Medidas de protección. Medidas Descripción
Medidas de protección. Los equipos o aparatos cubiertos por este adicional deberán contar con las siguientes protecciones mínimas.
Medidas de protección a) Protección a la maternidad. Existirá el derecho al cambio de puesto de trabajo por xxxxxxxx, cuando según dictamen médico, las condiciones de trabajo: toxicidad, peligrosidad, penosidad, materias primas, régimen de turnos, etc, puedan suponer riesgo para la madre o el feto, asegurándosele el mismo salario y la incorporación a su puesto habitual cuando la trabajadora se reincorpore.
Medidas de protección. De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley 4/2013, de 16 xx xxxx de 2013, de Patrimonio Cultural xx Xxxxxxxx-La Mancha, cualquier intervención que se proyecte realizar requerirá autorización previa de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural, que deberá tener carácter previo a la concesión de la licencia municipal que fuese necesaria. Cualquier intervención estará encaminada a su conservación y preservación, de acuerdo con los criterios establecidos en la citada ley.
Medidas de protección. Los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones son estrictamente personales de EL (LOS) CLIENTE(S). EL (LOS) CLIENTE(S) se compromete(n) y obliga(n) a conservarlos en confidencialidad y a hacer todo lo posible para evitar que terceros puedan conocerlos y/o utilizarlos. EL (LOS) CLIENTE(S) asegura(n) el control de los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones, en el expreso entendido de que EL (LOS) CLIENTE(S) es (son) y será(n) total(es) y absoluto(s) responsable(s) de la utilización de los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones, salvo falta imputable de EL BANCO debidamente demostrada. EL (LOS) CLIENTE(S) se obliga(n) a tomar todas las medidas de lugar para proteger los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones. En ese sentido, EL (LOS) CLIENTE(S) deberá(n) mantener en secreto los Elementos de Identificación y Seguridad y los Factores de Autenticación para Transacciones. EL (LOS) CLIENTE(S) no deberá(n) grabar en su computadora personal o en cualquier material de computadora, o en cualquier otro dispositivo, los Elementos de Identificación y Seguridad y/o los Factores de Autenticación para Transacciones, ni permitir que terceros los conozcan o utilicen.
Medidas de protección. OVHcloud implementa medidas de protección contra los intentos de pirateo de tipo DOS y DDoS (denegación de servicio distribuido) cuando OVHcloud considera que estos ataques son lo suficientemente graves como para justificar dicha protección. Durante la implementación de dicha protección, OVHcloud hará todo lo razonablemente posible para garantizar que se mantenga el funcionamiento de los Servicios del Cliente durante todo el tiempo que dure un ataque DOS o DDoS. Estas medidas implican el control del tráfico enviado a los Servicios del Cliente desde fuera de la red de OVHcloud. El tráfico identificado como ilegítimo será rechazado por OVHcloud antes de llegar a la Infraestructura del Cliente, permitiendo así a los usuarios legítimos acceder a las aplicaciones ofrecidas por el Cliente a pesar del ataque.
Medidas de protección. 1. Cada Parte, tomando en cuenta las características de cada área protegida sobre las que ejerce soberanía, o derechos soberanos o jurisdicción, y de conformidad con sus leyes y reglamentos nacionales y con el derecho internacional, deberá adoptar progresivamente las medidas que sean necesarias y factibles para lograr los objetivos para los cuales fueron creadas las áreas protegidas.
2. Estas medidas deberían incluir, según convenga:
a) la reglamentación o la prohibición de verter o descargar desperdicios u otras sustancias que puedan poner en peligro las áreas protegidas;
b) la reglamentación o prohibición de verter o descargar contaminantes, en las zonas costeras, que provengan de establecimientos y desarrollos costeros, instalaciones de desagüe o de cualesquiera otras fuentes situadas en sus territorios;
c) la reglamentación del paso de buques, de cualquier detención o fondeo y de otras actividades navieras que puedan tener efectos ambientales adversos significativos sobre el área protegida, sin perjuicio de los derechos de paso inocente, paso en tránsito, paso por las vías marítimas archipelágicas y de la libertad de navegación, de conformidad con el derecho internacional;
d) la reglamentación o prohibición de la pesca, la caza y la captura o la recolección de especies de fauna y flora amenazadas o en peligro de extinción y de sus partes o productos;
e) la prohibición de actividades que provoquen la destrucción de especies de fauna y de flora amenazadas o en peligro de extinción de sus partes y productos, y la reglamentación de cualquier otra actividad que pueda dañar o perturbar a estas especies, sus habitats o los ecosistemas asociados;
f) la reglamentación o prohibición de la introducción de especies exóticas;
g) la reglamentación o prohibición de toda actividad que implique la exploración o explotación de los fondos marinos o su subsuelo o una modificación del perfil de los fondos marinos;
h) la reglamentación o prohibición de cualquier actividad que implique una modificación del perfil del suelo que afecte cuencas hidrográficas, la denudación u otras formas de degradación de las cuencas hidrográficas o la exploración o explotación del subsuelo de la parte terrestre de un área marina protegida;
i) la reglamentación de toda actividad arqueológica, incluida la remoción o daño de todo objeto que pudiese considerarse como objeto arqueológico;
j) la reglamentación o prohibición del comercio, la importación y exportación de especies de fauna amenazada o ...
Medidas de protección. Para los valores umbrales límites permisibles de exposición de los trabajos en general, donde se trabaje con sílice cristalina respirable, se debe aplicar el valor umbral límite para 8 horas diarias de trabajo y 40 horas semanales de exposición es de 0,025 mg/m3 como sílice cristalina (cuarzo y cristobalita) (ACGIH 2014) medido en fracción respirable de acuerdo a la establecida en la norma ISO 7708.
Medidas de protección. Control de accesos a la Instalación Portuaria de personas, equipajes y vehículos. • Control de accesos a las Zonas Restringidas de la Instalación Portuaria. • Inspección de la entrega de provisiones, materiales y equipos a las naves • Vigilancia de la instalación portuaria y del área marítima jurisdiccional.
Medidas de protección. Las medidas de protección se deben implementar de acuerdo a los resul- tados de la evaluación de riesgo (Cap. 4.3). La PCR y el SR trabajan juntos. Todas las medidas se deben formu- lar por escrito. Es fundamental que se establezcan medidas eficientes de primeros au- xilios y de gestión de emergencias y comunicarlas a todo el personal.