OBRAS PRINCIPALES Cláusulas de Ejemplo

OBRAS PRINCIPALES. El CONTRATISTA PPP se obliga a ejecutar las OBRAS PRINCIPALES identificadas en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES de conformidad con las siguientes disposiciones: OBRAS PRINCIPALES, sin perjuicio de la CONTRAPRESTACIÓN que le corresponda por la prestación de los SERVICIOS PRINCIPALES.
OBRAS PRINCIPALES. Significa aquellas OBRAS relativas a la Estación Central Roca y túneles desde Calle Estados Unidos hasta Avenida Del Libertador, identificada en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES que el CONTRATISTA PPP se encuentra obligado a ejecutar. Significa toda persona que formule una OFERTA en el marco de la presente LICITACIÓN, de acuerdo con los criterios establecidos en las disposiciones de los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES.
OBRAS PRINCIPALES. El CONTRATISTA PPP se obliga a ejecutar las OBRAS PRINCIPALES identificadas en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES de conformidad con las siguientes disposiciones: La ejecución de las OBRAS PRINCIPALES, incluyendo los trabajos, ensayos y pruebas que demande su ejecución, estará a cargo del CONTRATISTA PPP. El CONTRATISTA PPP recibirá, como única contraprestación por la ejecución de las OBRAS PRINCIPALES, la CONTRAPRESTACIÓN POR OBRAS PRINCIPALES, sin perjuicio de la CONTRAPRESTACIÓN que le corresponda por la prestación de los SERVICIOS PRINCIPALES. El CONTRATISTA PPP deberá ejecutar a su costo (y sin que se produzca un aumento de la CONTRAPRESTACIÓN POR OBRAS PRINCIPALES) la corrección de las OBRAS PRINCIPALES que resulten defectuosas, sea por fallas de los materiales, de los métodos constructivos o por cualquier otra razón, y la reparación de vicios aparentes y ocultos de las OBRAS PRINCIPALES, incluyendo las demoliciones, desmontajes y reconstrucciones necesarias para la comprobación de los mismos. No serán oponibles al ENTE CONTRATANTE los contratos celebrados entre el CONTRATISTA PPP y cualquier EMPRESA EJECUTANTE o cualquier otro subcontratista respecto de tales correcciones o reparaciones.
OBRAS PRINCIPALES. El CONTRATISTA PPP se obliga a ejecutar las OBRAS PRINCIPALES identificadas en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES de conformidad con las siguientes disposiciones: - Responsabilidad - Contraprestación - Riesgo - Comienzo de Ejecución - Plazo de Ejecución - Recepción Provisoria: Deberá seguirse el procedimiento descripto en el CONTRATO PPP - Recepción Definitiva: Deberá seguirse el procedimiento descripto en el CONTRATO PPP El CONTRATISTA PPP deberá ejecutar las OBRAS ADICIONALES OBLIGATORIAS. Se aplicarán las siguientes disposiciones: - Responsabilidad - Contraprestación - Riesgo - Comienzo de Ejecución - Plazo de Ejecución - Operación y mantenimiento El CONTRATISTA PPP deberá ejecutar las OBRAS ADICIONALES VOLUNTARIAS en caso que el CONTRATISTA PPP, con el previo consentimiento por escrito del REPRESENTANTE DE LAS ENTIDADES FINANCIADORAS, y el ENTE CONTRATANTE hayan llegado a un acuerdo sobre las condiciones de ejecución de las mismas, incluyendo precio, forma de pago, plazo de ejecución y demás condiciones aplicables. Se aplicarán las siguientes disposiciones: - Responsabilidad - Contraprestación - Riesgo - Comienzo de Ejecución - Plazo de Ejecución - Operación y mantenimiento El CONTRATISTA PPP reconoce y acepta que el ENTE CONTRATANTE ha contratado la ejecución de las OBRAS EN EJECUCIÓN A CARGO DEL ENTE CONTRATANTE identificadas en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES. Se aplicarán las siguientes disposiciones: - Responsabilidad - Contraprestación - Riesgo - Incorporación al Proyecto El ENTE CONTRATANTE podrá, sin que sea requerido el consentimiento previo del CONTRATISTA PPP, ejecutar OBRAS ADICIONALES DISCRECIONALES a fin de satisfacer necesidades de interés público no previstas en el presente CONTRATO PPP y que surjan durante su vigencia. Se aplicarán las siguientes disposiciones: - Responsabilidad - Contraprestación - Riesgo - Incorporación al Proyecto

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.