Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a: a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación de la solicitud. b) Cumplir el compromiso de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción. c) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan. d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX. e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4. f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención. g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello. h) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones. j) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife. l) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación. n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
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Samples: Bases Para El Otorgamiento De Subvenciones, Bases Para El Otorgamiento De Subvenciones
Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de Se establecen las presentes Bases, condiciones, requisitos y siguientes obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por para el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados abeneficiario:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% 1. Justificar, por medio de las personas contratadas subvencionadas que asumen con una memoria de actuación ante la presentación Dirección General de la solicitud.
b) Cumplir el compromiso de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativoCultura y Patrimonio, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute actividades mencionadas, de acuerdo con los artículos del 29 a 31 de la subvenciónLey 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE2. Cumplir, en general, lo que establece el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones artículo 14 de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse a las actuaciones Ley general de comprobaciónsubvenciones, a efectuar por y, en particular, comunicar, de acuerdo con lo que prevé el órgano concedenteartículo 14.1.d, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá tendrá que efectuarse tan pronto como se conozca yconozca, y en todo caso, con anterioridad a caso antes de la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma. Así mismo, tendrá que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás otros documentos debidamente auditados auditados, en los términos exigidos por y en aplicación del artículo 14.1.f.
3. Someterse a la legislación mercantil inspección administrativa de la Dirección General de Cultura y sectorial aplicable al beneficiario en cada casoPatrimonio, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por a las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades actuaciones de comprobación y controlcontrol financiero que efectúe esta, o a cualquier otra actuación de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, para lo cual tendrán que aportar toda la información requerida en el ejercicio de estas actuaciones, de acuerdo con lo que establecen el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 169 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
m) 4. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos incluyendo los documentos electrónicos, en tanto mientras puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro 5. Adoptar las medidas de difusión indicadas en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Los logotipos de la Generalitat y de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte habrán de figurar de forma relevante en toda la publicidad, la documentación y los apoyos que se realizan en las actividades objeto de este convenio.
6. Reintegrar los fondos percibidos más en los casos previstos en el interés de demora devengado desde el momento del abono artículo 37 de la subvención hasta Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el momento artículo 172 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
7. En caso de contratación de personal o de servicios, tendrá que cumplir las condiciones establecidas en el artículo 31.3 de la Ley general de subvenciones.
8. Presentar una declaración responsable que la entidad no se acuerde encuentra incursa en las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la procedencia del reintegroLey 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
9. En aplicación de lo que establece el artículo 199.4 de la Ley 8/2010, de 23 xx xxxxx, de régimen local de la Comunitat Valenciana, el Ayuntamiento tendrá que acreditar, como requisito para el pago, estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales ante la Sindicatura de Cuentas.
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Samples: Convenio De Colaboración
Obligaciones de los beneficiarios. Con La presentación a esta convocatoria implica la presentación plena aceptación de la solicitudsus bases y, se presume la aceptación incondicionada en caso de las presentes Basesser beneficiaria de ayuda, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al el cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en de ellas se le imponen. El incumplimiento derivan: • Publicidad y difusión: Las personas y entidades beneficiarias se comprometen a cumplir la difusión establecida en el plan de tales obligaciones por el beneficiario originará comunicación presentado a través de los soportes, canales de comunicación y eventos que el otorgamiento sean oportunos, así como en las actividades que sean objeto de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto algunoconcesión de la ayuda. Los beneficiarios Para ello, deberán tenerse en cuenta las siguientes condiciones: - Deberá emplearse, tanto en las acciones publicitarias como en todas las comunicaciones generadas durante el desarrollo de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% actividades objeto de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación de la solicitud.
b) Cumplir el compromiso de ayuda, un lenguaje no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativosexista e inclusivo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto los términos dispuestos en el Anexo VI en tamaño DIN-A4Decreto Legislativo 2/2015, en de 12 de febrero, por el que se hagan constar los datos aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la convocatoria Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad. - La responsabilidad, en cuanto a derechos de imagen del material audiovisual aportado a ENCE, recae sobre la persona o entidad beneficiaria a quien corresponde solicitar las autorizaciones pertinentes. - ENCE tendrá derecho a mencionar en aquellos soportes que considere oportuno que es colaborador de la entidad beneficiaria de la ayuda y del beneficiariode las actividades que desarrolle. • Ejecutar el proyecto en los términos, así como plazos y requisitos estipulados en estas bases y los logotipos estipulados en el convenio con el que se establezcan.
d) formalizará la concesión. • Comunicar con antelación a la justificación cualquier eventualidad que altere o dificulte gravemente el desarrollo del proyecto para el que fue concedida la ayuda. • Facilitar cuanta información sea requerida por ENCE a fin de confirmar la debida ejecución de las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, actividades financiadas y el cumplimiento de los requisitos y condicionescompromisos de difusión adquiridos por el beneficiario. • De acuerdo con la legislación vigente, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDElos beneficiarios están obligados a cumplir, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvencionestoda su actividad, con la finalidad normativa en materia de garantizar el adecuado ejercicio protección de las facultades de comprobación y controldatos.
m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
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Samples: Convocatoria De Ayudas Y Becas
Obligaciones de los beneficiarios. “Con la presentación de la solicitud, solicitud se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación de la solicitudsubvenciones.
b) Cumplir el compromiso de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedenteCabildo Insular de El Hierro, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
hc) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedenteCabildo Insular de El Hierro, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. (Los técnicos del Área de Empleo y Desarrollo Económico xxx Xxxxxxx Insular de El Hierro podrán realizar una visita de verificación, si lo estiman necesario, con su correspondiente informe, sobre el mantenimiento de las contrataciones realizadas en el transcurso de los seis meses de duración del contrato).
id) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión Cabildo Insular de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE El Hierro la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
ke) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
lf) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
mg) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
nh) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, para ello el beneficiario de la subvención xxx Xxxxxxx Insular de El Hierro deberá dar publicidad de la cofinanciación de la actividad empresarial subvencionada mediante la exposición en un lugar visible de su establecimiento de un cartel, cuyo modelo será proporcionado por el Departamento de Empleo y Desarrollo Económico.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más en caso de no cumplir con los requisitos, condiciones y obligaciones establecidas, así como en los supuestos contemplados en el interés artículo 37 de demora devengado desde la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
j) Comunicar al Cabildo Insular de El Hierro las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención, antes de que finalice el momento del abono plazo de realización de la actividad o conducta para la cual se solicitó la misma.
k) Autorizar sin limitaciones al Cabildo Insular de El Hierro, a sus distintas áreas, así como al personal que gestiona estas ayudas, al tratamiento de los datos de carácter personal, según las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias entre instituciones.
l) Las empresas beneficiarias asumirán el compromiso de no reducir la plantilla de trabajadores de su centro en la isla de El Hierro durante el periodo establecido para la solicitud, percepción de la subvención hasta y mantenimiento de los contratos subvencionados. Deberá mantener la plantilla anterior o número de trabajadores contratados en el momento de las nuevas contrataciones, más los contratos realizados por los periodos comunicados en la solicitud de subvención. Cuando se produzcan bajas de algún trabajador subvencionado se deberá sustituir por una nueva contratación en el periodo máximo de un mes, contado desde el día siguiente de la fecha de baja, perteneciendo el nuevo trabajador al mismo colectivo y teniendo igual de condiciones que se acuerde el trabajador subvencionado, según los criterios de solicitud de la procedencia del reintegroconvocatoria presentados, por el periodo de tiempo que restaba al contrato sustituido.
m) La persona/empresa beneficiaria estará obligada a comunicar las características de la subvención obtenida al trabajador por cuya contratación ha sido beneficiaria de la subvención.
n) Tener justificadas todas las subvenciones anteriores concedidas por el Cabildo Insular de El Hierro, así como estar al corriente de las obligaciones con el mismo y sus empresas públicas.
o) Cuales quiera otras obligaciones que vengan expresamente fijadas en las presentes Bases.”
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Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación La aceptación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por ayuda implica el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación de la solicitud.
b) Cumplir el compromiso de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspeccióncompromiso, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajobeneficiario, del cumplimiento de las condiciones normas fijadas en esta convocatoria. Los beneficiarios deberán: • Incorporarse al Departamento, o bien al Centro o Instituto de adscripción de su director de tesis, que inexcusablemente será su lugar habitual de trabajo en el plazo que se indique en la resolución de concesión. Excepcionalmente la Vicerrectora de Investigación podrá autorizar un retraso en la incorporación, no siendo recuperable el periodo autorizado. • Contar con la autorización del Vicerrector de Investigación y Transferencia para cualquier cambio referido al Departamento, Instituto o Centro de Investigación al que está adscrito. Para solicitar esta autorización, deberá obtener previamente el Vº Bº de los dos Directores de Departamento, Instituto o Centro de Investigación. • Realizar su labor en el centro de adscripción de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse Ayuda y ajustarse a las actuaciones normas de comprobaciónfuncionamiento de la Universidad, en cuanto a efectuar por el órgano concedentela dedicación, función que deben desempeñar, horarios y vacaciones. • Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación, de realización de tesis y de participación en proyectos de investigación a los que se encuentre incorporado. • Solicitar autorización previa al Vicerrector de Investigación y Transferencia para ausencia temporal del centro de adscripción. Las ausencias no autorizadas podrán ser causa de cancelación de la ayuda. • Presentar todos los informes requeridos en los plazos establecidos en esta convocatoria a lo largo del período de concesión de la ayuda, así como cualesquiera otras la memoria final. • Comunicar a la Agencia de comprobación Gestión de la Investigación la fecha de lectura de la tesis doctoral, con al menos 1 mes de antelación a la misma. • Hacer referencia a la financiación de la Universidad xx Xxxxxxxxx, en las publicaciones y control financiero otros resultados que puedan realizar los órganos derivarse de control competenteslas actividades de investigación realizadas durante el periodo de la ayuda. Asimismo, tanto nacionales como comunitariosdeberán hacer constar la financiación del Banco xx Xxxxxxxxx. Para ello, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio apartado de agradecimientos se debe indicar: <<“Nombre del Investigador/a” ha sido financiado/a con cargo a la convocatoria de contratos predoctorales USAL 2023, cofinanciada por el Banco Santander>>. • La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica el respeto de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente normas fijadas en esta convocatoria, así como las alteraciones restantes obligaciones establecidas en la Ley 17/2022, de 5 de septiembre según el término catorce de su artículo único, que modifica el art. 15 Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como en la Carta Europea del Investigador, contenida en la Recomendación de la Comisión de 11 xx xxxxx de 2015 sobre la Carta Europea de los Investigadores y el Código de Conducta para la Selección de Investigadores, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, L 75/67, de 22 xx xxxxx de 2005. • Además, el personal investigador predoctoral en formación debe respetar los principios recogidos en el Código Europeo de conducta para la integridad en la investigación y en su caso en la normativa estatal que las recoja. • Del mismo modo tendrá los deberes específicos previstos en el art. 13 del Real Decreto 103/2019, de 1 xx xxxxx, por el que se produzcan aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en las circunstancias formación. (B.O.E. viernes 15 xx xxxxx de 2019). A este respecto y requisitos subjetivos en cuanto a los derechos de propiedad industrial, se entenderá que los mismos pertenecerán única y objetivos tenidos en cuenta para exclusivamente a la concesión Universidad conforme a la Ley 24/2015, de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención 24 de otras subvencionesjulio, ayudas, ingresos o recursos que financien de Patentes. Loa derechos de propiedad intelectual y derechos de autor derivados de los resultados de las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad de investigación corresponden a la justificación Universidad xx Xxxxxxxxx, así mismo le corresponde los derivados de las actividades formativas y especialización de acuerdo con la aplicación dada a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono contribución de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
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Samples: Ayudas Para Contratos Predoctorales
Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a:.
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación duración mínima de la solicitudlos contratos subvencionados.
b) Cumplir el compromiso de no reducir incremento de la plantilla durante media en los términos establecidos en la base 2ª.
c) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el año plazo de compromiso de inserción10 días naturales a contar desde la fecha en que se produzca el hecho.
cd) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
de) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4Anexo VII.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida concedida, así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
kj) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión concesión, así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
lk) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
ml) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder Xxxxxxxx al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro, en su caso.
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Samples: Subvenciones Para El Estímulo a La Contratación De Personas Desempleadas
Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir con el compromiso del de inserción del 25% asumido con la solicitud de subvención, esto es, mantener en plantilla a la totalidad de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación cuyos contratos hayan sido subvencionados por un periodo mínimo de la solicitud12 meses.
b) Cumplir el compromiso de no reducir incrementar la plantilla durante media, según los términos recogidos en la base 2ª.
c) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el año plazo de compromiso de inserción15 días naturales a contar desde la fecha en que se produzca el hecho.
cd) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI VIII en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
de) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4Anexo VII.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida concedida, así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
kj) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión concesión, así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
lk) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
ml) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder Xxxxxxxx al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro, en su caso.
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Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación La aceptación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por ayuda implica el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación de la solicitud.
b) Cumplir el compromiso de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspeccióncompromiso, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajobeneficiario, del cumplimiento de las condiciones normas fijadas en esta convocatoria. Los beneficiarios deberán: • Incorporarse al Departamento, o bien al Centro o Instituto de adscripción de su director de tesis, que inexcusablemente será su lugar habitual de trabajo en el plazo que se indique en la resolución de concesión. Excepcionalmente la Vicerrectora de Investigación podrá autorizar un retraso en la incorporación, no siendo recuperable el periodo autorizado. • Contar con la autorización del Vicerrector de Investigación y Transferencia para cualquier cambio referido al Departamento, Instituto o Centro de Investigación al que está adscrito. Para solicitar esta autorización, deberá obtener previamente el Vº Bº de los dos Directores de Departamento, Instituto o Centro de Investigación. • Realizar su labor en el centro de adscripción de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse Ayuda y ajustarse a las actuaciones normas defuncionamiento de comprobaciónla Universidad, en cuanto a efectuar por el órgano concedentela dedicación, función que deben desempeñar,horarios y vacaciones. • Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación, de realización de tesis y de participación en proyectos de investigación a los que se encuentre incorporado. • Solicitar autorización previa al Vicerrector de Investigación y Transferencia para ausencia temporal del centro de adscripción. Las ausencias no autorizadas podrán ser causa de cancelación de la ayuda. • Presentar todos los informes requeridos en los plazos establecidos en esta convocatoria a lo largo del período de concesión de la ayuda, así como cualesquiera otras la memoria final. • Hacer referencia a la financiación de comprobación la Universidad xx Xxxxxxxxx, en las publicaciones y control financiero otros resultados que puedan realizar los órganos derivarse de control competenteslas actividades de investigación realizadas durante el periodo de la ayuda. Asimismo, tanto nacionales como comunitariosdeberán hacer constar la financiación del Banco xx Xxxxxxxxx. Para ello, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio apartado de agradecimientos se debe indicar: <<“Nombre del Investigador/a” ha sido financiado/a con cargo a la convocatoria de contratos predoctorales USAL 2022, cofinanciada por el Banco Santander>>. • La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica el respeto de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente normas fijadas en esta convocatoria, así como las alteraciones restantes obligaciones establecidas en la Ley 17/2022, de 5 de septiembre según el término catorce de su artículo único, que modifica el art. 15 Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como en la Carta Europea del Investigador, contenida en la Recomendación de la Comisión de 11 xx xxxxx de 2015 sobre la Carta Europea de los Investigadores y el Código de Conducta para la Selección de Investigadores, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, L 75/67, de 22 xx xxxxx de 2005. • Además, el personal investigador predoctoral en formación debe respetar los principios recogidos en el Código Europeo de conducta para la integridad en la investigación y en su caso en la normativa estatal que las recoja. • Del mismo modo tendrá los deberes específicos previstos en el art. 13 del Real Decreto 103/2019, de 1 xx xxxxx, por el que se produzcan aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en las circunstancias formación. (B.O.E. viernes 15 xx xxxxx de 2019). A este respecto y requisitos subjetivos en cuanto a los derechos de propiedad industrial, se entenderá que los mismos pertenecerán única y objetivos tenidos en cuenta para exclusivamente a la concesión Universidad conforme a la Ley 24/2015, de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención 24 de otras subvencionesjulio, ayudas, ingresos o recursos que financien de Patentes. Los derechos de propiedad intelectual y derechos de autor derivados de los resultados de las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad de investigación corresponden a la justificación Universidad xx Xxxxxxxxx, así mismo le corresponde los derivados de las actividades formativas y especialización de acuerdo con la aplicación dada a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono contribución de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
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Samples: Ayudas Para Contratos Predoctorales
Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación La persona adjudicataria deberá destinar el inmueble cedido a vivienda habitual y permanente, ha- ciendo un buen uso de la solicitudmisma y, en su caso, de sus muebles y enseres y manteniéndolos y conser- vándolos en las mismas condiciones en las que les fueron entregados. - En aquellos inmuebles que dispongan de balcones, estos no podrán ser utilizados como alma- cenes de enseres, tales como bicicletas, bombonas de butano, útiles de limpieza (fregonas, cu- bos,%), ropa sucia, etc. Así mismo se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que evitará en la misma se contienenmedida de lo posible el tendido visible y externo de la ropa en los balcones. - Queda terminantemente prohibido utilizar los servicios y elementos comunes de forma contraria a su destino. Así mismo esta prohibido dejar cualquier objeto depositado o almacenado en cualquier ele- mento común del inmueble (portal, así entrada, escaleras, rellanos, etc.), sin los permisos oportunos. - Correrá a cargo de la persona adjudicataria, la limpieza tanto de la vivienda, mobiliario y demás en- seres, como la del pasillo, escalera y portal, en estos últimos supuestos por turnos entre todos los ocu- pantes del inmueble, salvo supuestos excepcionales, valorados previamente, en caso de las interpretaciones que resulte pa- tente la imposibilidad de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una cumplir este deber de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento limpieza por parte de los beneficiarios la persona usuaria. - En el supuesto de las obligaciones que encontrar desperfectos en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones la vivienda ocasionados por el beneficiario originará que el otorgamiento la utilización indebida o negligente de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto algunopersona adjudicataria del servicio, ésta estará obligada a asumir los gastos de su repa- ración o reposición. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación de la solicitud.
b) Cumplir el compromiso de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar - Todos los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones desperfectos que se produzcan en los elementos comunes del inmueble correrán a cargo de la totalidad de las circunstancias personas adjudicatarias que residan en el inmueble por partes iguales, siempre y requisitos subjetivos cuando no se pueda individualizar a la persona causante de los daños. - Cumplir los compromisos asumidos en el acuerdo de cesión y objetivos tenidos las obligaciones establecidas en cuenta la presente ordenanza, cumpliendo las normas de convivencia durante su estancia en la vivienda. - Queda prohibido desarrollar actividades que produzcan ruidos y molestias a los vecinos, que in- cumplan las normativas de aplicación sobre ruidos y en especial desde las 10 de la noche hasta las 8 de la mañana. - Abonar mensualmente con carácter anticipado, la tasa establecida para la concesión cesión de la subvención Vivienda Social y el coste de los servicios que le corresponda: Facturas de luz, agua, basura, %%. − No podrán tenerse animales salvo caso de perros guía, en caso de resultar necesarios, ni almace- nar materiales antihigiénicos y/o peligrosos, ni en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación interior de la aplicación dada vivienda ni en los pasillos o portal. - No podrán residir en la vivienda más personas que las señaladas expresamente en la solicitud co- mo miembros de su unidad familiar. - La vivienda no podrá subcontratarse ni cederse total o parcialmente a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta terceras personas, resultando este incumplimiento igualmente causa de resolución de concesión así como con anterioridad la cesión. - No se podrá realizar, a realizarse el abono iniciativa de las personas residentes, obra alguna en la vivienda. En caso de alguna avería en las instalaciones, se deberá dar cuenta inmediata al Ayuntamiento. - La persona adjudicataria, deberá efectuar las oportunas gestiones, encaminadas a solucionar la problemática particular que ha provocado su estancia en la vivienda destinada a cubrir necesidades so- ciales. - Comunicar al Ayuntamiento de Coca (Xxxxxxx) por escrito, cualquier variación de sus ingresos o circunstancias personales, o de la mismaunidad familiar, a efectos de actualizar la Tasa y demás aspectos re- levantes objeto del acuerdo de cesión. - Todo propietario tiene obligación de permitir la entrada a su vivienda, tanto para comprobaciones técnicas como para las reparaciones que se halla sean necesarias en su domicilio en orden al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer buen funciona- miento general de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y controlservicios.
m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
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Samples: Convenio Colectivo
Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los Los beneficiarios deberán cumplir además de las obligaciones que establecidas en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento artículo 13 de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios Ley 6/2011, de 23 xx xxxxx, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las subvenciones quedarán obligados asiguientes:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% 1. Mantener la contratación indefinida objeto de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación subvención durante un periodo mínimo de dos años contados a partir de la solicitud.
b) Cumplir fecha de inicio de dicha contratación o de la transforma- ción del contrato temporal en indefinido. No obstante, cuando la situación económica general lo exija, se podrá suspender, por una sola vez, el compromiso periodo anterior, durante un tiempo máximo de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativo12 meses, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto los términos es- tablecidos en el Anexo VI en tamaño DIN-A4artículo 3 del Decreto 44/2009, en de 6 xx xxxxx, por el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar establecen criterios comunes a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, efectos del cumplimiento de las condiciones obligaciones impuestas en los pro- gramas de subvenciones para fomento del empleo estable en el ámbito de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para elloComunidad Autónoma de Extremadura, en el actual contexto de crisis económica y financiera.
h) Someterse 2. Informar a los trabajadores cuyo contrato sea objeto de subvención de dicha circunstancia. Si existiera representación legal de los trabajadores en la empresa beneficiaria, también deberán informar a éstos de los contratos subvencionados.
3. Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las actuaciones de comprobaciónsubvenciones solicita- das o concedidas, a efectuar les sean requeridos por el órgano concedenteServicio Extremeño Público de Empleo, así como cualesquiera otras de comprobación comunicar al mismo las incidencias y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones variaciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión relación con aquéllas.
4. Las entidades obligadas según el artículo 38.1 de la subvención Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de los Minusválidos, deberán cumplir con la obligación de reserva del 2% de los puestos de trabajo existentes en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteracionesla empresa, para ser ocupados por personas con discapacidad o, en su caso, haber obtenido la correspondiente declaración de excep- cionalidad.
j5. Por tratarse de ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, el beneficiario estará suje- to a las normas de información y publicidad que establece el Reglamento (CE) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvencionesn.º 1828/2006, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada Comisión de 8 de diciembre, que fija las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) n.º 1083/2006, sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los fondos percibidos.
k) Acreditar es- tados miembros en relación con anterioridad a dictarse la las intervenciones de los Fondos Estructurales. Igualmente, toda propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse que sea cofinanciada por el abono Fondo Social Europeo aparecerá en la lista pública prevista en el artículo 7, apartado 2 letra d) del citado Reglamento (CE) n.º 1828/2006, de la mismaComisión de 8 de diciembre de 2006.
6. De conformidad con cuanto dispone el artículo 60 del Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio, por el que se halla establecen disposiciones generales relativas al corriente Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y el ar- tículo 16.i) de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los beneficiarios vendrán obligados a mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en el cumplimiento relación con todas las transacciones realiza- das con la operación a fin de sus obligaciones tributarias y frente a garantizar la Seguridad Socialadecuada justificación de la subvención, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras todo ello sin perjuicio de las subvenciones, con la finalidad normas de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y controlcontabilidad nacional.
m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
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Samples: Subvenciones Para El Fomento De La Contratación Indefinida
Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios Sin perjuicio de las obligaciones que con carácter general se establecen en ellas se le imponenel artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones siguientes:
A) Mantenimiento del puesto de trabajo. Dada la finalidad perseguida de fomento de empleo estable y de calidad a través de la concesión de subvención a las contrataciones de carácter indefinido de desempleados de larga duración, las empresas beneficiarias vendrán obligadas al mantenimiento de los contratos indefinidos subvencionados. El incumplimiento de tales obligaciones seguimiento del cumplimiento dicha obligación se realizará por el beneficiario originará órgano competente durante un período de 1 año (365 días). El cómputo de dicho plazo se iniciará con la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social por el contrato indefinido por el que se solicita la subvención. Los períodos de suspensión del contrato o de reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor, regulados en el otorgamiento artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), no computarán a los efectos de cumplimiento de la obligación de mantenimiento de la contratación subvencionada establecida en el párrafo anterior. En ambos supuestos, la empresa deberá comunicar al Servicio Regional de Empleo y Formación la decisión adoptada sobre la suspensión o la reducción de jornada y la fecha de efectos, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 47, dentro del mes siguiente a su comunicación a la autoridad laboral. El contrato de trabajo objeto de subvención habrá de mantenerse en los términos pactados, no admitiéndose la modificación de la jornada “a la baja”, aunque sí podrá incrementarse la inicialmente convenida, sin que ello implique, en ningún caso, la revisión de la cuantía de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto algunoconcedida. Los beneficiarios A los efectos de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% esta Orden, no se considerará reducción de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación de la solicitud.
b) Cumplir el compromiso de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el jornada aquella reducción que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida produzca en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones los derechos individuales de los trabajadores previstos en los apartados 4.bis, 5 y 7 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, cuando se produzca la misma. En caso de que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para produzca el cese del trabajador por la concesión que se ha obtenido subvención antes de transcurrir el periodo mínimo de seguimiento del cumplimiento de la subvención en el mes siguiente al que obligación del mantenimiento del puesto de trabajo, se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar estará a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados lo dispuesto en los términos exigidos por la legislación mercantil artículos 13 y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras 15 de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y controlesta orden.
m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
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Samples: Subsidy Regulations
Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones que en ellas se le imponen. El incumplimiento de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir con el compromiso del de inserción del asumido con la solicitud de subvención, esto es, mantener en plantilla al menos al 25% de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación cuyos contratos hayan sido subvencionados por un periodo mínimo de la solicitudun año.
b) Cumplir el compromiso de no reducir incrementar la plantilla media durante el año de compromiso de insercióninserción al menos en una persona.
c) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegro.
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Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación de la solicitud, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases, condiciones, requisitos y Son obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente decreto:
1. Mantener la contratación indefinida objeto de subvención durante un periodo mínimo de tres años contados a partir de la fecha de inicio de dicha contratación o de la transforma- ción del contrato temporal en indefinido. No obstante, cuando la situación económica general lo exija, se podrá suspender, por una sola vez, el periodo anterior, durante un tiempo máximo de 18 meses, en los términos establecidos en el artículo 3 del Decreto 44/2009, de 6 xx xxxxx, por el que se establecen criterios comunes, a efectos del cumplimiento de las obligaciones que impuestas en ellas se le imponenlos programas de subvenciones para fomento del empleo estable en el ámbito de la Comuni- dad Autónoma de Extremadura, en el actual contexto de crisis económica y financiera.
2. Informar a los trabajadores cuyo contrato sea objeto de subvención de dicha circunstancia. Si existiera representación legal de los trabajadores en la empresa beneficiaria, también deberán informar a éstos de los contratos subvencionados.
3. El incumplimiento de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento deberá comunicar, en cualquier momento de la subvención vigencia del expediente, otras ayudas públicas o privadas que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios hubiera obtenido o solicitado para el mismo proyec- to, con posterioridad a la fecha de las subvenciones quedarán obligados a:
a) Cumplir el compromiso del inserción del 25% de las personas contratadas subvencionadas que asumen con la presentación de la solicitud.
b) Cumplir el compromiso de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativo4. Facilitar cuantos datos e información, en un lugar visible del centro cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos de la convocatoria y del beneficiarioEmpleo, así como los logotipos comunicar al mismo las incidencias y variaciones que se establezcanproduzcan en relación con aquéllas.
d) Comunicar 5. Someterse a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionadosactuaciones de comprobación que puedan acordar los órganos de control competentes del Servicio Extremeño Público de Empleo o, dicha condición según en su caso, de la Consejería de Igualdad y Empleo, y atender a los requerimientos de documentación que le sean practicados en el modelo del Xxxxx XXXejercicio de esas actuaciones de comprobación, así como, en general, de cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicita- das o concedidas.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del cumplimiento de las condiciones de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) 6. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras la Intervención General de comprobación la Junta de Extremadura y control financiero que puedan realizar los demás órganos de control competentes, tanto nacionales como como, en su caso, comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. A efectos de lo anterior, deberán conservar los justificantes de los gastos y pagos durante, al menos, cinco años a disposición de los citados órganos.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención en el mes siguiente al que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar a FIFEDE la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas7. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono de la misma, que se halla hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Hacienda de la Comunidad Autónoma y frente a la Seguridad Social, así como frente con carácter previo a dictarse la propuesta de concesión y al Cabildo Insular abono de Tenerife.
l) Disponer la subvención, sin perjuicio de que los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por interesados puedan autorizar a la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada casoAdministración Autonómica para que la misma recabe de oficio la información necesaria para comprobar dichos extremos, así como cuantos estados contables los demás derivados del reconocimiento, seguimiento y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras control de las subvencionessubvencio- nes objeto de la solicitud, según lo establecido en el Decreto 125/2005, de 24 xx xxxx, por el que se aprueban medidas para la mejora de la tramitación administrativa y simplifi- cación documental asociada a los procedimientos de la Junta de Extremadura.
8. Las entidades obligadas según el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Inte- gración Social de Minusválidos, deberán cumplir con la finalidad obligación de garantizar el adecuado ejercicio reserva del 2% de las facultades los puestos de comprobación y controltrabajo existentes en la empresa, para ser ocupados por personas con disca- pacidad o, en su caso, haber obtenido la correspondiente declaración de excepcionalidad.
m9. Por tratarse de ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, el beneficiario estará sujeto a las normas de información y publicidad que establece el Reglamento (CE) Conservar los documentos justificativos número 1828/2006 de la aplicación Comisión, de 8 de diciembre, que fija las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) número 1083/2006, sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los estados miembros en relación con las intervenciones de los fondos recibidosFondos Estructurales. Igualmente, incluidos los documentos electrónicostoda propuesta de resolución de concesión que sea cofinanciada por el Fondo Social Europeo aparecerá en la lista pública prevista en el artículo 7, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y controlapartado 2, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
nletra d), del citado Reglamento (CE) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono 1828/2006, de la subvención hasta el momento en que se acuerde la procedencia del reintegroComisión de 8 de diciembre de 2006.
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Obligaciones de los beneficiarios. Con la presentación Sin perjuicio de las obligaciones que con carácter general se establecen en el artículo 14 de la solicitudLey 38/2003, se presume la aceptación incondicionada de las presentes Bases17 de noviembre, condicionesGeneral de Subvenciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen, así como de las interpretaciones que de las mismas haga FIFEDE. Todas y cada una de las subvenciones que se otorguen en virtud de las presentes Bases se encuentran condicionadas al cumplimiento por parte de los beneficiarios de las subvenciones aquí reguladas deberán cumplir las obligaciones que en ellas más adelante se le imponen. El incumplimiento reseñan, quedando condicionada la resolución de tales obligaciones por el beneficiario originará que el otorgamiento de la subvención que le hubiese correspondido quede sin efecto alguno. Los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados aconcesión a su efectivo cumplimiento:
a) Cumplir Xxxxxxxx el compromiso del inserción del 25% contrato subvencionado durante al menos el período por el que se solicitó la subvención, siendo el periodo mínimo de las personas contratadas subvencionadas seis meses y el máximo de doce meses, con independencia de que asumen con la presentación el contrato formalizado fuese de la solicitudmayor duración.”
b) Cumplir el compromiso Deber de no reducir la plantilla durante el año de compromiso de inserción.
c) Exponer un cartel identificativo, en un lugar visible del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad laboral de las personas cuyos contratos han sido subvencionados, según el modelo expuesto comunicación en el Anexo VI en tamaño DIN-A4, en el que se hagan constar los datos supuesto de la convocatoria y del beneficiario, así como los logotipos que se establezcan.
d) Comunicar a las personas cuyos contratos laborales han sido subvencionados, dicha condición según el modelo del Xxxxx XXX.
e) Cumplir con el requisito establecido para los contratos indefinidos en la base 4.
f) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las contrataciones laborales que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
g) Aceptar la inspección, por parte del personal de FIFEDE, en el centro de trabajo, del sucesión empresarial. El cumplimiento de las condiciones obligaciones derivadas de la subvención concedida así como facilitar la información solicitada para ello.
h) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
i) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención es directamente exigible al beneficiario de la misma. No obstante, en el mes siguiente al supuesto de sucesión empresarial contemplado en el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se produzcan dichas alteraciones.
j) Comunicar aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el empresario cedente deberá comunicar al SEF dicha circunstancia en el término de 15 días, a FIFEDE contar desde la obtención fecha de otras subvencionesalta del trabajador en la empresa cesionaria, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca ypudiendo optar por: - Proceder al reintegro de la subvención percibida incrementada con los intereses de demora devengados o, en todo su caso, desistir de la solicitud presentada. - Acreditar la subrogación del empresario cesionario en las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención. Para ello deberá aportar, conjuntamente con anterioridad la comunicación de la sucesión, los documentos acreditativos de que la empresa cesionaria asume las obligaciones derivadas de la subvención siguientes: — Documento en el que, previa identificación del cesionario, éste declare que es conocedor de la subvención obtenida o, en su caso, cursada por el cedente, y acepte sucederle en su posición jurídica respecto del SEF, comprometiéndose al mantenimiento de los contratos objeto de la subvención por el tiempo restante para cumplir el mínimo exigido en la presente Orden, así como al resto de obligaciones formales y de reintegro. — Documento acreditativo del negocio jurídico por el que la empresa cesionaria adquiera la titularidad de la cedente (contrato de compraventa, cesión del negocio, fusión, absorción, adquisición de participaciones sociales u otros). — Fotocopia compulsada del NIF del cesionario cuando se trate de persona física, o del CIF y de la escritura de constitución si se trata de persona jurídica, y en ambos casos, certificado de la Agencia Tributaria donde conste el alta en el censo de actividades económicas. — Cambio de cuenta de cotización del trabajador realizado ante la Tesorería General de la Seguridad Social, que deberá producirse sin solución de continuidad respecto a la justificación baja en la empresa cedente. Cumplida en tiempo y forma la comunicación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
k) Acreditar con anterioridad a dictarse sucesión, en el plazo de un mes desde la propuesta de resolución de concesión así como con anterioridad a realizarse el abono recepción de la misma, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como frente al Cabildo Insular de Tenerife.
l) Disponer de Dirección General del SEF dictará resolución admitiendo o denegando la subrogación. En los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
m) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, por un plazo de 4 años a contar desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación.
n) Proceder al reintegro de los fondos percibidos más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la subvención hasta el momento casos en que se acuerde deniegue la procedencia del reintegrosubrogación o se constate el incumplimiento por el beneficiario de la obligación de comunicación y de acreditación documental, se iniciará el procedimiento de reintegro de la subvención.
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