Medidas de protección Cláusulas de Ejemplo

Medidas de protección. Artículo 35. Los equipos o aparatos cubiertos por esta cobertura, deberán contar con las siguientes protecciones mínimas.
Medidas de protección. Conjunto de acciones individuales o colectivas que se implementan para detener la caída de personas y objetos una vez ocurra o para mitigar sus consecuencias.
Medidas de protección. 1. Cada Parte, tomando en cuenta las características de cada área protegida sobre las que ejerce soberanía, o derechos soberanos o jurisdicción, y de conformidad con sus leyes y reglamentos nacionales y con el derecho internacional, deberá adoptar progresivamente las medidas que sean necesarias y factibles para lograr los objetivos para los cuales fueron creadas las áreas protegidas.
Medidas de protección. 1 Las Partes adoptarán las medidas legislativas o de otro tipo necesarios para proteger los derechos e intereses de las víctimas, incluidas sus necesidades específicas cuando actúen en calidad de testigos, en todas las fases de las investigaciones y procedimientos judiciales, en especial: a velando por que tanto ellas como sus familiares y testigos de cargo estén al amparo de los riesgos de intimidación, represalias y nueva victimización;
Medidas de protección. Las medidas de protección se deben implementar de acuerdo a los resul- tados de la evaluación de riesgo (Cap. 4.3). La PCR y el SR trabajan juntos. Todas las medidas se deben formu- lar por escrito. Es fundamental que se establezcan medidas eficientes de primeros au- xilios y de gestión de emergencias y comunicarlas a todo el personal.
Medidas de protección. Las medidas de protección se deben implementar de acuerdo a los resultados de la evaluación de riesgo (Cap. 4.3). La PCR y el SR trabajan juntos. Todas las medidas se deben formular por escrito. El contratista mantiene estos registros en el lugar de trabajo y debe presen- tarlos al cliente cuando este los solici- ta. El contratista es el responsable de la exactitud e idoneidad de la eva- luación de riesgos y de las medidas derivadas para la protección de sus trabajadores. Es fundamental que se establezcan medidas eficientes de primeros au- xilios y de gestión de emergencias y comunicarlas a todo el personal. Se debe establecer un plan de emer- gencia que cubra tanto las condicio- nes generales, como las actividades específicas que podrían presentar ma- yores riesgos (por ejemplo, material peligroso, cargas pesadas, trabajo en altura, ambientes contaminados, etc.).
Medidas de protección. 7.a) Como medida de seguridad el Adjudicatario procederá a tomar las precauciones necesarias para el apropiado desenvolvimiento de las tareas, siendo de su exclusiva responsabilidad los daños, deterioros, pérdidas o sustracciones que se pudieran ocasionar en las instalaciones, construcciones propias y linderas, objetos, equipamientos o personas ajenas o no al ámbito de esta Sociedad del Estado.
Medidas de protección. Se deben implantar al menos las medidas de protección siguientes: Podrá anotar (registrar), consultar, utilizar, conservar y destruir los datos personales cuando ya no resulten necesarios. Los datos deben protegerse empleando las medidas de seguridad elementales que un empresario ordenado debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad: - Informará y formará a empleados sobre sus deberes y protección de datos . - Mantendrá debidamente protegidos sus sistemas de información electrónicos (cortafuegos, antivirus, copias de seguridad, etc.). - Custodiará con diligencia las anotaciones y registros en cuadernos, libretas, archivadores y agendas. - Protegerá los soportes electrónicos móviles (por ejemplo en directorios de teléfono móvil y tabletas) con una contraseña razonable. - Cuidará de no perder agendas escritas. - Destruirá la información tan pronto como no sea necesaria. - En todo caso, deberá implantar mecanismos para:
Medidas de protección. Conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 4/2013, de 16 xx xxxx, el pueblo de colonización Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, como Bien de Interés Cultural, gozará de la máxima protección y tutela, y su utilización estará siempre subordinada a que no se ponga en peligro su conservación y sus valores. Cualquier cambio de uso, segregación o agregación, habrán de ser autorizados por la Consejería competente en materia de Patrimonio Cultural. Atendiendo a lo expresado en el artículo 39 de la citada Ley, la conservación del Conjunto Histórico comportará el mantenimiento de la estructura arquitectónica, urbana y paisajística. La declaración determina la obligación para el ayuntamiento de Xxxx xxx Xxxxxxx de redactar un plan especial de protección del área afectada u otro instrumento de los previstos en la legislación urbanística o de ordenación del territorio que cumpla en todo caso los objetivos establecidos en la Ley 4/2013. La normativa de actuación recogerá la necesaria armonización de la conservación del conjunto con el mantenimiento del pueblo como estructura viva, desde las necesarias adecuaciones edificatorias en sus aspectos estructurales y de habitabilidad, las adaptaciones a los nuevos usos y la presencia de los equipa- mientos sociales necesarios. No se admitirán las sustituciones de inmuebles, las modificaciones en las alineaciones y, en general, ningún cambio que afecte a la armonía del conjunto. Forman parte del Conjunto Histórico los bienes inmuebles (calles, plazas, edificios, solares, espacios libres), tanto privados como públicos, y el mobiliario urbano original que se conserve, comprendidos en el perímetro marcado en el plano adjunto. Hay que indicar que los detalles constructivos fueron especialmente cuidados por el arquitecto y dotan de armonía al conjunto, por ello se velará expresamente por la conservación de dichos detalles: aleros, vanos, chimeneas, acabados o carpinterías, con el fin de respetar los cánones conceptuales del autor. Se respetará el uso agrícola original de las parcelas colindantes con el núcleo urbano y comprendidas en el entorno de protección, debiéndose limitar las posibilidades de edificabilidad en la zona. DENOMINACIÓN: XXXXXXXX XX XXXXXXXXX.