OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. La empresa adjudicataria contará con el personal necesario para atender sus obligaciones contractuales, aplicándose, a efectos de subrogación, lo que resulte obligatorio conforme a las normas legales, convenios o acuerdos en vigor.
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. SI En los supuestos y con las condiciones que establecen los artículos 16 y 45 del Convenio Colectivo de Trabajo para Limpieza de Edificios y Locales, en el ámbito de la Región xx Xxxxxx (BORM nº 146 de 26 xx xxxxx de 2012). A tal efecto, conforme a lo previsto en el artículo 120 del RDL 3/2011 (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), como Anexo II al Pliego de Prescripciones Técnicas, se incluye Relación de Trabajadores que prestan servicio en la actualidad en cada uno de los centros sanitarios que integran los distintos lotes objeto de licitación, conteniendo la información necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales en caso de subrogación. NO
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. SI Será de aplicación en materia de subrogación de personal según los supuestos y con los requisitos previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo vigente que resulta aplicable a dicho personal respetando el contrato y las condiciones de trabajo de los mismos. A tal efecto, en Anexo III xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se adjunta relación de personal que actualmente están adscritos a los Centros de Salud del Área II, donde figuran las condiciones laborales específicas de cada contrato, necesario para el cálculo por los licitadores de los costes laborales.
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. SI Según Xxxxxxxx, en su caso. NO
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. SI [ X] De acuerdo a lo especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en los supuestos previstos en el Convenio Colectivo aplicable. Se adjunta relación de personal existente en dicho Pliego.
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. SI En los supuestos, condiciones y con los requisitos establecidos en el Convenio Colectivo vigente del sector de la Hostelería de la Región xx Xxxxxx, la empresa adjudicataria deberá subrogarse en las relaciones laborares que el personal relacionado en el apartado 2 del PPT mantiene con el actual contratista.
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. SI La empresa adjudicataria habrá de subrogar al personal de la empresa saliente, en los supuestos y con los requisitos previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo vigente que resulta aplicable a dicho personal respetando el contrato y las condiciones de trabajo de los mismos. A tal efecto, en Xxxxx XXX del PPT se adjunta relación de personal que actualmente está adscrito al servicio, donde figuran las condiciones laborales específicas de cada contrato necesarias para el cálculo por los licitadores de los costes laborales.
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. Será de aplicación en materia de subrogación de personal en los supuestos y con los requisitos previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo vigente que resulte aplicable a dicho personal. A tal efecto, en el Anexo II del PPT se adjunta relación de personal que actualmente está adscrito al servicio, donde figuran las condiciones laborales específicas de cada contrato.
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. SI [ ] NO [ X ]
OBLIGACIÓN DE SUBROGACIÓN. SI La empresa adjudicataria habrá de subrogar al personal de la contratista actual que se encuentre adscrito al servicio objeto de la presente licitación, en los supuestos y con los requisitos previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo vigente que resulta aplicable a dicho personal (Convenio Colectivo de Trabajo de Limpieza de Edificios y Locales de la Región xx Xxxxxx o el que lo sustituya con posterioridad), respetando en todo caso el contrato y las condiciones de trabajo de los mismos. A tal efecto, en Anexo II xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se incluye relación de personal que actualmente está adscrito al servicio, donde figuran las condiciones laborales específicas de cada contrato que resultan necesarias para el cálculo por los licitadores de los costes laborales.