Common use of OBLIGACIONES DE LAS PARTES Clause in Contracts

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Convenio Intermunicipal De Gestión

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta 1) Del AGENTE El AGENTE se obliga a promover la contratación de publicidad cumpliendo las necesidades Condiciones Generales de listas Contratación Publicitaria de RTRM y de acuerdo con las tarifas de Onda Regional xx Xxxxxx y 7 Región xx Xxxxxx. Si, para la conclusión de un contrato, necesitase proponer descuentos sobre las tarifas, éstos deberán ser autorizados expresamente por RTRM. Para que RTRM dé por formalizada la contratación, el AGENTE deberá aportar el correspondiente contrato u “orden de publicidad” que se plantean le facilite, debidamente cumplimentado en cuanto a su contenido y precio, y firmado por el anunciante, o por la agencia de publicidad que intermedie. RTRM no aceptará ningún tipo de publicidad promovida por EL AGENTE que no esté formalizada en los términos anteriores, respondiendo EL AGENTE frente al anunciante y terceros de los posibles perjuicios que les haya ocasionado el no haber formalizado debidamente la contratación. EL AGENTE no ejercerá su actividad profesional para otras empresas del sector de radio y televisión en el territorio de la Región xx Xxxxxx, excepto que haya consentimiento previo, expreso y escrito de RTRM. En caso contrario, EL AGENTE responderá por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán daños y perjuicios que cause a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesRTRM, la gestión cual dará por extinguido este contrato. EL AGENTE no percibirá de cada una RTRM ninguna cantidad en concepto de las convocatorias se llevará a cabo gastos ocasiones por su actividad profesional, siendo éstos de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación su cuenta y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientoriesgo. 3.- Sin perjuicio 2) De RTRM RTRM se obliga a emitir en tiempo y forma la publicidad contratada por EL AGENTE. Si por circunstancias extraordinarias no se pudiera emitir en tiempo y forma, el Departamento de Publicidad de RTRM se lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a comunicará al AGENTE para que adopte las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la medidas que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexoconsidere oportunas. En todo caso, RTRM cumplirá lo establecido en el contenido apartado “INCIDENCIAS EN LA EMISIÓN” de sus Condiciones Generales de Contratación Publicitaria. RTRM comunicará al AGENTE la emisión de la convocatoria deberá ser consensuado por publicidad contratada mediante su actividad. RTRM pagará al AGENTE la comisión pactada una vez que haya cobrado la publicidad contratada a través del AGENTE, en los Ayuntamientos suscribientes del convenioporcentajes y plazos establecidos más adelante. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Agente De Publicidad

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo Autofact podrá gestionar el servicio MATCH considerando que los usuarios y partes implicadas cumplen con todos los requisitos para poder dar inicio al servicio. En ese sentido, se procede a detallar la obligación que tienen el usuario (comprador) antes y durante el proceso: a. Deberá hacer un correcto uso de la plataforma Autofact MATCH b. Deberá entregar información completa y fidedigna sobre la intención de compra del vehículo, esto quiere decir que comentarán las condiciones reales del vehículo a buscar y serán ellos responsables del pago del mismo y de contar con los recursos en cuenta caso de concretar la oferta de un vehículo. c. Deberá entregar información completa y fidedigna en todo el proceso, así como también deberán certificar que los datos ingresados son reales (dirección, nombres y en caso de ser empresa todos los documentos de representación). Autofact no se hace responsable si los datos ingresados no corresponden a la realidad están incompletos, ni de las necesidades de listas consecuencias legales que se plantean esto pueda ocasionar para la compraventa del vehículo. d. Deberán respetar los procesos y etapas del servicio e. Deberá entregar respuesta y atender las ofertas propuestas por Autofact MATCH para dar cumplimiento y avance a la entrega del servicio. f. Deberán pagar el importe por los Ayuntamientos suscribientesvalores del servicio de manera íntegra (esto es, honorarios, impuesto y arancel). En caso de no hacerlo, no se podrá concretar la entrega del servicio. g. Deberán hacer un correcto uso del sistema de transferencia. Autofact no se hace responsable de las convocatorias se llevarán consecuencias legales si una o ambas partes cometen fraudes en la presentación de documentos, firmas o imágenes fotográficas para llevar a cabo para los siguientes puestos la transferencia. h. Deberán informar a Autofact a la brevedad, en caso de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente que exista cualquier impedimento o antecedente que pueda afectar al cumplimiento del servicio o bien la transferencia de policía local - Educador/dominio del vehículo. Si esto no ocurre, Autofact no se hace responsable de las consecuencias que tales antecedentes puedan ocasionar en el proceso de compraventa del vehículo. i. Deberá acordar conjuntamente con el vendedor el momento de entrega de llaves y monto por la venta del bien. Autofact no tiene responsabilidad ninguna si este acuerdo no llega a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/buen término o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientopartes rompe su compromiso. 3.- Sin perjuicio j. En caso de lo anteriorcomprar o vender a nombre de empresa o persona jurídica o existir representación de terceros, durante la vigencia deberán ingresar poderes legalmente emitidos y las partes deberán manifestar conformidad con éstos. Si esto no ocurre, Autofact no se hace responsable de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la tramitar transferencias con poderes que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.no obtuvieron

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Samples: Términos Y Condiciones De Servicios Autofact Match

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo Las partes tendrán las siguientes obligaciones: I. OBLIGACIONES GENERALES DEL/LA CONTRATISTA: EL/LA CONTRATISTA se obliga a: 1. Entregar los informes o productos relacionados con el contrato, una vez sean recibidos a satisfacción por parte del supervisor, para el pago respectivo. 2. Entregar al (la) Supervisor (a), debidamente organizados y rotulados, todos los archivos y documentos desarrollados durante la ejecución del contrato, para efectos de la expedición del último recibo a satisfacción, atendiendo los estándares y directrices de gestión documental, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad a que haya lugar en cuenta caso de posibles irregularidades. (Artículo 15 de la Ley 594 de 2000). 3. Entregar a la terminación del contrato los insumos, suministros, herramientas, dotación, implementación, equipos de cómputo, inventarios y/o materiales que sean puestos a su disposición para la prestación del servicio objeto del contrato. 4. Dar aplicación a los subsistemas que componen el Sistema Integrado de Gestión adoptados por El Icfes, así como, participar activamente en la elaboración, documentación, aplicación, mantenimiento, gestión, divulgación y mejora del Sistema Integrado de Gestión, y demás sistemas que adopte o deba adoptar la entidad. 5. Dar cumplimiento a las necesidades políticas de listas gobierno de datos y seguridad de la información adoptadas por la Entidad. 6. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato, así como, respetar la titularidad de los derechos de autor, en relación con los documentos, obras, creaciones que se plantean por desarrollen en ejecución del contrato, en tal sentido, deberá entregar la titularidad de los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo derechos patrimoniales al Instituto Colombiano para los siguientes puestos la Evaluación de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de SeguimientoEducación. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe 7. No instalar ni utilizar ningún software sin autorización previa de la Comisión Dirección de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantesTecnología e Información del Instituto. Así mismo, responder y hacer buen uso de los Ayuntamientos suscribientes mantienen bienes y recursos tecnológicos (hardware y software), así como, entregar los mismos en el estado en que fueron recibidos, salvo el deterioro normal, o daños ocasionados por el caso fortuito o fuerza mayor. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. (borrador) DE 2019 8. Entregar el paz y salvo y constancia de entrega de la potestad información e inventarios a su cargo al/la supervisor (a) del contrato, para efectos del último pago. 9. Utilizar los aplicativos y el sistema de convocar correspondencia de manera unilateral El Icfes, para permitir la identificación y trazabilidad de las diferentes operaciones; así como, mantener actualizados los diferentes sistemas de información que apoyan las actividades que se desarrollan en el marco del contrato. 10. Dar cumplimiento a lo contemplado en los lineamientos ambientales establecidos para el ámbito uso eficiente de su Ayuntamiento cualquier convocatoria los recursos de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenioentidad (PIGA). 4.- En todo caso la selección 11. Asistir a las socializaciones y talleres a las que sea convocado para el adecuado cumplimiento del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidadobjeto del contrato. 12. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por Realizar el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera pago de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento aportes al Régimen de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas Seguridad Social y entregar copia de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda planilla correspondiente al/ la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes supervisora (r) del conveniocontrato para cada pago. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Prestación De Servicios

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo Sin perjuicio de lo dispuesto a lo largo de las presentes CGC, XxxxxXX estará obligada a: 1. Facilitar información sobre los servicios prestados. Dicha información será proporcionada en cuenta nuestra Página Web o a través de cualquier otro canal de comunicación que LlamaYA considere apropiado y sea apto para hacerle llegar la información. 2. Adoptar las necesidades de listas acciones necesarias para reparar las averías que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesproduzcan en el Servicio en el plazo más breve posible. 3. Respetar la conservación del número telefónico que le haya sido asignado de conformidad con las presentes CGC, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura Circulares y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado resoluciones dictadas al efecto por la Comisión Nacional de Seguimientolos Mercados y la Competencia. 3.- Sin 4. Proporcionar la conexión a los servicios contratados y proceder a su desactivación previa comunicación por su parte al Servicio de Atención al Cliente de LlamaYA, a través de nuestra web o llamando al 2376. 5. Disponer de los medios necesarios y prestar el Servicio de modo que se garantice el secreto de las comunicaciones en la medida que los medios técnicos disponibles lo permitan, sin perjuicio de lo anteriorla interceptación legal que en su caso pueda acordarse. Por su parte, las obligaciones del Usuario serán las siguientes: 1. Utilizar el Servicio durante la vigencia del contrato y abonar los consumos realizados. LlamaYA podrá restringir servicios en función de este conveniola antigüedad del Usuario, del uso, consumo y/o pago irregular de éstos. 2. No utilizar la Tarjeta y/o el Servicio ofrecido por XxxxxXX en contra de las exigencias de la buena fe o de forma impropia, ilícita, maliciosa o fraudulenta. LlamaYA se podrán llevar reserva el derecho a cabo convocatorias suspender de otros puestos forma inmediata el Servicio en el supuesto de trabajoque constatara un comportamiento de tales características. 3. Custodiar y mantener la confidencialidad de las claves de acceso y/o contraseñas facilitadas por LlamaYA, conforme en caso de ponerse a las necesidades disposición del Usuario para acceder a un área personal online en su página web, que son para uso personal, exclusivo e intransferible del Usuario. 4. El Usuario será el único responsable de la veracidad de sus datos personales. Cualquier variación o modificación de sus datos personales que pueda ser relevante para la adecuada prestación del Servicio o para cumplir la legislación vigente deberá ser notificada sin dilación a LlamaYA. 5. Hacer un uso de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento servicios y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos funcionalidades ofrecidos por LlamaYA en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán base a los principios de igualdadla buena fe y conforme a lo dispuesto en las presentes Condiciones Generales. 6. Debido a que la tarjeta SIM se encuentra asociada a un número de identificación personal y a un número de teléfono, méritotoda comunicación realizada a partir de la mencionada tarjeta, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatoriaslínea, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares numeración y/o suplentesclave de acceso asignada al titular del Servicio, personal se considerará como efectuada por éste o con su consentimiento, salvo en caso de cualquiera pérdida o extravío desde la comunicación de tal circunstancia a LlamaYA. 7. El Usuario está obligado a satisfacer los impuestos, tasas y gravámenes fiscales que legalmente le correspondan. 8. Los menores de edad necesitan de la autorización por escrito de sus padres o tutores para la contratación de los Ayuntamientos suscribientesservicios ofrecidos por XxxxxXX. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo a) Por parte del DONANTE - LA FUNDACIÓN XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX 1. Realizar la entrega a la Secretaría Distrital de la Mujer de once (11) computadores nuevos marca Acer, ofrecidos oficialmente en cuenta donación, a título gratuito e irrevocable, en correctas condiciones de funcionamiento y operación. La entrega de los bienes donados se hará de acuerdo con las necesidades condiciones dispuestas por el fabricante, en cajas individuales y selladas, incluyendo los manuales correspondientes. 2. Suscribir con la Secretaría Distrital de listas que la Mujer el acta de entrega y recibo a donante satisfacción de los bienes donados. 3. Entregar a la Secretaría Distrital de la Mujer la factura a través de la cual el donante adquirió los bienes objeto de la presente donación. 4. Entregar los bienes objeto de donación x xxx y salvo y libre de todo gravamen o limitación a la propiedad. 5. Cumplir con las demás obligaciones inherentes y necesarias para efectos del cumplimiento del objeto del presente acuerdo b) Por parte del DONATARIO – SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER: 1. Recibir los bienes objeto del presente acuerdo de donación y destinarlos exclusivamente para apoyar los procesos formativos de cuidadoras y cuidadores en la Manzana de Cuidado de Ciudad Bolívar, ubicada en el SuperCade Manitas, en el marco del Sistema Distrital de Cuidado. 2. Suscribir el acta de recibo de los bienes y realizar la entrada al inventario de la Secretaría Distrital de la Mujer. 3. Incluir los bienes objeto de donación dentro de la póliza de asegurabilidad de bienes de la entidad. 4. Cumplir con las demás obligaciones inherentes y necesarias para efectos del cumplimiento del objeto del presente acuerdo.. 5. El ingreso de los bienes objeto del acuerdo de donación al inventario de la Secretaría Distrital de la Mujer, se plantean por hará de conformidad con lo dispuesto en los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura procedimientos y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto manuales establecidos por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anteriorSDMUJER, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenioingreso al almacén e inventario. . 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Donation Agreement

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades 8.1. Son obligaciones de listas la ENTIDAD: Brindar información y/o documentos que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán relacionen con la labor a cabo cargo del LOCADOR y para los siguientes puestos casos de trabajourgencia comprobada las facilidades que el caso requiere, para la mejor prestación del servicio. Recepcionar los informes y demás trabajos producidos por el LOCADOR. Efectuar la cancelación de los honorarios pactados, de acuerdo a la Cláusula Cuarta al LOCADOR, para el cumplimiento de sus servicios, previa recepción de la documentación correspondiente. Son obligaciones de LOCADOR: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente Realizar inspecciones técnicas y fiscalizaciones a los Pequeños Productores Mineros y Productores Mineros Artesanales a fin de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela verificar los procesos de música - Técnico/a producción y de igualdad, cultura y deporteseguridad e higiene minera. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una Elaborar informes técnicos especializados relacionados al cumplimiento de las convocatorias normas de seguridad e higiene minera y explotación de recursos minerales. Fortalecer las capacidades de los Pequeños Productores Mineros y Productores Mineros Artesanales en temas relacionados a la seguridad e higiene minera, salud ocupacional y explotación de recursos minerales. Supervisar la exploración y Explotación de los recursos mineros de la pequeña minería y minería artesanal, verificando el cumplimiento de todas las obligaciones del Estado: Tributarias, ambientales Salud y Seguridad Ocupacional, Laborales y Sociales y aplicando las sanciones xx Xxx en caso de incumplimientos conforme a competencias. Fomentar la formalización de exploración y explotación de los recursos mineros de la pequeña minería y minería artesanal. Evaluar y otorgar el Certificado de Operación Minera a la Pequeña Minería y Minería artesanal. Investigar y resolver los casos de extracción ilícita de mineral en agravio del Estado en zonas donde se llevará a cabo realice explotación minera sin contar titulo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según concesión o auto xx xxxxxx. Autorizar el inicio de las actividades de exploración - explotación de las concesiones metálicas y no metálicas para la planificación pequeña minería y reparto minería artesanal. Autorizar el plan de encargos realizado al efecto por minado de canteras de materiales de construcción. Autorización de operación de concesión, beneficio de mineras de productor minero artesanal. Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, incluyéndose en esta función la Comisión recepción de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio petitorios, tramitación, otorgamiento de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajoConcesiones y extinción y en general todo el Procedimiento Ordinario Minero, conforme a las necesidades la Ley General de Minería y sus Reglamentos. Inventariar los Ayuntamientos suscribientes, previo informe Recursos Mineros de la Comisión Región. Brindar asistencia técnica a usuarios del sub sector minero. Otros que asigne el Director Regional. Acepta y se obliga a realizar las funciones y obligaciones en forma pormenorizada en los Términos de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenioReferencia. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Contrato De Locación De Servicios

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo EL CONTRATISTA se compromete a: Cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para Contratar con el Estado en cuenta las necesidades caso de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporteincumplimiento. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo Presentar la documentación requerida en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, el punto 5.1.1de la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajoBases Administrativas, conforme a las necesidades de lo dispuesto en los Ayuntamientos suscribientesDS. Nº 083 y 084-2004-PCM. Asumir todo los costos que demande el presente contrato, previo informe asegurando la calidad de la Comisión prestación del servicio, tales como movilización y desmovilización del operador, mantenimiento, repuestos y otros que permitan una eficiente prestación del servicio. Entregar el servicio materia del presente contrato según propuesta presentada y Términos de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantesla Referencia, que forman parte del presente. Así mismoNo variar, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito alterar, modificar o sustituir unilateralmente las características de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en propuesta. No ceder a terceros los derechos u obligaciones asumidas por el presente convenio. 4.- En todo caso contrato y asumir sus obligaciones tributarias conforme x Xxx. No ceder el uso u operación de la selección maquinaria a ningún servidor de La Municipalidad Provincial de San Xxxxxxx xx Xxxxxx. Contar con las Pólizas del personal seguros respectivas, para la cobertura de cualquier siniestro. LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN XXXXXXX XX XXXXXX se realizará mediante convocatoria compromete: Contratar los servicios de alquiler, según lo especificado en la que se garantizarán los principios Cláusula Quinta. Pagar al CONTRATISTA Quincenalmente, mediante valorizaciones, previa conformidad de igualdadla Residencia de la Obra, mérito, capacidad con VºBº de la Supervisión y publicidadde la División de Obras de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN XXXXXXX XX XXXXXX. El tribunal calificador de cada una de Tomar las convocatorias, se formalizará medidas correctivas por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el la no atención oportuna del cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres sus obligaciones con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenioEL CONTRATISTA. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Contrato De Servicios De Alquiler De Maquinaria Pesada

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades Serán de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesespecial aplicación, de conformidad con la vigente Ley 20/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura obligaciones y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una derechos de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento.partes: 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad1. El tribunal calificador de cada una de las convocatoriasarrendador está obligado a realizar, se formalizará sin derecho a elevar por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de ello la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la mismarenta, todas las entidades locales interesadasreparaciones que sean necesarias para conservar el local de oficinas en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido. 2. Obras de mejora: El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento. 3. Habitabilidad del local de oficinas: Cuando la ejecución en el inmueble arrendado de obras de conservación o de obras acordadas por una autoridad competente lo hagan inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o de desistir del mismo, sin indemnización alguna. 4. Derecho de adquisición preferente y de tanteo y retracto: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 00 xx xx xxxxxxxx Xxx , x xxxx tipo de contrato le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 25 que cuenten con dichos puestos dispone que en caso de trabajoventa del local arrendado, sufragarán tendrá el déficit arrendatario derecho de adquisición preferente sobre la misma. Asimismo el arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo sobre la finca arrendada en proporción al número un plazo de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán 30 días naturales a contar desde el siguiente en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales notifique de forma fehaciente la decisión de vender la finca arrendada, el precio y las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxdemás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Lease Agreement

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta A partir de las necesidades de listas especificaciones del objeto contractual, se pudo determinar las obligaciones que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesle corresponden a EL CONTRATISTA y a la Corporación Parque Arví, las convocatorias cuales se llevarán enlistan a cabo para continuación: 2.4.1. POR PARTE DEL CONTRATISTA: a. Suministrar los siguientes puestos insumos y elementos requeridos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente acuerdo a las especificaciones técnicas y a los requerimientos de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de SeguimientoCorporación. 3.- Sin perjuicio b. El contratista deberá tener la capacidad de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar poder proveer insumos diferentes a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a los señalados en las necesidades especificaciones técnicas de los Ayuntamientos suscribientesestudios previos, previo informe siempre y cuando hagan parte del objeto contractual y previa verificación de su disponibilidad por parte del Contratista. c. Entregar los insumos y elementos en el lugar indicado por el supervisor del contrato. d. Constituir las pólizas a que haya lugar de conformidad con lo establecido en el Decreto 1510 de 2013. e. Cumplir a cabalidad con el cronograma y el plazo de ejecución del contrato. f. Realizar todas las actividades y alcances de conformidad con lo establecido en los Estudios Previos. g. Ejecutar el objeto contractual según los alcances, actividades, especificaciones técnicas y lugares geográficos que determine la Corporación, de acuerdo a lo estipulado en estos estudios previos. h. Asegurar y garantizar la correcta procedencia de los de insumos de papelería, cafetería, aseo institucional y elementos de tecnología, de acuerdo a los requerimientos de la Comisión Corporación y, si es del caso, certificar su apropiada importación al igual que las licencias de Seguimiento distribución y aprobación comercialización. i. Garantizar un procedimiento expedito para el cambio de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenioproductos defectuosos o que no cumplan con las especificaciones técnicas que llegaren a ser suministrados. 4.- En todo caso j. No ceder el contrato sin previa autorización escrita de la selección Corporación. k. Facilitar el acompañamiento al proceso de seguimiento y control físico y financiero del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán contrato; igualmente, el contratista deberá facilitar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares medios logísticos y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientestransporte cuando la Corporación lo requiera y previa concertación entre las partes. 5.- l. Entregar la documentación necesaria con el fin de realizar la liquidación del Contrato. m. Ofrecer un procedimiento expedito para reponer los productos que llegaren a tener problemas de calidad. n. Cumplir con lo contratado en forma oportuna, dentro del término establecido y de conformidad con las calidades pactadas. o. Las convocatorias deberán garantizar demás que se requieran para el cumplimiento de los servicios contratados. 2.4.2. POR PARTE DE LA CORPORACION PARQUE ARVÍ: a. Suministrar información necesaria, completa y oportuna para desarrollar el objeto del contrato. b. Señalar en forma clara y expresa las exigencias lingüísticas pautas que debe seguir el contratista en sus actuaciones y los objetivos que debe proseguir. c. Pagar al Contratista el valor del contrato en las condiciones pactadas. d. Ejercer la supervisión para verificar el cumplimiento del objeto contractual y las obligaciones a que se compromete el contratista. e. Dar respuesta oportuna a las solicitudes del contratista, definir las situaciones necesarias para la ejecución y adelantar los trámites a que haya lugar por su parte para garantizar la debida ejecución. f. Verificar que la factura corresponda a los suministros efectuados. g. Expedir oportunamente el cumplido a satisfacción respectivo. h. Suscribir el acta de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán liquidación del contrato. i. Cumplir con las demás obligaciones que contribuyan a garantizar el cabal cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenioejecución contractual. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Marco De Suministro

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. □ La Confederación Hidrográfica xxx Xxxxxxxx O.A. se obliga a: 1.- Teniendo Realizar, los trámites necesarios ante la Dirección General del Patrimonio del Ministerio de Hacienda para la desadscripción y desafectación y cesión gratuita de las carreteras objeto de este Convenio a la Diputación Provincial en los términos previstos en los artículos 145 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 79 de dicho texto legal, es preciso tener en cuenta que para su efectividad la desadscripción requerirá de la recepción formal de las necesidades de listas carreteras que se plantean documentará en la correspondiente acta de entrega, suscrita por los Ayuntamientos suscribientesrepresentates de la Dirección General del Patrimonio del Estado y de la Confederación Hidrográfica, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos o en acta de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente toma de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto posesión levantada por la Comisión Dirección General del Patrimonio del Estado. La cesión será acordada por el titular del Ministerio de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio Hacienda, a propuesta de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientesDirección General del Patrimonio del Estado, previo informe de la Comisión Abogacía del Estado. 2.- Cumplir los compromisos de Seguimiento financiación de las obras establecidos en la Estipulación Cuarta del presente Convenio. □ La Diputación Provincial de Badajoz se obliga a: 1.- Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica xxx Xxxxxxxx el proyecto de “Refuerzo de Firme y aprobación Mejora de Seguridad Vial desde la Carretera EX322 (Peñalsordo) a L.P. Ciudad Real (Guadalmez)”, con anterioridad a la suscripción de este Convenio. 2.- Licitar, adjudicar, ejecutar y dirigir las obras contratadas sobre la base del proyecto redactado por la Diputación Provincial de Badajoz, denominado proyecto de “Refuerzo de Firme y Mejora de Seguridad Vial desde la Carretera EX322 (Peñalsordo) a L.P. Ciudad Real (Guadalmez)”, incorporado al presente Convenio como anexo. 3.- Cumplir los compromisos de financiación de las obras establecidos en la Estipulación Cuarta del presente Convenio. 4.-.Llevar a cabo todas las actuaciones que sean necesarias para adquirir, mediante cualquier medio válido en derecho, los terrenos que, además de las carreteras, sean necesarios ocupar definitiva o temporalmente para la realización de las obras de mejora objeto de este Convenio. El importe de la obtención de estos terrenos no será objeto, en ningún caso de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad compromisos de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos financiación establecidos en el presente convenio. 4.- En todo caso , y será asumido exclusivamente por la selección Diputación Provincial de Badajoz. 5.-Realizar los trámites necesarios para aceptar la cesión gratuita de la titularidad de la carretera objeto del personal se realizará mediante convocatoria Convenio de la actual Dirección General del Patrimonio del Estado de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda, que deberá producirse, de acuerdo con las prescripciones de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Código seguro de Verificación : GEN-5a66-7035-02ba-b502-94cc-a89c-699f-35e0 | Puede verificar la integridad de este documento en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimientosiguiente dirección : aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxXxxxXxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxXXX.xxx

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Samples: Convenio

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta Por ser este un contrato de suministro de TRANSPORTE a EL BENEFICIARIO–ALUMNO, las necesidades partes se obligan: A. Por parte del CONTRATANTE: 1) Realizar el pago oportuno del servicio de listas Transporte. Para efectos de este contrato se considera como pago oportuno del valor mensual anticipado del valor por servicio de Transporte, el que se plantean debe realizar dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes. A partir del día 11 del mes, y en razón de iniciarse la xxxx, el valor por el pago del servicio de Transporte tendrá un cobro de interés corriente, sobre el valor mensual adeudado, equivalente a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera para el denominado “crédito de consumo y ordinario” del respectivo trimestre. A partir del día 21 del mes, y en razón a continuar la xxxx en el pago, el valor por el pago del servicio de transporte tendrá un cobro de interés por xxxx, sobre el valor mensual adeudado, equivalente, a la máxima tasa de interés remuneratorio x xx xxxx, certificada por la Superintendencia Financiera para el respectivo trimestre. Luego de treinta (30) días calendario de vencido el plazo para el pago oportuno por el servicio de transporte (que son los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes10 primeros días calendario del mes), la gestión factura pasará a cobro jurídico generándose adicionalmente los respectivos honorarios de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posiblecobranza. En el casocaso de pago con cheque y éste sea devuelto por causal imputable al girador, se cobrará la sanción del 20% del valor impagado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 731 del Código del Comercio. 2) Disponer lo necesario para que los gastos que EL BENEFICIARIO-ALUMNO, se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos encuentre listo en el lugar y hora acordados para abordar el vehículo de la mismaruta escolar asignada. 3) Durante el trayecto, todas EL BENEFICIARIO-ALUMNO debe observar un buen comportamiento y acatar las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx instrucciones impartidas por la monitora de la ruta y el conductor del vehículo. 4) EL CONTRATANTE es responsable del cuidado y seguridad en los paraderos antes que se declaran oficiales las cifras EL BENEFICIARIO-ALUMNO aborde el vehículo, como después de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxbajarse del mismo. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Contrato De Suministro De Transporte

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo Nº Reg. Entrada: 2023999011618548. Fecha/Hora: 18/09/2023 10:34:31 La Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental se obliga a la atención integral de las personas beneficiarias de las plazas objeto de este Convenio. Asimismo, se obliga a ejecutar directamente las actuaciones objeto del presente Convenio o, en cuenta el supuesto de ejecutar las necesidades mismas mediante contratación con alguna empresa, ajustarse en todo momento a lo dispuesto por la normativa aplicable en materia de listas contratación y, en todo caso, a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se plantean transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. De conformidad con el artículo 2 del Decreto 41/2018, de 20 de febrero, por el que se regula el concierto social para la prestación de los Ayuntamientos suscribientesservicios sociales, las convocatorias disposiciones de Decreto se llevarán aplicarán a cabo para los siguientes puestos conciertos sociales que la Administración de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente la Junta de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela Andalucía y sus entes instrumentales, así como los Entes Locales y sus entes vinculados o dependientes, en el ámbito de música - Técnico/a sus competencias, formalicen con entidades prestadoras de igualdadservicios de los previstos en el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía. Las relaciones laborales, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/administrativas o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas cualquier otro tipo que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, generen como consecuencia de la gestión de cada una de las convocatorias se llevará directa o indirecta del centro quedarán limitadas a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia Corporación Local firmante de este convenio, no generándose para la Agencia más obligaciones que las que, para con dicha Corporación Local, expresamente se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos contienen en el presente convenio. 4.- En todo caso Convenio. La Agencia se compromete a abonar a la selección del personal se realizará mediante convocatoria Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental, en concepto de liquidación de estancias la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por diferencia resultante entre el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas coste de la igualdad de trato plaza y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido aportación de la convocatoria deberá ser consensuado por persona usuaria correspondiente a los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocanteservicios efectivamente prestados, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán teniendo en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxdiferencias entre plaza ocupada y plaza reservada. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Collaboration Agreement

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta 1. El presente convenio no tiene contenido económico, por lo que no dará lugar a contraprestaciones económicas entre las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientopartes. 3.- Sin perjuicio 2. La Agencia, en colaboración con el centro directivo competente en materia de lo anteriortransformación digital, durante la vigencia y el Ilustre Colegio de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias Abogados de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de Málaga realizarán los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y desarrollos necesarios técnicos para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el dar efectividad al presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la 3. El Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y los colegiados o asociados que se garantizarán adhieran a este convenio tendrán que archivar y custodiar la documentación que de acuerdo con este convenio y la normativa relacionada con la presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones de los principios de igualdadtributos gestionados por la Agencia, mérito, capacidad y publicidadresulte procedente. El tribunal calificador Ilustre Colegio de cada una Abogados de las convocatoriasMálaga y los colegiados o asociados, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal a requerimiento de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias órganos y unidades de la Agencia, deberán garantizar el cumplimiento facilitar la documentación correspondiente a los expedientes que se tramiten con motivo de las exigencias lingüísticas presentaciones que los mismos hayan realizado en un plazo de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas 7 días a contar desde la recepción de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos petición de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes . 4. En la realización de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número trámites previstos en este convenio, las partes deberán observar las exigencias sobre confidencialidad de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos carácter personal y los requisitos para su tratamiento automatizado previstos en la última Orden Xxxxx Ley General Tributaria y en las disposiciones vigentes en materia de protección de datos de carácter personal. El Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y los colegiados o asociados que se adhieran a este convenio deberán cumplir los requisitos y condiciones establecidos en los documentos de seguridad que apruebe la Agencia Tributaria de Andalucía, entre los que se cuenta , la Resolución de 30 xx xxxxx de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se declaran oficiales modifica el Anexo «Documento de Política de Seguridad TIC» de la Resolución de 6 de julio de 2020, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información de esta Agencia, así como la estructura organizativa responsable de su ejecución. 5. El incumplimiento de las cifras obligaciones previstas para el Ilustre Colegio de población Abogados de Málaga que se adhiera, en este convenio podrá determinar, en atención a su gravedad, la resolución del mismo. El incumplimiento por parte de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada colegiados o asociados que se adhieran a este convenio de las obligaciones previstas en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxmismo y asumidas con la suscripción de la solicitud de adhesión y autorización como colaborador social, podrá suponer en atención a su gravedad, la exclusión del mismo y la revocación de su autorización como colaborador social. En ambos casos, la Agencia Tributaria de Andalucía dará trámite de audiencia al interesado, por un plazo de quince días, con carácter previo a la resolución o exclusión. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo 6. Ambas partes asumen el compromiso de proceso impulsar un Código de selección consensuará con Buenas Prácticas Tributarias para avanzar en el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación modelo de relación cooperativa entre la Agencia y el colaborador social, así como con los propios profesionales tributarios, para fomentar la generalización de las bases, fechas buenas prácticas tributarias por parte de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursoslos contribuyentes.

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Samples: Convenio De Colaboración Social

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo 1.‐ La Universitat Politècnica de València, en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este virtud del presente convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias asume las siguientes obligaciones: a) Colaborar institucionalmente en las labores de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe mantenimiento de la Comisión instalación, de Seguimiento tal forma que no se le cause ningún perjuicio directo ni indirecto a la estructura metálica. En particular, mantener el perímetro donde se asienta la estructura metálica adecentada, limpia y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismosaneada, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos colaborar institucionalmente en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos disfrute pacífico de la misma. b) Asimismo, todas se compromete a informar fehacientemente a GRUPO XXXXXXX, S.A.U de cualquier daño que sufriere la indicada estructura arquitectónica, bien por las entidades locales interesadasactuaciones de terceros, bien por caso fortuito o fuerza mayor, en el plazo más breve posible, a fin de que cuenten GRUPO XXXXXXX, S.A.U pueda proceder a la reparación de tales daños de forma y manera que siempre se preserve la integridad arquitectónica y buena imagen de la misma. c) En el caso de que la indicada valla sufriera actos de vandalismo la UPV ejercitará, junto con dichos puestos de trabajoGRUPO XXXXXXX, sufragarán el déficit en proporción S.A.U la defensa y personación judicial al número de habitantes amparo de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población delitos sobre el patrimonio histórico, cultural y artístico, recogidos en la última Orden Xxxxx por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal, en particular, los artículos 321 a 324. 2.‐ Son obligaciones del GRUPO XXXXXXX S.A.U.: a) Mantener y usar la Valla o estructura metálica Xxxx xx Xxxxxxx en la Finca con la debida diligencia, de acuerdo con las buenas prácticas constructivas y la legislación vigente, destinando el enclavamiento de la Valla o estructura metálica Xxxx xx Xxxxxxx únicamente al uso pactado. b) Asumir los costes derivados del mantenimiento y reparación de la estructura, sin perjuicio de aquellos supuestos en los que se declaran oficiales las cifras de población puede repercutir o exigir el pago de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxmismos a persona o entidad distinta. 7.- El ayuntamiento al c) Informar a la Universitat Politècnica de València de cualquier circunstancia que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursosafectase a la estructura metálica Xxxx xx Xxxxxxx que pudiera repercutir en la Finca.

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Samples: Authorization Agreement

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo 1. Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el mapa se compromete a: a) Coordinar y supervisar tanto la custodia como la devolución del material genético de la raza pura Lacaune que deposite la Asociación Española de Criadores de Ovino selecto de Raza Lacaune-Aesla en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientoel BGA. 3.- Sin perjuicio b) Reconocer la propiedad del material de lo anterioresta raza depositado en el BGA a la Asociación Española de Criadores de Ovino selecto de Raza Lacaune-Aesla que deposita el material. No obstante, durante en caso de disolución de la vigencia asociación el material depositado pasará a ser titularidad del Estado Español, el cual sólo podrá emplear dicho material en los supuestos contemplados en el punto 1.c) de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientesesta cláusula Segunda. c) Liberar el material depositado, previo informe de la Comisión Nacional de Seguimiento y aprobación Zootecnia (CNZ), para el uso por parte de la Asociación Española de Criadores de Ovino selecto de Raza Lacaune-Aesla o por la entidad o persona física que esta autorice, en las siguientes circunstancias: 1. Reconstitución de una raza extinta. 2. Apoyo a la conservación de una raza en peligro de extinción, mediante el incremento de la diversidad genética, gracias a la introducción de alelos desaparecidos en la población xxxxxxxxx. 3. Destrucción en el Banco de Germoplasma de Origen del duplicado del material depositado en el BGA. d) Citar como colaboradora a la Asociación Española de Criadores de Ovino selecto de Raza Lacaune-Aesla en lo que se refiere al contenido de este Convenio, en la publicidad o difusión que pueda realizarse de los ayuntamientos firmantesresultados de dichas actividades. 2. Así mismoPara el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, la Asociación Española de Criadores de Ovino selecto de Raza Lacaune-Aesla se compromete a: a) Facilitar el personal técnico especializado para colaborar en las tareas de elección de las muestras, comunicando al BGA los Ayuntamientos suscribientes mantienen datos del mismo con la potestad suficiente antelación, hacerse cargo de convocar las muestras seleccionadas y transportarlas a su destino en las condiciones previstas en la normativa aplicable al efecto. b) Garantizar que mientras el personal designado por la misma se encuentre dentro de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personallas instalaciones del BGA, incluso cumplirá las instrucciones que se le comuniquen por la de puestos de trabajo incluidos Dirección del citado Banco. c) Presentar los informes necesarios que justifiquen la utilización del material depositado en el presente convenioBGA y el correcto manejo tras su retirada a la CNZ, con el objeto de que este informe sobre su utilización. 4.- d) En todo caso los supuestos 1 y 2 del apartado c) del párrafo 1 de la selección presente cláusula, el responsable de la retirada del personal material genético del BGA tendrá la obligación de reponer el mismo número de muestras y con la misma representatividad genética que las empleadas para las dos finalidades consideradas. cve: BOE-A-2022-11924 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx e) Citar como colaborador al BGA sito en Colmenar Viejo (Madrid), y al MAPA, en lo que se realizará mediante convocatoria refiere al contenido de este convenio, en la publicidad o difusión que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera pueda realizarse de los Ayuntamientos suscribientesresultados de dichas actividades. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Convenio

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe Son obligaciones de la Comisión Generalitat, además de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos todas las expresamente previstas en el presente convenio. 4.- En todo caso , las siguientes: - Asistir al Ayuntamiento xx Xxxxxx en el ejercicio de los derechos de adquisición preferente cuando la selección del personal se realizará mediante convocatoria Generalitat sea requerida para ello. Dicha asistencia consistirá en la resolución de consultas relativas al procedimiento o a las circunstancias relativas a las viviendas protegidas y la prestará la Generalitat a través de la Conselleria competente en materia de vivienda. - Facilitar el Protocolo de Actuación de la Generalitat en materia de tanteo y retracto, así como las versiones futuras que del mismo puedan elaborarse. - Comunicar toda notificación de transmisión de viviendas o edificios sujetos a adquisición preferente que hubiese recibido respecto de los inmuebles sitos en el municipio xx Xxxxxx en el plazo xx xxxx (10) días naturales a contar desde la recepción de la notificación de la transmisión, así como respetar cuantas estipulaciones se garantizarán prevean en el presente convenio en materia de comunicaciones que deben realizarse al municipio. - Realizar seguimiento periódico respecto de los principios de igualdad, mérito, capacidad inmuebles sujetos a tanteo y publicidadretracto comunicados al municipio. El tribunal calificador de cada una - Comunicar al municipio la actualización de las convocatoriasÁreas de Necesidad de Vivienda (ANHA) y, se formalizará por en particular, su inclusión o no en las mismas. Son obligaciones del Municipio xx Xxxxxx, además de todas las expresamente previstas en el respectivo ayuntamientopresente convenio, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera las siguientes: - Disponer de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar medios personales, materiales y económicos para llevar a cabo el cumplimiento ejercicio de las exigencias lingüísticas de cada uno facultades previstas en este convenio. - Cumplir el procedimiento legalmente establecido para el ejercicio de los ayuntamientosderechos de tanteo y retracto cuando fuera a ejercitarlos, así como cuantas estipulaciones relativas a las comunicaciones que deben realizarse con la Generalitat. Igualmente deberán garantizar - Destinar los bienes inmuebles adquiridos mediante el cumplimiento ejercicio de las exigencias derivadas los derechos de adquisición preferente al destino previsto en el presente convenio, calificándolos como vivienda protegida con carácter permanente. - Poner en conocimiento de la igualdad Conselleria competente en materia de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En vivienda y, en todo caso, con una antelación mínima de veinte (20) días naturales a que finalice el contenido plazo para notificar el ejercicio del derecho a la persona transmitente o adquirente, la imposibilidad o decisión de no ejercitar los derechos de adquisición preferente cedidos a su favor con indicación de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes causa. - Facilitar la información respecto del convenio. 6.- Los gastos derivados estado, evolución y conclusión de los procesos procedimientos de selección tanteo y retracto iniciados o pendientes de personal que se generen para iniciar tras la entidad convocante, serán financiados comunicación por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos parte de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos Generalitat de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número una notificación de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxtransmisión. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Convenio De Colaboración

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta 1. El presente convenio no tiene contenido económico, por lo que no dará lugar a contraprestaciones económicas entre las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientopartes. 3.- Sin perjuicio 2. La Agencia, en colaboración con el centro directivo competente en materia de lo anteriortransformación digital, durante la vigencia y Consejo Andaluz de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias Colegios Oficiales de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de Aparejadores y Arquitectos Técnicos realizarán los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y desarrollos necesarios técnicos para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el dar efectividad al presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la 3. El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos y los colegiados que se garantizarán adhieran a este convenio tendrán que archivar y custodiar la documentación que de acuerdo con este convenio y la normativa relacionada con la presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones de los principios de igualdadtributos gestionados por la vigente resulte procedente. Los colegiados, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal a requerimiento de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias órganos y unidades de la Agencia, deberán garantizar el cumplimiento facilitar la documentación correspondiente a los expedientes que se tramiten con motivo de las exigencias lingüísticas presentaciones que los mismos hayan realizado en un plazo de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas 7 días a contar desde la recepción de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos petición de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes . 4. En la realización de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número trámites previstos en este convenio, las partes deberán observar las exigencias sobre confidencialidad de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos carácter personal y los requisitos para su tratamiento automatizado previstos en la última Orden Xxxxx por la Ley General Tributaria y en las disposiciones vigentes en materia de protección de datos de carácter personal. El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos y los colegiados que se declaran oficiales adhieran a este convenio deberán cumplir los requisitos y condiciones establecidos en los documentos de seguridad que apruebe la Agencia. 5. El incumplimiento de las cifras obligaciones previstas para el Consejo Andaluz de población Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos en este convenio podrá determinar, en atención a su gravedad, la resolución del mismo. El incumplimiento por los colegiados que se adhieran a este convenio de las obligaciones previstas en este convenio y de las obligaciones asumidas en los documentos individualizados de adhesión podrá suponer, en atención a su gravedad, la exclusión del mismo y la revocación de su autorización como colaborador social. 6. Ambas partes asumen el compromiso de impulsar un Código de Buenas Prácticas Tributarias para avanzar en el desarrollo del modelo de relación cooperativa entre la Agencia y el colaborador social, así como con los propios profesionales tributarios, para fomentar la generalización de las buenas prácticas tributarias por parte de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxcontribuyentes. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Convenio De Colaboración Social

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de En virtud del presente Contrato cada una de las convocatorias Partes se llevará obliga a: 3.1. Obligaciones de EL VENDEDOR. EL VENDEDOR se obliga para con EL COMPRADOR a cabo lo siguiente: 3.1.1. Recibir las nominaciones, confirmaciones y renominaciones que realice EL COMPRADOR en los términos definidos en este Contrato y remitirlas al Transportador conforme al RUT, siempre y cuando el VENDEDOR no haya ejercido el derecho de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientointerrumpir el servicio. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe 3.1.2. Garantizar que el transportador Autorice el transporte de la Comisión Cantidad de Seguimiento Energía Nominada hasta la Capacidad Contratada establecida en el Numeral VI en las Condiciones Particulares, siempre y aprobación cuando el VENDEDOR no haya ejercido el derecho de los ayuntamientos firmantesinterrumpir el servicio. 3.1.3. Así mismoGarantizar que el Transportador le reciba a EL COMPRADOR en el Punto de Inicio del Servicio la tenencia y custodia de la Cantidad de Energía Autorizada, los Ayuntamientos suscribientes mantienen en las condiciones señaladas en este Contrato. 3.1.4. Garantizar que el Transportador le transfiera a EL COMPRADOR en el Punto de Terminación del Servicio la potestad tenencia y custodia de convocar la Cantidad de manera unilateral Energía Autorizada, en las condiciones señaladas en este Contrato, siempre y para cuando el ámbito VENDEDOR no haya ejercido el derecho de su Ayuntamiento cualquier convocatoria interrumpir el servicio. 3.1.5. Efectuar la facturación de personal, incluso la Capacidad Contratada de puestos de trabajo incluidos conformidad con lo establecido en el presente convenioContrato. 4.- En todo caso 3.1.6. Efectuar el objeto del presente Contrato por su cuenta y riesgo. 3.1.7. Informar la selección interrupción del personal servicio antes o durante la Nominación de capacidad, o cuando quiera que se realizará mediante convocatoria presente un evento que impida la ejecución del Contrato. 3.1.8. Registrar el Contrato ante el Gestor xx Xxxxxxx de acuerdo con lo establecido en la que se garantizarán los principios Resolución CREG 089 de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes2013. 5.- 3.1.9. Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada demás obligaciones previstas en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxpresente Contrato, la ley y la regulación aplicable. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Contrato De Suministro De Capacidad De Transporte De Gas Natural Con Interrupciones

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obrasA) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- OBLIGACIONES DEL PROMITENTE COMPRADOR:Sin perjuicio de lo anteriorlas demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, durante del Estatuto General de Contratación de la vigencia Administración Pública, de este conveniolas normas que regulan la materia del contrato a celebrar, de aquellas contenidas en otros apartes xxx xxxxxx de condiciones y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato de compraventa, el contratista se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajocontrae, conforme entre otras, a las necesidades siguientes: 1. Suscribir los documentos relacionados con la respectiva enajenación del bien. 2. Cumplir con el pago pactado en el ofrecimiento realizado, en el proceso de Audiencia pública de apertura de sobres y el cual debe estar acorde con la forma de pago establecida para el proceso. 3.Presentar las garantías que se requieran por parte del IDEA. 4.Pagar los Ayuntamientos suscribientesderechos notariales, previo informe los gastos de fotocopias, autenticaciones y los impuestos a que haya lugar, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia, a la realización de la Comisión escritura pública y la inscripción de Seguimiento la misma en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. 5.Asumir los impuestos generados y aprobación demás cargas tales como: contribuciones que se lleguen a causar, así como cualquier otro gasto administrativo que se derive de los ayuntamientos firmantesla administración del inmueble como servicios públicos, administraciones, cerramientos, vigilancia, entre otros, a partir de la fecha en que se suscriba el acta de entrega del inmueble. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar 6. Informar de manera unilateral inmediata cualquier eventualidad que pueda sobrevenir y para que afecte el ámbito normal desarrollo del contrato. 7. Tener pleno conocimiento del bien inmueble objeto de su Ayuntamiento cualquier convocatoria venta de personal, incluso manera previa a la presentación de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares oferta y/o suplentes, personal a la suscripción del contrato de cualquiera compraventa. 8.Informar al Instituto el origen de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar recursos mediante los cuales pagará el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientosprecio ofertado en la propuesta. Igualmente deberán garantizar 9.Solicitar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo casoPlan General Urbanístico, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos totalidad del cómputo lote a nombre del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxcomprador y del IDEA. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Promise of Sale Agreement

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo 1. POR PARTE DE ARRENDADOR a. Hará entrega del espacio locativo objeto del contrato a el ARRENDATARIO para la iniciación de la prestación del servicio a la comunidad PRESTANDO LOS SERVICIOS OFRECIDOS EN LA PROPUESTA COMO SON Cafetería, dulces y papelería, con un recurso humano de mínimo de 2 personas calificada en cuenta la manipulación de alimentos y atención al publico b. El arrendador deberá informar oportunamente las jornadas en que no se deberá prestar el servicio debido a las actividades que se han de realizar c. El arrendador aprobara el listado de precios de los productos que se distribuyen en la tienda escolar 2. POR PARTE DEL ARRENDATARIO a. Recibir el espacio de que trata el objeto de este contrato b. Pagar el canon en forma y en términos previstos en el contrato c. Destinar el espacio aludido única y exclusivamente al funcionamiento de la tienda escolar d. Suministrar el servicio de la TIENDA ESCOLAR únicamente en las horas de descanso establecidas por la institución x. Xxxxxx alimentos autorizados por la institución de acuerdo a su propuesta y otros acorde con las necesidades alimentarias de listas que se plantean los usuarios. f. Dotar de implementos, utensilios, víveres, comestibles y bebidas necesarias para una adecuada presentación del servicio g. Mantener los espacios destinados con las debidas normas de higiene y seguridad, así como la conservación, almacenamiento y preparación de los alimentos h. Procurar una prestación del servicio cordial y con debido esmero por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserjeparte del personal contratado en la prestación del servicio 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto i. Velar por la Comisión conservación y mantenimiento de Seguimientolos espacios físicos destinados al cumplimiento del contrato j. Acatar las sugerencias y recomendaciones que sobre el funcionamiento de la tienda escolar haga el ordenador del gasto, el Consejo Directivo y demás miembros de la comunidad sobre preparación de alimentos , normas de higiene, atención entre otras k. No vender bebidas alcohólicas, chicles, revistas ni loterías ni otros productos no autorizados por el consejo Directivo l. No almacenar en ningún sitio del inmueble arrendado venenos, gases tóxicos, inflamables o cualquier otro material que pueda acarrear perjuicios a la comunidad del plantel o a las instalaciones. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante m. Entregar a la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a terminación del contrato las necesidades instalaciones y bienes prestados en buen estado n. Recoger los envases utilizados para la prestación del servicio y asear los espacios aledaños que sean afectados con deshechos de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe productos que expenda en la tienda escolar o. En ningún momento deberán permanecer vendedores después de la Comisión hora de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección cierre del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.colegio CLAUSULA QUINTA DURACION

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Samples: Lease Agreement

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades El Ayuntamiento, como beneficiaria de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientestodo el procedimiento expropiatorio, las convocatorias se llevarán asume directamente frente a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesCondominio, la gestión obligación de cada una pago del justiprecio derivado del Convenio, incrementado en un interés anual del equivalente al Índice de Precios al Consumo, calculado desde la fecha de ratificación del Convenio, es decir, desde el 18de septiembre de 2.008, hasta la fecha de firma del presente Documento de Modificación y Ejecución del Convenio Expropiatorio “Nudo Norte”, y en lo posterior, hasta la entrega total de las convocatorias se llevará a cabo cantidades adeudadas, en el IPC incrementado en un 0,5% adicional. Al momento de manera rotatoria ratificación del presente documento por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenioel pleno del Ayuntamiento, se podrán llevar compensan las rentas devengadas dejadas de percibir por parte de Toletum (ahora Ayuntamiento) hasta dicha fecha y deducidos los gastos inherentes a cabo convocatorias los inmuebles soportados por Condominio, en relación al contrato de otros puestos de trabajoarrendamiento existente sobre la clínica Ntra. Xxx. xxx Xxxxxxx. A los anteriores efectos, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para una vez ratificado por el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en Pleno Municipal el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatoriasdocumento, se formalizará por concreta que el respectivo ayuntamientoimporte resultante de aplicar al Justiprecio el IPC aplicable asciende a 10.702.823,54 euros y una vez compensadas las rentas derivadas del contrato de arrendamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de deducidos los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta gastos soportados por razón de sexo. En todo casola propiedad de las fincas adquiridas, que ascienden a 568.464,93€, el contenido saldo neto resultante es xx xxxx millones ciento treinta y cuatro mil trescientos cincuenta y ocho con sesenta y un céntimos (10.134.358,61 €) Se refleja en documento administrativo expedido por el Ayuntamiento el saldo neto resultante, que se corresponde con la deuda real a satisfacer por el Ayuntamiento a Condominio en el nuevo plazo convenido. Dicho documento administrativo forma parte del presente expediente y queda unido como Anexo al presente documento, formando parte integrante del mismo a todos los efectos legales. Asimismo, las partes acuerdan que las rentas derivadas del referido contrato de arrendamiento se perciban directamente por el Ayuntamiento, quien se subrogará en dicho contrato en su calidad de propietario del inmueble, a partir de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes fecha de ratificación del conveniopresente documento. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Convenio Expropiatorio

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo De las entidades financieras: a) Formalizar los préstamos, cuya aprobación quedará supeditada a la aprobación de los mismos por parte del departamento de riesgos de cada entidad firmante de este convenio conforme a sus criterios internos aplicables, pudiendo concederse o denegarse las operaciones libremente por cada entidad aplicando dichos criterios internos, y sin que sean revisables ni por la Administración, ni por el GOBIERNO DE CANTABRIA o solicitantes afectados. b) Notificar a la Consejería de Economía y Hacienda, dentro de los primeros 15 días de cada mes, los préstamos formalizados al amparo del presente convenio en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesel mes inmediatamente anterior, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajocon la siguiente información: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporteNombre del titular xxx xxxxxxxx. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) NIF del titular xxx xxxxxxxx. CVE-2020-2913 - Interventor/a Domicilio del titular xxx xxxxxxxx. Convenio anticipo prestaciones ERTE versión 2020.04.30 Página 2 de 7 - Secretaria/o Fecha de formalización xxx xxxxxxxx. - ConserjeImporte xxx xxxxxxxx formalizado. 2.- Teniendo en cuenta las necesidades De la Consejería de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una Empleo y Políticas Sociales: a) Poner a disposición de las convocatorias se llevará a cabo entidades financieras que lo soliciten, previa autorización de manera rotatoria los solicitantes de préstamos y de forma coordinada con la Consejería de Economía y Hacienda, información sobre la presentación de expedientes de regulación temporal de empleo consecuencia de la crisis económica provocada por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto el COVID-19 por parte de encargos realizado al efecto las empresas, que hayan sido tramitados por la Comisión citada Consejería. b) Recabar de Seguimientola Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, información sobre la presentación de expedientes de regulación temporal de empleo consecuencia de la crisis económica provocada por el COVID-19 por parte de las empresas, del ámbito de su competencia. c) Recabar de los órganos competentes del resto de Comunidades Autónomas, información sobre la presentación de expedientes de regulación temporal de empleo consecuencia de la crisis económica provocada por el COVID-19 por parte de las empresas, del ámbito de su competencia. d) En caso de resultar necesario y en la medida en que resulte posible, solicitar información adicional a empresas o al Servicio Público de Empleo Estatal sobre aquellos expedientes que afecten a trabajadores que pueden resultar beneficiarios de lo dispuesto en este Convenio. 3.- Sin perjuicio De la Consejería de lo anterior, durante Economía y Hacienda: a) Coordinar el intercambio de información entre las entidades financieras y la vigencia Consejería de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme Empleo y Políticas Sociales. b) Reembolsar a las necesidades entidades financieras los fondos anticipados por éstas a los trabajadores beneficiarios de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos préstamos contemplados en el presente convenioconvenio en los siguientes supuestos: i. Cuando los trabajadores que hayan percibido los préstamos no resulten finalmente beneficiarios de la prestación por desempleo. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidadii. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por Cuando el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas importe de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta prestación por razón de sexodesempleo percibida por los trabajadores que hayan percibido los préstamos resulte inferior al importe anticipado. En todo tal caso, el contenido desembolso se limitará a la diferencia entre el importe abonado por el Servicio Público de Empleo Estatal y el importe xxx xxxxxxxx concedido por la entidad financiera. iii. Cuando la prestación por desempleo no sea ingresada en cuentas bancarias de la convocatoria deberá ser consensuado entidad financiera concedente xxx xxxxxxxx. CVE-2020-2913 El reembolso podrá llevar aparejada la exigencia de intereses de demora en caso de que se lleve a cabo por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- la Administración con posterioridad al 31 de diciembre de 2020. Los gastos derivados citados intereses no podrán exceder de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos previstos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras normativa de población prudencia financiera. Convenio anticipo prestaciones ERTE versión 2020.04.30 Página 3 de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.7

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Samples: Convenio De Colaboración

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo El Ayuntamiento tiene la obligación: - De facilitar las dependencias destinadas a bar, sitas en cuenta el Bar de la Piscina Municipal. - Facilitar los/las necesidades socorristas necesarios. - Correr con los gastos del mantenimiento de listas las zonas verdes y depuradora. El concesionario tiene las siguientes obligaciones: - Cumplir cuantas obligaciones establece el presente Pliego y las normas de aplicación que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos le impongan durante el plazo de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deportela concesión. - Servicios múltiples (jardines, limpieza Abonar el canon establecido en la adjudicación. - Dotar las instalaciones de todo el mobiliario y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán utensilios necesarios para llevar a cabo convocatorias el servicio de otros puestos bar-cafetería. - La apertura, cierre y vigilancia del centro, prestando el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo. - Cumplir la normativa vigente sobre prohibición de trabajouso de tabaco en establecimientos públicos. - Cumplir el horario de apertura y cierre establecido en la normativa vigente. - Evitar cualquier tipo de juegos en los que medie el dinero. - Tener a disposición de los usuarios un Libro de Quejas y Reclamaciones. - Mantener en todo momento todas las dependencias e instalaciones objeto de la concesión en perfecto estado de funcionamiento y en las debidas condiciones de limpieza, conforme salubridad, climatización y ornato. - Conservar las instalaciones en perfecto estado destinándolas de modo exclusivo al uso pactado, reparándolas por su cuenta y cuando finalice el contrato, devolverlas en las mismas condiciones de uso en que las recibió. - El concesionario no podrá efectuar en las instalaciones obra alguna de modificación de la estructura o aspecto exterior sin la previa autorización municipal. - Llevar a cabo la actividad o explotación, objeto de la concesión, de forma directa, no pudiendo subrogar ni ceder la misma salvo autorización expresa del Ayuntamiento. - Aportar el personal necesario para una perfecta prestación del servicio que dependerá única y exclusivamente del adjudicatario y que tendrá todas las obligaciones y derechos inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo, con arreglo a la legislación laboral y social vigente en cada momento, además del personal que controle el acceso a las necesidades instalaciones y cobro de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe entrada. - Solicitar por su cuenta cuantas autorizaciones administrativas sean precisas en cada momento para regular el funcionamiento del servicio. - Mantener un seguro multiriesgo que cubra las instalaciones cedidas. - Abandonar y dejar libres y vacíos a disposición del Ayuntamiento las dependencias y recinto objeto de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para concesión al finalizar el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos plazo de la misma, todas las entidades locales interesadasreconociendo expresamente por esta cláusula la potestad del Ayuntamiento para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento en caso contrario. - Ofrecer servicio de comidas a los/as consumidores manteniendo los precios comunes del lugar. - Las instalaciones cuentan con terraza exterior destinada a su uso como merendero por los usuarios, que cuenten con dichos puestos pudiendo ser también usada como parte de trabajola cafetería, sufragarán el déficit debiendo mantenerlo en proporción al número perfecto estado de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxlimpieza. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Concesión Administrativa

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo 8.1.- Son obligaciones del COLEGIO: Brindar los SERVICIOS EDUCATIVOS a favor del estudiante cuyos datos se consignan en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajoel punto II del presente, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de la Institución; el pago de la Pensión de Estudios no incluye los servicios o actividades extra curriculares (talleres) que puede brindar el Colegio fuera de la jornada escolar. Informar a El PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO sobre los resultados del proceso educativo y formativo de su hijo, dando las necesidades indicaciones y orientaciones destinadas a superar las deficiencias académicas o de comportamiento. Xxxxxxx la información que requiera EL PADRE DE FAMILIA TUTOR LEGAL O APODERADO respecto del proceso educativo de su menor hijo de conformidad al reglamento interno del EL COLEGIO. Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno que regulan las condiciones y características del servicio educativo que ofrece EL COLEGIO. 8.2.- Son obligaciones DEL PADRE DE FAMILIA TUTOR LEGAL O APODERADO: Participar activamente en el proceso educativo de su menor hijo(a) a través de: Actividades académicas Actividades formativas Actividades recreativas. Cumplir con las obligaciones y recomendaciones asumidas en los casos de terapias conductuales de su menor hijo, terapia de lenguaje, terapia ocupacional, terapia de habilidades sociales, terapias familiares, etc. y presentación de los Ayuntamientos suscribientesinformes de acompañamientos externos de su menor hijo o hijos en las fechas solicitadas por el Departamento Psicopedagógico de EL COLEGIO. Cumplir oportunamente con el pago de las pensiones escolares conforme al cronograma de pago de pensiones que se le entregó e informo al finalizar el año escolar 2022, previo informe antes y durante el proceso de matrícula o ratificación del año lectivo 2023. Acatar las medidas disciplinarias y correctivas que disponga EL COLEGIO en aplicación del Reglamento Interno de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantesInstitución. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen Asistir a las reuniones del Colegio cada vez que sea citado para la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares información y/o suplentestratar asuntos relacionados con la formación de su hijo (a), personal Asistir a las citaciones que se le cursen por falta de cualquiera pago de pensiones escolares. A no involucrar a EL COLEGIO, en los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar procesos judiciales o extrajudiciales, sobre asunto de tenencia, alimentos, régimen de visitas, y otros, de su menor hijo(a) o hijos(as). Presentar el cumplimiento poder de las exigencias lingüísticas representación de cada uno su menor hijo (a), contenido en escritura pública, debidamente inscrito en registros públicos de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres Lima, resolución judicial o documento extrajudicial, o carta poder con eliminación toda la discriminación directa o indirecta firmas notarialmente legalizadas otorgado por razón de sexo. En todo ambos padres, según corresponda, en caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada es representado en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxacto de matrícula 2023 de su menor hijo (a) u otros actos que requieran su presencia o asistencia. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Educativos

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo 1. Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se compromete a: a) Coordinar y supervisar tanto la custodia como la devolución del material genético de la raza pura Limusina que deposite la Federación Española de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Limusina, en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientoel BGA. 3.- Sin perjuicio b) Reconocer la propiedad del material de lo anterioresta raza depositado en el BGA a la Federación Española de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Limusina, durante que deposita el material. No obstante, en caso de disolución de la vigencia asociación el material depositado pasará a ser titularidad del Estado Español, el cual sólo podrá emplear dicho material en los supuestos contemplados en el punto 1.c de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientesesta cláusula Segunda. c) Liberar el material depositado, previo informe de la Comisión Nacional de Seguimiento y aprobación Zootecnia («CNZ»), para el uso por parte de la Federación Española de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Limusina, o por la entidad o persona física que esta autorice, en las siguientes circunstancias: 1. Reconstitución de una raza extinta. 2. Apoyo a la conservación de una raza en peligro de extinción, mediante el incremento de la diversidad genética, gracias a la introducción de alelos desaparecidos en la población xxxxxxxxx. 3. Destrucción en el Banco de Germoplasma de Origen del duplicado del material depositado en el BGA. d) Citar como colaboradora a la Federación Española de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Limusina, en lo que se refiere al contenido de este Convenio, en la publicidad o difusión que pueda realizarse de los ayuntamientos firmantesresultados de dichas actividades. 2. Así mismoPara el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, la Federación Española de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Limusina se compromete a: a) Facilitar el personal técnico especializado para colaborar en las tareas de elección de las muestras, comunicando al BGA los Ayuntamientos suscribientes mantienen datos del mismo con la potestad suficiente antelación, hacerse cargo de convocar las muestras seleccionadas y transportarlas a su destino en las condiciones previstas en la normativa aplicable al efecto. b) Garantizar que mientras el personal designado por la misma se encuentre dentro de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personallas instalaciones del BGA, incluso cumplirá las instrucciones que se le comuniquen por la de puestos de trabajo incluidos Dirección del citado Banco. c) Presentar los informes necesarios que justifiquen la utilización del material depositado en el presente convenioBGA y el correcto manejo tras su retirada a la CNZ, con el objeto de que este informe sobre su utilización. 4.- d) En todo caso los supuestos 1 y 2 del apartado c) del párrafo 1 de la selección presente cláusula, el responsable de la retirada del personal material genético del BGA tendrá la obligación de reponer el mismo número de muestras y con la misma representatividad genética que las empleadas para las dos finalidades consideradas. cve: BOE-A-2023-10029 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx e) Citar como colaborador al BGA sito en Colmenar Viejo (Madrid), y al MAPA, en lo que se realizará mediante convocatoria refiere al contenido de este convenio, en la publicidad o difusión que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera pueda realizarse de los Ayuntamientos suscribientesresultados de dichas actividades. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Convenio

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo Serán de especial aplicación, de conformidad con la vigente Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, las siguientes obligaciones y derechos de las partes: 20.1.- El arrendador esta obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el local de oficinas en cuenta las necesidades condiciones de listas habitabilidad para servir al uso convenido (articulo 21). 20.2.- Obras de mejora. - El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento (articulo 22). 20.3.- Habitabilidad del local de oficinas. - Cuando la ejecución en el inmueble arrendado de obras de conservación o de obras acordadas por una autoridad competente lo hagan inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o de desistir del mismo, sin indemnización alguna (articulo 26). 20.4.- Derecho de adquisición preferente y de tanteo y retracto. 20.4.1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la referida Ley, a este tipo de contrato le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 25 que dispone que, en caso de venta del local arrendado, tendrá el arrendatario derecho de adquisición preferente sobre la misma. 20.4.2.- El arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo sobre la finca arrendada en un plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente en que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesnotifique de forma fehaciente la decisión de vender la finca arrendada, el precio y las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta demás cláusulas que las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientopartes hubieran libremente acordado. 3.- Sin perjuicio 20.5.- La propiedad autorizará a la Diputación xx Xxxx para la realización de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme cuantas obras sean necesarias para adaptar el local a las necesidades funcionales del Servicio, así como las que en cada momento exijan nuevas circunstancias o necesidades del servicio. No obstante, si las obras a realizar hubieran de afectar a los Ayuntamientos suscribienteselementos estructurales del inmueble se requerirá la expresa autorización del arrendador, previo informe o, en su caso, la judicial por los trámites de la Comisión Ley 29/2014, de Seguimiento 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos. 20.6.- La Diputación xx Xxxx vendrá obligada a mantener en buen estado de uso y aprobación conservación los inmuebles arrendados, debiendo realizar por su cuenta y cargo las obras de los ayuntamientos firmantesconservación, reparación y reposición a este fin. Así No obstante, a la finalización del contrato, o en caso de rescisión del mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para se entregará el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personallocal en las debidas condiciones derivadas del párrafo anterior, incluso la de puestos de trabajo incluidos en salvo el presente conveniodesgaste derivado del uso. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Lease Agreement

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo 4.1. EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA: a) Entregar a Pichincha Comunicaciones E.P. en cuenta comodato o préstamo de uso los dos vehículos de propiedad del GADPP (marca Chevrolet D-Max camioneta y Xxxx Xxxxxx). b) Realizar las necesidades inspecciones necesarias, a fin de listas constatar el uso correcto y estado del bien entregado (dos vehículos) c) Brindar el apoyo necesario a través de la Coordinación de Servicios Generales del GADPP a Pichincha Comunicaciones EP., en los trámites que se plantean por realicen para la matriculación de los Ayuntamientos suscribientes, vehículos entregados. d) Entregar las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una matrículas originales de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anteriordos unidades, durante la vigencia materia de este conveniocomodato, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de así como todos los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento registros y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas estadísticas de cada uno de los ayuntamientosvehículos para su adecuado control. 4.2. Igualmente deberán garantizar PICHINCHA COMUNICACIONES SE OBLIGA A: a) Utilizar y administrar los dos vehículos entregados por el cumplimiento de GADPP única y exclusivamente para desarrollar las exigencias derivadas actividades que cumple Pichincha Comunicaciones E.P. b) Brindar todas las facilidades al delegado de la igualdad Dirección de trato Gestión Administrativa y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo casoTalento Humano del GADPP, el contenido a través de la convocatoria deberá ser consensuado por Coordinación de Servicios Generales y Mecánica Central para que realice las inspecciones necesarias, a fin de constatar que los Ayuntamientos suscribientes bienes materia del conveniocomodato se encuentren en perfecto estado de utilización y conservación. 6.- Los gastos derivados de c) Realizar el mantenimiento preventivo, correctivo los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el casobienes objeto del contrato, de que acuerdo a las especificaciones del fabricante y el manual del usuario, esto es: cambio de aceites, filtros y otros, reparación en caso de daños mecánicos, y lo necesario para su adecuado funcionamiento. d) Cubrir todos los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe generen por la operación inadecuada de los ingresos vehículos, incluye accidentes, winchas, etc. e) Realizar el proceso de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes matriculación y pagos respectivos de los Ayuntamientos respectivos. A efectos vehículos entregados por el Gobierno de Pichincha, para lo cual se deberá coordinar con Servicios Generales del cómputo del número GADPP, a fin de habitantes verificar hasta que fecha la matrícula está vigente; y a partir de cada Entidad su vencimiento Pichincha Comunicaciones EP se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxhará cargo. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Comodato O Préstamo De Uso

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo Son Obligaciones de EL CONTRATISTA: 5.1 Ejecutar las prestaciones a su cargo y a satisfacción de PETROPERU, en cuenta estricta observancia de las necesidades de listas Bases Técnicas y demás consideraciones que se plantean encuentran contempladas en las Bases Administrativ as y el presente Contrato, así como mantener la calidad de las mismas durante la v igencia de éste. 5.2 Garantizar que la ejecución del serv icio se realice con personal permanente durante la ejecución de los trabajos, los que deberán estar correctamente vestidos con la ropa de trabajo de acuerdo a las normas de seguridad exigidas por los Ayuntamientos suscribientes, PETROPERU. Este personal deberá cumplir con el perf il que presentó EL CONTRATISTA en su propuesta técnica. 5.3 Cumplir con las convocatorias se llevarán disposiciones municipales y gubernamentales vigentes que normen el desarrollo del Serv icio. Mantener en absoluta conf idencialidad cualquier inf ormación o documentación que por razones del serv icio pudiera llegar a cabo para los siguientes puestos conocimiento de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas su personal que se plantean por encuentra a cargo de la ejecución del trabajo, así como de toda inf ormación o documentación que le prov ea PETROPERU. 5.4 Prov isionar f ondos para realizar los Ayuntamientos suscribientespagos laborales mensuales, puntuales y sin dilación, de sus trabajadores a cargo de la gestión ejecución del serv icio; eximiendo de cada una esta responsabilidad a PETROPERU. 5.5 Cumplir con el pago de los benef icios laborales, previsionales y otros deriv ados de la relación laboral que mantiene EL CONTRATISTA con su personal contratado; así como el pago de seguros, tributos y demás obligaciones, de acuerdo al Régimen Laboral General del D.S. N°003-97-TR y hacer entrega de las convocatorias se llevará correspondientes Boletas de Pago a cabo cada uno de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientotrabajadores. 3.- Sin perjuicio 5.6 Contratar para todo su personal a cargo de lo anteriorla ejecución del serv icio, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), tanto la póliza para la cobertura de salud como la cobertura de inv alidez y sepelio. 5.7 Mantener libro de planillas, y demás documentos exigidos en el numeral 17 de las Bases, durante la vigencia v igencia del contrato. 5.8 Garantizar que su personal observ e correcta disciplina y prácticas de este conveniobuena conducta en el desarrollo de sus activ idades en la ejecución del Serv icio, a f in de ev itar conf lictos internos de tipo personal y laboral, que v ay a en desmedro del propio Serv icio o de la buena imagen de la Entidad. PETROPERU, al ser notif icado de estas conductas, se podrán llevar a cabo convocatorias reserva el derecho de otros puestos pedir la separación de trabajo, conforme a las necesidades algún trabajador de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de EL CONTRATISTA por indisciplina y que no guarde la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen compostura adecuada o realice actos contra la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente conveniomoral o buenas costumbres. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria 5.9 Responder por cualquier daño que pudiera suf rir en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares su salud (accidente y/o suplentesenfermedad profesional) su personal que interv iene en la ejecución del serv icio; para lo cual, personal tiene que contar con los seguros pertinentes, quedando liberado PETROPERU de cualquiera cualquier responsabilidad. 5.10 Asumir el cumplimiento de los Ayuntamientos suscribientesdispositiv os legales v igentes que regulan las activ idades del serv icio contratado y demás normas que le sean de su aplicación. 5.- Las convocatorias deberán garantizar 5.11 Estar impedido de asumir obligaciones pecuniarias, adquirir créditos o realizar adquisiciones a nombre de PETROPERU. 5.12 Dar las f acilidades y acceso a uno ó más Superv isores de PETROPERU para que hagan la v erif icación de las planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, para constatar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas obligaciones laborales y prev isionales con su personal. 5.13 Conocer y cumplir en lo que corresponda, las condiciones mínimas de cada uno seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, que se encuentran en el Adjunto Administrativ o Nº 2 de las Bases Integradas. 5.14 Conocer y cumplir en lo que corresponda, los Principios Básicos del Código de Integridad de PETROPERU que se encuentran en el Adjunto Administrativ o N° 3 de las Bases Integradas. 5.15 Conocer y cumplir en lo que corresponda, la Política Corporativ a de Seguridad de la Inf ormación de PETROPERU que se encuentra en el Adjunto Administrativ o N° 4 de las Bases Integradas. 5.16 El Administrador del Contrato gestionará ante la Unidad Seguridad, los pases de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas trabajadores presentados por EL CONTRATISTA que estarán a cargo de la igualdad ejecución del serv icio y cuentan con el correspondiente Seguro Complementario de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón Riesgo, v igente, para que puedan ingresar a las instalaciones de sexo. En todo caso, el contenido PETROPERU. 5.17 Dar acceso a las instalaciones de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes Ref inería Talara, al personal de EL CONTRATISTA que estará a cargo de la ejecución del convenioserv icio y cuente con la debida autorización. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para 5.18 Proporcionar a EL CONTRATISTA la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que inf ormación pertinente relacionada con el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadasobjeto del Contrato. 5.19 Superv isar y exigir a EL CONTRATISTA y a su personal, que cuenten durante la ejecución del contrato se encuentre adecuadamente v estido con dichos puestos la ropa e implementos de trabajo, sufragarán en buen estado para su uso, . 5.20 Exigir a EL CONTRATISTA dar estricto cumplimiento a las normas contenidas en el déficit Manual 040, “Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU”, v igente, que le ha sido entregado por PETROPERU. 5.21 Exigir a EL CONTRATISTA dar cumplimiento a la “Condiciones Mínimas de Seguridad en proporción el Trabajo y Protección ambiental establecidas en el Adjunto Administrativ o N° 2, de las Bases Integradas. 5.22 Dar la correspondiente autorización y oportunidad al número intercambio, coordinación y diálogo entre el personal de habitantes PETROPERU y el personal de EL CONTRATISTA, para la realización de los Ayuntamientos respectivos. A efectos trabajos del cómputo serv icio contratado durante la ejecución del número contrato. 5.23 Aprobar las v alorizaciones presentadas por EL CONTRATISTA, previa acreditación y presentación de habitantes constancia de cada Entidad se tendrán no adeudar pago de remuneraciones alguna a sus trabajadores, así como presentar constancias de haber pagado/aportado a los regímenes prev isionales (salud y pensiones) de su personal a cargo del serv icio. 5.24 Cumplir, y hacer cumplir en cuenta lo que corresponda, los datos oficiales Principios Básicos del Código de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la Integridad de PETROPERU que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada encuentran en el Boletín Oficial xx XxxxxxxAdjunto Administrativ o N° 3 de las Bases Integradas. 7.- El ayuntamiento al 5.25 Cumplir, y hacer cumplir en lo que le corresponda hacerse cargo del desarrollo corresponda, la Política Corporativ a de proceso Seguridad de selección consensuará con la Inf ormación de PETROPERU que se encuentra en el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación Adjunto Administrativ o N° 4 de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursosBases Integr adas.

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Samples: Contract for Security Services

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes5.1.- El GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educadorse 1. Designar supervisor/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el del presente convenio. 4.- En todo caso 2. Facilitar a la selección MUNICIPALIDAD DE PALESTINA el acceso a la información pertinente, respecto del personal se realizará proyecto o programas a efectuarse. 3. Notificar con 15 días de antelación de forma detallada mediante convocatoria en oficio a la que se garantizarán los principios máxima autoridad de igualdadla MUNICIPALIDAD DE PALESTINA o a su delegado, méritolas actividades y eventos a realizarse, capacidad y publicidad. El tribunal calificador así como el uso de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares su logotipo y/o suplentescualquier otra acción a favor del proyecto. 4. Brandear muros, personal de cualquiera salones, fachada y demás espacios del área cedida para uso gratuito a la Prefectura a ser destinada a la prestación de los Ayuntamientos suscribientesservicios de la Manzana del Cuidado para la prestación de los servicios. 5.- Las convocatorias deberán garantizar 5. Proporcionar una persona para la coordinación de la manzana y personal operativo para la captura de datos de personas beneficiarias y atenciones, promoviendo el cumplimiento seguimiento y la mejora constante en la operación. 6. Proveer de las exigencias lingüísticas lavadoras, secadoras de cada uno ropa y el personal operativo que se requiera para la implementación del servicio de lavandería. 7. Proveer los computadores y el mobiliario requerido para la operación de los ayuntamientosservicios de formación que se dispongan en la sala Tics. 8. Igualmente deberán garantizar Proveer la dotación y el cumplimiento personal operativo requerido para la prestación del servicio de cuidado de niños y niñas. 9. Monitorear y coordinar entre las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, partes las actividades que se realicen en el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes marco del presente convenio. 6.- Los gastos derivados 10. Socializar el convenio con la comunidad guayasense a través de páginas oficiales. 11. Facilitar los logos institucionales y/o línea gráfica y poner en conocimiento su debido uso, así como la autorización del uso de los procesos mismos, en los documentos y publicaciones emitidos. 5.2.- EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PALESTINA, se compromete a: 1. Poner a disposición los espacios identificados y concertados para la operación de selección los servicios de personal la Manzana del Cuidado de Palestina. 2. Cubrir los rubros por concepto de servicios básicos indispensables para la operación de la manzana, tales como energía eléctrica, internet, agua potable, aseo en áreas utilizadas – incluyendo baterías sanitarias- y seguridad de las instalaciones, como administrador de la infraestructura. 3. Brindar asistencia en salud acorde a los requerimientos de la población que se generen estime en el proyecto y la demanda proyectada de usuarios que diariamente acuden por atención, así como coordinar las citas médicas a la ciudadanía en los horarios establecidos de acuerdo a las necesidades. 4. Que las atenciones médicas a la ciudadanía cumplan con atención primaria en salud, como: medicina general y realización de exámenes complementarios de ser necesarios. 5. Brindar el servicio de atención psicojurídica en las instalaciones de la manzana, en los horarios previamente concertados con la coordinación de la manzana. 6. Brindar el apoyo necesario y participar en las actividades que organice el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Guayas, en la ciudad de PALESTINA, en el marco del proyecto SISTEMA DE CUIDADO PROVINCIAL - CUIDANDO VIDAS. 7. Supervisar la ejecución del proyecto. 8. Entregar a la PREFECTURA DEL GUAYAS, la información que se requiera para el desarrollo del proyecto en beneficio de la entidad convocante, serán financiados por ciudadanía. 9. Precautelar el cuidado y buen estado de la totalidad de los ingresos de las tarifas equipos que abonen las personas participantes. En todo casosean entregados al municipio como parte del proyecto SISTEMA DE CUIDADO PROVINCIAL 5.3.- LA FUNDACIÓN UNA NUEVA OPORTUNIDAD (UNO), se intentará optimizar compromete a: 1. Dotar de medicamentos al máximo los medios disponibles Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Palestina para que sean entregados a las cuidadoras y sus familias según la necesidad, para brindar un servicio de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxatención integral. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo 2. Impartir cursos de emprendimiento, peluquería, gastronomía, spa y manualidades. 3. Implementación del desarrollo servicio de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursosactividad física.

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Samples: Convenio Tripartito De Cooperación

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesDurante la vigencia del contrato, las convocatorias se llevarán a cabo para los PARTES tendrán las siguientes puestos de trabajoobligaciones: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajoAportar, conforme a lo acordado entre las necesidades partes en el marco del presente contrato y conforme a lo autorizado en el título habilitante y los documentos de gestión aprobados, con los Ayuntamientos suscribientes, previo informe recursos forestales maderables identificados que son materia del presente contrato. Brindar el acceso al recurso forestal y las facilidades necesarias para que la EMPRESA ASOCIANTE realice las operaciones forestales programadas con el fin de la Comisión cumplir el objeto del presente contrato. Emitir y entregar las guías de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y transporte forestal para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos transporte del volumen xx xxxxxx comprometido en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria contrato, conforme a lo establecido en la cláusula décimo primera. Designar al regente forestal para el aprovechamiento forestal, el mismo que se garantizarán los principios será contratado con fondos provistos por la EMPRESA ASOCIANTE. Autorizar a la EMPRESA ASOCIANTE conforme al plan de igualdadmanejo forestal, méritola construcción de vías de arrastre, capacidad rodeos, caminos de extracción y publicidadpuentes; diseñados, planificados y consensuados con la COMUNIDAD ASOCIADA. El tribunal calificador (En caso LA COMUNIDAD ASOCIADA no cuente con plan de cada una de las convocatoriasmanejo aprobado, se formalizará por debe considerar como una obligación: Financiar la elaboración de los expedientes técnicos (incluye la información de trabajos de campo como censos, inventarios procesamiento de la información, elaboración de documentos de gestión y su suscripción) necesarios para contar con el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares permiso correspondiente). Financiar la contratación del Regente Forestal para (Señalar si es para elaborar y/o suplentesimplementar) los documentos de gestión forestal necesarios para la ejecución del presente contrato. Financiar y realizar las actividades de aprovechamiento forestal (tala, trozado, arrastre, carguío, transporte u otras), en el marco del presente contrato. Comercializar los productos forestales, conforme al plan de negocios o documento que haga sus veces, que como anexo forma parte del presente contrato. Entregar las ganancias y utilidades a la COMUNIDAD ASOCIADA, conforme a lo establecido en la cláusula cuarta. Contratar personal idóneo cumpliendo con las obligaciones laborales que por ley corresponden, priorizando la contratación de personal de cualquiera la comunidad de acuerdo a las capacidades de éstas. Priorizar la contratación de personal de la comunidad, de acuerdo a las capacidades de éstas, en las actividades materia del presente contrato. Minimizar, reducir y reparar los daños que pudiera causar, aplicando para ello las consideraciones técnicas necesarias en caso se realicen obras como apertura de vías de acceso, puentes, alcantarillas, entre otros, que puedan afectar las tierras y la salud de la población de las comunidades. Realizar el aprovechamiento xxx xxxxxx conforme a los planes de manejo forestal aprobados. Asumir los gastos administrativos y tributarios generados por el aprovechamiento de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar recursos forestales, en el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientosmarco del presente contrato. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas Informar escrita y oralmente en forma periódica a la COMUNIDAD ASOCIADA acerca de la igualdad ejecución del plan de trato negocios o documento que haga sus veces, así como rendir cuentas sobre el mismo. Elaborar, socializar y oportunidades entre hombres y mujeres consensuar el plan de negocio o documento que haga sus veces, con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenioCOMUNIDAD ASOCIADA. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Contrato De Asociación en Participación

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo 6.1. Son obligaciones del HOTEL BOUTIQUE CASA XXXXX: 6.1.1. Prestar el servicio objeto del contrato. 6.1.2. Xxxxxxx, recibir, tramitar y responder las sugerencias, quejas o reclamos presentados por EL HUÉSPED. 6.1.3. Custodiar el dinero y los objetos de valor que EL HUÉSPED le haya entregado bajo recibo para su custodia, en cuenta los términos del artículo 1195 del Código de Comercio. 6.1.4. Las demás establecidas a su cargo en la Ley. 6.2. Son obligaciones de EL HUÉSPED. 6.2.1. Identificarse para registrarse en el HOTEL BOUTIQUE CASA XXXXX con documento de identidad idóneo, presentando su cédula de ciudadanía en caso de ser colombiano o su pasaporte o documento aplicable tratándose de extranjeros. Para menores de edad, deberá presentarse documento de identificación válido. 6.2.2. Pagar el valor del hospedaje más los impuestos correspondientes. 6.2.3. Pagar el valor de todos los consumos y cargos que haya hecho a su cuenta. 6.2.4. Observar una conducta decorosa y vestir de manera apropiada. 6.2.5. Garantizar que su estadía sea armoniosa y respetuosa con el medio ambiente y recursos naturales de la isla, el personal del hotel y otros huéspedes. 6.2.6. Evitar el acceso a áreas restringidas tales como cocina, cuartos técnicos, bodegas y habitaciones diferentes a la propia. 6.2.7. Responder hasta la culpa leve de sus obligaciones y las necesidades de listas sus acompañantes o invitados. 6.2.8. Registrar en la recepción del HOTEL BOUTIQUE CASA XXXXX a todos los acompañantes o invitados de EL HUÉSPED que se plantean dirijan a su habitación y pagar el canon o valor correspondiente por cada uno de ellos, si es el caso. 6.2.9. Respetar el número de personas por habitación. 6.2.10. No fumar dentro de las habitaciones. 6.2.11. Utilizar los Ayuntamientos suscribientesmuebles, enseres, equipos y en general las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos facilidades tanto de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente la habitación como del hotel boutique, de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo manera adecuada conservándolas en cuenta las necesidades de listas el estado en que se plantean encuentren y por tanto responderá por cualquier daño o pérdida de los Ayuntamientos suscribienteselementos y bienes del hotel, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto hasta por la Comisión culpa leve. En caso de Seguimientopérdida o daño total o parcial de los bienes del hotel por causa atribuible a EL HUÉSPED o a sus acompañantes, EL HUÉSPED deberá pagar el precio correspondiente a su reparación o reposición, según el caso. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante 6.2.12. Respetar la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenioautoridad del Gerente del HOTEL BOUTIQUE CASA XXXXX. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios 6.2.13. Permitir el derecho de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares inspección y/o suplentes, personal vigilancia a la habitación por parte de cualquiera empleados del HOTEL BOUTIQUE CASA XXXXX. Este derecho se ejercerá de los Ayuntamientos suscribientesmanera razonable e incluye la facultad de ingresar o registrar la habitación cuando a juicio del Gerente del hotel sea preciso. 5.- Las convocatorias deberán garantizar 6.2.14. Permitir a los empleados del HOTEL BOUTIQUE CASA XXXXX el cumplimiento acceso para labores de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas rutina y limpieza de la igualdad de trato habitación. 6.2.15. Cumplir cabalmente las normas ambientales y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda marítimas que regulan a la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada Isla Tintipan en el Boletín Oficial xx XxxxxxxArchipiélago de San Xxxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Contrato De Alojamiento

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta A partir de las necesidades de listas especificaciones del objeto contractual, se pudo determinar las obligaciones que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesle corresponden a EL CONTRATISTA y a la Corporación Parque Arví, las convocatorias cuales se llevarán enlistan a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deportecontinuación: 2.4.1. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - ConserjePOR PARTE DEL CONTRATISTA: 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientesa. Contar con el personal, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por disponibilidad y los Ayuntamientos suscribientes según materiales e insumos requeridos para la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientoejecución contractual. 3.- Sin perjuicio b. Elaborar y suministrar las prendas requeridas en las cantidades, tallas y especificaciones técnicas establecidas, en el plazo y lugar determinado para la ejecución contractual. c. El contratista deberá estar en la capacidad de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme elaborar y suministrar prendas con especificaciones diferentes a las necesidades solicitadas. d. Constituir y mantener vigentes las pólizas a que haya lugar de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos conformidad con lo establecido en el presente convenioDecreto 1082 de 2015. 4.- En todo caso la selección e. Desplazarse hasta las instalaciones del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios Parque Arví para realizar el procedimiento de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador toma de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas tallas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar miembros del personal receptor de la dotación y con las prendas que lo requieran. f. El contratista deberá entregar las prendas en la sede de la Corporación, localizada en el cumplimiento Centro Ambiental y Cultural Parque Arví, del corregimiento de Santa Xxxxx de la ciudad de Medellín en el tiempo estipulado por la Corporación. g. El Contratista deberá coordinar con el supervisor, una vez firmado el contrato y previo a la producción de las exigencias derivadas prendas, la toma de tallas del personal que recibirá las prendas. h. Entregar las prendas con las garantías y especificaciones estipuladas en las fichas técnicas y requeridas por la entidad. En caso de que el contratista incumpla con las especificaciones técnicas para cada prenda, se procederá al rechazo de las mismas y el proveedor tendrá un plazo máximo a 5 días hábiles para reemplazar la prenda por una que si las satisfaga el requerimiento de la igualdad Corporación. i. Ejecutar el objeto contractual según los alcances, actividades, especificaciones técnicas y lugares geográficos que determine la Corporación, de trato acuerdo a lo estipulado en estos estudios previos. j. No ceder el presente contrato sin previa autorización escrita de la Corporación. k. Facilitar el acompañamiento al proceso de seguimiento y oportunidades entre hombres control físico y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo casofinanciero del contrato; igualmente, el contenido contratista deberá facilitar los medios logísticos y/o de transporte cuando la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenioCorporación lo requiera y previa concertación entre las partes. 6.- Los gastos l. Entregar todos los productos derivados del presente proceso de los procesos contratación y demás información generada. m. Entregar la documentación necesaria con el fin de selección realizar la liquidación del Contrato. n. Cumplir con lo contratado en forma oportuna, dentro del término establecido y de conformidad con las calidades pactadas. o. Presentar la constancia de pago mensual al sistema de seguridad social y riesgos profesionales del personal que se generen encuentra prestando el servicio a través del contratista. 2.4.2. POR PARTE DE LA CORPORACION PARQUE ARVÍ: a. Suministrar información necesaria, completa y oportuna para desarrollar el objeto del contrato. b. Señalar en forma clara y expresa las pautas que debe seguir el contratista en sus actuaciones y los objetivos que debe proseguir. c. Pagar al Contratista el valor del contrato en las condiciones pactadas. d. Ejercer la supervisión para verificar el cumplimiento del objeto contractual y las obligaciones a que se compromete el contratista. e. Dar respuesta oportuna a las solicitudes del contratista, definir las situaciones necesarias para la entidad convocante, serán financiados ejecución y adelantar los trámites a que haya lugar por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de su parte para garantizar la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxdebida ejecución. 7.- El ayuntamiento al f. Verificar que le la factura corresponda hacerse cargo a los suministros efectuados. g. Expedir oportunamente el cumplido a satisfacción respectivo. h. Suscribir el acta de liquidación del desarrollo de proceso de selección consensuará contrato. i. Cumplir con las demás obligaciones que contribuyan a garantizar el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados cabal cumplimiento y eventuales recursosejecución contractual.

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Samples: Marco De Suministro

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. Además de las obligaciones generales derivadas de la naturaleza administrativa del contrato administrativo especial recogidas en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Publico. 1.- Teniendo Sera obligatoria la apertura del Bar todos los días sin excepción, salvo que el Ayuntamiento autorice expresamente su cierre. El horario de Bar-Cafetería será el mismo que el de apertura y cierre de las piscinas municipales. En ningún caso se autoriza la permanencia en cuenta el Bar-Cafetería más allá del horario de cierre establecido de las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserjeinstalaciones piscinas municipales. 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean Se deberá garantizar a los particulares por los Ayuntamientos suscribientesparte del adjudicatario el uso, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación disfrute y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimientoseguridad del Bar-Cafetería. 3.- Sin perjuicio El Adjudicatario deberá mantener en perfecto estado de lo anteriorlimpieza y conservación de la Zona Bar-Cafetería y terraza, durante según las disposiciones vigentes en la vigencia materia de este conveniola Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. Con atención especial deberá cumplir: 1. Limpieza, fregado y desinfección de las instalaciones objeto del presente contrato. Incluye las instalaciones de aseos y vestuarios, en caso en haberlo ofertado. 2. Las consumiciones se podrán llevar servirán en vasos de plástico. 3. La lista de precios deberá estar expuesta al público en lugar visible, tener a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades disposición de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe vecinos las hojas de la Comisión reclamación legalmente exigidas para este tipo de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexoactividad económica. En todo caso, el contenido cumplirá con las tarifas de precios establecidas por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. Las Tarifas tienen naturaleza de precio privado. 4. Permitir la inspección de las instalaciones objeto del presente contrato. 5. Indemnizar los daños que se causen a terceros por la prestación de la convocatoria actividad, para ello deberá ser consensuado suscribir el correspondiente seguro de responsabilidad civil-multirriesgos frente a terceros por el tiempo que dure el contrato que cubra los Ayuntamientos suscribientes daños por riesgo de incendio, daños a público asistente y al personal laboral que preste sus servicios en el Bar-Cafetería. El capital mínimo que deberá suscribir en la póliza ante estos riesgos será el previsto en la normativa en función del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de aforo del Bar-Cafetería ubicado en las tarifas que abonen las personas participantespiscinas xx Xxxxx. En todo caso, se intentará optimizar Deberá hacer entrega al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos Ayuntamiento copia de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos póliza suscrita y justificante de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número abono de habitantes la prima antes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos la formalización del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxcontrato. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Contrato Menor

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo Para el cumplimiento del fin del Convenio, las partes se obligan a: A) Canarias Cultura en cuenta Red, S.A.: - La organización, desarrollo y ejecución de todas las acciones y actuaciones previstas al objeto de la realización de la trigésimo sexta edición del Festival Internacional de Música de Canarias, desde la producción, comunicación y logística, venta de entradas, diseño e impresión de los soportes que sirvan a la promoción del Festival, por sí o por medio de empresas o profesionales contratista que tengan la debida cualificación y habilitación. En particular, en los elementos de comunicación y promoción se incorporará el logotipo o la marca de la Orquesta Sinfónica de Tenerife/Patronato Insular de Música de la Corporación Insular, debiendo nombrar en todas sus intervenciones públicas la cooperación de la Orquesta Sinfónica de Tenerife. - Asumir la contratación y gastos de los servicios inherentes a la organización de las actuaciones, según viene establecido en la siguiente cláusula, y, además, los relativos a alquiler de partituras e instrumentos si procede y según se determine por las partes intervinientes; liquidación de derechos de autor para lo que informará debidamente a la Sociedad General de Autores y Editores del programa completo interpretado y gestionará el pago de lo que corresponda por este concepto; afinación de piano, elementos técnicos, artísticos y de producción, sala y cualesquiera otros que resulten necesarios para garantizar la adecuada realización del Festival y de las actuaciones de esta Orquesta, sin que ello supongan un incremento de los importes máximos acordados. - Coordinar con el Artista la celebración de una rueda de prensa o presentación pública del concierto en el marco del citado Festival. B) El Organismo Autónomo Patronato Insular de Música de la Corporación Insular: - Garantizar que la Orquesta Sinfónica de Tenerife ejecute los ensayos y conciertos previstos en el marco de la programación del Festival Internacional de Música de Canarias, en las fechas y lugares indicados en la cláusula primera. - Dar traslado, con suficiente antelación, a la Entidad, del Plan de trabajo y producción con las necesidades técnicas relativas a la implantación de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, las convocatorias se llevarán a cabo para los siguientes puestos la Orquesta Sinfónica de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporteTenerife en el escenario. - Servicios múltiples (jardinesAportar las partituras disponibles en el archivo de la Orquesta Sinfónica de Tenerife. Los materiales que no se encuentren disponibles en el antedicho archivo, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientessi fuera posible, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación serán gestionados y reparto de encargos realizado al efecto facilitados por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantesEntidad. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que - Asumir los gastos que se puedan derivar indican en la cláusula siguiente, garantizando y asegurando que todo el personal contratado a su cargo directo o por mediación de cada empresas interpuestas está debidamente asegurado y que cumple la legislación laboral vigente, respetando todas las normas de seguridad de carácter general, de acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/1995, de 8 de noviembre. En particular, velará por el cumplimiento del Convenio Colectivo vigente para el personal Músico y de Gestión implicado en el Proyecto y Reglamento de Régimen Interno. A este respecto, la Entidad no adquiere ningún vínculo laboral ni mercantil con los intérpretes que aporta el Artista. - Contar con una póliza de las convocatorias sean superiores al importe seguro por daños y perjuicios materiales, personales y consecuenciales, causados a terceros en el ejercicio de su respectiva actividad y, en concreto, de la actividad objeto de este Convenio. - Coordinar con la Entidad la celebración de una rueda de prensa o presentación pública del concierto en el marco del citado Festival. - Autorizar a la Entidad el uso de la imagen personal, fotografía, retrato e imagen física, biografía, así como expediente profesional de la Orquesta Sinfónica de Tenerife, para fines de promoción, publicidad y difusión del Programa. En estos términos, autoriza la grabación de tres minutos brutos para emisión de 1 minuto en los Informativos de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxmedios audiovisuales. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Convenio De Cooperación

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo Las obligaciones y compromisos de las partes para la ejecución del convenio se concretan en: La FVLCB se compromete a: - Aportar personal experto necesario. - Impartir formación y/o asesorar técnicamente a profesionales vinculados con el mun- do de la náutica deportiva y, específicamente, sobre la Vela Latina Canaria. 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21 11:48:26 +01'00' - Asesorar a la Concejalía de Ciudad de Mar en cuenta aspectos técnicos conducentes a la promoción y desarrollo de la Vela Latina Canaria de Las Palmas de Gran Canaria. - Colaborar en la organización de eventos vinculados con la actividad náutica de / en Las Palmas de Gran Canaria, en concreto aquellos relacionados con la vela ligera y vela latina canaria. - Organizar seminarios y/o charlas sobre materias específicas relacionadas con la Vela Latina Canaria que contribuya al desarrollo de los programas de Cultura de Mar desarrollados por la concejalía de Ciudad de Mar, y más concretamente, todos aque- llos relacionados con el proyecto semana azul y difusión de la cultura de mar. - Participar en la elaboración de materiales didácticos destinados a la promoción y desarrollo de la Vela Latina Canaria. - Abrir las necesidades instalaciones de listas la Vela Latina Canaria a toda la sociedad y facilitar la gene- ración de acciones turísticas náuticas que maximicen su potencial y generen xxxxx- gias con otras regatas de interés estratégico internacional. - Posibilitar el desarrollo de actividades de difusión de la cultura de mar y la vela latina canaria, preferentemente, entre los jóvenes de 11 a 19 años de la ciudad, permitien- do la visita a su centro, embarcaciones, así como la participación de aquellos en bau- tizos de navegación u otras acciones que faciliten la difusión y puesta en valor de es- te bien de interés cultural de nuestra ciudad. - A la valorización de la vela latina canaria como producto de interés turístico, ayudan- do al Ayuntamiento a la difusión del mismo entre turoperadores y turistas, así como de prensa especializada. - Al acompañamiento y asesoramiento a la Concejalía en aquellas actuaciones que ayuden a la difusión de la vela latina canaria como atractivo náutico para navegantes que hagan escala en la ciudad, en especial, asociada a la regata internacional ARC y aquellas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, integren en la Semana Olímpica Internacional xx Xxxx y las convocatorias restantes que se llevarán a cabo para los siguientes puestos consideren de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deporteinterés. - Servicios múltiples (jardines, limpieza Aportar recursos humanos y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, materiales necesarios para la gestión de cada una de las convocatorias se llevará a cabo de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según la planificación y reparto de encargos realizado al efecto por la Comisión de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, durante la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades adecuada implementación de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos objetivos planteados en el presente convenio. 4.- En todo caso Convenio, por importe no inferior a 16.395,14.-€. - A la selección cesión de embarcaciones de apoyo para la práctica de bautizos y otros en el desarrollo de eventos que organice la Concejalía de Ciudad de Mar en 2021 que se orienten a la difusión de la cultura de mar y la vela latina canaria. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria compromete a: - Cofinanciar los trabajos a ejecutar y aportar personal experto necesario para el desa- rrollo de los mismos. - Diseñar estrategias y políticas destinadas a promover la actividad tradicional de la Vela Latina Canaria como actividad náutica deportiva. 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Firmado digitalmente por 43753202A XXXXXXXX XXXXX (R: G35254036) Fecha: 2021.10.21 11:48:48 +01'00' - Diseñar estrategias y políticas destinadas a promover el desarrollo de la Economía Azul vinculada a la actividad tradicional de la Vela Latina Canaria. - Implementar cuantos conocimientos se deriven del personal se realizará mediante convocatoria presente Convenio en la difusión exterior de nuestra ciudad como escala atlántica marítima y cooperar con la organi- zación de regatas internacionales que se garantizarán favorezcan el desarrollo sostenible de Las Palmas de Gran Canaria y la Vela Latina Canaria. - Potenciar la difusión de la vela latina canaria entre toda la ciudadanía, en especial a poner en valor en la población de 11 a 19 años las cualidades y especificidades de este bien de interés cultural, único de nuestra capital. Las obligaciones y compromisos asumidos podrán modificarse por mutuo acuerdo de las partes firmantes, para lograr los principios de igualdadfines perseguidos por el referido Convenio, mérito, capacidad y publicidadsegún lo previsto en la cláusula décima. El tribunal calificador de cada una incumplimiento de las convocatorias, se formalizará obligaciones y compromisos asumidos por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal parte de cualquiera alguno de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de firmantes, podrá originar la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo casoresolución del mismo, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos según lo previsto en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxxcláusula décima. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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Samples: Collaboration Agreement

OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo en cuenta 9.1 LA ARRENDADORA son responsables por las necesidades deudas pendientes de listas que se plantean pago por los Ayuntamientos suscribientessiguientes conceptos, las convocatorias se llevarán anteriores a cabo para la fecha de entrega de la referida área, es de cargo de LA ARRENDADORA el pago del Impuesto Predial y corresponderá a MOVISTAR el reembolso correspondiente al pago de los siguientes puestos Arbitrios (incluye serenazgo, parques y jardines y otros afines) de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente de policía local - Educador/a escuela infantil - Profesorado escuela de música - Técnico/a de igualdad, cultura y deportemanera proporcional al área arrendada. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo De producirse un incremento en cuenta las necesidades de listas que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una el valor del autovalúo como consecuencia de las convocatorias obras realizadas por MOVISTAR, ésta asumirá la diferencia respecto al pago efectuado por LA ARRENDADORA por el período anterior. 9.2 MOVISTAR deberá devolver el área arrendada al término del presente contrato en las mismas condiciones de conservación en que lo recibe, salvo el deterioro normal por la antigüedad o uso ordinario del bien. 9.3 LA ARRENDADORA se llevará comprometen a cabo suscribir los documentos necesarios y a otorgar los poderes suficientes a MOVISTAR con el objeto de solicitar ya sea la disminución o ampliación de la capacidad de energía eléctrica del suministro del inmueble y también otorgar el poder para solicitar un nuevo suministro eléctrico para uso único de la Estación Base de Telecomunicaciones. 9.4 MOVISTAR instalará un sistema a tierra subterráneo con el objeto de evitar la aparición de algún tipo de descarga eléctrica indebida. Dicho sistema a tierra será instalado en un área de 16 metros cuadrados ubicados en el predio. MOVISTAR asumirá de manera rotatoria por los Ayuntamientos suscribientes según integral la planificación y reparto refacción del área escogida como consecuencia de encargos realizado al efecto por la Comisión construcción de Seguimientodicho sistema. 3.- Sin perjuicio 9.5 MOVISTAR se responsabilizará por todos aquellos actos que forman parte de lo anteriorprocesos civiles, durante la vigencia penales o procedimientos administrativos que sean iniciados en contra de este convenioLA ARRENDADORA, se podrán llevar y notificados a cabo convocatorias de otros puestos de trabajosu domicilio, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe como consecuencia de la Comisión de Seguimiento y aprobación de los ayuntamientos firmantes. Así mismo, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria en la que se garantizarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El tribunal calificador de cada una de las convocatorias, se formalizará por el respectivo ayuntamiento, pudiendo participar como titulares y/o suplentes, personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientes. 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas instalación de la igualdad Estación Base de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenioTelecomunicaciones. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Teniendo EI Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid, se compromete a: La puesta a disposición del personal y materiales necesarios para colaborar en cuenta la recolección de semillas y de material vegetal para la reproducción de alcornoque autóctono. La preparación del terreno, la plantación y el mantenimiento de las necesidades plantas de listas alcornoque proporcionadas por el IMIDRA. La colocación de protectores y tutores, en caso necesario, y la realización de los riegos necesarios para el buen desarrollo de las plantaciones de alcornoque autóctono. La preparación del terreno, la plantación y el mantenimiento de los árboles y arbustos proporcionados por el IMIDRA para el jardín de planta forestal autóctona, así como la instalación de red xx xxxxx por goteo para asegurar la supervivencia de los ejemplares. La ejecución de las inversiones y obras que se plantean por conlleve el proyecto de Fitodepuración, en el marco de la obra de restauración de la Finca de La Talaverona, y el mantenimiento posterior de los Ayuntamientos suscribientesfiltros verdes. El escarificado del terreno, semillado y mantenimiento de las convocatorias nuevas superficies de cespitosas poco exigentes en agua, así como ajuste de la red xx xxxxx existente. El desarrollo de un programa de promoción y educación ambiental en el ámbito del municipio, que contendrá actividades de tipo divulgativo como charlas, talleres y jornadas demostrativas que se llevarán a cabo para los siguientes puestos en el Centro de trabajo: - Oficial administrativo - Auxiliar administrativo - Agente Actividad medioambiental de policía local - Educador/la Finca de La Talaverona, así como información de las actividades del convenio a escuela infantil - Profesorado escuela través de música - Técnico/a redes sociales, la revista municipal o la página web del Ayuntamiento. El Ayuntamiento presentará el programa de igualdad, cultura promoción y deporte. - Servicios múltiples (jardines, limpieza y obras) - Interventor/a - Secretaria/o - Conserje 2.- Teniendo en cuenta educación ambiental detallando las necesidades de listas actividades que se plantean por los Ayuntamientos suscribientes, la gestión de cada una de las convocatorias se llevará llevarán a cabo en función del estado de manera rotatoria por desarrollo de los Ayuntamientos suscribientes según diferentes proyectos y del grado de implicación de la planificación comunidad escolar y reparto la población del municipio. El programa de encargos realizado al efecto Educación Ambiental se desarrollará en el municipio de Las Xxxxx de Madrid y tendrá como objetivo sensibilizar a los escolares y a la población en general en la lucha contra el cambio climático a través de la mejora de la biodiversidad urbana y la reducción del consumo de agua, bien mediante el ahorro en su consumo, bien a través de su reutilización. En paralelo se desarrollará una campaña informativa para toda la población del municipio con los mismos objetivos. El IMIDRA se compromete a: La reproducción de alcornoque autóctono de Las Xxxxx de Madrid, a partir de semillas recolectadas en el rodal de interés municipal junto a la Calle Cabo Machichaco. La reproducción de alcornoque autóctono singular mediante embriogénesis somática, a partir de material vegetal obtenido del ejemplar singular derribado por la Comisión tormenta de Seguimiento. 3.- Sin perjuicio xxxxx Xxxxxxxx en enero de lo anterior, durante 2020 en el rodal de interés municipal junto a la vigencia de este convenio, se podrán llevar a cabo convocatorias de otros puestos de trabajo, conforme a las necesidades de los Ayuntamientos suscribientes, previo informe Calle Cabo Machichaco. El suministro de la Comisión planta necesaria para la creación del jardín de Seguimiento especies de plantas forestales autóctonas, que será producida en sus Centros de Transferencia Tecnológica y aprobación de los ayuntamientos firmantesviveros forestales. Así mismoEste suministro se concreta en 30 árboles y 70 arbustos, los Ayuntamientos suscribientes mantienen la potestad de convocar de manera unilateral todos ellos adultos y para el ámbito de su Ayuntamiento cualquier convocatoria de personal, incluso la de puestos de trabajo incluidos en el presente convenio. 4.- En todo caso la selección del personal se realizará mediante convocatoria maceta. Las especies a suministrar serán especies autóctonas y presentes en la que se garantizarán los principios flora de igualdadLas Xxxxx de Madrid, méritopor ejemplo, capacidad y publicidadentre las siguientes: Árboles: pino piñonero (Pinus pinea), encina (Quercus ilex subsp. El tribunal calificador de cada una de las convocatoriasballota), se formalizará por el respectivo ayuntamientoquejigo (Quercus faginea subsp. faginea), pudiendo participar como titulares y/o suplentesfresno (Fraxinus angustifolia), personal de cualquiera de los Ayuntamientos suscribientesalmendro (Prunus dulcis), piruétano (Pyrus bourgaeana), sauce (Salix salvifolia, Salix purpurea). 5.- Las convocatorias deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias lingüísticas de cada uno de los ayuntamientos. Igualmente deberán garantizar el cumplimiento de las exigencias derivadas de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres con eliminación toda la discriminación directa o indirecta por razón de sexo. En todo caso, el contenido de la convocatoria deberá ser consensuado por los Ayuntamientos suscribientes del convenio. 6.- Los gastos derivados de los procesos de selección de personal que se generen para la entidad convocante, serán financiados por los ingresos de las tarifas que abonen las personas participantes. En todo caso, se intentará optimizar al máximo los medios disponibles de tal manera que el gasto sea el mínimo posible. En el caso, de que los gastos que se puedan derivar de cada una de las convocatorias sean superiores al importe de los ingresos de la misma, todas las entidades locales interesadas, que cuenten con dichos puestos de trabajo, sufragarán el déficit en proporción al número de habitantes de los Ayuntamientos respectivos. A efectos del cómputo del número de habitantes de cada Entidad se tendrán en cuenta los datos oficiales de población recogidos en la última Orden Xxxxx por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos xx Xxxxxxx, publicada en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx. 7.- El ayuntamiento al que le corresponda hacerse cargo del desarrollo de proceso de selección consensuará con el resto de ayuntamientos suscribientes los aspectos relevantes del desarrollo del procedimiento: aprobación de las bases, fechas de celebración de pruebas, resultados y eventuales recursos.

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