ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Una vez recibidos los servicios, la Coordinación Nacional de Museos y Exposiciones a traves del personal que comisione para dichos efectos, verificara que el licitante adjudicado los entregue de conformidad con las especificaciones y características solicitadas en la convocatoria, la junta de aclaraciones y el contrato, en caso de detectar algún tipo de deficiencia o incumplimiento, se solicitará su arreglo o reposición inmediata, de no cumplir se aplicaran las sanciones a que haya lugar.
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. LAS PRUEBAS DE ACEPTACIÓN POR PARTE DE LA ENTIDAD SE HARÁN EN EL TRANSCURSO DE LOS 20 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ENTREGA TOTAL DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS POR PARTE DEL “PROVEEDOR” EN LAS INSTALACIONES DE “LA ENTIDAD”, Y CONSISTIRÁN EN VERIFICAR QUE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ENTREGADOS CORRESPONDAN A LOS SOLICITADOS POR LA ENTIDAD. EN CASO DE QUE LA ENTIDAD CONSIDERE QUE NO SON SATISFACTORIOS LOS BIENES Y/O SERVICIOS PROPORCIONADOS Y ESTOS NO SEAN ACEPTADOS POR LA ENTIDAD, POR FALLAS EN LA CALIDAD O CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES ORIGINALMENTE CONVENIDAS “EL PROVEEDOR” DISPONDRÁ DE UN PLAZO DE 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES PARA EFECTUAR LOS CAMBIOS NECESARIOS, SIN QUE LA SUSTITUCIÓN IMPLIQUE SU MODIFICACIÓN O DE LO CONTRARIO SE HARÁN EFECTIVAS LAS GARANTÍAS DESCRITAS POSTERIORMENTE
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. La prestación de los servicios se iniciará en la fecha señalada al efecto y se extenderá por el tiempo establecido en el Pedido/Contrato. Durante todo el tiempo de vigencia del Pedido/Contrato, TIRME podrá realizar un seguimiento continuo del cumplimiento de las obligaciones del Proveedor y del cumplimiento de los niveles de servicio pactados. El seguimiento realizado por TIRME, en ningún caso disminuirá la responsabilidad del Proveedor por la prestación de los servicios. Si durante el seguimiento realizado por TIRME se observara el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor o de los niveles de calidad pactados, el Proveedor vendrá obligado a adoptar las medidas rectificativas necesarias. La falta de adopción de tales medidas rectificativas podrá dar lugar a la resolución el Pedido/Contrato a instancias de TIRME y/o a la contratación de terceros para la realización de los servicios necesarios x xxxxx del Proveedor. A la finalización de la prestación del servicio, el Proveedor comunicará a TIRME tal circunstancia con el fin de permitir la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Pedido/Contrato.
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Una vez recibidos los servicios, cada Unidad Administrativa verificara que el licitante adjudicado los realice de conformidad con las especificaciones y características solicitadas en la convocatoria, la junta de aclaraciones y el contrato, en caso de detectar algún tipo de deficiencia o incumplimiento, se solicitará su arreglo o reposición inmediata, de no cumplir se aplicaran las sanciones a que haya lugar.
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. I.- LAS PRUEBAS DE ACEPTACIÓN POR PARTE DE “LA ENTIDAD” SE HARÁN EN EL TRANSCURSO DE LOS 20 (VEINTE) DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA REALIZACIÓN TOTAL DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL “PROVEEDOR” EN LAS INSTALACIONES DE “LA ENTIDAD”, Y CONSISTIRÁN EN VERIFICAR QUE LOS SERVICIOS REALIZADOS CORRESPONDAN A LOS SOLICITADOS POR LA ENTIDAD.
II.- EN CASO DE QUE “LA ENTIDAD” CONSIDERE QUE NO SON SATISFACTORIOS LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS Y ESTOS NO SEAN ACEPTADOS POR LA ENTIDAD, POR NO CUMPLIR CON LOS ASPECTOS Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS SOLICITADAS, “EL PROVEEDOR” DISPONDRÁ DE UN PLAZO DE 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES PARA EFECTUAR LOS SERVICIOS CORRECTAMENTE O DE LO CONTRARIO SE HARÁN EFECTIVAS LAS GARANTÍAS DESCRITAS. NOVENA.-GARANTÍAS: “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A CONSTITUIR EN LA FORMA, TERMINOS Y PROCEDIMIENTOS PREVISTOS POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y SU REGLAMENTO, LAS GARANTÍAS A QUE HAYA XXXXX XXX XXXXXX XXX XXXXXXXXXXXX XX XXXX XXXXXXXX X XX XXX XXXXXXXXX QUE EN SU CASO LE SEAN OTORGADOS POR “LA ENTIDAD”.
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. EL USUARIO acepta lo siguiente: 1. Que todas las operaciones que realice en INTERBANCA quedarán registradas y operadas por EL BANCO, según los servicios que se detallan en la Cláusula Primera y las que se puedan ofrecer en el futuro y tendrán validez después de su registro correspondiente conforme los procedimientos establecidos por EL BANCO. 2. Que todas las operaciones y demás usos que haga a través de INTERBANCA serán por su propia cuenta y riesgo aceptando los estados de cuenta, informes y resultados que el propio sistema formule o archive de las mismas.
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. MTORRES se reserva el derecho de evaluar los servicios recibidos y solicitar la ampliación de los mismos si los considera insuficientes con arreglo al pedido inicial o a solicitar la corrección o solución de problemas si los considera defectuosos con arreglo al pedido original.
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. LAS PRUEBAS DE ACEPTACIÓN POR PARTE DE “LA ENTIDAD” SE HARÁN EN EL TRANSCURSO DE LOS 20 (VEINTE) DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA REALIZACIÓN TOTAL DE LOS SERVICIOS POR PARTE DE "EL CONTRATISTA" EN LAS INSTALACIONES DE “LA ENTIDAD”, Y CONSISTIRÁN EN VERIFICAR QUE LOS SERVICIOS REALIZADOS CORRESPONDAN A LOS SOLICITADOS POR LA ENTIDAD.
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. La Coordinación Nacional de Recursos Humanos, una vez recibidos los servicios, comprobará que se cumplan con las especificaciones y una vez recibidas las pólizas del licitante ganador se someterán a una revisión minuciosa para comprobar que estas concuerden a la letra con su oferta técnica y con la convocatoria de licitación, y con las modificaciones que hubieren surgido de la junta de aclaración de la convocatoria. El licitante ganador deberá proporcionar sin costo alguno para el Instituto, la información relativa a nuevos productos, modificaciones legales o de autoridad competente que resulten de interés de los asegurados para la correcta administración de sus seguros, así como en general la asistencia técnica necesaria, con el fin de garantizar una conveniente administración de los seguros.
ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. La aceptación de los servicios objeto del presente contrato, se realizará conforme a lo establecido en los Anexos de este instrumento, de tal manera que en tanto ello no se cumpla, estos no se tendrán por recibidos y aceptados, en apego a lo dispuesto en el artículo 84, último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.