Pagos en Dinero Cláusulas de Ejemplo

Pagos en Dinero. En las operaciones con Títulos Valores celebradas entre el INVERSOR y RENDIVALORES, o entre RENDIVALORES y terceros por cuenta del INVERSOR, en las cuales el INVERSOR deba pagar una cantidad de dinero en efectivo, el INVERSOR deberá pagar el monto total de la operación de acuerdo a la forma de pago y fecha valor prevista en la respectiva confirmación. Los pagos que deba efectuar el INVERSOR estarán sujetos a las siguientes reglas: a) Pagos Completos: Salvo que se especifique otra cosa en uno de los contratos contenidos en los demás capítulos de este documento, o en una Confirmación; el INVERSOR deberá efectuar cualquier pago a RENDIVALORES bajo cualquier operación, a más tardar a las 3:30 p.m. (hora de Caracas) en la Fecha de Pago, en fondos del mismo día, libremente disponibles y transferibles, en las cuentas bancarias que designe RENDIVALORES. Dichos pagos se harán única y exclusivamente en la moneda acordada en cada operación y especificada en la confirmación, sin deducción alguna por concepto de impuestos, cargos o retenciones, incluyendo, pero no limitado a retención de impuestos, impuesto a los débitos bancarios, impuestos a las ventas o al valor agregado. En el caso que la Ley requiera que el INVERSOR efectúe alguna deducción o cargue algún impuesto respecto de alguna cantidad o con respecto a alguna cantidad a ser pagada bajo algún contrato, el monto del pago del INVERSOR será aumentado en la medida necesaria para que después de haber efectuado todas las deducciones requeridas, RENDIVALORES reciba una cantidad igual a la que habría recibido si no se hubiesen hecho dichas deducciones.
Pagos en Dinero. (i) Las cantidades en dinero recibidas por AVS por concepto de intereses, dividendos, precios de venta u otros pagos efectuados por el emisor de los Títulos Valores, serán abonados a la Cuenta Bancaria del Cliente o a la cuenta bancaria que oportunamente indique el Cliente mediante instrucción escrita. (ii) Las transferencias de dinero que AVS deba hacer a favor del Cliente, se harán netas de cualesquiera deducciones, retenciones o cargos aplicados por el pagador o por cualquier autoridad gubernamental, todos los cuales serán a cargo del Cliente como propietario de los Títulos Valores. (iii) El Cliente acuerda, con respecto a los pagos destinados a la compra de valores a ser abonados a su Cuenta de Custodia, que los fondos para la liquidación serán abonados antes de la Fecha Valor de la operación, en fondos inmediatamente disponibles y en la moneda de la transacción respectiva, de acuerdo a lo previsto en el Capítulo I de este documento.
Pagos en Dinero. (i) Las cantidades en dinero recibidas por Winexco por concepto de intereses, dividendos, precios de venta u otros pagos efectuados por el emisor de los Títulos Valores, serán abonados a la Cuenta de Custodia de Dinero del Cliente o a la cuenta bancaria que oportunamente indique el Cliente mediante instrucción escrita. (ii) Las transferencias de dinero que Winexco deba hacer a favor del Cliente, se harán netas de cualesquiera deducciones, retenciones o cargos aplicados por el pagador o por cualquier autoridad gubernamental, todos los cuales serán a cargo del Cliente como propietario de los Títulos Valores. (iii) El Cliente acuerda, con respecto a los pagos destinados a la compra de valores a ser abonados a su Cuenta de Custodia de Valores, que los fondos para la liquidación serán abonados antes de la Fecha Valor de la
Pagos en Dinero. (i) Las cantidades en dinero recibidas por Panacorp por concepto de intereses, dividendos, precios de venta u otros pagos efectuados por el emisor de los Títulos Valores, serán abonados a la Cuenta Bancaria del Cliente o a la cuenta bancaria que oportunamente indique el Cliente mediante instrucción escrita. (ii) Las transferencias de dinero que Panacorp deba hacer a favor del Cliente, se harán netas de cualesquiera deducciones, retenciones o cargos aplicados por el pagador o por cualquier autoridad gubernamental, todos los cuales serán a cargo del Cliente como propietario de los Títulos Valores. (iii) El Cliente acuerda, con respecto a los pagos destinados a la compra de valores a ser abonados a su Cuenta de Custodia, que los fondos
Pagos en Dinero. En las operaciones con Títulos Valores celebradas entre el Cliente y BFC CASA DE BOLSA, C.A., o entre BFC CASA DE BOLSA, C.A. y terceros por cuenta del Cliente, en las cuales el Cliente deba pagar una cantidad de dinero en efectivo, el Cliente deberá pagar el monto total de la operación en la Fecha de Pago establecida en la respectiva confirmación, como condición previa a la contraprestación que BFC CASA DE BOLSA, C.A. deba efectuar al Cliente, si es el caso y salvo que las partes hayan acordado otra cosa. Los pagos en dinero estarán sujetos a las siguientes reglas: a. Pagos Completos. Salvo que se especifique otra cosa en la confirmación, el Cliente deberá efectuar cualquier pago a BFC CASA DE BOLSA, C.A. bajo cualquier operación, a más tardar, a las 10:00 a.m. (hora de Caracas) en la Fecha de Pago, en fondos del mismo día, libremente disponibles y transferibles, en las cuentas bancarias que designe BFC CASA DE BOLSA, C.A.. Dichos pagos se harán única y exclusivamente en la moneda acordada en cada operación y especificada en la confirmación, sin deducción alguna por concepto de impuestos, cargos o retenciones, incluyendo, pero no limitado a retención de impuestos, impuestos a los débitos bancarios, impuestos a las ventas o al valor agregado. En el caso que la ley requiera que el Cliente efectúe alguna deducción o cargue algún impuesto respecto de alguna cantidad o con respecto a alguna cantidad a ser pagada bajo algún contrato, el monto del pago del Cliente será aumentado en la medida necesaria para que después de haber efectuado todas las deducciones requeridas, BFC CASA DE BOLSA, C.A. reciba una cantidad igual a la que habría recibido si no se hubiesen hecho dichas deducciones. b. Lugar de Pago. Los pagos en dinero que BFC CASA DE BOLSA, C.A. deba efectuar al Cliente con motivo de la liquidación de cualquier operación celebrada entre BFC CASA DE BOLSA, C.A. y el Cliente, serán abonados a la Cuenta Bancaria del Cliente. El Cliente podrá solicitar el pago mediante una modalidad distinta a la indicada, incluyendo la transferencia a otra cuenta bancaria o mediante cheque, sin que dicha solicitud sea vinculante para BFC CASA DE BOLSA, C.A.. En todo caso, la solicitud deberá ser hecha por el Cliente en la Fecha de Transacción y, en todo caso, por lo menos tres (3) Días Hábiles antes de la Fecha de Pago. Si BFC CASA DE BOLSA, C.A. procede a efectuar algún pago al Cliente de forma distinta al abono en la Cuenta Bancaria del Cliente, el Cliente será responsable ...
Pagos en Dinero. En las operaciones con Títulos Valores celebradas entre el Cliente y Xxxxxxxx, o entre Xxxxxxxx y terceros por cuenta del Cliente, en las cuales el Cliente deba pagar una cantidad de dinero, el Cliente deberá pagar el monto total de la operación en la Fecha de Pago establecida en la respectiva confirmación, como condición previa a la contraprestación que Xxxxxxxx deba efectuar al Cliente, si es el caso y salvo que las partes hayan acordado otra cosa. Los pagos en dinero se regirán por lo dispuesto en esta cláusula.

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