LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION Cláusulas de Ejemplo

LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION. El CONTRATISTA adquiere el compromiso de realizar el trabajo solicitado por la empresa EPM-BOGOTA AGUAS SA ESP mediante este contrato en el Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó, en el lugar especificado en el objeto del contrato o en el que le especifique la Empresa EPM BOGOTA AGUAS SA. ESP. por medio de su interventor o supervisor, y el término de duración del presente contrato es de CINCO (05) meses contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato.
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION. Lugar: Municipio de QUIBDÓ; en el Departamento de CHOCO. Plazo: ocho (08) meses, contados a partir de la firma del contrato – 15 xx xxxxx de 2011.
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION. La ejecución del contrato será en la ciudad de Duitama y su plazo será de nueve (09) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2021.
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION.  LUGAR.- Servicio de transporte de personal CORPAC S.A. Sede Chimbote, se realizará en el Departamento de Ancash, provincia del santa, distrito Chimbote.  PLAZO.- El plazo para la ejecución del presente servicio será de 730 días calendarios.
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION. El servicio será prestado en la ubicación indicada en el numeral 4. El proveedor dispondrá de hasta quince (15) días calendarios para la prestación del servicio, contados a partir del día siguiente de la recepción de la documentación señalada en el numeral 4 de los presentes términos de referencia. La entrega de dicha información estará a cargo de la entidad (vía correo electrónico). El proveedor es responsable de revisar su correo.
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION. Los bienes objeto del presente suministro se entregarán por el licitador en el/los lugar/es determinado/s en las prescripciones técnicas incorporadas al presente pliego.
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION. En las instalaciones de la Contraloría Municipal de Bucaramanga ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxxx Xxxx XX, Xxxxxx Xxxx; o donde sea requerido el bien o servicio a contratar.
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION. Considerando que, cuando corresponda, se realizarán las coordinaciones en el local de INVERMET, sitio en Xxxxx Xxxxx 000- 0xx xxxx, Xxxxxx xx Xxxx y/o de manera remota utilizando las plataformas de videollamadas gratuitas actuales que hagan posible la comunicación entre las partes, evitando así posibles contagios de acuerdo a las normas sanitarias y así mismo conservar una fluida comunicación entre la entidad y el consultor, para lo cual a efectos de las coordinaciones de carácter técnico el proveedor deberá proporcionar para efectos de dichas coordinaciones un email que deberá mantenerlo vigente durante la realización del servicio. El trabajo en campo será realizado en EL AAHH FLOR DE AMANCAES DEL DISTRITO XX XXXXX. El plazo estimado de ejecución del servicio es hasta veinticinco (25) días calendario
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION. El proveedor dispondrá de hasta treinta (30) días calendarios para la prestación del servicio, contados a partir del día siguiente de la recepción de la documentación señalada en el numeral 4 relacionada al proyecto. La entrega de dicha información estará a cargo de la entidad (vía correo electrónico), conforme a lo señalado en el numeral 6 de los presentes términos de referencia. El proveedor es responsable de revisar su correo. El plazo antes señalado corresponde al primer entregable, debiéndose adicionar el plazo que demore la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Transportes en emitir la aprobación respectiva.

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  • PLAZO DE EJECUCION El plazo de ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO XXXXX 0 XXXXX 0XX XXXXXXX XXXX 0 XXXXXX”, xx de CUATRO (04) MESES, las cuales deberán computarse a partir de la suscripción del ACTA DE INICIO. “EL CONTRATISTA” se obliga a iniciar los trabajos dentro del plazo xx XXXX (10) DIAS contados a partir de la entrega del anticipo por parte de “LA MUNICIPALIDAD. Si “EL CONTRATISTA” no inicia la obra e invierte el anticipo recibido dentro de los términos contractuales, pagará el interés legal (tasa activa), sobre el anticipo recibido, a favor de “LA MUNICIPALIDAD”. El atraso de “EL CONTRATISTA” en la entrega de la obra por causas imputadas a él, será sancionado con el pago de una multa por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total del contrato. “LA MUNICIPALIDAD” no reconocerá ninguna prórroga del plazo para la terminación de la obra, excepto en los casos siguientes: a) por caso fortuito o causa de fuerza mayor o por cualquier otra causa no imputable a “EL CONTRATISTA”, debiendo éste solicitar dentro del plazo xx xxxx (10) días de ocurrido el hecho, por escrito al supervisor o su equivalente, indicando las implicaciones en la ejecución del contrato, la suscripción del acta correspondiente. Desaparecidas las causas que motivaron a “EL CONTRATISTA” la suspensión de los trabajos, éste lo hará del conocimiento del supervisor o su equivalente para que se levante nueva acta, en la que se hará constar la prórroga a que tiene derecho “EL CONTRATISTA”, indicando el número de días autorizados y nueva fecha de terminación del plazo de ejecución, b) Cuando “LA MUNICIPALIDAD” ordene la ejecución de cantidades de trabajo adicionales, en el documento que se emita se hará constar la prórroga al plazo contractual. Igual procedimiento se seguirá cuando se ordenen cambios de diseño que afecten el desarrollo normal de los trabajos, c) Cuando se ordene la suspensión temporal de los trabajos, por causas no imputables al contratista, debiendo levantar acta al inicio y al final de dicha suspensión. En el acta en la que se haga constar la finalización de la suspensión de los trabajos, se consignará la prórroga al plazo contractual y, d) Cuando por cualquier otra causa no imputable al contratista se afecte el desarrollo normal de los trabajos, éste hará la solicitud de prorroga a la supervisión, exponiendo los motivos que la justifican. La autoridad administrativa superior de “LA MUNICIPALIDAD” resolverá si ha lugar o no lo solicitado.----------

  • LUGAR DE EJECUCION Las entregas se llevarán a cabo en el/los lugar/es determinado/s en el Apartado 6 de Cuadro de Características que se adjuntan al presente Pliego.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el Anexo I del presente pliego, sin embargo, si se estableciera como criterio de adjudicación la reducción del plazo de ejecución, el ofertado por el adjudicatario será el tenido en cuenta a todos los efectos. La ejecución del contrato podrá comenzar una vez formalizado el mismo, si bien en los expedientes declarados de tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a quince días hábiles, contados desde el siguiente a la formalización del contrato. En todo caso deberán cumplirse los plazos parciales que, en su caso, se hayan establecido en el Anexo I del presente pliego de cláusulas administrativas particulares. La posibilidad de prorrogar el contrato se determina en el Anexo I de estos pliegos de cláusulas administrativas particulares. El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato incluidos los periodos de prórrogas. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes. La duración del contrato de servicio no podrá tener un plazo de duración superior a cuatro años, con las condiciones y límites establecidos en las normas presupuestarias aplicables a las Entidades Locales, y en concreto al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. No obstante, por mutuo acuerdo entre las partes antes de la finalización del contrato podrá prorrogarse el plazo de ejecución, siempre que la duración total, incluida las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aisladas o conjuntamente, el plazo fijado originariamente (artículo 23 en relación al 203 del TRLCSP).

  • Plazo y lugar de ejecución El plazo total y los parciales de ejecución de los trabajos a que se refiere este pliego serán los que figuran en el apartado 4 del Anexo I, siendo los plazos parciales los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, en su caso. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales pertinentes. En el caso de contratos de servicios llamados de “actividad”, en los que el contratista presta el servicio de manera regular y continuada, y su plazo de ejecución se haya establecido a fecha fija, el posible retraso en la adjudicación respecto de dicha fecha inicialmente programada, tendrá como efecto una reducción del plazo de ejecución, y en consecuencia, de las prestaciones del contratista, dando lugar a una correlativa reducción del precio así como del importe de la garantía definitiva. El contrato se ejecutará en el lugar que se indica en el apartado 4 del Anexo I de este pliego.

  • PLAZOS DE EJECUCIÓN El Proponente deberá presentar un diagrama xx Xxxxx o un calendario del Proyecto indicando la secuencia detallada de las actividades que se llevarán a cabo y el tiempo correspondiente.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.

  • CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS (art. 196 LCSP). 23.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 del presente pliego. 23.2.- Si llegado el final del plazo establecido, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. 23.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista. 23.4.- La constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración. 23.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 197.2 de la LCSP.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN El lugar de ejecución del contrato será la ciudad de Bogotá D.C.