GARANTÍA – RESPONSABILIDAD Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA – RESPONSABILIDAD. El plazo de garantía para entregas de mercancías nuevas, libres de vicios físicos o jurídicos, es de 3 meses y comienza en el momento de su entrega al comprador. Cualquier derecho debe sernos comunicado inmediatamente y por escrito tras su descubrimiento, en el plazo máximo de 8 días tras la entrega. En caso contrario, se excluye el derecho a reclamación bajo garantía. En caso de máquinas automáticas con monedas y máquinas de cambio de billetes, se rechaza toda responsabilidad por la detección y separación sin excepciones de billetes falsos y tipos de dinero de bajo valor, así como por la aceptación sin excepciones de piezas auténticas por el verificador de monedas y de billetes auténticos por el verificador de billetes. La subsanación de posibles defectos se realiza en nuestras sucursales. En caso de reparación en el lugar de instalación, se facturarán los costes que ocasione. No existe obligación de garantía cuando el defecto se deba a un uso inadecuado. También están excluidos de garantía todos los productos y componentes que no hayan sido instalados o fabricados por UNIDESA. Así mismo se cancelarán los derechos bajo garantía si el comprador dificulta o impide la realización de reparaciones, en particular si nos impide de forma dolosa el acceso a la máquina defectuosa en la fecha y hora convenidas. Las máquinas usadas se entregan bajo exclusión de cualquier derecho de garantía. En la medida en que debamos responder de un defecto, el comprador tendrá inicialmente sólo derecho a subsanación (reparación o entrega sustitutiva). La elección del tipo de subsanación será a discreción nuestra. La carga probatoria de los daños será del comprador. El comprador sólo podrá reclamar derechos adicionales cuando la subsanación resulte imposible o si la subsanación no se lleva a cabo dentro de un plazo adecuado tras la recepción de una advertencia por escrito del comprador. No se permite la cesión de los derechos de garantía. Nadie está autorizado a modificar los términos de la presente garantía o a extender cualquier otra, sea de manera escrita o verbal en nombre de UNIDESA. En la medida en que no se convenga otra cosa, quedan excluidos todos los derechos del cliente a indemnización de cualquier tipo por daños indirectos o consecuentes o por reembolso de gastos. Esta exclusión de responsabilidad se extiende a todos los incumplimientos de la relación de deuda así como a actos no permitidos, también en el caso de utilización de personal auxiliar. La exclusión de respons...
GARANTÍA – RESPONSABILIDAD. 7.1. El Vendedor garantiza que los Productos cumplen todas las especificaciones y requisitos convenidos, que son el último modelo y se ajustan a los propósitos particulares previstos por el Comprador, que están libres de defectos de diseño, de materiales y de ejecución, que cumplen satisfactoriamente los requisitos de funcionamiento esperados por el Comprador y que son conformes con todos los estándares, requisitos reglamentarios y normas aplicables, especialmente con las normas relativas al medio ambiente, seguridad y legislación laboral. Todas las declaraciones o garantías incluidas en los catálogos, folletos, material de ventas y sistemas de calidad del Vendedor serán vinculantes para el Vendedor. El Vendedor garantiza que las especificaciones técnicas del Pedido se ajustan a las necesidades específicas del Comprador, y reconoce haber estudiado a fondo dichas especificaciones.
GARANTÍA – RESPONSABILIDAD. 7.1 El Vendedor garantiza que los Productos (a) Cumplen con las especificaciones y requisitos convenidos, (b) Son aptos para el uso comunicado al Vendedor, (c) Están libres de defectos de diseño, de materiales y de ejecución, así como de cargas o embargos, y (d) Son conformes con los estándares y la normativa imperativa aplicables. 7.2 El Vendedor garantiza el correcto funcionamiento de los Productos durante un período de 2 años desde su puesta en servicio. 7.3 Si algún Producto no cumpliera las condiciones previstas en la garantía, el Comprador podrá: (a) Rechazarlos y exigir al Vendedor su reparación o la entrega de Productos de reemplazo, x xxxxx del Vendedor; (b) Anular el Pedido con arreglo a las disposiciones del
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  • Limitación de la responsabilidad 6.1 EXCEPTO POR LA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA SECCIÓN 7, LA RESPONSABILIDAD QUE NO PUEDA LIMITARSE POR LEY, LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL XX XXXXXX, EL USO O LA DIVULGACIÓN NO AUTORIZADOS DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, EL INCUMPLIMIENTO POR CUALQUIERA DE LAS PARTES DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE DATOS QUE DEN LUGAR A UN USO O DIVULGACIÓN NO AUTORIZADOS DE DATOS PERSONALES, O LOS IMPORTES ADEUDADOS EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO, EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY: (A) NINGUNA DE LAS PARTES NI SUS FILIALES SERÁN RESPONSABLES ANTE LA OTRA PARTE O SUS FILIALES DE (I) CUALQUIER DAÑO INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, PUNITIVO, EJEMPLAR O CONSECUENTE; (II) CUALQUIER PÉRDIDA DE BENEFICIOS, INGRESOS, VENTAS, USO, DATOS, USO DE DATOS, FONDO DE COMERCIO O REPUTACIÓN, O CUALQUIER INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO; O (III) CUALQUIER DAÑO CAUSADO POR CUALQUIER SERVICIO DE SUSCRIPCION PROPORCIONADO EN BASE A UNA VERSION BETA, DE EVALUACION O GRATUITA; Y (B) EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD AGREGADA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES O DE SUS FILIALES QUE SURJA DE ESTE ACUERDO O ESTÉ RELACIONADA CON ÉL, YA SEA POR CONTRATO, AGRAVIO O DE OTRO MODO, SUPERARÁ LOS IMPORTES TOTALES EFECTIVAMENTE PAGADOS POR LOS SERVICIOS DE SUSCRIPCIÓN Y/O LOS SERVICIOS DE NO SUSCRIPCIÓN QUE DEN LUGAR A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL HECHO QUE DÉ LUGAR A DICHA RESPONSABILIDAD.

  • RESPONSABILIDAD Queda expresamente estipulado que el personal contratado para el cumplimiento de este contrato estará bajo la responsabilidad directa de "El Proveedor", consecuentemente "El Estado" queda liberado de cualquier responsabilidad laboral, de seguridad social, civil o de cualquier otra naturaleza que pudiera obligarlo, comprometiéndose "El Proveedor" a responder de cualquier reclamación en contra de "El Estado".

  • RESPONSABILIDADES 13.1. Excepto por lo establecido en el numeral 8.2., EL EVALUADOR será el único responsable por las actividades objeto del presente contrato, y por lo tanto, indemnizará y mantendrá libre a la ANH de cualquier obligación, así como de los efectos que en su contra puedan resultar de embargos, demandas, juicios y/o reclamaciones de cualquier naturaleza, incluidas pero no limitadas a lesión o muerte de cualquier persona, destrucción total o parcial de cualquier propiedad o bien y/o daños al medio ambiente, provocados de cualquier modo en conexión con, referentes a, o derivados de la adquisición, procesamiento, reprocesamiento y/o interpretación de la información y datos técnicos y/o de cualquier actividad realizada por EL EVALUADOR en virtud de este contrato. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de indemnizar a los propietarios de terrenos o a cualquier persona a quienes se les causen daños y/o perjuicios. EL EVALUADOR asumirá la defensa y los costos, gastos y expensas por todas las demandas que sean interpuestas contra la ANH con motivo de tales reclamaciones, y se obliga a asumir los costos de cualquier juicio resultante, incluidos pero no limitados a los costos necesarios para la reparación o indemnización de esos daños o pérdidas, costos judiciales o extrajudiciales que se generen, costos de investigación, honorarios de abogados, etcétera. La ANH participará en su defensa frente a cualquier demanda en que pueda estar involucrada, sin que esta participación exima a EL EVALUADOR de las obligaciones aquí descritas. La obligación de EL EVALUADOR de amparar y mantener a salvo o indemne a la ANH y su personal, de acuerdo con esta cláusula, se mantendrá aún cuando EL EVALUADOR disponga de garantías o protección legal frente a las reclamaciones o demandas. 13.2. EL EVALUADOR será el único responsable por los daños y pérdidas que surjan con ocasión de la ejecución del Programa de Evaluación Técnica y demás obligaciones contraídas, actividades realizadas, incluso aquellos causados por sus subcontratistas, quedando entendido que en ningún momento será responsable por errores de criterio, o por pérdidas o daños que no fueren resultado de culpa grave o dolo. Cuando EL EVALUADOR subcontrate, se asegurará que todos sus subcontratistas cumplan los términos establecidos en este contrato y en las leyes colombianas. Las obras y servicios subcontratados serán ejecutados a su nombre, en razón de lo cual EL EVALUADOR mantendrá su responsabilidad directa por todas las obligaciones establecidas en el subcontrato y derivadas del mismo, de las cuales no podrá exonerarse en razón de las subcontrataciones. La ANH no asumirá responsabilidad alguna por este concepto, ni aún a título de solidaridad. 13.3. EL EVALUADOR deberá tomar las precauciones necesarias para proteger el medio ambiente, la vida humana, la propiedad de otros y prevenir la contaminación del Área de Evaluación Técnica. En consecuencia, EL EVALUADOR asumirá los costos de manejo ambiental, sanitarios, seguridad industrial, salud ocupacional, seguridad y demás costos, aunque no se mencionen en este numeral o en otras cláusulas de este contrato, o que se deriven de las actividades a su cargo en virtud de este contrato. 13.4. EL EVALUADOR actúa como único empleador de los trabajadores que contrate para el desarrollo de las actividades propias de este contrato y, en consecuencia, será el responsable de las obligaciones laborales que surjan de las respectivas relaciones o contratos de trabajo, tales como pago de salarios y prestaciones sociales, aportes parafiscales, afiliación y pago de cotizaciones o aportes por concepto de pensiones, salud y riesgos profesionales al Sistema de Seguridad Social Integral conforme a la ley. En todo caso, EL EVALUADOR deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales que señalan la proporción de empleados y obreros nacionales y extranjeros. 13.5.Ninguna de las Partes tendrá responsabilidad por cualquier demanda o reclamo que inicie la otra Parte en virtud del presente contrato por daños indirectos.

  • Límite de responsabilidad Es la cantidad máxima que pagará la Compañía en concepto de una cobertura particular según se muestra en las Condiciones Particulares.

  • EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

  • Límite Máximo de Responsabilidad El límite máximo de responsabilidad de la Compañía en esta cobertura se establece en la carátula de la póliza y opera como límite único y combinado (L.U.C) para los diferentes riesgos amparados por ella.

  • LIMITE DE RESPONSABILIDAD La prestación de cualquiera de los servicios, o el pago de cualquier suma de dinero derivada de las condiciones descritas en el presente anexo, no implica responsabilidad en virtud del mismo, respecto de los amparos básicos y demás anexos de la póliza de seguros de vehículos, a la que accede el presente anexo de asistencia pequeños accesorios.

  • LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD 7.1 EN NINGÚN CASO LAS PARTES O SUS AFILIADAS SERÁN RESPONSABLES POR DAÑOS Y PERJUICIOS INDIRECTOS, CONSECUENTES, INCIDENTALES, ESPECIALES, PUNITIVOS O EJEMPLARES, NI POR LUCRO CESANTE O PÉRDIDA DE INGRESOS (A EXCEPCIÓN DE TARIFAS EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO), VENTAS, DATOS, USO DE DATOS, GOODWILL, O REPUTACIÓN. 7.2 EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE ORACLE Y DE NUESTRAS AFILIADAS QUE SURJA EN VIRTUD O COMO CONSECUENCIA DEL PRESENTE CONTRATO O SU ORDEN, YA SEA CONTRACTUAL, EXTRACONTRACTUAL, O DE OTRA NATURALEZA, SUPERARÁ EL TOTAL DE LAS SUMAS EFECTIVAMENTE PAGADAS EN VIRTUD DE SU ORDEN POR LOS SERVICIOS QUE DAN ORIGEN A LA RESPONSABILIDAD DURANTE LOS DOCE (12) MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES AL EVENTO QUE DA ORIGEN A DICHA RESPONSABILIDAD.

  • LÍMITES DE RESPONSABILIDAD El Cliente acepta que el Banco no será responsable en caso fortuito o fuerza mayor o debido a desperfectos o suspensión del servicio de los equipos automatizados, interrupción en los sistemas de comunicación o fallas en el servicio de Internet. El Banco sólo será responsable de omisiones o retrasos en la ejecución de instrucciones efectivamente recibidas en sus sistemas informáticos y, en consecuencia, no asumirá responsabilidad alguna por fallas o retrasos imputables a terceros que provean servicios relacionados con Internet, correo electrónico (e-mail) u otros medios teleinformáticos.

  • Exención de Responsabilidades El Comité de Compras y Contrataciones no estará obligado a declarar habilitado y/o Adjudicatario a ningún Oferente/Proponente que haya presentado sus Credenciales y/u Ofertas, si las mismas no demuestran que cumplen con los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones Específicas.