OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. Es objeto del presente Procedimiento Abierto, la concesión para la explotación de la Xxxxx xx Xxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio público, para celebrar en ella todo tipo de espectáculos taurinos con sujeción a la Ley 10/1.991 de 4 xx Xxxxx y al Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 de 21 xx xxxxx. La explotación de la Plaza de toros incluye, además de los espectáculos taurinos citados las siguientes unidades de negocios o actividades: - Espectáculos de carácter cultural, musical, circense o deportivo. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad que se permita en el interior de la plaza. - Eventos promocionales y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza y Centro de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticos. El Contrato objeto de la concesión es de naturaleza administrativa, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en el art. 277.a) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, en adelante TRLCSP, y se rige, en lo no previsto en este Pliego de Condiciones, por los preceptos de dicho Texto Refundido, por lo dispuesto en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 de 18 xx Xxxxx que aprobó el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no se oponga a las anteriores normas. El Ayuntamiento, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, ostenta la prerrogativa de interpretar el Contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
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Samples: Concession Agreement, Concession Agreement
OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. Es El presente Xxxxxx tiene por objeto del presente Procedimiento Abierto, la concesión para la explotación de la Xxxxx xx Xxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio público, para celebrar en ella todo tipo de espectáculos taurinos con sujeción a la Ley 10/1.991 de 4 xx Xxxxx y al Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 de 21 xx xxxxx. La explotación de la Plaza de toros incluye, además contratación de los espectáculos taurinos citados servicios de limpieza de las siguientes unidades de negocios o actividades: - Espectáculos de carácter cultural, musical, circense o deportivo. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad dependencias municipales que se permita relacionan en el interior Anexo II, con arreglo a las normas específicas y generales que se describen en dicho Anexo y en el presente Pliego. Mediante el presente contrato se pretende satisfacer la necesidad de la plaza. - Eventos promocionales mantener en buen estado de conservación y publicitarios. - Visitas turísticas limpieza las dependencias municipales que no pueden ser atendidas por el personal municipal, debido a la Plaza y Centro que el Ayuntamiento xx Xxxx carece de Interpretación medios suficientes para realizar el servicio de la misma. - Tienda limpieza de recuerdos turísticostodas las dependencias municipales. El Contrato objeto contrato definido tiene la calificación de la concesión es contrato administrativo de naturaleza administrativaservicios, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en tal y como establece el art. 277.a) artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del SectorSector Público, cuya codificación CPV es 90911200-8 Servicio de Limpieza de Edificios. A la vista del valor estimado del contrato incluido el IVA a tenor de las Disposición Adicional II punto 14 del TRLCSP, que asciende a 93.170€ , será el Alcalde- Presidente, puesto que corresponden a los Alcaldes las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en adelante TRLCSPcualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. La contratación de los servicios de limpieza anteriormente referidos se regirá por lo establecido en este Pliego, y se rige, en para lo no previsto en este Pliego él, será de Condiciones, por los preceptos de dicho Texto Refundido, por lo dispuesto en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases del Régimen Local, aplicación el Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 3/2011, de 18 xx Xxxxx 14 de noviembre, por el que aprobó se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes la Ley de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP y, en materia lo que no se oponga a ésta, el Real Decreto 1.098/2.001, de Régimen Local12 de Octubre, y por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones PúblicasPúblicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009, supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en cuanto no se oponga a su defecto, las anteriores normas. El Ayuntamiento, dentro normas de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, ostenta la prerrogativa de interpretar el Contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativoderecho privado.
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Samples: Contrato De Servicios De Limpieza
OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. Es Constituye el objeto del presente Procedimiento Abiertocontrato la prestación del servicio de mantenimiento de las puertas del aparcamiento sito en C/ Padre Xxxxxxxx, s/n, (Parking Casa Colón), con arreglo a las condiciones y características prevenidas en el pliego de prescripciones técnicas redactado por X. Xxxxxxx Xxxxx López, Técnico de Gestión del Departamento de Urbanismo y Patrimonio Municipal, de fecha 10 de octubre de 2017, con un presupuesto máximo anual de 6.611,57 euros e I.V.A. de 1.388,43 euros, lo que supone un importe total de 8.000 euros, y un valor estimado de 26.446,28 euros, en los términos previstos en el artículo 88 del Texto Refundido de la concesión Ley de Contratos del Sector Público, para una duración de dos años, con posibilidad de dos prórrogas anuales. El servicio de mantenimiento se refiere a las puertas de acceso al parking (dos puertas de entrada de vehículos y una puerta de entrada peatonal). Código C.P.V.: 50000000-5 “Servicios de reparación y mantenimiento”. Las condiciones técnicas a que ha de ajustarse el contratista para la explotación realización del servicio figuran en el pliego de prescripciones técnicas señalado anteriormente, que obra en el expediente formando parte del mismo. Todos los documentos contenidos en el referido pliego tienen carácter contractual, siendo de aplicación en aquellos preceptos que no se hallen en oposición con las cláusulas del presente pliego de cláusulas administrativas. Asimismo, deberá atender el contratista las órdenes dadas por el responsable del contrato para la Xxxxx xx Xxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio público, para celebrar en ella todo tipo de espectáculos taurinos con sujeción a la Ley 10/1.991 de 4 xx Xxxxx y al Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 de 21 xx xxxxx. La explotación de la Plaza de toros incluye, además concreción de los espectáculos taurinos citados las siguientes unidades extremos técnicos a que haya de negocios o actividades: - Espectáculos ajustarse en la ejecución de carácter cultural, musical, circense o deportivo. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad que se permita en el interior de la plaza. - Eventos promocionales y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza y Centro de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticosaquél. El Contrato objeto contrato definido tiene la calificación de la concesión es contrato de naturaleza administrativaservicios, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en categoría 1 del anexo II, tal como establece el art. 277.a) 10 del Real Decreto Legislativo Legislativo, 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, siendo considerado un contrato administrativo al ser el poder adjudicador la Administración Local, todo ello de conformidad con lo prevenido en el art. 3.3 a) y 19.1 a) del mismo texto legal. El presente contrato, se rige por lo establecido en este pliego así como en el pliego de prescripciones técnicas, y para lo no previsto en ellos, será de aplicación Real Decreto Legislativo, 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, en adelante TRLCSP, y se rige, en lo no previsto en este Pliego de CondicionesSector Público, por los preceptos el RD 817/2009, de dicho Texto Refundido8 xx xxxx, por lo dispuesto en el que se desarrolla parcialmente la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases del Régimen Local, 30/2007 y por Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 1098/2001, de 18 xx Xxxxx 12 de Octubre, por el que aprobó el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y por se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no se oponga a las anteriores normas. El Ayuntamiento, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, ostenta la prerrogativa de interpretar el Contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
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OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. Es El presente pliego de condiciones generales tiene por objeto la contratación por parte de SPET, TURISMO DE TENERIFE, S.A., en adelante TURISMO DE TENERIFE, de los servicios de transporte de material promocional desde Tenerife hacia el exterior. El objeto del presente Procedimiento Abiertocontrato consistirá, la concesión para la explotación por tanto, en el envío de paquetería cuyo contenido será el de material promocional (folletos, posters, plotters, merchandising, pendrives, cds o cualquier otro tipo de material promocional que envíe Turismo de Tenerife) de la Xxxxx xx Xxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx isla de Tenerife y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio público, para celebrar su entrega en ella todo tipo de espectáculos taurinos con sujeción a el lugar donde se tenga previsto la Ley 10/1.991 de 4 xx Xxxxx y al Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 de 21 xx xxxxx. La explotación realización de la Plaza acción promocional. Por tanto, será necesario que las empresas licitadoras ofrezcan un servicio puerta a puerta. El procedimiento de toros incluyeadjudicación del contrato se regirá por lo establecido en este pliego, además de los espectáculos taurinos citados acuerdo con lo previsto en las siguientes unidades Instrucciones Internas de negocios o actividades: - Espectáculos Contratación de carácter culturalTURISMO DE TENERIFE, musicaly subsidiariamente, circense o deportivo. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad que se permita por lo establecido en el interior de la plaza. - Eventos promocionales y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza y Centro de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticos. El Contrato objeto de la concesión es de naturaleza administrativa, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en el art. 277.a) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, Sector Público (en adelante TRLCSP, ). El contrato a que se lleve a cabo a raíz del presente pliego se justifica en la necesidad que tiene esta entidad de contar con un servicio continuo de transporte de material promocional desde Tenerife al exterior para llevarlo a los distintos lugares y se rige, eventos en los que difundir la imagen turística de la Isla de Tenerife. En aplicación de lo no previsto en este Pliego de Condiciones, exigido por los preceptos de dicho Texto Refundido, por lo dispuesto en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases artículos 13 y 16 del Régimen Local, Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 3/2011, de 18 xx Xxxxx que aprobó el Texto Refundido 14 de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Localnoviembre, y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no que se oponga a las anteriores normas. El Ayuntamiento, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PublicoPúblico, ostenta la prerrogativa el contrato que se pretende adjudicar NO está sujeto a regulación armonizada, puesto que se trata de interpretar un contrato privado de servicios, tal como se establece en el Contratoartículo 20 del TRLCSP, resolver y su valor máximo estimado, calculado conforme a las dudas reglas que ofrezca su cumplimientose establecen en el artículo 88 TRLCSP, modificarlo por razones es de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo65.000 EUROS.
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Samples: Contract for Services
OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. Es El convenio que se informa instrumenta una subvención nominativa, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 48, apartado 1.7 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público deberá cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la normativa autonómica que, en su caso, resulte aplicable. El presente convenio tiene por objeto regular los compromisos y condiciones aplicables a la concesión de una subvención nominativa a condiciones aplicables a la concesión de una subvención nominativa a Cáritas Diócesis xx Xxxxxxxxx, de acuerdo con el artículo 23.1 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, financiada por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través del Instituto Murciano de Acción Social -IMAS-, destinada a mantenimiento de vivienda de acogida para personas inmigrantes, , debidamente inscrito en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región xx Xxxxxx. El objeto subvencionado se desarrollará de acuerdo con el proyecto presentado por el beneficiario ante la Dirección General de Personas con Discapacidad, y aceptado expresamente por esta última, debiendo ser usuarios de la vivienda de acogida las personas en situación de emergencia, riesgo o exclusión social que cumplan los siguientes requisitos: población inmigrante en situación de vulnerabilidad, sin red de apoyo familiar o social que pueda apoyar en la cobertura de necesidades básicas y en el desarrollo de procesos de integración. La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través del IMAS, aportará a los fines del presente Procedimiento Abiertoconvenio como máximo la cantidad de NUEVE MIL CIEN EUROS (9.100,00 €) que se abonará con cargo a la dotación presupuestaria asignada en la partida presupuestaria 51.02.00.313F.481.02, la concesión para la explotación código proyecto nominativo 46682, de la Xxxxx Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxx Xxxxxx para el ejercicio 2022. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio público, para celebrar las fechas de firma se muestran en ella todo tipo de espectáculos taurinos con sujeción los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificació El campo de actuación del presente Proyecto se enmarca dentro de las actuaciones que en materia de Servicios Sociales prevé la Ley 10/1.991 3/2021, de 4 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región xx Xxxxx Xxxxxx. En el mismo orden de ideas, hay que poner de manifiesto que las actuaciones contenidas en el Proyecto de Convenio que se informa, se incardinan dentro de la acción administrativa y al Reglamento Taurino de Andalucía gobierno que la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx asume como competencias exclusivas a tenor de lo establecido en el artículo 10.Uno.18 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Decreto 68/2006 Ley Orgánica 4/1982, de 21 9 xx xxxxx. La explotación , en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/1998, de 15 xx xxxxx, y que desarrolla la Ley 3/2021 de 29 de julio , de Servicios Sociales de la Plaza de toros incluye, además de los espectáculos taurinos citados las siguientes unidades de negocios o actividades: - Espectáculos de carácter cultural, musical, circense o deportivoRegión xx Xxxxxx. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad que se permita en el interior de la plaza. - Eventos promocionales y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza y Centro de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticos. El Contrato objeto de la concesión es de naturaleza administrativa, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión Asimismo está previsto en el artconvenio el pago anticipado de la prestación económica concedida, que se hará efectiva de conformidad con los criterios establecidos en el Plan de Disposición de Fondos xxx Xxxxxx Público Regional para el año 2012, aprobado por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 2 de enero (BORM nº 10 de 13 de enero de 2012). 277.a) En el mismo orden de ideas y por lo que se refiere al pago anticipado de la subvención, se emplea dicha fórmula, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.3 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en aquellos casos en los que la financiación resulta necesaria para el cumplimiento de la finalidad para la que se concede dicha subvención. En el presente convenio, se considera que el fin público que concurre, la responsabilidad pública del Real sistema de servicios sociales prevista en la Ley 3/2021, de 29 de julio, la naturaleza de las actividades a realizar, así como la falta de recursos suficientes por parte del futuro beneficiario para financiar la ejecución de la actividad subvencionada, aconsejan la anticipación del gasto, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones que se derivan de la suscripción del mismo En atención a lo preceptuado en el artículo 94.3 del Decreto Legislativo 3/20111/1999, de 14 2 de noviembrediciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, en adelante TRLCSP, y se rige, en lo no previsto en este Pliego de Condiciones, por los preceptos de dicho Texto Refundido, por lo dispuesto en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 de 18 xx Xxxxx que aprobó el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no se oponga a las anteriores normas. El Ayuntamiento, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos Hacienda de la Región xx Xxxxxx, el presente Proyecto no está sujeto a fiscalización previa. De conformidad con el tenor literal de meritado precepto, “se sustituirá la intervención previa por la toma de razón en las subvenciones nominativas que como tales figuren en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx”. La competencia para autorizar el presente convenio está atribuida al Consejo de Gobierno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Sector PublicoEstatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno. Este trámite exige elevar la oportuna propuesta del texto aprobado a dicho órgano de gobierno, ostenta al que se someterá con los antecedentes el expediente. Dicha propuesta debe ser elevada por la prerrogativa Consejera de interpretar Mujer Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por cuanto el Contratoartículo 16.2 ñ) de la Ley 7/2004, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientode 28 de diciembre, modificarlo de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, establece la facultad de los Consejeros de proponer al Consejo de Gobierno la autorización. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por razones la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de éstala Ley 39/2015. Los acuerdos correspondientes pondrán fin firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la vía administrativa siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificació Por otro lado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 c) del Decreto 305/2006, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del IMAS, el Consejo de Administración de este Instituto debe ser informado de la celebración de los convenios de colaboración que se hayan celebrado. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y serán inmediatamente ejecutivoslas fechas de firma se muestran en los recuadros. En Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificació RELATIVA A: XXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX, A TRAVES DEL INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL, Y CÁRITAS DIÓCESIS XX XXXXXXXXX, PARA REGULAR LOS COMPROMISOS Y CONDICIONES APLICABLES A LA CONCESION DE UNA SUBVENCION NOMINATIVA DESTINADA A MANTENIMIENTO DE El Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, establece en su artículo 10, apartado uno, número 18, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de asistencia y bienestar social, y de promoción e integración de los discapacitados. La Ley 1/2006, de 10 xx xxxxx, de creación del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), establece que este Organismo se constituye con la finalidad de ejecutar las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociales de acuerdo con los principios establecidos en la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región xx Xxxxxx, añadiendo que sus áreas de atención serán, entre otras, la de personas con riesgo de exclusión social. Cáritas Diócesis xx Xxxxxxxxx, es una entidad constituida al amparo del artículo 34 de la Constitución Española, que se rige por la Ley 50/2002, de 26 de Diciembre, de Fundaciones, y de acuerdo con lo exigido por el correspondiente expediente artículo 95.3 de la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región xx Xxxxxx, está inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región xx Xxxxxx. Para el presente ejercicio se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación pretende formalizar un convenio cuyo objeto es regular los compromisos y condiciones aplicables a la concesión de una subvención nominativa a Cáritas Diócesis xx Xxxxxxxxx, de acuerdo con el Contrato artículo 23.1 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, financiada por la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través del Instituto Murciano de Acción Social –IMAS-, para mantenimiento de vivienda de acogida para personas inmigrantes situada en El compromiso económico de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) se someterán financiará con cargo a la competencia dotación presupuestaria prevista específicamente para este fin en el Anexo I. “Proyectos de gasto nominativos”, de la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2022, según el siguiente detalle: El coste total de la actividad financiada a través de la subvención regulada en el Convenio es de 38.486,11 €, aportando la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.IMAS, 9.100,00 €, con cargo con cargo al crédito consignado en el Presupuesto de Gastos del IMAS para el ejercicio 2022. Cáritas aportará como mínimo la cuantía de 29.386,11 €, por la que se compromete a atender las obligaciones económicas derivadas de la percepción de dicha subvención, mediante la oportuna certificación. Murcia, al margen fecha y firma La Técnico superior VºBº El Jefe de Servicio Económico Contable y de Contratación -2- Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificació Región xx Xxxxxx Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificació Visto el Informe Propuesta de la Dirección General de Personas con Discapacidad relativa al Convenio a suscribir entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través del Instituto Murciano de Acción Social y CÁRITAS DIÓCESIS XX XXXXXXXXX, para regular los compromisos y condiciones aplicables a la concesión de una subvención nominativa destinada a mantenimiento de vivienda de acogida para personas inmigrantes, y en virtud de las atribuciones que me vienen conferidas por la Ley 1/2006 de 10 xx xxxxx de Creación del Instituto Murciano de Acción Social y demás Disposiciones vigentes, en concordancia con el Decreto 305/2006 de 22 de diciembre por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Murciano de Acción Social
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Samples: Convenio De Subvención
OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. 1.1.- Es objeto del presente Procedimiento AbiertoPliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la concesión para la explotación contratación mediante el procedimiento abierto del arrendamiento del inmueble e instalaciones emplazadas en el Ermitorio de la Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, de titularidad municipal, donde se ejerce una actividad de bar-restaurante El Molí, efectuándose la adjudicación del contrato por concurso, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de Noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Publicas (en adelante LPAP). El contrato se define de arrendamiento de bien patrimonial, siendo en consecuencia de aplicación lo dispuesto en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372, de 13 xx Xxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio público(en adelante RBEL) y, para celebrar en ella todo tipo de espectáculos taurinos conformidad con sujeción a la Ley 10/1.991 de 4 xx Xxxxx y al Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 de 21 xx xxxxx. La explotación de la Plaza de toros incluye, además de los espectáculos taurinos citados las siguientes unidades de negocios o actividades: - Espectáculos de carácter cultural, musical, circense o deportivo. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad que se permita lo señalado en el interior de la plaza. - Eventos promocionales y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza y Centro de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticos. El Contrato objeto de la concesión es de naturaleza administrativa, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en el art. 277.a) artículo 4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembreNoviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, en adelante TRLCSP, y se rige, en lo no previsto en este Pliego de Condiciones, por los preceptos de dicho Texto Refundido, por lo dispuesto en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 de 18 xx Xxxxx que aprobó el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no se oponga a las anteriores normas. El Ayuntamiento, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PublicoPúblico (en adelante TRLCSP), ostenta está excluido de dicha Ley, regulándose por la prerrogativa LPAP y demás normas especiales, aplicándose los principios de interpretar el Contrato, la TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que ofrezca su cumplimientopudieran presentarse. Igualmente será de aplicación la Ley 29/1994, modificarlo de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante XXX). El local objeto del contrato es el que aparece identificado con el nombre de Edificio e instalaciones del Restaurante El Molino a la ficha número 3 del Inventario Municipal de Bienes, emplazado en el Termet de la Xxxxxx xx Xxxxxx (recayente a cauce Río Xxxxxxx) y que consta de planta sótano, planta baja, planta primera y terraza, no siendo objeto de arrendamiento la planta sótano (SE ACOMPAÑAN PLANOS DE DISTRIBUCIÓN, como ANEXO I). Igualmente constituye objeto del arrendamiento el espacio anexo donde se sitúa una carpa junto al paseo Botanic Xxxxxxx. Dicho inmueble está dotado de las siguientes instalaciones:
a) Acometidas e instalaciones diferentes servicios (agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, telefonía, gas, etc.).
b) Instalaciones interiores y exteriores servicio energía eléctrica en Baja Tensión.
c) Instalaciones interiores y exteriores servicio agua potable.
d) Instalaciones interiores y exteriores servicio saneamiento (para el vertido de aguas residuales a red de saneamiento municipal, el edificio dispone de un sistema de bombeo, que forma parte del mismo a todos los efectos).
e) Instalaciones interiores y exteriores servicio telefonía.
f) Instalaciones interiores y exteriores servicio gas natural. Si por razones de interés funcionabilidad, dependiendo de los elementos de trabajo a instalar o cualquier otra razón, alguno de los citados servicios e instalaciones se tuviesen que modificar, ampliar, mejorar o instalar de nuevo, todos los trámites, documentos, permisos, coste económico, etc., que ello implicase, deberá ser asumido íntegramente por el adjudicatario. Sobre este particular, el Ayuntamiento xx Xxxx-real, exime cualquier tipo de responsabilidad. El local bar-restaurante El Molí, se entregará al arrendatario con el equipamiento que se describe en el Inventario de fecha 10 xx Xxxxx de 2015, suscrito por el Ingeniero Técnico Municipal, que figura como XXXXX XX.
1.2.- También constituye objeto del presente Pliego la explotación de la terraza de servicios anexa a la piscina del Termet, de reciente construcción según el proyecto de fecha Agosto de 2013, redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (INGESTEC, SL), en régimen de concesión administrativa (SE ACOMPAÑA PLANO DE PLANTA GENERAL, como ANEXO III). La concesión administrativa, por tratarse del uso privativo de un bien de dominio público, acordar su resolución y determinar de conformidad con lo señalado en el artículo 78.2 RBEL se otorgará previa licitación, regulándose igualmente por la LPAP. Dicha terraza está dotada de instalación de agua potable e instalación de energía eléctrica. Si por razones de funcionabilidad, dependiendo de los efectos elementos de éstatrabajo a instalar o cualquier otra razón, alguno de los citados servicios e instalaciones se tuviesen que modificar, ampliar, mejorar o instalar de nuevo, todos los trámites, documentos, permisos, coste económico, etc., que ello implicase, deberá ser asumido íntegramente por el adjudicatario. Los acuerdos correspondientes pondrán fin Sobre este particular, el Ayuntamiento xx Xxxx-real, exime cualquier tipo de responsabilidad.
1.3.- Siendo complementarios los servicios a prestar tanto en el bar-restaurante El Molí, como en la terraza de servicios anexa a la vía piscina del Termet, el contrato de arrendamiento y la concesión administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán adjudicarán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativoun mismo licitador.
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Samples: Contract for Lease and Concession
OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. Es 1.1.- El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la ejecución de las obras que comprende el proyecto designado en el Anexo I, cuadro de características del contrato, en su apartado A, tal como ha sido aprobado por la Administración. Las obras se ajustan a las áreas de actuación financiables a que se refiere el artículo 3 del Decreto-Ley 1/2009, de 20 de febrero, del Consell, por el que se crea el Plan Especial de apoyo a la Inversión Productiva en municipios de la Comunitat Valenciana.
1.2.- El referido proyecto, con los documentos que preceptivamente lo integran y el presente Procedimiento Abiertopliego de cláusulas administrativas particulares formará parte del contrato que se formalice.
1.3.- Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este pliego de cláusulas administrativas particulares, la concesión al proyecto que sirve de base al contrato, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la explotación contratación de la Xxxxx xx Xxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio públicoobras del Estado, para celebrar en ella todo tipo de espectáculos taurinos con sujeción a la Ley 10/1.991 de 4 xx Xxxxx y al Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 3854/70, de 21 xx xxxxx31 de Diciembre y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de éste, diere al contratista el director facultativo de las obras, y en su caso, el responsable del contrato, conforme al art. La explotación 213 de la Plaza Ley 30/2007, de toros incluye00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx. Cuando dichas instrucciones fueren de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes para las partes.
1.4.- Este contrato tiene carácter administrativo y se regirá, además de los espectáculos taurinos citados por lo establecido en este Pliego, por las siguientes unidades de negocios o actividadesnormas: - Espectáculos Decreto-Ley 1/2009, de carácter cultural20 de febrero, musicaldel Consell, circense o deportivopor el que se constituyen y dotan tres planes especiales de apoyo destinados al impulso de los sectores productivos, el empleo y la inversión productiva en municipios y se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación. - Eventos Ley 30/2007, de carácter social30 de octubre de 2007, festivo o gastronómicode Contratos del Sector Público. - Explotación Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del barSector Público. - La publicidad que se permita en el interior de la plaza. - Eventos promocionales y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza y Centro de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticos. El Contrato objeto de la concesión es de naturaleza administrativa, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en el art. 277.a) del Real Decreto Legislativo 3/20111098/2001, de 14 12 de noviembreoctubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, en adelante TRLCSP, y se rige, en lo no previsto en este Pliego de Condiciones, por los preceptos de dicho Texto Refundido, por lo dispuesto en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 de 18 xx Xxxxx que aprobó el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto lo que no se oponga a las anteriores normasal R.D. 817/2009. El AyuntamientoAsimismo, dentro se regirá por cualquier otra disposición que regule la contratación del Estado en general o de los límites la Generalitat Valenciana en particular, y, en concreto, el Decreto 79/2000, de 30 xx Xxxx y con sujeción a los requisitos la Orden de 23 xx Xxxx de 2001, de la Conselleria de Economía, Hacienda y efectos señalados Empleo, que regula el funcionamiento e inscripción en el Texto Refundido Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana, y por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana.
1.5.- Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo preceptuado en el artículo 103 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de 2007, de Contratos del Sector PublicoPúblico los candidatos o licitadores pueden obtener la información pertinente sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, ostenta a la prerrogativa protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de interpretar protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables a los trabajos efectuados en la obra o a los servicios prestados durante la ejecución del contrato en las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, así como en las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.
1.6.- De igual forma, y conforme a lo preceptuado en el Contratoart. 104 de la citada Ley en aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, resolver la información sobre las dudas condiciones de los contratos de los trabajadores a los que ofrezca afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida vendrá recogida en el Anexo IV a esta Pliego. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste.
1.7.- Asimismo, la Conselleria, en concurrencia con las organizaciones sindicales más representativas cuando así lo soliciten expresamente, podrá verificar que los contratos laborales derivados de la ejecución del servicio contratado se ajustan a la legislación vigente, todo ello sin perjuicio de las competencias de la Inspección de trabajo.
1.8.- El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole que puedan tener aplicación a la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
1.9.- El adjudicatario para utilizar materiales, modificarlo suministros y equipo para la ejecución del objeto del contrato, deberá obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fábrica correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativotales conceptos.
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Samples: Contract for Execution of Work
OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. Es objeto La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1055082850136053446206 La Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, en adelante Agencia de Vivienda Social, es un organismo Autónomo mercantil de carácter comercial y financiero, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. Se rige por la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, por el Decreto 244/2015, de 29 de diciembre, del presente Procedimiento Abiertoconsejo de Gobierno, en el que establece su organización, estructura y régimen de funcionamiento, y demás disposiciones de carácter general. El artículo 1.2 del Decreto 244/2015 de 29 de diciembre, establece que la Agencia de Vivienda Social goza de personalidad jurídica propia e independiente, con plena capacidad jurídica propia e independiente, con plena capacidad jurídica y de obrar, atribuyendo entre sus funciones la de “gestión, administración y disposición de suelo”. En virtud de lo dispuesto en el Decreto 74/1985, de 17 de julio, por el que regula el Régimen de Adjudicación de los Locales Comerciales, Plazas de Aparcamiento y Edificaciones Complementarias de los que es titular la Agencia de Vivienda Social, la concesión para la explotación de la Xxxxx xx Xxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio públicoLey 3/2001, para celebrar en ella todo tipo de espectáculos taurinos con sujeción a la Ley 10/1.991 de 4 xx Xxxxx y al Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 de 21 xx xxxxx. La explotación , de Patrimonio de la Plaza Comunidad de toros incluyeMadrid, además de los espectáculos taurinos citados las siguientes unidades de negocios o actividades: - Espectáculos de carácter cultural, musical, circense o deportivo. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad que se permita en el interior de la plaza. - Eventos promocionales y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza y Centro de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticos. El Contrato objeto de la concesión es de naturaleza administrativa, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en el art. 277.a) del Real Decreto Legislativo 3/2011Ley 33/2003, de 14 3 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, en adelante TRLCSP, y se rige, en lo no previsto en este Pliego de Condiciones, por los preceptos de dicho Texto Refundido, por lo dispuesto en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora Patrimonio de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 de 18 xx Xxxxx que aprobó el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Administraciones Públicas y por el Reglamento General de la Ley de Contratos del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, convoca subasta para la venta de varias plazas de garaje no vinculadas de su propiedad, con las condiciones que a continuación se exponen: CONDICIÓN 1ª. Objeto de la subasta Es objeto de este procedimiento la enajenación mediante subasta pública de las plazas de garaje que se relacionan en cuanto no se oponga el Anexo I, correspondientes a las anteriores normas. El AyuntamientoTRES PROMOCIONES, dentro todas ellas sitas en el municipio de Madrid, en los distritos de Fuencarral y Puente de Vallecas, pudiendo cada uno de los límites licitadores optar por una o más plazas, con un xxxxxx xx xxxx plazas por promoción. En dicho Anexo I se indica: el número asignado a cada plaza, la dirección postal, datos registrales, referencia catastral, tipo de licitación y precio máximo de venta. Las plazas de garaje se entregan en condiciones normales de utilización y con sujeción a los requisitos servicios y efectos señalados requerimientos técnicos exigidos por la normativa aplicable en el Texto Refundido momento de la Ley construcción del edificio. La venta se realiza en concepto de Contratos “cuerpo cierto”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.471 del Sector PublicoCódigo Civil, ostenta por tanto en su actual estado físico, constructivo, de mantenimiento y conservación, cuyas circunstancias físicas y jurídicas se considerarán conocidas por el adjudicatario, por lo que no cabrá reclamación alguna por razón de diferencias de superficie, en más o en menos, ni como consecuencia de condiciones de otro tipo que les afecten, no constituyendo, por tanto, causas de impugnación o resolución de la prerrogativa adjudicación. La autenticidad de interpretar este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el Contratosiguiente código seguro de verificación: 1055082850136053446206 Sin perjuicio de afecciones fiscales, resolver los inmuebles se hallan libres de cargas y gravámenes, y se encuentran en posesión de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid. Como documentación complementaria al presente Pliego se pondrá a disposición de los interesados el dossier descriptivo de las dudas características físicas y jurídicas de las plazas de garaje, que ofrezca su cumplimientoha servido para la elaboración del listado contenido en el Anexo I, modificarlo por razones escritura o certificación de interés públicodeclaración de Obra Nueva y División Horizontal de las promociones, acordar su resolución notas simples, certificaciones catastrales, calificación, licencias, planos, fotos, y determinar los efectos cualquier otra documentación que pudiera ser necesaria. Este dossier tiene carácter informativo, no revistiendo naturaleza contractual. En todo caso, en el Portal de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx) se ofrecerá información relativa a este procedimiento de enajenación, y se podrá acceder tanto a este Pliego de Condiciones como a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativodocumentación complementaria antes referida.
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Samples: Pliego De Condiciones Para La Enajenación Mediante Subasta Pública
OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. I.1.- Es objeto del presente Procedimiento AbiertoXxxxxx establecer las bases que han de regir la preparación, adjudicación, efectos y extinción por el Instituto Municipal de Deportes de El Ejido, organismo autónomo del Ayuntamiento de El Ejido (Almería), del contrato del SERVICIO DE ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES por el procedimiento negociado con publicidad. Modalidades deportivas de Escuelas Deportivas Municipales objeto de licitación:
1.- Lote 1: Balonmano 2.- Lote 2: Ciclismo
3.- Lote 3: Montañismo
4.- Lote 4: Patinaje
5.- Lote 5: Triatlón Los licitadores pueden presentar su oferta para todos o para alguno de los lotes arriba relacionados. Dicho objeto corresponde a la concesión para la explotación categoría 26: “Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos”, según Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Xxxxx Ley de Contratos del Sector Público. La codificación correspondiente de la Nomenclatura de la Clasificación Estadística por actividades (CPA 2008) es R93.19.19. (Otros servicios auxiliares del deporte y el ocio); P85.51.10 (Servicio de educación deportiva y recreativa). La codificación correspondiente al Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) es 92600000-7 (Servicios deportivos). El contrato que en base al presente Pliego se formalice tendrá por objeto la prestación del servicio de Escuelas Deportivas Municipales de Balonmano, Ciclismo, Montañismo, Patinaje y Triatlón del Instituto Municipal de Deportes de El Ejido, tal y como se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Todo ello de conformidad con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y la Oferta del Adjudicatario. La descripción de los servicios y las especificaciones técnicas de los mismos viene recogida en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Tanto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como el Pliego de Prescripciones Técnicas indican las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta.
I.2.- El contrato al que se refiere el presente Pliego tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por la Ley reguladora de las bases de régimen local 7/85, de 2 xx Xxxxx xxxxx, R.D. Legislativo 781/86, de 18 xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx xxxxx y sus instalaciones afectas inventariada disposiciones reglamentarias, así como bien afecto a servicio públicopor la restante legislación del Estado, para celebrar en ella todo tipo especial, el Real Decreto Legislativo 3/2011, de espectáculos taurinos con sujeción a 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 10/1.991 de 4 Contratos del Sector Público; por el Real Decreto 817/2009 de 8 xx Xxxxx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP.( en adelante RPLCSP); y al por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 de 21 xx xxxxx. La explotación General de la Plaza Ley de toros incluyeContratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), además en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la LCSP, y por sus disposiciones complementarias. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y en su defecto, las normas de Derecho Privado.
I.3.- La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego, del de Prescripciones Técnicas y del resto de los espectáculos taurinos citados las siguientes unidades de negocios o actividades: - Espectáculos de carácter culturaldocumentos contractuales, musical, circense o deportivo. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad que se permita en el interior así como la declaración responsable de la plaza. - Eventos promocionales exactitud de todos los datos presentados y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza de que reúne todas y Centro cada una de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticos. El Contrato las condiciones exigidas para el objeto de la concesión es esta contratación, de naturaleza administrativa, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en conformidad con el art. 277.a) artículo 145 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del SectorSector Público.
I.4.- Los contratos que resulten del procedimiento de adjudicación se ajustarán al contenido de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los mismos. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos, que forman parte del mismo, de los pliegos, cuadro y demás documentación anexa, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en adelante el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. A los efectos del presente Xxxxxx, tienen la consideración de contrato de servicios, de conformidad con el artículo 10 del TRLCSP, “aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o de un suministro. A efectos de aplicación de ésta Ley, los contratos se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II”.
I.5.- En ningún caso ni circunstancias, este tipo de contrato supondrá la existencia de relación laboral entre el Instituto Municipal de Deportes de El Ejido y se rige, en lo no previsto en este Pliego de Condiciones, por los preceptos de dicho Texto Refundidoel contratista, por lo dispuesto que en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 de 18 xx Xxxxx que aprobó el Texto Refundido de modo alguno le serán aplicables las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no se oponga a las anteriores normas. El Ayuntamiento, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, ostenta la prerrogativa de interpretar el Contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativoderecho laboral.
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OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO. Es El presente pliego de condiciones generales tiene por objeto la contratación por parte de SPET, TURISMO DE TENERIFE, S.A., en adelante TURISMO DE TENERIFE, de los servicios de agencia de viaje. El objeto del presente Procedimiento Abiertocontrato consistirá, por tanto, en la concesión gestión de reservas de alojamientos y medios de transporte, emisión de billetes de transporte y, en su caso la modificación o anulación de estos, el alquiler de vehículos, y en general cualquier asistencia, trámite, documentación o servicio necesaria para la explotación programación de los viajes que resulten necesarios con motivo de los desplazamientos y estancias que, por razones del servicio, realice el personal de la Xxxxx xx Xxxxx xx Xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx empresa. Asimismo, se requerirá sus servicios para la gestión y sus instalaciones afectas inventariada como bien afecto a servicio público, para celebrar en ella todo tipo organización de espectáculos taurinos con sujeción a la Ley 10/1.991 de 4 xx Xxxxx y al Reglamento Taurino de Andalucía aprobado por Decreto 68/2006 de 21 xx xxxxx. La explotación de la Plaza de toros incluye, además las necesidades derivadas de los espectáculos taurinos citados eventos organizados por Turismo de Tenerife. El procedimiento de adjudicación del contrato se regirá por lo establecido en este pliego, de acuerdo con lo previsto en las siguientes unidades Instrucciones Internas de negocios o actividades: - Espectáculos Contratación de carácter culturalTURISMO DE TENERIFE, musicaly subsidiariamente, circense o deportivo. - Eventos de carácter social, festivo o gastronómico. - Explotación del bar. - La publicidad que se permita por lo establecido en el interior de la plaza. - Eventos promocionales y publicitarios. - Visitas turísticas a la Plaza y Centro de Interpretación de la misma. - Tienda de recuerdos turísticos. El Contrato objeto de la concesión es de naturaleza administrativa, tratándose de un Contrato de gestión de servicio público mediante concesión previsto en el art. 277.a) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector, Sector Público (en adelante TRLCSP). El contrato a que se lleve a cabo a raíz del presente pliego se justifica en la necesidad de Turismo de Tenerife de contar con un control de los gastos y servicios ofrecidos, y se rigehabida cuenta el gran número de desplazamientos que deben efectuarse de acuerdo con el plan de acción de Turismo de Tenerife, con la finalidad de que repercuta en la mejora de la imagen turística de Canarias. En aplicación de lo no previsto en este Pliego de Condiciones, exigido por los preceptos de dicho Texto Refundido, por lo dispuesto en la Ley 7/1.985 de 2 xx Xxxxx reguladora de las Bases artículos 13 y 16 del Régimen Local, Real Decreto Legislativo nº. 781/1.986 3/2011, de 18 xx Xxxxx que aprobó el Texto Refundido 14 de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Localnoviembre, y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto no que se oponga a las anteriores normas. El Ayuntamiento, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PublicoPúblico, ostenta la prerrogativa el contrato que se pretende adjudicar no está sujeto a regulación armonizada, puesto que se trata de interpretar un contrato privado de servicios comprendido en y su valor máximo estimado, calculado conforme a las reglas que se establecen en el Contratoartículo 88 TRLCSP, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones es de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al Concesionario. Las cuestiones que puedan suscitarse en relación con el Contrato se someterán a la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo180.000,00 EUROS.
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Samples: Contract for Travel Agency Services