Common use of DOCUMENTACIÓN EXIGIDA Clause in Contracts

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Servicio De Limpieza, Contrato De Servicio

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional13.1. Los licitadores deberán presentar dos sobres. Los sobres se presentarán cerrados y en cada uno de ellos figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, así como la denominación del sobre, debiendo estar todos los sobres firmados. 13.2. El sobre A denominado “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, contendrá las fotocopias de los documentos necesarios para la valoración y ponderación que a continuación se relacionan. La falta de sus ofertas con respecto a los criterios cualquiera de valoración ellos podrá ser causa de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 exclusión de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontrataciónlicitación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad salvo que se consigne observen defectos materiales en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, en cuyo caso la Mesa FFIS podrá conceder si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. • Escritura de Contratación adopte otra posturaconstitución. • CIF. • DNI representante legal. • Apoderamiento del representante legal. • Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para contratar. • Alta y último pago IAE. • Certificación positiva de la Agencia Tributaria. La empresa que resulte adjudicataria del presente procedimiento deberá entregar, antes de la firma del contrato, la documentación original o se indique expresamente fotocopia compulsada correspondiente a la documentación incluida en el modelo sobre A. 13.3. El sobre B denominado “PROPOSICION ECONOMICA, DOCUMENTACION TECNICA Y ACREDITACION DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN” contendrá la documentación que a continuación se relaciona: 13.3.1. Proposición económica: Podrá ir acompañada de proposición económica que cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar. Las proposiciones deberán ir firmadas por el representante legal de la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administraciónempresa. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición peroeconómica. En los precios ofertados se entenderá incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o el que legalmente corresponda, en así como los costes de entrega y transporte hasta el caso de que se autorice lugar designado en el apartado 5 5, se entiende así mismo que incluyen la instalación y la formación del personal que se encargará del manejo de los mismos. La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes misma se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 entienden incluidos todos los factores de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables gastos e impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por fórmularazón del contrato.

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Sources: Contract for Supply and Installation of Laboratory Furniture, Suministro De Equipo

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional12.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 15 del Cuadro de Características. Los sobres se presentarán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, debiendo estar cada uno de los sobres firmados. 12.2. El sobre A, que se denominará CAPACIDAD PARA CONTRATAR, tal y como se indica en el Apartado 15.1.1 del Cuadro de Características, conteniendo los documentos necesarios para la valoración y ponderación que a continuación se relacionan: Documento Nacional de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 Identidad de la Carátulapersona que suscriba la oferta. En caso Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de que para otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la ejecución Secretaría General Técnica del contrato proceda a la subcontrataciónServicio Murciano de Salud, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como sito en ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇ – ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ (Tfno.: 968 288061/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Cuando se trate de licitadores que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate. Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el art. 60 DL 3/2011. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, (ANEXO III). Certificado acreditativo, expedido por el órgano de representación de la empresa, de que no forma parte de sus Organos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, del Estatuto Regional de la Actividad Política (ANEXO IV). Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación. Acreditación de la solvencia o, en su caso, de la clasificación exigida a las empresas en la forma establecida en el Apartado 16.1 y 2 del Cuadro de Características. Para el caso de que por el órgano de contratación se exija a los licitadores la concreción de condiciones de solvencia o el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato otros medios personales o materiales para ello, conforme el art. 64 DL 3/2011, se hará constar en el Apartado 16.3 del Cuadro de Características. En los casos adecuados, se podrá exigir como medio de acreditar la solvencia técnica la indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato se hará constar en el Apartado 16.4 del Cuadro de Características. De conformidad con lo previsto en el Pacto por la Promoción del Empleo en la Región ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ 2011-2014, los órganos gestores tenderán a incluir, como medio de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo acreditar la solvencia técnica de proposición económica para UTEs las empresas licitadoras y el Anexo II. ter es el modelo cuando por la naturaleza de proposición económica para estos sea factible, una declaración de los efectivos medios anuales de las empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso con la exigencia de que así se establezca. El importe un grado mínimo de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido estabilidad en el precio ofertado todos empleo de los conceptos, incluidos mismos en los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratistatres últimos años. En el caso de que así se prevea varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo escrito de proposición económicase indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras También deberá indicar que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan asumen el compromiso de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto constituirse en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En unión temporal en caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda resultar adjudicatario del tipo de licitación)contrato. Para las empresas extranjeras, la cantidad declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que se consigne en letrasde modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición perocon renuncia, en el caso de su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantespudiera corresponder al licitador. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contratación De Servicios, Contratación De Servicios

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional12.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 15 del Cuadro de Características, bien en formato papel o, en su caso, en formato electrónico. En el supuesto de presentarse los sobres en formato papel, irán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto. 12.2. El sobre A, que se denominará CAPACIDAD PARA CONTRATAR, tal y como se indica en el Apartado 15.1.1 del Cuadro de Características, conteniendo los documentos necesarios que a continuación se relacionan: a) Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sito en calle Central, 7, Edificio HABITAMIA I – 7ª planta, Espinardo‐Murcia (Tfno.: 968 288014/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera b) Cuando se trate de licitadores que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la valoración escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate. c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el artículo 60 TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ponderación con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (ANEXO III). Igualmente, la citada declaración acreditará que en la empresa no forma parte de sus ofertas con respecto Órganos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a los criterios que se refiere la Ley 5/94, de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇1 ▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Estatuto Regional de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo la Actividad Política. d) Documento acreditativo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutidohaber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación. e) Acreditación de la solvencia exigida a las empresas en la forma establecida en el Apartado 16.1 del Cuadro de Características. Para el caso de que así por el órgano de contratación se establezca. El importe exija a los licitadores la concreción de condiciones de solvencia o el compromiso de dedicar o adscribir a la oferta económica no podrá superar ejecución del contrato otros medios personales o materiales para ello, conforme el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos artículo 64 TRLCSP, se entenderá incluido hará constar en el precio ofertado todos Apartado f) En los conceptoscasos adecuados, incluidos los impuestosse podrá exigir como medio de acreditar la solvencia técnica la indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato, gastos, tasas y arbitrios lo que se hará constar en el Apartado 16.3 del Cuadro de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.Características. g) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el apartado 28 escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la Carátulaparticipación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato. h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. i) Datos del licitador (ANEXO IV) que incluirá una dirección de correo electrónico, en cuyo caso, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras entenderá que impidan conocer claramente lo es la dirección seleccionada para efectuar todas las notificaciones que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesprocedan. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contratación De Suministros, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional11.1. Los licitadores deberán presentar dos sobres debidamente cerrados y en cada uno de ellos figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, así como la denominación del sobre, debiendo estar ambos sobres firmados. 11.2. El sobre A denominado “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, contendrá las fotocopias de los documentos necesarios para la valoración y ponderación que a continuación se relacionan. La falta de sus ofertas con respecto a los criterios cualquiera de valoración ellos podrá ser causa de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 exclusión de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontrataciónlicitación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad salvo que se consigne observen defectos materiales en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, en cuyo caso la Mesa FFIS podrá conceder si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. • Inscripción en Registro de Contratación adopte otra posturaLicitadores, en su defecto: - Escritura de constitución. - CIF. - Apoderamiento del representante legal. - Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para contratar. - Alta y último pago del IAE. - Certificación positiva de la Agencia Tributaria. • DNI representante legal. La empresa que resulte adjudicataria del presente procedimiento deberá entregar, antes de la firma del contrato, la documentación original o se indique expresamente fotocopia compulsada correspondiente a la documentación incluida en el modelo sobre A. 11.3. El sobre B denominado “PROPOSICION ECONOMICA, DOCUMENTACION TECNICA Y ACREDITACION DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN” contendrá la documentación que a continuación se relaciona: 11.3.1. Proposición económica: Podrá ir acompañada de proposición económica que cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar. Las proposiciones deberán ir firmadas por el representante legal de la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administraciónempresa. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición peroeconómica. En el precio ofertado no se incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido o el que legalmente corresponda. La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos e impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por razón del contrato. 11.3.2. Criterios de adjudicación: Los licitadores incluirán cuanta documentación consideren oportuna para la evaluación de sus ofertas conforme a los criterios de valoración establecidos en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesApartado 9. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Suministro De Equipo

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”La oferta presentada en 2 sobres contendrá la siguiente documentación: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable Deberá incluir la documentación acreditativa que se cita a continuación, de la constitución de la garantía provisionalforma ordenada. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de Su contenido deberá limitarse al desarrollo del concepto que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos:solicita. 1. Oferta económica: Proposición económica Documento nacional de identidad de la persona que presente la proposición en nombre propio o como apoderado. 2. Cuando el licitador sea una persona jurídica, la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando ese requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. 3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre haya concurrido. Dicho poder deberá estar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. 4. En relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, certificaciones expedidas por las Haciendas que correspondan y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativas de hallarse al modelo corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social. 5. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas y último recibo que corresponda. 6. Declaración responsable otorgada por una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado en la que se confirme que el ofertante no está incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDLeg 3/2011, de 14 de noviembre). 7. Declaración relativa a la cifra de negocios global en el curso de los Anexo IItres últimos ejercicios. 8. Una declaración que indique el promedio anual de personal, IIcon el grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres años. 9. bis Relación de suministros similares en los que haya colaborado como empresa. 10. Declaración de las medidas adoptadas por los empresarios para controlar la calidad. 11. Certificado de estar inscrito en la lista de la comisión nacional de mercados y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutidocompetencias, en caso la Sección 2ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados del Ministerio de Economía, establecido por la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico. 12. Certificado que así se establezca. El importe garantice la igualdad entre mujeres y hombres en el trato, en el acceso al empleo, clasificación profesional, promoción, permanencia, formación, extinción, retribuciones, calidad y estabilidad laboral, duración y ordenación de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptosjornada laboral, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal así como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) mantenimiento de medidas para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y el beneficio industrial del contratistalaboral de las personas. En el caso de las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, las medidas de igualdad a que así se prevea refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en el apartado 28 anterior, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral. 13. Convenio colectivo de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato. En el sobre A no deberá incluirse ningún dato económico. Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de la CarátulaComunidad Autónoma de Euskadi, se incluirán podrán presentar en este sobre sustitución de los correspondientes Anexos documentos relacionados con anterioridad con los números 2, 3, 4, 5 y 6, copia del certificado vigente expedido por el letrado responsable del Registro. En sustitución de la documentación señalada en los puntos 1 al modelo 10, podrá aportarse certificación de inscripción en el Registro de Proveedores del Transporte (proTRANS). Cuando varias empresas concurran al concurso constituyendo una Unión Temporal de Empresarios, cada uno de los componentes habrá de acreditar su capacidad de obrar y solvencia técnica, económica y financiera conforme a lo establecido en los apartados anteriores. Igualmente deberán presentar un escrito de proposición económica. No en el que se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación)suscriben, la cantidad participación de cada uno de ellos y el nombramiento del representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados deriven del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en númeroscontrato. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se autorice deberá formalizar la misma en escritura pública. En caso de haber presentado esta documentación en la licitación de otro concurso convocado por ETS en los últimos 3 meses inmediatamente anteriores a éste, y siempre que esté vigente y sea aplicable, el licitador presentará en sustitución de la citada documentación referencia exacta del concurso en el apartado 5 de que se presentó dicha documentación, considerándose válida a todos los efectos. Si la Carátuladocumentación referenciada estuviera vigente parcialmente, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesaportará a este concurso la documentación sustitutoria actual. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Suministro De Energía Eléctrica

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE 1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar según los supuestos que a continuación se relacionan: a) Persona física: DNI, o documento fehaciente que haga sus veces, de la persona que realice la proposición. b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. c) Uniones temporales de empresarios: cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia. d) Empresarios/as no españoles/as que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de los empresarios/as en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. 2.- Documentos acreditativos de la representación: Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para un acto concreto, no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 94.I.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. 3.- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar previstas en el art. 60 del TRLCSP (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇anexo). En caso Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que en el apartado 25 la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la Carátula de este Pliego exija adjudicación por el empresario a los licitadores la constitución de una garantía provisional, cuyo favor se deberá anexar vaya a la Declaración Responsable la documentación efectuar ésta. 4.- Documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta solvencia económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentosfinanciera y técnica o profesional: 14.1. Oferta económica: Proposición Solvencia económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.financiera:

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Sources: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE 9.1. Para participar en la licitación a que este Pliego se refiere, las empresas interesadas presentarán, en el lugar y plazo señalados en el anuncio publicado en el perfil del contratante, TRES SOBRES, señalados con las letras “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo , “B” y C), con la documentación que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇)luego se especifica. En caso Los sobres deberán presentarse cerrados e identificados en su exterior y en cada uno de que en el apartado 25 ellos se indicará de forma legible la denominación de la Carátula obra objeto del contrato, y el nombre, apellidos y firma de este Pliego exija a los licitadores quien realiza la constitución licitación, en nombre propio o en representación de otro o de una garantía provisionalEntidad cuya razón social también Código seguro de verificación: RVhQMJAK-+mF5m2/Q-z7dBq4yR-7brwIWuW Página 7 de 55 deberá consignar, se deberá anexar así como dirección, teléfono, fax y correo electrónico, a efectos de comunicaciones. Queda prohibida la Declaración Responsable la documentación acreditativa utilización de logotipo y/o escudo de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad documentos que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de utilicen para la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo presentación de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇Firmante: VICERRECTOR DE ECONOMIA SOSTENIBILIDAD Y CIENCIAS DE LA SALUD - UNIVERSIDAD ▇▇ ▇▇▇▇▇▇; Fecha-hora: 29/06/2017 11:54:24; Emisor del certificado: C=ES,O=ACCV,OU=PKIACCV,CN=ACCVCA-120; En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente (índice de documentos). La Oficina receptora dará un recibo de cada propuesta en el que constará el nombre del licitador, la denominación de la obra objeto de la contratación así como el día y hora de la presentación. Una vez entregada o remitida la documentación, ésta no podrá ser retirada ni modificada bajo ningún pretexto, salvo que la retirada de la proposición sea justificada Se admitirán las licitaciones enviadas por correo en las condiciones y con los requisitos establecidos en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En este caso el licitador justificará la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará a este Organismo la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico, el cual sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este Organismo con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en las invitaciones o en el anuncio publicado en el perfil de contratante. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la proposición, no será admitida en ningún caso. La presentación de proposiciones implica por parte del empresario, la aceptación incondicional de las cláusulas de este ▇▇▇▇▇necesarios y la declaración responsable que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la valoración Administración. Asimismo, la totalidad de la proposición realizada por el licitador que resulte adjudicatario del presente contrato de obras, tendrá en todo caso carácter contractual, complementando el régimen de derechos y obligaciones que establece este pliego. A efectos de lo establecido en el Art. 140 del TRLCSP, las empresas licitadoras deberán designar aquellos aspectos de sus proposiciones económicas, (SOBRES A, B Y C), que deban ser tratados como confidenciales. Este carácter afectará, en particular, a los criterios cuantificables por fórmula.secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. Los documentos que deberán contener los tres sobres a que se refiere la cláusula 9.1. son los siguientes:

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Sources: Pliego De Contratación

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “8.1. Para participar en el procedimiento abierto, el licitador deberá presentar en la Conserjería de la Fundación La Alcudia, en horario de apertura al público, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, tres sobres cerrados (A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo , B y C), con la documentación que figura luego se especifica traducida de forma oficial al castellano, indicando en cada uno el servicio a que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, así como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇)dirección, teléfono, fax y correo electrónico a efectos de comunicaciones, todo ello de forma legible. La dirección de correo electrónico que se consigne en el sobre será considerada por la Fundación La Alcudia como dirección válida a efectos de realizar notificaciones en relación con este procedimiento. En caso el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el apartado 25 anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará a esta Fundación la remisión de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisionaloferta mediante fax o telegrama, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables o por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económicacorreo electrónico dirigido a: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇ .▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇@▇▇▇▇ .▇▇, IIhasta las catorce horas del último día de presentación de ofertas. bis y II. ter Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de terminación del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido plazo señalado en el precio ofertado todos anuncio. Transcurridos, no obstante, los conceptosdiez días naturales siguientes a la fecha indicada, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de sin haberse recibido la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada ésta no será admitida en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesningún caso. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contract for Services

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “7.1 Para participar en el concurso, procedimiento abierto, el licitador deberá presentar en en el Registro General de DESDE ARAHAL S.L., tres sobres cerrados (A, B y C) conteniendo la documentación que para cada uno de ellos se especifica en los apartados siguientes. En el exterior de todos los Sobres estarán escritos en caracteres grandes y legibles los siguientes datos: 1) Letra y título completo del sobre de que se trata. 2) Prestación de servicio que se licita. 3) Datos de la empresa concursante: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo Nombre y dirección completa, a efectos de notificaciones. Nombre del Apoderado que figura como Anexo I presenta la oferta. Teléfono de contacto. Número de Fax. El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo dentro del presente plazo de admisión expresado en el anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha y la hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará la remisión de la oferta mediante fax ▇▇-▇▇▇▇▇▇)▇ télex o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. 7.2 El Registro General dará recibo de cada proposición en el que conste el nombre del licitador, la denominación del concurso, el día y la hora de presentación. Una vez entregada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto. Asimismo al finalizar el plazo de recepción de proposiciones se emitirá un certificado en el que conste la totalidad de las proposiciones recibidas. En todo caso en cuanto a la presentación de que las proposiciones para participar en el apartado 25 presente concurso se estará a lo dispuesto en el artículo 129 de la Carátula ley 30/2007, de este Pliego exija a los licitadores la constitución 30 de una garantía provisionaloctubre, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución Contratos del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesSector Público. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contrato De Prestación De Servicios

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 12/07/2016 12:20, por: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ (22965201T) La autenticidad de este Pliego exija a los licitadores la constitución documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisionalVerificación (CSV): FD147A052D38167EF4087B30D9ECDB34 12.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 15 del Cuadro de Características, bien en formato papel o, en su caso, en formato electrónico. En el supuesto de presentarse los sobres en formato papel, irán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto. 12.2. El sobre A, que se denominará CAPACIDAD PARA CONTRATAR, tal y como se indica en el Apartado 15.1.1 del Cuadro de Características, conteniendo los documentos necesarios que a continuación se relacionan: a) Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sito en ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇ – ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ (Tfno.: 968 288014/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. b) Cuando se trate de licitadores que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la valoración escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate. c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el artículo 60 TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ponderación con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (ANEXO III). Igualmente, la citada declaración acreditará que en la empresa no forma parte de sus ofertas con respecto Órganos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a los criterios que se refiere la Ley 5/94, de valoración 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, del Estatuto Regional de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos la Actividad Política. d) Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación. e) Acreditación de la solvencia exigida a las empresas en la forma establecida en el apartado 27 Apartados los licitadores la concreción de la Carátula. En caso condiciones de que para solvencia o el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato proceda otros medios personales o materiales para ello, conforme el artículo 64 TRLCSP, se hará constar en el Apartado 16.2 del Cuadro de Características. f) En los casos adecuados, se podrá exigir como medio de acreditar la solvencia técnica la indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato, lo que se hará constar en el Apartado 16.3 del Cuadro de Características. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 12/07/2016 12:20, por: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): FD147A052D38167EF4087B30D9ECDB34 g) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la subcontrataciónlicitación, especificará cada una de las prestaciones empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o unidades entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato. h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. i) Datos del licitador (ANEXO IV) que incluirá una dirección de correo electrónico, en cuyo caso, se entenderá que es la dirección seleccionada para efectuar todas las notificaciones que procedan. j) ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ otra documentación que se haya exigido atendiendo a las condiciones y particularidades propias del presente contrato. 12.3. El sobre B que se denominará CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS DE VALOR y que se presentará con el contenido que se indique en el Apartado 15.1.2 del Cuadro de Características comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de subcontratacióncuantificación por medio de un juicio de valor, indicando pudiendo incluir, además, cuanta otra documentación consideren oportuna para la evaluación de sus ofertas. En el porcentaje caso de que resulte se exija la subcontratación. Asimismo entrega de muestras, se incluirá presentarán tal y como vaya a suministrarse a los Centros, perfectamente identificadas con el nombre la empresa licitadora y el perfil empresarial número de orden a que corresponden, con indicación, en su caso, de su correspondencia con la oferta base o las variantes ofertadas. La Mesa de Contratación no considerará las ofertas de los bienes o productos de los cuales no se presente muestras, cuando así se exija, o aún presentándose éstas no respondan a lo solicitado. 12.4. El sobre C que se denominará CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA y que se presentará con el contenido que se indique en el Apartado 15.1.3 del subcontratista y Cuadro de Características, comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de valoración objetiva mediante cifras o porcentajes obtenidos de forma automática por aplicación de meras fórmulas, artículo 150 TRLCSP. Sobre la oferta económica: a) En todo caso, la oferta económica se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme ajustará al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del al presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en deberán expresar separadamente el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el importe correspondiente a la aplicación sobre dicho precio del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.correspondiente. Las proposiciones que no se ajusten a dicho modelo podrán no ser tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación. Los licitadores podrán acompañar el citado Anexo de cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar. b) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada el importe expresado en letras letra y la expresada el expresado en númeroscifra, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. letra. c) Cada licitador no podrá presentar más de una proposición peroeconómica. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición económica en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones en las que figure. d) La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos e impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por razón del contrato. e) En su caso, los criterios objetivos que deban ser valorados para determinar si las proposiciones no pueden ser cumplidas por ser consideradas temerarias o desproporcionadas y que figurarán en el caso Apartado 17 del Cuadro de Características. f) En el supuesto de que se autorice admitan variantes, se indicará en el apartado 5 Apartado 15.2 del Cuadro de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados Características y en el apartado 28 anuncio de la Carátula licitación. No se admitirán variantes sobre extremos no indicados en el citado apartado. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 12/07/2016 12:20, por: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para ▇▇▇ (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): FD147A052D38167EF4087B30D9ECDB34 El licitador que opte por presentar variantes, en el supuesto de que se admitan, identificará claramente en su proposición la valoración oferta base de las variantes ofertadas. No serán consideradas las variantes presentadas por los criterios cuantificables por fórmulalicitadores, cuando no se admitan expresamente en este Pliego, o cuando aún admitiéndolas superen el límite de las permitidas o no se refieran a elementos y condiciones señalados en el Apartado 15.2 citado.

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Sources: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 8.1.- Las proposiciones constarán de DOS (2) sobres denominados: SOBRE “A”: «A (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE PERSONAL), SOBRE B (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración separados e independientes, cerrados y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada firmados por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo en los que figura como se indicará el número de expediente, título del mismo, además de la razón social y denominación de la entidad licitadora (articulo 80.1 RGLCAP) en los que se indicarán, los siguientes datos: • Expediente: ▇▇-▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇-▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego• Objeto: SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL EN LA INSTALACIONES Y EDIFICIOS DE LA GERENCIA DEL INVIED. • Razón social o denominación empresa licitadora • Dirección Postal • Número de teléfono empresa licitadoras. • Número de FAX empresa licitadora • Numero de correo electrónico empresa licitadora. 8.2.- Los documentos requeridos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticos conforme a la legislación vigente (artículo 46 LRJPAC). 8.3.- CONTENIDO del sobre A (DOCUMENTACIÓN PERSONAL): En este sobre los licitadores incluirán la siguiente documentación: a.1.- EN ESTE SOBRE LOS LICITADORES SEÑALARÁN EN HOJA INDEPENDIENTE LA RELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENE. a.2.- Documento que contenga los datos precisos para establecer las que existiese reconocimiento por parte comunicaciones con el licitador, con indicación expresa del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviablemedio elegido. En caso el citado documento deberán indicar la dirección postal, números de discrepancia entre teléfono y de fax, así como dirección de correo electrónico y nombre de la oferta expresada persona encargada del seguimiento del contrato (se acompaña como ANEXO DOCUMENTO DE DATOS PARA ESTABLECER COMUNICACIONES CON EL LICITADOR). a.3.- Documentos que acrediten la capacidad del empresario. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en letras y su caso, de la expresada en númerosque se deduzca que el objeto social o actividad de la empresa tiene relación directa con el objeto del contrato, prevalecerá (con la excepción debidamente inscrita en el supuesto de Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación)le sea aplicable. Si no lo fuere, la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen acreditación de la documentacióncapacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, la Mesa de Contratación adopte otra postura, estatutos o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición peroacto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público (artículos 72.1, 146.1 y 149 TRLCSP). Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad (D.N.I) o del documento que haga sus veces (artículo 21 RGLCAP). Dicho Documento Nacional de Identidad pueden sustituirlo por una autorización expresa al Ministerio de Defensa para consultar sus datos de identidad al órgano competente de la Administración General del Estado a efectos de esta solicitud, de acuerdo con la Orden Ministerial de Presidencia de Gobierno 3949/2006, de 26 de diciembre, donde constará como mínimo la fecha de autorización, el número de Documento de Identidad y la firma del interesado. a.4.- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro además de acreditar su identidad por los mismos medios señalados en el último párrafo del apartado anterior (DNI), acompañarán también poder bastante al efecto (artículo 146.1.a TRLCSP y 21 RGLCAP). Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se tratará de un poder para acto concreto no será necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. a.5.- Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso. Cuando dos o más empresas acudan a la licitación, constituyendo una unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, debiendo indicar, mediante documento, los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios, así como la persona o entidad que se autorice durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión (artículo 59 TRLCSP y 24 RGLCAP). a.6.- Solvencia Económica, Financiera y Profesional.- a.7.- Clasificación del contratista. a.8.- Acreditación del cumplimiento de normas de aseguramiento de la calidad. De acuerdo con lo previsto en el apartado 5 artículo 80 del TRLCSP, se exige la aportación de los siguientes certificados de aseguramiento de calidad: • SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD ISO 9001:2008 • SISTEMA DE GESTION MEDIOMBIENTAL ISO 14001:2004 • SEGURIDAD Y SALUD LABORAL. CERTIFICADO OHSAS18001 Los certificados deberán referirse a la empresa nominal de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes oferta y no a otras empresas de grupo o matriz multinacional. No se autorice conllevandodará valor adicional a una multiplicidad de certificados emitidos sobre una misma materia. No se dará valor adicional a los certificados de conformidad emitidos por las propias empresas u organismos o entidades públicas. a.9.- Concreción de las condiciones de solvencia: adscripción de medios personales y materiales para ejecución de contrato a.12.-Empresas vinculadas: a.13.-Documentación acreditativa de las subcontrataciones que, en consecuenciasu caso proponga, ofertas económicas variantesel licitador, de acuerdo con los requisitos exigidos en la cláusula 22 de este Pliego, donde se acrediten el perfil empresarial de cada subcontratista propuesto, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, así como a la aptitud del subcontratista para ejecutar los trabajos a subcontratar por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. Ninguna empresa podrá proponer a una misma empresa subcontratista, que haya sido propuesta por otra empresa licitadora, por lo que las proposiciones de las empresas que incurran en este hecho no serán admitidas y serán rechazadas. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contract for Services

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “8.1. Para participar en el procedimiento abierto, el licitador deberá presentar en el Registro General de la Universidad, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación que luego se especifica traducida de forma oficial al castellano, indicando en cada uno el servicio y Lote al que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, así como dirección, teléfono, fax y correo electrónico a efectos de comunicaciones, todo ello de forma legible. La dirección de correo electrónico que se consigne en el sobre será considerada por la Universidad de Alicante como dirección válida a efectos de realizar notificaciones en relación con este procedimiento. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. UniverEsildalidcidtaedAolrictaanmtebién podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del SERVpIClaIzOoJdUeRÍaDdICmOisión expresado en el anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha de imposición CONFORME Fecha: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I 3.07.2013 del presente envío en la oficina de correos y anunciará a esta Universidad la remisión de la oferta mediante fax o telegrama, o por correo electrónico dirigido a: ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según .▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇@▇▇▇▇.▇▇ , hasta las catorce horas del último día de Cláusulas Administrativas Particularespresentación de ofertas. El Anexo II. bis Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es el modelo recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter terminación del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido plazo señalado en el precio ofertado todos anuncio. Transcurridos, no obstante, los conceptosdiez días naturales siguientes a la fecha indicada, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de sin haberse recibido la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada ésta no será admitida en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesningún caso. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Administrative Contract

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo 10.2.1.- Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso tengan carácter de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisionalauténticas, se deberá anexar conforme a la Declaración Responsable legislación vigente, en castellano o debidamente traducida al castellano. 10.2.2.- Las proposiciones constarán de DOS SOBRES CERRADOS, denominados A y B en cada uno de los cuales se hará constar el contenido (en la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración forma que se indicará) y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre del licitador, todo ello de forma legible. Primer sobre.- Sobre A), que se titulará “Documentos generales para el procedimiento abierto de...” y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá contendrá los siguientes documentos: 1a) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. b) Documento en que consten los datos de la entidad licitadora (denominación, CIF, domicilio a efectos de comunicaciones, datos del representante), así como número de teléfono, fax y dirección de correo electrónico de contacto. c) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Oferta económicaSi no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. d) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el art. 73 TRLCSP. e) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro mercantil. f) Documento de Clasificación empresarial. Se incluirá el certificado que acredite que la empresa licitadora está clasificada en los términos exigidos en este pliego: Grupo: C, Subgrupo 6, Categoría: c Grupo: I, Subgrupo 9, Categoría b. g) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) Las empresas extranjeras no comunitarias, además, deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. Segundo sobre.- Sobre B), que se titulará “Proposición económica conforme al modelo para el procedimiento abierto de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de ...” Si la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido incorporase en el precio ofertado todos los conceptosotro sobre, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de será desestimada la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesplica. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contract for Construction Works

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 24 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. SOBRE “B”: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULA Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 26 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ Anexo XII del presente ▇▇▇▇▇▇Pliego). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. SOBRE “C”: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇proceda, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 27 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇Anexos II, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. [12] En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 27 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contract for Services

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo 10.2.1.- Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso tengan carácter de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisionalauténticas, se deberá anexar conforme a la Declaración Responsable legislación vigente, en castellano o debidamente traducida al castellano. 10.2.2.- Las proposiciones constarán de TRES SOBRES CERRADOS, denominados A, B y C en cada uno de los cuales se hará constar el contenido (en la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración forma que se indicará) y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre del licitador, todo ello de forma legible. Primer sobre.- Sobre A), que se titulará “Documentos generales para el procedimiento abierto de...” y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá contendrá los siguientes documentos: 1a) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. b) Documento en que consten los datos de la entidad licitadora (denominación, CIF, domicilio a efectos de comunicaciones, datos del representante), así como número de teléfono, fax y dirección de correo electrónico de contacto. c) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Oferta económica: Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará d) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el art. 73 TRLCSP. e) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro mercantil. f) Documento de Clasificación empresarial. Se incluirá el certificado que acredite que la empresa licitadora está clasificada en los términos exigidos en este pliego: g) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) Las empresas extranjeras no comunitarias, además, deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. Segundo sobre.- Sobre B), que se titulará “Proposición económica conforme para el procedimiento abierto de ...” Memoria técnica de organización general del servicio, expresando al modelo menos los siguientes datos: a) Personal: Plantilla en la que se especificará el número y clase de trabajadores con los que se pretende actuar, cualificación y distribución.- La empresa adjudicataria habrá de cumplir las obligaciones que en materia de subrogación de personal resulten aplicables en virtud de norma convencional eficaz, a cuyo efectos se especifica en el Pliego de Prescripciones Técnicas la relación del personal actualmente adscrito al servicio. El personal de limpieza de edificios y locales devenga el plus de tóxico, penoso, peligroso. b) Material: Contendrá el grado de mecanización del servicio, con la descripción detallada de los Anexo IIutensilios que se piensan adscribir al servicio, II. bis su número, características físicas de cada una de las unidades y II. terevaluación económica, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutidoacompañando, en caso su caso, croquis, planos, fotografías y toda clase de datos que así permitan un mejor conocimiento de todo ello. Además, el adjudicatario vendrá obligado a hacerse cargo, con la consiguiente minoración del precio, y con destino a la gestión del servicio, de la maquinaria detallada en el Pliego de Prescripciones Técnicas. c) En la memoria se establezcarecogerá asimismo lo siguiente: - Horario de trabajo. El importe - Haberes de cada una de las clases de personal que compondrá la plantilla especificándose jornal base, premio de antigüedad, pluses, pagas extraordinarias, seguros sociales, accidentes, etc. - Relación de precios y gastos anuales en materiales varios. - Dirección, administración y beneficio industrial. - Estudio económico de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos presentada incluyendo los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 precios derivados de la Carátulamisma para aplicar en futuras ampliaciones. - Medidas que sin suponer costes para el Ayuntamiento supongan mejoras técnicas o económicas para el mismo. - Planes de control de calidad que garanticen un nivel satisfactorio de los servicios. - Estudios de servicios específicos y de toda aquella documentación requerida en las condiciones técnicas. Asimismo, se incluirán en este sobre aportarán los correspondientes Anexos al modelo certificados de proposición económicacalidad correspondientes. No se aceptarán aquellas La presentación de las proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que presume la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en aceptación incondicional por el importe empresario de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇totalidad del contenido del presente pliego, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantessin salvedad alguna. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contrato De Gestión Indirecta Mediante Concesión Del Servicio Público De Limpieza Viaria Y De Edificios Y Dependencias Municipales

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. 7.1.- Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración ante el órgano de contratación, y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos dentro del plazo señalado en el apartado 27 anuncio de licitación, dos sobres cerrados con la documentación que más adelante se especifica, indicando en cada sobre la obra a que se concurre, nombre y apellidos de quien firme la proposición, el carácter con el que lo hace y el contenido de cada uno en hoja independiente, enunciado numéricamente, todo ello de forma legible. 7.2.- Podrán enviarse proposiciones por correo, en cuyo caso el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la Carátulaoferta mediante telex o telegrama en el mismo día. En caso Sin la concurrencia de que para ambos requisitos no será admitida la ejecución del contrato proceda proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la subcontrataciónfecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Una vez entregada o remitida la documentación, especificará las prestaciones o unidades no podrá ser retirada, salvo que serán objeto la retirada de subcontrataciónla proposición sea justificada. 7.3.- El sobre número 1 contendrá los siguientes documentos: - Proposición económica, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (expresada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ en el anexo 1. A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenden no solo el precio del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este contrato, sino el importe del Impuesto sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá el Valor Añadido. 7.4.- El sobre número 2 contendrá los siguientes documentos: 7.4.1. Documentos que acrediten la capacidad para contratar y la personalidad jurídica del licitador, y en su caso su representación: 1) Declaración expresa responsable de no hallarse comprendida la empresa ofertante en alguna de las circunstancias del art. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con mención expresa a cada uno de los Anexo IIsupuestos contemplados en dicho precepto. Esta declaración deberá otorgarse ante una autoridad judicial, IIadministrativa, Notario u Organismo profesional cualificado. bis Las justificaciones de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y IIde la Seguridad Social podrán sustituirse en el momento de presentar el sobre núm. ter2 por una declaración responsable de estar al corriente en las mismas. En este supuesto la acreditación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberá ser presentada antes de la adjudicación ante el órgano de contratación, según ▇▇▇▇▇▇▇por los propuestos como adjudicatarios del contrato, en el plazo máximo de 3 días hábiles. 2) Cuando se trate de empresas que fueren personas jurídicas, la capacidad de obrar se acreditará mediante la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas ambas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Cuando se trate de empresario individual: D.N.I. no caducado. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro deberán presentar copia autorizada del poder o testimonio del mismo. Al indicado poder deberá acompañarse el D.N.I. del apoderado o apoderados firmantes de la proposición o copia del mismo, legalizado notarialmente o compulsado. Si varias empresas acuden a la licitación constituyendo una unión de empresarios, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad de obrar y solvencia, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. Para que sea eficaz la unión frente a la entidad contratante, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyen, la participación de cada uno de ellos que asuman el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal caso de resultar adjudicatarios y que se designe la persona o Entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la entidad contratante. Aquellas empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del Art. 42 del Código de Comercio, deberán presentar declaración sobre dicha circunstancia. La duración de las Uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. En el caso de empresas de Estados miembros de la Unión Europea se estará a lo dispuesto en los arts. 22 y 39 de las Instrucciones sobre Contratación de la Asociación para el Desarrollo de la Comarca ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (ADECOM LÁCARA). 3) Resguardo acreditativo de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada la garantía provisional por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter importe del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el 3% del presupuesto de licitación del contrato. A todos Dicha garantía responde del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptoslicitadores hasta la adjudicación del contrato, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátulaproposición del adjudicatario hasta la formalización del contrato. La falta de contestación a la solicitud de información de justificación de bajas temerarias por los licitadores, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviableinviable tendrá la consideración de retirada injustificada de la proposición. Dicha garantía provisional se deberá constituir en alguna de las modalidades previstas en el art. 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En el caso de discrepancia entre U.T.E. las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la oferta expresada en letras cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la expresada en númerosUnión Temporal. 4) Certificado acreditativo de la clasificación del contratista, prevalecerá (con la excepción en expedido por el supuesto Registro Oficial de Contratistas del Ministerio de Hacienda o copia legalizada del mismo, acompañado de una declaración responsable de su vigencia y de las circunstancias que únicamente dicha cantidad exceda del tipo sirvieron de licitación)base para su otorgamiento, la cantidad siempre que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique exija expresamente en el modelo cuadro de proposición características o documento acreditativo de la solvencia económica, financiera o técnica, señalada en el citado cuadro de características. 5) El empresario licitador acreditará su solvencia económica y financiera siempre que la cantidad se expresará exclusivamente exija en números. Se hace constar que los errores el cuadro de cuenta características de este Pliego, en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertasforma establecida en los artículos 74, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales 75 y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 76 del Texto Refundido de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesLey de Contratos del Sector Público. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Manual De Contratación

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional22.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 21 del Cuadro de Características . Los sobres se presentarán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, debiendo estar cada uno de los sobres firmados. 22.2. El sobre A se titulará “CAPACIDAD PARA CONTRATAR”, y contendrá los documentos necesarios para la valoración y ponderación que a continuación se relacionan. La falta de sus ofertas con respecto a los criterios cualquiera de valoración ellos podrá ser causa de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 exclusión de la Carátulalicitación, salvo que la Mesa observe defectos materiales en la documentación, en cuyo caso podrá conceder si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. En caso Documento Nacional de Identidad de la persona que para suscriba la ejecución oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por los Servicio Jurídicos de la Secretaría General Técnica del contrato proceda a la subcontrataciónServicio Murciano de Salud, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener sitos en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas ParticularesLevante, 11 – 3ª planta (Tfno.: 968 366143). El Anexo II. bis es Surtirá igualmente efecto, el modelo bastanteo de proposición económica para UTEs poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe Empresas Públicas Regionales de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Cuando se trate de empresas que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad , debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, se acreditará mediante su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado. La capacidad de las empresas extranjeras no comprendidas en el punto anterior, se acreditará con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, (Anexo III) Certificado acreditativo, expedido por el órgano de representación de la empresa, de que no forma parte de sus Organos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 ▇necesarios ▇▇▇▇▇▇, del Estatuto Regional de la Actividad Política (Anexo IV). Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la valoración licitación, cuando la misma sea exigible conforme a los preceptos de la Ley 30/2007. Acreditación de la solvencia exigida a las empresas en la forma establecida en el Apartado 20 del Cuadro de Características. En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los criterios cuantificables por fórmulaempresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato. Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.

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Sources: Contract for Construction Works

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. 9.1.- Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C), en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, debiendo estar los sobres también firmados. 9.2.- El sobre A se titulará “CAPACIDAD PARA CONTRATAR”, y contendrá los documentos necesarios para la valoración y ponderación que a continuación se relacionan. La falta de sus ofertas con respecto a los criterios cualquiera de valoración ellos podrá ser causa de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 exclusión de la Carátulalicitación, salvo que la Mesa observe defectos materiales en Página 6 de 27 la documentación, en cuyo caso podrá conceder si lo estima conveniente, un plazo inferior a siete días para que el licitador subsane el error. a) Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Servicio Murciano de Salud. En caso tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de que para la ejecución del contrato proceda adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la subcontrataciónadjudicación del contrato, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre posesión y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo validez de los Anexo II, IIdocumentos exigidos. bis y II. ter(ANEXO VII) Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 06/09/2016 12:31, por: ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ (22965201T) La autenticidad de Cláusulas Administrativas Particulareseste documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): E8E57D122EBAD3A97C1FF05A3BD72A15 b) Autorización sanitaria de funcionamiento concedida por la Consejería de Sanidad , conforme a lo dispuesto en el Decreto 73/04, de 2 de julio, por el que se regula el procedimiento de autorización sanitaria de los centros, establecimientos y servicios sanitarios y el registro de recursos sanitarios regionales. c) Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional. El Anexo II- Solvencia económica y financiera: Declaración de la cifra media anual de negocio de los últimos tres años, que deberá ser igual o superior al 50% del presupuesto anual del lote/s a los que liciten. bis es A este efecto, en el modelo caso de servicios previos prestados mediante uniones temporales con otras empresas, será computable la proporción del valor del contrato con que haya participado la empresa en dicha unión de empresas, acreditada con la escritura de constitución (así como las modificaciones que hayan tenido lugar) de la UTE correspondiente. - Solvencia técnica: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV y que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante al menos un certificado expedido o visado por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. En el año de mayor ejecución de los últimos 5 años, el importe anual de las relaciones de los servicios ejecutados será, al menos, igual o superior al 50% del presupuesto anual del lote/s a los que liciten, en servicios iguales o de similar naturaleza que los del contrato. d) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición económica para UTEs se indiquen los nombres y el Anexo II. ter es el modelo circunstancias de proposición económica para los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que Página 7 de 27 se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. e) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le representeDocumento electrónico del Servicio Murciano de Salud, redactada conforme al modelo que figura como según Ley 11/2007, firmado a 06/09/2016 12:31, por: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): E8E57D122EBAD3A97C1FF05A3BD72A15 f) Datos del licitador (ANEXO IV), IIque incluirá una dirección de correo electrónico, en cuyo caso, se entenderá que es la dirección seleccionada para efectuar todas las notificaciones que procedan. bis Deberá indicarse el lote/s al que concurre y II. ter ubicación del centro. 9.3.- El sobre B se titulará “CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS DE VALOR”, y deberá contener la documentación acreditativa de los siguientes criterios que permitan su adecuada valoración conforme a los criterios establecidos en el apartado 6 del presente Pliego▇▇▇▇▇▇, así como aquellos documentos que se requieran en el Pliego de Prescripciones Técnicas: - Equipos y medios técnicos. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido- Instalaciones. - Plan de atención al paciente - Idoneidad de la ubicación del centro. - Accesibilidad mediante transporte público. - Zona reservada para estacionamiento de vehículos de transporte sanitario. Asimismo, en caso habrá de incluirse: ⮚ Declaración de que así las instalaciones del centro se establezcaajustan a los requisitos mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El importe ⮚ Declaración de la oferta económica no podrá superar disponibilidad de los equipos necesarios conforme a los requisitos mínimos exigidos en el presupuesto Pliego de licitación Prescripciones Técnicas, acreditada mediante listado detallado de todo el equipamiento del centro, donde consten las características de estos, marca, modelo y año de fabricación. ⮚ Titulaciones académicas de los recursos humanos mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas ofertados para la ejecución del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en Habrán de justificarse el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios tipo de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) relación existente entre licitador y el beneficio industrial del contratistapersonal mencionado. En el caso su caso, deberá acompañarse certificado de que así colegiación. ⮚ Proposición: se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos ajustará al modelo que figura en los Anexo VIII del presente ▇▇▇▇▇▇. Las proposiciones que no se ajusten a dicho modelo podrán no ser tenidas en cuenta por la Mesa de proposición económicaContratación. Los licitadores podrán acompañar los citados Anexos de cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar. ▪ No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan Documento electrónico del Servicio Murciano de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como Salud, según Ley 11/2007, firmado a 06/09/2016 12:31, por: ▇▇▇▇▇▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios ▇▇▇ (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): E8E57D122EBAD3A97C1FF05A3BD72A15 ▪ Cada licitador no podrá presentar más que una oferta por Lote al que concurra, si bien una misma empresa no podrá ser adjudicataria de los Lotes 1 y 2 (Cieza Este y Cieza Oeste Area IX). Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones en las que figure. Toda la documentación contenida en el sobre B deberá presentarse únicamente en formato pdf en soporte digital CD o USB, junto con un índice en formato papel firmado por la persona que presenta la oferta. Deberán presentarse 2 (dos) copias de la documentación en formato pdf en soporte CD o PENDRIVE. 9.4.- El sobre C se titulará “CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA”, que deberá contener la documentación acreditativa de los siguientes criterios, valorándose conforme a las fórmulas establecidas en el punto 6.1.2 del presente Pliego: ▪Ampliación del número de fisioterapeutas/logopedas exigido para la valoración prestación del servicio. Deberá aportarse titulación académica, certificado de los criterios cuantificables colegiación y justificación de la relación con el licitador. ▪Superficie útil de la sala polivalente/sala tratamiento en grupo. ▪ Número de consultas/sala tratamiento individual. Los dos últimos apartados de este sobre C deberán acreditarse mediante planos detallados y acotados de todas las instalaciones, debidamente visados por fórmula.el colegio de arquitectos o arquitectos técnicos/aparejadores

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Sources: Gestión Del Servicio Público Para Tratamientos De Fisioterapia Y Logopedia

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo 1.- Para participar en el concurso que figura como Anexo I regula este Pliego, el licitador deberá presentar la documentación exigida, bien directamente en el Registro del presente ▇▇▇▇▇▇)Ayuntamiento de Zuera o bien por medio del Servicio de Correos, con los requisitos y justificación exigidos en el art. 80.4 del R.G.C.A.P., todo ello dentro del plazo de 15 días. En caso el supuesto de que en el apartado 25 día de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisionalterminación del plazo fuera sábado o festivo, se deberá anexar a la Declaración Responsable entenderá prorrogado hasta el siguiente hábil. Se presentarán tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos que se especifica en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontrataciónesta cláusula, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá en cada uno el nombre y apellidos de quien firme la proposición y el perfil empresarial carácter con el que lo hace, si se efectúa en nombre propio o en representación de otra persona o entidad, de forma legible. Asimismo, se especificará en los sobres el objeto del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇)contrato. 2.- Una vez presentada la citada documentación, ésta no podrá ser retirada o modificada bajo ningún pretexto. En ningún caso el interior de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, ordenado numéricamente. 3.- Cada licitador no podrá presentar más de una proposición en el plazo a que se refiere la cláusula séptima. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal de empresas con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de estas limitaciones dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. 4.- Los empresarios no españoles deberán presentar la documentación exigida traducida oficialmente al castellano (art. 23 del R.G.C.A.P.). 5.- Los documentos que deberán contener los sobres a que se refiere esta cláusula son los siguientes: SOBRE A.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA: El licitador deberá contener en este sobre la presentar una sola oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo que está incorporado en el pliego de cláusulas administrativas. La proposición económica para UTEs se presentará en caracteres claros o escrita a máquina y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente conocer, claramente, lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Consultancy and Assistance Contract

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional11.1. Los licitadores deberán presentar dos sobres. Los sobres se presentarán cerrados y en cada uno de ellos figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, así como la denominación del sobre, debiendo estar todos los sobres firmados. 11.2. El sobre A denominado “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, contendrá las fotocopias de los documentos necesarios para la valoración y ponderación que a continuación se relacionan. La falta de sus ofertas con respecto a los criterios cualquiera de valoración ellos podrá ser causa de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 exclusión de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontrataciónlicitación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad salvo que se consigne observen defectos materiales en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, en cuyo caso la Mesa FFIS podrá conceder si lo estime conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. • Inscripción en Registro de Contratación adopte otra posturaLicitadores, en su defecto: - Escritura de constitución. - CIF. - Apoderamiento del representante legal. - Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para contratar. - Alta y último pago IAE. - Certificación positiva de la Agencia Tributaria. • DNI representante legal. La empresa que resulte adjudicataria del presente procedimiento deberá entregar, antes de la firma del contrato, la documentación original o se indique expresamente fotocopia compulsada correspondiente a la documentación incluida en el modelo sobre A. 11.3. El sobre B denominado “PROPOSICION ECONOMICA, DOCUMENTACION TECNICA Y ACREDITACION DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN” contendrá la documentación que a continuación se relaciona: 11.3.1. Proposición económica: Podrá ir acompañada de proposición económica que cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar. Las proposiciones deberán ir firmadas por el representante legal de la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administraciónempresa. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición peroeconómica. En el precio ofertado no se incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido o el que legalmente corresponda. La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos e impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por razón del contrato. 11.3.2. Criterios de adjudicación: Los licitadores incluirán cuanta documentación consideren oportuna para la evaluación de sus ofertas conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesApartado 8. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contract for Supply and Handling of Materials for Clinical Study

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional12.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 15 del Cuadro de Características, bien en formato papel o, en su caso, en formato electrónico. En el supuesto de presentarse los sobres en formato papel, irán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto. 12.2. El sobre A, que se denominará CAPACIDAD PARA CONTRATAR, tal y como se indica en el Apartado 15.1.1 del Cuadro de Características, contendrá los documentos necesarios para la valoración y ponderación que a continuación se relacionan: a) Documento Nacional de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 Identidad de la Carátulapersona que suscriba la oferta. En caso Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de que para otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la ejecución Secretaría General Técnica del contrato proceda a la subcontrataciónServicio Murciano de Salud, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como sito en ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ , ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇ – ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, II▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ (Tfno.: 968 288014/63). bis Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y II. ter a este Pliego. • En Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. b) Cuando se trate de licitadores que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada se regula su actividad, debidamente inscritos en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición perocaso, en el caso Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se autorice en el apartado 5 trate. Documento electrónico del Servicio Murciano de la CarátulaSalud, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevandosegún Ley 11/2007, en consecuenciafirmado a 18/10/2017 12:43, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula por: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios ▇▇▇ (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): B196F242AD01EBB4A109501BCC5CF263 c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el artículo 60 TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (ANEXO III). Igualmente, la citada declaración acreditará que en la empresa no forma parte de sus Órganos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, del Estatuto Regional de la Actividad Política. d) Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación. e) Acreditación de la solvencia o, en su caso, de la clasificación exigida a las empresas en la forma establecida en los Apartados 16.1 y 16.2 del Cuadro de Características. Para el caso de que por el órgano de contratación se exija a los licitadores la concreción de condiciones de solvencia o el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato otros medios personales o materiales para ello, conforme el artículo 64 TRLCSP, se hará constar en el Apartado 16.3 del Cuadro de Características. f) En los casos adecuados, se podrá exigir como medio de acreditar la solvencia técnica la indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato, lo que se hará constar en el Apartado 16.4 del Cuadro de Características. g) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato. h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. i) Datos del licitador (ANEXO IV) que incluirá una dirección de correo electrónico, en cuyo caso, se entenderá que es la dirección seleccionada para efectuar todas las notificaciones que procedan. j) ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ otra documentación que se haya exigido atendiendo a las condiciones y particularidades propias del presente contrato. 15.1.2 del Cuadro de Características comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de cuantificación por medio de un juicio de valor, pudiendo incluir, además, cuanta otra documentación consideren oportuna para la valoración evaluación de los criterios cuantificables por fórmulasus ofertas.

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Sources: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “12.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 15 del Cuadro de Características, bien en formato papel o, en su caso, en formato electrónico. En el supuesto de presentarse los sobres en formato papel, irán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto. 12.2. El sobre A, que se denominará CAPACIDAD PARA CONTRATAR, tal y como se indica en el Apartado 15.1.1 del Cuadro de Características, conteniendo los documentos que a continuación se relacionan: a) Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sito en calle Central, 7, Edificio HABITAMIA I – 7ª planta, Espinardo‐Murcia (Tfno.: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente 968 288014/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. b) Cuando se trate de licitadores que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate. c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el artículo 60 TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (ANEXO III). En caso de Igualmente, la citada declaración acreditará que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación empresa no forma parte de sus ofertas con respecto Órganos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a los criterios que se refiere la Ley 5/94, de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇1 ▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Estatuto Regional de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo la Actividad Política. d) Documento acreditativo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutidohaber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación. e) Acreditación de la solvencia exigida a las empresas en la forma establecida en el Apartado 16.1 del Cuadro de Características. Para el caso de que así por el órgano de contratación se establezca. El importe exija a los licitadores la concreción de condiciones de solvencia o el compromiso de dedicar o adscribir a la oferta económica no podrá superar ejecución del contrato otros medios personales o materiales para ello, conforme el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos artículo 64 TRLCSP, se entenderá incluido hará constar en el precio ofertado todos Apartado 16.2 del Cuadro de Características. f) En los conceptoscasos adecuados, incluidos los impuestosse podrá exigir como medio de acreditar la solvencia técnica la indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato, gastos, tasas y arbitrios lo que se hará constar en el Apartado 16.3 del Cuadro de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.Características. g) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el apartado 28 escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la Carátulaparticipación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato. h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. i) Datos del licitador (ANEXO IV) que incluirá una dirección de correo electrónico, en cuyo caso, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras entenderá que impidan conocer claramente lo es la dirección seleccionada para efectuar todas las notificaciones que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesprocedan. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Suministro De Productos Para Lavado Y Desinfección De La Ropa

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE 11.1.Para participar en el concurso, el licitador deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento, dentro del plazo de quince días naturales a contar desde la fecha de publicación del último anuncio en el DOG, BOP o en el perfil del contratante, dos sobres cerrados (según modelo A y B), con la documentación que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇)luego se especifica, indicando en cada uno el concurso a que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible. En caso el interior de cada sobre se incluirá una relación rubricada de la documentación contenida en cada uno de ellos. 11.2.El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el apartado 25 anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará a este Ayuntamiento la remisión de la Carátula oferta mediante fax o telegrama, hasta las catorce horas del último día de presentación de ofertas. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar organismo con posterioridad a la Declaración Responsable la documentación acreditativa fecha de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos terminación del plazo señalado en el apartado 27 de la Carátulaanuncio. En caso de que para la ejecución del contrato proceda Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la subcontrataciónfecha indicada, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontrataciónsin haberse recibido la proposición, indicando ésta no será admitida en ningún caso. 11.3.El licitador se compromete a mantener el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes contenido de su oferta económica ni durante un periodo mínimo de aspectos relativos dos meses contados a los criterios cuantificables por fórmulapartir de la fecha de terminación de presentación de proposiciones. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis 11.4.Toda la documentación presentada deberá ser original o compulsada y II. ter, según deberá ser presentada en idioma español ▇ ▇▇▇▇▇▇▇, debidamente encuadernada y foliada. La documentación original en otros idiomas deberá ser acompañada de copia traducida por traductor jurado. 11.5.Sobre (A) Capacidad para contratar. Contendrá los siguientes documentos: CVD: gQ0yB5XeJ1mgJ+k4fqNP Verificable en la Sede Electrónica del Organismo. 11.5.1. Declaración responsable del licitador según modelo recogido en el Anexo II de este pliego, en el que acredite que reúne los requisitos de solvencia técnica y económica exigidos en el artículo 10 de este pliego, así como de personalidad y representación del licitador, de no estar incurso en prohibición de contratar y estar al corriente con las obligaciones con las Haciendas Estatal y de la Comunidad Autónoma Gallega y de Seguridad Social, así como de disponibilidad de dirección electrónica habilitada en el servicio Notific@. 11.5.2. Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con el Estado en procedimientos de contratación, de conformidad con el modelo previsto en el Anexo III de este pliego. 11.5.3. Para el caso de presentación de uniones temporales de empresarios frente a la Administración, será necesario que los empresarios que deseen concurrir integrados en ella presenten declaración en la que indiquen los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, 1 | 15888 Sigüeiro, Oroso, A Coruña | T 981 691 478 | F 981 691 786 11.5.4. Declaración de Cláusulas Administrativas Particularesempresas vinculadas: En el supuesto de que la empresa concurra a la licitación con empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiendo por tales aquellas que se encuentren en la situación prevista en el art. El Anexo II. bis es el modelo 42 del Código de proposición económica para UTEs Comercio, se presentará necesariamente una declaración indicando esta circunstancia y el Anexo IInombre o denominación social de las mismas, debiendo constar este documento en cada una de las ofertas formuladas por todas las empresas vinculadas que concurran a la licitación. 11.5.5. ter es el modelo Los empresarios extranjeros formularán en su proposición, declaración solemne de proposición someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato. 11.6.Sobre (B) Proposición económica para empresas extranjerasy técnica 11.6.1. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le representela proposición, redactada expresada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, IIanexo I. 11.6.2. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido Se incluirá en el precio ofertado todos mismo sobre una ficha por cada profesional propuesto para la ejecución del contrato en el formato previsto en el Anexo IV de este pliego. Por razones operativas de coordinación con los conceptostécnicos municipales, incluidos los impuestosse podrá ofertar como máximo un profesional por cada una de las jurisdicciones objeto de este contrato (contencioso-administrativa, gastoscivil y social), tasas y arbitrios siempre que cada uno de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea ellos cuente con la experiencia mínima exigida en el apartado 28 10.3.1 2º) de este pliego en la Carátulajurisdicción correspondiente. 11.6.3. A los efectos de encuadrar los procedimientos administrativos que dieron lugar a las sentencias ante la jurisdicción contencioso-administrativa alegadas por los licitadores para su valoración en su oferta técnica, se incluirán estos deberán indicar en la columna correspondiente alguno de los bloques temáticos previstos en el Anexo V de este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económicapliego. CVD: gQ0yB5XeJ1mgJ+k4fqNP Verificable en la Sede Electrónica del Organismo. 11.6.4. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas admiten variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Acuerdo Marco De Servicios

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo 7.1 La documentación que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇)se presente, debe ir acompañada de una relación de todos los documentos que se adjuntan. En caso de que en Este documento debe estar suscrito por el apartado 25 licitador o por el representante de la Carátula empresa interesada, y debe incluir la denominación de la empresa, su NIF/CIF, el nombre y los apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, así como el número de teléfono y el fax de contacto. Si se trata de una unión temporal de empresas, se indicarán los datos de cada uno de los empresarios. 7.2 La presentación de la proposición presupone la aceptación incondicionada por el interesado del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisionaly, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇caso, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. prescripciones técnicas. 7.3 El importe de la oferta proposición económica no podrá deberá superar el presupuesto precio máximo fijado en la clausula 3ª del presente pliego de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido clausulas administrativa particulares. 7.4 Las oficinas receptoras darán recibo de cada proposición al presentador, en el precio ofertado todos los conceptosque constará el nombre del licitador, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios la denominación del contrato objeto de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) la licitación y el beneficio industrial día y hora de la presentación. Una vez entregada o remitida la proposición, no podrá ser retirada. 7.5 Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del contratistaenvío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta en el mismo día, mediante cualquiera de los medios permitidos. ario se entiende que no se admite. 7.6 Una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación general de los licitadores o candidatos que no hayan resultado adjudicatarios quedará a su disposición en las oficinas del órgano de contratación. En el caso de que así se prevea la documentación no sea retirada en el apartado 28 plazo de la Carátula6 meses, se incluirán entenderá que el interesado ha renunciado a ella y el órgano de contratación quedará facultado para destruirla. 7.7 Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de un ÚNICO SOBRE la documentación general y la proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto Se presentarán en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad los términos que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar establecen a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantescontinuación. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Arrendamiento De Local

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”8.1. Para participar en el procedimiento abierto, la empresa licitadora deberá presentar en el Registro General de la Universidad, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, tres sobres cerrados (1,2 y 3), con la documentación que luego se especifica traducida de forma oficial al castellano en formato papel, indicando en cada uno el servicio, nº de expediente al que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, así como dirección, teléfono, fax y correo electrónico a efectos de comunicaciones, todo ello de forma legible. La dirección de correo electrónico que se consigne en el sobre será considerada por la Universidad de Alicante como dirección válida a efectos de realizar notificaciones en relación con este procedimiento, según lo establecido en el art. 146.d) de la Ley de Contratos del Sector Público. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. La empresa licitadora también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio. En este caso la empresa licitadora justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará a esta Universidad la remisión de la oferta mediante fax o telegrama, o por correo electrónico dirigido a: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ @▇▇▇ del presente .▇▇▇▇▇▇), durante el último día de presentación de ofertas. En Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmulacaso. SOBRE 1. Capacidad para contratar. Contendrá los siguientes documentos: 18.2.1. Oferta económicaSolvencia económica y financiera, técnica o profesional. Conforme a los medios de acreditación que indican los artículos 75 y 78 de la Ley de Contratos del Sector Público, deberá acreditarse de la siguiente manera: a) Solvencia económica y financiera: Proposición económica conforme Mediante el volumen anual de negocios de la empresa licitadora por importe igual o superior al modelo presupuesto de licitación, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por Registro Mercantil. b) Solvencia técnica o profesional: Mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años (2011 a 2015), que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Cuando la destinataria sea una entidad del sector público, los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente. No obstante, estarán exentas de presentar la solvencia las empresas con Clasificación suficiente y no caducada, expedida por el Registro Oficial de Contratistas del Ministerio de Economía y Hacienda o en su caso por el Registro Oficial de Contratistas de la Generalitat Valenciana, que habilite para contratar servicios en el siguiente grupo: Grupo U, Subgrupo 1, categoría D. La certificación de clasificación se acompañará de la correspondiente declaración responsable de validez. 8.2.2. Las empresas licitadoras deberán acreditar su personalidad. Si se trata de empresario o empresaria individual, presentará el Documento Nacional de Identidad. Si se trata de sociedades, deberá acompañarse copia autorizada o testimonio de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su personalidad mediante la inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo, en función de los diferentes contratos. Las restantes empresas no españolas acreditarán su personalidad mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 de la Ley de Contratos del Sector Público. 8.2.3. Cuando la empresa licitadora no actúe en nombre propio, o se trata de una sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante (legal, suficiente y subsistente) por cualquier organismo de la Administración de la Generalitat Valenciana o por el Servicio Jurídico de la Universidad de Alicante (ver normas para el bastanteo de poderes en el perfil de contratante de esta Universidad), para representar a la persona o entidad a cuyo nombre se concurra ante la Universidad de Alicante, debidamente inscrito en el registro correspondiente si se trata de una sociedad, y fotocopia autenticada del DNI del apoderado. 8.2.4. Declaración responsable o Certificaciones de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante la Hacienda Estatal y de la Comunidad Autónoma Valenciana y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (modelo en Anexo II6). 8.2.5. El órgano de contratación, IIen uso de las facultades que le confiere el artículo 103 de la Ley de Contratos del Sector Público, resuelve no exigir garantía provisional. 8.2.6. bis y IIDeclaración de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar que se enumeran en el artículo 60 de la Ley de Contratos del Sector Público (modelo en anexo 3), que se apreciarán según lo dispuesto en el artículo 61 de esa misma ley. 8.2.7. terJustificación de estar al corriente del impuesto sobre actividades económicas del epígrafe correspondiente, mediante la presentación del último recibo, o en su caso, declaración responsable de no estar obligado al pago del mismo, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como se ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇. 8.2.8. Si dos o más licitadores concurren habiéndose constituido en agrupación temporal de empresas, IIpor cualquiera de los medios admitidos en Derecho, deberán cumplir, para su admisión a la licitación, todos los requisitos exigidos en la legislación vigente. 8.2.9. bis Las empresas extranjeras formularán declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y II. ter Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del presente Pliegocontrato. 8.2.10. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, documentación requerida en caso de que así se establezca. El importe las cláusulas 8.2.2 y 8.2.3 (a excepción de la oferta económica no podrá superar el presupuesto fotocopia autenticada del DNI del apoderado) podrán ser sustituidos por la aportación de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido la certificación de inscripción en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas Registro Oficial de Licitadores y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial empresas clasificadas del contratista. En el caso de que así se prevea Estado o en el apartado 28 Registro de Contratistas y empresas clasificadas de la CarátulaComunidad Valenciana, según se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto establece en el importe articulo 83 de la proposición. • Las Ley de Contratos del Sector Público, acompañada de una declaración responsable de validez, según modelo que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como se ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇. 8.2.11. De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 apartado f de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, IIlas empresas licitadoras podrán sustituir los documentos del sobre 1 que ya obren en poder de la Universidad, por haber sido adjudicatarias de contratos anteriores, y siempre que dichos documentos sigan vigentes, por certificación en tal sentido expedida por el Negociado de Contratación de la propia Universidad de Alicante. 8.3. bis SOBRE 2. Documentación técnica. 8.3.1. Se incluirá en este sobre los documentos acreditativos de los extremos contemplados en los criterios de valoración evaluables mediante juicios de valor. Asimismo se acompañará la documentación que prevé el pliego técnico en su clausulado, en todo caso, la documentación que figura en los siguientes apartados: 3.19, 8.1.4 y II8.2.3. 8.3.2. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador Nombramiento de que adolece un Delegado o Delegada con capacidad de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (representación para todo lo relacionado con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda ejecución del tipo de licitación)contrato, la cantidad según modelo que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contract for Cleaning Services

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE La oferta presentada en 3 sobres contendrá la siguiente documentación: Sobre A: Deberá incluir la documentación que se cita a continuación, identificando cada capítulo con una portadilla con lengüeta en la que figure la letra del epígrafe. Su contenido deberá limitarse al desarrollo del concepto que se solicita. 1. Documento nacional de identidad de la persona que presente la proposición en nombre propio o como apoderado. 2. Cuando el licitador sea una persona jurídica, la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando ese requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. 3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, apoderamiento bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre haya concurrido. Dicho poder deberá estar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. 4. En relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, certificaciones expedidas por las Haciendas que correspondan y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social. 5. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas y último recibo que corresponda. 6. Declaración responsable otorgada por una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado en la que se confirme que el ofertante no está incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDLeg 3/2011, de 14 de noviembre). 7. Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. 8. Solvencia, conocimiento y experiencia en la prestación de servicios iguales o similares por parte del licitador: Relación detallada de las principales exclusivas o contratos obtenidos relacionados con la publicidad exterior y en particular con la publicidad exterior en explotaciones ferroviarias, y cuantos otros datos sirvan para acreditar la solvencia técnica del licitador, así como su profesionalidad y experiencia y cualquier otra documentación que los licitadores consideren conveniente y/o necesaria. Comunidades autónomas en las que la empresa gestiona soportes así como su número. 9. Medidas adoptadas para el control de calidad, control del medio ambiente y de seguridad en el trabajo, pudiéndose presentar en su sustitución certificados de homologación. 10. Certificado que garantice la igualdad entre mujeres y hombres en el trato, en el acceso al empleo, clasificación profesional, promoción, permanencia, formación, extinción, retribuciones, calidad y estabilidad laboral, duración y ordenación de la jornada laboral, así como el mantenimiento de medidas para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas. De manera complementaria y si procede, los ofertantes podrán incluir en este sobre el punto 11) siguiente: 11. En los casos en que el Adjudicatario prevea la necesidad de concertar con terceros parte de los trabajos, deberá indicar el nombre de éstos y A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo Currículum vitae” de cada uno de los técnicos. En el sobre A no deberá incluirse ningún dato económico. Aquellos licitadores que figura como Anexo I se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, podrán presentar en sustitución de los documentos relacionados con anterioridad con los números 2, 3, 4, 5 y 6, copia del presente ▇▇▇▇▇▇)certificado vigente expedido por el letrado responsable del Registro. De la misma forma, podrá sustituir la citada documentación con la presentación del certificado en vigor, acreditativo de estar inscrito en el Registro de Proveedores PROTRANS. Cuando varias empresas concurran al concurso constituyendo una Unión Temporal de Empresarios, cada uno de los componentes habrá de acreditar su capacidad de obrar y solvencia técnica, económica y financiera conforme a lo establecido en los apartados anteriores. Igualmente deberán presentar un escrito de proposición en el que se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y el nombramiento del representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. En caso de haber presentado esta documentación en la licitación de otro concurso convocado por ETS en los últimos 3 meses inmediatamente anteriores a éste, y siempre que esté vigente y sea aplicable, el licitador presentará en sustitución de la citada documentación referencia exacta del concurso en el apartado 25 de que se presentó dicha documentación, considerándose válida a todos los efectos. Si la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisionaldocumentación referenciada estuviera vigente parcialmente, se deberá anexar aportará a la Declaración Responsable este concurso la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos:sustitutoria actual. 1. Oferta económica: ) Proposición económica conforme al según modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, del anejo nº 1 ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Condiciones Particulares. El Anexo IILa modificación en todo o en parte de este modelo significará la descalificación del proponente. bis es el modelo Cualquier omisión o falsedad en esta documentación, a juicio de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo ETS, podrá ser causa de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe eliminación de la oferta económica no podrá superar el presupuesto Oferta y/o de licitación resolución del Contrato. 1. Plan de Explotación Comercial, que contendrá: - Política comercial en general. - Estrategia de ventas. - Política tarifaria. - Previsión de ventas con indicación de la facturación neta prevista de vigencia del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados Plan de Recursos Humanos y Materiales. Descripción del equipo humano y los recursos materiales a aplicar en el apartado 28 desarrollo de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para explotación objeto de la valoración adjudicación. 3. Plan de los criterios cuantificables por fórmulalimpieza, mantenimiento, reposición e inspección propuesto.

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Sources: Contract for Advertising Exploitation

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que Para participar en el apartado 25 concurso los licitadores presentarán en el Registro que se indique en el anuncio de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisionallicitación, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración tres sobres (A, B y ponderación de sus ofertas C) cerrados, identificados en su exterior con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución objeto del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades al que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre concurre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada firmados por el licitador o persona que le represente, redactada indicando el nombre y apellidos o razón social de la empresa, todo ello de forma legible. En el interior de cada sobre, en hoja independiente, se hará constar su contenido, mediante relación debidamente numerada. Dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio, los sobres A, B y C habrán de ser entregados en las dependencias u oficinas que se indiquen en el anuncio o enviados por correo. En el primer caso, las oficinas receptoras darán un recibo al interesado en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación. Cuando la documentación se envíe por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax ó telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. 9.1. Sobre A.- Capacidad para contratar. 9.1.1. Si el licitador es persona física documento que acredite su personalidad (Documento Nacional de Identidad para españoles, pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros). 9.1.2. Si el licitador es persona jurídica deberá aportar la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea de aplicación. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. 9.1.3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se concurra ante la Administración, inscrito en el Registro Mercantil. 9.1.4. Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en las prohibiciones de contratar con la Administración conforme al modelo artículo 20 del TRLCAP. 9.1.5. Los licitadores deberán presentar los documentos que figura como se relacionan a continuación para acreditar su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica: 1. Declaración relativa a la cifra de negocios global de trabajos y suministros realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. La cuantía mínima, en cada ejercicio, no será inferior al doble de los importes de los lotes a los que concurra, salvo que la empresa sea de nueva creación en que se tendrá en cuenta la cifra de negocios desde el inicio de la actividad. 2. Relación de los principales suministros y trabajos similares al objeto del presente contrato, efectuados en los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos. Será necesario que en al menos uno de los tres años, la suma de los suministros y trabajos sea igual o superior al presupuesto de licitación de los lotes a los que presenten oferta. 9.1.6. Los empresarios extranjeros formularán una declaración sometiéndose a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 9.1.7. Documento que acredite la constitución previa, a disposición del órgano de contratación, de una garantía provisional equivalente al 2 % del presupuesto total de licitación de cada lote al que presenten oferta. Dicha garantía habrá de ser constituida conforme a lo establecido en el artículo 35 del TRLCAP. 9.1.8. En el caso de uniones de empresarios constituidas temporalmente al efecto, se incluirá un escrito indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben la unión, la participación de cada uno de ellos, la ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, compromiso de constituirse formalmente en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios y el nombramiento o designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se autorice en el apartado 5 deriven del contrato hasta su extinción. El citado documento deberá de estar firmado por los componentes o los representantes de cada una de las empresas de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesunión temporal. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contract for Supply and Installation of Equipment

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE 1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar según los supuestos que a continuación se relacionan: a) Persona física: DNI, o documento fehaciente que haga sus veces, de la persona que realice la proposición. b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. c) Uniones temporales de empresarios: cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia. d) Empresarios/as no españoles/as que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de los empresarios/as en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las 2.- Documentos acreditativos de la representación: Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para un acto concreto, no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 94.I.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. 3.- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar previstas en el art. 60 del TRLCSP (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇anexo). En caso Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que en el apartado 25 la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la Carátula de este Pliego exija adjudicación por el empresario a los licitadores la constitución de una garantía provisional, cuyo favor se deberá anexar vaya a la Declaración Responsable la documentación efectuar ésta. 4.- Documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta solvencia económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentosfinanciera y técnica o profesional: 14.1. Oferta económica: Proposición Solvencia económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.financiera:

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Sources: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”participar en el procedimiento que regula este Pliego, se deberá presentar la documentación exigida en el mismo, en el Registro General del Ayuntamiento, o por medio del Servicio de Correos con los requisitos y justificación exigidos en el art. 80.4 del R.G.C.A.P. El plazo de presentación de la documentación será el especificado en el correspondiente anuncio de licitación y en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Ciutadella: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según .▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇. Se presentarán tres sobres cerrados (A, B y C) con la documentación que posteriormente se especifica, indicando en cada uno de ellos el nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, es decir, si se oferta en nombre propio o en representación de otra persona o entidad, su N.I.F. / C.I.F., dirección a efectos de notificaciones, así como un número de teléfono de contacto y número de fax, todo ello de forma legible. Asimismo se especificará en los sobres el objeto del contrato y el número de expediente. 2.-Una vez presentada la citada documentación, ésta no podrá ser retirada o modificada bajo ningún pretexto. 3.-Los documentos que deberán contener los sobres a que se refiere esta cláusula son los siguientes: características ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particularesprescripciones técnicas, así como la superficie útil en planta baja y el precio anual. El Anexo IILa oferta será firme, debiéndose mantener al menos por el plazo de dos meses a partir de la presentación de la misma. bis es Si el modelo arrendador fuera persona jurídica presentará escritura de constitución, y de modificación en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional, inscritos en el correspondiente registro oficial. Para las personas físicas será obligatoria la presentación del N.I.F. o el documento que lo sustituya legalmente. Cuando el ofertante no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica, habrá de aportar documento fehaciente que acredite que el firmante de la proposición económica tiene poder bastante para UTEs comparecer ante la Corporación Municipal y contratar con ella en nombre y representación de la persona o entidad de que se trate. Este poder habrá de estar inscrito en el Anexo IIRegistro Mercantil cuando proceda con arreglo a lo dispuesto en el artículo 94 del Reglamento regulador de este Registro. ter es En todo caso el modelo documento de proposición económica apoderamiento deberá ser debidamente bastanteado por la Secretaría General del Ayuntamiento de Ciutadella o Letrado adscrito a la misma. Los ofertantes deberán presentar declaración de este carácter, haciendo constar que no se hallan comprendidos en ninguna de las circunstancias de incapacidad o de prohibición para empresas extranjerascontratar, que se establece en el artículo 49 y 130 c) de la Ley de Contratos del Sector Público. Contendrá una sola proposición firmada por La Administración contratante podrá comprobar en cualquier momento, la veracidad y exactitud de esta declaración, estimándose su falsedad como causa de resolución del contrato. Los ofertantes deberán de aportar los documentos que acrediten estar dado de alta en la fecha de licitación, en el licitador o persona que le representeImpuesto sobre Actividades Económicas, redactada conforme de conformidad con lo exigido en el artículo 13 del R.G.C.A.P., así como el justificante de hallarse al modelo que figura corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado. Los empresarios podrán acreditar estas circunstancias mediante declaración responsable, no obstante el propuesto como adjudicatario provisional deberá presentar en el plazo ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇días hábiles, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las salvo que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción ya lo hubiese presentado en el supuesto sobre de documentación administrativa, las certificaciones que únicamente dicha cantidad exceda acrediten hallarse al corriente del tipo cumplimiento de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas varianteslas citadas obligaciones. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Lease Agreement

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”8.1. Para participar en el procedimiento abierto, el licitador deberá presentar en el Registro General de la Universidad, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, tres sobres cerrados (1,2 y 3), con la documentación que luego se especifica traducida de forma oficial al castellano, indicando en cada uno el servicio y nº de expediente al que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, así como dirección, teléfono, fax y correo electrónico a efectos de comunicaciones, todo ello de forma legible. La dirección de correo electrónico que se consigne en el sobre será considerada por la Universidad de Alicante como dirección válida a efectos de realizar notificaciones en relación con este procedimiento. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará a esta Universidad la remisión de la oferta mediante fax o telegrama, o por correo electrónico dirigido a: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según .▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇@▇▇▇▇.▇▇ , hasta las catorce horas del último día de Cláusulas Administrativas Particularespresentación de ofertas. El Anexo IISin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. bis es Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. SOBRE 1. Capacidad para contratar. Contendrá los siguientes documentos: Univer8si.d2a.1d.dSeoAlvliceanncteia económica y financiera, técnica o profesional, conforme a los artículos 75 y 78 de la SERVLICeyIOdJeUCRoÍDnItCraOtos del Sector Público, así como su inscripción en el modelo Registro al que se refiere el artículo CONFORME Fecha:16.03.2015 84 de proposición la citada norma, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 146 de la misma. En particular se acreditará la solvencia de la siguiente manera: a) Solvencia económica para UTEs y financiera: Mediante declaración apropiada de entidades financieras y declaración sobre el volumen global de negocios por importe igual o superior al presupuesto de licitación, en cada uno de ellos, de los tres últimos ejercicios. b) Solvencia técnica o profesional: Mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años por importe igual o superior al presupuesto de licitación, en cada uno de ellos, que incluya importe, fechas y el Anexo IIdestinatario, público o privado, de los mismos. ter es Cuando el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá destinatario sea una sola proposición firmada entidad del sector público, los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantesórgano competente. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contrato Administrativo Especial

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA». I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación Documentación acreditativa de la constitución capacidad de obrar según los supuestos que a continuación se detallan: a) Persona física: D.N.I. o documento fehaciente que haga sus veces de la garantía provisionalpersona que realice la proposición. b) Persona Jurídica: Escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Los licitadores deberán presentar En todo caso será necesario que las prestaciones objeto del contrato estén comprendidos dentro de los documentos necesarios para la valoración y ponderación fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus ofertas estatutos o reglas fundacionales les sean propios. c) Uniones temporales de empresarios: cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia. Las uniones temporales de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con respecto el art. 48 LCSP, deberán indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los criterios representantes de valoración cada una de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 las empresas componentes de la CarátulaUnión. En caso La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto concluya el plazo de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir la Mesa oferta que determinen de contratación adoptará común acuerdo las citadas empresas. d) Empresarios/as no españoles/as que sean nacionales de Estados miembros de la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para Unión Europa: Inscripción de los empresarios/as en el registro procedente de acuerdo con la administración. Cada licitador no podrá presentar más legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una proposición perodeclaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el caso servicio de que se autorice trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: Informe de la Misión Diplomáticas Permanente de España en el apartado 5 Estado correspondiente o de la CarátulaOficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevandoacompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. En todo caso, estas empresas han de tener abierta sucursal en consecuenciaEspaña, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el apartado 28 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmulaRegistro Mercantil.

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Sources: Contract for the Execution of Works

DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. SOBRE “A”: «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA»DECLARACIÓN RESPONSABLE I.- DECLARACIÓN RESPONSABLE (según modelo que figura como Anexo I del presente ▇▇▇▇▇▇). En caso de que en el apartado 25 24 de la Carátula de este Pliego exija a los licitadores la constitución de una garantía provisional, se deberá anexar a la Declaración Responsable la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. Los licitadores deberán presentar los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto a los criterios de valoración de ofertas no cuantificables por fórmulas establecidos en el apartado 27 26 de la Carátula. En caso de que para la ejecución del contrato proceda a la subcontratación, especificará las prestaciones o unidades que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que resulte la subcontratación. Asimismo se incluirá el nombre y el perfil empresarial del subcontratista y se adjuntará documento de compromiso firmado por ambas partes (conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ Anexo X del presente ▇▇▇▇▇▇). En ningún caso se deberá contener en este sobre la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica ni de aspectos relativos a los criterios cuantificables por fórmula. Contendrá los siguientes documentos: 1. Oferta económica: Proposición económica conforme al modelo de los Anexo Anexos II, II. bis y II. ter, según ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares. El Anexo II. bis es el modelo de proposición económica para UTEs y el Anexo II. ter es el modelo de proposición económica para empresas extranjeras. : Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que le represente, redactada conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter del presente Pliego. La oferta económica indicará como partida independiente el IVA que debe ser repercutido, en caso de que así se establezca. El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato. A todos los efectos se entenderá incluido en el precio ofertado todos los conceptos, incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal como el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y el beneficio industrial del contratista. En el caso de que así se prevea en el apartado 28 27 de la Carátula, se incluirán en este sobre los correspondientes Anexos al modelo de proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que: • Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. • Aquellas que acrezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. • Excedan del tipo máximo de licitación. • Comporten error manifiesto en el importe de la proposición. • Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como ▇▇▇▇▇▇ ▇▇, II. bis y II. ter a este Pliego. • En las que existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números, prevalecerá (con la excepción en el supuesto de que únicamente dicha cantidad exceda del tipo de licitación), la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura, o se indique expresamente en el modelo de proposición económica que la cantidad se expresará exclusivamente en números. Se hace constar que los errores de cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de contradicciones o errores que no supongan rechazo de ofertas, la Mesa de contratación adoptará la postura conforme a criterios racionales y que resulte más ventajosa para la administración. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición pero, en el caso de que se autorice en el apartado 5 de la Carátula, podrá contener cuantas soluciones variantes se autorice conllevando, en consecuencia, ofertas económicas variantes. 2. Documentos relacionados en el apartado 28 27 de la Carátula ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ necesarios para la valoración de los criterios cuantificables por fórmula.

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Sources: Contrato De Servicios De Limpieza