Derecho vigente. Este acuerdo se rige por lo establecido en los artículos 325 y ss. del código mercantil y demás legislación aplicable, con la excepción de aquellas leyes referidas a aplicación de la Convención de 1980 de las Naciones Unidas sobre contratos de compraventa internacional de mercancías (Convención de Viena de 1980 sobre la venta internacional de mercancías), u otros acuerdos sobre la compraventa internacional de mercancías. Para cualquier controversia surgida en relación al presente contrato y a la ejecución del mismo, en los casos de acudir a la vía judicial para su resolución, ambas partes, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
Derecho vigente. Quedan sustituidos por los preceptos de la presente ley los artículos 337, 338 y 339 de la Compilación del derecho civil de Cataluña.
Derecho vigente. 2.1 Este Contrato estará sujeto a las leyes vigentes de la República del Paraguay. EL CONSULTOR está obligado a cumplir con todas las obligaciones y disposiciones oficiales vigentes.
Derecho vigente. Este Contrato se regirá y se interpretará de acuerdo con el derecho escocés, salvo en aquellos casos en los que el principal lugar de negocio del Cliente se encuentre en Inglaterra x Xxxxx, en cuyo caso este Contrato se regirá y se interpretará de acuerdo con el derecho inglés.
Derecho vigente. En la medida en que lo permita la ley y a menos que se indique en un Anexo o en las Condiciones específicas de la oferta, el presente Acuerdo y cualquier Disputa se regirán por las leyes de la República del Perú y tendrán jurisdicción los tribunales de Lima, sin tener en cuenta los principios de conflictos xx xxxxx. En la medida en que lo permita la legislación local, el Partner acepta someterse y renunciar a cualquier objeción a la jurisdicción de los tribunales situados en la ubicación aplicable indicada. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no será aplicable.
Derecho vigente. En la medida en que lo permita la ley y a menos que se indique en un Anexo o en las Condiciones específicas de la oferta, el presente Acuerdo y cualquier Disputa se regirán por las leyes de es la República de Colombia y tendrán jurisdicción los tribunales de Bogotá, sin tener en cuenta los principios de conflictos xx xxxxx. En la medida en que lo permita la legislación local, el Partner acepta someterse y renunciar a cualquier objeción a la jurisdicción de los tribunales situados en la ubicación aplicable indicada. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no será aplicable.
Derecho vigente. El presente Acuerdo y los derechos y obligaciones de las partes del presente se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes del Estado de Nevada sin consideración por los principios del derecho que requerirían la aplicación de las leyes de otra jurisdicción.
Derecho vigente. En la medida en que lo permita la ley y a menos que se indique en un Anexo o en las Condiciones específicas de la oferta, el presente Acuerdo y cualquier Disputa se regirán por las leyes de Estados Unidos Mexicanos y tendrán jurisdicción los tribunales de la Ciudad de México, sin tener en cuenta los principios de conflictos xx xxxxx. En la medida en que lo permita la legislación local, el Partner acepta someterse y renunciar a cualquier objeción a la jurisdicción de los tribunales situados en la ubicación aplicable indicada. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no será aplicable.
Derecho vigente. A menos que se especifique de otra manera en la propuesta, o (3) cargos penales. 12. Daños y perjuicios indirectos y orden de trabajo, contrato, notas a la cotización
F. Xxxxx’x no tendrá ninguna obligación, limitación de la responsabilidad civil. de precios o factura en que se haga referencia a de indemnización, seguro ni de otro tipo con respecto a ningún invitado del Cliente o del
A. No obstante cualquier otra disposición este Acuerdo o a la que se adjunte dicho en el presente Acuerdo, en ningún caso será Acuerdo: Grupo del Cliente; dichas obligaciones de indemnización se limitan a aquellas partes enumeradas en este documento.
G. La reparación en virtud de las disposiciones de indemnización establecidas en esta Sección 8 será el recurso exclusivo disponible a las partes de este documento para las cuestiones, reclamaciones, daños y perjuicios y pérdidas cubiertos por dichas disposiciones.
Derecho vigente. En la medida en que lo permita la ley y a menos que se indique en un Anexo o en las Condiciones específicas de la oferta, el presente Acuerdo y cualquier Disputa se regirán por las leyes de la República de Chile y tendrán jurisdicción los tribunales de Santiago, sin tener en cuenta los principios de conflictos xx xxxxx. En la medida en que lo permita la legislación local, el Partner acepta someterse y renunciar a cualquier objeción a la jurisdicción de los tribunales situados en la ubicación aplicable indicada. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no será aplicable.