Common use of Responsabilidad Civil Familiar Clause in Contracts

Responsabilidad Civil Familiar. En caso de ser contratada y aparecer como amparada en la carátula de la Póliza, o en sus especificaciones, la Compañía otorga la siguiente cobertura: C.1. COBERTURA. La responsabilidad civil por hechos u omisiones no dolosas en que incurra el Asegurado, de la cual resulte civilmente responsable, y que causen a terceros la muerte o el menoscabo en su salud o el deterioro o la destrucción de sus bienes. C.2. LA COMPAÑÍA SE OBLIGA A CUMPLIR: C.2.1. El pago de los daños, perjuicios y daño moral consecuencial, por los que sea responsable el Asegurado, conforme a la legislación aplicable en materia de responsabilidad civil vigente en Los Estados Unidos Mexicanos, o legislación extranjera en el caso de viajes familiares en el extranjero, y a lo previsto en la presente sección. C.2.2. El pago de los gastos de defensa del Asegurado que incluye, entre otros: C.2.2.1. El pago del importe de las primas por fianzas judiciales que el Asegurado deba otorgar en garantía del pago de las sumas que le sean reclamadas a título de responsabilidad civil, cubierta por esta Póliza. C.2.2.2. El pago de los gastos, costas e intereses legales que deba pagar el Asegurado por resolución judicial o arbitral ejecutoriadas. C.2.3. El pago de los gastos en que incurra el Asegurado con motivo de la tramitación y liquidación de las reclamaciones.

Appears in 2 contracts

Samples: Seguro Paquete Familiar, Seguro Paquete Familiar

Responsabilidad Civil Familiar. En caso de ser contratada y aparecer como amparada en la carátula de la Póliza, o en sus especificaciones, la La Compañía otorga la siguiente cobertura: C.1. COBERTURA. La responsabilidad civil por hechos u omisiones no dolosas pagará los gastos en que incurra tuviere que incurrir el Asegurado, de la cual resulte civilmente responsable, y que causen a terceros la muerte o el menoscabo en su salud o el deterioro o la destrucción de sus bienes. C.2. LA COMPAÑÍA SE OBLIGA A CUMPLIR: C.2.1. El pago de los Asegurado por daños, perjuicios y daño moral consecuencial, consecuencial que cause a terceras personas y por los que sea responsable el Asegurado, conforme a lo cual deba responder de conformidad con la legislación aplicable en materia de responsabilidad civil vigente en Los los Estados Unidos Mexicanos, o legislación extranjera en el caso por hechos u omisiones no dolosos ocurridos durante la vigencia de viajes familiares en el extranjero, y a lo previsto en la presente sección. C.2.2. El pago de los gastos de defensa del Asegurado que incluye, entre otros: C.2.2.1. El pago del importe de las primas por fianzas judiciales que el Asegurado deba otorgar en garantía del pago de las sumas que le sean reclamadas a título de responsabilidad civil, cubierta por esta Póliza. C.2.2.2. El pago de los gastosAsí, costas e intereses legales que deba pagar el Asegurado por resolución judicial o arbitral ejecutoriadas. C.2.3. El pago de los gastos queda amparada la Responsabilidad Civil Legal en que incurra el Asegurado con motivo por daños a terceros, en su integridad física o en sus bienes, derivado de las actividades privadas y familiares; en cualquiera de los siguientes supuestos: a.- Como propietario de una o varias casas habitación (incluye las habitadas los fines de semana o en vacaciones), sus garages, jardines, piscinas, antenas, instalaciones de seguridad y demás pertenencias o accesorios. b.- Como condómino de departamento o casa habitación (incluye los habitados los fines de semana o en vacaciones). En este caso queda cubierta además la Responsabilidad Civil Legal del Asegurado por daños ocasionados a las áreas comunes del condominio en el cual tenga su habitación, sin embargo de la tramitación y liquidación indemnización a pagar por la Compañía se descontará un porcentaje equivalente a la cuota del Asegurado como propietario de las reclamacionesdichas áreas comunes. En cualesquiera de los supuestos anteriores, queda cubierta la Responsabilidad Civil Legal del Asegurado: a.- Como jefe de familia. b.- Por daños ocasionados a terceros, a consecuencia de incendio o explosión en la vivienda. c.- Por daños ocasionados a terceros, a consecuencia de un derrame de agua, accidental e imprevisto. d.- Por la práctica de deportes como aficionado.

Appears in 1 contract

Samples: Póliza De Seguro

Responsabilidad Civil Familiar. En caso de ser contratada De acuerdo a los límites y aparecer como amparada condiciones señaladas en la carátula las Condiciones Particulares de la Póliza, o en sus especificacionespóliza, la Compañía otorga la siguiente cobertura: C.1. COBERTURA. La responsabilidad civil compañía asegura el pago de las indemnizaciones que el asegurado sea obligado a pagar por sentencia ejecutoriada, como consecuencia de daños y perjuicios ocasionados a terceros durante el período de vigencia de esta póliza, causados por actos u omisiones propias que le sean imputables o que sean causados por personas o cosas de las cuales éste responde civilmente, siempre y cuando dichos actos, hechos u omisiones no dolosas en que incurra el Asegurado, tengan un principio de ejecución dentro de los deslindes de la cual resulte civilmente responsable, propiedad ocupada por el asegurado como casa habitación y que causen se identifica en las Condiciones Particulares de la póliza. Esta cobertura sólo comprende las indemnizaciones derivadas de: a) La muerte de terceras personas o las lesiones corporales causadas a terceros las mismas; b) Los daños causados a cosas pertenecientes a terceras personas (daños físicos), que se produzcan durante la muerte o el menoscabo en su salud o el deterioro o vigencia de la destrucción de sus bienespresente póliza. C.2. LA COMPAÑÍA SE OBLIGA A CUMPLIR: C.2.1. El pago de los daños, perjuicios y daño moral consecuencial, por los que sea responsable el Asegurado, conforme a la legislación aplicable en materia de responsabilidad civil vigente en Los Estados Unidos Mexicanos, o legislación extranjera en el caso de viajes familiares en el extranjero, y a lo previsto en la presente sección. C.2.2. El pago de c) Asimismo cubre los gastos de defensa impuestos al asegurado, incluso en caso de reclamaciones infundadas, así como los honorarios y gastos de toda clase que sean de cargo del Asegurado asegurado en su calidad de civilmente responsable. Queda entendido que incluye, entre otrosla compañía sólo pagará los honorarios de abogados y procuradores designados por ella. No se considerarán como terceras personas a los efectos de la presente póliza: C.2.2.1. i. El pago cónyuge y los ascendientes, descendientes y hermanos sanguíneos o afines del importe de las primas por fianzas judiciales que el Asegurado deba otorgar en garantía asegurado o del pago de las sumas que le sean reclamadas a título de responsabilidad civil, cubierta por esta Pólizacausante del accidente. C.2.2.2ii. El pago de los gastosLos socios, costas e intereses legales que deba pagar el Asegurado por resolución judicial o arbitral ejecutoriadasencargados y dependientes del asegurado, en su atención profesional al servicio del mismo. C.2.3. El pago de los gastos en que incurra el Asegurado con motivo de la tramitación y liquidación de las reclamaciones.

Appears in 1 contract

Samples: Seguro Multirriesgo Hogar