Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de la fecha de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad de preaviso, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una de las partes nace para la otra el derecho de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisión.
Appears in 3 contracts
Samples: Condiciones Generales De La Contratación, Condiciones Generales De La Contratación, Condiciones Generales De La Contratación
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una 12.1. La duración del Contrato es indefinida, pudiendo cualquiera de las partes unilateralmente dar por finalizado el mismo en cualquier momento de su vigencia, con un preaviso a la otra parte, comunicado por escrito a través de medios telemáticos, de treinta (30) días al menos, sin perjuicio del derecho de INDEXA a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la fecha resolución del contrato y otros gastos pactados contractualmente. Para carteras de caducidad fondos de inversión: la finalización de este contrato supone la cancelación de los contratos de Cuenta Corriente Administrada y de Cuenta de Valores, si existieran, cuyos saldos deberán traspasarse fuera de EL CUSTODIO con la mayor premura posible. La cancelación anticipada del Contrato no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que conste se hubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente contrato.
12.2. No constituirá causa de resolución del presente contrato ni por lo tanto del mandato que en virtud del mismo otorga el Titular a INDEXA, el supuesto de incapacitación sobrevenida de cualquiera de los Titulares del contrato, salvo que así lo determine resolución judicial dictada al constituirse el organismo tutelar o posteriormente, a instancias del tutor designado en ejercicio del cargo, así se inste.
12.3. En el supuesto de que INDEXA rescindiera el Contrato por cualquiera de las tarjetas emitidassiguientes causas:
a) que el Titular incumpliera cualquiera de las obligaciones contraídas bajo el presente Contrato, o en cualquier otro medio especialmente las de pago, tanto en las fechas como en cuanto a los importes pertinentes,
b) que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación INDEXA tuviera conocimiento de que se ha producido contra el día Titular un procedimiento judicial, administrativo o notarial, en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción pueda producirse el embargo o subasta de cualquiera de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta bienes de pago o en los casos que se determinen reglamentariamentela Cartera, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido Titular autoriza expresa e irrevocablemente a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas INDEXA para reintegrarse las comisiones y gastos que correspondan hasta procedan, o cualquier otra cantidad que, en virtud de este Contrato, el Titular adeude a INDEXA, mediante adeudo de las cantidades debidas en la fecha Cuenta Corriente Administrada mencionada en la Estipulación Tercera. En el supuesto de resoluciónque, como consecuencia del adeudo, se produjera un descubierto en la Cuenta Corriente Administrada, INDEXA podrá enajenar valores suficientes de entre los que forman la Cartera.
12.4. La Producida la resolución del contrato será gratuita Contrato, INDEXA dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días para proceder al cumplimiento y ejecución de las órdenes ya cursadas, obtener del Titular el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos pago de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima las comisiones devengadas y proceder a cerrar y rendir cuentas de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad de preaviso, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismogestión realizada. A los efectos la finalización del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia Contrato, INDEXA pondrá el patrimonio resultante de la liquidación y cierre antes descritos a disposición del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una de las partes nace para la otra el derecho de pedir que se deje sin efecto el contratoTitular, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisióncumpliendo con sus instrucciones a este efecto.
Appears in 2 contracts
Samples: Gestión Discrecional De Carteras Individuales, Gestión Discrecional De Carteras Individuales
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX se firmará por el CLIENTE, una duración indefinida, sin perjuicio vez que la ENTIDAD haya recibido y verificado la idoneidad de la fecha documentación aportada por aquél, entrando en vigor a partir de caducidad que conste en su firma. El presente CONTRATO MARCO es de duración indefinida pudiendo darse por finalizado el mismo por cualquiera de las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podráPartes, en cualquier momentotodo momento de su vigencia, denunciar con un preaviso de 30 días, por el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXXmétodo utilizado para las comunicaciones entre las Partes establecido en la Estipulación 18 del presente CONTRATO XXXXX, sin necesidad de preaviso algunoalegar causa alguna. La ENTIDAD podrá bloquear la cuenta del CLIENTE y, en su caso, resolver el presente CONTRATO XXXXX con sujeción a lo que se indica en la presente Estipulación, en cualquiera de los siguientes supuestos:
(a) Si perdiera el CLIENTE su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si incumpliera el CLIENTE cualquiera de las obligaciones contratadas en virtud del presente CONTRATO MARCO o de cualquiera de sus Estipulaciones Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la normativa relativa a la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
(d) Si incumpliera el CLIENTE la normativa relativa al Xxxxx xx Xxxxxxx.
(e) Si el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, resultasen deudoras de la ENTIDAD por cualquier operación de la naturaleza jurídica que fuera, vencida, normal o anticipadamente, durante la vigencia del presente CONTRATO XXXXX.
(f) Si se promoviera contra el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, procedimiento judicial, administrativo o notarial en que pueda producirse el embargo o subasta de los bienes afectos a este CONTRATO MARCO.
(g) Si no existiera actividad alguna en la cuenta del CLIENTE durante un periodo de seis meses y el saldo de dicha cuenta fuera cero. Cuando se bloquee la cuenta del CLIENTE por los supuestos anteriores, la ENTIDAD antes de proceder a la resolución del CONTRATO MARCO, dará al CLIENTE un plazo de 7 días para que facilite a la ENTIDAD la información y/o documentación que ésta precise y que acredite que el CLIENTE ha subsanado o no se encuentra en ninguno de los supuestos anteriores. En este casocaso contrario, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY ENTIDAD podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con CONTRATO MARCO, una antelación mínima vez transcurridos los 23 días restantes de sesenta días naturalespreaviso. No obstante lo anterior, XXXXXXXX la ENTIDAD podrá resolver el contrato, interrumpir los servicios de forma inmediata y sin necesidad de preaviso, preaviso en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas la naturaleza y gravedad del supuesto así lo aconseje, de conformidad con lo dispuesto en la seguridad normativa vigente, procediendo incluso a la resolución automática del instrumento de pagoCONTRATO MARCO. Una vez finalizado el CONTRATO MARCO, la sospecha ENTIDAD seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a las entidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el efectivo y los valores propiedad del CLIENTE. La ENTIDAD tendrá derecho a percibir las comisiones y gastos devengados a su favor y las comisiones por operaciones pendientes de una utilización liquidar de acuerdo con el Folleto de tarifas de la ENTIDAD, hasta la fecha de resolución efectiva del contrato. La resolución anticipada del CONTRATO MARCO no autorizada o fraudulenta afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del mismoCONTRATO MARCO. A los efectos partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento CONTRATO MARCO, el CLIENTE dispondrá de una su patrimonio de las partes nace para forma directa y en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera comunicado por escrito la otra el derecho de pedir entidad a la que desee que se deje sin efecto traspasen los valores y/o el contratoefectivo y la ENTIDAD recabará instrucciones expresas del CLIENTE para realizar cualquier operación posterior. Una vez que el traspaso se haya efectuado, reparándose los perjuicios sufridosla ENTIDAD procederá a cancelar las Cuentas. - Desistimiento. Facultad No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgentede las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del CLIENTE y fuese imprescindible la actuación de una la ENTIDAD para mantener el valor de las partes la cartera del CLIENTE, la ENTIDAD realizará de dejar sin efecto el contrato celebradoforma unilateral dichas operaciones, sin necesidad dando cuenta al CLIENTE de justificar la decisiónforma inmediata tan pronto como sea posible.
Appears in 2 contracts
Samples: Financial Services Agreement, Financial Services Agreement
Duración y resolución del contrato. 10.1 El presente contrato tendrá de prácticas entrará en vigor a partir del momento de la firma de la primera ficha de PFP y, en principio, se celebra por la duración de las PFP, tal y como se menciona en la ficha de PFP.
10.2 El contrato de prácticas finalizará legalmente:
a. A partir del momento en el cual el participante haya finalizado las PFP con una duración indefinidaevaluación positiva, sin perjuicio o en el caso de una materia optativa, si el estudiante ha completado las PFP;
b. Después de la expiración de la fecha final prevista, tal y como se menciona en la ficha de caducidad que conste en las tarjetas emitidasPFP;
c. Por la finalización del contrato de formación entre el participante y Alfa-college;
d. Por la disolución o la pérdida de la personalidad jurídica de la empresa facilitadora, o cuando la empresa facilitadora deje de ejercer la profesión contemplada en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento prácticas en la empresa mencionada;
e. Cuando la acreditación de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción empresa facilitadora, tal y como se contempla en el artículo 7.2.10 de la solicitud LEFP, haya expirado o haya sido revocada; Alfa-college confirmará por escrito la finalización al estudiante y a la empresa facilitadora. Si el participante no ha completado con éxito las prácticas de formación profesional dentro del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado plazo especificado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad Alfa-college, el participante y la organización facilitadora de preavisolas PFP pueden acordar un programa de formación práctica diferente. Con este fin, se volverá a celebrar un contrato de prácticas.
10.3 El contrato de prácticas entre Alfa-college, el participante y la empresa facilitadora puede rescindirse de mutuo acuerdo.
10.4 El contrato de prácticas puede ser disuelto (extrajudicialmente):
a. Por la empresa facilitadora, en el caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con el estudiante, a pesar de (repetidas) advertencias, no cumpla las normas de conducta, tal y como se contemplan en el artículo 7.1 de las presentes Condiciones Generales;
b. Por una de las partes, si debido a circunstancias de peso no sigue siendo razonable esperar de dicha parte la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos continuación del presente contrato de prácticas;
c. Por una de las partes si Alfa-college, el estudiante o la empresa facilitadora no cumplen las obligaciones impuestas por la legislación o el contrato de prácticas;
d. Por el participante o la empresa facilitadora, si el contrato de trabajo (si lo hubiere) entre el estudiante y el centro de trabajo se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento resuelve.
10.5 Se notificará por escrito a las demás partes la resolución de una de las partes nace para en virtud del apartado 4, con mención de la otra el derecho razón de pedir la resolución.
10.6 Antes de que se deje sin efecto produzca una resolución en virtud del apartado 4, letra c, se deberá ofrecer a la parte que no haya cumplido con sus obligaciones la posibilidad de cumplir dichas obligaciones en un plazo de dos semanas. No es necesario un aviso por escrito de incumplimiento si el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar cumplimiento es permanentemente imposible o si la decisiónparte ya ha indicado que no cumplirá con sus obligaciones y que no se requiere un plazo.
Appears in 1 contract
Samples: Contratos De Prácticas
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una duración indefinidaLa ENTIDAD desarrollará su colaboración como ENTIDAD DE REGISTRO durante un (01) año, sin perjuicio de contado desde la fecha de caducidad firma del presente contrato, prorrogándose automáticamente por el mismo período, salvo que conste en alguna de las tarjetas emitidaspartes rescinda el presente contrato con una antelación de sesenta (60) días hábiles antes del vencimiento. No obstante, o cada una de las partes podrá dar por terminada la colaboración en cualquier otro medio momento y unilateralmente mediante una comunicación escrita, con un preaviso de pagosesenta (60) días hábiles. Si una de las partes decidiera resolver el presente contrato de esta manera, que PECUNPAY ponga a disposición deberá cumplir con las obligaciones remanentes del TITULAR. Comenzando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamentemismo, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resoluciónsu resolución anticipada, así como de aquellas obligaciones que estuvieran en curso a la fecha de la resolución anticipada del mismo. La resolución del contrato será gratuita para el TITULARSin perjuicio de lo anterior, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá las partes podrán resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima contrato en los siguientes casos: ● Incumplimiento grave o reiterado de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver sus obligaciones monetarias o procedimentales recogidas en el contrato, sin necesidad de preaviso, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resoluciónpor una de las partes. ● Por incumplimiento en los pagos XXXXX.XX procederá a comunicar la deuda a central de riesgos. ● La ineficacia del no prestación de modo directo y exclusivo por parte de la ENTIDAD o de XXXXX.XX de las obligaciones recogidas en el presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento ● Incumplimiento de una los requisitos y obligaciones legales ante la autoridad administrativa competente, tanto actuales como sobrevenidas, que la normativa aplicable, en especial, la que concierna a Certificados Digitales imponga a los Prestadores de Servicios de Confianza que emitan certificados cualificados. ● Detección de deficiencias, fallos, o cumplimientos parciales y/o defectuosos que impacten negativamente en, o que impidan la realización de, las actividades dela ENTIDAD o XXXXX.XX acordadas en el presente contrato fruto de las partes nace para la otra Auditorías referidas en el derecho de pedir que se deje sin efecto el presente contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisión.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Prestación De Servicios
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una duración La duración del Contrato es indefinida, pudiendo cualquiera de las Partes unilateralmente dar por finalizado el mismo en cualquier momento de su vigencia, con un preaviso a la otra parte, comunicado por escrito a través de medios telemáticos, de al menos un mes, sin perjuicio del derecho de la fecha Agencia de caducidad Valores a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del Contrato y otros gastos pactados contractualmente. La finalización de este Contrato supone la cancelación de los contratos relativos a la Cuenta Corriente Administrada y la Cuenta de Valores, cuyos saldos deberán liquidarse lo antes posible, debiendo remitir al Banco el escrito del Titular indicando al Banco la cancelación de los servicios contratados. La cancelación anticipada del Contrato no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que conste se hubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente Contrato. No constituirá causa de resolución del presente Contrato ni por lo tanto del Mandato el supuesto de incapacitación sobrevenida de cualquiera de los Titulares del Contrato, salvo que así lo determine resolución judicial dictada al constituirse el organismo tutelar o posteriormente, a instancias del tutor designado en ejercicio del cargo, así se inste. En el supuesto de que la Agencia de Valores resolviera el Contrato por cualquiera de las tarjetas emitidassiguientes causas:
(i) que el Titular incumpliera cualquiera de las obligaciones contraídas bajo el presente Contrato, o en cualquier otro medio especialmente las de pago, tanto en las fechas como en cuanto a los importes pertinentes; o (ii) que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación Agencia de Valores tuviera conocimiento de que se ha producido contra el día Titular procedimiento judicial, administrativo o notarial, en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción pueda producirse el embargo o subasta de cualquiera de los supuestos bienes de la Cartera; en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamenteambos casos, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido Titular autoriza expresa e irrevocablemente a XXXXXXXX, sin necesidad la Agencia de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas Valores para reintegrarse las comisiones y gastos que correspondan hasta procedan, o cualquier otra cantidad que, en virtud de este Contrato, el Titular adeude a la fecha Agencia de resoluciónValores, mediante adeudo de las cantidades debidas en la Cuenta Corriente Administrada. La resolución En el supuesto de que, como consecuencia del contrato será gratuita adeudo, se produjera un descubierto en la Cuenta Corriente Administrada, la Agencia de Valores lo notificará de inmediato al Titular a través de su Área Personal o correo electrónico para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos un plazo máximo de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad de preaviso, setenta y dos (72) horas proceda a regularizar dicho descubierto; en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento de pagono hacerlo, la sospecha Agencia de una utilización Valores podrá enajenar un número de valores de los comprendidos en la Cartera que sea suficiente para cubrir tal descubierto. En particular, podrán ser enajenados aquellos valores adquiridos en fecha más reciente y, en el caso de que alguno de éstos no autorizada o fraudulenta del mismotuviera liquidez en un mercado secundario organizado, entre aquéllos que sí la tuvieran, atendiendo al orden de antigüedad señalado. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento Una vez resuelto el Contrato, la Agencia de una Valores dispondrá de un plazo máximo de quince (15) días para proceder al cumplimiento y ejecución de las partes nace para la otra órdenes ya cursadas, obtener del Titular el derecho de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una pago de las partes comisiones devengadas y proceder a cerrar y rendir cuentas de dejar sin la gestión realizada. Finalizado el Contrato, la Agencia de Valores pondrá el patrimonio resultante de la liquidación y cierre antes descritos a disposición del Titular, cumpliendo las instrucciones que a este efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónéste le curse.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Gestión Discrecional De Carteras Individuales
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de la fecha de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme con- firme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY XXXXXXXX podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación ante- lación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad de preaviso, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento incumpli- miento de una de las partes nace para la otra el derecho de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisión.
Appears in 1 contract
Samples: General Conditions of Contract
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una vez firmado por las partes, INVERSIS BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la documentación aportada por el CLIENTE. Salvo que en las Estipulaciones Particulares de un servicio concreto se indique un plazo distinto, el presente CONTRATO MARCO es de duración indefinida, sin perjuicio de la fecha de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación pudiendo darse por finalizado el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrámismo, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXXtodo momento de su vigencia, sin necesidad de preaviso algunosalvo que la normativa específica así lo establezca, en caso de que lo resuelva el CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCO por alguno de los métodos previstos para las comunicaciones entre las partes establecido en la Estipulación 12 del presente CONTRATO MARCO, sin necesidad de alegar causa alguna. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato Dicha solicitud será gratuita para el CLIENTE y deberá ser atendida por el Banco antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud misma. En el supuesto de que lo resuelva el BANCO, con un preaviso de 2 meses previa comunicación dirigida al CLIENTE, por alguno de los métodos previstos para las comunicaciones establecido en la Estipulación 12 del TITULARpresente CONTRATO MARCO. XXXXXXXX procederá Adicionalmente a reembolsar lo indicado en el párrafo anterior, el BANCO podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso la prestación de los servicios en los siguientes supuestos:
(a) Si el CLIENTE perdiera su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si el CLIENTE incumpliera cualquiera de sus obligaciones conforme al TITULAR CONTRATO MARCO, tanto de sus Estipulaciones Generales como Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la normativa relativa a la prevención del blanqueo de Capitales y de financiación del terrorismo.
(d) Incumplimiento por el saldo remanente CLIENTE, tanto de sus Titulares como de sus Autorizados, de la normativa sobre abuso xx xxxxxxx. Una vez finalizado, INVERSIS BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a las entidades financieras a las que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha deban de resoluciónser transferidos o traspasados el efectivo o los instrumentos financieros propiedad del CLIENTE. La resolución del contrato será gratuita CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma no supondrá por sí misma gasto alguno para el TITULARCLIENTE. INVERSIS BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, salvo así como la parte proporcional devengada de las tarifas correspondientes al período iniciado en el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que el contrato haya estado dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, INVERSIS BANCO reembolsará la parte proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en vigor durante menos curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones aplicables de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR acuerdo con una antelación mínima de sesenta días naturaleslas estipulaciones del CONTRATO MARCO. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver en el contratosupuesto de que el CLIENTE haya suscrito el presente CONTRATO MARCO con la colaboración de un PRESENTADOR INDEPENDIENTE REGULADO, sin necesidad de preaviso, el CLIENTE acepta y consiente expresamente la resolución automática del presente CONTRATO MARCO en el caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas el CLIENTE resuelva el contrato de servicios de inversión que tuviese suscrito con el PRESENTADOR INDEPENDIENTE REGULADO, obligándose a transferir en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la seguridad resolución del instrumento mismo las cantidades de pagoefectivo y de instrumentos financieros a la entidad financiera designada por el CLIENTE, cancelando las cuentas abiertas en el BANCO. Las disposiciones de la sospecha presente Estipulación se entenderán sin perjuicio de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A lo dispuesto en el Código Civil sobre los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisión.nulidad del presente CONTRATO MARCO
Appears in 1 contract
Duración y resolución del contrato. 1. La duración inicial del contrato es de un año, prorrogándose de forma indefinida si las partes no manifiestan su oposición expirado ese primer año.
2. El titular de la cuenta podrá proceder a la resolución del contrato en cualquier momento con las siguientes condiciones:
a. siempre será necesario un preaviso con un mes de antelación.
b. si la cuenta presentara un saldo a favor del Circuito, el titular deberá proceder al previo pago del mencionado saldo.
c. si la cuenta presentara Udis que no hubieran alcanzado su periodo de maduración, el titular deberá optar entre: - O esperar a hacer efectivo ese período. - O pagar la cuota de retirada pre-maduración.
3. El Ayuntamiento podrá resolver el presente contrato tendrá una duración indefinida, sin perjuicio cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias y bajo las siguientes condiciones:
a. en caso de la fecha comisión de caducidad que conste tres infracciones muy graves, en las tarjetas emitidaslos términos previstos en el artículo 45 del Reglamento del Circuito, o de actuaciones reiteradas que pongan en cualquier otro medio peligro la viabilidad misma del sistema en su configuración actual, como la paridad entre el euro y Udi. En estos casos, el Ayuntamiento deberá proceder a comunicarlo con ocasión de pagola notificación de la sanción, que PECUNPAY ponga y hacerla efectiva en un periodo no inferior a disposición del TITULAR. Comenzando la relación el día 15 días de aquella notificación.
b. en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los aquellos supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido Ayuntamiento proceda a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes en atención a actuaciones presuntamente delictivas vinculadas, entre otras, al blanqueo de transcurridas 24 horas desde capitales y financiación del terrorismo. En tales casos, ningún preaviso será preceptivo.
c. en el supuesto que la recepción cuenta tenga saldo cero y no haya recibido ningún apunte al debe o al haber, en ambos casos durante un periodo igual o superior a veinticuatro meses, o cuando, estando registrado como cuenta inactiva, presente saldo cero o saldo a favor del Circuito, aunque sea como consecuencia del cargo de la solicitud bonificaciones si las hubiera.
d. en el caso de cese del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR sistema, el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR Ayuntamiento realizará un preaviso con una antelación mínima de sesenta días naturalesun mes
4. No obstante lo anteriorDe cobrarse gastos periódicos por los servicios del Circuito, XXXXXXXX podrá resolver en el momento de la resolución del contrato, sin necesidad el usuario del Circuito sólo abonará la parte proporcional adeudada hasta la resolución del contrato y si se hubieran pagado por anticipado, se reembolsarán de preaviso, en caso manera proporcional.
5. Las disposiciones de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento presente cláusula no impiden el derecho de pago, las partes a solicitar la sospecha declaración de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia nulidad del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una de las partes nace para la otra , según el derecho de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónCódigo Civil.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Adhesión
Duración y resolución del contrato. 29.1 El presente contrato tendrá una duración indefinidaContrato se establece por tiempo indefinido, sin perjuicio pudiendo ser resuelto por resolución unilateral de la fecha cualquiera de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación partes: El Cliente podrá resolver el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, Contrato en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXXal Banco con quince días hábiles de antelación. El Banco podrá resolver el Contrato siempre que medie un preaviso de dos meses, sin necesidad notificado mediante documento en papel y otro medio duradero, salvo en los siguientes supuestos, en los que la resolución tendrá efectos inmediatos: - Impago por parte del cliente de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento cualquiera de sus obligaciones de pago asumidas en virtud del presente Contrato; - Incumplimiento de la orden normativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx; - Riesgo de crédito del Cliente; - Incumplimiento del Cliente de sus obligaciones de información asumidas en el presente Contrato; - otros supuestos previstos en el presente documento o en el Contrato.
29.2 Producida la cancelación del Contrato, el Banco procederá a poner a disposición del Cliente los instrumentos financieros custodiados y administrados y a recabar instrucciones del Cliente para el traspaso de los instrumentos financieros custodiados, pudiendo el Banco proceder a la consignación judicial de tales instrumentos financieros cuando el Cliente se negara a recibirlos o, si esto no fuera posible, proceder a la venta de los activos y posterior consignación del efectivo en la cuenta corriente asociada o, en caso de cancelación de ésta, en una cuenta corriente designada al efecto. Todo lo anterior será sin perjuicio del cobro previo de las comisiones por los servicios prestados y las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción y, en su caso, de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad de preaviso, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una parte proporcional devengada de las partes nace para la otra tarifas correspondientes al periodo iniciado en el derecho momento de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónsu finalización.
Appears in 1 contract
Samples: Investment Services Agreement
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una vez firmado por las partes, INVERSIS BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la documentación aportada por el CLIENTE. Salvo que en las Estipulaciones Particulares de un servicio concreto se indique un plazo distinto, el presente CONTRATO MARCO es de duración indefinida, sin perjuicio de la fecha de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación pudiendo darse por finalizado el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrámismo, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXXtodo momento de su vigencia, sin necesidad de preaviso algunosalvo que la normativa específica así lo establezca, en caso de que lo resuelva el CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCO por alguno de los métodos previstos para las comunicaciones entre las partes establecido en la Estipulación 12 del presente CONTRATO MARCO, sin necesidad de alegar causa alguna. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato Dicha solicitud será gratuita para el CLIENTE y deberá ser atendida por el Banco antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud misma. En el supuesto de que lo resuelva el BANCO, con un preaviso de 2 meses previa comunicación dirigida al CLIENTE, por alguno de los métodos previstos para las comunicaciones establecido en la Estipulación 12 del TITULARpresente CONTRATO MARCO. XXXXXXXX procederá Adicionalmente a reembolsar lo indicado en el párrafo anterior, el BANCO podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso la prestación de los servicios en los siguientes supuestos:
(a) Si el CLIENTE perdiera su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si el CLIENTE incumpliera cualquiera de sus obligaciones conforme al TITULAR CONTRATO MARCO, tanto de sus Estipulaciones Generales como Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la normativa relativa a la prevención del blanqueo de Capitales y de financiación del terrorismo.
(d) Incumplimiento por el saldo remanente CLIENTE, tanto de sus Titulares como de sus Autorizados, de la normativa sobre abuso xx xxxxxxx. Una vez finalizado, INVERSIS BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a las entidades financieras a las que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha deban de resoluciónser transferidos o traspasados el efectivo o los instrumentos financieros propiedad del CLIENTE. La resolución del contrato será gratuita CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma no supondrá por sí misma gasto alguno para el TITULARCLIENTE. INVERSIS BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, salvo así como la parte proporcional devengada de las tarifas correspondientes al período iniciado en el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que el contrato haya estado dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, INVERSIS BANCO reembolsará la parte proporcional al CLIENTE. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en vigor durante menos curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones aplicables de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR acuerdo con una antelación mínima de sesenta días naturaleslas estipulaciones del CONTRATO MARCO. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver en el contratosupuesto de que el CLIENTE haya suscrito el presente CONTRATO MARCO con la colaboración de un PRESENTADOR INDEPENDIENTE REGULADO, sin necesidad de preaviso, el CLIENTE acepta y consiente expresamente la resolución automática del presente CONTRATO MARCO en el caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas el CLIENTE resuelva el contrato de servicios de inversión que tuviese suscrito con el PRESENTADOR INDEPENDIENTE REGULADO, obligándose a transferir en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la seguridad resolución del instrumento mismo las cantidades de pagoefectivo y de instrumentos financieros a la entidad financiera designada por el CLIENTE, cancelando las cuentas abiertas en el BANCO. Las disposiciones de la sospecha presente Estipulación se entenderán sin perjuicio de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A lo dispuesto en el Código Civil sobre los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisión.nulidad del presente CONTRATO MARCO
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una duración indefinidavez firmado por las partes, sin perjuicio INVERSIS BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la fecha documentación aportada por el CLIENTE. El presente CONTRATO MARCO es de caducidad duración indefinida pudiendo darse por finalizado el mismo, en todo momento de su vigencia, con un preaviso de 15 días en caso de que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación lo resuelva el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCO por alguno de los supuestos métodos previstos para las comunicaciones entre las partes establecido en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXXla Estipulación 12 del presente CONTRATO XXXXX, sin necesidad de alegar causa alguna o en el supuesto de que lo resuelva el BANCO, con un preaviso algunode 3 meses previa comunicación dirigida al CLIENTE, por alguno de los métodos previstos para las comunicaciones establecido en la Estipulación 12 del presente CONTRATO MARCO. En este casoAdicionalmente a lo indicado en el párrafo anterior, XXXXXXXX procederá el BANCO podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso la prestación de los servicios en los siguientes supuestos:
(a) Si el CLIENTE perdiera su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si el CLIENTE incumpliera cualquiera de sus obligaciones conforme al cumplimiento CONTRATO MARCO, tanto de sus Estipulaciones Generales como Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la orden normativa relativa a la prevención del blanqueo de resolución Capitales y de financiación del contrato antes terrorismo.
(d) Incumplimiento por el CLIENTE, tanto de transcurridas 24 horas desde la recepción sus Titulares como de sus Autorizados, de la solicitud normativa sobre abuso xx xxxxxxx. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Cuando la vigencia del TITULARpresente CONTRATO XXXXX se desee interrumpir por voluntad de INVERSIS BANCO será necesario un preaviso de 3 meses, salvo que se trate de los supuestos señalados en los apartados a), b), c) o d) anteriores, en que se podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso y salvo que en las Estipulaciones particulares de los servicios o productos que contrate el CLIENTE se establezca un plazo distinto. XXXXXXXX procederá Una vez finalizado, INVERSIS BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a reembolsar al TITULAR las entidades financieras a las que deban de ser transferidos o traspasados el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resoluciónefectivo o los instrumentos financieros propiedad del CLIENTE. La resolución del contrato será gratuita CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma no supondrá por sí misma gasto alguno para el TITULARCLIENTE. INVERSIS BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, salvo así como la parte proporcional devengada de las tarifas correspondientes al período iniciado en el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que el contrato haya estado dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, INVERSIS BANCO reembolsará la parte proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en vigor durante menos curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones aplicables de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR acuerdo con una antelación mínima de sesenta días naturaleslas estipulaciones del CONTRATO MARCO. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver en el contratosupuesto de que el CLIENTE haya suscrito el presente CONTRATO MARCO con la colaboración de un PRESENTADOR INDEPENDIENTE REGULADO, sin necesidad de preaviso, el CLIENTE acepta y consiente expresamente la resolución automática del presente CONTRATO MARCO en el caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas el CLIENTE resuelva el contrato de servicios de inversión que tuviese suscrito con el PRESENTADOR INDEPENDIENTE REGULADO, obligándose a transferir en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la seguridad resolución del instrumento mismo las cantidades de pagoefectivo y de instrumentos financieros a la entidad financiera designada por el CLIENTE, cancelando las cuentas abiertas en el BANCO. Las disposiciones de la sospecha presente Estipulación se entenderán sin perjuicio de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A lo dispuesto en el Código Civil sobre los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisión.nulidad del presente CONTRATO MARCO
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una duración indefinidavez firmado por las partes, sin perjuicio el BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la fecha documentación aportada por el CLIENTE. El presente CONTRATO MARCO es de caducidad que conste en las tarjetas emitidasduración indefinida pudiendo darse por finalizado el mismo, o por el CLIENTE en cualquier otro medio momento y sin necesidad de pagoalegar causa alguna, mediante un preaviso de 15 días y mediante comunicación realizada con lo establecido en la cláusula 10 del presente CONTRATO MARCO. En caso de que PECUNPAY ponga a disposición la resolución del TITULAR. Comenzando CONTRATO XXXXX traiga causa de la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción cancelación de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta servicios de pago o en los casos que se determinen reglamentariamentecontratados a su amparo, el TITULAR podrá, CLIENTE podrá solicitar dicha resolución en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este casoEl BANCO podrá resolver el presente CONTRATO XXXXX con sujeción a lo que se estipula en la presente cláusula, XXXXXXXX procederá al cumplimiento en cualquiera de los siguientes supuestos:
(a) Si perdiera el CLIENTE su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si incumpliera el CLIENTE cualquiera de las obligaciones contratadas en virtud del presente CONTRATO MARCO o de cualquiera de sus Estipulaciones Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la orden normativa relativa a la Prevención del Blanqueo de resolución Capitales y Financiación del contrato antes Terrorismo.
(d) Si incumpliera el CLIENTE la normativa relativa al Xxxxx xx Xxxxxxx.
(e) Si el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de transcurridas 24 horas desde la recepción que perteneciera a un Grupo de Empresas, resultasen deudoras del BANCO por cualquier operación de la solicitud naturaleza jurídica que fuera, vencida, normal o anticipadamente durante la vigencia del TITULARpresente CONTRATO MARCO.
(f) Si se promoviera contra el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, procedimiento judicial, administrativo o notarial en que pueda producirse el embargo o subasta de los bienes afectos a este CONTRATO MARCO, así como la declaración de concurso de acreedores. XXXXXXXX procederá Cuando la vigencia del presente CONTRATO XXXXX se desee interrumpir por voluntad del BANCO será necesario un preaviso de 1 mes, salvo que: 1) se trate de los supuestos señalados en los apartados a), b), c) o d) anteriores, en que se podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso; o 2) en las Estipulaciones particulares de los servicios o productos que contrate el CLIENTE se establezca un plazo distinto. Una vez finalizado, el BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a reembolsar al TITULAR las entidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones efectivo y gastos que correspondan hasta la fecha de resoluciónlos valores propiedad del CLIENTE. La resolución del contrato será gratuita CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma, no supondrá por sí misma gasto alguno para el TITULARCLIENTE. En caso de que la resolución del CONTRATO MARCO venga originada exclusivamente por la resolución de un servicio de pago, salvo que ésta no supondrá por sí misma gasto alguno para el contrato haya estado CLIENTE si se realizase en vigor durante menos un momento posterior al de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturaleslos 6 meses siguientes a su firma. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, sin necesidad así como la parte proporcional devengada de preaviso, las tarifas correspondientes al periodo iniciado en caso el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, el BANCO las reembolsará de manera proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la seguridad comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismoCONTRATO MARCO. A partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del contrato, el CLIENTE dispondrá de su patrimonio de forma directa y en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera comunicado por escrito la entidad a la que desee que se traspasen los efectos valores y/o el efectivo y el BANCO recabará instrucciones expresas del CLIENTE para realizar cualquier operación posterior. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del CLIENTE, y fuese imprescindible la actuación del BANCO para mantener el valor de la cartera del CLIENTE, el BANCO realizará de forma unilateral dichas operaciones, dando cuenta al CLIENTE de forma inmediata tan pronto como sea posible. Las disposiciones de la presente contrato Estipulación se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento entenderán sin perjuicio de una lo dispuesto en el Código Civil sobre los derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónnulidad del presente CONTRATO MARCO.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una duración indefinidavez firmado por las partes, sin perjuicio el BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la fecha documentación aportada por el CLIENTE. El presente CONTRATO MARCO es de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o duración indefinida pudiendo darse por finalizado el mismo por el CLIENTE en cualquier otro medio momento y sin necesidad de pagoalegar causa alguna, mediante un preaviso de 15 días y mediante comunicación realizada de conformidad con lo establecido en la cláusula 11 del presente CONTRATO MARCO. En caso de que PECUNPAY ponga a disposición la resolución del TITULAR. Comenzando CONTRATO XXXXX traiga causa de la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción cancelación de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta servicios de pago o en los casos que se determinen reglamentariamentecontratados a su amparo, el TITULAR podrá, CLIENTE podrá solicitar dicha resolución en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este casoEl BANCO podrá resolver el presente CONTRATO XXXXX con sujeción a lo que se estipula en la presente cláusula, XXXXXXXX procederá al cumplimiento en cualquiera de los siguientes supuestos:
(a) Si perdiera el CLIENTE su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si incumpliera el CLIENTE cualquiera de las obligaciones contratadas en virtud del presente CONTRATO MARCO o de cualquiera de sus Estipulaciones Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la orden normativa relativa a la Prevención del Blanqueo de resolución Capitales y Financiación del contrato antes Terrorismo.
(d) Si incumpliera el CLIENTE la normativa relativa al Xxxxx xx Xxxxxxx.
(e) Si el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de transcurridas 24 horas desde la recepción que perteneciera a un Grupo de Empresas, resultasen deudoras del BANCO por cualquier operación de la solicitud naturaleza jurídica que fuera, vencida, normal o anticipadamente durante la vigencia del TITULARpresente CONTRATO MARCO.
(f) Si se promoviera contra el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, procedimiento judicial, administrativo o notarial en que pueda producirse el embargo o subasta de los bienes afectos a este CONTRATO MARCO, así como la declaración de concurso de acreedores, . XXXXXXXX procederá Cuando la vigencia del presente CONTRATO XXXXX se desee interrumpir por voluntad del BANCO será necesario un preaviso de 1 mes, salvo que: 1) Se trate de los supuestos señalados en los apartados a), b), c) o d) anteriores, en que se podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso, o; 2) En las Estipulaciones particulares de los servicios o productos que contrate el CLIENTE se establezca un plazo distinto. Una vez finalizado, el BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a reembolsar al TITULAR las entidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones efectivo y gastos que correspondan hasta la fecha de resoluciónlos valores propiedad del CLIENTE. La resolución del contrato será gratuita CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma, no supondrá por sí misma gasto alguno para el TITULARCLIENTE. En caso de que la resolución del CONTRATO MARCO venga originada exclusivamente por la resolución de un servicio de pago, salvo que ésta no supondrá por sí misma gasto alguno para el contrato haya estado CLIENTE si se realizase en vigor durante menos un momento posterior al de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturaleslos 6 meses siguientes a su firma. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, sin necesidad así como la parte proporcional devengada de preaviso, las tarifas correspondientes al periodo iniciado en caso el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, el BANCO las reembolsará de manera proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la seguridad comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismoCONTRATO MARCO. A partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del contrato,el CLIENTE dispondrá de su patrimonio de forma directa y en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera comunicado por escrito la entidad a la que desee que se traspasen los efectos valores y/o el efectivo y el BANCO recabará instrucciones expresas del CLIENTE para realizar cualquier operación posterior. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del CLIENTE, y fuese imprescindible la actuación del BANCO para mantener el valor de la cartera del CLIENTE, el BANCO realizará de forma unilateral dichas operaciones, dando cuenta al CLIENTE de forma inmediata tan pronto como sea posible. Las disposiciones de la presente contrato Estipulación se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento entenderán sin perjuicio de una lo dispuesto en el Código Civil sobre los derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónnulidad del presente CONTRATO MARCO.
Appears in 1 contract
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una duración indefinidavez firmado por las partes, sin perjuicio el BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la fecha documentación aportada por el CLIENTE. El presente CONTRATO MARCO es de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o duración indefinida pudiendo darse por finalizado el mismo por el CLIENTE en cualquier otro medio momento y sin necesidad de pagoalegar causa alguna, mediante un preaviso de 15 días y mediante comunicación realizada de conformidad con lo establecido en la cláusula 11 del presente CONTRATO MARCO. En caso de que PECUNPAY ponga a disposición la resolución del TITULAR. Comenzando CONTRATO XXXXX traiga causa de la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción cancelación de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta servicios de pago o en los casos que se determinen reglamentariamentecontratados a su amparo, el TITULAR podrá, CLIENTE podrá solicitar dicha resolución en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este casoEl BANCO podrá resolver el presente CONTRATO XXXXX con sujeción a lo que se estipula en la presente cláusula, XXXXXXXX procederá al cumplimiento en cualquiera de los siguientes supuestos:
(a) Si perdiera el CLIENTE su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si incumpliera el CLIENTE cualquiera de las obligaciones contratadas en virtud del presente CONTRATO MARCO o de cualquiera de sus Estipulaciones Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la orden normativa relativa a la Prevención del Blanqueo de resolución Capitales y Financiación del contrato antes Terrorismo.
(d) Si incumpliera el CLIENTE la normativa relativa al Xxxxx xx Xxxxxxx. ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de transcurridas 24 horas desde Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1
(e) Si el CLIENTE o la recepción sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, resultasen deudoras del BANCO por cualquier operación de la solicitud naturaleza jurídica que fuera, vencida, normal o anticipadamente durante la vigencia del TITULARpresente CONTRATO MARCO.
(f) Si se promoviera contra el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, procedimiento judicial, administrativo o notarial en que pueda producirse el embargo o subasta de los bienes afectos a este CONTRATO MARCO, así como la declaración de concurso de acreedores, . XXXXXXXX procederá Cuando la vigencia del presente CONTRATO XXXXX se desee interrumpir por voluntad del BANCO será necesario un preaviso de 1 mes, salvo que: 1) Se trate de los supuestos señalados en los apartados a), b), c) o d) anteriores, en que se podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso, o; 2) En las Estipulaciones particulares de los servicios o productos que contrate el CLIENTE se establezca un plazo distinto. Una vez finalizado, el BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a reembolsar al TITULAR las entidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones efectivo y gastos que correspondan hasta la fecha de resoluciónlos valores propiedad del CLIENTE. La resolución del contrato será gratuita CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma, no supondrá por sí misma gasto alguno para el TITULARCLIENTE. En caso de que la resolución del CONTRATO MARCO venga originada exclusivamente por la resolución de un servicio de pago, salvo que ésta no supondrá por sí misma gasto alguno para el contrato haya estado CLIENTE si se realizase en vigor durante menos un momento posterior al de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturaleslos 6 meses siguientes a su firma. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, sin necesidad así como la parte proporcional devengada de preaviso, las tarifas correspondientes al periodo iniciado en caso el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, el BANCO las reembolsará de manera proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la seguridad comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismoCONTRATO MARCO. A partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del contrato,el CLIENTE dispondrá de su patrimonio de forma directa y en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera comunicado por escrito la entidad a la que desee que se traspasen los efectos valores y/o el efectivo y el BANCO recabará instrucciones expresas del CLIENTE para realizar cualquier operación posterior. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del CLIENTE, y fuese imprescindible la actuación del BANCO para mantener el valor de la cartera del CLIENTE, el BANCO realizará de forma unilateral dichas operaciones, dando cuenta al CLIENTE de forma inmediata tan pronto como sea posible. Las disposiciones de la presente contrato Estipulación se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento entenderán sin perjuicio de una lo dispuesto en el Código Civil sobre los derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónnulidad del presente CONTRATO MARCO.
Appears in 1 contract
Samples: Financial Services Agreement
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de la fecha de caducidad que conste CONTRATO XXXXX entrará en las tarjetas emitidas, o vigor a partir del momento en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuvieraque, una vez aplicadas firmado por las comisiones partes, INVERSIS BANCO haya recibido y gastos verificado la idoneidad de la documentación aportada por el CLIENTE. El presente CONTRATO MARCO es de duración indefinida pudiendo darse por finalizado el mismo, en todo momento de su vigencia, con un preaviso de 15 días en caso de que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para lo resuelva el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR CLIENTE o con una antelación mínima de sesenta días naturales2 meses en el supuesto de resolución por parte del BANCO. Una vez finalizado, INVERSIS BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a las entidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el efectivo y los valores propiedad del CLIENTE. La resolución del CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma, no supondrá por sí misma gasto alguno para el CLIENTE. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver INVERSIS BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, sin necesidad así como la parte proporcional devengada de preaviso, las tarifas correspondientes al periodo iniciado en caso el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, INVERSIS BANCO las reembolsará de manera proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la seguridad comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismoCONTRATO MARCO. A partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del contrato, INVERSIS BANCO recabará instrucciones expresas del CLIENTE para realizar cualquier operación posterior. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del CLIENTE, y fuese imprescindible la actuación de INVERSIS BANCO para mantener el valor de la cartera del CLIENTE, INVERSIS BANCO realizará de forma unilateral dichas Contrato Marco de Productos y Servicios Financieros (versión 25/09/2011) operaciones, dando cuenta al CLIENTE de forma inmediata tan pronto como sea posible. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Las disposiciones de la presente Estipulación se entenderán sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Civil sobre los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónnulidad del presente CONTRATO MARCO.
Appears in 1 contract
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una duración indefinidavez firmado por las partes, sin perjuicio el BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la fecha documentación aportada por el CLIENTE. El presente CONTRATO XXXXX es de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación duración indefinida pudiendo darse por finalizado el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrámismo, en cualquier momentotodo momento de su vigencia, denunciar con un preaviso de 15 días en caso de que lo resuelva el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXXCLIENTE por el método utilizado para las comunicaciones entre las partes establecido en la cláusula 12 del presente CONTRATO MARCO , con un preaviso de 15 días, sin necesidad de preaviso algunoalegar causa alguna. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY El BANCO podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo CONTRATO XXXXX con sujeción a lo que se estipula en la presente cláusula, en cualquiera de los siguientes supuestos:
(a) Si perdiera el CLIENTE su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si incumpliera el CLIENTE cualquiera de las obligaciones contratadas en virtud del presente CONTRATO MARCO o de cualquiera de sus Estipulaciones Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la normativa relativa a la Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
(d) Si incumpliera el CLIENTE la normativa relativa al TITULAR con una antelación mínima Xxxxx xx Xxxxxxx.
(e) Si el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de sesenta días naturalesque perteneciera a un Grupo de Empresas, resultasen deudoras del BANCO por cualquier operación de la naturaleza jurídica que fuera, vencida, normal o anticipadamente durante la vigencia del presente CONTRATO MARCO.
(f) Si se promoviera contra el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, procedimiento judicial, administrativo o notarial en que pueda producirse el embargo o subasta de los bienes afectos a este CONTRATO MARCO, así como la declaración de concurso de acreedores, . Cuando la vigencia del presente CONTRATO XXXXX se desee interrumpir por voluntad del BANCO será necesario un preaviso de 1 mes, salvo que se trate de los supuestos señalados en los apartados a), b), c) o d) anteriores, en que se podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso y salvo que en las Estipulaciones particulares de los servicios o productos que contrate el CLIENTE se establezca un plazo distinto. Una vez finalizado, el BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a las entidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el efectivo y los valores propiedad del CLIENTE. ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1 La resolución del CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma, no supondrá por sí misma gasto alguno para el CLIENTE. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, sin necesidad así como la parte proporcional devengada de preaviso, las tarifas correspondientes al periodo iniciado en caso el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, el BANCO las reembolsará de manera proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la seguridad comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismoCONTRATO MARCO. A partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del contrato,el CLIENTE dispondrá de su patrimonio de forma directa y en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera comunicado por escrito la entidad a la que desee que se traspasen los efectos valores y/o el efectivo y el BANCO recabará instrucciones expresas del CLIENTE para realizar cualquier operación posterior. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del CLIENTE, y fuese imprescindible la actuación del BANCO para mantener el valor de la cartera del CLIENTE, el BANCO realizará de forma unilateral dichas operaciones, dando cuenta al CLIENTE de forma inmediata tan pronto como sea posible. Las disposiciones de la presente contrato Estipulación se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento entenderán sin perjuicio de una lo dispuesto en el Código Civil sobre los derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónnulidad del presente CONTRATO MARCO.
Appears in 1 contract
Samples: Financial Services Agreement
Duración y resolución del contrato. El La duración del presente contrato tendrá una duración indefinidaes de un año, sin perjuicio a contar desde el día de la fecha firma que consta en el encabezamiento, entendiéndose prorrogado tácitamente por sucesivos e iguales periodos de caducidad un año de duración, salvo que conste alguna de las partes manifieste a la otra, por escrito, su voluntad de no prorrogarlo. Las partes pueden unilateralmente dar por finalizado el contrato en cualquier momento de su vigencia, mediante la correspondiente comunicación por escrito en la que habrá de señalarse e identificarse la/s entidad/es financiera/s y las cuentas a nombre del CLIENTE correspondientes, en las tarjetas emitidasque éste podrá disponer de los valores y/o, instrumentos financieros y/o efectivo que integren el patrimonio gestionado del CLIENTE cuyo contrato es objeto de resolución. En la comunicación efectiva de la extinción anticipada del contrato por cualquiera de las partes, y siempre que la cartera gestionada esté integrada en su totalidad o en parte, por acciones y/o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) exclusivas para clientes de Gestión Discrecional de Carteras, se procederá, bien al traspaso de las mismas a series o clases de la misma IIC o similares dentro de la misma categoría o a otra IIC que indique expresamente el cliente, comercializadas por CaixaBank para sus clientes y que no sean exclusivas para los clientes de gestión discrecional, o en cualquier otro medio de pagobien a su reembolso efectivo, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando si el cliente así lo solicita por escrito, o una venta y posterior compra, tributando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de ganancia patrimonial generada, según los supuestos casos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta aplique. La cancelación anticipada del contrato no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de pago o las operaciones en los casos curso que se determinen reglamentariamentehubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, el TITULAR podráque seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso algunoacuerdo con las cláusulas del presente contrato. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento se deberán liquidar las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la orden de resolución del contrato antes así como la parte proporcional devengada de transcurridas 24 horas desde las tarifas correspondientes al período iniciado en el momento de finalización del contrato. Cuando la recepción vigencia del contrato se desee interrumpir a voluntad de XxxxxXxxx será necesario un preaviso de un (1) mes, salvo por impago de las comisiones o riesgo de crédito con el cliente, incumplimiento de la solicitud del TITULARnormativa aplicable al blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx, en que la finalización podrá ser inmediata. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que CaixaBank podrá finalizar el contrato haya estado en vigor durante menos el caso de seis mesesque por instrucciones de disposición del CLIENTE sobre el efectivo y demás activos financieros que integren la cartera objeto de gestión, el importe restante de la cartera no supere la cantidad mínima en euros fijada en las Condiciones Particulares de este Contrato. PECUNPAY podrá resolver A partir de la comunicación efectiva de la extinción anticipada del contrato, el presente Contrato comunicándoselo CLIENTE dispondrá de su patrimonio, en un plazo máximo de ocho días hábiles en las cuentas señaladas al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturalesefecto. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver Una vez extinguido el contrato, sin necesidad en el plazo máximo de preavisoquince días, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una CaixaBank rendirá y dará razón al CLIENTE de las partes nace para la otra el derecho cuentas de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisióngestión.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Gestión Discrecional E Individualizada De Carteras De Inversión
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de la fecha de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga PECUNPAYponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que remanenteque tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad de preaviso, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una de las partes nace para la otra el derecho de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisión.
Appears in 1 contract
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una 12.1. La duración del Contrato es indefinida, pudiendo cualquiera de las partes unilateralmente dar por finalizado el mismo en cualquier momento de su vigencia, con un preaviso a la otra parte, comunicado por escrito a través de medios telemáticos, de treinta (30) días al menos, sin perjuicio del derecho de INDEXA CAPITAL a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la fecha resolución del contrato y otros gastos pactados contractualmente. La finalización de caducidad este contrato supone la cancelación de los contratos de Cuenta Corriente Administrada y de Cuenta de Valores, si existieran, cuyos saldos deberán traspasarse fuera de INVERSIS con la mayor premura posible. La cancelación anticipada del Contrato no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que conste se hubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del presente contrato.
12.2. No constituirá causa de resolución del presente contrato ni por lo tanto del mandato que en virtud del mismo otorga el Titular a INDEXA CAPITAL, el supuesto de incapacitación sobrevenida de cualquiera de los Titulares del contrato, salvo que así lo determine resolución judicial dictada al constituirse el organismo tutelar o posteriormente, a instancias del tutor designado en ejercicio del cargo, así se inste.
12.3. En el supuesto de que INDEXA CAPITAL rescindiera el Contrato por cualquiera de las tarjetas emitidassiguientes causas:
a) que el Titular incumpliera cualquiera de las obligaciones contraídas bajo el presente Contrato, o en cualquier otro medio especialmente las de pago, tanto en las fechas como en cuanto a los importes pertinentes,
b) que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación INDEXA CAPITAL tuviera conocimiento de que se ha producido contra el día Titular procedimiento judicial, administrativo o notarial, en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción pueda producirse el embargo o subasta de cualquiera de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta bienes de pago o en los casos que se determinen reglamentariamentela Cartera, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido Titular autoriza expresa e irrevocablemente a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas INDEXA CAPITAL para reintegrarse las comisiones y gastos que correspondan hasta procedan, o cualquier otra cantidad que, en virtud de este Contrato, el Titular adeude a INDEXA CAPITAL, mediante adeudo de las cantidades debidas en la Cuenta Corriente Administrada mencionada en la Estipulación Tercera. En el supuesto de que, como consecuencia del adeudo, se produjera un descubierto en la Cuenta Corriente Administrada, INDEXA CAPITAL lo notificará de inmediato al Titular a través de su Área Personal para que en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas proceda a regularizar dicho descubierto; de no hacerlo así, y para cubrirlo, INDEXA CAPITAL podrá enajenar valores suficientes de entre los que forman la Cartera, de entre los adquiridos en fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita más reciente y para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad de preaviso, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con alguno de éstos no tuviera liquidez en un mercado secundario organizado, entre aquellos que sí la seguridad tuvieran, atendiendo al orden de antigüedad señalado.
12.4. Producido el vencimiento o resolución del instrumento Contrato, INDEXA CAPITAL dispondrá de pagoun plazo máximo de quince (15) días para proceder al cumplimiento y ejecución de las órdenes ya cursadas, obtener del Titular el pago de las comisiones devengadas y proceder a cerrar y rendir cuentas de la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismogestión realizada. A los efectos la finalización del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia Contrato, INDEXA CAPITAL pondrá el patrimonio resultante de la liquidación y cierre antes descritos a disposición del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una de las partes nace para la otra el derecho de pedir que se deje sin efecto el contratoTitular, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisióncumpliendo con sus instrucciones a este efecto.
Appears in 1 contract
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una 11.1. La duración del Contrato es indefinida. No obstante, sin perjuicio el Cliente podrá dar por finalizado unilateralmente el mismo en cualquier momento de su vigencia, mediante notificación por escrito a Rentamarkets a su domicilio, por cualquier medio que permita tener constancia de la fecha recepción.
11.2. Rentamarkets podrá también dar por finalizado unilateralmente el Contrato en cualquier momento de caducidad su vigencia, previo aviso al Cliente con, al menos, un mes de antelación, mediante comunicación al Cliente, por cualquier medio que conste permita tener constancia de la recepción. Rentamarkets también podrá dar por finalizado unilateralmente el Contrato con carácter inmediato cuando: El Cliente incumpla cualquiera de sus obligaciones de pago establecidas en el presente Contrato. Cuando exista riesgo de crédito con el Cliente. Rentamarkets entenderá que existe riesgo de crédito en los siguientes casos: Cuando según criterio razonable de Rentamarkets sea presumible una disminución de la solvencia financiera o patrimonial del Cliente que le impida cumplir puntualmente las tarjetas emitidasobligaciones derivadas del presente Contrato. Si el Cliente resultase deudor de Rentamarkets en virtud de cualquier otra relación contractual entre las Partes. Si se promoviera contra el Cliente cualquier procedimiento en que pueda producirse el embargo de Valores o resulten efectivamente embargados los mismos. Si el Cliente ordenara instrucciones a Rentamarkets que, a juicio de Rentamarkets, impidan la correcta prestación del servicio, tal y como figura en la cláusula 4.4. Por incumplimiento del Cliente de la normativa aplicable en materia de prevención de blanqueo de capitales o abuso xx xxxxxxx o cuando Rentamarkets considere bajo su exclusivo criterio que debe proceder a la resolución de la relación contractual con el Cliente en base a dicha normativa. En los demás supuestos de resolución inmediata previstos en el presente Contrato o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resoluciónnormativa aplicable.
11.3. La resolución del contrato será gratuita para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad cualquiera que sea la causa se instrumentará en un plazo máximo de preaviso30 días mediante traspaso a un Fondo de Inversión de Tipo Monetario (elegido por el Gestor) en cuenta de Administración y Custodia de Valores en Renta Markets, S.V, S.A. El cliente también puede optar a la venta total de la cartera y posterior traspaso del efectivo resultante en caso una cuenta corriente siempre que así lo instruya expresamente. Las opciones operativas anteriormente descritas se llevarán a cabo de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas acuerdo con las exigencias de las correspondientes contrapartidas gestoras o instituciones de inversión colectiva, según el caso. La elección por el cliente de las diferentes opciones tras la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos resolución del presente contrato se entiende por: - Resolucióndeberá formalizarse a través del modelo de cancelación total de Contrato de Gestión de Carteras de Rentamarkets. La ineficacia En ausencia de instrucciones Rentamarkets procederá al traspaso de la Cartera Gestionado al a un Fondo de Inversión de Tipo Monetario (elegido por el Gestor) en cuenta de Administración y Custodia de Valores en Renta Markets, S.V, S.A. Rentamarkets queda exonerada de cualquier responsabilidad en el caso que el cliente no instruya a la entidad sobre la opción de resolución de contrato sobre la cartera existente. Una vez resuelto el Contrato, Rentamarkets rendirá y dará razón al Cliente de las cuentas de gestión y, previa deducción de las cantidades debidas por el Cliente, Rentamarkets pondrá a disposición de éste sus Valores, y, en su caso, el efectivo que mantuviera como consecuencia de la gestión realizada, en la forma que el Cliente expresamente indique o conforme expresado en la cláusula 6.1. A partir de la resolución, Rentamarkets recabará instrucciones expresas del Cliente para cualquier operación, a menos que debido al carácter extraordinario o urgente de las circunstancias Rentamarkets no pudiera recabar instrucciones del Cliente y fuese imprescindible la actuación de Rentamarkets para mantener el valor de la cartera del Cliente, en cuyo caso realizaría las operaciones necesarias dando cuenta al Cliente de forma inmediata.
11.4. Todos los intervinientes, sus causahabientes y autorizados o apoderados quedan obligados incondicionalmente a comunicar a Rentamarkets el fallecimiento de cualquiera de los titulares de la cuenta. Debido al carácter “intuitu personae” del presente contrato, en el momento de la comunicación a Rentamarkets del fallecimiento de un titular, se dará por finalizado el contrato unilateralmente con arreglo al artículo 1.732, 3º del Código Civil. Como consecuencia Una vez comunicado el fallecimiento, Rentamarkets actuará conforme indicado en el Anexo I y, a continuación, el contrato quedará resuelto y Rentamarkets procederá a bloquear la cuenta. Al recibir la documentación relativa a la sucesión presentada por sus herederos y tras su evaluación jurídica, Rentamarkets atenderá al reparto sucesorio del incumplimiento total del patrimonio de una la Cuenta Gestionada. Rentamarkets cobrará las comisiones devengadas hasta la comunicación del fallecimiento del titular de la cuenta de gestión. El coste del servicio de gestión de testamentarias queda informado en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxx/ Hasta la fecha en que la comunicación del fallecimiento no sea fehacientemente evidenciada a Rentamarkets, el contrato de Gestión de Xxxxxxxx y la representación y las facultades otorgadas a Rentamarkets permanecerán en vigor, quedando Rentamarkets exonerada frente a los referidos herederos de toda responsabilidad en cuanto a las operaciones realizadas al amparo del presente contrato con posterioridad al fallecimiento y con anterioridad a la comunicación de dicho fallecimiento.
11.5. En el caso de resolución del Contrato por parte del cliente, Rentamarkets solo tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del Contrato, y la parte proporcional devengada de las partes nace para tarifas correspondientes al período iniciado en el momento de finalización del Contrato.
11.6. La resolución del Contrato no afectará a la otra el derecho tramitación, liquidación y cancelación de pedir las operaciones en curso que se deje sin efecto el contratohubiesen concertado con anterioridad a la comunicación, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de una de acuerdo con las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónestipulaciones del presente Contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Gestión De Carteras
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una duración indefinidavez firmado por las partes, sin perjuicio el BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la fecha documentación aportada por el CLIENTE. El presente CONTRATO XXXXX es de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o en cualquier otro medio de pago, que PECUNPAY ponga a disposición del TITULAR. Comenzando la relación duración indefinida pudiendo darse por finalizado el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrámismo, en cualquier momentotodo momento de su vigencia, denunciar con un preaviso de 15 días en caso de que lo resuelva el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXXCLIENTE por el método utilizado para las comunicaciones entre las partes establecido en la cláusula 12 del presente CONTRATO MARCO , con un preaviso de 15 días, sin necesidad de preaviso algunoalegar causa alguna. En este casoEl BANCO podrá resolver el presente CONTRATO XXXXX con sujeción a lo que se estipula en la presente cláusula, XXXXXXXX procederá al cumplimiento en cualquiera de los siguientes supuestos:
(a) Si perdiera el CLIENTE su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si incumpliera el CLIENTE cualquiera de las obligaciones contratadas en virtud del presente CONTRATO MARCO o de cualquiera de sus Estipulaciones Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la orden normativa relativa a la Prevención del Blanqueo de resolución Capitales y Financiación del contrato antes Terrorismo.
(d) Si incumpliera el CLIENTE la normativa relativa al Xxxxx xx Xxxxxxx.
(e) Si el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de transcurridas 24 horas desde la recepción que perteneciera a un Grupo de Empresas, resultasen deudoras del BANCO por cualquier operación de la solicitud naturaleza jurídica que fuera, vencida, normal o anticipadamente durante la vigencia del TITULARpresente CONTRATO MARCO.
(f) Si se promoviera contra el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, procedimiento judicial, administrativo o notarial en que pueda producirse el embargo o subasta de los bienes afectos a este CONTRATO MARCO, así como la declaración de concurso de acreedores, . XXXXXXXX procederá ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1 Cuando la vigencia del presente CONTRATO XXXXX se desee interrumpir por voluntad del BANCO será necesario un preaviso de 1 mes, salvo que se trate de los supuestos señalados en los apartados a), b), c) o d) anteriores, en que se podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso y salvo que en las Estipulaciones particulares de los servicios o productos que contrate el CLIENTE se establezca un plazo distinto. Una vez finalizado, el BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a reembolsar al TITULAR las entidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones efectivo y gastos que correspondan hasta la fecha de resoluciónlos valores propiedad del CLIENTE. La resolución del contrato será gratuita CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma, no supondrá por sí misma gasto alguno para el TITULAR, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturalesCLIENTE. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, sin necesidad así como la parte proporcional devengada de preaviso, las tarifas correspondientes al periodo iniciado en caso el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, el BANCO las reembolsará de manera proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la seguridad comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismoCONTRATO MARCO. A partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del contrato,el CLIENTE dispondrá de su patrimonio de forma directa y en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera comunicado por escrito la entidad a la que desee que se traspasen los efectos valores y/o el efectivo y el BANCO recabará instrucciones expresas del CLIENTE para realizar cualquier operación posterior. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del CLIENTE, y fuese imprescindible la actuación del BANCO para mantener el valor de la cartera del CLIENTE, el BANCO realizará de forma unilateral dichas operaciones, dando cuenta al CLIENTE de forma inmediata tan pronto como sea posible. Las disposiciones de la presente contrato Estipulación se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento entenderán sin perjuicio de una lo dispuesto en el Código Civil sobre los derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónnulidad del presente CONTRATO MARCO.
Appears in 1 contract
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá CONTRATO XXXXX entrará en vigor a partir del momento en que, una duración indefinidavez firmado por las partes, sin perjuicio el BANCO haya recibido y verificado la idoneidad de la fecha documentación aportada por el CLIENTE. El presente CONTRATO MARCO es de caducidad que conste en las tarjetas emitidasduración indefinida pudiendo darse por finalizado el mismo, o por el CLIENTE en cualquier otro medio momento y sin necesidad de pagoalegar causa alguna, mediante un preaviso de 15 días y mediante comunicación realizada con lo establecido en la cláusula 11 del presente CONTRATO MARCO. En caso de que PECUNPAY ponga a disposición la resolución del TITULAR. Comenzando CONTRATO XXXXX traiga causa de la relación el día en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobado. A excepción cancelación de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta servicios de pago o en los casos que se determinen reglamentariamentecontratados a su amparo, el TITULAR podrá, CLIENTE podrá solicitar dicha resolución en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este casoEl BANCO podrá resolver el presente CONTRATO XXXXX con sujeción a lo que se estipula en la presente cláusula, XXXXXXXX procederá al cumplimiento en cualquiera de los siguientes supuestos:
(a) Si perdiera el CLIENTE su capacidad jurídica, o fuera inhabilitado o intervenido judicialmente.
(b) Si incumpliera el CLIENTE cualquiera de las obligaciones contratadas en virtud del presente CONTRATO MARCO o de cualquiera de sus Estipulaciones Particulares, especialmente las de pago, tanto en las fechas como en los importes pertinentes.
(c) Si existiera incumplimiento por parte del CLIENTE de la orden normativa relativa a la Prevención del Blanqueo de resolución Capitales y Financiación del contrato antes Terrorismo.
(d) Si incumpliera el CLIENTE la normativa relativa al Xxxxx xx Xxxxxxx.
(e) Si el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de transcurridas 24 horas desde la recepción que perteneciera a un Grupo de Empresas, resultasen deudoras del BANCO por cualquier operación de la solicitud naturaleza jurídica que fuera, vencida, normal o anticipadamente durante la vigencia del TITULARpresente CONTRATO MARCO.
(f) Si se promoviera contra el CLIENTE o la sociedad dominante, en el supuesto de que perteneciera a un Grupo de Empresas, procedimiento judicial, administrativo o notarial en que pueda producirse el embargo o subasta de los bienes afectos a este CONTRATO MARCO, así como la declaración de concurso de acreedores. XXXXXXXX procederá Cuando la vigencia del presente CONTRATO XXXXX se desee interrumpir por voluntad del BANCO será necesario un preaviso de 1 mes, salvo que: 1) se trate de los supuestos señalados en los apartados a), b), c) o d) anteriores, en que se podrá interrumpir de forma inmediata y sin necesidad de preaviso; o 2) en las Estipulaciones particulares de los servicios o productos que contrate el CLIENTE se establezca un plazo distinto. Una vez finalizado, el BANCO seguirá las instrucciones del CLIENTE en cuanto a reembolsar al TITULAR las entidades financieras a las que deba transferirse o traspasar el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones efectivo y gastos que correspondan hasta la fecha de resoluciónlos valores propiedad del CLIENTE. La resolución del contrato será gratuita CONTRATO MARCO transcurridos 12 meses desde su firma, no supondrá por sí misma gasto alguno para el TITULARCLIENTE. En caso de que la resolución del CONTRATO MARCO venga originada exclusivamente por la resolución de un servicio de pago, salvo que ésta no supondrá por sí misma gasto alguno para el contrato haya estado CLIENTE si se realizase en vigor durante menos un momento posterior al de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturaleslos 6 meses siguientes a su firma. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el BANCO tendrá derecho a percibir las comisiones por las operaciones realizadas pendientes de liquidar en el momento de la resolución del contrato, sin necesidad así como la parte proporcional devengada de preaviso, las tarifas correspondientes al periodo iniciado en caso el momento de finalización del CONTRATO MARCO. En el supuesto de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas dichas tarifas se hayan pagado por anticipado, el BANCO las reembolsará de manera proporcional al CLIENTE. La cancelación anticipada del CONTRATO MARCO no afectará a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones en curso que se hubiesen concertado con anterioridad a la seguridad comunicación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables, de acuerdo con las estipulaciones del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismoCONTRATO MARCO. A partir de la comunicación efectiva de la resolución anticipada del contrato, el CLIENTE dispondrá de su patrimonio de forma directa y en un plazo máximo de 30 días desde que hubiera comunicado por escrito la entidad a la que desee que se traspasen los efectos valores y/o el efectivo y el BANCO recabará instrucciones expresas del CLIENTE para realizar cualquier operación posterior. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones del CLIENTE, y fuese imprescindible la actuación del BANCO para mantener el valor de la cartera del CLIENTE, el BANCO realizará de forma unilateral dichas operaciones, dando cuenta al CLIENTE de forma inmediata tan pronto como sea posible. Las disposiciones de la presente contrato Estipulación se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento entenderán sin perjuicio de una lo dispuesto en el Código Civil sobre los derechos de las partes nace para a solicitar la otra el derecho declaración de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónnulidad del presente CONTRATO MARCO.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros
Duración y resolución del contrato. El presente contrato tendrá una 8.1 La duración del Contrato es indefinida. No obstante, sin perjuicio el Cliente podrá dar por finalizado unilateralmente el mismo en cualquier momento de su vigencia, mediante notificación por escrito a Rentamarkets a su domicilio, por cualquier medio que permita tener constancia de la fecha de caducidad que conste en las tarjetas emitidas, o recepción.
8.2 Rentamarkets podrá también dar por finalizado unilateralmente el Contrato en cualquier otro momento de su vigencia, previo aviso al Cliente con, al menos, un mes de antelación, mediante comunicación al Cliente, por cualquier medio que permita tener constancia de pago, la recepción. Rentamarkets también podrá dar por finalizado unilateralmente el Contrato con carácter inmediato cuando: o El Cliente incumpla cualquiera de sus obligaciones de pago establecidas en el presente Contrato. o Cuando exista riesgo de crédito con el Cliente. Rentamarkets entenderá que PECUNPAY ponga a disposición existe riesgo de crédito en los siguientes casos: o Cuando según criterio razonable de Rentamarkets sea presumible una disminución de la solvencia financiera o patrimonial del TITULARCliente que le impida cumplir puntualmente las obligaciones derivadas del presente Contrato. Comenzando la o Si el Cliente resultase deudor de Rentamarkets en virtud de cualquier otra relación contractual entre las Partes o empresas del Grupo de Rentamarkets. o Si se promoviera contra el día Cliente cualquier procedimiento en que XXXXXXXX le confirme que su servicio ha sido aprobadopueda producirse el embargo de valores o resulten efectivamente embargados los mismos. A excepción de los supuestos en los que el TITULAR tuviera contratados con XXXXXXXX varios productos para cuya gestión sea preciso mantener abierta una cuenta de pago o en los casos que se determinen reglamentariamente, el TITULAR podrá, en cualquier momento, denunciar el contrato notificándolo mediante escrito dirigido a XXXXXXXX, sin necesidad de preaviso alguno. En este caso, XXXXXXXX procederá al cumplimiento Por incumplimiento del Cliente de la orden normativa aplicable en materia de prevención de blanqueo de capitales o abuso xx xxxxxxx.
8.3 En el caso de resolución del contrato antes Contrato, Rentamarkets solo tendrá derecho a percibir las comisiones por los servicios prestados pendientes de transcurridas 24 horas desde la recepción liquidar en el momento de la solicitud del TITULAR. XXXXXXXX procederá a reembolsar al TITULAR el saldo remanente que tuviera, una vez aplicadas las comisiones y gastos que correspondan hasta la fecha de resolución. La resolución del contrato será gratuita para el TITULARContrato, salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. PECUNPAY podrá resolver el presente Contrato comunicándoselo al TITULAR con una antelación mínima de sesenta días naturales. No obstante lo anterior, XXXXXXXX podrá resolver el contrato, sin necesidad de preaviso, en caso de que concurran razones objetivamente justificadas relacionadas con y la seguridad del instrumento de pago, la sospecha de una utilización no autorizada o fraudulenta del mismo. A los efectos del presente contrato se entiende por: - Resolución. La ineficacia del presente contrato. Como consecuencia del incumplimiento de una parte proporcional devengada de las partes nace para la otra tarifas correspondientes al período iniciado en el derecho momento de pedir que se deje sin efecto el contrato, reparándose los perjuicios sufridos. - Desistimiento. Facultad de una de las partes de dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificar la decisiónfinalización del Contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Financial Advisory Agreement