falla o Descompostura De Teléfono Diagnóstico 5 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. 10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con indisponibilidad) * (No. De días sin Servicio) * 10% Reparación Sustitución 10 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. 10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con descompostura) * (No. De días sin Servicio) * 10% Las deductivas son las siguientes: 7%, por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre deducciones a la factura mensual presentada antes correspondiente deberán ser descontadas de I.V.A.). Se considerará como la parte proporcional por el (los) concepto (s) que corresponda (n) de la facturación del mes en el que se hubiera generado el incumplimiento parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto por parte de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago ", de acuerdo a la misma y para el caso de notificación que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, emita "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACELA ENTIDAD". Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" “LA ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE"“LA ENTIDAD”. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE"“LA ENTIDAD”. Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.

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Samples: Contrato Abierto Para La Prestación Del Servicio De Telefonía Celular

DEDUCCIONES. En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en El HOSPITAL aplicará las deducciones al pago del SERVICIO con motivo del incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a la partida o conceptos que integran el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo estipulado establecido en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" siguiente tabla por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0periodo de facturación: 0.5% sobre el monto importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro de los servicios proporcionados siguiente 15(QUINCE) días hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en forma parcial especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del siniestro, o deficientemente en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (o no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de atraso pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a partir del término del mes, al que se trate, con los conceptos solicitados en estas bases $500.00 M. N. por no presentarse el día y hora acordado el ejecutivo de cuenta en el inicio Hospital Juárez de la prestación México el día y hora acordado. NOTA: Las deducciones no excederán del servicio o 20% del arrendamiento)importe máximo del total el Contrato. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: 7%, por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre la factura mensual presentada antes de I.V.A.). Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces penalizaciones señaladas en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%presente numeral, si no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes equivalente al monto de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago de la misma y para el caso contrato, ya que de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE". Lo anterior, en el entendido de que lo contrario se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, iniciará el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se aplicarán sobre cumpla la cantidad indicada obligación y sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de aplicación que cada concepto de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, se iniciará inmediatamente después de que el procedimiento área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de rescisiónconformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEY.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta

DEDUCCIONES. En caso Las deducciones por incumplimiento parcial o deficiente en la prestación de “El Servicio” que "EL PROVEEDOR" incurra se aplicarán a “El Licitante Adjudicado”, serán de acuerdo con lo establecido en incumplimiento el artículo 53 Bis de cualquiera la Ley de sus obligaciones contractuales Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de forma su Reglamento y conforme a lo estipulado en el presente Anexo 1, en los siguientes casos: CONCEPTO NIVEL DE SERVICIO UNIDAD DE MEDIDA DEDUCCIÓN PEDIDO DERIVADO DE UNA SOLICITUD ORDINARIA CIUDAD DE MÉXICO Y ÁREA METROPOLITANA Entrega parcial o deficiente en la semana siguiente de haber sido autorizado por el autorizador correspondiente. Los horarios de entrega serán de 9:00 a 15:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs. en días hábiles. Cada día hábil que exceda el nivel de servicio establecido. 1% del comprobante fiscal digital antes de I.V.A., del valor de la parte de la solicitud ordinaria entregada fuera del nivel del servicio. (Conforme a lo establecido en el inciso a) del numeral 3.5.1 Solicitud de Servicios del presente Anexo 1. PEDIDO DERIVADO DE SOLICITUDES EXTRAORDINARIAS Entrega parcial o deficiente a la siguiente semana de haber sido autorizado por el autorizador correspondiente. Los horarios de entrega serán de 9:00 a 15:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs. en días hábiles. Cada día hábil que exceda el nivel de servicio establecido. 1% del comprobante fiscal digital antes de IVA del valor de la parte de la solicitud extraordinaria entregada fuera del nivel del servicio. (Conforme a lo estipulado establecido en las cláusulas el inciso b) del numeral 3.5.1 Solicitud de Servicios del presente contrato Anexo 1. SOLICITUDES Entrega parcial o deficiente el mismo Cada día hábil 2% del comprobante CONCEPTO NIVEL DE SERVICIO UNIDAD DE MEDIDA DEDUCCIÓN PRIORITARIAS día de ser emitida (siempre y sus respectivos anexoscuando sea solicitada antes de las 10:30 hrs.) o a más tardar al día siguiente (si fue solicitada después de las 10:30 hrs.). Los horarios de entrega serán de 9:00 a 15:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs. en días hábiles. que exceda el nivel de servicio establecido. fiscal digital antes de IVA del valor de la parte de la solicitud prioritaria entregada fuera del nivel del servicio. (Conforme a lo establecido en el inciso c) numeral 3.5.1 Solicitud de Servicios del presente Anexo 1. SOLICITUDES ORDINARIAS Área del Interior de la República Mexicana Entrega parcial o deficiente que se efectúe dentro de los 15 días hábiles subsecuentes de haber sido autorizado por el autorizador correspondiente. Los horarios de entrega serán de 9:00 a 15:00 hrs. y de 16:00 a 18:00 hrs. en días hábiles. Se deberá considerar la diferencia de uso de horario para la Zona del Noroeste. Cada día hábil que exceda el nivel de servicio establecido. 1% del comprobante fiscal digital antes de I.V.A., así como del valor de la cotización y parte de la solicitud ordinaria entregada fuera del nivel del servicio. (Conforme a lo establecido en el requerimiento asociado inciso a) del numeral 3.5.2 Área del Interior de la República Mexicana del presente Anexo 1. Para aplicar las deducciones “LA CEAV” notificará a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre Licitante Adjudicado” el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días las mismas para que esté presente su comprobante fiscal digital y la nota de atraso en crédito por el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos monto a deducir se aplicarán en (cerrando a pesos el CFDI o factura electrónica monto que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago contenga cantidades de 1 a 50 centavos ajustándolo a la unidad inmediata inferior y los que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: 7%, por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre contengan de 51 a 99 centavos a la factura mensual presentada antes de I.V.A.inmediata superior). Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”La acumulación de las deducciones, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto no excederá del importe de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice monto máximo del Contrato respectivo, sin considerar el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE". Lo anteriorI.V.A., en el entendido de que cuyo caso, se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior procederá al incumplimiento, el inicio del procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.Contrato

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Samples: Contrato Para La Prestación Del

DEDUCCIONES. En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción las deducciones en términos del 10.0punto 2.12 denominado “Deducciones” de LA INVITACIÓN del presente contrato, desde el 5% (cinco por ciento) sobre el monto de los servicios proporcionados “LOS SERVICIOS” prestados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento)deficientemente, los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, conforme a lo siguiente: Telefonía Celular Tiempo Aire 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea) * (N° líneas con indisponibilidad) * (% correspondiente a cada NS) Servicio de Datos Tiempo Aire Servicio de Datos 12 Horas 5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * N° líneas con indisponibilidad) * (%correspondiente a cada NS) Falla o Descompostura De Teléfono Diagnóstico 5 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. 10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con indisponibilidad) * (No. De días sin Servicio) * 10% Reparación Sustitución 10 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. 10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. (Renta mensual de la línea * líneas con descompostura) * (No. De días sin Servicio) * 10% Las deductivas son las siguientes: 7%, por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre deducciones a la factura mensual presentada antes correspondiente deberán ser descontadas de I.V.A.). Se considerará como la parte proporcional por el (los) concepto (s) que corresponda (n) de la facturación del mes en el que se hubiera generado el incumplimiento parcial o deficiente por parte de "EL SERVICIO”PROVEEDOR", si se presenta con una plantilla incompletade acuerdo a la notificación que emita "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". Para efecto La notificación y cálculo de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá las deducciones correspondientes las realizará el servidor público responsable de la compulsa entre administración del contrato de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". La sumatoria de las deducciones a que se refiere la presente cláusula, no podrán rebasar el control 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato establecido en la cláusula SEGUNDA de asistencia de “EL PROVEEDOR” este contrato en forma individual o conjunta, y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso evento de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondientealcance dicho porcentaje, "EL PROVEEDORLA DEPENDENCIA O ENTIDAD" realizará podrá rescindir el pago presente contrato, en cuyo caso se aplicará la pena por incumplimiento señalada en la cláusula de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE"este contrato denominada PENA POR INCUMPLIMIENTO. Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE"“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE"“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”. Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.

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Samples: Contrato Abierto Para La Prestación Del Servicio De Telefonía Celular

DEDUCCIONES. En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en Las deductivas por incumplimiento de cualquiera los niveles de sus obligaciones contractuales servicio establecidos en el Anexo 1 denominado “Anexo Técnico”, Apartado 5 “Niveles de forma Servicio”, las cuales serán para la implementación, transición y operación de los servicios. “El INBAL” establece deducciones al pago de los servicios no prestados oportunamente con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto del objeto de la presente adjudicación, para lo cual se establecerá como límite de incumplimiento 10 deducciones durante el periodo de vigencia del servicio a partir del cual se podrá rescindir el instrumento jurídico respectivo, de conformidad con los Artículos 53 Bis de la “LAASSP” y 97 del “RLAASSP”. Componente Tiempo máximo de atención de incidente Por incumplimiento en el tiempo máximo de atención de incidente ECP’S De acuerdo a lo estipulado establecido en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0apartado 5 5% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial precio unitario mensual por cada ECP afectado y por cada hora o deficientemente (o los días fracción de atraso Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-048E00995-E898-2019 Página 12 de 113 Componente Tiempo máximo de solución de incidente Por incumplimiento en el inicio tiempo máximo de atención de incidente ECP’S De acuerdo a lo establecido en el apartado 5 5% sobre el precio unitario mensual por cada ECP afectado y por cada hora o fracción de atraso ECP’S De acuerdo a lo establecido en el apartado 5 5% sobre el precio unitario mensual por cada ECP afectado y por cada hora o fracción de atraso Disponibilidad Componente Total de horas hábiles de disponibilidad mensuales mínimas esperadas Por incumplimiento en la disponibilidad Administración de servicios De acuerdo a lo establecido en el apartado 5.1.4.2 5% sobre el precio unitario mensual de la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: 7%, herramienta de administración por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre la factura mensual presentada antes de I.V.A.). Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso hora de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE". Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.disponibilidad

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DEDUCCIONES. En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en El HOSPITAL aplicará las deducciones al pago del SERVICIO con motivo del incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a la partida o conceptos que integran el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección, el límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente las partidas y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo estipulado establecido en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" siguiente tabla por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0periodo de facturación: 0.5% sobre el monto importe total de la prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada, por cada día hábil de no presentar el total de las pólizas iníciales dentro de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los siguiente 15(QUINCE) días de atraso en hábiles, contados a partir del fallo. 0.5% sobre el inicio importe total de la prestación prima (antes de I.V.A) de la póliza afectada por cada día hábil de no presentar los endosos tipos A, B y D, dentro de los siguientes 7 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil de por no presentar las notas de crédito, comprobantes de deducibles y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet originales de bienes indemnizados en especie, dentro de los siguientes 10 días hábiles a partir de recibida la solicitud por escrito. 1% por cada día hábil Por no presentar el Convenio de valoración de pérdidas dentro de los 15 días hábiles a partir de la recepción de la reclamación, para revisión y firma de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios. 1% por cada día hábil por no presentar el pago de la indemnización del servicio siniestro, o en su caso el pago en especie, dentro de los siguientes 15 días naturales, a partir de que la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios, dé el visto bueno al Convenio de valoración de pérdidas y haya efectuado el pago del arrendamiento)deducible. 1% por cada día hábil por no presentar el anticipo para daños (no automóviles) dentro de los 10 días hábiles siguientes al que se realice la petición por anticipo hasta por el 50% del importe estimado de pérdida, una vez declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo. $300.00 M. N. por cada día hábil por no presentar los montos reportes de siniestralidad mensual, dentro de los siguientes 15 días naturales a deducir partir del término del mes, al que se aplicarán trate, con los conceptos solicitados en estas bases NOTA: Las deducciones no excederán del 20% del importe máximo del total el CFDI o factura electrónica Contrato. El licitante expresa su conformidad de que "EL PROVEEDOR" presente las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por el Hospital, de los CFDI´s (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) presentados para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: 7%, por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre la factura mensual presentada antes de I.V.A.). Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces penalizaciones señaladas en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%presente numeral, si no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes equivalente al monto de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago de la misma y para el caso contrato, ya que de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE". Lo anterior, en el entendido de que lo contrario se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, iniciará el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 bis de la LEY serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se aplicarán sobre cumpla la cantidad indicada obligación y sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de aplicación que cada concepto de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, se iniciará inmediatamente después de que el procedimiento área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente de rescisiónconformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEY.

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Samples: Convenio Privado De Propuesta Conjunta

DEDUCCIONES. En caso de que "EL CENACE" aplicará a “EL PROVEEDOR” deducciones al pago de "LOS SERVICIOS" incurra en con motivo del incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente en que haya incurrido respecto a los conceptos que integran el CONTRATO. Lo anterior, de conformidad con lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso establecido en el inicio artículo 53 Bis de la prestación Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para Sector Público; y 97 de su cobroReglamento, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las los términos siguientes: 7SI NO * 3%, por si se presenta una inasistencia de entre el 3% y hasta el 10 % del total mensual facturado del servicio (Sobre la factura mensual presentada antes de I.V.A.)personal. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. X * 7%, si se presenta una inasistencia de entre el 10.1% y hasta el 20% del total del personal. * 10%, si se presenta una inasistencia de más del 20.1% del total del personal. Sobre la factura mensual presentada. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” Xxxxxx, S.A. de C.V. y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. Plantilla Incompleta Administrador del Contrato X * 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio . * 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte el Supervisor de evaluación mensual Asbiin, S.A. de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” C.V. conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. Incumplimiento de las actividades Administrador del Contrato * 10%, si el resultado fuese menor o igual al 79%. Sobre la factura mensual presentada. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice que el pago resultado de la misma y para evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. X $50.00 Por cada día natural de retraso, en el caso de que la garantía no sea suficiente entregue de manera mensual al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, los listados del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), así como su concerniente comprobante de pago debidamente efectuado, esto, dentro de los tres días hábiles posteriores al vencimiento del plazo que concede el IMSS para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago respectivo; dicho comprobante de la deductiva mediante una Nota pago deberá reflejar las liquidaciones efectuadas tanto por concepto de Créditocuotas obrero patronales al IMSS, a favor Afore y/o cuenta individual, así Incumplan con las obligaciones patronales Administrador del “CENACE". Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.Contrato

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Samples: Contrato Cerrado Para La Prestación Del Servicio Integral De Limpieza

DEDUCCIONES. En Con fundamento en el Artículo 53 Bis de la Ley, en caso de que "EL PROVEEDOR" el proveedor incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente respecto a lo estipulado en las cláusulas los Servicios objeto del presente contrato procedimiento con base en los Anexo 1 y/o cláusulas y sus respectivos anexosconceptos que integren el contrato, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato se aplicará una deducción del 10.05% (cinco por ciento) sobre el monto valor de los servicios proporcionados en forma parcial o realizados deficientemente (Inasistencia del personal o los retardos que generen) quedando obligado a realizarlos sin cargo adicional para Diconsa en un plazo máximo de 5 días hábiles, dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación, el pago de atraso las deducciones deberá efectuarse mediante Nota de Crédito, en el inicio entendido que de forma inmediata se cumpla con la prestación del servicio o del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: 7%, por inasistencia del total mensual facturado del servicio (Sobre la factura mensual presentada antes de I.V.A.). Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si se presenta con una plantilla incompleta. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá de la compulsa entre el control de asistencia de “EL PROVEEDOR” y el “Administrador del Contrato”, considerando que el personal que registró su entrada después de la tolerancia por más de dos veces en el mes que corresponda se considerará como falta. 3%, si el resultado se encuentra entre el 99% y el 90%, del total mensual facturado del servicio 7%, si el resultado se encuentra entre el 89% y el 80%, del total mensual facturado del servicio 10%, si el resultado se encuentra entre el 79% y el 70%, del total mensual facturado del servicio Sobre la factura mensual presentada, antes de I.V.A. El “Administrador del Contrato” y “LOS POSIBLES PROVEEDORES” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”.En caso de que el resultado de la evaluación sea “regular” o “mal”, se procederá a aplicar una deducción. * 5%, por no contar con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO” del total mensual facturado del servicio. Sobre la factura mensual presentada. Se considerará como parcial o deficiente “EL SERVICIO”, si no cuenta con el equipo, maquinaria o herramienta completa para realizar “EL SERVICIO”. Para efecto de su determinación, se contabilizará por mes y se obtendrá por cada vez que “EL ADMINISTRADOR del CONTRATO” detecte falta del equipo, maquinaria o herramienta completa, la cual quedará registrada en la compulsa entre la bitácora de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y el “Administrador del Contrato” ■El “Administrador del Contrato” y “EL PROVEEDOR” conjuntamente elaborarán un reporte de evaluación mensual de “EL SERVICIO”, el resultado de la evaluación tendrá calificaciones de “excelente”, “regular” o “mal”. ■ En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE". Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En ; en caso contrario, "EL CENACE" Diconsa podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de la misma; esta deducción no podrá exceder del Estado, representados 10% (diez por "EL CENACE"ciento) del monto total del contrato. o los retardos que generen. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. La notificación y El cálculo de las deducciones correspondientes las correspondientes, la realizará el administrador del contrato la C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de "EL CENACE". Cuando el monto total Administración de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto total Diconsa como área administradora del contrato, se iniciará y la dará a conocer por escrito al proveedor. De conformidad con el procedimiento Artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento, Diconsa a través de rescisiónla Coordinación de Administración, administrarán en todo momento y vigilará el cumplimiento del contrato adjudicado, por lo que, en caso de incumplimientos parciales o totales en el mismo, lo notificarán al prestador de servicio para efectos de subsanar la deficiencia identificada.

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