Plomería. La Compañía enviará al establecimiento asegurado, previo acuerdo con el beneficiario, un técnico especializado que adelantará las labores para efectuar la reparación de los daños súbitos e imprevistos que sufran las instalaciones hidráulicas internas del inmueble asegurado exclusivamente en los siguientes casos: o Cuando se trate de reparación y/o sustitución de tubos de conducción de agua potable. Se incluyen las labores de búsqueda o exploración de las instalaciones hidráulicas para detectar el daño, así como los gastos generados en las labores de demolición, instalación, resane, enchape y acabado. o Cuando se trate de reparación y/o sustitución de tubos de conducción de aguas negras o residuales. Se incluyen las labores de búsqueda o exploración de las instalaciones hidráulicas para detectar el daño, así como los gastos generados en las labores de demolición, instalación, resane, enchape y acabado. o Cuando se trate de reparación y/o sustitución de los siguientes elementos accesorios: acoples, sifones, grifos, codos, uniones, yees, tees, adaptadores, tapones, bujes y/o abrazaderas. o Cuando se trate de destaponamiento de sifones internos del establecimiento que no den a la intemperie, siempre que no involucre cajas de inspección y/o trampagrasas. PARÁGRAFO: Se deja expresa constancia que la Compañía no será responsable por las labores de compra, instalación, resane, enchape y acabado de materiales que no estén a la venta en Colombia, o que hayan sido descontinuados o aquellos que hayan sido fabricados con diseño exclusivo. El valor asegurado para ésta cobertura es de 30 SMLD por evento. El valor anterior incluye el costo de los materiales y la mano de obra.
Plomería. Rotura de instalaciones fijas de la vivienda que produzcan daños, tanto en los bienes del Beneficiario, como en los de otras personas; las instalaciones de propiedad comunitaria, o de otros terceros, no se considerarán como pertenecientes a la vivienda, aun cuando puedan estar situadas en su recinto.
Plomería. Serán consideradas como urgencias las pérdidas de agua producidas por avería o rotura de cañerías a la vista, conexiones externas de agua y llaves de paso que provoquen inundación total o parcial en el Los gastos de traslado y mano de obra del prestador serán a cargo de CARDINAL ASSISTANCE hasta el tope indicado. Dentro xxx xxxx se incluye el costo de los materiales utilizados en la reparación (no incluye repuestos) y mano de obra, así como traslado del operario (las reparaciones de plomería no incluyen trabajos de albañilería). Los repuestos son a cargo del BENEFICIARIO. Los límites no son acumulables, es decir que si no se consumió en un caso, el saldo no puede imputarse a futuros eventos de servicios de plomería ni de otro tipo. Se excluyen de la presente cobertura de urgencia:
Plomería. 1.1.1. En caso de rotura de cañerías, llaves u otras instalaciones fijas de agua de la vivienda asegurada, el servicio de asistencia enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la repara- ción de urgencia que se requiera para subsanar la avería siempre y cuando el estado de tales instala- ciones lo permitiese.
Plomería. 12. Rótulos.
Plomería. 3.1.1. En caso de rotura de cañerías, llaves u otras instalaciones fijas de agua de la vivienda o comercio, el PRESTADOR enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia que se requiera para subsanar la avería, siempre y cuando el estado de tales instalaciones lo permita.
Plomería. 5.01 FLOTA PARA CISTERNA P UD. 1.00 1.00 - 615.00 615.00 - 615.00 0.00%
Plomería. 7.1.2 Electricidad
Plomería. CUANDO COMO CONSECUENCIA DE UNA AVERÍA SÚBITA E IMPREVISTA EN LAS INSTALACIONES FIJAS DE ABASTECIMIENTO Y/O SANITARIAS PROPIAS DEL BIEN ASEGURADO, SE PRESENTE ALGUNA ROTURA O FUGA DE AGUA O AVERÍA QUE IMPOSIBILITE EL SUMINISTRO O EVACUACIÓN DE LAS AGUAS, A SOLICITUD DEL USUARIO LA COMPAÑÍA ENVIARÁ A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE UN TÉCNICO ESPECIALIZADO, QUE REALIZARÁ LA ASISTENCIA DE EMERGENCIA NECESARIA PARA RESTABLECER EL SERVICIO, SIEMPRE Y CUANDO EL ESTADO DE LAS REDES PÚBLICAS DE SUMINISTRO LO PERMITAN. ESTE SERVICIO SE BRINDARÁ HASTA EL SIGUIENTE LÍMITE: $400.000 PESOS POR EVENTO Y 4 EVENTOS POR AÑO. LOS LIMITES NO SON ACUMULABLES PARA SER UTILIZADOS EN LOS DEMÁS AMPAROS DE ESTE ANEXO.- EL VALOR ANTERIOR INCLUYE EL COSTO DE LOS MATERIALES Y MANO DE OBRA, ASÍ COMO TRASLADO DEL OPERARIO.
Plomería. Comprende la reparación de averías o roturas de las instalaciones fijas de aguas blancas o negras, donde se produzcan los daños tanto en el inmueble asegurado, como en las de los vecinos colindantes. Las instalaciones de propiedad comunitaria y de los terceros no se considerarán como pertenecientes al inmueble asegurado, aun cuando estuviesen situadas en sus predios.