GARANTÍA DEL PRODUCTO. 11.1 El Proveedor garantiza al Cliente que, en el momento de la Entrega y durante el periodo de seis (6) meses siguientes, los Productos estarán libres de defectos de diseño, materiales o mano de obra. El Proveedor no será responsable de ningún incumplimiento de la presente garantía cuando:
(a) el Cliente permita cualquier uso adicional de los Productos tras haber comunicado cualesquiera defectos existentes al Proveedor conforme a esta Cláusula; o
(b) el defecto se produzca porque el Cliente ha incumplido sus obligaciones estipuladas en esta Cláusula o en la Cláusula 12.1 (Cumplimiento de Instrucciones y Directrices).
11.2 Si el Cliente desea realizar una reclamación al amparo de la garantía de la Cláusula 11.1, lo notificará al Proveedor dentro del plazo de cinco (5) Días Hábiles desde su Entrega en el caso de los defectos aparentes (o treinta (30) Días Hábiles desde su Entrega en el caso de defectos ocultos) y devolverá los Productos al Proveedor para su revisión. Si el Proveedor confirma el defecto en los Productos en cuestión, el Proveedor, a su entera discreción y sujeto a lo dispuesto en la Cláusula 11.3, subsanará el defecto sustituyendo los Productos defectuosos por Productos idénticos o sustancialmente similares lo antes posible. Cualquier entrega de Productos de sustitución al Cliente de conformidad con esta Cláusula estará sujeta a los términos y condiciones de este Contrato.
11.3 En el supuesto que el Proveedor, habiendo realizado esfuerzos comercialmente razonables, no pueda reemplazar los Productos defectuosos por otros nuevos conforme a la Cláusula 11.2, el Proveedor proporcionará al Cliente una nota de abono o realizará un reembolso (a la entera discreción del Proveedor) a favor del Cliente equivalente al Precio pagado por los Productos defectuosos.
11.4 Salvo por lo dispuesto en las Cláusulas 11.2 y 11.3, el Proveedor no asumirá responsabilidad alguna frente al Cliente por el hecho de que los Productos incumplan la garantía establecida en la Cláusula 11.1.
11.5 Ninguna reclamación en el marco de la garantía conforme a la presente Cláusula 11 dará derecho al Cliente, en relación con cualquier otro Pedido suministro o entrega parcial de Productos, a cancelar o negarse a aceptar el suministro o a cancelar o negarse a realizar el pago por dichos Productos.
GARANTÍA DEL PRODUCTO. Gastos y costos originados en, basados en o de cualquier manera atribuibles, directa o indirectamente a cualquier garantía del producto, otorgada por el Asegurado. La presente exclusión no resultará aplicable a los estándares y obligaciones que debe observar el Asegurado en la prestación de sus servicios profesionales, de conformidad con la legislación vigente.
GARANTÍA DEL PRODUCTO. “EL VENDEDOR” se obliga a garantizar a “EL MUNICIPIO” los BIENES objeto del presente contrato, un periodo de garantía XXXX contado a partir de la recepción de los servicios en cuanto al producto, calidad y contra defectos y vicios ocultos.
GARANTÍA DEL PRODUCTO. El tiempo de la garantía comercial del escritorio, deberá ser igual o mayor a tres (3) años, el contratista será responsable de los defectos de fabricación. Se entiende que durante este periodo los costos de mantenimiento correctivo (mano de obra y materiales) correrán por cuenta del contratista.
GARANTÍA DEL PRODUCTO. 8.1. El medidor, deberá estar garantizado por el fabricante, contra cualquier defecto de fabricación o de material, durante, como mínimo, 2 años a partir de la fecha de entrega. Si el adjudicatario no fuese el fabricante deberá firmar solidariamente la citada garantía. L ano presentación de este requisito, en forma y junto con la oferta, se considerará un apartamiento fundamental.
8.2. Los documentos de garantía serán presentado junto al medidor a que se refiere, para que la Administración pueda ejercer sus derechos en los casos de deficiencia de calidad del medidor.
8.3. En caso de que el medidor presente defectos atribuibles a faltas en la fabricación, la garantía deberá abarcar la sustitución del medidor defectuoso, sin cargo para OSE en plazo máximo de 3 meses.
GARANTÍA DEL PRODUCTO. La garantía de las licencias corresponde a la disponibilidad continua de los servicios ofrecidos en la nube y la operatividad de los productos instalados durante la vigencia del contrato, mínimo un año. Plazo que empezará a regir a partir de la fecha del recibo del objeto de conformidad.
GARANTÍA DEL PRODUCTO. EL CONTRATISTA garantiza que los equipos son nuevos (sin uso) y que se ajustan a las especificaciones técnicas y anexos de las Bases. EL CONTRATISTA garantiza además que al momento de la utilización, éstos se encuentren en perfecto estado. En tal sentido, se compromete a reemplazar los equipos con defectos de fábrica en el plazo de 10 días hábiles después haber tomado conocimiento. La vigencia de la garantía será …….: …. meses (…………………………. meses), contados a partir de la fecha de recepción señalada en el Acta de Recepción y Prueba Operativa de Equipos.
GARANTÍA DEL PRODUCTO. Reparado El periodo durante el cual garantizamos la reparación realizada en su Producto a causa de fallos Daños Mecánicos y Eléctricos y/o Daños Accidentales, según lo establecido en las presentes Condiciones de la Póliza. Justificante de Compra Su recibo, número de confirmación del pedido o confirmación por correo electrónico que mencione su Producto asegurado. Puede incluir un recibo o documentación de su Distribuidor.
GARANTÍA DEL PRODUCTO. El Proveedor garantiza que, durante el periodo de garantía previsto en las Condiciones Particulares, el Producto será: (i) plenamente conforme con los planos, especificaciones y descripciones facilitadas por KH Vives y/o su cliente; (ii) absolutamente viable y funcionará en condiciones óptimas para el destino al que va dirigido, no sufriendo desperfectos, malos funcionamientos y/o deterioros que impliquen su reparación y/o sustitución. Durante dicho plazo de garantía, el Proveedor asumirá cualquier reparación y/o sustitución del Producto, incluyendo los costes derivados de su montaje y desmontaje así como en su caso del transporte de los materiales y personal que fuera necesario para ello.
GARANTÍA DEL PRODUCTO el tiempo de garantía comercial del bien cotizado, deberá ser igual o mayor a un año, a partir del recibo a satisfacción por parte de la Asamblea Legislativa, asegurando a la administración que dicha garantía se hará efectiva contra defectos de fabricación, en condiciones normales de uso y operación.