Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes: a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses. b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifique. c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral. d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo. e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo. f) La revelación de cualquier información de reserva obligada. g) La competencia desleal. h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados. i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo, Convenio General Del Sector De La Construcción
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros compañeros/as como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.. cve: BOE-A-2023-19903 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros compañeros/as o subordinados/as.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros compañeros/as o a tercerosterceras personas, o daños graves a la empresa.
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Samples: Vii Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción, Vii Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción, Vii Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en ocasiones durante el período de tres meses un mes, o bien más de veinte, durante seis mesesveinte en un año.
b) Faltar La inasistencia al trabajo más durante tres días consecutivos o cinco alternos en un período de dos días al un mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; las gestiones encomendadas y el hurto y el o robo, tanto a sus compañeros de trabajo, como a la empresa o a cualquier otra persona que se halle en el centro dentro de trabajo las dependencias de la empresa, o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboraltrabajo en cualquier otro lugar.
d) Hacer desaparecerLa simulación de enfermedad o accidente. Se entenderá que existe infracción laboral, inutilizarcuando encontrándose en baja el trabajador por cualquiera de las causas señaladas, destrozar realice trabajos de cualquier índole por cuenta propia o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros ajena. También tendrá la consideración e falta muy grave toda manipulación efectuada para prolongar la baja por accidente o vehículos de la empresa o del centro de trabajoenfermedad.
e) La embriaguez habitual El abandono del servicio o puesto de trabajo sin causa justificada aún por breve tiempo, si a consecuencia del mismo se ocasionase un perjuicio considerable a la toxicomanía si repercuten negativamente empresa o a los compañeros de trabajo, pusiese en el trabajopeligro la seguridad o fuese causa de accidente.
f) La revelación El quebramiento o violación de cualquier información secretos de reserva obligadaobligada confidencialidad de la empresa.
g) La realización de actividades que impliquen competencia deslealdesleal a la empresa.
h) La disminución voluntaria y continuada del rendimiento del trabajo normal o pactado.
i) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves obra, la falta de respeto y consideración a sus superiores o a los superioresfamiliares de estos, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves así como a sus compañeros o a tercerosde trabajo, o daños graves a proveedores y clientes de la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo Del Sector Siderometalúrgico De Palencia, Convenio Colectivo De Trabajo
Faltas muy graves. Se considerarán como faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mestrabajo, sin la debida autorización o causa justificada en un año.
b) La simulación de enfermedad o motivo que lo justifiqueaccidente.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en las gestiones enco- mendadas, así como en el trabajo, gestión trato con los otros trabajadores o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a cualquier otra persona al servicio de la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro relación de trabajo con ésta, o fuera del mismohacer negociaciones de comercio o industria por cuenta propia o de otra per- sona, durante el desarrollo sin expresa autorización de su la empresa, así como la competencia desleal en la actividad laboralde la misma.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar inutilizar o causar desperfectos en cualquier materialmateriales, útiles, herramientas, máquinasmaquinarias, aparatos, instalaciones, edificios, aparatosense- res y documentos de la empresa.
e) El robo, ensereshurto o malversación cometidos tanto a la empresa, documentos, libros como a los compañeros de trabajo o vehículos cualquier otra persona dentro de las dependencias de la empresa o del centro durante la jornada laboral en cualquier otro lugar.
f) Xxxxxx el secreto de la correspondencia o documentos reservados de la empresa, o revelar a personas extrañas a la misma el contenido de éstos.
g) Originar frecuentes riñas y pendencias con los compañeros de trabajo.
eh) La embriaguez habitual Falta notoria de respeto o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajoconsideración al público.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
hi) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves la falta grave de respeto y consideración a los superioresjefes o sus familiares, así como a los compañeros o y subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Homologación De Balsa Salvavidas, Homologación De Balsa Salvavidas
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período perío- do de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifiquejus- tifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier cual- quier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatosapara- tos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración conside- ración a los superiores, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Convenio General Del Sector De La Construcción, Convenio General Del Sector De La Construcción
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en ocasiones durante el período de tres meses o de veinte, durante seis meses, o bien más de veinte en un año.
b) Faltar La inasistencia no justificada al trabajo durante tres o más días consecutivos o cinco alternos en un período de dos días al un mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; las gestiones encomendadas y el hurto y el o robo, tanto a sus compañeros compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier otra persona que se halle en el centro dentro de trabajo las dependencias de la empresa, o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboraltrabajo en cualquier otro lugar.
d) Hacer desaparecerLa simulación de enfermedad o accidente. Se entenderá que existe infracción laboral, inutilizarcuando encontrándose en baja el trabajador/a por cualquiera de las causas señaladas, destrozar realice trabajos de cualquier índole por cuenta propia o causar desperfectos ajena. También tendrá la consideración de falta muy grave toda manipulación efectuada para prolongar la baja por accidente o enfermedad.
e) El abandono del servicio o puesto de trabajo, así como del puesto de mando y/o respon‑ sabilidad sobre las personas o los equipos, sin causa justificada, si como consecuencia del mismo se ocasionase un grave perjuicio a la empresa, a la plantilla, pusiese en grave peligro la seguridad o fuese causa de accidente.
f) La realización de actividades que impliquen competencia desleal a la empresa.
g) La disminución voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
h) Las riñas, los malos tratos de palabra u obra, la falta de respeto y consideración a cualquier materialpersona relacionada con la empresa, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del en el centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento Violación de los secretos de obligada confidencialidad, el de correspondencia o inobservancia documentos reservados de las normas de prevención de riesgos laboralesla empresa, debidamente advertida, revelándolo a personas u organizaciones ajenas a la misma, cuando sean causantes de accidente laboral grave, se pudiera causar perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses.. cve: BOE-A-2017-10951 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción, Convenio Colectivo General Del Sector De La Construcción
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves graves, las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadaspuntualidad, cometidas en el período de tres meses un mes, o de veinte, durante veinte en seis meses, sin motivo justificado.
b) Faltar al trabajo más de dos cuatro días al mes, mes sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, mismo durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o y la toxicomanía habitual durante el trabajo, si repercuten negativamente en el trabajomismo.
f) La revelación a terceros de cualquier información de reserva obligada, cuando de ello pueda derivarse un perjuicio sensible para la empresa.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados.
i) El La imprudencia o negligencia inexcusable, así como el incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene en el trabajo cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo
Faltas muy graves. Se considerarán Son faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx de siete faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período transcurso de tres meses o de veinteun mes, durante seis mesessin que exista causa justificada.
b) Faltar tres días al trabajo más de dos días al durante un mes, sin que exista causa o motivo que lo justifiquejustificada.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o toxicomanía, y la toxicomanía si repercuten manipulación y venta de drogas en los locales de la empresa, que repercuta negativamente al trabajo.
d) Xxxxxxx la presencia de otro compañero o compañera valiéndose de su ficha, firma o tarjeta de control.
e) El fraude, deslealtad y abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como en el trabajotrato con los otros trabajadores o trabajadoras o cualquiera otra persona al servicio de la empresa en relación de trabajo con ésta.
f) La revelación El hurto robo o malversación, tanto al público como a los demás trabajadores o a la empresa, dentro de cualquier información de reserva obligadala misma.
g) La competencia deslealsimulación reiterada de enfermedad.
h) Los malos Hacer desaparecer, inutilizar o causar desperfectos en materiales, útiles, herramientas, aparatos, instalaciones, edificios y enseres de la empresa.
i) Xxxxx tratos de palabra u obra o faltas graves de obra, y falta grave al respeto y consideración a los superioresal empresario, compañeros personas delegadas por éste, así como demás trabajadores o subordinadostrabajadoras y público en general.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las acciones u omisiones siguientes:
a) Más xx xxxx Mas de quince faltas injustificadas, de puntualidad no justificadaspuntualidad, en la asistencia al trabajo cometidas en el un período de tres seis meses o treinta durante un año, si el retraso es superior a diez minutos e inferior a treinta. Con independencia de veintelo anterior y en cualquier caso, durante seis mesesno se abonará la retribución correspondiente a la jornada no realizada.
b) Faltar al trabajo más de dos tres días al mestrabajo, durante un período de 60 días, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; las gestiones encomendadas y el hurto y el o robo, tanto a sus compañeros la Empresa como a la empresa sus trabajadores o a cualquier persona que se halle en el centro otra persona, dentro de trabajo las dependencias de la Empresa, o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboraltrabajo en cualquier otro lugar.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier materialmaterias primas, vehículos, herramientas, máquinasmaquinaria, aparatos, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentosvestuario, libros documentos o vehículos cualquier otra propiedad de la empresa o del centro de trabajoCompañía.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en durante el trabajo.
f) La revelación Xxxxxx el secreto de cualquier información correspondencia o de documentos reservados o revelar datos de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra obra, abuso de autoridad o faltas graves de respeto y o consideración a los superiores, compañeros compañeros, subordinados y sus familiares, así como a personas ajenas a la Empresa con ocasión de la actividad laboral.
h) Xxxxxx accidente grave por negligencia o subordinadosimprudencia.
i) El incumplimiento o inobservancia Abandonar el trabajo en puesto de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresaresponsabilidad.
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Samples: Vii Convenio Colectivo
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas cometi- das en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajotra- bajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona per- sona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos daños en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos maltratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención pre- vención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente acci- dente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Faltas muy graves. Se considerarán consideran faltas muy graves las siguientes:
a) Más La impuntualidad no justificada en la entrada o la salida del trabajo en más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas ocasiones en el período de tres meses un mes o bien mas de veinte, durante seis mesesveinte en un año.
b) Faltar La inasistencia al trabajo más durante tres días consecutivos o cinco alternos en un período de dos días al un mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; las gestiones encomendadas y el hurto y el o robo, tanto a sus compañeros compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier otra persona que se halle en el centro dentro de trabajo la dependencias de la empresa, o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboraltrabajo en cualquier otro lugar.
d) Hacer desaparecerLa simulación de enfermedad o accidente. Se entenderá que existe infracción laboral, inutilizarcuando encontrándose en baja el trabajador/a por cualquiera de las causas señaladas, destrozar realice trabajos de cualquier índole por cuenta propia o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros ajena. También tendrá la consideración de falta muy grave toda manipulación efectuada para prolongar la baja por accidente o vehículos de la empresa o del centro de trabajoenfermedad.
e) La embriaguez habitual El abandono del servicio o puesto de trabajos sin causa justificada, aún por breve tiempo, si a consecuencia del mismo se ocasionase un perjuicio considerable a la toxicomanía si repercuten negativamente empresa o a los compañeros de trabajo, pusiese en el trabajopeligro la seguridad o fuese causa de accidente.
f) La revelación El quebrantamiento o violación de cualquier información secretos de reserva obligadaobligada confidencialidad de la empresa.
g) La realización de actividades que impliquen competencia deslealdesleal a la empresa.
h) La disminución voluntaria y continuada en el rendimiento normal o pactado.
i) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves obra, la falta de respeto y consideración a sus superiores o a los superioresfamiliares de éstos, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves así como a sus compañeros o a terceroscompañeros/as de trabajo, o daños graves a proveedores y clientes de la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientesgra- ves:
a) Más xx xxxx faltas no justificadas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período un periodo de tres seis meses o de veinte, durante seis mesesveinte en un año.
b) Faltar La inasistencia injustificada al trabajo más durante tres días con- secutivos o cinco alternos en el periodo de dos días al un mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El abandono del puesto de trabajo cuando hubiere causado riesgo a la integridad de las personas o de las cosas.
d) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajolas gestiones encomendadas o la apropiación, gestión hurto o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro robo de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos bienes propie- dad de la empresa empresa, de compañeros o del centro de trabajocualesquiera otras per- sonas dentro de las dependencias de la empresa.
e) La embriaguez habitual simulación de enfermedad o accidente o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajoprolongación de la baja por enfermedad o accidente con la finalidad de realizar cualquier trabajo por cuenta propia o ajena.
f) La revelación realización de cualquier información de reserva obligadaactividades que impliquen competencia desleal a la empresa.
g) La competencia deslealEl quebrantamiento o la violación de secretos de obligada re- serva que produzca grave perjuicio para la empresa.
h) Los malos tratos de palabra u obra La disminución voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo normal o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinadospactado.
i) El incumplimiento La reiterada no utilización de los elementos de protección en materia de seguridad e higiene, así como causar accidentes gra- ves por negligencia o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresaimprudencia inexcusable.
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Samples: Convenio Colectivo
Faltas muy graves. Se considerarán consideran faltas muy graves las siguientes:
o a) Más La impuntualidad no justificada en la entrada o la salida del trabajo en mas xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas ocasiones en el período periodo de tres meses un mes o bien mas de veinte, durante seis mesesveinte en un año.
o b) Faltar La inasistencia al trabajo más durante tres días consecutivos o cinco alternos en un periodo de dos días al un mes, sin causa o motivo que lo justifique.
o c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; las gestiones encomendadas y el hurto y el o robo, tanto a sus compañeros compañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier otra persona que se halle en el centro dentro de trabajo la dependencias de la empresa, o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboraltrabajo en cualquier otro lugar.
o d) Hacer desaparecerLa simulación de enfermedad o accidente. Se entenderá que existe infracción laboral, inutilizarcuando encontrándose en baja el trabajador/a por cualquiera de las causas señaladas, destrozar realice trabajos de cualquier índole por cuenta propia o causar desperfectos en cualquier materialajena. También tendrá la consideración de falta muy grave toda manipulación efectuada para prolongar la baja por accidente o enfermedad.
o e) El abandono del servicio o puesto de trabajos sin causa justificada, herramientasaún por breve tiempo, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de si a consecuencia del mismo se ocasionase un perjuicio considerable a la empresa o del centro a los compañeros de trabajo, pusiese en peligro la seguridad o fuese causa de accidente.
eo f) La embriaguez habitual El quebrantamiento o violación de secretos de obligada confidencialidad de la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajoempresa.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
o g) La realización de actividades que impliquen competencia deslealdesleal a la empresa.
o h) La disminución voluntaria y continuada en el rendimiento normal o pactado.
o i) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves obra, la falta de respeto y consideración a sus superiores o a los superioresfamiliares de estos, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves así como a sus compañeros o a terceroscompañeros/as de trabajo, o daños graves a proveedores y clientes de la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período perío- do de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifiquejus- tifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros compañeros/as como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier cual- quier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatosapara- tos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración conside- ración a los superiores, compañeros compañeros/as o subordinados/as.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos xx xxxx- gos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios perjui- cios graves a sus compañeros compañeros/as o a tercerosterceras personas, o daños graves a la empresa.
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Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves graves, las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadaspuntualidad, cometidas en el período de tres meses un mes, o de veinte, durante veinte en seis meses, sin motivo justificado.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, mes sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza o de autoridad en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, mismo durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo. También se aplicará en los supuestos en que el material sea propiedad o esté en la empresa cliente.
e) La embriaguez y toxicomanía habitual o la toxicomanía si repercuten que repercuta negativamente en el trabajo."
f) La revelación a terceros de cualquier información de reserva obligada, cuando de ello pueda derivarse un perjuicio sensible para la empresa.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados.. BOCM-20190427-2
i) El La imprudencia o negligencia inexcusable, así como el incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene en el trabajo cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos tres días al en un mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier materialcon mala fe en, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual El acoso laboral, sea este sexual, por razón de sexo, moral o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajopsicológico.
f) La revelación Proporcionar datos reservados del centro de cualquier información trabajo o de reserva obligada.la empresa, o de personas de la misma, sin la debida autorización para ello
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superioreslas personas dentro del ámbito del trabajo, compañeros o subordinadosasí como el abuso de autoridad.
ih) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de grave: accidente laboral gravelaboral, perjuicios graves perjuicio a sus compañeros o a terceroslas personas, o daños graves a la empresa.
i) La negativa al uso de los elementos de protección en materia de seguridad e higiene.
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Samples: Convenio Colectivo
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más La impuntualidad no justificada en la entrada o en la salida del trabajo en más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en ocasiones durante el período de tres meses o de veinte, durante seis meses, o bien más de veinte en un año.
b) Faltar La inasistencia al trabajo más durante tres días consecutivos o cinco alternos en un período de dos días al un mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; las gestiones encomendadas y el hurto y el o robo, tanto a sus compañeros com- pañeros/as de trabajo como a la empresa o a cualquier otra persona que se halle en el centro dentro de trabajo las dependencias de la empresa, o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboraltrabajo en cualquier otro lugar.
d) Hacer desaparecerLa simulación de enfermedad o accidente. Se entenderá que existe infracción laboral, inutilizarcuando encontrándo- se en baja el trabajador/a por cualquiera de las causas señaladas, destrozar realice trabajos de cualquier índole por cuenta propia o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros ajena. También tendrá la consideración de falta muy grave toda manipulación efectuada para prolongar la baja por accidente o vehículos de la empresa o del centro de trabajoenfermedad.
e) La embriaguez habitual El abandono del servicio o puesto de trabajo sin causa justificada aún por breve tiempo, si a consecuencia del mismo se ocasionase un perjuicio considerable a la toxicomanía si repercuten negativamente empresa o a los compañeros de trabajo, pusiese en el trabajopeligro la seguridad o fuese causa de accidente.
f) La revelación El quebrantamiento o violación de cualquier información secretos de reserva obligadaobligada confidencialidad de la empresa.
g) La realización de actividades que impliquen competencia deslealdesleal a la empresa.
h) La disminución voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
i) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves obra, la falta de respeto y consideración a sus superiores o a los superioresfamiliares de estos, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves así como a sus compañeros o a terceroscompañeros/as de trabajo, o daños graves a proveedores y clientes de la empresa.
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Faltas muy graves. Se considerarán como faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mestrabajo, sin la debida autorización o causa justificada en un año.
b) La simulación de enfermedad o motivo que lo justifiqueaccidente.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en las gestiones enco- mendadas, así como en el trabajo, gestión trato con los otros trabajadores o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a cualquier otra persona al servicio de la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro relación de trabajo con ésta, o fuera del mismohacer, durante el desarrollo negociaciones de su comercio o industria por cuenta propia o de otra persona, sin expresa autorización de la empresa, así como la com- petencia desleal en la actividad laboralde la misma.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar inutilizar o causar desperfectos en cualquier materialmateriales, útiles, herramientas, máquinasmaquinarias, aparatos, instalaciones, edificios, aparatosense- res y documentos de la empresa.
e) El robo, ensereshurto o malversación cometidos tanto a la empresa, documentos, libros como a los compañeros de trabajo o vehículos cualquier otra persona dentro de las depen- dencias de la empresa o del centro durante la jornada laboral en cualquier otro lugar.
f) Xxxxxx el secreto de la correspondencia o documentos reservados de la empresa, o revelar a personas extrañas a la misma el contenido de éstos.
g) Originar frecuentes riñas y pendencias con los compañeros de trabajo.
eh) La embriaguez habitual Falta notoria de respeto o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajoconsideración al público.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
hi) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves la falta grave de respeto y consideración a los superioresjefes o sus familiares, así como a los compañeros o y subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Compensation Agreement
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinasmáqui- nas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentosdocumen- tos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten repercu- ten negativamente en el trabajo.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Collective Agreement
Faltas muy graves. —Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas de puntualidad no justificadas, cometidas en el período de tres meses o de veinte, durante seis meses.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa o motivo que lo justifique.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos en cualquier material, herramientas, máquinas, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos de la empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u obra o faltas graves de respeto y consideración a los superiores, compañeros o subordinados.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Faltas muy graves. Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Más xx xxxx faltas no justificadas de puntualidad no justificadaspuntualidad, cometidas en el período un periodo de tres seis meses o de veinte, veinte durante seis mesesun año.
b) Faltar al trabajo más de dos días al mes, sin causa La embriaguez habitual o motivo que lo justifiquetoxicomanía si repercute negativamente en el trabajo.
c) El fraude, la deslealtad o el abuso La negativa injustificada a efectuar un desplazamiento por razones de confianza en el trabajo, gestión o actividad encomendados; el hurto y el robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier persona que se halle en el centro de trabajo o fuera del mismo, durante el desarrollo de su actividad laboral.
d) La continua y habitual falta de aseo y de limpieza personal que produzca quejas justificadas de sus compañeros/as de trabajo.
e) Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar serios desperfectos en cualquier materialútiles, herramientas, máquinasmaquinaria, vehículos, aparatos, instalaciones, edificios, aparatos, enseres, documentos, libros o vehículos enseres e incluso documentos de la empresa Empresa o del centro de trabajo.
e) La embriaguez habitual o la toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajosus clientes.
f) La revelación de cualquier información de reserva obligada.
g) La competencia desleal.
h) Los malos tratos de palabra u o de obra o faltas graves faltar de forma grave al respeto y consideración a de los superiores, compañeros familiares de estos, compañeros/as de trabajo, proveedores y clientes.
g) El abuso de autoridad por parte de los/as superiores: el/la que lo sufra pondrá el hecho en conocimiento inmediato de la Dirección de la Empresa para que se instruya el oportuno expediente.
h) La emisión con malicia o subordinadosnegligencia inexcusable de informes erróneos.
i) El incumplimiento o inobservancia de las normas de prevención de riesgos laborales, cuando sean causantes de accidente laboral grave, perjuicios Causar accidentes graves por negligencia a sus compañeros o a terceros, o daños graves a la empresacualquier persona trabajadora.
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Samples: Convenio Colectivo