Obligaciones de la Entidad Contratante a) Los permisos, autorizaciones, licencias y concesiones serán tramitados y obtenidos por cuenta de la Entidad Contratante.
Obligaciones de la Entidad Contratante. Los permisos, autorizaciones, licencias y concesiones serán tramitados y obtenidos por cuenta de la Entidad Contratante. La asignación de la correspondiente Supervisión Técnica. Los pagos al Contratista en un plazo no mayor de quince (15) días, contados a partir de que la cubicación sea certificada por El Supervisor.
Obligaciones de la Entidad Contratante. 1.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa se compromete a poner a disposición de la concesionaria los terrenos necesarios para poder llevar a cabo la construcción del centro y el cumplimiento del resto de prestaciones que constituyen el objeto de la concesión. 2.- Asimismo, la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa facilitará las conexiones a la red y demás conexiones de servicios públicos tal y como se encuentra previsto en el PPT. 3.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa deberá obtener las licencias, autorizaciones y demás permisos que, de acuerdo, con lo establecido en el PCAP, hubieran sido asumidas a su cargo. El resto de permisos y autorizaciones serán responsabilidad de la concesionaria. 4.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa y a través de aquélla, el Ayuntamiento de Irun, estarán obligados a satisfacer a la concesionaria, en los porcentajes establecidos de participación, la retribución establecida en el presente PCAP, compuesta por los Pagos por Disponibilidad y los Pagos por Xxxxxxx, sin perjuicio del resto de obligaciones que de su contenido pueden derivarse para la Entidad contratante. 5.- En su caso, la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa se compromete a aprobar los porcentajes de las tarifas necesarias para que la tarifa recolectada sea suficiente para cubrir los costes del Contrato como parte integrante del total de costes del sistema o para que en todo caso existan fondos suficientes para abonar la retribución devengada por la concesionaria. 6.- La Diputación Xxxxx de Gipuzkoa tiene la obligación de restablecer el equilibrio económico del contrato, en las formas y con la extensión prevista en presente PCAP, dentro de los límites legalmente establecidos de acuerdo con el artículo 270 de la LCSP.
Obligaciones de la Entidad Contratante. 13.1.- El ITREM designará conforme al artículo 62 de la LCSP un responsable del contrato, a quien corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
Obligaciones de la Entidad Contratante. 42 8.2 Obligaciones del Contratista 42
Obligaciones de la Entidad Contratante. En desarrollo del contrato derivado de la presente Contratación, la entidad contratante tendrá las siguientes obligaciones:
Obligaciones de la Entidad Contratante. Solucionar Peticiones y Problemas Dar solución a las peticiones y problemas que se presenten en la ejecución del Contrato, en un plazo máximo quince (15) días calendario contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
Obligaciones de la Entidad Contratante. Son obligaciones de la entidad contratante, aparte de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:
Obligaciones de la Entidad Contratante. Son obligaciones de la entidad contratante, aparte de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes: Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna. Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna. De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso. Las demás, propias de cada contrato.
Obligaciones de la Entidad Contratante. Periódicamente funcionarios del FONDESIF podrán realizar inspecciones a los diferentes almacenes instaurados por la empresa adjudicada. Para la correcta prestación del servicio, la Entidad proporcionará a la empresa adjudicada la documentación necesaria para el almacenaje de la maquinaria agrícola recuperada.