CONDICIONES ESENCIALES Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES ESENCIALES. El Contratista entiende y acepta que las disposiciones establecidas en los artículos 27 a 35 constituyen condiciones esenciales del contrato y que todo incumplimiento de estas disposiciones dará derecho a la FAO a rescindir el contrato o cualquier otro contrato con la FAO inmediatamente a partir del momento en que se notificó al Contratista, sin responsabilidad alguna por concepto de gastos imputables a la rescisión o ninguna otra responsabilidad de cualquier tipo.
CONDICIONES ESENCIALES. (art. 76, 202.3 y 211 LCSP): • No se establecen.
CONDICIONES ESENCIALES. 3.1 La efectiva realización del Emprendimiento queda sujeta a las siguientes condiciones esenciales: (i) Que se pueda concretar la adquisición del Inmueble sobre el que será emplazado; (ii) Que se suscriban la totalidad de las unidades, o un número suficiente que, a criterio del Desarrollador, permita asegurar su ejecución. 3.2 Si alguna de las condiciones mencionadas en el artículo precedente no fuera alcanzada, se extinguirán automáticamente todas las relaciones jurídicas conformadas con motivo del presente mandato y de todos los contratos de mandato que se hubiesen celebrado y nada tendrán las Partes que reclamarse mutuamente. En ese caso, el Desarrollador restituirá a los mandantes los aportes que hubiesen realizado, sin intereses, ni compensación de ningún tipo. 3.3 La decisión de ejecutar o no el emprendimiento deberá ser tomada por el Desarrollador antes del 30 de noviembre de 2018.
CONDICIONES ESENCIALES. 3.1 La realización del emprendimiento queda sujeta a las siguientes condiciones esenciales: (i) Que se pueda concretar la adquisición del inmueble sobre el que será emplazado; (ii) Que se suscriban la totalidad de las unidades, o un número suficiente que, a criterio del Mandatario, permita asegurar su ejecución; y (iii) Que se obtengan las aprobaciones municipales y provinciales necesarias. 3.2 Si alguna de esas condiciones no fuera alcanzada, se extinguirán automáticamente todas las relaciones jurídicas conformadas con motivo de los contratos de mandato que se hubiesen celebrado y nada tendrán las partes que reclamarse. En ese caso, el Mandatario restituirá a los mandantes los aportes que hubiesen realizado, sin intereses, ni compensación de ningún tipo. 3.3 La decisión de ejecutar o no el emprendimiento deberá ser tomada por el Mandatario antes del [*] de [*] de 201[*]
CONDICIONES ESENCIALES. Para todos los efectos, se considera que son condiciones esenciales del presente Contrato, las siguientes: a. El respeto a las reglas de libre y ▇▇▇▇ competencia y normas sobre interconexión, en cuanto afecten o puedan afectar el derecho de otros prestadores de SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES o los de los ABONADOS Y/O USUARIOS; b. El sometimiento a los principios fundamentales de igualdad de acceso, neutralidad y no discriminación establecidos en la Ley de Telecomunicaciones y el Reglamento General; c. El cumplimiento de las normas sobre condiciones de uso y calidad del servicio aprobadas
CONDICIONES ESENCIALES. (art. 76, 202.3 y 211 LCSP): - La adscripción de los medios necesarios para la ejecución del contrato. - Vigencia durante la ejecución del contrato los seguros legalmente obligatorios en materia de Responsabilidad Civil y de accidentes de trabajo.
CONDICIONES ESENCIALES. 3.1 La realización del emprendimiento queda sujeta a las siguientes condiciones esenciales: (i) Que se pueda concretar la adquisición del inmueble sobre el que será emplazado; (ii) Que se suscriban la totalidad de las unidades, o un número suficiente que, a criterio del Fiduciario, permita asegurar su ejecución; y (iii) Que se obtengan las aprobaciones municipales y provinciales necesarias. 3.2 Si alguna de esas condiciones no fuera alcanzada, se extinguirán automáticamente todas las relaciones jurídicas conformadas con motivo de los contratos de mandato que se hubiesen celebrado y nada tendrán las partes que reclamarse. En ese caso, el Fiduciario restituirá a los fiduciantes los aportes que hubiesen realizado, sin intereses, ni compensación de ningún tipo. 3.3 La decisión de ejecutar o no el emprendimiento deberá ser tomada por el Fiduciario antes del 31 de enero de 2017. El Fiduciario tendrá la facultad de prorrogar este plazo hasta el ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ 2017, de considerarlo necesario.
CONDICIONES ESENCIALES. CONDICIONES DETALLE Lugar de prestación del servicio HOSPITAL EMERGENCIA ATE VITARTE Duración del contrato Inicio : 01/07/2022 Termino : 31/07/2022 Remuneración Total Detallada en el numeral 1. Objeto de la Convocatoria Incluyen los montos y afiliaciones ▇▇ ▇▇▇, así como toda deducción aplicable al trabajador(a) Otras condiciones del contrato Disponibilidad Inmediata. Modalidad de trabajo Presencial
CONDICIONES ESENCIALES. ▪ El adjudicatario deberá de disponer de un local a una distancia máxima de 20 km. del centro del término municipal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. ▪ Deberá así mismo, aportar documentación de acreditación, como Servicio Oficial de Marca y Servicio de Asistencia Técnica de Marca (según el caso) con fecha en vigor, de cada uno de los lotes a los que se presenten. ▪ Las empresas no incluidas en el apartado anterior, lo deberán acreditar mediante certificación de la marca, la formación de sus técnicos actualizada, así como documento emitido por la marca o servicio oficial que garantice el acceso a los recambios y consumibles originales necesarios para el mantenimiento integral de los equipos de la marca de cada uno de los lotes a los que se presenten.
CONDICIONES ESENCIALES. (art. 76, 202.3 y 211 LCSP): - Cumplimiento del Convenio Colectivo aplicable. - Ejecución del contrato con estricto cumplimiento de la legislación sobre prevención de riesgos laborales. - La adscripción de los medios necesarios para la ejecución del contrato. - Vigencia durante la ejecución del contrato los seguros legalmente obligatorios en materia de Responsabilidad Civil y de accidentes de trabajo.