Common use of OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidad.

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Samples: Bases Estándar De Licitación Pública Para La Contratación De La Ejecución De Obras en El Marco De La Ley, Bases Estándar De Licitación Pública Para La Contratación De La Ejecución De Obras en El Marco De La Ley

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones del contratista: El plan, informado por el responsable del contrato, será aprobado por el director de su ejecución, mediante resolución. El plan implementará las previsiones contenidas a la normativa general sobre prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo para las funciones y tareas a desarrollar por parte de los trabajadores implicados respecto a los trabajos de ejecución mencionados. En todo caso, durante la ejecución del contrato, el adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plan y a los principios generales y normas imperativas previstos a la legislación sectorial correspondiente. La redacción del plan de seguridad y salud y la implementación de las medidas que en él se prevén se encuentran incluidas en el precio y correrán, en todo caso, a cargo del contratista. La documentación o información a la que tenga acceso el contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento con ocasión de la ley ejecución de contrataciones del estado este contrato y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables que corresponda a la obra; así comoFUNDACIÓN es confidencial, para el suministro y transporte no podrá ser objeto de materiales y equipos, acciones reproducción total o parcial por ningún medio o soporte. Todo dato de carácter personal que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar recoja el contratista para la ejecución del contrato se ajustará en cuanto a su tratamiento a aquello que dispone la legislación orgánica correspondiente y este extremo tendrá que ser acreditado ante la administración por infracción medio de una declaración responsable cuando se lo requiera el responsable del contrato y en todo caso, antes de su recepción. No se procederá a esta si el contratista no ha presentado esta declaración. El adjudicatario únicamente tratará los datos de conformidad con las mismasinstrucciones del responsable del tratamiento. No las aplicará para una finalidad diferente al cumplimiento del contrato. Tampoco podrá comunicarlas a un tercero, ni que sea para su conservación. El contratista es responsable tendrá que mantener confidencialidad absoluta y secreto estricto en relación a los datos de todo lo concerniente carácter personal que utilice por razón del contrato. Una vez se haya cumplido la prestación contractual, los datos de carácter personal y cualquier apoyo o documento que las contenga tienen que ser destruidos o devueltos a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contratoFUNDACIÓN contratante. En caso de incumplimiento que el encargado del tratamiento destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato será considerado también responsable del tratamiento dado, respondiendo de las infracciones en las cuales hubiera incurrido. En todo caso, el encargado del tratamiento tendrá que adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, y tratamiento o acceso no autorizado. Esta obligación comporta que el contratista tenga que adoptar y aplicar las medidas de seguridad del nivel básico/medio/alto, previsto de acuerdo con la legislación vigente, de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal que provienen de los ficheros de titularidad de la Fundación contratante, responsable del fichero, y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, atendido el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestas, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. La FUNDACIÓN contratante dispondrá las instrucciones pertinentes para el cumplimiento de la legalidad en materia de protección de datos de carácter personal y efectuará la inspección, la comprobación y la vigilancia del cumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, cláusula para la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la correcta realización de los trabajos y demás actividades correspondientes contratados. Específicamente comprobará la inclusión de la descripción técnica sobre el nivel de seguridad que cumple el producto de software utilizado por el encargado del tratamiento de los datos, siempre que sea adecuado al cumplimiento de la legalidad vigente. Los ficheros de carácter personal que se ponen a la obra, el disposición del contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados identifican nominativamente al PCAP. Los licitadores quedan informados que, de avance acuerdo con lo dispuesto el artículo 5 de obra la Ley orgánica de protección de datos de carácter personal y el artículo 12 de su Reglamento, sus datos personales se incorporan al fichero “Gestión económica y Contratos”, del cual es responsable la Fundación, y serán objeto de tratamiento para gestionar las actividades económicas, contables y de adquisición contratación administrativa, en el ámbito de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista sus funciones; no podrá iniciar la ejecución de la obra, serán cedidas a personas físicas y jurídicas públicas o privadas sin su consentimiento o si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente lo autoriza una ley. Los legitimados activamente podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obraoposición dirigiéndolos al correo electrónico “xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx” o al correo postal, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisiónFUNDACIÓ SITGES, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyectoFESTIVAL INTERNACIONAL DE CINEMA DE CATALUNYA, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponerc/ Sant Xxxxxxx, no hacer uso de ella en ningún momento32, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidad08870-SITGES.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Video, Sonido E Iluminación Del Sitges, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Ticketing Para La Fundació Sitges Festival Internacional De Cinema De Catalunya

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar las acciones necesarias para Contratista empleará sus mejores habilidades y diligencia para: Diseñar, crear, desarrollar y poner en operación toda la solución contratada; Procurar la creación y el real cumplimiento suministro de la ley Documentación al Comprador; Entregar, instalar y probar y poner en funcionamiento el Software, sus elementos y módulos en el(los) Sitio(s) de contrataciones Instalación Asistir al Comprador durante el período de Pruebas de Aceptación; y A los efectos de esta Cláusula, las referencias a la entrega al Comprador de cualquier Software significarán la entrega de los siguientes elementos: Salvo que se señale expresamente lo contrario, una copia del estado Software en forma legible y su reglamentoen sus embalajes originales. Las Licencias de Uso del Software, emitidas a nombre del Comprador. Estas licencias deberán ser de carácter perpetuo, es decir, el Reglamento Nacional Comprador podrá hacer uso de Edificacioneséste software durante tiempo indefinido. Éstas licencias serán emitidas por el titular del derecho a licenciar el software y contemplarán, leyescomo mínimo: La garantía de producto La expresa eximición al Comprador de responsabilidad por demandas de terceros respecto del uso del software. Todos los trabajos que el Contratista realice de acuerdo con el Contrato estarán sujetos a inspección por el Comprador, resolucionesen tanto resulte practicable y en tiempo razonable. Cualquier inspección del Comprador se realizará de modo tal de evitar retrasos indebidos en el avance del Contratista. Para el caso que el Contratista tuviera que destacar personal técnico para la instalación, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro migración y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención mantenimiento de los permisos municipales componentes de la solución ofertada, deberá proveer los recursos necesarios para la ejecución correcta implementación, quedando como única responsabilidad del Comprador brindar el espacio físico necesario. El Contratista entregará, conjuntamente con los productos contratados toda bibliografía considerada necesaria para su utilización, actualizada a la última versión y con la obligación permanente, durante la vigencia de la Obra y efectuara los trámites correspondientesgarantía de buen funcionamiento, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo de remitir toda modificación. La documentación deberá estar escrita en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos idioma español u, opcionalmente en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadinglés.

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Samples: docs.seace.gob.pe

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar Contratista realizará los análisis y pruebas de control de calidad indicadas en el expediente técnico, en concordancia con las acciones necesarias normas técnicas aplicables. Dichas pruebas se realizarán en entidades de prestigio y reconocidas por La Municipalidad. Proveerse con la debida anticipación de todos los equipos, materiales y elementos necesarios que se necesitarán para el real cumplimiento la ejecución de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así comolos trabajos. Proporcionar una oficina provisional con las dimensiones necesarias, para el suministro uso del Supervisor de LA MUNICIPALIDAD. Proporcionar la cantidad de maquinaria y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios equipo mínimo para la ejecución de la Obra Obra, cuyas características en rendimiento, capacidad y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes potencia estarán en concordancia o equivalencia con la oferta presentada. Mantener obligatoriamente asegurado a su cargo personal en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboralel Seguro Social de Salud (ESSALUD), previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad desde el comienzo de la industria obra hasta su conclusión, para cubrir la atención de la construcción en el sitio de obra enfermedades y/o campamentos accidentes de trabajos. Asumir y responder exclusivamente del pago de remuneraciones, indemnizaciones, seguros y demás beneficios que establezca establezcan las leyes sociales por motivo el personal a su servicio y por los impuestos y contribuciones y aportaciones que le correspondan por los trabajadores; debiendo actuar LA MUNICIPALIDAD en estas materias tributarias como Agente Fiscalizador conforme a la normatividad vigente, pues es propósito de este contratolas partes que los derechos de sus servidores deben ser de cuenta exclusiva de EL CONTRATISTA, requisito éste necesario para el pago de la Primera cuota de la Valorización. No podrá transferir parcial o totalmente la ejecución de la Obra, salvo autorización expresa de LA MUNICIPALIDAD mediante comunicación escrita, previa solicitud de EL CONTRATISTA. La celebración de cualquier subcontrato no libera a EL CONTRATISTA de su responsabilidad que le puede corresponder al subcontratista. Para ser subcontratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no estar incluido en el Registro de Inhabilitados pata contratar con el Estado. En todo caso la Subcontratación se regirá por lo establecido en los Artículos 38° de la LEY y 208° del REGLAMENTO. Responsabilizarse de la adecuada conservación de la obra, así como del cumplimiento de las disposiciones y reglamentos del Gobierno Municipal y del Gobierno Central relacionados a trabajos en la vía pública, en forma tal que no de lugar a reclamos del vecindario ni a sanciones ni multas por infracción de tales disposiciones, así como cualquier otro tipo de responsabilidades. Responsabilizarse de todo daño a los servicios públicos básicos: agua potable, alcantarillado, instalaciones eléctricas, teléfono y otros; de ser el caso, serán ejecutadas por EL CONTRATISTA, en el lapso de 48 horas de ocurrido el percance contando con el visto bueno del Supervisor; si transcurrido tres días naturales no se repara la(s) avería(s), LA MUNICIPALIDAD procederá a su reparación con cargo a las valorizaciones y/o saldos pendientes de EL CONTRATISTA. Entregar a LA MUNICIPALIDAD, el original y dos juegos de copias de los Planos de Replanteo de la obra terminada y Metrados Post Construcción, para efectos de Recepción de Obra. En caso de incumplimiento no procederá la Recepción de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absueltoObra. El contratista queda obligado a dar cumplimiento Cartel será hecho de los pedidos Triplay nuevo y exigencias el bastidor de la supervisióndicho cartel con madera, cuya sección tengan las dimensiones que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que se indican en el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte formato del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obraExpediente Técnico, si EL CONTRATISTA no ha sido aprobado el expediente técnico cumple con la resolución correspondiente lo indicado anteriormente, LA MUNICIPALIDAD, confeccionará y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere colocará dicho cartel con cargo a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadEL CONTRATISTA.

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Samples: Contrato De Ejecucion De Obra Publica a Suma Alzada

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El Será de responsabilidad del contratista deberá implementar verificar que en los Proyectos se han tenido en cuenta las acciones necesarias para el real cumplimiento disposiciones generales de carácter legal o reglamentario, así como la ley normativa técnica que resulte de contrataciones del estado y aplicación, siendo de su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones responsabilidad las consecuencias que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción deduzcan para CICC o para terceros de las mismasomisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución de dichas funciones, así como las del resto del contrato. El contratista es responsable quedará obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, al cumplimiento de todo lo concerniente las disposiciones vigentes, así como las que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato, especialmente en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, afiliando a la obtención Seguridad Social y teniendo asegurado en accidentes de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes trabajo a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en todo el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este personal destinado al cumplimiento del contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener Dicho personal dependerá exclusivamente del contratista, el monto reclamado cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo CICC ajena a dichas relaciones laborales. Por tanto, el incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para CICC. En cualquier caso, el contratista indemnizará a CICC de toda cantidad que ésta se viera obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absueltoadministrativa. El contratista queda vendrá obligado a dar cumplimiento contar con una oficina de Proyecto, con una superficie y dotación de medios informáticos y comunicaciones suficientes para el objeto del contrato, en el lugar de prestación y durante el plazo de ejecución del mismo. El contratista estará obligado a ejecutar las prestaciones de G.I.P.C. en la forma determinada en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El contratista estará obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo, así como de los pedidos y exigencias plazos parciales exigidos para su ejecución sucesiva. La información, documentación, planos, archivos o especificaciones en cualquier soporte facilitadas por CICC al contratista para la ejecución del contrato deberán ser consideradas por éste como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcialmente, de publicación, difusión, utilización para finalidad distinta de la supervisiónejecución del contrato, comunicación o cesión a terceros. El contratista asumirá la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la documentación, cualquiera que sea el soporte empleado, que sean solicitados se le entregue para la ejecución del contrato y, con sujeción ello, adquiere el compromiso de que ni la documentación ni la información que ella contiene, llegue en ningún caso a poder de terceras personas ajenas a la ejecución del contrato. El contratista asumirá la obligación de informar al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, personal a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización su servicio de los trabajos deberes de reserva y demás actividades correspondientes sigilo que adquiere por el presente contrato. El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores por el contratista o por el personal a su servicio, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran ser exigibles por aplicación de lo dispuesto en el artículo 199 del Código Penal, o de las responsabilidades derivadas de la obraLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dará lugar a que aquél abone una pena convencional, que se fija en un 10% del importe del contrato. En todo caso, el contratista se ajustara estrictamente a será responsable de los plazos consignados daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones contenidas en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico esta Cláusula pudieran derivarse para CICC o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadterceras personas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Para La Contratación, Por Procedimiento Abierto, De La Gestión Integrada Del Proyecto Y Construcción Para La Renovación Arquitectónica De La Antigua Fábrica De Tabacos en San Sebastián, Para Su Transformación en Centro Cultural

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar Uno. Además de las acciones obligaciones descritas en el presente contrato y sus anexos, el CONTRATISTA está obligado a: - Ajustarse a las directrices establecidas por la Dirección Facultativa. - Proporcionar en todo momento la información que le sea requerida por la Dirección Facultativa respecto a la oferta y cualquier aspecto relacionado con los trabajos a desarrollar. - Preparar, junto con la Dirección Facultativa las certificaciones parciales de obra y la propuesta de liquidación final de los trabajos de la Fase correspondientes. - Mantener limpio el espacio en el que se van a efectuar los trabajos, adoptando todas las medidas necesarias para el real cumplimiento que ofrezca un correcto estado de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambientallimpieza, higiene y seguridad seguridad. - Deberá realizar, a su cargo, los ensayos y controles que la Dirección Facultativa juzgue necesarios para asegurar la calidad y comprobar que respondan a las condiciones que se prescriben en el proyecto, en una cuantía equivalente, al menos, al 1% del presupuesto de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligaciónobra, y con reclamo debidamente justificado y probadoen todo caso, los que haya ofertado. El Plan de control deberá ser validado en todo caso por la entidad podrá retener Dirección facultativa. No existirá limitación de ningún tipo corriendo íntegramente por cuenta del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor los gastos derivados de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, controles que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar necesarios realizar como consecuencia de defectos en la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento calidad y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra. - Deberá instalar, si no ha sido aprobado a su xxxxx, las señales indicativas de obras, peligro, precaución, desviación y otras, de conformidad con lo dispuesto en el expediente técnico con la resolución correspondiente Código de Circulación y aperturado adoptar todas las precauciones precisas desde el cuaderno comienzo de obralas obras hasta su total terminación, siendo responsable de cualquier accidente motivado por el incumplimiento de esta cláusula. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con A todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra efectos, y en la zona de la obra sea notificado de inmediato lo referente a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado alguna posible sinaléctica relacionada con el proyectotráfico se respetarán las condiciones que definan los Servicios Municipales. Para el caso de que no se instale la señalización referida por el CONTRATISTA, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponerpodrá hacerlo la FUNDACIÓN, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a corriendo los intereses de la entidad, ni después de la culminación gastos por cuanta del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadcontratista.

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Samples: Pliego De Condiciones Económico Administrativas Para La Contratación Del Proyecto De

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones está obligado a conservar y a tener a disposición del estado y su reglamentoDirector, en todo momento, el Reglamento Nacional "Libro de EdificacionesOrdenes" donde deberá consignar las visitas, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro incidencias y transporte de materiales y equipos, acciones órdenes que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar produzcan durante el contratista por infracción desarrollo de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista estará obligado por sí o por medio de su delegado a firmar el oportuno acuse de recibo de tales instrucciones. En el acto de recepción se obliga exigirá la presentación del “Libro de Ordenes” debidamente cumplimentado, el cual pasará al poder de la Administración una vez efectuada la recepción. Igualmente el contratista está obligado a cumplir conservar en obra un ejemplar del Plan de Seguridad y Salud aprobado, a disposición permanente de las personas u Órganos con responsabilidad en materia de prevención. Son de cuenta del contratista, además del abono de los gastos correspondientes a los anuncios de licitación publicados en los Boletines Oficiales y/o en un único medio de difusión de prensa diaria, las tasas por prestación de los trabajos facultativos de replanteo, dirección, inspección y liquidación de las obras y cualesquiera otras que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. Asimismo, correrán de cuenta del contratista los posibles gastos por verificación y ensayo de materiales y unidades de obra derivados del proyecto de control de calidad hasta un importe máximo del 1% del presupuesto que se contrata. Serán de cuenta y a xxxxx del contratista la realización de las gestiones, pago de todos los procedimientos gastos, tasas, arbitrios, etc., enganches a redes y servicios, acometidas provisionales y definitivas y, en general, todo lo necesario para el funcionamiento adecuado y legalizado de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra las instalaciones. El contratista está obligado a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de la obra sea notificado de inmediato posible peligro debido a la supervisiónmarcha de aquéllos, quien notificara a tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones. Del mismo modo, desde el inicio de las obras el adjudicatario hará figurar en la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera señalización que identifique las mismas, carteles identificativos de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra obras en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadtérminos establecidos por esta Administración.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Obras De Urbanización Del Sector Santa Ana 2013 Por Procedimiento Abierto, Tramitación Urgente

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes: El contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la entidad contratante y respetarque fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no teniendo podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obraadministración. El contratista se obliga compromete durante la ejecución del contrato, a cumplir facilitar a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con todos la ejecución del contrato, así como de los procedimientos eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de interés histórico las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos. Los delegados o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona responsables técnicos de la obra sea notificado entidad contratante, como el administrador del contrato,deberán tener el conocimiento suficiente de inmediato a la supervisiónejecución del contrato, quien notificara a así como la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre eventual realizaciónde ulteriores desarrollos. Para el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyectoefecto, el contratista se compromete durante el tiempo de ejecucióncontractual, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato. Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en forma irrevocable el en el pliego, y cumplir con el porcentaje mínimo de valor agregado ecuatoriano ofertado. El CONTRATISTA está obligado a guardar confidencialidad cumplir con cualquiera otra que se derive natural y no disponerlegalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, no hacer uso adquiriendo, respecto de ella sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en ningún momentola ejecución del contrato, para fines distintos a los intereses ni con el personal de la entidadsubcontratista. EL CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, ni después a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de la culminación del proyectoseguridad industrial y salud ocupacional, sin previa autorización escrita de la entidadseguridad social, laboral, etc.

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Samples: www.gobiernodechambo.gob.ec

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar Ejecutar la obra en estricta conformidad con los planos, especificaciones técnicas, bases generales, calendario de avance de obra, calendario se adquisición de materiales, cronograma de desembolso y demás documentos del Expediente Técnico de Obra, que forman parte del presente contrato. Proveerse con la debida anticipación de todos los equipos, materiales y elementos necesarios que se necesitarán para la ejecución de los trabajos. Proporcionar una oficina provisional con las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así comodimensiones necesarias, para el suministro uso del Ingeniero inspector o Supervisor del Gobierno Regional de Tumbes. Proporcionar la cantidad de maquinaria y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios equipo mínimo para la ejecución de la Obra Obra, cuyas características en rendimiento, capacidad y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes potencia estarán en concordancia o equivalencia con la oferta presentada. Mantener obligatoriamente asegurado a su cargo personal en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboralel Seguro Social de Salud (ESSALUD), previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad desde el comienzo de la industria obra hasta su conclusión, para cubrir la atención de la construcción en el sitio de obra enfermedades y/o campamentos accidentes de trabajos. Asumir y responder exclusivamente del pago de remuneraciones, indemnizaciones, seguros y demás beneficios que establezca establezcan las leyes sociales por motivo el personal a su servicio y por los impuestos y contribuciones y aportaciones que le correspondan por los trabajadores; debiendo actuar la DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION TUMBES en estas materias tributarias como Agente Fiscalizador conforme a la normatividad vigente, pues es propósito de este contratolas partes que los derechos de sus servidores deben ser de cuenta exclusiva de EL CONTRATISTA, requisito éste necesario para el pago de la Primera Valorización. No podrá transferir parcial o totalmente la ejecución de la Obra, salvo autorización expresa a la DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION TUMBES mediante comunicación escrita, previa solicitud de EL CONTRATISTA. La celebración de cualquier subcontrato no libera a EL CONTRATISTA de su responsabilidad que le puede corresponder al subcontratista. Para ser subcontratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no estar incluido en el Registro de Inhabilitados pata contratar con el Estado. En todo caso la Subcontratación se regirá por lo establecido en los Artículos 38° de la LEY y 208° del REGLAMENTO. Responsabilizarse de la adecuada conservación de la obra, así como del cumplimiento de las disposiciones y reglamentos del Gobierno Municipal y del Gobierno Central relacionados a trabajos en la vía pública, en forma tal que no de lugar a reclamos del vecindario ni a sanciones ni multas por infracción de tales disposiciones, así como cualquier otro tipo de responsabilidades. Responsabilizarse exclusivamente de todo daño que por acción, omisión o negligencia, haya ocasionado a personas, propiedades muebles o inmuebles de terceros, que se deriven de los contratos de construcción. Entregar a la DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION TUMBES, el original y dos juegos de copias de los Planos de Post Construcción y los Metrados Post Construcción, para efectos de Recepción de Obra. En caso de incumplimiento no procederá la Recepción de esta obligaciónObra. El Cartel será hecho de Triplay nuevo y el bastidor de dicho cartel con madera, y cuya sección tengan las dimensiones que se indican en el formato del Expediente Técnico, si EL CONTRATISTA no cumple con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratistalo indicado anteriormente, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION TUMBES, confeccionará y colocará dicho cartel con cargo a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadEL CONTRATISTA.

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Samples: Contrato De Ejecucion De Obra

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar Ejecutar la obra en estricta conformidad con los planos, especificaciones técnicas, bases generales, calendario de avance de obra, calendario se adquisición de materiales, cronograma de desembolso y demás documentos del Expediente Técnico de Obra, que forman parte del presente contrato. Proveerse con la debida anticipación de todos los equipos, materiales y elementos necesarios que se necesitarán para la ejecución de los trabajos. Proporcionar una oficina provisional con las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así comodimensiones necesarias, para el suministro uso del Ingeniero inspector o Supervisor del Gobierno Regional Tumbes. Proporcionar la cantidad de maquinaria y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios equipo mínimo para la ejecución de la Obra Obra, cuyas características en rendimiento, capacidad y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes potencia estarán en concordancia o equivalencia con la oferta presentada. Mantener obligatoriamente asegurado a su cargo personal en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboralel Seguro Social de Salud (ESSALUD), previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad desde el comienzo de la industria obra hasta su conclusión, para cubrir la atención de la construcción en el sitio de obra enfermedades y/o campamentos accidentes de trabajos. Asumir y responder exclusivamente del pago de remuneraciones, indemnizaciones, seguros y demás beneficios que establezca establezcan las leyes sociales por motivo el personal a su servicio y por los impuestos y contribuciones y aportaciones que le correspondan por los trabajadores; debiendo actuar EL GOBIERNO REGIONAL TUMBES en estas materias tributarias como Agente Fiscalizador conforme a la normatividad vigente, pues es propósito de este contrato. En caso las partes que los derechos de incumplimiento sus servidores deben ser de esta obligacióncuenta exclusiva De EL CONTRATISTA, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, requisito éste necesario para el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias pago de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/Primera Valorización. No podrá transferir parcial o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar totalmente la ejecución de la Obra, salvo autorización expresa del GOBIERNO REGIONAL TUMBES mediante comunicación escrita, previa solicitud de EL CONTRATISTA. La celebración de cualquier subcontrato no libera a EL CONTRATISTA de su responsabilidad que le puede corresponder al subcontratista. Para ser subcontratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no estar incluido en el Registro de Inhabilitados pata contratar con el Estado. En todo caso la Subcontratación se regirá por lo establecido en los Artículos 38° de la LEY y 208° del REGLAMENTO. Responsabilizarse de la adecuada conservación de la obra, si así como del cumplimiento de las disposiciones y reglamentos del Gobierno Municipal y del Gobierno Central relacionados a trabajos en la vía pública, en forma tal que no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obralugar a reclamos del vecindario ni a sanciones ni multas por infracción de tales disposiciones, así como cualquier otro tipo de responsabilidades. Con la apertura del cuaderno Responsabilizarse exclusivamente de obratodo daño que por acción, el contratista se somete al seguimiento y control omisión o negligencia, haya ocasionado a personas, propiedades muebles o inmuebles de la supervisión en todo lo terceros, que se refiere a la obraderiven de los contratos de construcción. El contratista se obliga a cumplir Cartel será hecho de Triplay nuevo y el bastidor de dicho cartel con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo madera, cuya sección tengan las dimensiones que se descubra indican en la zona de la obra sea notificado de inmediato el formato del Expediente Técnico, si EL CONTRATSITA no cumple con lo indicado anteriormente, EL GOBIERNO REGIONAL TUMBES, confeccionará y colocará dicho cartel con cargo a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadEL CONTRATISTA.

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Samples: Contrato De Ejecucion De Obra

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA debe contar con Autorización de Funcionamiento vigente como empresa de vigilancia privada otorgada por la DISCAMEC, debidamente acreditado con copia simple. Esta Autorización de Funcionamiento deberá encontrase vigente durante el proceso de selección, durante el plazo de suscripción del contrato y durante la ejecución contractual. El contratista deberá implementar las acciones necesarias para incumplimiento de esta obligación será causal de resolución del contrato. EL CONTRATISTA debe estar inscrito en el real cumplimiento Registro Nacional de Empresas que realizan actividades de Intermediación Laboral (RENEEIL) debidamente acreditado con copia simple de la ley Constancia de contrataciones del estado y su reglamentoInscripción vigente, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción en cada una de las mismassedes donde se ejecuta el servicio. Este Registro deberá encontrase vigente durante el proceso de selección, durante el plazo de suscripción del contrato y durante la ejecución contractual. El contratista es responsable incumplimiento de todo lo concerniente a esta obligación será causal de resolución del contrato. EL CONTRATISTA debe acreditar una oficina en cada una de las sedes donde se ejecutará el servicio, con la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución copia simple de la Obra Licencia de Funcionamiento, con la finalidad de desarrollar procesos o actividades administrativas derivadas del Contrato, asegurando que todo reclamo del personal sea atendido de inmediato y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a de sueldos se efectúen en su cargo oportunidad. EL CONTRATISTA en estricta coordinación concordancia con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir el Artículo 67° del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada debe contar con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad un Seguro de la industria de la construcción en el sitio de obra Vida y/o campamentos Invalidez especial para su personal. Además en concordancia con el Artículo 13° del mismo Reglamento debe contar con locales adecuados para prestar el Servicio de Seguridad y Vigilancia Privada, donde no se desarrolle ninguna otra actividad, que establezca tenga acceso directo y obligatoriamente cuente con lo siguiente: Estudio y Plan de Seguridad formulado por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias funcionario responsable de la supervisiónconducción operativa de la empresa, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que deberá ser aprobado y visado por el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución órgano competente de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente DICSCAMEC. Almacén y aperturado el cuaderno armeros (lugar de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadcustodia xx xxxxx).

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Samples: docs.seace.gob.pe

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar Además de las acciones necesarias para el real cumplimiento que resulten de la ley de contrataciones del estado normativa aplicable y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra restantes estipulaciones y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obradocumentos contractuales, el contratista está obligado a: Asumir las modificaciones del contrato de suministro que se ajustara estrictamente produzcan por aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a los plazos consignados reclamar indemnización por dichas causas, siempre que no impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte cuantía superior, en más o en menos, al 10 % del precio primitivo del contrato, respetando IVA excluido o representen una alteración sustancial del mismo. Reponer o reparar los bienes suministrados cuando en el cronograma plazo de pagos establecidogarantía se acredite la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados en los términos del art. El 298 del TRLCSP. Tomar a su cuenta, sin derecho al cobro o devolviendo el precio recibido, los bienes suministrados si durante el plazo de garantía no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no podrá iniciar serán bastantes para lograr el fin pretendido. Deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución de del contrato a la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obrale hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. El contratista Este deber se obliga a cumplir con todos mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los procedimientos de interés histórico pliegos o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisiónel contrato establezcan un plazo xxxxx, quien notificara a la vez a la entidad acerca xxx. 000, xxxxxxx 2. del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadTRLCSP.

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Samples: www.dipuleon.es

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar Ejecutar la obra en estricta conformidad con los planos, especificaciones técnicas, bases generales, calendario de avance de obra, calendario se adquisición de materiales, cronograma de desembolso y demás documentos del Expediente Técnico de Obra, que forman parte del presente contrato. Proveerse con la debida anticipación de todos los equipos, materiales y elementos necesarios que se necesitarán para la ejecución de los trabajos. Proporcionar una oficina provisional con las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así comodimensiones necesarias, para el suministro uso del Supervisor de LA MUNICIPALIDAD. Proporcionar la cantidad de maquinaria y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios equipo mínimo para la ejecución de la Obra Obra, cuyas características en rendimiento, capacidad y efectuara los trámites correspondientespotencia estarán en concordancia o equivalencia con la oferta presentada. Asumir y responder exclusivamente del pago de remuneraciones, estando los pagos indemnizaciones, seguros y demás beneficios que establezcan las leyes sociales por derechos inherentes el personal a su cargo servicio y por los impuestos y contribuciones y aportaciones que le correspondan por los trabajadores; debiendo actuar LA MUNICIPALIDAD en estricta coordinación estas materias tributarias como Agente Fiscalizador conforme a la normatividad vigente, pues es propósito de las partes que los derechos de sus servidores deben ser de cuenta exclusiva de EL CONTRATISTA, requisito éste necesario para el pago de la Primera Valorización. No podrá transferir parcial o totalmente la ejecución de la Obra, salvo autorización expresa de LA MUNICIPALIDAD mediante comunicación escrita, previa solicitud de EL CONTRATISTA. La celebración de cualquier subcontrato no libera a EL CONTRATISTA de su responsabilidad que le puede corresponder al subcontratista. Para ser subcontratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no estar incluido en el Registro de Inhabilitados pata contratar con el Estado. En todo caso la Entidad Subcontratación se regirá por lo establecido en los Artículos 38° de la LEY y 208° del REGLAMENTO. Responsabilizarse de la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas adecuada conservación de la obra, así como del cumplimiento de las obligaciones legales disposiciones y reglamentos del Gobierno Municipal y del Gobierno Central relacionados a trabajos en materia laboralla vía pública, previsión social en forma tal que no de lugar a reclamos del vecindario ni a sanciones ni multas por infracción de tales disposiciones, así como cualquier otro tipo de responsabilidades. Responsabilizarse exclusivamente de todo daño que por acción, omisión o negligencia, haya ocasionado a personas, propiedades muebles o inmuebles de terceros, que se deriven de los contratos de construcción. Entregar a LA MUNICIPALIDAD, el original y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad dos juegos de copias de los Planos de Replanteo de la industria obra terminada y Metrados Post Construcción, para efectos de la construcción en el sitio Recepción de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contratoObra. En caso de incumplimiento no procederá la Recepción de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absueltoObra. El contratista queda obligado a dar cumplimiento Cartel será hecho de los pedidos Triplay nuevo y exigencias el bastidor de la supervisióndicho cartel con madera, cuya sección tengan las dimensiones que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que se indican en el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte formato del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obraExpediente Técnico, si EL CONTRATSITA no ha sido aprobado el expediente técnico cumple con la resolución correspondiente lo indicado anteriormente, LA MUNICIPALIDAD, confeccionará y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere colocará dicho cartel con cargo a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadEL CONTRATISTA.

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Samples: docs.seace.gob.pe

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar llevará a cabo la total realización de la obra, debiendo entregar la misma en pleno funcionamiento a satisfacción de VISESA, comprendiendo este contrato la ejecución -hasta su completa terminación- de todas las acciones obras que sean necesarias para la realización del edificio (incluso acometidas definitivas de servicios y urbanización de las parcelas), según proyecto citado anteriormente. Corresponde a la Dirección Facultativa juzgar cuándo hayan sido correctamente ejecutadas las unidades y estén en buen funcionamiento las instalaciones que comprenden las obras objeto de este contrato. Con anterioridad a la entrega de las obras, VISESA y quienes resulten adjudicatarios de las viviendas construidas inspeccionarán las mismas, en presencia de un representante del Contratista, con el real cumplimiento fin de identificar para su subsanación previa a la citada entrega, cuantas deficiencias resulten apreciables de forma notoria. A tal fin, VISESA o el adjudicatario elaborarán un listado que será entregado al Contratista inmediatamente después de la ley visita efectuada. Producida la recepción de contrataciones del estado y su reglamentolas obras, el Reglamento Nacional contratista deberá ejecutar, poniendo gratuitamente a disposición de EdificacionesVISESA cuantos técnicos y operarios sean necesarios, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables las reparaciones necesarias para la subsanación de las deficiencias que pudiesen existir en las viviendas y que fuesen detectadas por los propios usuarios a la obra; así comohora de recibirlas y habitarlas, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo por la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista Dirección facultativa o por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución EducativaVISESA. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad obtener la aprobación de la industria Propiedad antes de dar publicidad a comunicaciones, anuncios y fotografías de cualquier clase en relación con las obras adjudicadas. Igualmente el Contratista exigirá el cumplimiento de este requisito a su subcontratista y proveedores. En la construcción oferta económica se entenderán incluidos también los gastos de instalación del piso piloto a ubicar en una de las viviendas construidas, debiendo reflejarse de forma separada en el sitio de obra y/o campamentos que establezca presupuesto una partida económica correspondiente a dichos gastos, reservándose VISESA la decisión sobre su efectiva instalación y por motivo de tanto quedando condicionado el pago a este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadhecho.

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Samples: Pliego De Condiciones Que Ha De Regir El Concurso Convocado Para La Ejecución De Las Obras De Edificación De 104 Viviendas De Protección Oficial

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Son obligaciones de la contratista las siguientes: El contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la entidad contratante y respetarque fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no teniendo la entidad responsabilidadpodrá aducir error, frente a las reclamaciones a que diere lugar falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por el contratista por infracción de las mismasadministrador del contrato. El contratista es responsable se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de todo lo concerniente a un pleno conocimiento técnico relacionado con la obtención ejecución del contrato, así como de los permisos municipales necesarios eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos. Los delegados o responsables técnicos de la entidad contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar así como la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la eventual realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obraulteriores desarrollos. Para el efecto, el contratista se ajustara estrictamente compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra facilitar a las personas designadas por la entidad contratante toda la información y de adquisición de materiales documentación que formaran parte le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato. Queda expresamente establecido que constituye obligación del contratista ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en el pliego, respetando y cumplir con el cronograma porcentaje mínimo de pagos establecidoValor Agregado Ecuatoriano ofertado. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico está obligado a cumplir con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo cualquiera otra que se refiere a la obraderive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. El contratista se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley de Seguridad Social obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la contratante tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista. El contratista se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc. Cumplir con la garantía técnica (En caso de que exista). Cumplir con plan de trabajo propuesto. La empresa deberá tener disponibilidad inmediata para sustituir cualquier unidad de transporte que se encuentre fuera de servicio y que le impida cumplir con el objeto del contrato. Tener actualizados los permisos de ingresos a las diferentes instalaciones portuarias en todo el País, tanto el chofer como el vehículo. Tener permisos o alianza con empresas de transporte (País de Origen y Destino) para dar el servicio internacionalmente (ejemplo: Perú, Colombia) por si se presenta el caso. La empresa de transporte contratada deberá asumir todos los gastos y riesgos relacionados con los vehículos y los trabajadores que emplee en el servicio de transporte, en todos los aspectos. En el caso particular de sus conductores, éstos no tendrán ninguna relación laboral con ANDEC S.A. Los conductores de las unidades deben presentarse a laborar con la licencia vigente. Los vehículos tienen que estar disponibles en las diferentes provincias del País, para garantizar la respuesta inmediata al recibir el requerimiento de ANDEC S.A. especialmente en los Centros de Distribución ANDEC S.A. (Quito, Cuenca, Loja, Guayaquil). Los vehículos deberán estar en perfecto estado mecánico y operativo. El servicio deberá ser prestado las veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana, los 365 días del año. La contratista deberá entregar el usuario y clave de su rastreo satelital obligatorio al área de transporte de ANDEC S.A. para el monitoreo de las unidades mientras estén prestando su servicio. La contratista deberá otorgar el número de celular de cada uno de los conductores y de la persona responsable (coordinador de la empresa de transporte contratada) al área de transporte de ANDEC S.A. para el monitoreo de las unidades mientras estén prestando su servicio. La contratista deberá considerar dentro de sus costos la permanencia de un Coordinador durante las 24 horas del día, siete días a la semana. Dicho Coordinador asignará el o los vehículos requeridos para efectos de desarrollar el respectivo servicio. El Coordinador deberá estar disponible en todo momento. El tiempo de respuesta (disponibilidad de los vehículos en ANDEC) a la solicitud de vehículos por parte de la contratista, será de 30 a 40 minutos máximo una vez que ha recibido el requerimiento por parte del área de transporte o en casos emergentes del área usuaria del servicio. Se deberá considerar vehículos de reemplazo, para los casos de mantenimiento de vehículos de la flota solicitada y en caso que un vehículo se encuentre fuera de servicio. La contratista deberá sustituir a todo aquel conductor que ANDEC S.A. indique, debido a: manejo inapropiado, exceso de velocidad, irrespeto hacia el personal de ANDEC S.A., irrespeto a las señales de tránsito. La contratista, previo inicio del servicio, se obliga entregar a ANDEC S.A. la nómina del personal que pondrá a disposición para este contrato, adjuntando fotocopia de la licencia de conducir y certificado de antecedentes penales. La contratista, está obligada a cumplir con todos los procedimientos turnos (módulo de interés histórico o transporte) asignados por ANDEC, tanto para el área de otra naturaleza o despacho como de valor significativo que se descubra en la zona captación de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadmaterial ferroso.

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Samples: Modelo De Pliegos De Régimen Especial

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las acciones necesarias para condiciones que hayan sido establecidas y mediante el real cumplimiento abono, en su caso, de la ley contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. - Cuidar el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional los poderes de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables policía atribuidos a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones administración. - Indemnizar los daños que se compromete causen a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción terceros como consecuencia de las mismasoperaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. - Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. - Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. - Obligaciones laborales y sociales. El contratista es responsable está obligado al cumplimiento de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos disposiciones vigentes en materia laboral, previsión de seguridad social y sanitariade prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, impacto ambientalesta obligación se considera esencial. En particular, higiene a título de ejemplo, respecto de los medios personales, se tendrá en cuenta que el adjudicatario está obligado a disponer del personal adecuado a la normativa legal vigente en la materia de Centros de Educación infantil tanto en número como en cualificación, cumpliendo siempre la ratio Profesor-Alumnos que sobre la materia marca la legislación en vigor. ( Actualmente con arreglo a lo establecido en el artículo 16 del decreto 149/2009, de 12 xx xxxx) Los Centros educativos del primer ciclo deberán de contar con profesionales que posean el título de maestro con la especialización en educación infantil o el titulo de grado equivalente. Asimismo deberán de contar para la atención educativa y seguridad asistencial del alumnado con personal cualificado que posea el título de técnico superior en educación infantil o cualquier otro título declarado equivalente a efectos académicos y profesionales. A tal efecto, teniendo en cuenta para la Escuela Infantil de Deifontes que el número de unidades escolares actualmente aprobadas son 3 deberá de contar, al menos, con 3 personas y una más (4 en total) y al menos una de ellas deberá de estar en posesión del título de maestra especialista en educación infantil. De acuerdo con el artículo 64.2 TRLCSP, las empresas licitadoras asumen el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, y cuya efectiva adscripción se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.g) de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contratoTRLCSP. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. - El contratista queda está obligado a dar al cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra requisitos previstos en la zona normativa aplicable para los supuestos de la obra sea notificado subcontratación. - Gastos exigibles al contratista. Son de inmediato a la supervisióncuenta del contratista cualesquiera gastos que resulten de aplicación, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento según los Pliegos y determinar la manera de proceder de acuerdo a según las disposiciones vigentes sobre en la forma y cuantía que éstas señalen. -Las generales previstas en el particularartículo 280 del RDL 3/2011 y en los Pliegos 15.3.- OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACION. Respecto - Poner a disposición del contratista los medios necesarios para la documentación prestación del servicio que obra se señalan en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete los Pliegos. -Abonar al concesionario puntualmente la aportación que reciba de la Junta de Andalucía en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso concepto de ella en ningún momento, para fines distintos bonificación a los intereses usuarios, (salvo que se produzca retención por penalidades u otras obligaciones del concesionario y previa audiencia cuando corresponda) -El resto que se deriven de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadnormativa y los Pliegos.

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Samples: Contrato De La Gestión De La Escuela Infantil Del Ayuntamiento De Deifontes “ Nacimiento

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar Ejecutar la obra en estricta conformidad con los planos, especificaciones técnicas, bases generales, calendario de avance de obra, calendario se adquisición de materiales, cronograma de desembolso y demás documentos del Expediente Técnico de Obra, que forman parte del presente contrato. Proveerse con la debida anticipación de todos los equipos, materiales y elementos necesarios que se necesitarán para la ejecución de los trabajos. Proporcionar una oficina provisional con las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así comodimensiones necesarias, para el suministro uso del Ingeniero inspector o Supervisor del Gobierno Regional Tumbes. Proporcionar la cantidad de maquinaria y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios equipo mínimo para la ejecución de la Obra Obra, cuyas características en rendimiento, capacidad y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes potencia estarán en concordancia o equivalencia con la oferta presentada. Mantener obligatoriamente asegurado a su cargo personal en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboralel Seguro Social de Salud (ESSALUD), previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad desde el comienzo de la industria obra hasta su conclusión, para cubrir la atención de la construcción en el sitio de obra enfermedades y/o campamentos accidentes de trabajos. Asumir y responder exclusivamente del pago de remuneraciones, indemnizaciones, seguros y demás beneficios que establezca establezcan las leyes sociales por motivo el personal a su servicio y por los impuestos y contribuciones y aportaciones que le correspondan por los trabajadores; debiendo actuar EL GOBIERNO REGIONAL TUMBES en estas materias tributarias como Agente Fiscalizador conforme a la normatividad vigente, pues es propósito de este contrato. En caso las partes que los derechos de incumplimiento sus servidores deben ser de esta obligacióncuenta exclusiva de EL CONTRATISTA, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, requisito éste necesario para el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias pago de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/Primera Valorización. No podrá transferir parcial o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar totalmente la ejecución de la Obra, salvo autorización expresa del GOBIERNO REGIONAL TUMBES mediante comunicación escrita, previa solicitud de EL CONTRATISTA. La celebración de cualquier subcontrato no libera a EL CONTRATISTA de su responsabilidad que le puede corresponder al subcontratista. Para ser subcontratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no estar incluido en el Registro de Inhabilitados pata contratar con el Estado. En todo caso la Subcontratación se regirá por lo establecido en los Artículos 38° de la LEY y 208° del REGLAMENTO. Responsabilizarse de la adecuada conservación de la obra, si así como del cumplimiento de las disposiciones y reglamentos del Gobierno Municipal y del Gobierno Central relacionados a trabajos en la vía pública, en forma tal que no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obralugar a reclamos del vecindario ni a sanciones ni multas por infracción de tales disposiciones, así como cualquier otro tipo de responsabilidades. Con la apertura del cuaderno Responsabilizarse exclusivamente de obratodo daño que por acción, el contratista se somete al seguimiento y control omisión o negligencia, haya ocasionado a personas, propiedades muebles o inmuebles de la supervisión en todo lo terceros, que se refiere a la obraderiven de los contratos de construcción. El contratista se obliga a cumplir Cartel será hecho de Triplay nuevo y el bastidor de dicho cartel con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo madera, cuya sección tengan las dimensiones que se descubra indican en la zona de la obra sea notificado de inmediato el formato del Expediente Técnico, si EL CONTRATSITA no cumple con lo indicado anteriormente, EL GOBIERNO REGIONAL TUMBES, confeccionará y colocará dicho cartel con cargo a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadEL CONTRATISTA.

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Samples: Contrato De Ejecucion De Obra

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar al cumplimiento de los pedidos y exigencias las determinaciones reflejadas en el pliego de prescripciones técnicas particulares, así como las que se deriven de su oferta. En las relaciones con la Administración contratante se empleará normalmente el euskera. A efectos de la supervisiónejecución del contrato se entiende por emplear "normalmente el euskera", lo siguiente: a) en las comunicaciones verbales, el personal con conocimiento de euskera que sean solicitados en funciones de ejecución del contrato se dirija a la Administración contratante se expresará inicialmente en esta lengua. Si la Administración contratante se dirige en euskera al personal adscrito a la ejecución del contrato que no tenga conocimientos suficientes de esta lengua, la empresa encargada de la ejecución habrá de facilitar inmediatamente los medios o personal con sujeción al contratocapacitación lingüística en euskera necesarios para que la relación con la Administración derivada de la ejecución del contrato pueda desarrollarse en euskera; y, debiéndole proporcionar la supervisión b) las facilidades y/o elementoscomunicaciones escritas se redactarán en euskera y castellano salvo que quien ejecute el contrato opte por el euskera. Los estudios, a fin informes, proyectos u otros trabajos que constituyan el seguimiento objeto del contrato se realizarán en ambas lenguas oficiales, incluidos los interfaces textuales y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización sonoros de los trabajos diferentes software. En aquellos contratos que incluyan la prestación de servicios o relaciones con terceras personas o la ciudadanía en general, la lengua utilizada en la comunicación, tanto oral como escrita, entre la empresa encargada de la ejecución y demás actividades correspondientes las personas usuarias o con las que haya de relacionarse en ejecución del contrato será aquella que elija la persona usuaria o tercera, en cada caso. Cuando no conste expresamente opción alguna, las notificaciones y comunicaciones de todo tipo que la empresa encargada de la adjudicación dirija a personas físicas y jurídicas se realizarán en las dos lenguas oficiales, incluyendo las facturas y otros documentos de tráfico, sin perjuicio de que en cualquier momento el ciudadano o ciudadana pueda ejercer su derecho a la obra, opción de lengua y pueda demandar el contratista uso de una sola de las lenguas oficiales. Especialmente se ajustara estrictamente a los plazos consignados dará prioridad al euskera en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere aquellos servicios dirigidos a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadpoblación joven e infantil”.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio “Gazte Elkargunea

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y en las Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas y demás documentos habilitantes que forman parte de este instrumento, el CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. El contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en las Leyes de Seguridad Social, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la ley calidad de contrataciones del estado y su reglamentopatrono, sin que el Reglamento Nacional SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS, SECOB, tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de Edificacioneslos trabajos, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para ni con el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones personal que pudiere estar subcontratado. El CONTRATISTA se compromete a cumplir ejecutar la obra sobre la base de las Condiciones Generales y respetarEspecificaciones Técnicas que le fueron entregados por el SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS, SECOB, en tal virtud, no teniendo podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos, como causal para solicitar prórroga o ampliación del plazo, contratación de rubros nuevos o contratos complementarios. Los eventos señalados se podrán autorizar y contratar solo si fueren solicitados por la entidad responsabilidadfiscalización y aprobados por el Administrador del Contrato. Es obligación del CONTRATISTA el utilizar todos los sistemas informáticos y de control implementados por el SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS, frente SECOB y de ser el caso acudir a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción reuniones de las mismastrabajo. El CONTRATISTA deberá ejecutar un Plan de Manejo Ambiental y cumplir con la normativa ambiental aplicable y de Seguridad Ocupacional y Seguridad Industrial vigente. El contratista es responsable a través de todo lo concerniente su especialista ambiental presentará informes mensuales de cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental correspondientes a la obtención fase constructiva, según formato que se adjunta y que será entregado al contratista previo al inicio de las obras. Los lineamientos mencionados anteriormente deben cumplirse a cabalidad, considerando que estas son exigencias del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) como ente que financia y supervisa este tipo de proyectos. El contratista debe garantizar las condiciones de higiene de los permisos municipales necesarios trabajadores, por lo que deberá adecuar un espacio destinado para la implementación xx xxxxx provisionales en obra cuyas descargas serán dirigidas al sistema de alcantarillado existente. El CONTRATISTA deberá instalar, a su xxxxx, todos los letreros informativos, avisos de peligro y precaución y demás advertencias necesarias, requeridas en el contrato y por las leyes vigentes, para la debida protección al público, personal de Fiscalización y de la misma, especialmente si los trabajos afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos, para lo cual los diseños serán entregados por el SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS, SECOB. El CONTRATISTA deberá observar lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 1669, publicado en el Registro Oficial No. 578 de 27 xx xxxxx de 2009, esto es dar prioridad a la contratación de la mano de obra local, calificada y registrada en la Red Socio Empleo (Unidad Adscrita al Ministerio de Relaciones Laborales) durante todo el período de ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientesobra. Para el efecto incluirá un porcentaje mínimo de 25% de su nómina de mano de obra que laborará en la ejecución del presente contrato, estando los pagos proveniente del programa de la Red Socio Empleo, esto según lo dispuesto por derechos inherentes a su cargo el Ministerio Coordinador de Desarrollo Social, según consta en estricta coordinación con oficio Nro. MCDS-XXXX-0000-0000-OF de 18 de julio de 2012. En el evento de que la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá Red Socio Empleo no disponga del personal suficiente que le permita al CONTRATISTA cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad dicho porcentaje de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probadotrabajadores, la entidad podrá retener Red Socio Empleo emitirá una certificación por escrito sobre el particular, la que deberá ser entregada por el CONTRATISTA al Administrador del contratistaContrato. Corresponde al CONTRATISTA proporcionar la dirección técnica, proveer la mano de obra, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor equipo y maquinaria requerida y los materiales necesarios para ejecutar debidamente la obra, de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento acuerdo al cronograma de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización ejecución de los trabajos y demás actividades correspondientes dentro del plazo convenido, a entera satisfacción del SERVICIO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS, SECOB. El CONTRATISTA debe renovar las garantías que con motivo de este contrato ha rendido a favor de la obra, CONTRATANTE. El CONTRATISTA se compromete a presentar el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados cronograma valorado de avance de obra a la fecha de firma del contrato. Queda expresamente establecido que constituye obligación del CONTRATISTA, ejecutar conforme a las Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas, planos, diseños, todos los rubros detallados en la Tabla de adquisición Descripción de materiales Rubros, Unidades, Cantidades y Precios que formaran forma parte del presente contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar CONTRATISTA se obliga a dar cumplimiento a la Resolución No. 16, emitida por el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia de fecha 18 xx xxxxxx de 2008 relativo a “Trabajos Prohibidos para Adolescentes y Menores”. El CONTRATISTA deberá coordinar con el GAD Municipal Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga de la provincia de Cotopaxi, los respectivos permisos para proceder a la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno . El CONTRATISTA deberá entregar los planos de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control construcción de la supervisión en todo lo que se refiere obra como fue ejecutada (AS-BUILT) previo a la solicitud de recepción provisional de la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos Se entregará un juego de interés histórico o originales impresos y una copia de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadplanos digitales.

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Samples: Pliego Cp Obras Jul.2014

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. La prestación de los servicios contratados se ajustará a las especificaciones detalladas en los pliegos, a las instrucciones que DISPAC curse al oferente, a las normas y prescripciones de las reglamentaciones administrativas que estén o entren en vigor hasta la terminación del contrato y a los precios unitarios cotizados. Todo movimiento, ingresos y retiros del personal que presentó el CONTRATISTA en su oferta como plantilla mínima, debe ser previamente autorizado por el interventor del DISPAC. El contratista deberá implementar CONTRATISTA se obliga a mantener un control sobre la identificación de sus trabajadores, para lo cual emitirá y suministrará los documentos que sean necesarios reportando al DISPAC la entrega y restitución xx xxxxxx debidamente codificados y numerados. Igualmente controlará a su personal con el propósito que éstos usen el uniforme de identificación, equipos de seguridad y protección necesario para el desarrollo de las acciones actividades. El CONTRATISTA se obliga a transportar hasta el lugar de la prestación de los servicios de su Personal el aporte de los medios y el establecimiento de las medidas y disposiciones necesarias para atender en condiciones óptimas conforme al reglamento de higiene y seguridad del personal en el real cumplimiento lugar de prestación de los servicios. Es responsabilidad del CONTRATISTA la preparación y entrega a DISPAC, con la anticipación necesaria para su utilización, de la ley de contrataciones documentación e informes inherente al cumplimiento del estado contrato. Será responsabilidad del CONTRATISTA el total y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el correcto suministro y transporte de materiales y equiposelementos a él requeridos, acciones el suministro de transporte para personas y materiales, la protección de los elementos a él encomendados por DISPAC S.A. E.S.P., el mantenimiento y vigilancia en sus depósitos y almacenes, etc. El CONTRATISTA responderá ante las DISPAC S.A. E.S.P. y/o ante terceros por los perjuicios que se compromete causen a cumplir y respetarpersonas o bienes por su culpa, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista o por infracción negligencia o descuido de las mismaspersonas que tenga bajo su dependencia para el desarrollo del proyecto. Los daños que se causen deberán ser reparados a satisfacción de la DISPAC S.A. E.S.P. y se presentarán los paz y salvos respectivos siempre a la Interventoría del contrato. El CONTRATISTA, se obliga antes de iniciar las labores del contrato a coordinar y realizar una reunión de socialización del proyecto, con las fuerzas vivas de las comunidades que serán beneficiadas con la ejecución del contrato, con el propósito de difundir información entre la comunidad sobre todo lo relacionado con el proyecto que se va a ejecutar, las bondades, beneficios, tiempos de ejecución y posibles horarios de suspensiones de energía como consecuencia de la ejecución del los proyecto, la reunión deberá quedar documentada y entregarse al Interventor. El contratista es responsable informará al ejército nacional de todo lo concerniente Colombia sobre el proyecto que va a realizar y las zonas por donde se desplazaran durante el tiempo de ejecución del contrato. EL CONTRATISTA, se obliga a que en las zonas donde la obtención postería esté o vaya a quedar ubicada a 14 metros del eje de la vía para vías de primer orden; a 11 metros del eje de la vía para vías de segundo orden o a 9 metros del eje de la vía para vías de tercer orden; o menos, señalizarlos con pintura reflectiva, para minimizar los permisos municipales riesgos a que estén expuestos los usuarios de la vía. Esta señalización se hará directamente sobre el poste por medio de bandas negras y xxxxxxxxx reflectivas alternadas, inclinadas 45 grados con la vertical cayendo hacia el lado de circulación del tránsito, con un ancho de 0,20 m y en una altura de 1,0 m medido a partir de la cota del terreno; finalizando con un anillo en lámina reflectiva grado ingeniería de color amarillo con un ancho de 0,20 m.” Consultar el orden de las vías será responsabilidad del CONTRATISTA. Es responsabilidad del CONTRATISTA en cabeza del representante legal suscribir todos los contratos necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obralas labores contractuales (arrendamiento de vehículos, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición habitación, bodega, alquiler de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma entre otros) Los costos de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra estas actividades deben estar inmersos en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca propuesta del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadCONTRATISTA.

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Samples: Pliego De Condiciones

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetara observar lo establecido en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción así como de las mismas. El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para otras disposiciones legales vinculadas durante la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes las prestaciones a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboralcargo; obligándose a dotar, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra proveer y/o campamentos administrar a cada uno de sus trabajadores los implementos de seguridad que establezca por motivo corresponda de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción acuerdo al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades grado y/o elementos, a fin nivel de riesgo que pueda evidenciarse en el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante desarrollo de las actividades propias de la realización presente contratación Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXX Xxxxxx FAU 20131312955 soft dentro de las instalaciones de la SUNAT; así como garantizar la contratación de los trabajos y demás actividades correspondientes respectivos seguros de acuerdo a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obranormatividad vigente. El contratista se obliga compromete a cumplir con todos los procedimientos y respetar cada una de interés histórico o las medidas de otra naturaleza o seguridad previstas en el Reglamento Interno de valor significativo que se descubra Seguridad y Salud en la zona el Trabajo de la obra sea notificado SUNAT, bajo apercibimiento de inmediato resolver la Orden de Compra en el supuesto que incumpla los requisitos dispuestos por la normatividad correspondiente; documento que será entregado por la SUNAT a la supervisión, quien notificara a notificación de la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera Orden de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particularCompra. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyectoAsí también, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad cumplir y no disponera observar los “Lineamientos para la vigilancia, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses prevención y control de la entidadsalud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2”, ni después establecidos en la Resolución Ministerial N° 972-2020- MINSA y sus modificatorias o norma que lo sustituya; asimismo se compromete a implementar los protocolos sanitarios necesarios, disposiciones que dicten los sectores y autoridades competentes, así como toda normativa vinculada a la ejecución de la culminación del proyectoprestación a su cargo o algún requerimiento adicional que indique la SUNAT, sin previa autorización escrita debiendo para ello presentar la documentación que acredite su cumplimiento, previo a la provisión (entrega) de los bienes, el mismo que será validado por la División de Salud y Seguridad en el Trabajo de la entidad.SUNAT. El Plan de Vigilancia, Prevención y Control COVID-19 y demás protocolos sanitarios necesarios, tienen como objetivo minimizar los riesgos existentes que pueden generar la transmisión del COVID-19 en la actividad que desarrolla el personal del contratista, por lo que su cumplimiento es de carácter obligatorio, bajo apercibimiento de resolver el contrato en el supuesto que incumpla lo dispuesto por la normatividad correspondiente. Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXX Xxxxxx FAU 20131312955 soft

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Samples: www.sunat.gob.pe

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en el PCAP y en el PPTP, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento órgano de la ley de contrataciones contratación a través del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismasresponsable del contrato. El contratista es está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo. Durante la ejecución del contrato el contratista está obligado a facilitar a las personas designadas por la Administración, además de la información que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos, la relativa a los eventuales problemas que puedan plantearse y de los métodos y herramientas utilizados para resolverlos. El adjudicatario será responsable de todo indemnizar por los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. El adjudicatario queda obligado a aportar, para la realización del contrato, los medios humanos y materiales que sean precisos para la buena ejecución de aquél en los plazos convenidos en el contrato, de acuerdo con lo concerniente a establecido en los pliegos y en la obtención proposición presentada. El contratista será responsable de la calidad técnica de los permisos municipales necesarios trabajos que desarrolle y de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución de la Obra del contrato. Además, y efectuara durante el tiempo que sea procedente, el contratista contará con los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a medios técnicos indispensables para completar su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativalabor. El contratista deberá disponer del personal preciso y con la cualificación técnica necesaria para cumplir con todas las obligaciones derivadas del contrato. El personal adscrito al servicio dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél y los trabajadores, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Corresponderá y será de cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del contrato. El personal adscrito por el contratista a la prestación objeto del contrato, no tendrá ninguna relación laboral con la Administración, bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y reglamentos el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. En el caso de que la empresa contratista incumpla las obligaciones asumidas en relación con su personal, dando lugar a que el órgano contratante resulte sancionado o condenado, la empresa contratista deberá indemnizar a éste de todos los daños y perjuicios que se deriven de tal incumplimiento y de las actuaciones de su personal. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, previsión de seguridad social y sanitariade seguridad y salud laboral, impacto ambientalpor lo que vendrá obligado a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, higiene y seguridad de la industria de la construcción en siendo a su cargo el sitio de obra y/o campamentos gasto que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absueltoello origine. El contratista queda está obligado a dar al cumplimiento de los pedidos la normativa vigente en materia fiscal, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y exigencias de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados normativa vigente como en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales pliegos que formaran parte del contratorigen la presente contratación, respetando siendo a su cargo el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo gasto que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadello origine.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirán La Licitación De Un Contrato Mixto De Suministro E Instalación De Dos Equipos De Tanques Modulares Compactos Para La Depuradora De Moluscos Del Centro De Experimentación Pesquera en Castropol, a Adjudicar

OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá implementar dar comienzo a cada una de las acciones obras en el plazo que se indique en la notificación de la ejecución. El contratista estará obligado a ejecutar las obras en los plazos fijados, incurriendo en xxxx, por el simple transcurso de los plazos señalados, sin necesidad de intimación especial. Será por cuenta del contratista la indemnización de todos los daños que causen a terceras personas como consecuencia de las operaciones que requieran las ejecuciones de las obras, a cuyo efecto deberá suscribir una póliza de Responsabilidad Civil, con una franquicia máxima de 1.000 euros , por un importe mínimo de seiscientos mil euros (600.000). Será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen a las propiedades vecinas, que deberá dejar en el estado en que se encontraban al empezar las obras. Tomará el contratista las medidas necesarias para evitar accidentes del personal o desprendimientos de materiales que pudieran originar alguna desgracia, siendo de su cuenta las responsabilidades civiles o criminales a que diera lugar. Todos los impuestos, contribuciones, arbitrios o gravámenes establecidos por el real Estado, Provincia o Municipio que pesen sobre el Contrato serán a cargo del Contratista. Si a juicio de los técnicos de PARCEMASA no se realizasen las obras con la debida actividad o no reunieran las condiciones necesarias de toda buena construcción, se harán al Contratista las observaciones correspondientes, y si no fueran atendidas, se estará a lo dispuesto en el apartado 1.7 “Régimen Disciplinario” de este Pliego. El contratista estará obligado al cumplimiento de las obligaciones vigentes en materia de Trabajo y Seguridad Social y cualquier otra que le fuere de aplicación. PARCEMASA quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del Contratista. En todos los trabajos objeto de este contrato se cumplirán las disposiciones de la ley Ley 31/1995 de contrataciones Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E 08/11/95) y normativa que la desarrolle. También será de aplicación el reglamento vigente de Normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo, del estado Ministerio del Trabajo. Todo el personal que emplee el Contratista para la ejecución de los trabajos a que este concurso se refiere, deberá percibir, como mínimo, los haberes o jornales fijados en la correspondiente reglamentación laboral, y su reglamento, el Reglamento Nacional estará en todo momento al corriente de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables las cuotas de Seguridad Social. La Empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la obra; así comonaturaleza del trabajo contratado, para el suministro lo cual habrá de contar, como mínimo, con los medios personales en plantilla y transporte de materiales y equipos, acciones otros medios propios que se compromete señalan en este Pliego. La Empresa adjudicataria deberá disponer de un Gabinete de Proyectos, según especifica el artículo 1.4.a del presente Xxxxxx, en el que esté incorporado un arquitecto, un arquitecto técnico, y un equipo de delineación y mecanografía. El Área de Mantenimiento de PARCEMASA podrá exigir a cumplir la Empresa adjudicataria cuanta documentación estime necesaria (planos, croquis, fotografías, etc.) cuyo coste correrá a cargo del Adjudicatario, para calificar, justificar, y respetar, no teniendo controlar todas y cada una de las unidades de obra en la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción ejecución de las mismas. El contratista es responsable Serán por cuenta de todo lo concerniente a la Empresa adjudicataria la obtención de los permisos cuantas licencias, tasas y autorizaciones no municipales necesarios para fueran precisas como consecuencia de las actuaciones encomendadas a la ejecución misma, así como la realización de la Obra y efectuara los trámites correspondientestodo tipo de gestiones ante las empresas suministradoras de bienes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa. El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra materiales y/o campamentos servicios, organismos oficiales, terceros afectados y cualquier otra empresa. Toda la documentación que establezca por se genere con motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto. El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente. Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido. El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo los trabajos, y aquella que se refiere a la obra. El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona sea consecuencia de la obra sea notificado cumplimentación de inmediato las estipulaciones de este Pliego, se redactará en lengua española. La Empresa adjudicataria remitirá a la supervisiónPARCEMASA, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera informe de proceder gestión bimensual de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular. Respecto a la documentación que obra actuaciones realizadas en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidadese periodo.

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Samples: www.parcema.com