Financiación de las ayudas Cláusulas de Ejemplo

Financiación de las ayudas. 1. El importe global máximo y la línea de subvención destinada a estas ayudas, consignados en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el ejercicio 2006, es el siguiente: Aplicación presupuestaria 14.02.02.431.20.4 línea T4874000 751.400,00 euros. 2. El importe máximo destinado a la fase A de la presente con- vocatoria será de un 39% del importe global de las ayudas, reservan- do para la fase B un 61% de dicho importe. 3. La Dirección General de Vivienda y Proyectos Urbanos, en caso de no adjudicar en su totalidad la cantidad correspondiente a la fase A de esta convocatoria, podrá destinar el crédito sobrante a incre- mentar la dotación prevista para la fase B. 4. La convocatoria de las ayudas establecidas en esta orden se tra- mitará por el procedimiento anticipado, de acuerdo con la Orden de 26 de septiembre de 1994, de la Conselleria de Economía y Hacien- da, por lo que su concesión estará condicionada a la existencia, en el presupuesto del ejercicio 2006, de crédito suficiente y adecuado.
Financiación de las ayudas. La fuente de financiación prevista para estas ayudas es el FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER), al amparo del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020. Esta circunstancia tiene varias implicaciones: a) El plazo máximo para resolver. Para que este tipo de ayudas puedan ser consideradas como elegible al amparo del citado Programa Operativo, es requisito indispensable que su resolución se lleve a cabo antes del 30 xx xxxxx de 2021, tal y como se indica en el informe emitido por la Dirección General de Fondos Europeos con fecha 29 de diciembre de 2020: b) El proceso de verificación posterior al que se someterán los expedientes como paso previo a la certificación del gasto y la consiguiente solicitud de reembolso de las cantidades a la Comisión Europea. En relación con esta cuestión es importante tener en cuenta que en la tramitación de los expedientes ha de garantizarse en todo momento la existencia de una pista de auditoría que permita comprobar con posterioridad la forma en que se ha comprobado que los participantes en la convocatoria cumplían en plazo los requisitos para ser beneficiarios y que cumplen con las obligaciones y condiciones derivadas de la concesión de la ayuda. Es copia auténtica de documento electrónico Además ha de tenerse en cuenta que en relación con las Declaraciones Responsables, es una cuestión reiterada por parte de la Dirección General de Fondos Europeos el hecho de no admitirlas, tal y como se refleja en el citado informe de 29 de diciembre de 2020: El origen de la financiación y los plazos en que han de concederse las ayudas aconseja llevar a cabo de una forma exhaustiva todas y cada una de las comprobaciones, obteniendo y almacenando documentación acreditativa que garantice la pista de auditoría, para poder llevar a cabo con eficacia el posterior proceso de verificación y certificación del gasto. Asimismo, aconseja que el procedimiento de control al que se sometan las ayudas sea el de fiscalización previa, con el fin de contar desde el principio con las mayores garantías y controles del proceso de gestión del gasto.
Financiación de las ayudas. 1. Las ayudas establecidas en el presente decreto están sujetas al cumplimiento, ejecución y realización del objetivo y los hitos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para la inversión C15.I3 «Bonos de conectividad para pymes y colectivos vulne‑ rables» de la componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 2. Las presentes ayudas están contempladas en el conjunto de líneas de actuación subven‑ cionables previstas en el artículo 4 que será objeto de financiación con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recupera‑ ción, Transformación y Resiliencia.
Financiación de las ayudas. 1. Los contratos de esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 180113-463A.2.01 del año 2024 y con cargo a la aplicación presupuestaria que corresponda de los Presupuestos de la Universidad xx Xxxxxxxxxx para los ejercicios siguientes. 2. El importe total de esta convocatoria (retribución + cuota patronal + indemnización), para sus 4 anualidades asciende a 5.792.997 €. 3. A la finalización del contrato por expiración del tiempo convenido, la persona trabajadora tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la prevista para los Convocatoria 2024 Contratos Predoctorales UVa. Página 11 de 42. contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El importe de la indemnización se calcula sobre la retribución completa del último mes trabajado dividido entre 30 y multiplicado por los días trabajados desde el inicio de su contrato y por un coeficiente 0,033 (12/365) correspondiente a 12 días por año trabajado. 4. La ayuda está sujeta a tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que deberá aplicarse el régimen de retenciones establecido en la normativa vigente. 5. La ayuda para movilidad por un importe de 163.000 € se financiará con cargo a la aplicación 180113 463A.2.04 del año 2024 y con cargo a la aplicación presupuestaria que corresponda de los Presupuestos de la Universidad xx Xxxxxxxxxx para los ejercicios siguientes. Esta ayuda se abonará de acuerdo con los importes del RD 462/2002. 6. Esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión en los ejercicios correspondientes. Dicho crédito podrá ser ampliado si las circunstancias lo requieren.

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  • SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Fondos propios

  • Financiación Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.

  • Comparación de las Ofertas 37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • Presentación y Apertura de las Ofertas IAO 23.1 Los Oferentes “no tendrán” la opción de presentar sus ofertas electrónicamente.

  • VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN ES COMO MÍNIMO DE 30 DÍAS HÁBILES. LOS LICITANTES DEBERAN APEGARSE ESTRICTAMENTE A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LOS PUNTOS 1.2, 1.3, 1.4 Y 1.5.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • Extensión de la cobertura 1. La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios. 2. En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.

  • Valoración de las ofertas Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.