Retribuciones básicas. 1. Salario Base: es la retribución que corresponde al personal por cada mes completo de prestación de servicios según el grupo profesional al que pertenece su categoría profesional, cuya cuantía se prevé en el Anexo II del presente convenio colectivo.
Retribuciones básicas. 1.1. Salario base.
Retribuciones básicas. Art. 36 – El régimen de retribuciones básicas de los trabajadores comprendidos en este capítulo quedará estructurado sobre la base de las siguientes categorías y zonas. El pago xxx xxxxxxx se efectuará una vez vencido el período que corresponda dentro del plazo máximo de cuatro días hábiles para la remuneración mensual o quincenal. La xxxx es automática y a partir del vencimiento se calculan intereses.
Retribuciones básicas. Son retribuciones básicas:
Retribuciones básicas. 1.1.- Salario Base
Retribuciones básicas. 1. Las retribuciones básicas del personal laboral en el período de vigencia del presente Convenio serán las siguientes:
Retribuciones básicas. Salario Base.
Retribuciones básicas a) Salario base: La cuantía de las retribuciones básicas del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara son las que se fijen, para cada uno de los grupos a que hace referencia el artículo 76 y Disposición Adicional Sexta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año correspondiente. Las retribuciones básicas están compuestas por el sueldo, antigüedad y pagas extraordinarias, que se devengarán y harán efectivas de conformidad con la legislación aplicable a los funcionarios del Estado.
Retribuciones básicas. Los conceptos retributivos que las integran son: ✓ Sueldo. ✓ Trienios. ✓ Pagas extraordinarias.
Retribuciones básicas. 1.- Las retribuciones básicas agrupan: