Medidas de protección. Medidas Descripción
Medidas de protección. Los equipos o aparatos cubiertos por este adicional deberán contar con las siguientes protecciones mínimas.
Medidas de protección. OVHcloud implementa medidas de protección contra los intentos de pirateo de tipo DOS y DDoS (denegación de servicio distribuido) cuando OVHcloud considera que estos ataques son lo suficientemente graves como para justificar dicha protección. Durante la implementación de dicha protección, OVHcloud hará todo lo razonablemente posible para garantizar que se mantenga el funcionamiento de los Servicios del Cliente durante todo el tiempo que dure un ataque DOS o DDoS. Estas medidas implican el control del tráfico enviado a los Servicios del Cliente desde fuera de la red de OVHcloud. El tráfico identificado como ilegítimo será rechazado por OVHcloud antes de llegar a la Infraestructura del Cliente, permitiendo así a los usuarios legítimos acceder a las aplicaciones ofrecidas por el Cliente a pesar del ataque.
Medidas de protección. Los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones son estrictamente personales de EL CLIENTE. EL CLIENTE se compromete y obliga a conservarlos en confidencialidad y a hacer todo lo posible para evitar que terceros puedan conocerlos y/o utilizarlos. EL CLIENTE asegura el control de los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones, en el expreso entendido de que EL CLIENTE es y será total y absoluto responsable de la utilización de los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones, salvo falta imputable de EL BANCO debidamente demostrada o salvo cuando, previo a la realización de actividades o transacciones en la cuenta EL CLIENTE haya notificado a EL BANCO que los Elementos de Identificación y Seguridad y/o los Factores de Autenticación para Transacciones han sido conocidos por tercero(s) no autorizado(s). EL CLIENTE se obliga a tomar todas las medidas de lugar para proteger los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones. En ese sentido, EL CLIENTE deberá mantener en secreto los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones. EL CLIENTE no deberá grabar en su computadora personal o en cualquier material de computadora, o en cualquier otro dispositivo, los Elementos de Identificación y Seguridad y/o los Factores de Autenticación para Transacciones, ni permitir que terceros los conozcan o utilicen.
Medidas de protección. De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley 4/2013, de 16 xx xxxx de 2013, de Patrimonio Cultural xx Xxxxxxxx-La Mancha, cualquier intervención que se proyecte realizar requerirá autorización previa de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural, que deberá tener carácter previo a la concesión de la licencia municipal que fuese necesaria. Cualquier intervención estará encaminada a su conservación y preservación, de acuerdo con los criterios establecidos en la citada ley.
Medidas de protección. Se deben implantar al menos las medidas de protección siguientes: Podrá anotar (registrar), consultar, utilizar, conservar y destruir los datos personales cuando ya no resulten necesarios. Los datos deben protegerse empleando las medidas de seguridad elementales que un empresario ordenado debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad: - Informará y formará a empleados sobre sus deberes y protección de datos . - Mantendrá debidamente protegidos sus sistemas de información electrónicos (cortafuegos, antivirus, copias de seguridad, etc.). - Custodiará con diligencia las anotaciones y registros en cuadernos, libretas, archivadores y agendas. - Protegerá los soportes electrónicos móviles (por ejemplo en directorios de teléfono móvil y tabletas) con una contraseña razonable. - Cuidará de no perder agendas escritas. - Destruirá la información tan pronto como no sea necesaria. - En todo caso, deberá implantar mecanismos para:
a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
Medidas de protección. El personal que asista a las dependencias municipales se compromete a cumplir todas las medidas y protocolos que en cada momento se determinen para la protección personal, de las personas a las que atiendan y del personal municipal.
Medidas de protección. Los datos deben protegerse empleando las medidas que un empresario ordenado debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad. Se deben implantar, al menos, las medidas de protección siguientes: - Informará y formará a sus empleados sobre sus deberes y protección de datos. - Mantendrá debidamente protegidos sus sistemas de información electrónicos (cortafuegos, antivirus, copias de seguridad, etc) - Custodiará con diligencia las anotaciones y registros en cuadernos, libretas, archivadores y agendas. - Protegerá los soportes electrónicos móviles (por ejemplo en directorios de teléfono móvil y tabletas) con una contraseña razonable. - Cuidará de no perder agendas escritas o tarjetas de contacto. - Destruirá la información tan pronto como no sea necesaria. - En todo caso, deberá implantar mecanismos para: o Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. o Restaurar la disponibilidad y el acceso a los Datos Personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico. o Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento. El adjudicatario no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el empleo de un análisis de riesgo o impacto salvo aprobación expresa de SELAE. Visitas, perfilado, sistemas externalizados, sub-encargos, cesiones y transferencias internacionales - El personal del adjudicatario en sus visitas a SELAE, a los efectos de prohibición de acceso a datos, se consideran visitantes en las instalaciones de SELAE. - No se efectúa ni se permite perfilado de los interesados. - Se permiten tratamientos en sistemas de tratamiento ajenos a su propiedad (nube). - Se permiten sub-encargos de tratamiento asociados a subcontrataciones en los términos estipulados; lo que no exime del cumplimento de las obligaciones de seguridad y de solicitud de autorización. - No se efectúan ni permiten comunicaciones de datos (cesiones), salvo las que fueran necesarias para la difusión en los medios de comunicación objeto del suministro. - Los compromisos que asumen la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A. a través de este código de “Publicidad y Marketing” son:
Medidas de protección. Los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones son estrictamente personales de EL (LOS) CLIENTE(S). EL (LOS) CLIENTE(S) se compromete(n) y obliga(n) a conservarlos en confidencialidad y a hacer todo lo posible para evitar que terceros puedan conocerlos y/o utilizarlos. EL (LOS) CLIENTE(S) asegura(n) el control de los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones, en el expreso entendido de que EL (LOS) CLIENTE(S) es (son) y será(n) total(es) y absoluto(s) responsable(s) de la utilización de los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones, salvo falta imputable de EL BANCO debidamente demostrada. EL (LOS) CLIENTE(S) se obliga(n) a tomar todas las medidas de lugar para proteger los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones. En ese sentido, EL (LOS) CLIENTE(S) deberá(n) mantener en secreto los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones. EL (LOS) CLIENTE(S) no deberá(n) grabar en su computadora personal o en cualquier material de computadora, o en cualquier otro dispositivo, los Elementos de Identificación y Seguridad y/o los Factores de Autenticación para Transacciones, ni permitir que terceros los conozcan o utilicen.
Medidas de protección. Conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 4/2013, de 16 xx xxxx, el pueblo de colonización Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, como Bien de Interés Cultural, gozará de la máxima protección y tutela, y su utilización estará siempre subordinada a que no se ponga en peligro su conservación y sus valores. Cualquier cambio de uso, segregación o agregación, habrán de ser autorizados por la Consejería competente en materia de Patrimonio Cultural. Atendiendo a lo expresado en el artículo 39 de la citada Ley, la conservación del Conjunto Histórico comportará el mantenimiento de la estructura arquitectónica, urbana y paisajística. La declaración determina la obligación para el ayuntamiento de Xxxx xxx Xxxxxxx de redactar un plan especial de protección del área afectada u otro instrumento de los previstos en la legislación urbanística o de ordenación del territorio que cumpla en todo caso los objetivos establecidos en la Ley 4/2013. La normativa de actuación recogerá la necesaria armonización de la conservación del conjunto con el mantenimiento del pueblo como estructura viva, desde las necesarias adecuaciones edificatorias en sus aspectos estructurales y de habitabilidad, las adaptaciones a los nuevos usos y la presencia de los equipa- mientos sociales necesarios. No se admitirán las sustituciones de inmuebles, las modificaciones en las alineaciones y, en general, ningún cambio que afecte a la armonía del conjunto. Forman parte del Conjunto Histórico los bienes inmuebles (calles, plazas, edificios, solares, espacios libres), tanto privados como públicos, y el mobiliario urbano original que se conserve, comprendidos en el perímetro marcado en el plano adjunto. Hay que indicar que los detalles constructivos fueron especialmente cuidados por el arquitecto y dotan de armonía al conjunto, por ello se velará expresamente por la conservación de dichos detalles: aleros, vanos, chimeneas, acabados o carpinterías, con el fin de respetar los cánones conceptuales del autor. Se respetará el uso agrícola original de las parcelas colindantes con el núcleo urbano y comprendidas en el entorno de protección, debiéndose limitar las posibilidades de edificabilidad en la zona. DENOMINACIÓN: XXXXXXXX XX XXXXXXXXX.