Gestión de cobros Cláusulas de Ejemplo

Gestión de cobros. El nuevo TPV BBVA incluye características específicas que le dotan de multitud de funcionalidades extras: • Financiación para tus clientes. El TPV BBVA te permite ofrecer financiación inmediata(3) y exclusiva en el punto de venta a los clientes que paguen compras superiores a 60 € con tarjetas de crédito que hayan sido adheridas al servicio ServiRed Tú Decides y estén emitidas por BBVA, entre otras entidades. * Este servicio no tiene coste adicional para el comercio. * Entidades adheridas al servicio ServiRed Tú Decides: BBVA, Bankia, Banco Sabadell, Catalunya Caixa y Cajas Rurales. Condiciones actuales vigentes en la modalidad de pago personalizado de las Tarjetas de Crédito BBVA 1,5% mensual, TAE 19,56%. BBVA se reserva la posibilidad de cambiar estas condiciones en las condiciones generales de las tarjetas de los titulares. • Anticipos sobre tu facturación mensual. Podrás disponer de un anticipo de hasta el 100% de tu facturación media mensual del último trimestre para hacer frente a las pequeñas necesidades de liquidez de una forma rápida, sencilla y sin trámites adicionales. Es necesario tener una antigüedad mínima de 6 meses de facturación con el TPV.* • Solo se permite una disposición de anticipo vigente. • Se adelantará hasta el 100% de la facturación media mensual del trimestre con un máximo de 15.000€. • El límite disponible dependerá de la facturación media, por lo que se actualizará trimestralmente. • Esta opción de financiación conlleva una comisión del 2% por importe anticipado y una retención del 20% del importe facturado diariamente en el TPV. • El plazo máximo de amortización son 150 días. En caso de no haber amortización previa, el día 150 se cargará en la cuenta asociada el importe pendiente de amortizar. * Financiación sujeta a autorización previa de BBVA • Contactless. Significa comodidad, rapidez y flexibilidad. En compras inferiores a 20 €, basta con acercarla tarjeta al TPV e imprimir el justificante. Y en el caso de que el importe supere esta cantidad, solo será necesario introducir el código PIN para autorizar la operación. Además, para tus clientes también significa seguridad, control y privacidad al no tener que perder el contacto con su tarjeta para gestionar el pago. • Servicio DCC. DCC es un servicio financiero que da la opción de pagar las compras en la moneda local a los clientes extranjeros que tienen tarjeta emitida en moneda no euro (libras, dólares, etc.). De esta forma, podrán conocer en el momento el importe en su pro...
Gestión de cobros. El Proveedor de Servicios de Administración, en virtud del Contrato de Administración: (i) Velará por que se ejecute el pago del correspondiente Contrato de Crédito en la Cuenta de Cobros del Compartimento correspondiente. (ii) Verificará que el abono de los Derechos de Crédito Cedidos, los cuales son repagados con el abono de las rentas mensuales del alquiler presente y futuro del Inmueble de los Clientes, se realiza en la Cuenta de Cobros del Compartimento correspondiente y se produce en las fechas de pago señaladas en los mismos y mantendrá el seguimiento y registro de los mismos. (iii) Instruirá a la Sociedad Gestora para determinar las imputaciones a cada pago que efectúe el Cedente, distribuyendo los importes cobrados correspondientes a los importes debidos bajo los Derechos de Crédito Cedidos de conformidad con lo establecido en los correspondientes Contratos de Crédito y en la Escritura de Constitución. En la correspondiente Cuenta de Cobros se ingresarán cualesquiera cobros en relación a los Derechos de Crédito Cedidos de cada Compartimento. En este sentido, el Proveedor de Servicios de Administración transferirá, con carácter semestral, el saldo de la Cuenta de Cobros del Compartimento a la Cuenta de Tesorería del Compartimento correspondiente (incluido el importe del Seguro de Alquiler). Asimismo, el Proveedor de Servicios de Administración remitirá semestralmente toda la información necesaria para que la Sociedad Gestora pueda identificar el estado de cada uno de los Derechos de Crédito Cedidos del Compartimento correspondiente (cobrados, pendientes de cobro, reclamados, identificación de los Derechos de Crédito Disconformes y cualquier otra que razonablemente pudiera necesitar) y la Sociedad Gestora elaborará, con dicho fichero, un informe semestral con el resumen de los ingresos que se hayan producido en el periodo y verificará que los ingresos en la Cuenta de Cobros del Compartimento correspondiente, se corresponden con los informados en el fichero por el Proveedor de Servicios de Administración, teniendo en cuenta los ajustes que deban producirse por la existencia, si lo hubiese, de Derechos de Crédito Disconformes. En caso de que se produjese una amortización total o parcial del Contrato de Crédito la información será remitida por el Proveedor de Servicios de Administración del Día Hábil siguiente en el cual se produzca, junto con el abono en la Cuenta de Cobros del Compartimento correspondiente. En caso de discrepancia entre lo informado ...
Gestión de cobros. La matrícula de inscripción sólo podrá ser cobrada por parte del adjudicatario una vez por año a cada participante. - Los cobros de inscripción y cuotas mensuales de los usuarios los realizarán directamente el adjudicatario a través de gestión domiciliada de recibos. - A las familias numerosas se les aplicaran las bonificaciones que se determinen en el pliego de cláusulas administrativas.
Gestión de cobros. Matrícula: 15 € para cobertura de seguro de lesiones y accidentes deportivos durante la duración de la actividad a los usuarios inscritos en las mismas. Sólo podrá ser cobrada por parte del adjudicatario una vez por año a cada participante
Gestión de cobros. Cada Gestor, como gestor de cobros de los Préstamos por él cedidos al Fondo o respecto de los que ha emitido Certificados de Transmisión de Hipoteca, recibirá, por cuenta del Fondo, cuantas cantidades sean satisfechas por los Deudores Cedidos, tanto en vía voluntaria como forzosa, por razón de los Préstamos, tanto por principal (ya sea en concepto de amortizaciones ordinarias o anticipadas), intereses o cualquier otro concepto aplicable, incluyendo las comisiones y los contratos de seguro cedidos a la Sociedad Gestora, en representación del Fondo, debidas en virtud de los Préstamos (los “Cobros”) y las ingresará, el mismo día en que fueron recibidos por el Gestor, en la Cuenta de Tesorería. Las cantidades que deban recibirse de los Deudores Cedidos en concepto de principal, intereses, prepago u otros, derivados de los Préstamos, en ningún caso serán anticipadas por los Gestores encargados de recibirlas, sino que únicamente serán ingresadas al Fondo en el momento en que se reciban de los Deudores Cedidos.
Gestión de cobros. El Administrador continuará con la gestión de cobro de todas las cantidades que corresponda satisfacer a los Deudores derivadas de los Préstamos Hipotecarios, así como cualquier otro concepto incluyendo los correspondientes a los contratos de seguro sobre los inmuebles hipotecados en garantía de los Préstamos Hipotecarios. El Administrador pondrá la debida diligencia para que los pagos que deban realizar los Deudores, sean cobrados de acuerdo con los términos y condiciones contractuales de los Préstamos Hipotecarios. Siempre y cuando dichos pagos sean recibidos por el Administrador, éste procederá a abonarlos en su integridad al Fondo el séptimo día hábil posterior, valor ese mismo día, al día en que fueren recibidos por el Administrador, según los términos y condiciones establecidos. A estos efectos, no se considerarán días hábiles los sábados, los domingos y los días festivos de Madrid capital. En el supuesto de un descenso de la calificación de la deuda del Administrador o que la calidad crediticia de éste pudiera dar lugar a un descenso en las calificaciones otorgadas por las Agencias de Calificación de cada una de las Series de Bonos, la Sociedad Gestora mediante comunicación escrita dirigida al Administrador, podrá modificar las fechas de cobro y forma de ingreso en cualquier momento durante la vigencia del Contrato de Administración, de tal forma que las cantidades que reciba el Administrador derivadas de los Préstamos Hipotecarios, las ingrese con anterioridad al Fondo, pudiendo llegar a ser incluso en el mismo día en que fueran recibidas por el Administrador. El Administrador en ningún caso abonará cantidad alguna al Fondo que no hubiere recibido previamente de los Deudores en pago de los Préstamos Hipotecarios.

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  • Revelación de Comisiones Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar por escrito a la Compañía le informe el porcentaje de la prima que, por concepto de comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de este contrato. La Compañía proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá xx xxxx días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.

  • REMOCIÓN DE ESCOMBROS En el caso de pérdida material directa o daño asegurado y que ocurra durante la vigencia de la póliza, “LA ASEGURADORA” pagará: Los gastos necesarios para demoler y/o remover los escombros y/o gastos de limpieza, en los predios de “EL ASEGURADO” y aquellos bajo su cuidado, custodia, y control, necesarios como resultado de dicha pérdida o daño físico directo, este o no asegurado el edificio o edificios donde se encuentren los bienes. El costo de remover, eliminar, descontaminar y reponer los bienes asegurados que hayan sido contaminados y que, por orden xx Xxx o autoridades civiles, se deban de remover, eliminar o descontaminar.

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • Recepción de Ofertas Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx Dirección Postal Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x (00000) Xxxxxx Xxxxxx Contacto Correo Electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx

  • Apertura y Validación de Ofertas Esta sección incluye el procedimiento de apertura y validación de Ofertas, Técnicas y Económicas, incluye los criterios de evaluación y el procedimiento de Estudio de Precios.

  • PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 1 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública 2 Titulo sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 xx xxxxx de 2015 La prestación real y efectiva de los servicios públicos objeto del presente contrato, se iniciará una vez el suscriptor haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos técnicos y legales exigidos por la empresa, y se haya efectuado el pago de los aportes de conexión autorizados por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 y definidos en el artículo 1.2.1.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 - modificado por el artículo 1º de la Resolución CRA 271 de 2003. Con el propósito de incentivar la masificación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la empresa otorgará plazos para amortizar los aportes de conexión, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuéstales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la empresa, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario Los costos directos de conexión, los cuales hacen parte de los aportes de conexión, son los costos en que incurre la empresa por concepto de medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás gastos necesarios para conectar un inmueble a los sistemas o redes de distribución de acueducto y alcantarillado existentes. También se consideran costos directos de conexión los de diseño, interventoría, restauración de vías y del espacio público deteriorado por las obras de conexión, así como los estudios particularmente complejos, en caso de presentarse3. La iniciación en la prestación de los servicios solicitados no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha en que se verifica y aprueba el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes de conexión, conforme a lo previsto en la presente cláusula.

  • Comparación de las Ofertas 37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO.

  • Moneda de cotización y pago Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

  • Coberturas de contratación opcional e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte. f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía. 2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado. 3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado. 4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx. 5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados. 6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra MM Hogar. 7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato. 8. Las reclamaciones derivadas de: a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante. b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro

  • JUNTA DE ACLARACIONES Las solicitudes de aclaración (Apartado C) deberán presentarse por escrito en hoja membretada y en dispositivo electrónico formato .DOC de lunes a viernes, en un horario de 09:00 a 15:00 horas, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora establecida para llevarse a cabo la Junta de Aclaraciones, debiendo presentar los siguientes documentos: 1. Original de la carta de interés en participar en la Licitación (Apartado B); y 2. Persona moral: Copia simple del poder notarial y de la identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar o pasaporte) del representante o apoderado legal que suscriba las preguntas, debiendo señalar con precisión (con marcatexto, nota adherible, o similar) el texto o párrafo del instrumento legal que les otorguen las facultades correspondientes. Persona física: Copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar o pasaporte), que suscriba la solicitud. Deberán presentarlas en el Departamento de Licitaciones, de la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría, sita en el domicilio de la Convocante, asimismo podrán ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxxxxx.xxx@xxxxxx.xxx.xx , lo que permitirá que éste acto se efectúe con la agilidad necesaria. Las dudas o aclaraciones deberán plantearse de forma respetuosa y realizarse de manera precisa, concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la presentes Bases, indicando el numeral o punto específico con el cual se relacionan. No serán consideradas las aclaraciones solicitadas por los proveedores participantes que sean recibidas fuera del plazo o que no cumplan con los requisitos establecidos, por lo que serán desechadas por la Convocante. Derivado de las medidas establecidas en el “Plan de Contingencia Gubernamental” emitido por la Secretaría de Salud frente a la pandemia derivada del COVID-19 (SARS-Cov-2), se hace mención que el acto de Junta de Aclaraciones no será presencial, sin embargo, se tomarán en cuenta las solicitudes de aclaraciones conforme al Artículo 35 del Reglamento, así como lo previsto en el presente numeral. Dicho acto será presidido por la Convocante o el servidor público que ésta designe, quien será asistido por el Área Técnica, con la presencia de un Representante de la Contraloría, en el cual se dará lectura a las aclaraciones solicitadas y a las repuestas emitidas por la Convocante, el área requirente o técnica, con el propósito de resolver en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los participantes en relación con los aspectos contenidos en las presentes Bases. En caso de que los proveedores solicitantes no asistan a la Junta de Aclaraciones, deberán presentar la carta de interés en participar en la Licitación (Apartado B) en el sobre que corresponda a su propuesta técnica, de lo contrario, no se admitirá su participación. Las presentes Bases podrán ser modificadas por la Convocante en virtud de las preguntas y respuestas que se formulen por los proveedores participantes, por adiciones o precisiones que el Área Técnica o Convocante realice a las mismas, las cuales quedarán asentadas en el acta que se levante con motivo de la Junta de Aclaraciones, la cual formará parte integrante de las Bases. Dichas modificaciones deberán ser consideradas por los Licitantes para la elaboración de sus Proposiciones y no deberán limitar la participación de Proveedores. La Convocante publicará el contenido del acta referida en el Sistema de Adquisiciones Estatal.