Obligaciones de la Entidad Contratante a) Los permisos, autorizaciones, licencias y concesiones serán tramitados y obtenidos por cuenta de la Entidad Contratante.
Obligaciones de la Entidad Contratante. Los permisos, autorizaciones, licencias y concesiones serán tramitados y obtenidos por cuenta de la Entidad Contratante. La asignación de la correspondiente Supervisión Técnica. Los pagos al Contratista en un plazo no mayor de quince (15) días, contados a partir de que la cubicación sea certificada por El Supervisor.
Obligaciones de la Entidad Contratante. Son obligaciones de la entidad contratante, aparte de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes: Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna. Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna. De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso. Las demás, propias de cada contrato.
Obligaciones de la Entidad Contratante. Solucionar Peticiones y Problemas Dar solución a las peticiones y problemas que se presenten en la ejecución del Contrato, en un plazo máximo quince (15) días calendario contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
Obligaciones de la Entidad Contratante. 13.1.- El ITREM designará conforme al artículo 62 de la LCSP un responsable del contrato, a quien corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
13.2.- La entidad contratante proporcionará a la contratista todos aquellos datos e información necesaria que se requiera para la correcta ejecución de los trabajos objeto de esta contratación.
13.3.- La entidad contratante tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez ejecutadas y debidamente justificadas las prestaciones del contrato.
Obligaciones de la Entidad Contratante. 1.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa se compromete a poner a disposición de la concesionaria los terrenos necesarios para poder llevar a cabo la construcción del centro y el cumplimiento del resto de prestaciones que constituyen el objeto de la concesión.
2.- Asimismo, la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa facilitará las conexiones a la red y demás conexiones de servicios públicos tal y como se encuentra previsto en el PPT.
3.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa deberá obtener las licencias, autorizaciones y demás permisos que, de acuerdo, con lo establecido en el PCAP, hubieran sido asumidas a su cargo. El resto de permisos y autorizaciones serán responsabilidad de la concesionaria.
4.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa y a través de aquélla, el Ayuntamiento de Irun, estarán obligados a satisfacer a la concesionaria, en los porcentajes establecidos de participación, la retribución establecida en el presente PCAP, compuesta por los Pagos por Disponibilidad y los Pagos por Xxxxxxx, sin perjuicio del resto de obligaciones que de su contenido pueden derivarse para la Entidad contratante.
5.- En su caso, la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa se compromete a aprobar los porcentajes de las tarifas necesarias para que la tarifa recolectada sea suficiente para cubrir los costes del Contrato como parte integrante del total de costes del sistema o para que en todo caso existan fondos suficientes para abonar la retribución devengada por la concesionaria.
6.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa tiene la obligación de restablecer el equilibrio económico del contrato, en las formas y con la extensión prevista en presente PCAP, dentro de los límites legalmente establecidos de acuerdo con el artículo 270 de la LCSP.
Obligaciones de la Entidad Contratante. 4.9.1 Dar solución a las peticiones y problemas que se presenten en la ejecución del Contrato, en un plazo (número de días) contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
4.9.2 Proporcionar al contratista los documentos, permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecución correcta y legal de la obra, y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al Contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo (número de días) contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
4.9.3 En caso de ser necesario, celebrar los contratos complementarios en un plazo (número de días) contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.
4.9.4 Designar al Administrador del contrato.
4.9.5 Designar a la Fiscalización del Contrato.
4.9.6 Entregar oportunamente (Ej.: los terrenos, materiales, equipos, etc) previstos en el contrato, en tales condiciones que el contratista pueda iniciar inmediatamente el desarrollo normal de sus trabajos; siendo de cuenta de la entidad los costos de expropiaciones, indemnizaciones, derechos de paso y otros conceptos similares.
4.9.7 La Contratante será responsable de obtener todos los permisos ambientales que requiere la obra para su ejecución (Licencia Ambiental), así como la vigilancia de la ejecución del plan de Manejo Ambiental, mitigaciones y/o compensaciones.
Obligaciones de la Entidad Contratante. Delegar la interventora técnica, administrativa y financiera del contrato. Suministrar la información necesaria relacionada con el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas. Realizar el pago del contrato según la forma establecida en el contrato. Poner a disposición del Contratista la información necesaria que se requiera para el desarrollo de las actividades que se requiera ejecutar. Prestar apoyo en las actividades, eventos y servicios organizados en desarrollo del programa. Supervisar la ejecución técnica y financiera del presente contrato para lo cual delegará un interventor. Velar por el cumplimiento de todas las cláusulas contractuales.
Obligaciones de la Entidad Contratante. 13.1.- La entidad contratante designará un Director Técnico del contrato, quien servirá de enlace entre la contratante y la contratista para la coordinación de la correcta ejecución de los servicios objeto del contrato, lo que incluye entre otras cosas: velar por el cumplimiento de los trabajos objeto de la contratación y validar la correcta ejecución de las prestaciones del contrato a medida que se vayan realizando.
13.2.- La entidad contratante proporcionará a la contratista todos aquellos datos e información necesaria que se requiera para la correcta ejecución de los trabajos objeto de esta contratación.
13.3.- La entidad contratante tiene la obligación de abonar el precio convenido una vez ejecutadas y debidamente justificadas las acciones contratadas e informado de conformidad dichas acciones por el Director Técnico.
Obligaciones de la Entidad Contratante. 42 8.2 Obligaciones del Contratista 42
8.2.1 Normas Técnicas 42