Dotación presupuestaria. Los créditos precisos para atender a las obligaciones económicas que se deriven para el Ayuntamiento estarán consignados en el presupuesto general municipal. Se trata de un contrato de carácter plurianual, por lo que deberá contraerse un gasto que abarcará los ejercicios 2019 a 2022, ambos inclusive.
Dotación presupuestaria. 1. Las ayudas que se destinarán para la concesión de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se otorgarán por importe máximo e insuperable de 85.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria “4412.45393 Subvenciones empresas transporte em- presa mancomunado” del presupuesto de gastos del año 2022 del CTAZ. La concesión de las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias presentes y futuras. El crédito máximo disponible se distri- buye entre las dos líneas de actuación del siguiente modo: Línea de actuación 1: 40.000 €. Línea de actuación 2: 45.000 €.
2. En ningún caso podrá reconocerse derecho a otorgamiento de subvención por un mon- tante superior al del crédito disponible en la aplicación presupuestaria prevista por lo que, una vez cuantificados los costes subvencionables para cada uno de los solicitantes en ambas lí- neas de actuación, en su caso, se procederá a aplicar el correspondiente coeficiente multipli- cador para ajustarlo al crédito total disponible de 85.000 euros.
3. El límite máximo de ayuda por solicitud que podrá ser concedida es de 15.000 euros, tanto para la línea de actuación 1 como para la 2. En el caso de la línea de actuación 2 en las solicitudes que incluyan desarrollos tecnológicos para la gestión del servicio, esta cuantía máxima se podrá aumentar en 5.000 euros adicionales.
4. Dicha cuantía podrá ampliarse sin necesidad de nueva convocatoria en los supuestos previstos en la Ley 5/2015, de 25 xx xxxxx, de Subvenciones xx Xxxxxx, condicionado a la previa declaración de disponibilidad del crédito y a un acuerdo debidamente motivado del órgano concedente.
5. El crédito máximo asignado a cada una de las líneas de actuación podrá ser redistri- buido para adaptarse a las solicitudes recibidas en cada una de las líneas de actuación.
Dotación presupuestaria. ADIC aportará la cantidad de CUARENTA MIL EUROS, (40.000 €) anuales. En esta cuantía no se incluye el IVA. Este presupuesto será revisado y aprobado cada curso académico por el Consejo Directivo de la Cátedra.
Dotación presupuestaria. El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación, en la aplicación 2016.4.1710.76207 denominada “PARQUES INFANTILES”, dotada con un importe de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS, 250.000,00 €
Dotación presupuestaria. El importe de este servicio se satisfará con cargo al crédito existente en el Presupuesto Municipal. La partida presupuestaria es la que figura en el certificado de existencia de crédito que es la partida 920.22712. Se trata de un gasto de carácter plurianual que abarcaría los ejercicios 2013 a 2016, ambos inclusive (en el supuesto de que se prorrogara), por lo que en las sucesivas anualidades se consignará el crédito correspondiente en el presupuesto de cada ejercicio, en la misma aplicación presupuestaria.
Dotación presupuestaria. Los créditos precisos para atender a las obligaciones económicas que se deriven para el Ayuntamiento están consignados en el presupuesto general municipal. La partida presupuestaria es la que figura en el certificado de existencia de crédito que es la partida 166.202. Se trata de un contrato de carácter plurianual, por lo que deberá contraerse un gasto que abarcará los ejercicios 2014 a 2018, ambos inclusive.
Dotación presupuestaria. Con cargo al presupuesto de Televisión Autonómica xx Xxxxxx S.A.U., para cumplir con los compromisos derivados de la presente convocatoria, se autoriza la financiación anticipada de la producción de obras audiovisuales por una cuantía total de CUATROCIENTOS MIL EUROS (400.000 €). Esta cantidad se distribuirá en las siguientes líneas de financiación:
a) Línea 1, dotada con TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS (360.000 €). A esta línea podrán concurrir las películas cinematográficas de largometraje, las películas para televisión (TV Movies) y los documentales de creación.
b) Línea 2, dotada con CUARENTA MIL EUROS (40.000 €). A esta línea podrán concurrir las películas cinematográficas de cortometraje. Adicionalmente, Televisión Autonómica xx Xxxxxx, S.A.U. contribuirá con los proyectos audiovisuales que finalmente fueran financiados y sobre los que adquiera una cuota de derechos de explotación, con una campaña publicitaria y promocional a través de los canales de difusión de la cadena, valorada en once mil cuatrocientos euros (11.400 €) para cada una de las películas cinematográficas de largometraje y en tres mil ochocientos euros (3.800 €) para los documentales de creación. Esta contribución se realizará exclusivamente con aquellas obras audiovisuales que tengan recorrido comercial por salas de cine y siempre que se solicite por parte del productor del proyecto en el momento de formalización del contrato. Esta contribución adicional, en caso de producirse, se computará como parte de la aportación financiera que XXXXXX TV realiza al proyecto y, consecuentemente, para la determinación de la cuota de los rendimientos sobre los derechos de explotación sobre los que participará la cadena. En todo caso, para todas las obras que resulten financiadas, Televisión Autonómica xx Xxxxxx, S.A.U. se reserva el derecho de realizar promociones o comunicaciones informativas relativas a la contribución que realiza sobre las mismas.
Dotación presupuestaria. 6.1. La cuantía global máxima de la presente convocatoria asciende a 163.313,57 euros que se aplicará con cargo a la aplicación presupuestaria 48930.338 del presupuesto del Instituto Municipal de Cultura y Turismo del Ayuntamiento xx Xxxxxx para el año 2017.
Dotación presupuestaria. La cantidad asignada para el año 2022 a esta submodalidad será de 168.000 € y el mismo importe para el año 2023. Este importe podrá incrementarse, sin necesidad de nueva convocatoria, en el caso de que exista financiación adicional disponible.
Dotación presupuestaria. La concesión de ayudas se hará con cargo aI crédito existente en Ia partida presupuestaria 313.23-489,00 “FamiIias. Transferencias” deI Presupuesto de Ia Corporación para 2008, que asciende a Ia cantidad de 420.000 euros ExcepcionaImente, y de conformidad a Ias regIas contenidas en eI apartado 2 deI artícuIo 58 deI ReaI Decreto 887/2006, de 21 de juIio, por eI que se aprueba eI RegIamento de Ia Ley 38/2003, de 17 de noviem- bre, GeneraI de Subvenciones, esta cuantía máxima podrá ser incrementada en una cuantía adicionaI cuya apIicación a Ia concesión de ayudas no requerirá de una nueva convocatoria.