PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. La API podrá efectuar directamente o a través de terceros, o bien del personal del Órgano Interno de Control en la API, las visitas de inspección a las instalaciones de los licitantes cuando lo considere necesario, obligándose los licitantes y/o proveedor(es) a proporcionar las facilidades para ello, siendo éste un criterio de evaluación que permita a la API acreditar la solvencia del licitante.
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. La ASIPONA podrá efectuar directamente o a través de terceros, o bien del personal del Órgano Interno de Control en la ASIPONA, las visitas de inspección a las instalaciones de los licitantes cuando lo considere necesario, obligándose los licitantes y/o proveedor(es) a proporcionar las facilidades para ello, siendo éste un criterio de evaluación que permita a la ASIPONA acreditar la solvencia del licitante.
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. La inspección visual formará parte de las Inspecciones Programadas y las Inspecciones No Programadas. El criterio de cumplimiento de Estándares de Desempeño deberá ser comprobado al menos en el 20% (veinte por ciento) de los distintos tipos de Señalamiento y Elementos de Seguridad del Camino presentes en cada Segmento, según determine el Representante de la Dependencia con base en dicha inspección visual. El Representante de la Dependencia será la única persona facultada para determinar el cumplimiento.
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. La inspección en el mar, el puerto o la rada en la zona de pesca de Xxxxx Xxxx y Príncipe de los buques de la Unión en posesión de una autorización de pesca será efectuada por inspectores de Xxxxx Xxxx y Príncipe, claramente identificables como asignados al control de la pesca, que utilizarán los buques al servicio de las autoridades de dicho país. Antes de subir a bordo, los inspectores de Xxxxx Xxxx y Príncipe notificarán al buque de la Unión su decisión de realizar una inspección. La inspección la efectuarán un máximo de dos inspectores, que deberán acreditar su identidad y condición de inspectores antes de efectuar la inspección. Los inspectores de Xxxxx Xxxx y Príncipe solo permanecerán a bordo del buque de la Unión el tiempo necesario para realizar las tareas vinculadas a la inspección. Llevarán a cabo la inspección de manera que su efecto para el buque, su actividad pesquera y su cargamento sea mínimo. Las imágenes (fotos o vídeos) realizadas durante las inspecciones estarán destinadas a las autoridades responsables del control y la vigilancia de la pesca. No podrán hacerse públicas, a menos que la legislación nacional disponga otra cosa. El capitán del buque de la Unión facilitará la subida a bordo y el trabajo de los inspectores de Xxxxx Xxxx y Príncipe. Al finalizar cada inspección, los inspectores de Xxxxx Xxxx y Príncipe redactarán un informe de inspección. El capitán del buque de la Unión tendrá derecho a manifestar sus observaciones en dicho informe. El informe de inspección será firmado por el inspector que lo haya redactado y por el capitán del buque de la Unión. La firma del informe de inspección por el capitán se entenderá sin perjuicio del derecho de defensa del armador en un eventual procedimiento de infracción. El capitán del buque cooperará durante el desarrollo del procedimiento de inspección. Si se niega a firmar el documento, deberá precisar por escrito las razones de dicha negativa y el inspector incluirá la mención «negativa a firmar». Los inspectores de Xxxxx Xxxx y Príncipe entregarán una copia del informe de inspección al capitán del buque de la Unión antes de abandonar el buque. Las autoridades de Xxxxx Xxxx y Príncipe informarán a la Unión de las inspecciones efectuadas en un plazo de veinticuatro horas a partir de su realización, así como de las infracciones detectadas, y le transmitirán el informe de inspección. Cuando proceda, se enviará a la Unión una copia del escrito de acusación correspondiente, en un plazo máximo de ...
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. La inspección visual formará parte de las Inspecciones Programadas y No Programadas.
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. Las Inspecciones para valuar los Estándares de Desempeño antes mencionados deberán ser realizadas de acuerdo con los siguientes procedimientos. Para las Inspecciones Programadas de cumplimiento de los Estándares de Desempeño, la Unidad de Auto-Control del Contratista trabajará en estrecha colaboración y bajo la supervisión de la Dependencia. Los medios físicos requeridos para las inspecciones deberán ser proporcionados por el Contratista; serán los mismos usados normalmente por la Unidad de Auto-control para la auto-evaluación del cumplimiento del Contratista, a saber vehículos, personal calificado y de apoyo, así como todas las herramientas e instrumentos necesarios, además de los equipos especiales señalados en las Especificaciones Particulares E.P.I.01, E.P.I.02, E.P.I.03 y E.P.I.04 contenidas en el Subanexo 2.2 de este Anexo.
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. El Concesionario deberá elaborar un programa de inspección de acuerdo con los principios y procedimientos establecidos en el Manual de Servicios del Aeropuerto OACI (Doc. 9137), Parte 8, Servicios Operacionales de Aeropuertos, incluyendo el capítulo 3 (Inspecciones de Superficies de Aeropuertos) y el capítulo 4 (Chequeos terrestres de Ayudas Visuales)
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. La limpieza y buena condición de los Puentes y Pasos (incluyendo cauces) debe ser verificada en forma regular, en especial antes y durante la estación de lluvias. La inspección visual formará parte de las Inspecciones Programadas y No Programadas. El criterio de cumplimiento de Estándares de Desempeño deberá ser comprobado al menos en el 20 % de los Puentes y Pasos existentes en cada Segmento, según determine el Representante de la Dependencia con base en dicha inspección visual. El Representante de la Dependencia será la única persona facultada para determinar el cumplimiento.
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. La inspección física de instalaciones y visual de todos los registros y bitácoras de comunicaciones y servicios del Contratista, deberá ser llevada a cabo como parte de las Inspecciones Programadas y No Programadas. Cuando así lo decida, el Representante de la Dependencia podrá comprobar el cumplimiento de los Estándares de Desempeño mediante comunicaciones directas, pruebas y simulacros de los servicios y los procedimientos de coordinación interna y externa. Toda la correspondencia, reportes y quejas de los Usuarios del Paquete Carretero deberá ser adecuadamente registrada y archivada por el Contratista, para que el Representante de la Dependencia pueda evaluar su atención y resultados. El Representante de la Dependencia será la única persona facultada para determinar el cumplimiento.
PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIÓN. La inspección visual del Derecho de Vía formará parte de las Inspecciones Programadas y No Programadas, así como de los recorridos de inspección. El criterio para deshierbe (incluye tala y roza) deberá ser comprobado en al menos dos secciones por kilómetro seleccionadas de cada Segmento por el Representante de la Dependencia, con base en su apariencia visual y, cuando así lo decida, mediciones de la altura de la vegetación con regla o escantillón. El criterio para limpieza del Derecho de Vía deberá ser comprobado en al menos dos secciones por kilómetro seleccionadas de cada Segmento por el Representante de la Dependencia, con base en su apariencia visual. El Representante de la Dependencia será la única persona facultada para determinar el cumplimiento.