Información sensible Cláusulas de Ejemplo

Información sensible. 1. Se entiende por «información sensible» la información y el material, ya sean orales, visuales, electrónicos, magnéticos o documentales, equipos y tecnología incluidos, que hayan sido proporcionados por las Partes o intercam­ biados entre ellas en relación con el presente Acuerdo y: i) cuya divulgación no autorizada podría dañar o perjudicar en diverso grado los intereses de Suiza, de la Unión o de uno o más de los Estados miembros de la Unión; ii) que requieran protección contra su divulgación no autorizada por razones de seguridad de una de las Partes; y iii) en los que figure una indicación del nivel de sensibilidad asignado por una de las Partes. 2. Sin perjuicio de las disposiciones legales y reglamentarias de las Partes, cada Parte protegerá la información sensible, especialmente frente a la divulgación no autorizada o la pérdida de integridad, con arreglo a los requisitos de seguridad, los niveles de sensibilidad y las instrucciones de gestión que se establecen, respectivamente, en los anexos II, III y IV. La «gestión» incluye la generación, el tratamiento, el almacenamiento, la transmisión y la destrucción de la información sensible o de cualquier otra información esta que contenga.
Información sensible. Por la naturaleza de los servicios, Examedi puede y tiene acceso a información confidencial y sensible de las personas. Examedi se compromete a mantener bajo absoluta reserva, confidencialidad y secreto la información a la que acceda en virtud de esta presentación, y sólo podrá ser otorgada y/o recepcionada por terceros proveedores cuando sea absolutamente necesario y en todo caso, siempre bajo mecanismos de encriptación y seguridad que impidan su libre acceso, transmisión o difusión. Examedi se declara como una empresa preocupada por la seguridad de la información y data sensible con la que puede trabajar, por lo que declara como su compromiso la realización de los estándares de seguridad más altos para el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad, resguardo y custodia. Examedi contará con un sistema de respaldo clínico donde se registrarán las atenciones e indicaciones sanitarias relevantes a propósitos de las atenciones de salud que se presten a las personas. Los usuarios del servicio podrán requerir a Examedi en cualquier momento el otorgamiento de todo o parte de la información sanitaria referida.
Información sensible. EL/LA CONTRATISTA se obliga a no divulgar la información confidencial que llegue a su conocimiento por razón de la suscripción y ejecución del contrato. Las partes mantendrán la confidencialidad de los datos e información intercambiados entre ellas, incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, invenciones, know-how, procesos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes, donantes, inversionistas, empleados, relaciones de negocios y contractuales, implementación de proyectos, planes de mercadeo o cualquier información revelada sobre terceras personas, así como la información sobre proyectos, resultados e información sensible. La parte receptora correspondiente sólo podrá revelar información confidencial a quienes la necesiten y estén autorizados previamente por la parte de cuya información confidencial se trata. Las partes se comprometen a cumplir a cabalidad las disposiciones legales de protección de datos personales. La violación de esta obligación hará incurrir al contratista en las sanciones legales correspondientes. La confidencialidad de la información se mantendrá vigente de acuerdo a los parámetros legales independientemente de la vigencia del contrato. En caso de que EL/LA CONTRATISTA suministre datos personales o información sensible a PLAN, certifica que éstos han sido recolectados de acuerdo a la reglamentación vigente y cuenta con las autorizaciones de sus titulares. Así mismo, garantiza que la información recolectada no ha sido objeto de modificación o alterada o divulgada, salvo para la finalidad establecida en el contrato y está siendo almacenada de acuerdo a las Políticas de Protección de datos Personales y de Seguridad de la Información acorde con la ley.

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  • Información Técnica INFORMACIÓN CLASIFICACIÓN (MARQUE CON UNA X) MOTIVO RESERVADA CONFIDENCIAL COMERCIAL RESERVADA

  • Información La Secretaria de la Función Pública y el Órgano Interno de Control de LA API, con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar a EL PROVEEDOR información y/o documentación relacionada con este Contrato debiendo proporcionar la información que en su momento se le requiera.

  • INFORMACIÓN GENERAL En la presente licitación pública estatal podrán participar las personas físicas y xxxxxxx legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos solicitados por la ENTIDAD y los preceptos señalados en la LEY, así como lo estipulado en las presentes bases de licitación. - Los gastos que el LICITANTE erogue en la realización de la propuesta técnica- económica y todos los derivados que tengan relación con el presente concurso serán a su cargo y no serán reintegrables para el caso de que la Licitación Pública Estatal sea declarada desierta o por ser descalificada su propuesta, por consiguiente no procederá queja o reclamo alguno respecto a todos los gastos que haya generado. - La presente Licitación Pública es de carácter Estatal y no se realiza bajo la cobertura de ningún tratado. - Para la emisión de la propuesta económica el LICITANTE no debe considerar el desglose para pago del Impuesto al Valor Agregado. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y artículo 29 de su reglamento, toda vez que las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación quedan exentos del I.V.A. - Ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, ni en las propuestas presentadas por el LICITANTE podrá estar sujeta a negociación alguna. - No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como también se informa que la CONVOCANTE, se abstendrá de recibir propuestas o celebrar contratos, con las personas que se encuentren dentro de los supuestos contenidos en el artículo 52 de la LEY. - De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la LEY, las personas físicas y xxxxxxx participantes deberán estar inscritos en el Padrón de Contratistas de Obra Pública de la SEFIPLAN. - Así mismo se indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 fracciones IV y V del REGLAMENTO los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, en donde cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. - No se podrán subcontratar parte alguna de los trabajos, los LICITANTES serán los únicos responsables de las obligaciones que adquieran con las personas que subcontraten para la realización de las obras o servicios. Los subcontratistas no tendrán ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de la ENTIDAD. - Con fundamento en el artículo 19 de la LEY, se tomará en cuenta, en la contratación de obras públicas, preferentemente, la mano de obra veracruzana, alentando la contratación de personas con discapacidad y de adultos mayores; así como el empleo de maquinaria, materiales, productos y equipos del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Los LICITANTES que decidan cancelar su participación en la Licitación Pública Estatal y deseen presentar sus excusas deberán hacerlo por escrito en hoja membretada de su empresa, un día antes del acto de presentación y apertura de proposiciones técnica y económica. - Las proposiciones presentadas por los LICITANTES serán conservadas por la ENTIDAD. - Una vez realizada la evaluación y previo a la notificación del fallo, la ENTIDAD deberá obtener la autorización mediante un Dictamen Técnico por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz (SEFIPLAN) por conducto de la Subsecretaria de Egresos, para la formalización del contrato de Obra Pública. Lo anterior de conformidad con el Artículo 53 de la LEY y 25 de los Lineamientos Generales de Austeridad y Contención del Gasto para el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Modelo del contrato.- En los contratos de obra pública se xxxxx xxxxxxx, como mínimo de acuerdo al artículo 55 de la LEY y 70 del REGLAMENTO, lo siguiente:

  • Información adicional La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.

  • ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN El CONTRATISTA se obliga a actualizar cuando se requiera, la información requerida por FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo PROCOLOMBIA, para el cumplimiento de las disposiciones del Sistema de Administración de Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT, así como suministrar los soportes documentales necesarios para confirmar los datos. No obstante lo anterior, el CONTRATISTA autoriza expresamente a FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo PROCOLOMBIA, mediante la suscripción del presente contrato, para que ésta contrate con terceros locales o extranjeros, servicios relacionados con el procesamiento de datos para su utilización en servicios de atención telefónica para la actualización de información u otras de naturaleza similar, garantizando en todo caso, la confidencialidad de la información que le asiste y a la que está obligada la FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo PROCOLOMBIA. PARÁGRAFO: En todo caso, el CONTRATISTA se obliga a informar por escrito a FIDUCOLDEX como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo PROCOLOMBIA cualquier cambio o modificación de los datos que haya suministrado referente a su composición social y Representación Legal en cualquiera de sus órganos o demás actos que sean sujetos a registro ante la Cámara de Comercio, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del respectivo hecho.

  • Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.

  • INFORMACIÓN FINANCIERA Dentro de los noventa (90) días calendario de iniciado cada Año Calendario el Concesionario deberá entregar al Concedente sus estados financieros auditados correspondientes al ejercicio fiscal anterior. Asimismo, dentro de los quince (15) días calendario de finalizado cada trimestre de cada Año Calendario, el Concesionario deberá entregar al Concedente sus estados financieros correspondientes a dicho trimestre. El Concedente determinará el detalle de la información financiera a ser suministrada y la comunicará por escrito al Concesionario antes de la Fecha de Inicio.

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA El asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, según corresponda, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de un accidente, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos de cada una de las alternativas de cobertura contratadas. El accidente necesariamente debe ocurrir dentro del período de vigencia del asegurado en el contrato de seguro y las coberturas, que darán origen al pago del monto asegurado o al reembolso de gastos médicos, deben encontrarse contratadas por el asegurado y vigentes al momento de la ocurrencia del accidente. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si el accidente ocurrió con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. Adicionalmente, el asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de una enfermedad, si así lo contempla la alternativa de cobertura contratada, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos contemplados en ella. La enfermedad que dé lugar a la cobertura de alguna de las alternativas de este contrato de seguro, necesariamente debe haber sido diagnosticada durante la vigencia del asegurado en el contrato de seguro y de la alternativa de cobertura. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si la enfermedad fue diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. El contratante podrá contratar una o más de estas alternativas de cobertura, las que según corresponda deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las alternativas de cobertura son las siguientes:

  • ACCESO A LA INFORMACIÓN La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental señala dentro de su articulado lo siguiente: