Common use of Propiedad de los resultados Clause in Contracts

Propiedad de los resultados. El Promotor es el propietario de todos los datos del Estudio, los resultados del Estudio, los CRFs y toda la demás información y documentación generada como resultado o en relación con la realización del Estudio, excluyendo los registros médicos de los pacientes y las notas personales del Investigador Principal. Por la presente, el Promotor otorga a HUVH y VHIR el derecho no exclusivo, sin límite temporal, intransferible y no sublicenciable de utilizar los resultados del Estudio únicamente para sus actividades de investigación no comercial, docencia y para la atención al paciente. Todas las invenciones, ideas, métodos, conocimientos técnicos o descubrimientos que sean realizados, concebidos o reducidos a la práctica por el HUVH, el VHIR, el Investigador Principal o el personal del Estudio: (i) como resultado de o en relación con la realización del Estudio; (ii) que incorporen o utilicen Información Confidencial; o (iii) que estén directamente relacionados con el Medicamento en Investigación, y todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con el mismo (en adelante colectivamente, “Invenciones del Estudio”), serán propiedad única y exclusiva del Promotor. El HUVH y el VHIR cederán todos los derechos, títulos e intereses en todas las Invenciones del Estudio al Promotor. En caso que el Promotor lo solicite, el HUVH y el VHIR se asegurarán que el Investigador Principal y el Personal del Estudio realicen las acciones necesarias para hacer efectiva la titularidad del Promotor en las Invenciones del Estudio o para obtener patentes o de otra manera proteger la titularidad del Promotor en las Invenciones del Estudio. El Promotor asumirá todos los costes derivados de las anteriores gestiones.

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Samples: Contrato Para La Realización De Un Estudio Observacional Con Medicamentos De Uso Humano

Propiedad de los resultados. El Promotor es el propietario de todos los datos del Estudiode la Investigación Clínica, los resultados del Estudiode la Investigación Clínica, los CRFs y toda la demás información y documentación generada como resultado o en relación con la realización del Estudiode la Investigación Clínica, excluyendo los registros médicos de los pacientes y las notas personales del Investigador Principal. Por la presente, el Promotor otorga a HUVH y VHIR el derecho no exclusivo, sin límite temporal, intransferible y no sublicenciable de utilizar los resultados del Estudio de la Investigación Clínica únicamente para sus actividades de investigación no comercial, docencia y para la atención al paciente. Todas las invenciones, ideas, métodos, conocimientos técnicos o descubrimientos que sean realizados, concebidos o reducidos a la práctica por el HUVH, el VHIR, el Investigador Principal o el personal del Estudiode la Investigación Clínica: (i) como resultado de o en relación con la realización del Estudiode la Investigación Clínica; (ii) que incorporen o utilicen Información Confidencial; o (iii) que estén directamente relacionados con el Medicamento Producto en Investigación, y todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con el mismo (en adelante colectivamente, “Invenciones del Estudiode la Investigación Clínica”), serán propiedad única y exclusiva del Promotor. El HUVH y el VHIR cederán todos los derechos, títulos e intereses en todas las Invenciones del Estudio de la Investigación Clínica al Promotor. En caso que el Promotor lo solicite, el HUVH y el VHIR se asegurarán que el Investigador Principal y el Personal del Estudio de la Investigación Clínica realicen las acciones necesarias para hacer efectiva la titularidad del Promotor en las Invenciones del Estudio de la Investigación Clínica o para obtener patentes o de otra manera proteger la titularidad del Promotor en las Invenciones del Estudiode la Investigación Clínica. El Promotor asumirá todos los costes derivados de las anteriores gestiones.

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Samples: Contrato De Investigación Clínica Con Productos Sanitarios

Propiedad de los resultados. El Promotor es el propietario de todos los datos del EstudioEnsayo, los resultados del EstudioEnsayo, los CRFs y toda la demás información y documentación generada como resultado o en relación con la realización del EstudioEnsayo, excluyendo los registros médicos de los pacientes y las notas personales del Investigador Principal. Por la presente, el Promotor otorga a HUVH y VHIR el derecho no exclusivo, sin límite temporal, intransferible y no sublicenciable de utilizar los resultados del Estudio Ensayo únicamente para sus actividades de investigación no comercial, docencia y para la atención al paciente. Todas las invenciones, ideas, métodos, conocimientos técnicos o descubrimientos que sean realizados, concebidos o reducidos a la práctica por el HUVH, el VHIR, el Investigador Principal o el personal del EstudioEnsayo: (i) como resultado de o en relación con la realización del EstudioEnsayo; (ii) que incorporen o utilicen Información Confidencial; o (iii) que estén directamente relacionados con el Medicamento en Investigación, y todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con el mismo (en adelante colectivamente, “Invenciones del EstudioEnsayo”), serán propiedad única y exclusiva del Promotor. El HUVH y el VHIR cederán todos los derechos, títulos e intereses en todas las Invenciones del Estudio Ensayo al Promotor. En caso que el Promotor lo solicite, el HUVH y el VHIR se asegurarán que el Investigador Principal y el Personal del Estudio Ensayo realicen las acciones necesarias para hacer efectiva la titularidad del Promotor en las Invenciones del Estudio Ensayo o para obtener patentes o de otra manera proteger la titularidad del Promotor en las Invenciones del EstudioEnsayo. El Promotor asumirá todos los costes derivados de las anteriores gestiones.

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Samples: Contrato De Ensayo Clínico Con Medicamentos

Propiedad de los resultados. El Promotor es el propietario de todos los datos del Estudio, los resultados del Estudio, los CRFs y toda la demás información y documentación generada como resultado o en relación con la realización del Estudio, excluyendo los registros médicos de los pacientes y las notas personales del Investigador Principal. Por la presente, el Promotor otorga a HUVH y VHIR VHIO el derecho no exclusivo, sin límite temporal, intransferible y no sublicenciable de utilizar los resultados del Estudio únicamente para sus actividades de investigación no comercial, docencia y para la atención al paciente. Todas las invenciones, ideas, métodos, conocimientos técnicos o descubrimientos que sean realizados, concebidos o reducidos a la práctica por el HUVH, el VHIRVHIO, el Investigador Principal o el personal del Estudio: (i) como resultado de o en relación con la realización del Estudio; (ii) que incorporen o utilicen Información Confidencial; o (iii) que estén directamente relacionados con el Medicamento en Investigación, y todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con el mismo (en adelante colectivamente, “Invenciones del Estudio”), serán propiedad única y exclusiva del Promotor. El HUVH y el VHIR VHIO cederán todos los derechos, títulos e intereses en todas las Invenciones del Estudio al Promotor. En caso que el Promotor lo solicite, el HUVH y el VHIR VHIO se asegurarán que el Investigador Principal y el Personal del Estudio realicen las acciones necesarias para hacer efectiva la titularidad del Promotor en las Invenciones del Estudio o para obtener patentes o de otra manera proteger la titularidad del Promotor en las Invenciones del Estudio. El Promotor asumirá todos los costes derivados de las anteriores gestiones.

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Samples: Contrato Para La Realización De Un Estudio Observacional Con Medicamentos De Uso Humano