Common use of LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN Clause in Contracts

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Toda controversia que entre las partes se suscite respecto a la interpretación y/o ejecución del presente Acuerdo, o relacionada, directa o indirectamente con el mismo, se someterá con carácter previo a las partes de cara a obtener una resolución amistosa sobre la misma. En caso de resultar imposible la resolución por esta vía, ésta se someterá, con renuncia a los fueros propios que pudieran corresponder a las partes, al conocimiento de los Juzgados y Tribunales de Madrid. Por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. Por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXX: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmente, se aplicará al CLIENTE la regularización adicional que resulte del siguiente escalado, en función de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA en CORREOS, suscrito bajo el presente contrato. Para este primer año se tendrá en cuenta la facturación realizada desde la fecha de la firma del contrato, hasta el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes que su facturación anual neta sea superior a 5.000€, se procederá a generar la correspondiente factura de regularización, consistente en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuación. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kg.

Appears in 1 contract

Samples: Acuerdo Marco De Colaboración

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Toda controversia que entre las El presente CONTRATO XXXXX se regirá e interpretará de acuerdo con la legislación común española. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Las partes se suscite respecto a acuerdan expresamente someter cuantas cuestiones puedan surgir en relación con la interpretación aplicación, interpretación, ejecución y/o ejecución resolución de este contrato a la jurisdicción de los tribunales correspondientes al último domicilio del presente AcuerdoCLIENTE comunicado a INVERSIS BANCO (en el caso de existir varios coTitulares será el correspondiente al del que figure como primer titular en la cuenta), o relacionadaa los tribunales de la ciudad de Madrid Capital cuando el CLIENTE no resida en territorio español, directa o indirectamente cualquier otro fuero que por Ley pudiera corresponderle, sin perjuicio del sometimiento a los mecanismos previstos en la legislación vigente sobre protección de clientes de servicios financieros. Todos los Titulares aceptan de forma expresa los términos de las presentes Estipulaciones Generales, que firman junto con las Estipulaciones Particulares, los Anexos a dichas Estipulaciones Particulares y el mismoDocumento de Aceptación y Firmas Fdo: Xxxxxxx xxx Xxx Xxxxxx Banco Inversis, se someterá S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Estipulaciones particulares De conformidad con carácter previo la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las partes obligaciones de cara a obtener una resolución amistosa sobre la misma. En caso información y clasificación de resultar imposible la resolución por esta víaproductos financieros, ésta se someterá, con renuncia a los fueros propios que pudieran corresponder a las partes, al conocimiento el riesgo de los Juzgados y Tribunales de Madrid. Por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOSeste producto es de: Banco Inversis, S.A. Por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXX: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmentese encuentra adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito previsto en el Real Decreto 16/2011, se aplicará al CLIENTE la regularización adicional que resulte del siguiente escalado, en función de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA en CORREOS, suscrito bajo el presente contrato. Para este primer año se tendrá en cuenta la facturación realizada desde la fecha 14 de la firma del contrato, hasta el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes que su facturación anual neta sea superior a 5.000€, se procederá a generar la correspondiente factura de regularización, consistente en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuaciónoctubre. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros por depositante en cada entidad de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kgcrédito.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Toda controversia que entre las El presente CONTRATO XXXXX se regirá e interpretará de acuerdo con la legislación común española. Las partes se suscite respecto a acuerdan expresamente someter cuantas cuestiones puedan surgir en relación con la interpretación aplicación, interpretación, ejecución y/o ejecución resolución de este contrato a la jurisdicción de los tribunales correspondientes al último domicilio del presente AcuerdoCLIENTE comunicado a INVERSIS BANCO (en el caso de existir varios coTitulares será el correspondiente al del que figure como primer titular en la cuenta), o relacionadaa los tribunales de la ciudad de Madrid Capital cuando el CLIENTE no resida en territorio español, directa o indirectamente cualquier otro fuero que por Ley pudiera corresponderle, sin perjuicio del sometimiento a los mecanismos previstos en la legislación vigente sobre protección de clientes de servicios financieros. Todos los Titulares aceptan de forma expresa los términos de las presentes Estipulaciones Generales, que firman junto con las Estipulaciones Particulares, los Anexos a dichas Estipulaciones Particulares y el mismoDocumento de Aceptación y Firmas Fdo: Xxxxxxx xxx Xxx Xxxxxx FIRMA Y NÚMERO DE DOCUMENTO (N.I.F., se someterá C.I.F., PASAPORTE, TARJETA RESIDENCIA) FIRMA Y NÚMERO DE DOCUMENTO (N.I.F., C.I.F., PASAPORTE, TARJETA RESIDENCIA) Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Estipulaciones particulares De conformidad con carácter previo la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las partes obligaciones de cara a obtener una resolución amistosa sobre la misma. En caso información y clasificación de resultar imposible la resolución por esta víaproductos financieros, ésta se someterá, con renuncia a los fueros propios que pudieran corresponder a las partes, al conocimiento el riesgo de los Juzgados y Tribunales de Madrid. Por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOSeste producto es de: Banco Inversis, S.A. Por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXX: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmentese encuentra adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito previsto en el Real Decreto 16/2011, se aplicará al CLIENTE la regularización adicional que resulte del siguiente escalado, en función de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA en CORREOS, suscrito bajo el presente contrato. Para este primer año se tendrá en cuenta la facturación realizada desde la fecha 14 de la firma del contrato, hasta el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes que su facturación anual neta sea superior a 5.000€, se procederá a generar la correspondiente factura de regularización, consistente en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuaciónoctubre. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros por depositante en cada entidad de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kgcrédito.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Toda controversia El presente Xxxxxxxx tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en la LRJSP, que en el capítulo VI del Título Preliminar regula los acuerdos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común. Asimismo, le serán de aplicación las partes se suscite respecto a disposiciones aplicables al mismo, contenidas en la interpretación y/o Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y en el Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, que contiene su desarrollo reglamentario. Las Partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Las controversias que pudieran surgir en la interpretación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Acuerdo, o relacionada, directa o indirectamente con el mismoConvenio, se someterá resolverán de forma amistosa entre los Representantes. No obstante, si ello no fuera posible, ambas Partes acuerdan expresamente someterse al orden jurisdiccional contencioso administrativo según la previsión de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – administrativa. cve: BOE-A-2022-12102 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Y en prueba de conformidad con carácter previo cuanto antecede, ambas Partes lo firman por duplicado ejemplar y a un solo efecto en los lugares y fechas señalados.–Por el Instituto Xxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Director, en Madrid a 11 de julio de 2022.–Por Repsol, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Directora de la Unidad de Negocios y apoderada, en Madrid a 20 xx xxxxx de 2022. Certificación justificativa como entidad beneficiaria y mecenazgo derivada del convenio entre el Instituto Xxxxxxxxx y El artículo 25, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las partes de cara a obtener una resolución amistosa sobre la misma. En caso de resultar imposible la resolución por esta vía, ésta se someterá, con renuncia a los fueros propios que pudieran corresponder a las partes, al conocimiento entidades sin fines lucrativos y de los Juzgados y Tribunales incentivos fiscales al mecenazgo regula los convenios de Madrid. Por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. Por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXX: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmente, se aplicará al CLIENTE la regularización adicional que resulte del siguiente escaladocolaboración empresarial en actividades de interés general, en función los que la entidad beneficiaria se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del colaborador en dichas actividades. De conformidad con lo anterior se expide la presente certificación justificativa como entidad beneficiaria de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA mecenazgo derivada de convenios de colaboración empresarial en CORREOS, suscrito bajo el presente contrato. Para este primer año se tendrá en cuenta la facturación realizada desde la fecha actividades de la firma del contrato, hasta el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes que su facturación anual neta sea superior a 5.000€, se procederá a generar la correspondiente factura de regularización, consistente en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuación. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kginterés general.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Entre El Instituto Cervantes Y Repsol Exploración

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Toda controversia que entre las partes Las presentes Condiciones de Uso se suscite respecto a rigen por la interpretación y/o ejecución del presente Acuerdo, o relacionada, directa o indirectamente con el mismo, se someterá con carácter previo a las partes de cara a obtener una resolución amistosa sobre la mismaley española. En caso de resultar imposible controversia o desavenencia que se derive de las presentes Condiciones de Uso y para la resolución por esta víade cualesquiera conflictos, ésta se someteráPrivalia y el Cliente o Usuario consumidor acuerdan someterse, a su libre elección, y con renuncia a los fueros propios cualquier otro fuero o jurisdicción al que pudieran corresponder tener derecho, a los juzgados y tribunales de la ciudad correspondiente al domicilio del Cliente o Usuario consumidor. En caso de Cliente o Usuario no consumidor las partesPartes acuerdan someterse a los juzgados y tribunales de Barcelona capital. A efectos de las presentes Condiciones de Uso se entenderá por "consumidor" la persona que actúe con un propósito ajeno a su actividad comercial, al conocimiento empresarial, oficio o profesión, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Juzgados Consumidores y Tribunales Usuarios. Asimismo, como entidad adherida a CONFIANZA ONLINE y en los términos de Madrid. Por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. Por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXX: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmente, se aplicará al CLIENTE la regularización adicional que resulte del siguiente escaladosu Código Ético, en función caso de controversias o desavenencias relativas a la contratación y publicidad online, protección de datos y protección de menores, el Cliente o Usuario consumidor podrá acudir al sistema de resolución extrajudicial de controversias de CONFIANZA ONLINE (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx). No obstante, el sometimiento de los Clientes a CONFIANZA ONLINE cuando efectúen compras a terceros Vendedores de acuerdo con lo establecido en las Condiciones de Venta Marketplace (expuestas más adelante) podrá realizarse si los Vendedores están adheridos a CONFIANZA ONLINE. La Comisión Europea facilita también a los consumidores de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA Unión Europea la plataforma de resolución de litigios en CORREOSlínea para resolver los litigios de forma amistosa (artículo 14 apartado 1 Reglamento (UE) 524/2013), suscrito bajo el presente contrato. Para este primer año se tendrá en cuenta la facturación realizada desde la fecha de la firma del contrato, hasta el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes que su facturación anual neta sea superior a 5.000€, se procederá a generar la correspondiente factura de regularización, consistente accesible en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuación. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kgweb xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxx.

Appears in 1 contract

Samples: es.privalia.com

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Toda Estas condiciones se regirán o interpretarán conforme a la legislación española en todo aquello que no esté expresamente establecido. El prestador y el Usuario, acuerdan someter cualquier controversia que entre las partes se suscite respecto pudiera suscitarse de la prestación de los servicios o de la entrega de los productos objeto de éstas Condiciones, a la interpretación y/o ejecución los Juzgados y Tribunales del presente Acuerdo, o relacionada, directa o indirectamente con el mismo, se someterá con carácter previo a las partes de cara a obtener una resolución amistosa sobre la mismadomicilio del Usuario. En el caso de resultar imposible la resolución por esta víaque el Usuario tenga su domicilio fuera de España, ésta se someteráel prestador y el Usuario, con renuncia renuncian expresamente a los fueros propios que pudieran corresponder cualquier otro foro, sometiéndose a las partes, al conocimiento de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Las Xxxxx de Madrid, Madrid (España). Nombre: Teléfono: Dirección: C.Postal: Población: Provincia: Email: Nº del Pedido: Fecha de realización del pedido: Fecha de recepción del pedido: Referencia Descripción Motivo de la devolución - Los pedidos se considerarán entregados de conformidad en el momento de la firma xxx xxxxxxx de entrega. Es responsabilidad del destinatario verificar la integridad del embalaje y documentar en el albarán de entrega de la agencia de transporte cualquier inconformidad o desperfecto. - Si al abrir el pedido recibido, los productos servidos no cumplieran con lo acordado en el pedido o existiera alguna incidencia, se reemplazaría el producto no conforme. Para ello deberá comunicar fehacientemente antes de 12 h. desde la recepción del pedido su disconformidad, exponiendo clara y detalladamente los motivos de su no conformi- dad, al teléfono 000000000 o si lo prefiere, enviando un mensaje de correo, acompañado de una fotografía que puede hacer con su teléfono móvil, a la cuenta de correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxx.xxx, cumplimentando el presente formulario. - Igualmente, deberá comunicarnos cualquier otra incidencia observada, como que el producto no es el que solicitó y consta en su pedido, se ha servido otra variedad, etc. - Deberá hacernos llegar los artículos a devolver en las mejores condiciones posibles, haciéndose cargo de los gastos de envío que le serán reembolsados mediante el mismo sistema de pago que utilizó para la compra y le enviaremos un nuevo producto para reemplazar el anterior. - Todo cambio o devolución debe realizarse en su embalaje original y en las mejores condiciones posibles y, por supuesto, sin usar. Fundación Mejor Igual SL es el Responsable del tratamiento de los datos personales proporcionados bajo su consentimiento y le informa que estos datos serán tratados de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 xx xxxxx de 2016 (GDPR), con la finalidad de mantener una relación comercial y conservados mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad ade- cuadas para garantizar la seudonimización de los datos o la destrucción total de los mismos. No se comunica- rán los datos a terceros, salvo obligación legal. Asimismo, se informa que puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad y supresión de sus datos y los de limitación y oposición a su tratamiento dirigiéndose al titular en X/ Xxxxxx Xxxx Xxxx, 13 – P.1. 3ª 2. Xxx Xxxxx xx Madrid. Por 28232 Madrid. Email: info@ xxxxxxxxxx.xxx y el de reclamación a xxx.xxxx.xx. FECHA Tiene usted derecho a desistir del presente contrato en un plazo de 14 días naturales sin necesidad de justificación alguna. El plazo de desistimiento expirará a los 14 días naturales del día que usted o un tercero por usted indicado, distinto del transportista, adquirió la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOSposesión material de los bienes. Una vez finalizado dicho plazo, S.A. Por Fundación Mejor Igual no aceptará ningún tipo de devolución por desistimiento de la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXXcompra de nuestros productos. Para ejercer el derecho de desistimiento, deberá usted ponerse en contacto con nosotros mediante el envío de un mensaje de correo electrónico a la cuenta: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmentexxxx@xxxxxxxxxx.xxx. Enviaremos el correspondiente acuse de recibo a la misma cuenta de correo para que quede constancia de la fecha en que usted lo solicita. Podrá emplear el modelo de formulario de desistimiento que se encuentra a continuación de esta explicación, se aplicará al CLIENTE aunque no es imprescindible. En caso de desistimiento por su parte, le devolveremos todos los pagos recibidos de usted, incluidos los gastos de entrega, con la regularización adicional excepción de los gastos adicionales resultantes de la elección por su parte de una modalidad de entrega diferente a la modalidad menos costosa de entrega ordinaria que resulte del siguiente escaladoofrezcamos, sin ninguna demora indebida y, en función todo caso, a más tardar 14 días naturales a partir de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA fecha en CORREOS, suscrito bajo el la que se nos informe de su decisión de desistir del presente contrato. Para este primer año se tendrá Procederemos a efectuar dicho reembolso utilizando el mismo medio de pago empleado por usted para la transacción inicial, a no ser que haya usted dispuesto expresamente lo contrario; en cuenta la facturación realizada desde la fecha todo caso, no incurrirá en ningún gasto como consecuencia del reembolso. Podremos retener el reembolso hasta haber recibido los bienes, o hasta que usted haya presentado una prueba de la firma del contratodevolución de los mismos, hasta según qué condición se cumpla primero. En el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes que su facturación anual neta sea superior a 5.000€, se procederá a generar supuesto de desistir de la correspondiente factura de regularización, consistente en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuación. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kg.compra realizada deberá usted cumplir los siguientes requisitos:

Appears in 1 contract

Samples: www.mejorigual.org

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Toda controversia que entre las partes se suscite respecto El presente Xxxxxxxx está sujeto a la interpretación y/o ejecución del presente AcuerdoLey española, o relacionada, directa o indirectamente con y se rige en primer término por las cláusulas contenidas en el mismo, y en lo que no se someterá contemple, por la legislación española vigente en cada momento. Ambas Partes intervienen con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera corresponderles y se someten a los Jueces y Tribunales de Madrid capital para la resolución de las cuestiones y disputas que puedan suscitarse sobre la interpretación, ejecución y cumplimiento de este Convenio. Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.” La Junta de Gobierno Local acordó lo siguiente: - Aprobar el convenio de colaboración transcrito aceptando expresamente la aportación de BBVA de dos mil cuatrocientos euros (2.400 €) para los fines reseñados. - Facultar tan ampliamente como proceda al Alcalde Presidente para su firma y formalización de cuantos documentos resulten necesarios para su eficacia. palabra la PRESIDENTA al TESORERO a los fines de que exponga el informe emitido por el mismo con carácter previo previo, cuyo tenor literal es el siguiente: “Ante la necesidad de dotar de liquidez la tesorería, para hacer frente a las partes los pagos pendientes, paso a emitir el siguiente La Ley Orgánica 9/2013 de cara control de la deuda comercial en el sector público viene a obtener una resolución amistosa introducir el concepto de sostenibilidad de la deuda comercial.“Se entiende que existe sostenibilidad cuando el periodo medio de pago a proveedores no supera el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad”. Las Administraciones públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer un plan de Tesorería que incluirá al menos información relativa a la mismaprevisión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento máximo de pago que fija la normativa sobre morosidad. Las Corporaciones locales deberán realizar el seguimiento del cumplimiento del periodo medio de pago a proveedores. En caso de resultar imposible incumplimiento han de ponerse en marcha medidas para corregir esta situación. La superación en más de treinta días durante dos meses seguidos el plazo legal de pago desencadena la resolución por toma de medidas de corrección. El Real decreto 635/2014 de 25 de julio desarrolla la metodología para calcular el período medio de pago a proveedores. Regula la publicidad que ha de darse al Período medio de pago a proveedores. En cumplimiento de esta vía, ésta normativa se someterá, con renuncia han ido publicando los correspondientes a los fueros propios que pudieran corresponder meses de 2014 La barrera de treinta días debe ser vigilada por la Corporación, para no perder la autonomía financiera en el pago a las partesproveedores. En consecuencia, el desacompasamiento del flujo de cobros y pagos, podría producir incumplimiento del período medio de pago a proveedores. Por otro lado a pesar de la posibilidad de modificar el calendario de recaudación se propone mantener el calendario existente aprobado para el año 2016. Cualquier modificación ocasionaría más problemas de gestión administrativa y perjuicio al conocimiento contribuyente con un adelantamiento de los Juzgados pagos de los tributos. La medida más simple y Tribunales práctica es la concertación de Madriduna operación de Tesorería, máxime en un momento en el que los gastos financieros para la operación que se propone estaría en torno a 3.000 euros por la concertación de una operación de tres millones de euros de 20 DE ENERO DE 2017 A 19 DE ENERO DE 2018. Por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. Por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXX: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmente, se aplicará al CLIENTE la regularización adicional que resulte del siguiente escalado, en función Justificación de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA en CORREOS, suscrito bajo el presente contrato. Para este primer año se tendrá en cuenta la facturación realizada desde la fecha de la firma del contrato, hasta el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes que su facturación anual neta sea superior a 5.000€, se procederá a generar la correspondiente factura de regularización, consistente en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuación. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kgmedida.

Appears in 1 contract

Samples: www.avila.es

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. El presente Contrato se regirá por las leyes de la República de Chile y por las normas dictadas por la SVS y por la BEC al efecto. Toda controversia dificultad que entre las partes se suscite respecto a entre el Cliente y la Corredora, con motivo de la validez, eficacia, aplicación, nulidad, cumplimiento, incumplimiento, interpretación o sanciones de este Contrato o del respectivo contrato del Servicio y/o ejecución Producto que el Cliente hubiere solicitado contratar, se resolverán, cada vez, mediante un arbitraje mixto, conforme al Reglamento del presente AcuerdoCentro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago A.G., cuyas disposiciones constan en la escritura pública de fecha 10 de diciembre de 1992 otorgada en la Notaría de Santiago de xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, que formando parte integrante de esta cláusula, las partes declaran conocer y aceptar. El árbitro será designado de común acuerdo por las Partes y, a falta de acuerdo, confieren mandato especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G. para que, a solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe el árbitro mixto de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes de esa Cámara. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, por lo cual las partes renuncian expresamente a ellos. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción. En el evento que el Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago deje de funcionar o no exista a la época en que deba designarse al árbitro, éste será designado, en calidad de árbitro mixto, por la Justicia Ordinaria, debiendo recaer este nombramiento en un abogado que sea o haya sido Decano o Director de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Católica, de Chile o de Los Andes, todas de Santiago, o relacionadaProfesor Titular, directa ordinario o indirectamente con extraordinario, de Derecho Civil, Comercial o Procesal, que haya desempeñado dichos cargos o cátedras en las referidas universidades, a lo menos durante cinco años. El Arbitraje tendrá lugar en Santiago de Chile. Con todo, el mismoCliente podrá siempre presentar sus reclamos ante la Superintendencia de Valores y Seguros, se someterá con carácter previo a las partes el Comité de cara a obtener una resolución amistosa sobre la misma. En caso de resultar imposible la resolución por esta vía, ésta se someterá, con renuncia a los fueros propios que pudieran corresponder a las partes, al conocimiento de los Juzgados y Tribunales de Madrid. Por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. Por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXX: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmente, se aplicará al CLIENTE la regularización adicional que resulte del siguiente escalado, en función Buenas Prácticas de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA en CORREOSBEC, suscrito bajo el presente contrato. Para este primer año se tendrá en cuenta la facturación realizada desde la fecha de la firma del contratou otro organismo competente, hasta el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes para que su facturación anual neta sea superior éstos resuelvan conforme a 5.000€, se procederá a generar la correspondiente factura de regularización, consistente en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuación. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kgsus facultades.

Appears in 1 contract

Samples: www.vantrust.cl

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Toda controversia que entre las El presente CONTRATO XXXXX se regirá e interpretará de acuerdo con la legislación común española. Las partes se suscite respecto a acuerdan expresamente someter cuantas cuestiones puedan surgir en relación con la interpretación aplicación, interpretación, ejecución y/o ejecución resolución de este contrato a la jurisdicción de los tribunales correspondientes al último domicilio del presente AcuerdoCLIENTE comunicado a INVERSIS BANCO (en el caso de existir varios coTitulares será el correspondiente al del que figure como primer titular en la cuenta), o relacionadaa los tribunales de la ciudad de Madrid Capital cuando el CLIENTE no resida en territorio español, directa o indirectamente cualquier otro fuero que por Ley pudiera corresponderle, sin perjuicio del sometimiento a los mecanismos previstos en la legislación vigente sobre protección de clientes de servicios financieros. Todos los Titulares aceptan de forma expresa los términos de las presentes Estipulaciones Generales, que firman junto con las Estipulaciones Particulares, los Anexos a dichas Estipulaciones Particulares y el mismoDocumento de Aceptación y Firmas Fdo: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx FIRMA Y NÚMERO DE DOCUMENTO (N.I.F., se someterá C.I.F., PASAPORTE, TARJETA RESIDENCIA) Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 FIRMA Y NÚMERO DE DOCUMENTO (N.I.F., C.I.F., PASAPORTE, TARJETA RESIDENCIA) Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Estipulaciones particulares De conformidad con carácter previo la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las partes obligaciones de cara a obtener una resolución amistosa sobre la misma. En caso información y clasificación de resultar imposible la resolución por esta víaproductos financieros, ésta se someterá, con renuncia a los fueros propios que pudieran corresponder a las partes, al conocimiento el riesgo de los Juzgados y Tribunales de Madrid. Por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOSeste producto es de: Banco Inversis, S.A. Por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES Y EMPRESARIOS XX XXXXXXXX: Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxx y X. Xxxx Xxxx Blanco Treus Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Adicionalmentese encuentra adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito previsto en el Real Decreto 16/2011, se aplicará al CLIENTE la regularización adicional que resulte del siguiente escalado, en función de la facturación neta anual DE SU PAQUETERÍA en CORREOS, suscrito bajo el presente contrato. Para este primer año se tendrá en cuenta la facturación realizada desde la fecha 14 de la firma del contrato, hasta el 31/12/2015. FACTURACIÓN A PARTIR DE 5.000€. Los clientes que su facturación anual neta sea superior a 5.000€, se procederá a generar la correspondiente factura de regularización, consistente en la diferencia de facturación entre las Condiciones Iniciales y la aplicación de las bonificaciones detalladas a continuaciónoctubre. El devengo tendrá carácter anual y se liquidará durante el primer trimestre del año siguiente. Siendo necesario estar al corriente importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros por depositante en cada entidad de pago DE TODAS las facturas EMITIDAS POR CORREOS POR ESTE CONTRATO. ANEXO 1 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 Z ON A 1 Z ON A 2 Z ON A 3 Z ON A 4 Z ON A 5 provincias península y Baleares, Ceuta y provincias península y Baleares, Ceuta y Provincial limítrofes Andorra M elilla Canarias P rovincial limítrofes Andorra M elilla Canarias 3 3,64 3,8 5,46 7,02 2,25 € 2,64 € 2,83 € 3,82 € 4,82 € 3,2 3,83 4 5,7 7,32 2,35 € 2,74 € 2,93 € 3,93 € 5,04 € 3,31 3,97 4,14 5,9 7,57 2,42 € 2,88 € 3,04 € 4,08 € 5,23 € 3,65 4,39 4,59 5,99 8,33 2,75 € 3,26 € 3,47 € 4,26 € 5,92 € 3,97 4,77 4,97 6,68 9,09 3,08 € 3,66 € 3,84 € 4,86 € 6,61 € 4,3 5,16 5,38 7,33 10,49 3,40 € 4,04 € 4,25 € 5,45 € 7,80 € 4,63 5,55 5,8 8 11,3 3,72 € 4,42 € 4,65 € 6,05 € 8,54 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 5,63 6,75 7,04 9,99 15,54 4,69 € 5,58 € 5,87 € 7,84 € 12,17 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,49 8,97 9,36 13,66 22,98 6,55 € 7,79 € 8,19 € 11,26 € 19,01 € 7,96 9,54 9,96 14,6 24,66 7,00 € 8,34 € 8,77 € 12,10 € 20,52 € 8,43 10,12 10,56 15,53 26,33 7,45 € 8,89 € 9,35 € 12,95 € 22,04 € 8,9 10,7 11,16 16,47 28,01 7,91 € 9,44 € 9,93 € 13,79 € 23,55 € 9,37 11,27 11,76 17,4 29,69 8,36 € 10,00 € 10,51 € 14,64 € 25,06 € 9,84 11,85 12,36 18,34 31,37 8,81 € 10,55 € 11,08 € 15,49 € 26,57 € 10,31 12,42 12,96 19,28 33,04 9,26 € 11,10 € 11,66 € 16,33 € 28,08 € 10,78 13 13,56 20,22 34,72 9,71 € 11,65 € 12,24 € 17,18 € 29,59 € 11,26 13,58 14,16 21,15 36,4 10,16 € 12,21 € 12,82 € 18,02 € 31,10 € 11,72 14,16 14,76 22,09 38,08 10,61 € 12,76 € 13,40 € 18,87 € 32,61 € 12,19 14,74 15,36 23,02 39,76 11,06 € 13,31 € 13,97 € 19,71 € 34,13 € 12,66 15,31 15,96 23,96 41,44 11,51 € 13,86 € 14,55 € 20,56 € 35,64 € 13,14 15,89 16,56 24,89 43,11 11,96 € 14,42 € 15,13 € 21,40 € 37,15 € 13,61 16,46 17,16 25,83 44,79 12,41 € 14,97 € 15,71 € 22,25 € 38,66 € 14,08 17,04 17,76 26,76 46,47 12,86 € 15,52 € 16,29 € 23,09 € 40,17 € 14,54 17,62 18,36 27,7 48,15 13,31 € 16,07 € 16,86 € 23,94 € 41,68 € OFERTA A: CLIENTES CON FACTURACIÓN DE 1.000€ A 5.000 € 250 grs. 500 grs. 1 kg. 2 kg. 3 kg. 4 kg. 5 kg. 6 kg. 7 kg. 8 kg. 9 kg. 10 kg. 11 kg. 12 kg. 13 kg. 14 kg. 15 kg. 16 kg. 17 kg. 18 kg. 20 kg. 19 kg. 21 kg. 22 kg. 23 kg. 25 kg. 24 kg. 26 kg. 27 kg. 28 kg. 30 kg. 29 kg. 10 kg. 15 kg. 20 kg. 25 kg. 30 kgcrédito.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros