Duración de la Garantía Cláusulas de Ejemplo

Duración de la Garantía. Las garantías constituidas y aceptadas por LA EMPRESA tendrán una vigencia igual al período comprendido entre la fecha de la denuncia del contrato de arrendamiento y 2 meses más, posteriores, a la fecha de terminación del contrato de arrendamiento. Vencido el término del contrato en caso de ser renovado o prorrogado, el arrendatario deberá renovar también la(s) garantía(s), de conformidad con lo señalado en la ley, y parágrafo 3º del numeral anterior, es decir, suspensión del servicio, hasta tanto, no se ajuste la respectiva garantía. PARÁGRAFO 1. Valor en Reclamo: Una vez notificada la terminación del contrato de arrendamiento, LA EMPRESA, deberá informar al arrendador que no existen saldos pendientes. En el evento que existan valores en reclamo y perdiera vigencia la garantía se restablecerá automáticamente la solidaridad prevista en el artículo 130 de la Ley 142 de 1994 modificado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001. PARÁGRAFO
Duración de la Garantía. La duración de esta garantía se extiende a toda la duración de la póliza, siempre que dicha póliza esté en vigor. En el supuesto de que el Asegurador y el centro con el que el Asegurador tenga concertada la prestación de la presente garantía rescindieran su contrato y mientras no se restablezca la garantía de la Segunda Opinión Médica, el Asegurador se compromete, como cobertura alternativa, al pago de una prestación única sustitutoria por importe de 450 euros, por el período de duración de esta garantía, con el fin de que dicho Tomador pueda obtener una Segunda Opinión Médica del especialista o entidad médica que considere oportunos. 10D5046
Duración de la Garantía. Las garantías constituidas y aceptadas por LA EMPRESA tendrán una vigencia igual al período comprendido entre la fecha de la denuncia del contrato de arrendamiento y 2 meses más posteriores a la fecha de terminación del contrato de arrendamiento. Vencido el término del contrato en caso de ser renovado o prorrogado, el arrendatario deberá renovar también la(s) garantía(s), de conformidad con lo señalado en la ley, y parágrafo 3º del Numeral anterior, so pena de dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, modificado por el Artículo 18 de la ley 689 de 2001.
Duración de la Garantía. La garantía tendrá efecto durante los 180 primeros días del viaje.
Duración de la Garantía. Las garantías constituidas y aceptadas por LA EMPRESA tendrán una vigencia igual al período comprendido entre la fecha de la denuncia del contrato de arrendamiento y 2 meses más, posteriores, a la fecha de terminación del contrato de arrendamiento. Vencido el término del contrato en caso de ser renovado o prorrogado, el arrendatario deberá renovar también la(s) garantía(s), de conformidad con lo señalado en la ley, y parágrafo 3º del numeral anterior, es decir, suspensión del servicio, hasta tanto, no se ajuste la respectiva garantía. PARÁGRAFO 1. Valor en Reclamo: Una vez notificada la terminación del contrato de arrendamiento, LA EMPRESA, deberá informar al arrendador que no existen saldos pendientes. En el evento que existan valores en reclamo y perdiera vigencia la garantía se restablecerá automáticamente la solidaridad prevista en el artículo 130 de la Ley 142 de 1994 modificado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001. PARÁGRAFO 2. Causales de Rechazo de las Garantías. A continuación se relacionan, a título enunciativo, las causales que podrán implicar el rechazo de las garantías presentadas ante LA EMPRESA: como No Residencial (Comercial), o que funcione un negocio
Duración de la Garantía. La fecha de vencimiento inicial de la Garantía de Decesos por Accidente coincidirá con la fecha de vencimiento de la póliza de seguro de la cual forma parte constando la misma especificada en las condiciones particulares de la póliza. A la expiración de dicho período, quedará tácitamente prorrogada en anualidades sucesivas salvo oposición del tomador a una de dichas prorrogas comunicada con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de que se trate. Igualmente quedará extinguido en caso de extinción de la póliza de seguro de la cual la presente cobertura complementaria forma parte integrante
Duración de la Garantía. Las garantías constituidas y aceptadas por Llanogas tendrán una vigencia igual al período comprendido entre la fecha de la denuncia del contrato de arrendamiento y 2 meses más posteriores a la fecha de terminación del contrato de arrendamiento. Vencido el término del contrato en caso de ser renovado o prorrogado, el arrendatario deberá renovar también la(s) garantía(s), de conformidad con lo señalado en la ley, y parágrafo 3º del Numeral anterior, so pena de dar aplicación a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
Duración de la Garantía. Cuando no se acuerde entre las partes que la puesta en marcha deba realizarse en la sede del comprador, la presente garantía tendrá una duración de 12 meses a partir de la fecha de entrega. Por el contrario, cuando se acuerde entre las partes que la puesta en marcha deba realizarse en la sede del comprador, la presente garantía tendrá una duración de 12 meses a partir de la fecha de puesta en funcionamiento de la máquina en la sede del comprador y, en cualquier caso, de no más de 18 meses a partir de la fecha de entrega de la máquina. Los horarios de trabajo de la máquina superiores a 48 horas semanales conllevarán reducciones proporcionales en el período de garantía. La garantía para piezas sustituidas o reparadas vence el mismo día de vencimiento de la garantía de la máquina.
Duración de la Garantía. Las garantías constituidas y aceptadas por CUSIANAGAS tendrán una vigencia igual al período comprendido entre la fecha de la denuncia del contrato de arrendamiento y 2 meses más posteriores a la fecha de terminación del contrato de arrendamiento. Vencido el término del contrato en caso de ser renovado o prorrogado, el arrendatario deberá renovar también la(s) garantía(s), de conformidad con lo señalado en la ley, y parágrafo 3º del Numeral anterior, so pena de dar aplicación a lo dispuesto en la normatividad aplicable
Duración de la Garantía. Salvo que se indique lo contrario en la cotización de EMC, el plazo de garantía correspondiente a los Productos será aquel que se establece en la Notificación del Producto. La garantía del Equipo entrará en vigor al momento de la Entrega. La garantía del Software entrará en vigor al momento de la Entrega de los medios o en la fecha en que se notifique al Comprador acerca de la disponibilidad electrónica, según corresponda. La garantía de las actualizaciones del Equipo operará desde la Entrega hasta el final del plazo de garantía correspondiente al Equipo en el cual se hubieran instalado tales actualizaciones.