GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de licitación en Boletines Oficiales y, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €. 26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto. 26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante. 26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras. 26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia. 26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23. 26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras. 26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites. 26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 23.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales ypor una sola vez, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar , y que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista podrán ascender hasta un importe máximo de 6.000€.
23.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del 1% contrato, que correrán por cuenta del presupuesto de ejecución material de contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la obra Administración, que figura se indicará como partida independiente. (art. 145.5 TRLCSP) Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el proyectoprecio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos.
26.3.- Asimismo23.3.- Adicionalmente, el serán por cuenta del contratista deberá instalar y retirar los gastos correspondientes a su finalización, los siguientes conceptos:
a) Indemnizaciones por daños ocasionados a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratanteterceros.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro b) Alquiler o adquisición, y mantenimiento de responsabilidad civil por locales, oficinas y talleres.
c) Gastos de energía, agua, comunicaciones, limpieza, o cualquiera otros necesarios para el funcionamiento o mantenimiento de los locales, oficinas y talleres.
d) Equipamiento de oficinas, talleres, locales, etc.
e) Adquisición y mantenimiento de máquinas, equipos y herramientas.
f) Productos de limpieza, etc.
g) Disposición de todos los vehículos necesarios para realizar el servicio.
h) Tramitación y pago de las Pólizas de Seguro necesario para la explotación de vehículos en previsión de daños a terceros, tanto a personas así como a bienesen el pago de sanciones o multas por infracciones de tráfico, etc.
i) Aportación de los medios necesarios para el cumplimiento de las normativas de Seguridad y Salud Laboral vigentes, así como como, de formación de los trabajadores.
j) Instalación y operación de los adecuados medios de comunicación (correo electrónico, teléfono y fax) e informatización requeridos por daños producidos al Cabildo Insular la organización del servicio.
k) Arrendamiento de Tenerife o al personal de él dependientelos equipos que eventualmente deba emplear el adjudicatario, durante la vigencia el periodo de reparación de averías de maquinaria y equipos, para asegurar el normal funcionamiento del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obrasservicio.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos l) Gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización realización de la obra, si la naturaleza y proyección todas las tareas relativas los trabajos de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provinciamantenimiento preventivo.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos m) Gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución legalización de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requierainstalaciones, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de incluso tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de ante los organismos oficiales para el sellado correspondientes, realización de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitestécnicos.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Service Agreement
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos 28.1.- El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos derivados de la publicación anuncio de los anuncios de licitación en Boletines Oficiales ylicitación, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización en su caso del contrato, contrato (si éste se elevare elevase a escritura pública), hasta un importe de 5.000 euros. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación empresa concesionaria, salvo que el mismo acredite el ingreso del presente contrato coste de aquellos en la Tesorería General del Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife. Página43
28.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los citados medios asciende a presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta ejecución del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obracontrato, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado correrán por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la información al público sobre el inicio Administración y finalización de que se indicará como partida independiente. Se consideran también incluidos en la obra, si la naturaleza proposición del adjudicatario y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta precio del contratista contrato todos los gastos derivados de que resultaren necesarios para la correcta ejecución de del contrato, incluidos los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23posibles desplazamientos.
26.7.- El contratista queda obligado 28.3.- Asimismo, serán por cuenta del Adjudicatario los gastos correspondientes a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución los siguientes conceptos:
1) Pago de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de tratamiento de residuos no excluidas en la Cláusula 7 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
2) Todos los organismos oficiales para el sellado costes de alquiler o adquisición, acondicionamiento, equipamiento, mantenimiento y conservación de los Certificados de Instalacioneslocales, solicitando de la Administración correspondiente oficinas y talleres que resulten necesarios, incluidos los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución proporcionados por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Saludel Ayuntamiento, así como los correspondientes derivados del consumo de luz, telefonía, conexiones a internet o cualquier otro suministro en las instalaciones fijas adscritas a la Dirección Facultativa ejecución del contrato, incluidas las de titularidad municipal y en todo caso deberá hacerse cargo de los impuestos que graven el inmueble y que legalmente sean repercutibles.
3) Cualquier recargo impuesto por la empresa concesionaria del servicio de abastecimiento y saneamiento, por incumplimientos de lo recogido en las obrascorrespondientes ordenanzas municipales.
4) Adquisición y mantenimiento de máquinas, vehículos, equipos y otros herramientas necesarios para la prestación de naturaleza análoga a los mismosservicios.
5) Disposición de todos los medios de transporte necesarios para realizar el servicio.
6) Instalación y operación de los adecuados medios de comunicación (correo electrónico, teléfono y fax) e informatización requeridos por la organización del servicio (GPS, control de presencia en tiempo real, GIS, trazabilidad y pesaje de contenedores, etc.).
7) Arrendamiento de los equipos y medios auxiliares que se deriven eventualmente deba emplear el Adjudicatario.
8) La ejecución del retraso producido por causa programa anual de aquélformación, concienciación, comunicación e información ciudadana.
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Samples: Contratación De Servicios Públicos
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 29.1.- Son de cuenta del deI contratista todos los Ios gastos derivados de la publicación Ia pubIicación de los anuncios Ia Iicitación.
29.2.- Tanto en Ias proposiciones presentadas por Xxx Xxxxxxxxxxx, como en Ios presupuestos de licitación en Boletines Oficiales yadjudicación se entienden comprendidos todas Ias tasas e impuestos, en su casodirectos e indirectos, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y los de formalización del arbitrios municipaIes que graven Ia ejecución deI contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del que correrán por cuenta deI contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar , saIvo eI IVA, que se verifiquen los ensayos indicará como partida independiente. (art. 129.5 LCSP) Se consideran también incIuidos en Ia proposición deI adjudicatario y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los en eI precio deI contrato todos Ios gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de resuItaren necesarios para Ia ejecución material de la obra que figura en el proyecto.deI contrato
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- 29.3.- Serán de cuenta del deI contratista Ios gastos de ensayo y controIes de caIidad acordados por Ia dirección de Ia obra en una cuantía máxima equivaIente aI 1% deI presupuesto de Ia obra. No obstante, no tendrán taI Iimitación y correrán íntegramente por cuenta deI contratista, los Ios gastos derivados de la información al público sobre el inicio controIes que sea necesario reaIizar como consecuencia de defectos en Ia caIidad y finalización en Ia ejecución de la Ia obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- 29.4.- Serán de cuenta del deI contratista , además de todos los Ios gastos derivados originados por Ios organismos de la correcta ejecución controI, proyectos y boIetines de los trabajosinstaIaciones y demás documentación necesaria para puesta en servicio y funcionamiento de Ias obras, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, adecuadas a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obrasdestino.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contract for Works
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- (art. 153 RG)
24.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales yy en un periódico de cada provincia por una sola vez (art. 67.2.g) RG), en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo , salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería General del Parlamento de Canarias..
24.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato licitadores, como en los citados medios asciende a presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la obra podrá ordenar Administración, que se verifiquen los ensayos indicará como partida independiente. (art. 129.5 LCSP) Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes en el precio del contrato todos los gastos que se originen, serán resultaren necesarios para la ejecución del contrato.
24.3.- Serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del los gastos de ensayo y controles de calidad acordados por la dirección de la obra en una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.. (art. 67.3.i) RG)
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Samples: Construction Contract
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos gastos, en su caso, derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en los Boletines Oficiales yOficiales, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación , que se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos. El importe máximo Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista. Por aplicación del artículo 19.1.2º de la Ley 20/1991, de 7 xx xxxxx, de modificación de los gastos aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de publicidad Canarias, en la presente obra, dada su naturaleza, excepcionalmente se invierte la condición de sujeto pasivo a los efectos del Impuesto General Indirecto Canario, de forma que el Consorcio se autorepercutirá el I.G.I.C. tomando como base imponible el presupuesto de adjudicación del contrato, y el contratista emitirá su factura por cada certificación de obra haciendo constar en ella la licitación mención “inversión del presente sujeto pasivo”. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, y en concreto, la elaboración e instalación de los carteles de obras, el suministro y reposición por deterioro de las mallas con infografías para el vallado de cerramiento de la obra, y la elaboración de muestras de la barandilla. También se originenconsideran incluidos en dichos gastos la elaboración de los planos as-built de la obra, serán con referencia a las instalaciones soterradas, ubicación de todo tipo de elementos (mobiliario, arquetas, canalizaciones, etc.), en formato compatible con sistemas de información geográfica (GIS). Serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del los gastos de ensayo y controles de calidad acordados por la dirección de la obra en una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insularo en su caso, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en oferta de mejora de control de calidad realizada por el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21adjudicatario. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra. (art. 67.3.i) RG). Asimismo, si la naturaleza no tendrán tal limitación y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de correrán íntegramente por cuenta del contratista todos contratista, los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara controles incluidos en su plazo Oferta de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obrasCalidad, y otros definidos en el Plan de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa Calidad y Programa de aquélPuntos de Inspección ofertado para esta obra.
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Samples: Contract for Construction Works
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 28.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación del contrato, tanto en Boletines Oficiales yboletines oficiales como, en su caso, en los periódicos otros medios de mayor difusión difusión, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima especificada, en su caso, en la provincia letra N del Cuadro de características del contrato.
28.2.- Tanto en las ofertas presentadas por los interesados, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y los de formalización arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, si éste que correrán por cuenta del contratista, salvo el IVA que xxxx ser repercutido y soportado por la Administración, que se elevare indicará como partida independiente. Se entenderá que correrán por cuenta del contratista la tasa correspondiente a escritura públicala licencia municipal de obras y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Los citados En el caso de que no hayan sido abonados por el contratista, la Administración le reclamará el importe correspondiente. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos. Cuando el objeto del contrato incluya la redacción del proyecto de obras, también se entienden comprendidos los derechos de visados del proyecto.
28.3.- Serán de cuenta del contratista los impuestos, las tasas de los trabajos facultativos de replanteo, los gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratistala realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra o de informes específicos sobre los mismos, de inspección y de liquidación de la obra y otros que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. El importe límite máximo de los gastos a cuenta del contratista en relación con la verificación de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del asciende a una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra obra, o al que figura se disponga en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, salvo que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos se indique otro porcentaje o importe en la cláusula 21letra W del Cuadro de características del contrato. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- 28.4.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos de publicación de los anuncios de afecciones a los usuarios con motivo de la ejecución de las obras.
28.5.- Serán de cuenta del contratista los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El del suministro eléctrico utilizado por el contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza 28.6.- Será de las obras así lo requiera, cuenta del contratista el contratista realizará coste de la gestión de las solicitudes residuos producidos con motivo de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio la ejecución de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de conformidad con la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitesnormativa aplicable.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contract for Works
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de licitación en Boletines Oficiales y, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.escritura
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.el
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Construction Contract
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 28.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios del anuncio de licitación en Boletines Oficiales el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Xxxx de Tenerife y, en su casocaso y si así lo estimase la Administración, en los periódicos de mayor difusión en la provincia diarios locales y por una sola vez (art. 67.2.g) RG), así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El , y que podrán ascender hasta un importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 3.000 €.
26.2.- La Dirección Facultativa 28.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la obra podrá ordenar ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración, que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán indicará como partida independiente.
28.3.- Serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del los gastos de ensayo y controles de calidad acordados por la dirección de la obra en una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de la obra. No obstante, no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la calidad y en la ejecución material de la obra que figura en el proyectoobra. (art. 67.3.i) RG).
26.3.- Asimismo28.4.- Serán gastos del adjudicatario instalar, a su xxxxx, las señales precisas para indicar el acceso a la ejecución de la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en su lindes e inmediaciones, así como cumplir las órdenes sobre instalación de señales complementarias o modificación de las ya instaladas.
28.5.- Asimismo el contratista deberá deberá, instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obraobra que, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insularde la corporación municipal, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratanteDirector del Contrato.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- 28.6.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provinciaIsla.
26.6.- 28.7.- Serán asimismo de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, trabajos desde el punto de conformidad con la normativa vigente en materia vista de seguridad y saludsalud (señalización, en los términos previstos en la cláusula 23medidas de protección colectiva, medidas de protección individual, evaluación de riesgos especializada, mediciones higiénicas etc.).
26.7.- El 28.8.- Asimismo serán de cuenta del contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes y el otorgamiento de aquellas licencias de obras y de actividad, autorizaciones o de otros requerimientos análogos cualquier requerimiento que fueren necesarios, incluyendo fuere necesario así como el abono de tasas y otros gastos los tributos que ello conlleve establecidos en las normas y ordenanzas municipales y de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarios para el inicio de las obrasinicio, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalacionesobras, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, que para ello, ello sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife Ayuntamiento de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si . En el caso que la corporación municipal tuviere que abonar cualquier tasa o tributo relacionado con dichas licencias, autorizaciones o actividades, conforme a esta estipulación contractual que determina que es un gasto asumido por el contratista, será repercutida posteriormente por aquel quien podrá ingresarlo en la Tesorería municipal o se le descontará de la certificación de obra se demorara en su plazo de ejecución que la Administración le abonara, previa entrega, por causas imputables la Administración al contratista, este asumirá los gastos que se deriven del justificante de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a su abono previo por la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquélAdministración.
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Samples: Contract for Public Works
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos contratista:
29.1. Todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios la licitación que el órgano de licitación contratación decida realizar en Boletines Oficiales ypor una sola vez, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los , y que podrán ascender hasta un importe máximo de 3.000€. En su caso, los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería de Viviendas, Proyectos y Obras Municipales de Santa Xxxx de Tenerife, S.A.
29.2. El importe máximo Serán a cargo del contratista adjudicatario la instalación de un cartel anunciador de as obras, cuyo modelo y condiciones técnicas serán fijados por Viviendas, Proyectos y Obras Municipales de Santa Xxxx de Tenerife, S.A.
29.3. Tanto en las proposiciones presentadas por los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato licitadores, como en los citados medios asciende a presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta ejecución del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obracontrato, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado correrán por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que se indicará como partida independiente. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos derivados que resultaren necesarios para la ejecución del contrato
29.4. Los correspondientes a pruebas, ensayos de materiales, envío y recogida de documentación, construcción, retirada y remoción de toda clase de construcciones auxiliares, limpieza y evacuación de desperdicios y basuras, conservación y desagüe y, en general, cuantos trabajos e informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, así como para su comprobación.
29.5. Los de suministro, colocación y conservación, en su caso, de señales de tráfico y demás recursos necesarios, así como los precisos para proporcionar seguridad dentro de las obras, así como las autorizaciones o permisos para el cierre a la información al público sobre el inicio y finalización circulación de vehículos de las vías públicas o tramos de las mismas afectados de las obras, o en su caso las modificaciones a realizar en la circulación de vehículos.
29.6. En aquellos casos en los que por razones de seguridad, se considerase necesaria la instalación de un cerramiento total o parcial de la obra, si la naturaleza y proyección instalación de la obra lo requieremisma, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico con las características que, señale la Dirección Facultativa o periódicos de mayor difusión de la provinciaAdministración Municipal, será por cuenta del contratista.
26.6.- 29.7. Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución publicación de los trabajosanuncios de afecciones a los usuarios, con motivo de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando 29.8. Cualquier otro gasto a que hubiere lugar para la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas realización del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitescontrato.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contract for the Execution of Works
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 27.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación del contrato, tanto en Boletines Oficiales yboletines oficiales como, en su caso, en los periódicos otros medios de mayor difusión difusión, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima especificada en la provincia letra P del Cuadro de características del contrato.
27.2.- Tanto en las ofertas presentadas por los interesados, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y los de formalización arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, si éste que correrán por cuenta del contratista, salvo el IVA que xxxx ser repercutido y soportado por la Administración, que se elevare a escritura públicaindicará como partida independiente. Los citados Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato. Cuando el objeto del contrato incluya la redacción del proyecto, también se entienden comprendidos los derechos de visados del proyecto.
27.3.- Serán de cuenta del contratista los impuestos, las tasas de los trabajos facultativos de replanteo, los gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratistala realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra o de informes específicos sobre los mismos, de inspección y de liquidación de la obra y otros que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. El importe límite máximo de los gastos a cuenta del contratista en relación con la verificación de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del asciende a una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra obra, o al que figura se disponga en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, salvo que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos se indique otro porcentaje o importe en la cláusula 21letra T del Cuadro de características del contrato. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- 27.4.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos de publicación de los anuncios de afecciones a los usuarios, con motivo de la ejecución de las obras.
27.5.- Serán de cuenta del contratista los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El del suministro eléctrico utilizado por el contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza 27.6.- Será de las obras así lo requiera, cuenta del contratista el contratista realizará coste de la gestión de las solicitudes residuos producidos con motivo de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio la ejecución de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de conformidad con la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitesnormativa aplicable.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contrato De Obras
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 29.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación del contrato, tanto en Boletines Oficiales yboletines oficiales como, en su caso, en los periódicos otros medios de mayor difusión difusión, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima especificada en la provincia letra N del Cuadro de características del contrato.
29.2.- Tanto en las ofertas presentadas por los interesados, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y los de formalización arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, si éste que correrán por cuenta del contratista, salvo el IVA que xxxx ser repercutido y soportado por la Administración, que se elevare a escritura públicaindicará como partida independiente. Los citados Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato. Cuando el objeto del contrato incluya la redacción del proyecto, también se entienden comprendidos los derechos de visados del proyecto.
29.3.- Serán de cuenta del contratista los impuestos, las tasas de los trabajos facultativos de replanteo, los gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratistala realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra o de informes específicos sobre los mismos, de inspección y de liquidación de la obra y otros que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. El importe límite máximo de los gastos a cuenta del contratista en relación con la verificación de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del asciende a una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra obra, o al que figura se disponga en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, salvo que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos se indique otro porcentaje o importe en la cláusula 21letra R del Cuadro de características del contrato. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- 29.4.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos de publicación de los anuncios de afecciones a los usuarios, con motivo de la ejecución de las obras.
29.5.- Serán de cuenta del contratista los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El del suministro eléctrico utilizado por el contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza 29.6.- Será de las obras así lo requiera, cuenta del contratista el contratista realizará coste de la gestión de las solicitudes residuos producidos con motivo de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio la ejecución de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de conformidad con la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitesnormativa aplicable.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contrato De Obras
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 1. Son de cuenta del de la persona contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de licitación en Boletines Oficiales y, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
2. Los En el caso que el órgano de contratación decidiera publicar la licitación en Boletines Oficiales y/o en periódicos de tirada provincial/regional por una sola vez, estos gastos derivados de dichas publicaciones correrán a cargo de la persona contratista, hasta un importe máximo de MIL (1.000) EUROS. Para ello, los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la entidad ECOAGA.
3. El importe máximo de Tanto en las proposiciones presentadas por los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato licitadores, como en los citados medios asciende a presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la obra podrá ordenar Administración, que se verifiquen los ensayos indicará como partida independiente. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes en el precio del contrato todos los gastos que se originenresultaren necesarios para la ejecución del contrato, serán incluidos los posibles desplazamientos.
4. Serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del los gastos de ensayo y controles de calidad acordados por la dirección de la obra en una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- 5. Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de publicación de los anuncios de afecciones a los usuarios, con motivo de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contract for Public Works
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de licitación en Boletines Oficiales y, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.Identidad
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Construction Contract
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 23.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios la licitación (anuncio de licitación y anuncio de formalización) en Boletines Oficiales yOficiales, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo de tres mil quinientos euros (son: 3.500,00 €). Asimismo, correrán a cargo del 1% Contratista los gastos de señalizaciones, carteles de acceso y circulación en las zonas de obras, que se deberán realizar conforme a las disposiciones vigentes y a las instrucciones del presupuesto Director facultativo y del Responsable de ejecución material la Obra. Cualquier control de calidad relativo a consumos energéticos, producción de agua potable o cualquier otro de cualquier tipo que esté directamente relacionado con el objeto de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismocorrerá a cargo exclusivo del contratista, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene hasta la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio finalización de las obras. Dichos controles se deberán llevar a cabo, al menos, una vez al finalizar la obra, al objeto de comprobar que no se han realizado modificaciones de caudal, calidad del agua producto, etcétera.
26.5.- Serán 23.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) que deba ser soportado por XXXXXX, que se indicará como partida independiente. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato, todos los gastos derivados de que resultaren necesarios para la información al público sobre el inicio y finalización de la obraejecución del contrato, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provinciaincluidos los posibles desplazamientos.
26.6.- 23.3.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de Auditoría Energética que se deberán practicar una vez finalizadas las obras así lo requieray previa su entrega a SALOSA. XXXXXX será la encargada de designar a la tercera persona encargada de realizar dicha Auditoría Energética, no pudiendo el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitesponer impedimento alguno.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contrato De Obras
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 23.1- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales yy en prensa si así se publicase, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería del Organismo. El importe Los gastos se presupuestas en un máximo de 150 €.- xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxx/xxxxx/000/Xxxxxxx.xxxx?x=x0x0xxxx00
23.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos. 24.- ABONOS AL CONTRATISTA (arte. 200 y 269 LCSP). 24.1.- El contratista tendrá derecho al abono de publicidad los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración. 24.2.- El pago se realizará contra factura, expedida conforme la normativa vigente, debidamente conformada por la Unidad que reciba el trabajo o, en su caso, por el designado como responsable del contrato. La Administración deberá abonar el importe de la licitación del presente contrato en las facturas dentro de los citados medios asciende sesenta días siguientes a la cantidad estimada fecha de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa expedición de los documentos que acrediten la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obrarealización del contrato. En caso de resultar pertinentes demora por la Administración en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de sesenta días, los gastos intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre por la que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de establecen medidas contra la obra que figura morosidad en las operaciones comerciales. Si la demora en el proyecto.
26.3.- Asimismopago fuese superior a cuatro meses, contados a partir del vencimiento de los dos meses a que se refiere el párrafo anterior, el contratista deberá instalar y retirar a podrá proceder, en su finalizacióncaso, a su xxxxxla suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los carteles derechos que puedan derivarse de obradicha suspensión, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21LCSP. No se permitirá Si la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa demora de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado Administración fuese superior a concertar ocho meses, contados a su xxxxx un seguro partir del vencimiento del plazo de responsabilidad civil por daños dos meses a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en que se refiere el Registro General párrafo primero de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requierapresente cláusula, el contratista realizará la gestión tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de las solicitudes los perjuicios que como consecuencia de aquellas autorizaciones o ello se le originen.
24.3.- El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obraslos medios legalmente establecidos, su ejecución derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos queexpida el mandamiento de pago a favor del cesionario, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos es preciso que se deriven le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Saludcesión, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.(art. 201 LCSP). 25,-
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Samples: Contract for Supply and Installation of Solar Streetlights
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- (art. 153 RG)
27.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales yy en un periódico de cada provincia por una sola vez (art. 67.2.g) RG), en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
27.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por Puertos Canarios, que se indicará como partida independiente. Los citados gastos de publicación se descontarán (art. 145.5 TRLCSP) Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el primer pago efectuado a favor precio del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes todos los gastos que se originen, serán resultaren necesarios para la ejecución del contrato
27.3.- Serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del los gastos de ensayo y controles de calidad acordados por la dirección de la obra en una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.. (art. 67.3.i) RG)
26.6.- 27.4.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución publicación de los trabajosanuncios de afecciones a los usuarios, con motivo de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Construction Contract
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales yOficiales, en su casosi éstos fueran obligatorios, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos , así como de publicación se descontarán cuantas licencias, autorizaciones y permisos que procedan, en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de especial la tasa por prestación de
26.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato licitadores, como en los citados medios asciende a la cantidad estimada presupuestos de 1.500 €adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos antes indicados.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán 26.3.- Serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del los gastos de ensayo y controles de calidad acordados por la dirección de la obra en una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra.
26.4.- El contratista tendrá la obligación de colocar, a su cargo, carteles informativos de la obra, si la naturaleza y proyección siguiendo los modelos e instrucciones de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provinciaAdministración.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- 26.5.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contratola dirección de la obra, un reportaje fotográficofotográfico mensual sobre las mismas, así como cuantas fotografías le puedan ser exigidas durante la ejecución de aquellas.
26.6.- El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, las de circulación en soporte digitalla zona que ocupan los trabajos, durante así como las de los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes o inmediaciones.
26.7.- El contratista está obligado no sólo a la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando , sino también a su conservación y policía hasta la naturaleza recepción y durante el plazo de garantía de las obras mismas. Igualmente, el adjudicatario responderá de la vigilancia de los terrenos así lo requieracomo de los bienes que haya en los mismos. Si así fuera requerido por la Dirección de la obra, el contratista realizará tendrá la gestión obligación de adscribir, con carácter permanente, personal de guarda en las obras hasta la recepción de las solicitudes mismas. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de aquellas autorizaciones o adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de otros requerimientos análogos cualquier índole que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de graven los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitesdiversos conceptos.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contract for Construction Services
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 27.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación del contrato, tanto en Boletines Oficiales yboletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión. También serán a su cargo los periódicos gastos derivados de mayor difusión la publicidad relativa a la construcción, actuaciones y actos de inauguración de las obras objeto del presente contrato, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima especificada en la provincia letra M del Cuadro de características del contrato.
27.2.- Tanto en las ofertas presentadas por los interesados, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y los de formalización arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, si éste que correrán por cuenta del contratista, salvo el IVA que xxxx ser repercutido y soportado por la Administración, que se elevare a escritura públicaindicará como partida independiente. Los citados Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato.
27.3.- Serán de cuenta del contratista los impuestos, las tasas de los trabajos facultativos de replanteo, los gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratistala realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra o de informes específicos sobre los mismos, de inspección y de liquidación de la obra y otros que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. El importe límite máximo de los gastos a cuenta del contratista en relación con la verificación de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del asciende a una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra obra, o al que figura se disponga en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- 27.4.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos de publicación de los anuncios de afecciones a los usuarios, con motivo de la ejecución de las obras.
27.5.- Serán de cuenta del contratista los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El del suministro eléctrico utilizado por el contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza 27.6.- Será de las obras así lo requiera, cuenta del contratista el contratista realizará coste de la gestión de las solicitudes residuos producidos con motivo de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio la ejecución de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de conformidad con la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitesnormativa aplicable.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contrato De Obras
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos Página43
28.1.- El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos derivados de la publicación anuncio de los anuncios de licitación en Boletines Oficiales ylicitación, en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización en su caso del contrato, contrato (si éste se elevare elevase a escritura pública), hasta un importe de 5.000 euros. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación empresa concesionaria, salvo que el mismo acredite el ingreso del presente contrato coste de aquellos en la Tesorería General del Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife.
28.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los citados medios asciende a presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta ejecución del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obracontrato, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado correrán por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración y que se indicará como partida independiente.
28.3.- Asimismo, serán por cuenta del Adjudicatario los gastos derivados correspondientes a los siguientes conceptos:
1) Pago de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de tratamiento de residuos no excluidas en la Cláusula 7 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
2) Todos los organismos oficiales para el sellado costes de alquiler o adquisición, acondicionamiento, equipamiento, mantenimiento y conservación de los Certificados de Instalacioneslocales, solicitando de la Administración correspondiente oficinas y talleres que resulten necesarios, incluidos los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución proporcionados por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Saludel Ayuntamiento, así como los correspondientes derivados del consumo de luz, telefonía, conexiones a internet o cualquier otro suministro en las instalaciones fijas adscritas a la Dirección Facultativa ejecución del contrato, incluidas las de titularidad municipal y en todo caso deberá hacerse cargo de los impuestos que graven el inmueble y que legalmente sean repercutibles.
3) Cualquier recargo impuesto por la empresa concesionaria del servicio de abastecimiento y saneamiento, por incumplimientos de lo recogido en las obrascorrespondientes ordenanzas municipales.
4) Adquisición y mantenimiento de máquinas, vehículos, equipos y otros herramientas necesarios para la prestación de naturaleza análoga a los mismosservicios.
5) Disposición de todos los medios de transporte necesarios para realizar el servicio.
6) Instalación y operación de los adecuados medios de comunicación (correo electrónico, teléfono y fax) e informatización requeridos por la organización del servicio (GPS, control de presencia en tiempo real, GIS, trazabilidad y pesaje de contenedores, etc.). Página44
7) Arrendamiento de los equipos y medios auxiliares que se deriven eventualmente deba emplear el Adjudicatario.
8) La ejecución del retraso producido por causa programa anual de aquélformación, concienciación, comunicación e información ciudadana.
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Samples: Contratación De Servicios Públicos
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales yOficiales, en su casosi éstos fueran obligatorios, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos que procedan, en especial la tasa por prestación de servicios urbanísticos, por el concepto de licencia de obras y otros, además de cuántos visados sean preceptivos para la entrega debidamente legalizada de las instalaciones. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado Asimismo, vendrá obligado a favor del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, tasas y todas clase de tributos, en especial el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras si este fuera
26.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se originen, serán entienden comprendidos todas las tasas e impuestos antes indicados.
26.3.- Serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del los gastos de ensayo y controles de calidad acordados por la dirección de la obra en una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra.
26.4.- El contratista tendrá la obligación de colocar, a su cargo, carteles informativos de la obra, si la naturaleza y proyección siguiendo los modelos e instrucciones de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provinciaAdministración.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- 26.5.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contratola dirección de la obra, un reportaje fotográficofotográfico mensual sobre las mismas, así como cuantas fotografías le puedan ser exigidas durante la ejecución de aquellas.
26.6.- El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, las de circulación en soporte digitalla zona que ocupan los trabajos, durante así como las de los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en sus lindes o inmediaciones.
26.7.- El contratista está obligado no sólo a la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando , sino también a su conservación y policía hasta la naturaleza recepción y durante el plazo de garantía de las obras mismas. Igualmente, el adjudicatario responderá de la vigilancia de los terrenos así lo requieracomo de los bienes que haya en los mismos. Si así fuera requerido por la Dirección de la obra, el contratista realizará tendrá la gestión obligación de adscribir, con carácter permanente, personal de guarda en las obras hasta la recepción de las solicitudes mismas. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de aquellas autorizaciones o adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de otros requerimientos análogos cualquier índole que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de graven los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámitesdiversos conceptos.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contract for Public Works Execution
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales y, y en su caso, en los periódicos de mayor difusión caso en la provincia y prensa diaria u otros medios de difusión hasta un importe máximo de mil euros, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán Tanto en el primer pago efectuado a favor del contratista. El importe máximo de las proposiciones presentadas por los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato licitadores como en los citados medios asciende presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos gastos generales, gastos financieros, seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios de personal a la cantidad estimada su cargo, de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa comprobación y ensayo, matriculación, ITV, tasas y toda clase de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos tributos, y análisis demás derivados de materiales las obligaciones del contrato, beneficio industrial, y unidades de obrael Impuesto sobre el Valor Añadido. En caso de resultar pertinentes los gastos que se originen, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismoparticular, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia precio del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta del contratista lote 1 comprenderá todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven del suministro de tal demora chasis y relativos a su traslado posterior al lugar de montaje de la cisterna de riego y baldeo que comunique la Mancomunidad. El precio del lote 2 comprenderá todos los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, gastos que se deriven del retraso producido suministro y montaje sobre el chasis de la cisterna de riego y baldeo, y su transporte posterior hasta las instalaciones del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos en Santa Xxxxxxxx, Iurreta. En particular, comprenderá gastos de homologación, legalización en ITV de todos los elementos añadidos, matriculación y rotulación del anagrama y colores de la Mancomunidad, de modo que el vehículo se entregue puesto en carretera, a falta solo del seguro, sin que por causa tanto puedan ser repercutidos tales gastos con partidas independientes del precio de aquéladjudicación.
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Samples: Contrato De Suministro
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 22.1.- Son de cuenta del contratista adjudicatario todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales y, y en su caso, en los periódicos un periódico de mayor difusión en la provincia y por una sola vez, hasta un máximo de 1.500 €, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería de la Corporación.
22.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores como en los presupuestos de adjudicación, se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, portes y gastos de gestión de despacho de aduanas, indemnizaciones, desplazamientos, gastos de transportes, gastos materiales y personales, gastos de carga y descarga de los bienes objeto del contrato hasta el lugar convenido, y cualquier otro que se derive del contrato, de tal forma que se permita su puesta en funcionamiento y uso con las garantías necesarias para ellomatriculación, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración, y se indicará como partida independiente (art. El importe máximo 145.5 TRLCSP). A estos efectos, la empresas que no tengan establecimiento permanente en Canarias deberán proceder al envío de la mercancía consignada a nombre de la misma, debiendo realizar el levantamiento y asumiendo los gastos de publicidad gestión de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obraaduanas e IGIC. En caso el supuesto de resultar pertinentes los gastos comerciantes minoristas que se originenno estén obligados a repercutir el importe del IGIC en sus facturas, serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara deberán indicar en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquéloferta dicha circunstancia.
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Samples: Contract for Services and Supplies
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- 23.1.- Son de cuenta del contratista de los adjudicatarios todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales y, y en su caso, en los periódicos un periódico de mayor difusión en la provincia y por una sola vez (art. 67.2.g RGLCAP), hasta un máximo de 1.500 €, así como los de formalización del contratode los contratos, si éste estos se elevare elevaran a escritura pública. La cantidad a satisfacer por cada uno de los adjudicatarios será proporcional a la importancia que dentro del contrato tenga el respectivo lote. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería de la Corporación.
23.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores para cada lote, como en los presupuestos de adjudicación de los contratos, se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, tributos, cánones de cualquier índole y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, matriculación, tasas relativas a la inspección técnica de vehículos, gastos todos ellos que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser repercutido y soportado por la Administración, y que se indicará como partida independiente (art. El importe máximo 145.5 TRLCSP). A estos efectos, las empresas que no tengan establecimiento permanente en Canarias deberán proceder al envío de la mercancía consignada a nombre de la misma, debiendo realizar el levantamiento y asumiendo los gastos de publicidad gestión de aduanas e IGIC. Se consideran también incluidos en la licitación proposición de los adjudicatarios y en el precio del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los gastos de entrega y transporte de los bienes a suministrar hasta el lugar convenido, carga y descarga de los mismos y retirada de embalajes, gastos de concertación de las pólizas de seguro, gastos materiales y personales, de desplazamientos y cualquier otro que se originen, serán derive del contrato y de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos obligaciones previstas en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercial, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de la información al público sobre el inicio y finalización de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.
26.6.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución de los trabajos, de conformidad tal forma que se permita su utilización con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, garantías necesarias para ello. En el supuesto de comerciantes minoristas que no estén obligados a repercutir el importe del IGIC en sus facturas, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara deberán indicar en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquéloferta dicha circunstancia.
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Samples: Suministro De Vehículos 4x4
GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA. 26.1.- (art. 153 RG)
27.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de la licitación en Boletines Oficiales yy en un periódico de cada provincia por una sola vez (art. 67.2.g) RG), en su caso, en los periódicos de mayor difusión en la provincia y así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
27.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración, que se indicará como partida independiente. Los citados gastos de publicación se descontarán (art. 145.5 TRLCSP) Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el primer pago efectuado a favor precio del contratista. El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación del presente contrato en los citados medios asciende a la cantidad estimada de 1.500 €.
26.2.- La Dirección Facultativa de la obra podrá ordenar que se verifiquen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra. En caso de resultar pertinentes todos los gastos que se originen, serán resultaren necesarios para la ejecución del contrato.
27.3.- Serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del los gastos de ensayo y controles de calidad acordados por la dirección de la obra en una cuantía máxima equivalente al 1% del presupuesto de ejecución material de la obra que figura en el proyecto.
26.3.- Asimismo, el contratista deberá instalar y retirar a su finalización, a su xxxxx, los carteles de obra, que cumpliendo las especificaciones xxx Xxxxxxx Insular, le ordene la Dirección Facultativa, según la definición contenida en el Manual de Identidad Corporativa aprobado por la Corporación Insular en los términos establecidos en la cláusula 21. No se permitirá la colocación de cualquier otro que tenga carácter de publicidad comercialobstante, sin la autorización expresa de la administración contratante.
26.4.- El contratista estará obligado a concertar a su xxxxx un seguro de responsabilidad civil no tendrán tal limitación y correrán íntegramente por daños a terceros, tanto a personas como a bienes, así como por daños producidos al Cabildo Insular de Tenerife o al personal de él dependiente, durante la vigencia del contrato y deberá presentarlo en el Registro General de la Corporación en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES desde la firma del contrato y, en todo caso, antes del inicio de las obras.
26.5.- Serán de cuenta del contratista, los gastos derivados de controles que sea necesario realizar como consecuencia de defectos en la información al público sobre el inicio calidad y finalización en la ejecución de la obra, si la naturaleza y proyección de la obra lo requiere, mediante publicación de anuncio tipo que a tal efecto se le indique en el periódico o periódicos de mayor difusión de la provincia.. (art. 67.3.i) RG)
26.6.- 27.4.- Serán de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la correcta ejecución publicación de los trabajosanuncios de afecciones a los usuarios, con motivo de conformidad con la normativa vigente en materia de seguridad y salud, en los términos previstos en la cláusula 23.
26.7.- El contratista queda obligado a realizar, a su xxxxx, si así lo solicita el Responsable del Contrato, un reportaje fotográfico, en soporte digital, durante la ejecución de las obras.
26.8.- Cuando la naturaleza de las obras así lo requiera, el contratista realizará la gestión de las solicitudes de aquellas autorizaciones o de otros requerimientos análogos que fueren necesarios, incluyendo el abono de tasas y otros gastos que ello conlleve para el inicio de las obras, su ejecución y entrega al uso o servicio de las obras e instalaciones técnicas del proyecto, incluyendo las inspecciones por Organismo de Control Autorizado y las tasas de los organismos oficiales para el sellado de los Certificados de Instalaciones, solicitando de la Administración correspondiente los documentos que, para ello, sean necesarios y dando cumplido conocimiento al Cabildo Insular de Tenerife de haber cumplido dichos trámites.
26.9.- Si la obra se demorara en su plazo de ejecución por causas imputables al contratista, este asumirá los gastos que se deriven de tal demora y relativos a los honorarios del Coordinador de Seguridad y Salud, así como los correspondientes a la Dirección Facultativa de las obras, y otros de naturaleza análoga a los mismos, que se deriven del retraso producido por causa de aquél.
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Samples: Contract for Works