OBRAS PRELIMINARES Cláusulas de Ejemplo

OBRAS PRELIMINARES. 1.3 Relleno con afirmado (e=6”) Afirmado 11.44 m3
OBRAS PRELIMINARES. 2.2.1 Limpieza y Preparación del Terreno
OBRAS PRELIMINARES. EXCAVACION DE ZANJAS ( 23.90 X 0.80 X 0.6 ) 2 + ( 0.40 X 0.80 X 0.6 ) 4= 22.94 m3 Relleno con afirmado, humedecido y compactado ( 4” ) 23.09 x 1.60 x 0.10 = 3.70 m3
OBRAS PRELIMINARES. En la preparación de la Oferta, el Contratista deberá considerar: • Pagos por trámites, derechos de conexión y medición eléctrica. • Trámites y pagos por permisos de construcción (Municipales); el Oferente tramitara todos los impuestos y aranceles correspondientes al pago de las reparaciones y ampliaciones del inmueble a intervenir. • Trámites y pagos por otros permisos (Gubernamentales), el oferente tramitará todos los aranceles e impuestos correspondientes a los que no se contemplan en los municipales. Tales como, Vice Ministerio de Vivienda Y Desarrollo Urbano, ANDA, MARN, MAG, etc. • Instalaciones provisionales de aguas potable para el proyecto (Incluye consumo) • Instalaciones provisionales de energía eléctrica para el proyecto (Incluye consumo) • Instalaciones provisionales de aguas negras para el proyecto (incluye servicios sanitarios para el personal de campo y oficina). • De acuerdo al Formulario de Oferta, se colocará el rótulo de aviso de ejecución del proyecto en un lugar visible y ubicado en coordinación con la Supervisión y la Administración del Contrato designado por el MINSAL. • Alquiler de local que utilizará la Unidad de Salud mientras dure la construcción. El Contratista cancelará los recibos por servicios básicos de agua potable y energía eléctrica del local en el cual funcionará en forma provisional la Unidad de Salud durante el período de ejecución del proyecto; traslados de línea telefónica (no incluye consumo), Esta actividad se llevara a cabo en coordinación con la Dirección Regional Occidental en conjunto con la Dirección de la Unidad de Salud, quienes investigaran la ubicación y monto estimado del canon de arrendamiento para que el Oferente pueda complementar su Oferta económica. • El Contratista deberá realizar las adecuaciones necesarias donde funcionara la Unidad de Salud en forma Provisional. Esta actividad se llevara a cabo en coordinación con la Dirección Regional Occidental en conjunto con la Dirección de la Unidad de Salud. Adicional a todo lo anterior, será responsabilidad del Contratista contar con una Bodega para el almacenamiento adecuado de herramientas y materiales; oficinas para su propio personal y personal de la Supervisión, así como la construcción xx xxxxxx protectoras en el área del inmueble a intervenir durante la ejecución del proyecto. Además el Contratista deberá efectuar la contratación de los servicios de Laboratorios de Suelos y Materiales, así como, el Control de Calidad y Seguridad Industrial para el ...
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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.