Common use of FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION Clause in Contracts

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En el caso de que las obras fueran adjudicadas a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación. V.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSP. V.4. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el art. 211 LCSP.

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Samples: Contract for Rental, Transportation, Assembly, Disassembly, and Surveillance Services, Contract for Supply

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1VI.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 (DIEZ) quince días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En el caso de que las obras fueran adjudicadas el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación. V.2VI.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3VI.3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSP226 TRLCSP. V.4VI.4. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSPartículo 227 TRLCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el art. 211 LCSPartículo 228 TRLCSP.

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Samples: Contratos De Concesión Y Servicios, Contrato De Concesión De Servicio Público

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicaciónadjudicación definitiva. En el caso de que las obras fueran adjudicadas a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación.Art 140 LCSP V.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3. Los La empresa adjudicataria no podrá ceder los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSPderiven del contrato, y para poder subcontratar con terceros tendrá que contar con la autorización expresa y escrita del Ayuntamiento. V.4. La contratación por A los efectos del cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato, se reputará a la empresa adjudicataria como única contratista, aunque se produzca la subcontratación consentida a que se refiere el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el art. 211 LCSPpárrafo anterior.

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Samples: Contrato De Servicio De Comunicación Y Publicidad Institucional

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 siete (DIEZ7) días hábiles naturales a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En el caso de que las obras fueran adjudicadas el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación. V.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSP114 del TRLCAP. V.4. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSPartículo 115 del TRLCAP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el art. 211 LCSPartículo 116 del TRLCAP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 (DIEZ) 5 días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En el caso de que las obras fueran adjudicadas a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación. V.2Art. 156.3 T.R.L.C.S.P. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSP. V.4. 226 T.R.L.C.S.P. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSPartículo 227 T.R.L.C.S.P., así como el pago a subcontratistas y suministradores suministradores, que deberá ajustarse a los lo dispuesto en el art. 211 LCSP.artículo 228 T.R.L.C.S.P.

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Samples: Contract for Travel Services

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1VII.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 30 (DIEZtreinta) días hábiles naturales a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En Al contrato que se formalice se unirá como anexo un ejemplar de este Pliego de Cláusulas con su cuadro de características y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado en prueba de su conformidad por el caso de que las obras fueran adjudicadas a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupaciónadjudicatario. V.2VII.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3VII.3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSPart.114 del TRLCAP. V.4VII.4. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSPartículo 115 del TRLCAP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el art. 211 LCSPartículo 116 del TRLCAP.

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Samples: Contrato Administrativo Especial

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1. La formalización del contrato se efectuará dentro no antes de los 10 (DIEZ) que hubieran transcurrido 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de la notificación de la adjudicación. En el caso de que las obras fueran adjudicadas el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán estas éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación. V.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida Ayuntamiento podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionadosgarantía provisional que, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatarioen su caso hubiese exigido. V.3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSP226 del R.D.L. 3/2011. V.4. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSPartículo 227 del R.D.L. 3/2011, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los lo dispuesto en el art. 211 LCSPartículo 228 del R.D.L. 3/2011.

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Samples: Service Agreement

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 30 (DIEZtreinta) días hábiles naturales a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En Al contrato que se formalice se unirá como anexo un ejemplar de este Pliego de Cláusulas con su cuadro de características y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado en prueba de su conformidad por el caso de que las obras fueran adjudicadas a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupaciónadjudicatario. V.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSPart.114 del TRLCAP. V.4. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSPartículo 115 del TRLCAP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el art. 211 LCSPartículo 116 del TRLCAP.

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Samples: Contract for the Supply of Goods or Movable Property

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 15 (DIEZquince) días hábiles naturales a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En el caso de que las obras fueran adjudicadas el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación. V.2. Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionadosmismo, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sólo podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSP114 del TRLCAP. V.4. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSPartículo 115 del TRLCAP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el art. 211 LCSPartículo 116 del TRLCAP.

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Samples: Consultancy and Assistance Agreement

FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION. V.1. V.1.- La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En el caso de que las obras fueran adjudicadas a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación. V.2. V.2.- Cuando por causas imputables al contratista, no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo con pérdida de la fianza e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. V.3. V.3.- Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 LCSP. V.4. V.4.- La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 210 LCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los lo dispuesto en el art. 211 LCSP.

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Samples: Contrato De Suministro