Garantías e indemnizaciones Cláusulas de Ejemplo

Garantías e indemnizaciones a. Salvo lo dispuesto en la presente cláusula, Criteo no ofrece declaración ni garantía alguna, ni expresa ni tácita, con respecto a ningún asunto y, en particular y sin limitación alguna, cualquier garantía o condición de no infracción, de calidad o adecuación para cualquier propósito en particular y todas las garantías derivadas del curso del negocio, del curso del cumplimiento o del uso mercantil de la Tecnología de Criteo, de la Red de Criteo o de cualquier Servicio prestado en virtud de este Contrato. Criteo no garantiza que el Servicio de Criteo funcione sin interrupciones ni errores. Además, el Servicio de Criteo puede ser inaccesible, no estar disponible o no funcionar de vez en cuando. Criteo no presta declaración o garantía alguna respecto del resultado que el Cliente obtendrá a través de los Servicios de Criteo, incluido el nivel de Anuncios suministrados, los clics que recibe un Anuncio, las tarifas de Criteo o el momento de entrega de cualesquiera impresiones o clics en virtud de estas Condiciones. El Cliente acuerda que será responsable, y no Criteo, de cualquier reclamación, obligación, demanda u otras pérdidas presentadas por cualquier tercero al que el Cliente preste servicios que integren las ofertas de Criteo (si procede y está autorizado por Xxxxxx). b. Las Partes declaran y garantizan mutuamente que tienen el derecho, la potestad y la facultad para celebrar el Contrato y cumplir con sus obligaciones según se contemplan en el presente documento y que cumplirán sus obligaciones en virtud del Contrato utilizando prácticas profesionales sólidas y de manera competente y profesional, utilizando personal experto, formado y cualificado. c. Criteo contraerá y asumirá los costes de todas y cada una de las reclamaciones, demandas, acciones judiciales, procesos judiciales, pérdidas, daños, pasivos, costes y gastos derivados de, o atribuibles a, cualquier alegación de que el uso por parte del Cliente de la Tecnología de Criteo de conformidad con el Contrato infringe cualquier derecho de autor, secreto comercial, patente, u otro derecho de propiedad de cualquier parte no relacionada, incluidos, sin carácter limitativo, cualesquiera indemnizaciones por daños y perjuicios que se deban pagar a terceros en caso de que se determine finalmente que el Cliente o una parte relacionada ha infringido los derechos de propiedad intelectual de un tercero, o de una solución final de dicha controversia con o sin reconocimiento de dicha infracción. d. Si Criteo cons...
Garantías e indemnizaciones. 9.1 Cada parte acuerda y garantiza a la otra durante la Permanencia que: 9.1.1 tiene poder y autoridad absolutos para suscribir el presente Acuerdo; 9.1.2 tiene todas las licencias y aprobaciones necesarias para llevar a cabo las obligaciones contraídas en virtud del presente Acuerdo; 9.1.3 llevará a cabo las obligaciones contraídas en el presente Acuerdo de conformidad con todas las leyes aplicables y aplicando pericia y atención razonables; y 9.1.4 no realizará ninguna representación o declaración falsa, engañosa o despectiva acerca de la otra parte. 9.2 El Afiliado acuerda y garantiza a AWIN durante la Permanencia que: 9.2.1 ni él ni ninguno de sus ejecutivos o accionistas han sido parte en un acuerdo finalizado por AWIN o por cualquiera de las Empresas del grupo AWIN por incumplimiento;
Garantías e indemnizaciones. Sección 5.1 El autor garantiza, a su mejor saber y entender, lo siguiente: A. Que el Trabajo es completamente original, excepto por partes del mismo para las cuales se han obtenido licencias o permisos por escrito legalmente vigentes o se ha verificado que son de dominio público; B. Que el Autor es el único propietario de todos los derechos otorgados a la Editorial en este Contrato, y el Autor tiene pleno derecho y poder para celebrar este Contrato; C. Que este Contrato no entra en conflicto con ningún arreglo, entendimiento o acuerdo entre el Autor y cualquier otra persona o entidad; D. Que si su publicación no infringe ningún derecho de autor, ni ningún otro derecho de terceros de acuerdo a las leyes actuales; E. Que la Obra no es difamatorio u obsceno, y no contiene ningún material que sea calumnioso, que viole cualquier derecho a la privacidad o que de otra manera contravenga la ley, y no será perjudicial para ningún lector, usuario o tercera persona. Sección 5.2 El Autor acepta indemnizar y eximir a la Editorial y sus Asociados de cualquier reclamo, demanda, acción, procedimiento o enjuiciamiento (y responsabilidad, pérdida, gasto o daño, con respecto al texto y material proporcionado por el Autor) impuesta o instituida por razón de la publicación o venta de la Obra o el ejercicio por parte de la Editorial de cualquiera de sus derechos bajo este Contrato o en razón de cualquier garantía o indemnización hecha, asumida o incurrida por la Editorial en relación al ejercicio de cualquiera de sus derechos bajo este Contrato. La Editorial tendrá el derecho de defender el reclamo, demanda, acción, proceso o enjuiciamiento por un abogado de su selección, o a resolver el mismo en los términos que estime convenientes; o, con la aprobación previa por escrito de la Editorial, el Autor puede acordar daños y perjuicios de terceros. Los derechos y obligaciones en esta Sección 5.2 estarán vigentes aun después de la fecha de terminación de este Contrato.
Garantías e indemnizaciones. 7.1 Ante un requerimiento escrito de la Empresa, el Fabricante sustituirá o reparará con prontitud y para satisfacer de forma razonable a la Empresa, todos los productos que tengan defectos, en los siguientes [10, 20, 30, 60] días naturales desde la entrega. El Fabricante garantizará por un período de …… [6, 12] meses, lo productos sustituidos o reparados. 7.2 El Fabricante indemnizará a la Empresa por cualquier pérdida o daño, incluyendo los costes y gastos legalmente razonables, bien sean directos, indirectos o aquellos relativos a las circunstancias particulares de la Empresa, que soporte la Empresa, incluyendo cualquier reclamación realizada por terceras partes contra la Empresa, atribuible a cualquier defecto en los productos o el incumplimiento por parte del Fabricante en las condiciones que se establecen en el presente Contrato.
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  • PAGO DE INDEMNIZACIONES Para tener derecho a los beneficios que otorgan las coberturas de esta póliza, el asegurado o los beneficiarios, en su caso, deberán, tan pronto como sea posible, acreditar la ocurrencia del siniestro denunciado, y declarar fielmente y sin reticencia, sus circunstancias y consecuencias, según lo dispuesto en el artículo N° 524, N° 8 del Código de Comercio. De esta manera, deberán justificar debidamente la cantidad reclamada y deberán proporcionar las pruebas necesarias para demostrar, en forma clara y precisa, que la lesión o lesiones corporales tuvieron su origen directa y precisamente en un accidente o enfermedad, según corresponda a la cobertura reclamada. Asimismo, se requerirá la documentación que conforme a la naturaleza de la cobertura acredite los gastos o perjuicios susceptibles de indemnización, conforme se indica en las presentes Condiciones Generales del seguro. a) Antecedentes para el pago del siniestro: Al fallecimiento, invalidez, pérdidas o lesiones a consecuencia de un accidente del asegurado, el contratante o los beneficiarios, acreditando su calidad como tales, podrán exigir el pago del capital asegurado, llenando el formulario de denuncio de siniestros provisto por la aseguradora, adjuntando los siguientes antecedentes en documentos originales: 1) Certificado de Defunción del asegurado, si corresponde; 2) Certificado de Nacimiento u otro documento mediante el cual se acredite la fecha de nacimiento del asegurado, 3) Parte policial y alcoholemia, si correspondiese, cuando se trate de un accidente o una causa distinta de muerte natural, 4) Cualquier otro Informe o declaración, certificados o documentos, en especial los relativos a la causa que motiva el cobro del siniestro del asegurado, destinados a probar la coexistencia de todas las circunstancias necesarias, que permitan establecer la responsabilidad del asegurador. 5) Documentos necesarios destinados a acreditar la identificación de los beneficiarios. 6) En caso de reembolso de gastos médicos u hospitalización todos por accidente, será condición necesaria para proceder al reembolso, la presentación por parte del asegurado, de las boletas o facturas originales, comprobatorias de los gastos efectuados, como asimismo, el programa médico en el que se prescriban las prestaciones, exámenes o insumos que originan dichos gastos, debiendo completarse el formulario proporcionado por la aseguradora. En caso que el asegurado tuviese beneficios en alguna institución de salud estatal, privada o bienestar, deberá hacer uso de ellos previamente. En ese evento, no será exigible la presentación de boletas o facturas originales si en vez de ellas se presentan documentos comprobatorios de los beneficios ya recibidos y del real gasto incurrido por el asegurado. En estos casos sólo serán reembolsados los gastos que realmente sean de cargo del asegurado. b) Determinación de la invalidez: La aseguradora determinará, de conformidad a las “Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Sistema de Pensiones”, establecidos conforme a las normas del DL N° 3.500, si se ha producido la invalidez total y permanente a consecuencia de un accidente del asegurado, conforme a las pruebas presentadas y los exámenes médicos, clínicos y/o de laboratorio requeridos, en un plazo máximo de 30 días, contados desde la fecha en que haya recibido todos los antecedentes necesarios para la liquidación. La aseguradora comunicará al asegurado su aprobación o rechazo a la solicitud de invalidez presentada, por carta certificada u otro medio fehaciente dirigida al último domicilio que el contratante tenga registrado en la aseguradora. El menoscabo del asegurado deberá necesariamente haber sido evaluado conforme a las "Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Sistema de Pensiones", de tal manera que tratándose de asegurados cuya invalidez total y permanente a consecuencia de un accidente haya sido calificada y dictaminada en conformidad con las "Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Sistema de Pensiones", la aseguradora se pronunciará acerca si el accidente acaeció dentro de la vigencia de este seguro. Adicional a ello, la aseguradora deberá pronunciarse si es aplicable o no alguna exclusión de las señaladas en el artículo N° 5 precedente. Por el contrario, si el menoscabo del asegurado no ha sido evaluado conforme a las "Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Sistema de Pensiones”, la aseguradora procederá a evaluar el menoscabo aplicando las “Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Sistema de Pensiones", conjuntamente con pronunciarse si el accidente acaeció dentro de la vigencia de este seguro. Adicional a ello, la aseguradora se pronunciará si es aplicable o no alguna exclusión de las señaladas en el artículo N° 5 precedente. El asegurado, dentro de los quince (15) días siguientes a la comunicación de la determinación de la aseguradora, podrá requerir por una única vez que la invalidez total a consecuencia de un accidente sea evaluada por una junta compuesta por tres (3) médicos cirujanos, elegidos por él, de entre una nómina de cinco (5) o más médicos propuestos por la aseguradora, los que deberán encontrarse ejerciendo, o que hayan ejercido por al menos un año, como miembros de las Comisiones Médicas Regionales o de la Comisión Médica Central de la Superintendencia de Pensiones. La Junta Médica evaluará la invalidez total y permanente del asegurado, pronunciándose si se encuentra inválido en forma total y permanente, conforme a los conceptos descritos en esta cláusula adicional y a las “Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Sistema de Pensiones", determinando, si procede, a su vez la fecha en que se produjo la invalidez. La Junta Médica podrá someter al asegurado a los exámenes médicos que considere necesarios, cuyos costos serán soportados en partes iguales entre el asegurado y la aseguradora. Toda declaración o dictamen de invalidez o incapacidad será considerado por la aseguradora como un antecedente adicional y referencial, pero no vinculante al momento de liquidar el siniestro. Durante el período de evaluación, y hasta que proceda al pago definitivo de indemnización correspondiente por parte de la aseguradora, el contratante deberá continuar con el pago regular de la prima. Si se procediere a aceptar por la aseguradora el siniestro, se hará devolución de la prima pagada desde la fecha de declaración de la invalidez cubierta por este seguro. c) Pago de la indemnización: Recibido los antecedentes que motivan la exigibilidad de la indemnización, la aseguradora evaluará su procedencia en un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la presentación de la documentación requerida. Vencido dicho plazo y habiéndose determinado la procedencia del pago, la aseguradora pagará de inmediato el monto de la indemnización.

  • Indemnizaciones 1. Se establecen las siguientes indemnizaciones para todos los trabajadores afectados por este Convenio: a) En caso de muerte derivada de enfermedad común o accidente no laboral, el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio aplicable vigente en cada momento.

  • OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN El Instituto pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado, podrá reparar el daño o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.

  • Obligaciones del Oferente Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • OBLIGACIONES DEL USUARIO Además de las obligaciones contenidas en estas Condiciones Generales de Uso, el Usuario se obliga a lo siguiente: - Usar diligentemente el nombre de Usuario y las contraseñas personales asignadas al Usuario, en caso de haberlas. El nombre de Usuario y la contraseña que se asignen a cada Usuario con el fin de acceder a los Sitios Web, o a los Servicios y Materiales, son de carácter confidencial y personal. El uso de este nombre y contraseña está restringido exclusivamente al Usuario a quien este nombre o contraseña son asignados. El Usuario es responsable de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que se ocasionen como consecuencia de la utilización de su nombre de Usuario o contraseña, por parte de un tercero, y que se deriven de la pérdida de los mismos o de la negligencia del Usuario. - Seguir las instrucciones impartidas sobre los Sitios Web. Para propender el correcto funcionamiento de los Sitios Web y el adecuado acceso y uso de los Servicios y Materiales ofrecidos en ellos, la Empresa, en su caso, podrá en cualquier tiempo dirigir instrucciones a los Usuarios. Las instrucciones podrán ser dirigidas vía correo electrónico o bien podrán estar estipuladas directamente en las páginas respectivas. El Usuario se compromete a mantenerse informado respecto de estas instrucciones y a cumplirlas diligentemente. - Usar los Sitios Web y los Servicios y Materiales, en forma correcta y lícita. El Usuario deberá usar los Servicios y los Materiales ofrecidos en conformidad a la ley, a las Condiciones Generales y Particulares de Uso y respetando la moral, las buenas costumbres y el orden público. El Usuario se abstendrá de usar los Sitios Web, los Servicios y los Materiales en cualquier forma que pueda lesionar los derechos e intereses de la Empresa, de otros Usuarios o de terceros, o que pueda dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o afectar de cualquier otro modo los Sitios Web, los Servicios o los Materiales o el uso de cualquiera de éstos por parte de los Usuarios. - Acceder u obtener Materiales por los procedimientos específicamente establecidos en las páginas web que contienen estos Materiales, y, de no haberse establecido un procedimiento, utilizando procedimientos lícitos y generalmente aceptados en Internet. En caso alguno podrá el Usuario acceder u obtener Materiales mediante formas que impliquen la creación de un riesgo o puedan acarrear daños o perjuicios a los Sitios Web, los Servicios o los Materiales. - No suprimir o alterar de modo que se haga menos visible, la mención o noticia de copyright o propiedad intelectual o cualquier otro dato que identifique a los titulares de los derechos sobre los Materiales, así como los demás mecanismos de protección, identificación u otros equivalentes, referidos a los Materiales. - No utilizar los Materiales para fines de venta, publicidad, propaganda u otros fines de naturaleza comercial. - No recoger, recopilar, descargar, copiar o proporcionar a terceros directorios de Usuarios ni ninguna información acerca de otros Usuarios, incluidas sus direcciones de correo electrónico. - No cargar, enviar por email o transmitir por cualquier otra forma ningún Material ni información que contenga virus de software o archivos o programas diseñados para interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de cualquier software computacional o hardware o equipo de telecomunicación asociados con los Sitios Web.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES SIN PERJUICIO DE LOS QUE PUEDAN ESTABLECERSE EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL ANEXO V. O bligaciones del contratista. 1/ Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. 2/ El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 3/ El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. 4/ Del resto de obligaciones derivadas del presente pliego o de la legislación aplicable.