PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO. 2.1.- El importe del presupuesto formulado por la Administración es el que figura en el apartado E) del Cuadro de Características del presente Pliego. La aplicación presupuestaria de las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento del contrato figura en el apartado F) del Cuadro de Características. 2.2.- Existe el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven para la Administración del cumplimiento de este contrato. En el caso de que en el apartado D) del Cuadro de Características se indique que se trata de la tramitación anticipada de un expediente de gastos, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria vigente en el ejercicio al que corresponda. 2.3.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no podrá superar el presupuesto formulado por la Administración. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado por la Administración, comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución de la prestación contratada, y cualesquiera otras tasas que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, y toda clase de impuestos y licencias tanto municipales, provinciales y estatales.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO. 3.1.- El importe del presupuesto formulado por la Administración para la realización de las prestaciones objeto de este contrato, es el que figura en el punto 10 de la carátula del presente pliego, dividido en las anualidades que, en su caso, de fijan en el punto 11 de la misma. El sistema que se ha utilizado para su determinación es el que figura en el punto 14 de dicha carátula. 3.2.- Existe el crédito preciso para que la Administración atienda las obligaciones derivadas del contrato, siendo su consignación presupuestaria la que aparece en el punto 10 de dicha carátula. 3.3.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no podrá superar el presupuesto formulado por la Administración.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO. 3.1. El importe del presupuesto formulado por la Administración, en concepto de tipo de licitación es de 28.000 euros (IVA no incluido). 3.2. Existe el crédito preciso en el Presupuesto Municipal Prorrogado para el presente ejercicio 2016 por el Pleno del Ayuntamiento con fecha, en la partida 00800/45900/624.00.00 “Adquisición de Vehículo”, para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración del cumplimiento de este contrato 3.3. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no podrá superar el presupuesto formulado por la Administración. El licitador deberá presentar su oferta económica conforme al Anexo II del presente Pliego de cláusulas administrativas, englobando dentro del precio todos los elementos necesarios para la entrega completa de la maquinaria. Tanto en el presupuesto indicado como en las ofertas que formulen los licitadores, han de entenderse incluidos todos los factores de valoración, gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de la prestación contratada, así como los tributos, de cualquier índole, que sean de aplicación según las disposiciones vigentes, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que deberá aparecer desglosado.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO. 3.1.- El importe del presupuesto formulado por la UPV/EHU es el que figura en el punto 9 de la carátula, dividido en las anualidades, en su caso, previstas en el punto 10 de la misma. 3.2.- Existe el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que para la UPV/EHU se deriven del cumplimiento de este contrato, siendo su consignación presupuestaria la que aparece en el punto 10 de la carátula de este pliego. 3.3.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no podrá superar el presupuesto formulado por la UPV/EHU.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO. 3.1.- El importe del presupuesto formulado por la Universidad del País Xxxxx/Euskal Herriko Unibertsitatea para la realización de las prestaciones objeto de este contrato, es el que figura en el punto 9 de la carátula del presente pliego, dividido en las anualidades que, en su caso, se fijan en el punto 10 de la misma. El sistema que se ha utilizado para la determinación del precio es el que figura en el punto 13 de dicha carátula. 3.2.- Existe el crédito preciso para que la Universidad del País Xxxxx/Euskal Herriko Unibertsitatea atienda las obligaciones derivadas del contrato, siendo su consignación presupuestaria la que aparece en el punto 10 de dicha carátula. 3.3.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no podrá superar el presupuesto formulado por la Universidad del País Xxxxx/Euskal Herriko Unibertsitatea.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO. 2.1.- El importe del presupuesto formulado por la Administración es de 137.396,29. De la cantidad anterior, corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido: 18.951,21€. 2.2.- Existe el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven para la Administración del cumplimiento de este contrato. 2.3.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no podrá superar el presupuesto formulado por la Administración. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado por la Administración, comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución de la obra contratada, las tasas por prestación de los trabajos de inspección y dirección de las obras y cualesquiera otras que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, y toda clase de impuestos y licencias tanto municipales, provinciales y estatales.
PRESUPUESTO DEL CONTRATO, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y PRECIO DEL CONTRATO. 3.1.- El importe del presupuesto formulado por la Administración es el que figura en el punto 3 de la carátula del presente pliego, dividido en las anualidades previstas en el punto 4 de la misma. 3.2.- Existe el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven para la Administración del cumplimiento de este contrato, siendo su consignación presupuestaria la que aparece en el punto 4 de la carátula de este pliego. 3.3.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no podrá superar el presupuesto formulado por la Administración.

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  • PRESUPUESTO DEL CONTRATO El importe del presupuesto del contrato es el señalado como máximo en el apartado «3» del Cuadro Resumen. Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación, a excepción del importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, que figurará en partida independiente.

  • Presupuesto de licitación y precio del contrato Existencia del crédito.

  • GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la "LAASSP", 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley del Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y demás aplicables a LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS , las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y septiembre de 2015, "EL PROVEEDOR" se obliga a constituir una garantía divisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS , por un importe equivalente al 10.0% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha Garantía deberá ser entregada a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato y podrá ser mediante la presentación de: Depósito de dinero constituido, a través de certificado o billete de depósito; - Fianza; - Depósito de dinero constituido ante la CONDUSEF; - Carta de crédito irrevocable, o - Cheque certificado o de caja a favor de la CONDUSEF. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica. En caso de que la garantía a que se refiere esta cláusula sea una fianza, ésta deberá ser expedida por una compañía autorizada conforme al MODELO DE LA PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR, ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE: ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, que se muestras a continuación: Expedirse a favor de LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS y señalar: (Afianzadora o Aseguradora) Denominación social: . en lo sucesivo (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) Xxxxxxxxx: . Autorización del Gobierno Federal para operar: (Número de oficio y fecha) Beneficiaria: Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, en lo sucesivo “la Beneficiaria”.

  • INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.

  • CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.

  • OBJETO DEL CONTRATO El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la regulación de los términos de la contratación que han de regir para la adjudicación de la prestación del servicio de apoyo, limpieza, mantenimiento y control de las instalaciones del campo de fútbol y pabellón multiusos ubicados en la calle Maestro D. Xxxx Xxxx xxx xxxxx xx Xxx Xxxxx (Ciudad Real), de acuerdo con las condiciones y características establecidas en el pliego de prescripciones técnicas establecidas por la Concejalía de Participación Ciudadana. Las prestaciones objeto de este contrato se identifican mediante los números de referencia de la nomenclatura del Vocabulario común de contratos públicos (CPV en adelante), aprobado por el Reglamento (CE) n.º 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de noviembre de 2002. Código CPV: 45259000-7 - Mantenimiento y reparación de instalaciones. Las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta se han descrito en la memoria justificativa del contrato y en la resolución de inicio del expediente; asimismo, consta en el expediente la insuficiencia de medios por parte de la Administración para poder llevar a cabo el servicio objeto del correspondiente contrato. En sesión ordinaria celebrada el día 17 de enero de 2022, la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento acordó aprobar la propuesta presentada por la Concejala Delegada de Participación Ciudadana (Núm. de Expediente de la Propuesta: AYTOCR2022/903), relativa a la justificación de la necesidad para la contratación de la prestación de los servicios de apoyo, limpieza, mantenimiento y control de las instalaciones del campo de futbol y pabellón multiusos del anejo de las casas. Se justifica la no división en lotes del objeto del contrato, conforme lo establecido en el Art. 99.3 apartado b) por el hecho de que se trata de la adjudicación de un mismo espacio físico municipal, en el que posiblemente la división afectará a la eficiencia en la prestación. El servicio objeto de la presente contratación se desarrollará en las siguientes instalaciones, con el alcance y condiciones que se definen en el pliego de prescripciones técnicas. El ámbito actuación de la prestación del servicio se especifica en apartado 2 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas

  • PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Para su perfeccionamiento deberán seguirse los procedimientos de contrataciones vigentes, cumpliendo con todas y cada una de sus disposiciones y el mismo deberá ajustarse al modelo que se adjunte al presente Pliego de Condiciones Específicas, conforme al modelo estándar el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas.

  • DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.

  • Contenido Del Contrato 1. ENTE CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

  • PRECIO DEL CONTRATO 15.1 Los precios que cobre el Proveedor por los Bienes proporcionados y los Servicios Conexos prestados en virtud del Contrato no podrán ser diferentes de los cotizados por el Proveedor en su oferta, excepto por cualquier ajuste de precios autorizado en las CEC.