ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS Cláusulas de Ejemplo

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS. Los siguientes son los requisitos mínimos de la renovación de ESET ENDPOINT SECURITY para la Entidad: Características Detalle Tipo de Suscripción Renovación de Licencias de antivirus ESET ENDPOINT SECURITY para la red de datos, incluida su instalación, con actualizaciones durante un año, el cual incluye los siguientes soportes básicos y plus: Soporte telefónico, Soporte por correo electrónico, Soporte mediante mensajería instantánea, Capacitación y soporte mediante programa de ayuda remota.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS. Los siguientes son los requisitos mínimos de la renovación de ESET ENDPOINT SECURITY para la Entidad: Características Detalle Tipo de Suscripción Renovación de Licencias de antivirus ESET ENDPOINT SECURITY para la red de datos, incluida su instalación, con actualizaciones durante un año, el cual incluye los siguientes soportes básicos y plus: Soporte telefónico, Soporte por correo electrónico, Soporte mediante mensajería instantánea, Capacitación y soporte mediante programa de ayuda remota Funcionalidades incluidas El sistema de protección a adquirir debe incluir Antivirus, Antispyware, Antispam y Firewall Personal para clientes y servidores, y permitir un funcionamiento de velocidad normal de los equipos con sus respectivas actualizaciones durante el
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS. Los servicios que requiere la Procuraduría corresponden a las Actividades de Servicio de Aseo y las Actividades de Servicio de Cafetería en las condiciones señaladas en el ANEXO 1 - ACTIVIDADES, NIVEL DE SERVICIO Y RESULTADOS DEL SERVICIO INTEGRAL DE ASEO Y CAFETERÍA, ANEXO 2– PERFILES, FUNCIONES Y FORMACIÓN DEL PERSONAL, ANEXO 3- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES DE ASEO Y CAFETERÍA y ANEXO 4 ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO ACUERDO MARCO DE PRECIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE ASEO Y CAFETERÍA del ACUERDO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE ASEO Y CAFETERÍA IV No. CCE-126-2023. De acuerdo con la Cláusula 3 que trata del Alcance del Acuerdo Marco, la Jornada laboral del Personal de la Entidad, la entidad requiere siguientes horarios señalados en el numeral 3.2: a. Personal tiempo completo: Un (1) mes de trabajo en jornada ordinaria conforme a lo indicado en la Ley 2101 de 2021 y en el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS. El oferente deberá presentar la oferta por precio fijo unitario, pactando un valor del contrato por unidad del bien, correspondiendo a un precio fijo durante el periodo de ejecución del contrato; este precio debe incluir todos los costos, tales como impuestos, imprevistos, transporte, entre otros. Adicionalmente, en la oferta se deben detallar las especificaciones, atributos y referencias del bien ofrecido. Además, se debe garantizar la calidad del bien. Para la realización del objeto descrito, la Contraloría General de la República tiene previsto contratar esta compra en las cantidades, presupuesto y especificaciones técnicas detalladas a continuación: REF. DESCRIPCIÓN AMPLIACIÓN ESTARÁ COMPUESTO POR: UND CANT 1 Reubicación de un módulo de cierre, pasarlo a módulo fijo. Medidas aproximadas de 1,36 x 0,43 x 2,15 mts de alto, Calibre 18 UND 1 Fabricación de 2 módulos rodantes mecánicos de 1,36 x 0,86 x 2,15 mts de alto. Con dos unidades de consulta, 7 entrepaños calibre 20, incluir 100 separadores metálicos para carpetas Fabricación e instalación de una puerta metálica con cerradura de seguridad, manija y sistema de aireamiento. Fabricación e instalación de 7.00 mts lineales xx xxxx para archivo en ángulo El proponente seleccionado será responsable por la calidad de los bienes entregados, por lo mismo, se obliga a garantizar, sin costo adicional para la Contraloría, los bienes no recibidos a satisfacción por el supervisor o con especificaciones diferentes o inferiores a las requeridas. Lo anterior, sin perjuicio de la respectiva garantía de calidad de los elementos, que debe aportar el proponente u otras medidas correctivas o sancionatorias que la Entidad considere pertinentes para asegurar el cumplimiento de los términos contractuales. El proponente deberá rehacer, a su xxxxx, sin que implique modificación del valor pactado, los bienes con especificaciones inferiores o diferentes a las requeridas. Si el contratista no reconociere los bienes no aprobados por el supervisor, dentro del término señalado, la Entidad aplicará las sanciones previstas en el contrato, de conformidad con el procedimiento allí establecido.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS. Las condiciones enunciadas en el ANEXO 1 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS son las mínimas necesarias para satisfacer los requerimientos de la CCB, el cual hace parte de la presente invitación a proponer.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS. Los servicios a ofrecer se encuentran relacionados en el Anexo No. 2 denominado
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS. Los bienes y/o servicios a adquirir por parte del Hospital Militar Central deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas, y esta(n) identificado(s) con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas, en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/Xxxxxxxxxxxxx, por lo cual se permite señalar: No. ITEM CODIGO INTERNO HOMIC NOMBRE ESPECIFICO DEL BIEN Y/O SERVICIO DESCRIPCIÓN DETALLADA CARACTERISTCAS TECNICAS REQUERIDAS BIEN Y/O SERVICIO Unidad de Medida (Presentación ) CANTIDAD REQUERIDA CODIGO UNSPSC 1. 21801001 PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS PARA LLEVAR A CABO EL PROCEDIMIENTO RADIOCIRUGÍA GAMMA KNIFE VALORACIÓN PREVIA AL PROCEDIMIENTO POR PARTE DEL PROFESIONAL ESPECIALIZADO, NEUROCIRUGIA. -EXAMENES DE PLANEACION ASÍ: - TOMOGRAFIA AXIAL COMPUTARIZADA DE CEREBRO -RESONANCIA NUCLEAR MAGNETICA DE CEREBRO CON PROCEDIMIENTO 1 85121600 - 85101600 “Salud – Calidad – Humanización” CONTRASTE. -ARTERIOGRAFIA VERTEBRAL BILATERAL SELECTIVA CAROTIDAS -PROCEDIMIENTO QUE SE REALIZARÁ EN LAS INSTALACIONES DEL ESTABLECIMIENTO DEL CONTRATISTA. -CONTROLES MÍNIMOS POSTOPERATORIOS INMEDIATOS QUE REQUIERA EL PACIENTE

Related to ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS

  • Especificaciones Técnicas Formato de Contrato. La información que contiene la sección II de Instrucciones para los Oferentes es la única de las siete secciones que no es susceptible a cambios. En las secciones Aviso de Licitación, Datos de Licitación, Criterios de Evaluación, Formularios de Licitación y Especificaciones Técnicas se debe incluir para cada licitación, las condiciones y requerimientos específicos del proceso, solamente los formularios que le apliquen al caso y el modelo de contrato que, de conformidad con la legislación nacional, corresponda utilizar. Para la sección IV, Criterios de Evaluación, el Prestatario/Beneficiario deberá definir y establecer en detalle los aspectos y criterios que serán evaluados, así como calificaciones a otorgar de manera que los oferentes puedan conocer cómo serán evaluadas las ofertas y cómo será seleccionada la oferta más conveniente. Los criterios de evaluación deberán ser elaborados conforme a las expectativas de las obras a realizar detalladas en la sección VI Especificaciones Técnicas y en el formulario ECO-03 Lista Estimada de Cantidades y sus Precios Unitarios con el objetivo de seleccionar al contratista idóneo para ejecutar la obra. La sección V Formularios de Licitación contiene los formularios para la presentación de información que permitan i) revisar y analizar las capacidades de los oferentes para otorgarle o no la precalificación, ii) para la oferta técnica, formularios para la presentación de experiencias, hojas de vida del personal profesional propuesto, equipo disponible y cronograma de ejecución de obra, entre otros y, iii) para la oferta económica, formularios que incluyen desglose de la oferta económica. El Prestatario/Beneficiario elaborará el Documento Base de Licitación incluyendo en este solamente los formularios que le apliquen al proceso en particular y acordando con el BCIE los ajustes en el Documento Base que sean de la conveniencia de la operación y específicamente del proceso de licitación que se va a realizar. La única sección que no puede ser modificada por referirse a los aspectos relacionados con la normativa de adquisiciones del BCIE es la sección II, Instrucciones a los Oferentes. El uso de este documento estándar es de carácter obligatorio para todas las licitaciones de contratación de obras financiadas total o parcialmente con recursos del BCIE, promovidas por los Prestatarios/Beneficiarios. Este documento se hace de conocimiento público a través de la página web del Banco y es recomendable que antes de preparar una propuesta, el usuario se familiarice con la Política y Normas de Adquisición del BCIE que se encuentren vigentes. Todas las partes de texto que aparecen en color rojo se refieren a información o datos del proceso que deberán ser adaptadas a cada caso.

  • OTRAS ESPECIFICACIONES OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.

  • ESPECIFICACIONES Las señaladas en el ANEXO 1 (ANEXO TÉCNICO) de esta convocatoria.

  • Condiciones especiales de compatibilidad 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la adjudicación de contratos a través de un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. 2. Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, ni a las empresas a éstas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.

  • CONDICIONES TÉCNICAS Para la prestación del servicio público de aseo y sus actividades complementarias las partes del presente contrato, deberán cumplir con las condiciones técnicas establecidas en los capítulos 1, 2 y 5 del Título 2 del Decreto 1077 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 596 de 2016, en lo referente a:

  • Vacaciones anuales 1. Todo el personal de las Cajas de Xxxxxxx disfrutará de 25 días hábiles de vacaciones retribuidas, sea cual fuere su Nivel, manteniendo su régimen actual quienes, bien por contrato individual bien por pacto colectivo, disfrutasen de un número superior de días vacacionales. A estos efectos los sábados se considerarán no hábiles. El personal que preste servicios en las Islas Canarias, tendrá dos días hábiles más de vacaciones. En todo caso, la Caja y el empleado o empleada podrán convenir el fraccionamiento hasta en cuatro del periodo de vacaciones siempre que sea posible cubrir el servicio. 2. El período hábil para el disfrute de vacaciones será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Las Entidades establecerán para cada Oficina el cuadro del personal afecto a ellas cuidando que los servicios queden debidamente cubiertos y procurando atender los deseos de aquél; en los turnos de vacaciones, aquellas personas con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las suyas coincidan con los períodos de vacaciones escolares y dentro de esta situación, o si no hubiera personas en ella, se resolverá la preferencia, dentro del Nivel, a favor de quienes tengan mayor antigüedad en la Institución. La preferencia a favor de quienes tengan responsabilidades familiares no implica la elección de un turno determinado sino, únicamente, que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del período de vacaciones escolares; respetando este requisito, la elección del turno concreto dentro de dicho período se resolverá en favor de la mayor antigüedad en la Entidad dentro de cada Nivel, aunque los solicitantes no tengan responsabilidades familiares. 3. El personal de las Cajas conocerá las fechas en que le corresponda las vacaciones, al menos dos meses antes del comienzo de su disfrute; si no existiere acuerdo entre las partes, la jurisdicción competente, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto, fijará la fecha que corresponda. Cumplido el preaviso de dos meses de antelación a que se refiere el párrafo anterior, el acuerdo sobre el calendario de vacaciones será ejecutivo, no suspendiéndose esta ejecutividad por el solo anuncio de la intención de reclamar ante la jurisdicción competente, ni por interposición de la demanda ante ella, sino solamente por sentencia en contrario.

  • APLICACIÓN Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Vehicular, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • RELACIONES LABORALES Queda expresamente pactado que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, en su carácter de empresa establecida cuenta y trabaja con todos los elementos propios y suficientes para prestar los servicios y cumplir con sus obligaciones legales y contractuales en general y laborales en particular, por lo que todas las obligaciones derivadas del contrato de trabajo del personal que emplee para la prestación del servicio objeto de “EL CONTRATO”, estarán a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” quien no tiene el carácter de intermediario y “BANSEFI” no adquiere la calidad de patrón directo o sustituto del personal de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” quien será el único responsable del cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social derivadas de las relaciones existentes con su personal, sin que la enumeración se entienda restrictiva sino simplemente enunciativa, estarán a cargo de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” todos los pagos por concepto de salarios; cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social; retención del Impuesto Sobre la Renta; pago de cuotas al Instituto de Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; así como el otorgamiento de todas y cada una de las prestaciones de trabajo a que el personal destinado a su servicio tenga derecho con motivo del contrato individual o colectivo, según el caso que lo ligue a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. Queda asimismo pactado que todas las obligaciones, responsabilidades y en general las indemnizaciones que por riesgos civiles, de trabajo y por realización de las actividades y la prestación de los servicios puedan resultar del contrato de trabajo o de la ley, serán a cargo exclusivamente de, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” quien al efecto se obliga a responder ante su personal y a rembolsar e indemnizar en su caso a BANSEFI, de cualquier erogación que por este concepto haga y no obstante lo pactado llegare a hacer. En caso de urgencia por la cual “BANSEFI” tuviera que contestar cualquier demanda o reclamación a que se refiere el párrafo anterior de la presente Cláusula, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a rembolsar a “BANSEFI” los gastos, honorarios y erogaciones razonables y justificados, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles posteriores a su requerimiento, so pena de considerarse como un incumplimiento de “EL CONTRATO”.

  • Omisiones o Inexactas Declaraciones El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a La Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. La omisión o inexacta declaración de los hechos importantes a que se refiere el párrafo anterior, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el Contrato, aunque no hayan influido en la ocurrencia del siniestro.