Common use of Pagas extraordinarias Clause in Contracts

Pagas extraordinarias. 1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre. 2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.

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Samples: www2.fsc.ccoo.es, fsc.ccoo.es

Pagas extraordinarias. 1. Todos los Los trabajadores sujetos a afectados por este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas percibirán dos pagas extraordinarias en los meses con la denominación de Paga xx xxxxx Xxxxxx y diciembre. 2. La Paga xx Xxxxxxx, cuya cuantía de para cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por es la suma especificada en la tabla salarial anexa. La fecha de una mensualidad xxx xxxxxxx abono de nivel profesional, del complemento las pagas será la de antigüedad 30 xx xxxxx la paga xx xxxxxx y complemento 15 de retribución personal de antigüedad, y de diciembre la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura paga xx Xxxxxxx. Las pagas extras establecidas en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del añopresente artículo, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el se devengarán día a día y se abonarán en proporción al tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos no devengándose en las ausencias injustificadas. El período de devengo será de julio 1 de un año enero a 30 xx xxxxx del siguiente o la paga xx xxxxxx y de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxxx xxxx xx Xxxxxxx. El personal ingresado en el transcurso del año o que cesara durante el mismo, percibirá el importe correspon- diente a este concepto prorrateando el tiempo efectivamente trabajado durante el año.

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Samples: www.juntadeandalucia.es

Pagas extraordinarias. 1. Todos los Los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen tendrán derecho a percibir sendas recibir dos pagas extraordinarias en los meses al año. Dichas pagas se abonan y se devengan de la siguiente manera: Paga xx xxxxxx: Se hará efectiva antes del 20 xx xxxxx respecto de las retribuciones percibidas por el trabajador durante el semestre anterior a su recepción, es decir, se devengará en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 xx xxxxx, y será proporcional al tiempo trabajado en ese período. Paga xx Xxxxxxx: Se hará efectiva antes del 20 de diciembre respecto de las retribuciones percibidas por el trabajador durante el semestre ante- rior a su recepción, es decir, se devengará en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre, y será proporcional al tiempo tra- bajado en ese período. 2. La cuantía de cada una El importe de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma será el equivalente al Salario Base de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y Convenio más el Plus Convenio. Aquellos trabajadores que en el momento de la entrada en vigor del I Convenio colectivo estuvieran percibiendo de forma prorrateada una paga extraordinaria xx xxxxx, consolidaron la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura estuvieran percibiendo en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del añoese momento, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx cual se incluyó dentro xxx xxx xxxxxxxxxxxxxxxx.

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Samples: Convenio Colectivo De «multiprensa

Pagas extraordinarias. 1Las gratificaciones xx Xxxxxxx y 1.º xx xxxx, se fijan cada una de ellas en la cuantía equivalente a una mensualidad de los salarios garantizados que figuran como anexo número I más el Complemento Personal (cantidad consolidada por el trabajador por la desaparecida antigüedad) y se cobrarán el 21 de diciembre y entre el 1 y 15 xx xxxx, respectivamente. Todos Las empresas y los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre. 2. La cuantía de cada una podrán pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias vendrá determinada durante las doce mensualidades. Para que surta efectos esta opción, el acuerdo deberá ser tomado por el Comité de Empresa o Delegado de Personal o por la suma mayoría de una mensualidad xxx xxxxxxx los trabajadores, si no existiese tal representación. A los efectos de nivel profesionalcálculo de las liquidaciones de las partes proporcionales de las pagas extraordinarias a aquellos trabajadores que no hayan permanecido en la empresa el año completo de devengo, el devengo de las pagas será del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad1 xx xxxx al 30 xx xxxxx, en la paga xx xxxx, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1 de enero a al 31 de diciembre del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas diciembre, en los días laborables anteriores al 0 la paga xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxXxxxxxx.

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Samples: Convenio Colectivo Hostelería

Pagas extraordinarias. 1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre. 2. La cuantía de cada una de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º de enero a 31 de diciembre del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxx.

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Samples: www.cgt-aena.org

Pagas extraordinarias. 1Las gratificaciones xx Xxxxxxx y 1ª xx xxxx, se fijan cada una de ellas en la cuantía equivalente a una mensualidad de los salarios garantizados que figuran como anexo número I más el Complemento Personal (cantidad consolidada por el trabajador por la desaparecida antigüedad) y se cobrarán el 21 de diciembre y entre el 1 y 15 xx xxxx, respectivamente. Todos Las empresas y los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre. 2. La cuantía de cada una podrán pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias vendrá determinada durante las doce mensualidades. Para que surta efectos esta opción, el acuerdo deberá ser tomado por el Comité de Empresa o Delegado de Personal o por la suma mayoría de una mensualidad xxx xxxxxxx los trabajadores, si no existiese tal representación. A los efectos de nivel profesionalcálculo de las liquidaciones de las partes proporcionales de las pagas extraordinarias a aquellos trabajadores que no hayan permanecido en la empresa el año completo de devengo, el devengo de las pagas será del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad1 xx xxxx al 30 xx xxxxx, en la Xxxx xx xxxx, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1 de enero a al 31 de diciembre del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas diciembre, en los días laborables anteriores al 0 la paga xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxXxxxxxx.

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Samples: Convenio Colectivo 2018 2022

Pagas extraordinarias. 1. Todos los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen Todo el personal tendrá derecho a percibir sendas pagas extraordinarias TRES PAGAS EXTRAORDINARIAS, cuyo importe será igual a una mensualidad xxx xxxxxxx base fijado en el presente Convenio, más el Complemento de Garantía Salarial correspondiente, y se harán efectivas en los meses xx xxxxx, xxxxx y diciembre, el día 15 de los citados meses. 2Al personal que cese o ingrese en la Empresa en el transcurso del año se le abonarán los complementos de vencimiento superior al mes antes expresados, prorrateando su importe en razón del tiempo de servicios. La cuantía Las fechas de cada una devengo de las pagas extraordinarias vendrá determinada por la suma de una mensualidad xxx xxxxxxx de nivel profesional, serán las siguientes: • Paga xx xxxxx: del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1 de enero a al 31 de diciembre diciembre. • Paga de julio: del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas en los días laborables anteriores al 0 xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxxxxxx. • Paga xx Xxxxxxx: del 1 de enero al 31 de diciembre. Las gratificaciones extraordinarias podrán prorratearse en las doce mensualidades, siempre y cuando exista acuerdo firmado entre Empresa y Trabajadores o sus representantes legales. Este acuerdo será para una, dos o las tres pagas extraordinarias.

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Samples: Patronato De La Juventud

Pagas extraordinarias. 1—Las gratificaciones xx Xxxxxxx y 1.º xx xxxx, se fijan cada una de ellas en la cuantía equivalente a una mensualidad de los salarios garantizados que figuran como anexo número I más el Complemento Personal (cantidad consolidada por el trabajador por la desaparecida antigüedad) y se cobrarán el 21 de diciembre y entre el 1 y 15 xx xxxx, respectivamente. Todos Las empresas y los trabajadores sujetos a este Convenio Colectivo tienen derecho a percibir sendas pagas extraordinarias en los meses xx xxxxx y diciembre. 2. La cuantía de cada una podrán pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias vendrá determinada durante las doce mensualidades. Para que surta efectos esta opción, el acuerdo deberá ser tomado por el Comité de Empresa o Delegado de Personal o por la suma mayoría de una mensualidad xxx xxxxxxx los trabajadores, si no existiese tal representación. A los efectos de nivel profesionalcálculo de las liquidaciones de las partes proporcionales de las pagas extraordinarias a aquellos trabajadores que no hayan permanecido en la empresa el año completo de devengo, el devengo de las pagas será del complemento de antigüedad y complemento de retribución personal de antigüedad1 xx xxxx al 30 xx xxxxx, en la paga xx xxxx, y de la cuantía establecida a tal efecto para cada nivel que figura en el Anexo II. 3. El personal que ingrese o cese durante el transcurso del año, así como el trabajador fijo discontinuo, cobrará la parte proporcional de las mismas, de acuerdo con el tiempo trabajado, y la liquidación guardará relación, respectivamente, con los periodos de 1º de julio de un año a 30 xx xxxxx del siguiente o de 1º 1 de enero a al 31 de diciembre del mismo año. 4. Las pagas extraordinarias deberán hacerse efectivas diciembre, en los días laborables anteriores al 0 la Paga xx xxxxx x xx 00 xx xxxxxxxxx xxx xxx xxxxxxxxxXxxxxxx.

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Samples: Convenio Colectivo. Hostelería