FORMULADAS POR PROMESA DE CONTRATO SOCIEDAD FUTURA SERVICIOS INTEGRALES PARA MINERIA SAS Cláusulas de Ejemplo

FORMULADAS POR PROMESA DE CONTRATO SOCIEDAD FUTURA SERVICIOS INTEGRALES PARA MINERIA SAS. 4.2.1 El proponente se encuentra incurso en la causal de rechazo contenida en el literal r) del numeral 2.4.8 de las Reglas. — El Subdirector Jurídico Propuesto NO cumple con el perfil mínimo exigido: a) Asesorías, consultorías y/o auditorias, en entidades estatales y/o privadas, tanto colombianas como extranjeras, de los subsectores minero, energético y/o de hidrocarburos y/o b) Realización de actividades de interventoría o de estudios y diseños en Colombia o en el extranjero en relación con actividades o proyectos en los subsectores energéticos, minero, de hidrocarburos o de infraestructura en túneles.” Como se puede observar sin lugar a equívocos, la determinación del perfil estaba enmarcada en los cargos de Director o Subdirector o del NIVEL DIRECTIVO o como Asesor y en este último caso; siempre que el cargo estuviera en la estructura organizacional de la empresa y ejecutara funciones del nivel directivo. Ahora bien, como se explicará fácilmente más adelante, este último cargo válido solo podría operar en las Empresas Privadas, porque por mandato legal en el sector público, las estructuras de organización y las nomenclaturas de los cargos obedece a su Nivel Jerárquico y no es posible que se ostente un nivel y se ejecuten actividades de otro, es decir, o se es del Nivel Directivo o del Nivel Asesor o del Nivel Ejecutivo o del Nivel Profesional o del Nivel Asistencial o Técnico. Esto es claro para todos los servidores públicos. (Decretos 1042 de 1978 y 785 de 2005). Posteriormente, se expidió el Adendo 7 en el que se ADICIONA la Experiencia que será válida para los cargos de Director de Proyecto, Subdirector Técnico, Subdirector Jurídico y Subdirector Económico, incluyendo un NUEVO literal: El literal e). (Debemos advertir que según el Adendo 6, para este perfil solo se señalaban los literales a) y b). La NUEVA experiencia adicional que también sería válida para estos cargos, se estableció así: Numeral 6 Adenda 7 (Se aclara que en la Adenda existen dos (2) numérales 6)... Se modifican los numerales 3.2.3.2.1 -Relación del personal principal requerido (aplica para Dada grupo)- y 4.9,2 - Obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual- , de las reglas de participación, en el sentido de indicar que para los perfiles mínimos solicitados de: Director de Proyecto, Subdirector Técnico, Subdirector Jurídico, Subdirector Económico en los grupos 1 y 2, será válida la experiencia en ‘e) Asesorías, consultorias y/o audito...
FORMULADAS POR PROMESA DE CONTRATO SOCIEDAD FUTURA SERVICIOS INTEGRALES PARA MINERIA SAS. Hemos revisado con detalle el informe de evaluación publicado el día de ayer sobre el proceso de la referencia y encontramos con sorpresa, que sin ningún análisis de fondo sobre las graves y contundentes observaciones efectuadas que demuestran las inconsistencias de la oferta presentada por el Consorcio HGC, ratificadas con los documentos anexos por ellos con posterioridad, el grupo evaluador solo se limita a ratificar su evaluación basado exclusivamente en la aplicación del concepto de Buena Fe. Principio que curiosamente, solo se aplica en favor de uno solo de los oferentes. En virtud de estas graves situaciones, amablemente solicitamos se nos informe sobre los siguientes cuestionamientos de temas y documentos que no fueron publicados en la página WEB y lo peor, no fueron analizados por el Comité Evaluador, como es su deber Constitucional y Legal. 1. Cuál es e la razón legal para que no se hayan publicado en la página web, las observaciones y documentos legalizados y apostillados que remitidos sobre la oferta del Consorcio HGC, radicados bajo los números 2012- 430-027918-2 del 23/05/2012 y 2012-430-028293-2 del 24/05/2012?. 2. Cuál es e la razón legal para que no se haya analizado e investigados sobre las observaciones y documentos soportes que se anexaron a las comunicaciones referenciadas en el numeral anterior y que configuraban prueba en contrario?. 3. Cuál es la razón legal para que el grupo evaluador no se haya pronunciado sobre el hecho evidente que el Consorcio HGC, presentó un documento fundamental con alteración del texto traducido (Certificado Hydromega)?. 4. Cuál es la razón legal para que el grupo evaluador haya modificado las Reglas de Participación que exigían que los certificados de experiencia especifica fueran expedidos “por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato” y le haya aceptado solo al Consorcio HGC, certificados expedidos por una persona jurídica que no ostenta ninguna de esas condiciones?, 5. Cuál es la razón legal para que el grupo evaluador y FONADE, haya modificado las Reglas de Participación aceptándole al Consorcio HGC Contratos de Construcción o de Objeto Múltiple, reiterados por los mimos certificados anexos por el consorcio?. Situación que se había requerido aceptar durante el periodo de observaciones a las reglas de participación y que finamente no fueron aceptadas y hubiese permitido la participación de más oferentes. 6. Cuál es la razón para que FONADE haya validado sin ningún a...

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  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

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  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

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