Personal necesario Cláusulas de Ejemplo

Personal necesario. Tal y como establece la cláusula 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, el adjudicatario deberá disponer en todo momento del personal necesario para prestar el servicio, de acuerdo con las directrices y especificaciones descritas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y en la oferta presentada. GHK no tendrá relación jurídica , laboral o de cualquier otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta de la empresa adjudicataria todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de la extinción de este contrato o servicio de transporte en alta.
Personal necesario. El adjudicatario deberá disponer del personal necesario para garantizar el servicio con un nivel de calidad que garantice el cumplimiento de los servicios para los que está destinado el Parketxe. El personal de atención al público deberá tener conocimiento suficiente de las dos lenguas oficiales de la CAPV, de forma que se asegure la atención al público en cualquiera de ambas lenguas.
Personal necesario. 1. Para el correcto funcionamiento del Servicio, es necesario que exista un técnico con experiencia en trabajos de mantenimiento, conservación y reparación de sistemas centralizados de regulación de tráfico, que figurará en Palencia al frente de la contrata, y que será la persona encargada de relacionarse con la dirección facultativa municipal para recibir las instrucciones relativas al servicio, entregar los partes de trabajo y presentarse en el Servicio de Tráfico cuando sea requerido para tratar temas relacionados con los trabajos objeto de contrato. 2. El contratista se obliga, además, a disponer para la realización de los trabajos objeto del contrato del personal siguiente: a) Un oficial de 1ª con experiencia en instalación y mantenimiento de instalaciones semafóricas. b) Un oficial de 2ª con experiencia en instalación y mantenimiento de instalaciones semafóricas. 3. El contratista estará obligado a designar y comunicar al Excmo. Ayuntamiento el nombre de un técnico superior, que puede o no residir en Palencia, pero dispuesto para llegar a esta ciudad en un plazo máximo de veinticuatro horas, para resolver los fallos técnicos de alta dificultad que puedan producirse en el sistema centralizado y que no haya podido resolver el personal reseñado en el apartado anterior. Este técnico de grado superior deberá acreditarse por su especialización y experiencia contrastada en la explotación de sistemas centralizados de tráfico, software, etc. 4. El contratista se obliga además a disponer para la realización de los trabajos objeto del contrato, aunque no requieran exclusividad, del personal siguiente: a) Un ingeniero técnico especializado en prevención de riesgos laborales. b) Un ingeniero técnico especializado en calidad y gestión medioambiental. c) Un delineante. d) Un auxiliar administrativo. e) Un técnico de laboratorio. 5. Cualquier modificación en cuanto al número y categoría de los componentes de la plantilla descrita anteriormente deberá tener el visto bueno del responsable del Servicio de Tráfico. 6. Para todas las cuestiones de carácter técnico o constructivo, el personal técnico del Ayuntamiento se relacionará con el técnico nombrado al frente de los trabajos, debiendo presentarse en la oficina del Servicio de Tráfico cuando sea citado. 7. El personal dependiente de la contrata en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral contractual, funcionarial o de cualquier otra naturaleza respecto del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. 8. El adjudicatario ...
Personal necesario. Tal y como establece la cláusula 5.2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, el adjudicatario deberá disponer en todo momento del personal necesario para prestar el servicio, de acuerdo con las directrices y especificaciones descritas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y en la oferta presentada. A la hora de establecer sus necesidades de personal considerará y tendrá en cuenta obligatoriamente al personal a subrogar para este contrato, lo que se concreta en el apartado 25.2 siguiente. El contratista adjudicatario, en el transcurso del contrato, no podrá ampliar la plantilla de personal de forma estable, sin una previa autorización por escrito de GHK. Para ello, deberá previamente presentar una solicitud formal acompañada de la justificación pertinente, que será evaluada por los servicios técnicos de GHK, que podrá admitir o rechazar dicha solicitud. Por tanto, la incorporación de personal será temporal para cubrir necesidades puntuales o circunstancias extraordinarias, siempre por cuenta del adjudicatario, asumiendo éste los de dichas incorporaciones, y en su caso, los generados por rescisiones de contratos, despidos, etc. Por lo tanto, los licitadores en sus propuestas deberán presentar una propuesta de previsión de personal necesario para realizar eficazmente los servicios contratados, así como un plan de sustituciones de personal. Al frente del servicio y como máximo responsable deberá figurar el Delegado del Contrato, que será la persona encargada de organizar y supervisar el servicio de transporte y explotación de la Estación de Transferencia del Polígono Xxxxxxx de Elgoibar. Dicho cargo lo desempeñará una persona con la suficiente capacidad de toma de decisiones en todos los aspectos de la contrata, y que pertenecerá a la estructura de la empresa adjudicataria, y respecto al cual será aplicable todo lo señalado en la referida cláusula 4.2. xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas así como lo establecido en la cláusula 32 del presente pliego. GHK no tendrá relación jurídica , laboral o de cualquier otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta de la empresa adjudicataria todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de la extinción de este contrato o servicio de transporte en alta.
Personal necesario. La empresa adjudicataria estará obligada a subrogarse el personal que, en la actualidad, está prestando el servicio en la localidad, la cual, organizará, bajo su responsabilidad los sistemas de gestión del personal y de organización del trabajo, en la forma que redunden en una mayor eficacia en el servicio. Como Anexo al presente pliego se relaciona el personal adscrito actualmente a la prestación del servicio facilitado por la actual empresa adjudicataria, con indicación de categoría y fecha de antigüedad. (Anexo III). La empresa adjudicataria dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato, de acuerdo a los criterios establecidos en el presente Xxxxxx, y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etc. los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios colectivos que les afecten o sean de aplicación. Además, el adjudicatario estará obligado a mantener un personal mínimo que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en la oferta, y que contemplará la plantilla equivalente y la estimación de personal de sustitución necesario, de modo que siempre queden cubiertos todos los puestos ofertados cubriendo bajas, vacaciones, permisos, horas sindicales, etc. En el caso de que se produzca un conflicto laboral entre la empresa adjudicataria y sus trabajadores qué origine la interrupción del servicio, el Ayuntamiento deberá detraer, el importe de los trabajos no realizados, calculado por aplicación al precio fijo mensual del porcentaje correspondiente a los días de interrupción del servicio. Así mismo la empresa adjudicataria dispondrá de un encargado que actuará de interlocutor con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, como responsable directo de la organización y del correcto desarrollo del trabajo fijado en el presente pliego. El encargado deberá estar localizable en cualquier momento, las 24 horas, para atender cualquier eventualidad relacionada con la prestación del servicio y para eso deberá disponer de los medios necesarios por cuenta de la empresa.
Personal necesario. El adjudicatario deberá tener contratado el personal necesario para la realización de este servicio que debe- rá estar debidamente cualificado. Dicho personal estará a cargo de la empresa y dependerá única y exclusiva- mente del contratista. Para la ejecución de los trabajos que son objeto de esta contratación, el adjudicatario podrá emplear: 1. Personal propio que con dedicación habitual se destinará al Congreso de los Diputados para que cubra el horario de actividad del Congreso. 2. Personal propio que de forma discontinua podrá intervenir en el caso de que se presenten incidencias o tareas periódicas que así lo exijan. 3. El adjudicatario deberá asumir respecto del perso- nal que actualmente está adscrito al servicio todas las obli- gaciones exigibles conforme a la legislación laboral gene- ral y sectorial vigente. Se facilitará a los licitadores que lo soliciten la relación de personal, antigüedad y TC2. Para la realización del contrato durante la actividad del Congreso el adjudicatario mantendrá permanente- mente en el Congreso de los Diputados a las personas pertenecientes a su plantilla necesarias para dar la asis- tencia suficiente en los servicios de restauración. Los licitadores proporcionarán al Congreso de los Diputados toda la información curricular y contractual necesaria que permita evaluar la solvencia técnica de la plantilla. Los licitadores detallarán también las subcon- tratas y profesionales ajenos que intervengan en el servicio ofertado.
Personal necesario. Para la prestación del servicio, el adjudicatario deberá emplear como mínimo a 1 trabajador.
Personal necesario. El cálculo del personal necesario para la prestación del Servicio se ha establecido mediante la aplicación de los ratios según la tipología. Se entiende por puesto de trabajo la dotación de plantilla necesaria para tener cubierta la plaza en todo momento, cubriendo los descansos, vacaciones, bajas laborales y absentismo. En los jardines de las diferentes categorías el ratio se da en puestos de trabajo por hectárea de jardín. Aplicando estos ratios a las zonas a mantener, el personal necesario es: TOTAL PUESTOS DE TRABAJO MÍNIMOS REQUERIDOS: 13 Se indica además en dicha tabla, los puestos de trabajo que son objeto de subrogación (de carácter obligatorio segundo se establece en el Convenio Colectivo Estatal de Jardinería para el 2014), así como los de nueva contratación. La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios humanos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, a fin de conseguir una óptima ejecución de las labores de conservación, para lo que habrá de contar con todos los medios adecuados a tal fin. En la plantilla de la empresa adjudicataria deberá figurar como mínimo expresamente la dedicación exclusiva a estos trabajos del personal técnico y operativo que se indica a continuación: •Un responsable máximo de la empresa que será el interlocutor oficial con el Ayuntamiento de Pontevedra y que podrá formar parte, al mismo tiempo, del personal técnico titulado adscrito al servicio. •Un técnico titulado universitario en rama agronómica o forestal de acreditada formación en la conservación y mantenimiento de parques y Jardines con experiencia mínima de 5 años. Ninguno de ellos, en caso alguno, podrán tener el carácter de simple asesor, sino que permanentemente habrán de encontrarse afectos a la dirección y organización de los trabajos. Cualquier cambio que se produzca en este personal durante el periodo de adjudicación, por los motivos que fuesen, deberá ponerse en conocimiento de la Dirección Facultativa. Deberán conocer perfectamente la parte de aplicación práctica de este pliego de condiciones técnicas. El adjudicatario dispondrá del personal necesario para la buena ejecución de las labores de conservación, con las debidas condiciones de aptitud y práctica requeridas. No obstante lo anterior, el adjudicatario vendrá obligado a mantener un personal mínimo y constante (teniendo en cuenta las suplencias en caso de vacaciones en caso de vacaciones, enfermedad, baja,...) para el mantenimiento del presente contrato. Se notifi...

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  • PERSONAS ASEGURADAS El Titular de una tarjeta ASSIST CARD está asegurado automáticamente y sin costo adicional, cuando el voucher correspondiente al producto ASSIST CARD adquirido incluya esta cobertura.

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  • MEDIOS PERSONALES En la realización de los trabajos previstos dentro del mantenimiento integral objeto del contrato, se contará con profesionales de cada uno de los sectores comprendidos en el mismo, que a su vez estarán apoyados técnica y profesionalmente por la estructura de la empresa adjudicataria a la cual pertenecen. El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la Empresa Adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección en la ejecución de los trabajos la insuficiencia de su plantilla. La empresa a djudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. Lanbide quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del Adjudicatario, así como con las Empresas que pudieran establecer subcontratas con aquél. La adjudicataria únicamente podrá subcontratar empresas especializadas en los gremios comunicados en sobre A de la presente licitación. En el mantenimiento técnico de las instalaciones, el personal cualificado que preste sus servicios será polivalente en los sectores siguientes: : • Electricidad • Cerrajería • Carpintería • Fontanería • Persianas • Cristalería • Albañilería • Desatascos • Pequeñas reparaciones de mobiliario • Pintura. • Responsable del Servicio. La empresa adjudicataria, durante el período de vigencia del contrato, designará una persona como Responsable máximo de la empresa y tres coordinadores/as, una por territorio histórico, que serán personal interlocutor oficial válido ante el Servicio de Organización y RRGG en la forma que el servicio de Lanbide establezca. Dichos Responsables ejercerán todas las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios y los que se establezcan como apoyo a los Servicios Generales de los edificios objeto del contrato (control de consumos energéticos, subcontratos de empresas externas, etc.). Esta persona representante encargada de coordinar los trabajos e interlocutor/a válido con el Servicio de Organización y RRGG de Lanbide, tendrá como mínimo titulación Técnico de Grado Medio, con experiencia probada, en seguimiento y control de trabajos de mantenimiento de edificios e instalaciones. Dicha experiencia será probada mediante currículum vitae que será presentado en sobre A del presente Xxxxxx. E s t a p e r s o n a responsable prestará este servicio de coordinación e interlocución con Lanbide diariamente en horario de 8:00 a 17:30 y se reunirá mensualmente con los responsables de la gestión de este contrato para la supervisión del servicio. El personal responsable o persona que le sustituya, podrá ser contactada en cualquier momento las veinticuatro horas del día, los 365 días del año, por Lanbide, pudiendo requerirse su presencia en el edificio en cualquier momento. Lanbide se reserva el derecho de exigir un cambio en el/a interlocutor/a designado por la empresa, sin necesidad de justificación previa. • Personal responsable de la prestación del servicio. La empresa contratista deberá disponer de un vehículo dotado con las herramientas y equipos necesarios para atender las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo a realizar en las oficinas. Todo el personal necesario para la prestación de este servicio contará con telefonía móvil, por cuenta de la empresa adjudicataria, debiendo comunicarse a Lanbide cualquier variación en el número de estos teléfonos, que pueda producirse. El contratista deberá proveer a su personal de los uniformes de trabajo necesarios para el desempeño de las tareas inherentes al servicio, así como de los equipos de seguridad. El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de los trabajos la insuficiencia de la plantilla mínima a que este Pliego obliga. La empresa adjudicataria estará obligada a informar a Lanbide sobre la variación de la plantilla ofertada, altas y bajas, que experimente, a fin de que se retire o entregue la documentación personal que se indica en este Pliego. Lanbide podrá exigir la identificación del personal que se presente en las sedes y el personal de vigilancia recogerá los datos del personal que acuda a realizar el trabajo. A solicitud de la Lanbide, el adjudicatario procederá a la sustitución en el plazo máximo de tres días, de una persona por otra de igual categoría de la propia empresa, en caso de disconformidad con la actitud, comportamiento y/o forma de realización del servicio, el incumplimiento de esta prescripción supondrá incumplimiento del contrato. En caso de ausencias por enfermedad, permisos o vacaciones del personal, el adjudicatario dispondrá de las oportunas sustituciones, para poder desarrollar, con plenas garantías, las funciones que venía desempeñando el personal asignado, sin que en ningún momento el edificio pueda quedar desatendido. El contratista comunicará de forma previa las sustituciones de trabajadores que hayan de producirse para garantizar la ejecución del contrato, indicando en este supuesto, la identidad del sustituido y del sustituto, así mismo previamente justificará que se cumplen las condiciones de categoría, formación y experiencia de éste último, según las exigencias establecidas en el presente pliego. Todo cambio de personal que pretenda hacer el adjudicatario deberá motivarse y ponerse inmediatamente en conocimiento del responsable del contrato para que de su conformidad con dicho cambio sin la cual no podrá realizarse. Lanbide tendrá un coordinador del proyecto adscrito al Servicio de Organización y RRGG.

  • Tratamiento de datos personales De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado queda informado y da su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de datos de titularidad de La Positiva, ubicado en su domicilio indicado en la presente póliza. La Positiva utilizará estos datos, conjuntamente con otros que se pongan a disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y evaluar la calidad del servicio. Asimismo, La Positiva utilizará los datos personales con fines publicitarios y comerciales a fin de remitir al Asegurado información sobre productos y servicios en el mercado financiero y de seguros que considere de su interés. El Asegurado reconoce y acepta que La Positiva podrá encargar el tratamiento de los datos personales a un tercero, y que se podrá realizar un procesamiento automatizado o no con dichos terceros por temas técnicos o comerciales. Los datos proporcionados serán incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece y/o terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. Los datos suministrados por el Asegurado son esenciales para las finalidades indicadas. Las bases de datos donde se almacena la información cuentan con estrictas medidas de seguridad. En caso el Asegurado decida no proporcionarlos, no será posible la prestación de servicios por parte La Positiva. Conforme x xxx, el Asegurado está facultado a ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición que se detallan en xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, mediante el procedimiento que se indica en dicha dirección electrónica.

  • Documentos que Establecen las Calificaciones del Oferente 19.1 La evidencia documentada de las calificaciones del Oferente para ejecutar el Contrato si su oferta es aceptada, deberá establecer a completa satisfacción del Comprador: (a) que, si se requiere en los DDL, el Oferente que no fábrica o produce los bienes que propone proveer deberá presentar una Autorización del Fabricante mediante el formulario incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta para demostrar que ha sido debidamente autorizado por el fabricante o productor de los Bienes para suministrarlos en el país del Comprador; (b) que, si se requiere en los DDL, en el caso de un Oferente que no está establecido comercialmente en el país del Comprador, el Oferente está o estará (si se le adjudica el Contrato) representado por un Agente en el país del Comprador equipado y con capacidad para cumplir con las obligaciones de mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos, estipuladas en las Condiciones del Contrato y/o las Especificaciones Técnicas; y (c) que el Oferente cumple con cada uno de los criterios de calificación estipulados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • Plazo y lugar de ejecución El plazo total y los parciales de ejecución de los trabajos a que se refiere este pliego serán los que figuran en el apartado 4 del Anexo I, siendo los plazos parciales los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, en su caso. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales pertinentes. En el caso de contratos de servicios llamados de “actividad”, en los que el contratista presta el servicio de manera regular y continuada, y su plazo de ejecución se haya establecido a fecha fija, el posible retraso en la adjudicación respecto de dicha fecha inicialmente programada, tendrá como efecto una reducción del plazo de ejecución, y en consecuencia, de las prestaciones del contratista, dando lugar a una correlativa reducción del precio así como del importe de la garantía definitiva. El contrato se ejecutará en el lugar que se indica en el apartado 4 del Anexo I de este pliego.

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.