Common use of DISPOSICIÓN FINAL Clause in Contracts

DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación a partir del día si- guiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, con- tados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin per- juicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me conveniente. Alpedrete, a 16 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguiente:

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DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será ordenanza, aprobada por el Pleno en fecha 12 xx xxxx de aplicación 2006, y elevada a partir del definitiva por resolución de la Alcaldía de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxx xx xxxxx al día si- guiente siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID Boletín Oficial de Cantabria, y continuará vigente permanecerá en tanto no se acuerde vigor hasta su mo- dificación modificación o derogaciónderogación expresas. En caso 06/10266 Acuerdo definitivo de aprobación de modificación parcial de esta ordenanza fiscallas Ordenanzas Fiscales reguladoras del Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica y de la Tasa por Concesión de Licencia de Apertura. Aprobada provisionalmente la modificación de las refe- ridas Ordenanzas Fiscales por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 2 xx xxxxx de 2006, y publicada en el BOC número 115, de fecha 15 xx xxxxx de 2006, sin que se haya presentado reclamación alguna, se eleva a defini- tivo el texto original, procediéndose a publicar los ar- tículos no modificados continuarán vigentesartículos que han sufrido modificación, de conformidad con lo esta- blecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra el acuerdola aprobación definitiva de estas Ordenanzas, que agota la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia de Madridadministrativo, en el plazo de dos meses, con- tados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin per- juicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me conveniente. Alpedrete, a 16 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de AlpedreteBOC, en sesión celebrada el día 21 la forma y plazos que establezcan las normas reguladoras de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguiente:dicha juris- dicción.

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DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será Estas bases entrarán en vigor ó día seguinte da súa publica- ción íntegra no Boletín Oficial da Provincia de aplicación Ourense. Instancia solicitude bilingüe subvención local veciñal / sub- vención local vecinal Datos dos solicitantes / datos de los solicitantes Entidade / Entidad NIF. Enderezo / Domicilio Provincia Localidade / Localidad CP, teléfono, correo electrónico E na súa representación 1º Apelido / Apellido 2º Apelido / Apellido Nome / Nombre NIF. Enderezo / Domicilio Localidade / Localidad Provincia CP. Teléfono C. Electrónico Datos da subvención solicitada Situación local Rúa: Orzamento do alugamento / Presupuesto del alquiler Así mesmo declaro baixo a partir del día si- guiente al miña responsabilidade que: (Asimismo declaro bajo mi responsabilidade que:) · Nin a entidade, nin os membros se atopan incurso en ningun- xx xxx prohibicións para obte-la condición de su publicación beneficiarios recollidas no artigo 13 da Lei 38/2003, do 17 de novembro, xeral de subvencións. (Ni la entidad, ni los miembros se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para obte- ner la condición de beneficiarios recogidas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto artículo 13 xx Xxx 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. · Que a entidade non é debedora á facenda estatal, autonó- mica nin local, nin á Seguridade Social. (Que la entidad no es deudora a la hacienda estatal, autonómica ni local, ni a la Seguridad Social) · Non se acuerde su mo- dificación o derogaciónsolicitou nin obtiveron outras subvencións para a mesma finalidade x xxxxx deste ano. En caso (No se ha solicitado ni xx xxx obtenido otras subvenciones para la misma finalidad a lo largo del presente año). Ourense, ... de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes2009. Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, con- tados Sinatura do/a partir del día siguiente al solicitante (Firma del/de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDsolicitante) DNI. Todo ello sin per- juicio Sr. Alcalde do Concello de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me convenienteOurense. Alpedrete, a 16 Negociado de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguiente:Participación Cidadá.

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DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación a partir del Esta Orden entrará en vigor el día si- guiente al siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID al Diari Oficial de la Gene- ralitat de Catalunya. Barcelona, 26 de septiembre de 2005 XXXX XXXX X XXXXXXXX Consejera de Bienestar y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdo, que agota Familia Estos premios fueron instituidos por la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia de MadridAso- ciación Xxxxx Xxxxxx, en el plazo de dos mesesrecuerdo y homena- je a Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxxx, con- tados a partir del día siguiente al antiguo escul- tista y socio de la publicación del mismo entidad, de incuestionable estimación en Cataluña y de ejemplar actuación cívica. Los Premios Xxxxx Xxxxxxx quieren fomen- tar en la juventud el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDgusto por las responsabi- lidades, la capacidad asociativa, el espíritu de servicio y el compromiso hacia la sociedad y el amor y el respeto por la naturaleza. Todo ello sin per- juicio La Dirección General de Actuaciones Comu- nitarias y Cívicas conjuntamente con el Grup d’Antics i Amics de Minyons Escoltes i Guies Sant Jordi de Catalunya de la Fundación Xxxxx Xxxx, convocan esta vigésima edición de los premios. BASES Primera Pueden optar a los premios Xxxxx Xxxxxxx 0000 los grupos, pertenecientes o no a entida- des de cualquier tipo, formados como mínimo por seis jóvenes de más de doce años que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me conveniente. Alpedretehayan realizado alguna acción cívica meritoria, a 16 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de Alpedretefor- ma voluntaria y gratuita, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor algún lugar de los terrenos Países Catalanes durante el transcurso del año 2005 en una de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguientelas dos modalidades siguientes:

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DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación a partir del día si- guiente al de su publicación entrada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial vigor de esta ordenanza fiscalse producirá el día 1 de enero de 2017.” Ávila, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes6 xx xxxxx de 2017. Contra El Xxxxxxx, Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. SECRETARÍA GENERAL De conformidad con lo establecido en el acuerdoart. 49 de la Ley 7/1985, que agota la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia de Madrid2 xx xxxxx, en su redacción dada mediante Ley 11/1999, de 21 xx xxxxx, y demás normativa concordante, se hace público que, el Pleno Corporativo de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de febrero del año en curso, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: - Proceder a la creación del órgano consultivo en materia de Juventud con la denomi- nación PROPON-T, encaminado al asesoramiento e información de la gestión municipal di- rigida a la promoción juvenil, así como la implicación dentro de dichas políticas dentro del término municipal del Ayuntamiento xx Xxxxx, con el objeto de dar voz a los jóvenes en la vida municipal, y velar por las condiciones que posibiliten la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural, y la promoción de la igual- dad. - Aprobar inicialmente el Reglamento regulador de su organización y funcionamiento con el tenor que consta en el expediente tramitado al efecto. - Exponer al público el acuerdo que antecede por plazo de dos meses, con- tados treinta días a partir del día siguiente al efectos de la presentación de reclamaciones o sugerencias que en caso de ser formuladas resolverá expresamente el Pleno. De no presentarse se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional sin perjuicio de la publicación íntegra del texto de dicho Reglamento a efectos de su entrada en vigor en los términos previstos en el la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, a tales efectos se encuentra de manifiesto el mencionado expediente en la Secretaría General xxx Xxxx- tamiento (Pza. Mercado Chico, 1) de esta Ciudad. Xxxxx, 2 xx xxxxx de 2017 El Xxxxxxx, Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx. D E C R E T O D E L A A L C A L D I A De conformidad con el Art. 23.3. de la Ley de Bases de Régimen Local Ley 7/1985, de 2 xx Xxxxx y 43.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, DELEGO, las funciones que la Ley establece en el TENIENTE-AL- CALDE de este Ayuntamiento D. AUDACIO X. XXXXXX XXXXXXX, por ausencia de la lo- calidad, desde el día 5 xx Xxxxx de 2017, hasta el 12 xx Xxxxx de 2017, ambos inclusive. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 44.1y 2 del Regla- mento arriba mencionado. Vita, a 28 de Febrero de 2017. El Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. Número 534/17 Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio económico 2017, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el ar- tículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se publica el resumen del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin per- juicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me conveniente. Alpedrete, a 16 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguientepor capítulos:

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Samples: Contrato De Suministro De Combustible Gasóleo Calefacción en Diferentes Dependencias De La Excma. Diputación De Ávila

DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación a partir del día si- guiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdopresente Pliego de Cláusulas Administrativas y contra el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que agota podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación regulado en los artículos 40 y ss. del Texto refundido de la vía administrativaLey de Contratos del Sector Público, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ante el Tri- bunal Superior Tribunal Administrativo de Justicia Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, con- tados quince días hábiles contados a partir del día siguiente al a su publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN D./D.ª.: con D.N.I. n.º: En nombre propio a, en su caso, en representación de la publicación persona física/jurídica: con N.I.F.: , y con domicilio en (calle/plaza, etc.) : n.º: , Población: , Provincia: y código postal: DECLARO RESPONSABLEMENTE Asimismo, declara haber registrado un usuario en la Plataforma de Contratación del mismo Estado con la dirección de correo electrónico señalada y disponer de un certificado electrónico aceptado por la plataforma “firma para acceder al contenido de las notificaciones electrónicas Señalar si procede Que el licitador al que representa, dispone de un porcentaje superior al 2% de trabajadores con discapacidad en la plantilla, y solicitan aplicar la preferencia en la adjudicación regulada en la disposición adicional cuarta del TRLCSP. Asimismo, declara que dispone de un porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla de (indicar porcentaje con dos decimales): % O Alternativamente, Que el licitador al que representa no está obligado legalmente a disponer de trabajadores con discapacidad en la plantilla (SEÑALAR LOS MOTIVOS) Y para que así conste y surta los efectos oportuno, expido y firmo la presente declaración en (ciudad), a , de de 2015. Fdo. Rubricar cada una de las hojas de esta declaración Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones que figuran en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin per- juicio Pliego de que pueda interponerse cualquier otro recurso Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas conforme al precio por cada Servicio básico que se esti- me conveniente. Alpedrete, a 16 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, indica en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguientelas tablas adjuntas:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Los Servicios De Prevención De Riesgos Laborales Por La Central De Contratación De La Femp

DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación Las partes firmantes se comprometen a partir llevar a cabo las pre- visiones presupuestarias y adecuaciones retributivas que, con carác- ter excepcional y singular fueran precisas. Una vez concluida la elaboración del día si- guiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdotexto adjunto, que agota refleja el contenido de las negociaciones celebradas, con el propósito de alcanzar un acuerdo relativo al II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia Comunidad de Madrid, ambas partes manifiestan su conformidad con el presente texto que, una vez firmado, será remitido a la autoridad laboral, a efectos de lo dispuesto en el plazo de dos meses, con- tados a partir artículo 90 del día siguiente al texto refundido de la publicación Ley del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDEstatuto de los Trabajadores. Todo ello sin per- juicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me conveniente. AlpedreteEn Madrid, a 16 22 de diciembre julio de 2008.—La alcaldesa 2005.—Por las Universidades (fir- mado).—Por los sindicatos (firmado). Valor trienio: 34,83 euros. Cantidad máxima de devengo mensual: El número máximo de trienios a computar para la percepción por antigüedad en cada uno de los años de vigencia de este convenio será el siguiente: Año 2005: 10 trienios. Año 2006: 12 trienios. Año 2007 y siguientes: 14 trienios. de la Comunidad de Madrid para las retribuciones de los emplea- dos públicos. Los efectos económicos de estas tablas son de 1 de julio de 2005. (03/36.365/0803/31.387/05) El Pleno Resolución de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósito y publicación del Ayuntamiento convenio colectivo de Alpedretela empresa “NH Hoteles, en sesión celebrada Sociedad Anónima” (hotel “NH Eurobuilding”) (código número 2803282). Examinado el texto del convenio colectivo del de la empresa “NH Hoteles, Sociedad Anónima” (hotel “NH Eurobuilding”), sus- crito por la comisión negociadora del mismo el día 21 24 de octubre de 20082005, aprobó provisionalmente completada la ordenanza fiscal reguladora documentación exigida en el artículo 6 del impuesto Real Decreto 1040/1981, de 22 xx xxxx, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el incremento artículo 2 de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del valor texto refundido de la Ley del Estatuto de los terrenos Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de naturaleza urbana24 xx xxxxx, al no haberse presentado alegaciones y en el período artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de información pública29 de julio, ha quedado definitivamente aprobada por el que se establece la ordenanzaestructura orgánica de la Con- sejería de Empleo y Mujer, cuyo texto íntegro es el siguiente:esta Dirección General

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DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación a partir del día si- guiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdopresente Pliego de Cláusulas Administrativas y contra el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que agota podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación regulado en los artículo 40 y ss. del Texto refundido de la vía administrativaLey de Contratos del Sector Público, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ante el Tri- bunal Superior Tribunal Administrativo de Justicia Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, con- tados quince días hábiles contados a partir del día siguiente al a su publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. La compañía de mediación designada en el momento de la publicación presente licitación para el ejercicio de las funciones xx Xxxxxxxx conforme al PCA y al PPT, en virtud de la adjudicación del mismo contrato de riesgos y seguros es XXXXXX IBERIA Correduría de Seguros y Reaseguros, S.A. D./D.ª.: con D.N.I. n.º: En nombre propio a, en su caso, en representación de la persona física/jurídica: con N.I.F.: , y con domicilio en (calle/plaza, etc) : n.º: , Población: , Provincia: y código postal: DECLARO RESPONSABLEMENTE siguiente dirección de correo electrónico a la cual deberán remitirse los avisos correspondientes al envío de dichas notificaciones: COMPLETAR Asimismo, declara haber registrado un usuario en la Plataforma de Contratación del Estado con la dirección de correo electrónico señalada y disponer de un certificado electrónico aceptado por la plataforma “firma para acceder al contenido de las notificaciones electrónicas Señalar si procede Que el licitador al que representa, dispone de un porcentaje superior al 2% de trabajadores con discapacidad en la plantilla, y solicitan aplicar la preferencia en la adjudicación regulada en la disposición adicional cuarta del TRLCSP. Asimismo, declara que dispone de un porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla de (indicar porcentaje con dos decimales): % Y para que así conste y surta los efectos oportuno, expido y firmo la presente declaración en (ciudad), a , de de 2014 Fdo. Rubricar cada una de las hojas de esta declaración D./D.ª.: con D.N.I. n.º: En nombre propio a, en su caso, en representación de la persona física/jurídica: con N.I.F.: , y con domicilio en (calle/plaza, etc): n.º: Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones que figuran en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin per- juicio Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, D./D.ª.: con D.N.I. n.º: , y con domicilio en (calle/plaza, etc): Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me conveniente. Alpedretefiguran en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, a 16 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de AlpedreteD./D.ª.: con D.N.I. n.º: En nombre propio a, en sesión celebrada el día 21 su caso, en representación de octubre de 2008la persona física/jurídica: con N.I.F.: , aprobó provisionalmente y con domicilio en (calle/plaza, etc): n.º: Se compromete a tomar a su cargo la ordenanza fiscal reguladora ejecución del impuesto sobre el incremento del valor de mismo, con estricta sujeción a los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones requisitos y condiciones que figuran en el período Pliego de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguiente:Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas,

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Pólizas De Seguros

DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será entrará en vigor el día 1 de aplicación a partir del día si- guiente al enero de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal2010, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, con- tados a partir del día siguiente al de siendo previa la publicación del mismo íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDMADRID de su aprobación definitiva, permanecien- do en vigor hasta su modificación o derogación expresas. Todo ello sin per- juicio Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me convenientelo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Ma- drid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio. AlpedreteEn Cobeña, a 16 14 de diciembre enero de 2008.—La alcaldesa (firmado)2010.—El alcalde, Xxxxxxx Xxxxx- lez Xxxx. (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al Al no haberse presentado alegaciones en reclamaciones durante el período plazo de información públicaex- posición al público, ha quedado definitivamente aprobada queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional sobre aprobación de la ordenanzaordenanza fis- cal reguladora de la tasa por expedición de documentos administra- tivos, cuyo texto íntegro es el siguiente:se hace público, en cumplimiento del ar- tículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local. DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

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DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación Las partes firmantes se comprometen a partir llevar a cabo las pre- visiones presupuestarias y adecuaciones retributivas que, con carác- ter excepcional y singular fueran precisas. Una vez concluida la elaboración del día si- guiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdotexto adjunto, que agota refleja el contenido de las negociaciones celebradas, con el propósito de alcanzar un acuerdo relativo al II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia Comunidad de Madrid, ambas partes manifiestan su conformidad con el presente texto que, una vez firmado, será remitido a la autoridad laboral, a efectos de lo dispuesto en el plazo de dos meses, con- tados a partir artículo 90 del día siguiente al texto refundido de la publicación Ley del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDEstatuto de los Trabajadores. Todo ello sin per- juicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me conveniente. AlpedreteEn Madrid, a 16 22 de diciembre julio de 2008.—La alcaldesa 2005.—Por las Universidades (fir- mado).—Por los sindicatos (firmado). Valor trienio: 34,83 euros. Cantidad máxima de devengo mensual: El número máximo de trienios a computar para la percepción por antigüedad en cada uno de los años de vigencia de este convenio será el siguiente: Año 2005: 10 trienios. Año 2006: 12 trienios. Año 2007 y siguientes: 14 trienios. de la Comunidad de Madrid para las retribuciones de los emplea- dos públicos. Los efectos económicos de estas tablas son de 1 de julio de 2005. (03/36.365/0803/31.387/05) El Pleno Resolución de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósito y publicación del Ayuntamiento convenio colectivo de Alpedretela empresa “NH Hoteles, en sesión celebrada Sociedad Anónima” (hotel “NH Eurobuilding”) (código número 2803282). Examinado el texto del convenio colectivo del de la empresa “NH Hoteles, Sociedad Anónima” (hotel “NH Eurobuilding”), sus- crito por la comisión negociadora del mismo el día 21 24 de octubre de 20082005, aprobó provisionalmente completada la ordenanza fiscal reguladora documentación exigida en el artículo 6 del impuesto Real Decreto 1040/1981, de 22 xx xxxx, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el incremento artículo 2 de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del valor texto refundido de la Ley del Estatuto de los terrenos Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de naturaleza urbana24 xx xxxxx, al no haberse presentado alegaciones y en el período artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de información pública29 de julio, ha quedado definitivamente aprobada por el que se establece la ordenanzaestructura orgánica de la Con- sejería de Empleo y Mujer, cuyo texto íntegro es el siguiente:esta Dirección General RESUELVE

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DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación a partir del día si- guiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interpo- ner inter- poner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, con- tados contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin per- juicio perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me es- time conveniente. Alpedrete, a 16 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/0803/36.366/08) El Pleno artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, señala que los tenientes xx xxxxxxx, por su orden de nombramiento, sustituyen al alcalde en casos xx xxxxxxx, ausencia, enfermedad o impedimento de este. Conforme al artículo 47 del Ayuntamiento Reglamento de AlpedreteOrganización, Fun- cionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aproba- do por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en sesión celebrada caso de que la Alcaldía quede vacante, cualquiera que sea la causa, la suplencia se llevará a cabo con plenitud de efectos, convirtiéndose el día 21 suplente en alcalde accidental. Teniendo que ausentarse el alcalde-presidente, xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, fuera de octubre la localidad durante los días 6 al 8 de 2008diciembre del presente, aprobó provisionalmente ambos días inclusive. En consecuencia, y con no otro fundamento que evitar la ordenanza fiscal reguladora parali- zación o entorpecimiento del impuesto sobre quehacer diario municipal, por el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguientepre- sente he resuelto:

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DISPOSICIÓN FINAL. La presente ordenanza fiscal será de aplicación a partir del Estas bases entrarán en vigor al día si- guiente al siguiente de su publicación publica- ción íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID y continuará vigente Boletín Oficial de la Provincia de Ourense. Instancia solicitude bilingüe subvención local veciñal / sub- vención local vecinal Datos dos solicitantes / datos de los solicitantes Entidade / Entidad NIF. Enderezo / Domicilio Provincia Localidade / Localidad CP, teléfono, correo electrónico E na súa representación 1º Apelido / Apellido 2º Apelido / Apellido Nome / Nombre NIF. Enderezo / Domicilio Localidade / Localidad Provincia CP. Teléfono C. Electrónico Datos da subvención solicitada Situación local Rúa: Orzamento do alugamento / Presupuesto del alquiler Así mesmo declaro baixo a miña responsabilidade que: (Asimismo declaro bajo mi responsabilidade que:) · Nin a entidade, nin os membros se atopan incurso en tanto nin- gunha das prohibicións para obte-la condición de beneficiarios recollidas no artigo 13 da Lei 38/2003, do 17 de novembro, xeral de subvencións. (Ni la entidad, ni los miembros se acuerde su mo- dificación o derogación. En caso encuentran incursos en alguna de modificación parcial las prohibiciones para obte- ner la condición de esta ordenanza fiscal, los ar- tículos no modificados continuarán vigentes. Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior de Justicia de Madrid, beneficiarios recogidas en el plazo artículo 13 xx Xxx 38/2003, de dos meses17 de noviembre, con- tados general de subvenciones. · Que a partir entidade non é debedora á facenda estatal, autonó- mica nin local, nin á Seguridade Social. (Que la entidad no es deudora a la hacienda estatal, autonómica ni local, ni a la Seguridad Social) · Non se solicitou nin obtiveron outras subvencións para a mesma finalidade x xxxxx deste ano. (No se ha solicitado ni xx xxx obtenido otras subvenciones para la misma finalidad a lo largo del día siguiente al presente año). Ourense, ... de ... de 2009. Sinatura do/a solicitante (Firma del/de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDsolicitante) DNI. Todo ello sin per- juicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me convenienteSr. Alpedrete, a 16 de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado). (03/36.365/08) El Pleno Alcalde del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el día 21 Ourense. Negociado de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguiente:Participación Ciudadana.

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DISPOSICIÓN FINAL. La Única. Entrada en vigor.—La presente ordenanza fiscal será de aplicación a partir del entrará en vi- gor al día si- guiente al siguiente de su publicación publicación, sin perjuicio de lo dispuesto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de Ba- ses de Régimen Local. Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplica- ción esta normativa que la cumplan y continuará vigente a los tribunales y autoridades que corresponda la guarden y hagan guardar. Lo cual se hace público a los efectos de conocimiento general y entrada en tanto no se acuerde su mo- dificación o derogaciónvigor. En caso Majadahonda, a 30 de modificación parcial julio de esta ordenanza fiscal2009.—El alcalde-presidente, los ar- tículos no modificados continuarán vigentesXxxxxxx xx Xxxx Xxxxxx. Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interpo- ner los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tri- bunal Superior El Pleno del Ayuntamiento de Justicia de MadridXxxxxx xx Xxxxxx, en sesión ordi- naria celebrada el día 28 de julio de 2009, ha acordado la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal para la creación del fichero de datos de carácter personal Registro E/S de Documen- tos, y modificación de otros ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxx, sometiéndose los expedien- tes a información pública por el plazo de dos mesestreinta días, con- tados a partir del contar desde el día siguiente al a la inserción de la publicación del mismo este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Todo ello sin per- juicio ello, en cumplimiento de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se esti- me convenientelo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislati- acuerdo. AlpedreteEn Xxxxxx xx Xxxxxx, a 16 14 xx xxxxxx de diciembre de 2008.—La alcaldesa (firmado)2009.—El alcalde-presi- dente, V. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. (03/36.365/08) El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2008, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, al no haberse presentado alegaciones en el período de información pública, ha quedado definitivamente aprobada la ordenanza, cuyo texto íntegro es el siguiente:03/27.963/09)

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