PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN. LA PRESENTE PÓLIZA NO SE RENOVARÁ AUTOMÁTICAMENTE. PARA SOLICITAR SU RENOVACIÓN, LA ENTIDAD TOMADORA DEBERÁ PROPORCIONAR A LA COMPAÑÍA, POR LO MENOS TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO ANTES DE LA FECHA DE EXPIRACIÓN DE LA PÓLIZA, LA SOLICITUD DE SEGURO JUNTO CON LA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. CON BASE EN EL ESTUDIO DE ESTA INFORMACIÓN, LA COMPAÑÍA DETERMINARÁ LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA NUEVA VIGENCIA.
PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN. La presente póliza no se renovará automáticamente. PREVISORA estudiará los términos y condiciones de la renovación al recibir solicitud en ese sentido. La solicitud deberá hacerse por escrito con no menos de treinta (30) días de antelación a la fecha de vencimiento de la póliza.
PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN. (a) El Concedente antes de tomar una decisión respecto a la solicitud de renovación y, dentro del plazo de treinta (30) días calendario de presentada la solicitud de renovación, publicará un aviso en el Diario Oficial "El Peruano" y notificará a la Sociedad Concesionaria, y a OSIPTEL, señalando (i) que ha recibido la solicitud de renovación; (ii) el plazo durante el cual OSIPTEL presentará al Concedente y enviará a la Sociedad Concesionaria su informe de evaluación, no pudiendo dicho período ser menor de treinta (30) ni mayor de sesenta (60) días calendario desde la fecha de publicación del aviso; y, (iii) de considerarlo conveniente el Concedente fijará la fecha, lugar y hora de la audiencia pública a fin de que las Personas con un interés legítimo puedan formular sus comentarios u objeciones con respecto a la renovación solicitada.
PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN. 1. Las Comisiones de Contratación de los Departamentos podrán proponer la renovación de contratos de personal docente e investigador. La Comisión de Selección valorará las propuestas de los Departamentos y elevará las que correspondan al Vicerrectorado con competencia en materia de Profesorado para su renovación.
PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN. LA PRESENTE PÓLIZA NO SE RENOVARÁ AUTOMÁTICAMENTE. LA COMPAÑÍA ESTUDIARÁ LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA RENOVACIÓN AL RECIBIR SOLICITUD EN ESTE SENTIDO. LA SOLICITUD DEBERÁ HACERSE POR ESCRITO CON NO MENOS DE 30 DÍAS DE ANTELACIÓN A LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA PÓLIZA.
PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN a. Para efectos de aprobar la solicitud de renovación que presenta LA CONCESIONARIA conforme a lo establecido en el numeral anterior, es necesario contar con el informe favorable de LA DGCC, el cual tomará en consideración la opinión favorable de OSIPTEL, contenida en el Informe de Evaluación de OSIPTEL, en adelante denominado el INFORME DE EVALUACIÓN y si fuera el caso, los comentarios u objeciones formulados por escrito por terceros interesados. Asimismo, EL MINISTERIO dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la fecha de recepción de la solicitud: (i) notificará a LA CONCESIONARIA para que proceda a la publicación del extracto de su solicitud de renovación en el Diario Oficial “El Peruano” y en un diario de circulación nacional señalando, el plazo durante el cual las personas con un interés legítimo podrán formular por escrito sus comentarios u objeciones con respecto a la renovación solicitada; dicho plazo no será mayor a treinta (30) días hábiles, computados a partir de la fecha de publicación del aviso y (ii) solicitará a OSIPTEL el INFORME DE EVALUACIÓN. La publicación se efectuará en un plazo no mayor xx xxxx (10) días hábiles, contados desde la notificación de EL MINISTERIO. Los ejemplares conteniendo las respectivas publicaciones deberán presentarse a EL MINISTERIO en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo señalado para su publicación. EL MINISTERIO podrá prorrogar los plazos antes señalados, hasta por diez (10) días hábiles como máximo, a solicitud de LA CONCESIONARIA.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.