Otros acuerdos. EL COMPRADOR EL VENDEDOR
Otros acuerdos. 1. Sin perjuicio de las disposiciones de los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas, el presente Acuerdo, al igual que cualquier medida emprendida con arreglo al mismo, mantiene enteramente intactas las competencias de los Estados miembros de las Comunidades para emprender medidas bilaterales con los países del Pacto Xxxxxx dentro de la cooperación económica y celebrar, en su caso, nuevos acuerdos de cooperación económica con los países del Pacto Xxxxxx.
Otros acuerdos. Cualquier otro acuerdo vigente entre Apple y Usted (en conjunto, los «Otros Acuerdos») es independiente de estas Condiciones de Servicio. Salvo que se especifique lo contrario por escrito en el presente documento o en los Otros Acuerdos, estas Condiciones de Servicio no se considerarán en ningún caso los términos de los Otros Acuerdos, ni viceversa. Ningún incumplimiento de estas Condiciones de Servicio constituirá un incumplimiento de los Otros Acuerdos, ni viceversa. Usted reconoce y acepta que el cumplimiento de sus obligaciones conforme a estas Condiciones de Servicio no estará condicionado a que Apple celebre cualesquiera otros acuerdos o proporcione manifestaciones o garantías adicionales relacionadas con los Servicios.
Otros acuerdos. Con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato, el Concesionario podrá celebrar cualquier contrato o acuerdo con cualquier Cliente para poner a su disposición los Servicios Portuarios, a los precios y en los términos que el Concesionario y el Operador Principal consideren aceptables. El Concedente deberá entregar al Concesionario, dentro de un plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la Fecha de Cierre, un resumen de los términos de aquellos contratos, acuerdos y pactos relacionados con el Terminal Portuario (“Otros Acuerdos”), cuya relación se incluye en el Anexo 6.3, incluyendo el precio, vencimiento y cualquier otra información sustancial. Desde la Fecha de Cierre, el Concesionario tendrá el derecho exclusivo para celebrar cualquier contrato con terceros en relación con el Terminal Portuario de conformidad con el presente Contrato y las Leyes Aplicables. El Concedente se compromete (i) a resolver los Otros Acuerdos; y (ii) a partir de la fecha de firma del presente Contrato a no celebrar ni suscribir ningún contrato en relación con el Terminal Portuario con ningún tercero sin autorización previa y por escrito del Concesionario.
Otros acuerdos. El Remitente reconoce que el Transportador (i) ha suscrito Contratos de Transporte con otros Remitentes de CSSoP en términos que sustancialmente son los mismos a los de este Contrato, (ii) tiene Contratos de Transporte vigentes con otros Remitentes, y (iii) en el futuro podrá suscribir nuevos Contratos de Transporte con otros Remitentes, por lo que el presente Contrato no genera ningún tipo de exclusividad a favor del Remitente y puede generar relaciones entre los Remitentes, por lo que las disputas entre los distintos Remitentes se podrán resolver con base en la cláusula compromisoria pactada con los distintos Remitentes.
Otros acuerdos. El presente Acuerdo no sustituirá o afectará de otro modo a otros acuerdos u otras actividades realizadas en los ámbitos regulados entre cualquier Estado miembro de la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América.
Otros acuerdos. El presente acuerdo no altera los acuerdos o arreglos existentes entre las Partes, ni los acuerdos o arreglos celebrados entre Canadá y los Estados miembros de la UE. No afecta en modo alguno al contenido de los futuros acuerdos o arreglos entre Canadá y los Estados miembros de la UE. El presente acuerdo no impide que las Partes celebren otros acuerdos o arreglos relativos a la facilitación o intercambio de información clasificada.
Otros acuerdos. Ninguna disposición del presente capítulo se adoptará para limitar los derechos de los inversores de las Partes a benefi ciarse de cualquier trato más favorable que esté previsto en cualquier acuerdo internacional vigente o futuro relativo a inversiones en el que un Estado miembro de la Unión Europea y la República de Moldavia sean partes.
Otros acuerdos. (Si procede) Ambas partes aceptan en su totalidad el presente contrato y lo firman, por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados. El Vendedor El Comprador
Otros acuerdos. A. A no ser que los anexos del presente Acuerdo dispongan otra cosa, los derechos y obligaciones contenidos en otro Acuerdo celebrado por una Parte con un tercero no tendrá vigor ni efecto alguno en la otra Parte del presente Acuerdo.