GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantos otros gastos se ocasionen, licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato.
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. 31.1.- Son de cuenta del contratista los gastos de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan.
31.2.- Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo.
31.3.- Son igualmente de cuenta del contratista, los gastos de anuncios de la presente licitación.
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. 19.1. Serán de cuenta y responsabilidad del contratista las solicitudes, gastos, tributos y garantías para autorizaciones entre las que se encuentran las garantías que sea necesario depositar en los diferentes organismos públicos para la obtención de las autorizaciones pertinentes bien sea en metálico mediante aval bancario serán por cuenta del contratista. Asimismo serán por cuenta del contratista, los tributos de cualquier clase o naturaleza creados por el Estado, Comunidad Autónoma o Municipio, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido a la Propiedad, y cualesquiera otros conceptos análogos que origine el Contrato, y todos aquellos que se produzcan hasta la total terminación de las obras y su Recepción total y conforme, incluido la Licencia de Obras y Actividades.
19.2. Serán de cuenta del contratista las tramitaciones y gastos necesarios para la legalización de los proyectos relativos a instalaciones y servicios ante los Organismos y Compañías suministradoras (gas, agua, energía eléctrica, centros de transformación, etc.), así como para la consecución de cuantas licencias, permisos o autorizaciones sean precisas para la obtención del alta y puesta en marcha de dichas instalaciones, incluso la gestión final de materiales afectados o residuos en el hipotético caso de que apareciesen en el vaciado de tierras, así como los gastos de estudio de los mismos. En general, el contratista tiene que realizar y satisfacer cuantas gestiones y documentos sean precisos para el funcionamiento adecuado y legalizado de las instalaciones, así como de las acometidas provisionales o suministros autónomos.
19.3. Serán de cuenta del contratista los gastos del anuncio o anuncios de licitación.
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe máximo de los gastos de publicidad del contrato, tanto en el BOP xx Xxxx, como, en su caso, en el BOE, DOCE o en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el Anexo I (Punto 21) del presente PCAP. Dichos gastos podrán ser descontados del primer pago al contratista. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el Órgano de contratación, según lo establecido en el Anexo I (Punto 15). al presente pliego. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que, no obstante, se indicará como partida independiente en la oferta.
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. Son de cuenta del adjudicatario los gastos de publicidad de licitación derivados de los anuncios en prensa y en publicaciones oficiales así como los de formalización del contrato, caso de exigirlo en documento público. Los gastos derivados de los anuncios de licitación en prensa y medios oficiales, se abonarán en su total importe, salvo que éste supere el 0,6% del presupuesto de licitación, en cuyo caso solo se abonará el importe hasta este límite.
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. AYUNTAMIENT
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios ya sea en boletines, diarios oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, tasas y toda clase de tributos que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo.
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Pliego de condiciones para la gestión del servicio público de limpieza viaria, así como la prestación del servicio de limpieza de dependencias municipales y colegios públicos en el término municipal xx Xxxxxxx
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. Son de cuenta del contratista los gastos, impuestos y anuncios que genere esta contratación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato será de 900 euros. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan, en orden a la ejecución de este contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe de dichos gastos será abonado a SFM previa presentación de factura por parte de ésta. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que resulten necesarias, siendo responsable directo el contratista en caso de no suscribirlas.