GASTOS EXTRAS. SE AMPARA EL IMPORTE DE LOS GASTOS ADICIONALES NECESARIOS EN QUE INCURRA EL ASEGURADO CON EL FIN DE CONTINUAR, EN CASO DE SINIESTRO CON LAS OPERACIONES NORMALES DE LA EMPRESA ASEGURADA, EN EL CASO DE HABER SIDO DAÑADOS O DESTRUIDOS LOS EDIFICIOS Y/O CONTENIDOS ASEGURADOS EN DAÑOS MATERIALES DIRECTOS (TODO RIESGO PRIMER RIESGO). EN ESTOS GASTOS SE INCLUYEN AQUELLOS POR CONCEPTO DE USOS DE BIENES O INSTALACIONES DE OTRAS EMPRESAS U OTROS GASTOS DE EMERGENCIA.
GASTOS EXTRAS. SE AMPARA EL IMPORTE DE LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS NECESARIOS EN QUE INCURRA EL ASEGURADO CON EL FIN DE CONTINUAR, EN CASO DE SINIESTRO, CON LAS OPERACIONES NORMALES DE LA EMPRESA ASEGURADA, EN EL CASO DE HABER SIDO DAÑADOS O DESTRUIDOS LOS BIENES ASEGURADOS EN LA PÓLIZA DE DAÑOS MATERIALES DIRECTOS, POR LA REALIZACIÓN DE LOS RIESGOS AMPARADOS. LA INDEMNIZACIÓN NO EXCEDERÁ DEL REEMBOLSO DE LOS GASTOS EFECTIVAMENTE REALIZADOS, DEBIDAMENTE COMPROBADOS, CON EL LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD ESTABLECIDO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, EL CUAL ES INDEPENDIENTE DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA.
GASTOS EXTRAS. Se ampara el importe de los gastos adicionales necesarios en que incurra el asegurado con el fin de continuar, en caso de siniestro con las operaciones normales de la empresa asegurada, en el caso de haber sido dañados o destruidos los edificios y/o contenidos asegurados en daños materiales directos (todo riesgo primer riesgo). En estos gastos se incluyen aquellos por concepto de usos de bienes o instalaciones de otras empresas u otros gastos de emergencia.
GASTOS EXTRAS. GASTOS CUBIERTOS
GASTOS EXTRAS. La indemnización bajo esta subsección de la Póliza, incluirá los gastos extras en que se incurra por las pérdidas o daños a las propiedades aseguradas bajo el presente, originadas por cualquiera de los riesgos cubiertos aquí durante el período de validez de la misma. Gastos extra significa el costo excedente en que se incurra por necesidad para continuar la operación de los negocios o instalaciones del asegurado, de la forma más práctica posible durante o el "período de recuperación de la propiedad dañada", que sobrepasen el costo en el cual se hubiera incurrido normalmente para manejar los negocios en ese período si no se hubiera sufrido una pérdida o daño.
GASTOS EXTRAS. EN CASO DE PÉRDIDA O DAÑO A LOS BIENES PROPIEDAD DE “LICONSA” AMPARADOS BAJO LOS TÉRMINOS DE ESTE SERVICIO DE SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES DE “LICONSA”, TAMBIÉN INDEMNIZARÁ A “LICONSA” LOS COSTOS Y GASTOS EXTRAS RAZONABLEMENTE INCURRIDOS PARA REALIZAR REPARACIONES PROVISIONALES, ASÍ COMO PARA APRESURAR LA REPARACIÓN DE LA PROPIEDAD DAÑADA, INCLUYENDO HORAS EXTRAS Y EL COSTO ADICIONAL POR EL USO DE ENVÍOS POR SERVICIO RÁPIDO O POR OTROS MEDIOS DE TRANSPORTE CON LÍMITE DEL 10% DE LA SUMA ASEGURADA, APLICABLE PARA LAS COBERTURAS QUE CORRESPONDA LO ANTERIOR OPERA COMO SUBLIMITE. CON QUINCE DÍAS DE ESPERA ESTE SERVICIO DE SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES DE “LICONSA” CUBRIRÁ TAMBIÉN LOS GASTOS NECESARIOS QUE REALICE “LICONSA” POR LA UTILIZACIÓN DE OTRAS INSTALACIONES O EQUIPOS, MIENTRAS SE REALIZAN LAS REPARACIONES O RECONSTRUCCIONES POR SINIESTROS CUBIERTOS POR LA PÓLIZA RESPECTIVA.
GASTOS EXTRAS. Los gastos adicionales que haga el Asegurado que no hubieran sido necesarios en caso de no existir la pérdida.
GASTOS EXTRAS. En caso de incidente mecánico sucedido durante el período de alquiler de la autocaravana, el arrendatario debe informar al propietario. Es la responsabilidad del arrendatario llevar el vehículo a un taller especializado, previamente indicado por el seguro. En el caso de que los propietarios estén de acuerdo para efectuar las reparaciones, los arrendatarios podrán dar el visto bueno a los profesionales. En caso de que el incidente o la avería mecánica inmovilice la autocaravana, los arrendatarios podrán dejar el vehículo al taller y podrán ser transportados por la asistencia del seguro. Si los propietarios se niegan a la reparación o si la avería mecánica inmoviliza el vehículo durante más de 5 días consecutivos, éste deberá ir a recuperar su vehículo en el taller donde se hayan realizado las reparaciones necesarias. Si los arrendatarios han adelantado el dinero de la reparación, los propietarios tienen la obligación de volver, (siempre se deberá presentar una factura justificativa de la reparación) y siempre y cuando no sea consecuencia de una mala conducción del arrendatario. El arrendatario está obligado a que las reparaciones sean efectuadas exclusivamente por un mecánico competente y especializado en reparación de autocaravanas. La carga de la prueba cae sobre el arrendatario. No puede deshacerse de la responsabilidad aportando la prueba que los incidentes mecánicos han sido producidos por un desgaste normal y regular del mantenimiento o de una mala revisión del vehículo por el propietario. La prueba debe ser obligatoriamente aportada por un experto oficial.
GASTOS EXTRAS. En caso de incidente mecánico ocurrido durante el período de alquiler del vehículo, el viajero debe informar por escrito u oralmente al propietario. Es su responsabilidad llevar el vehículo a un taller especializado, previamente indicado por la asistencia del seguro. Tras el diagnóstico del taller, las reparaciones o cambios de piezas pueden ser necesarias para que el vehículo vuelva a estar operativo. Un acuerdo escrito (a través de un e-mail o por SMS al teléfono móvil) del propietario tendrá que ser imperativamente enviado al viajero antes de autorizar a los mecánicos la intervención en el vehículo. En el caso de que los propietarios den su acuerdo para efectuar las reparaciones, los viajeros podrán dar el visto bueno a los profesionales. La factura podrá ser pagada por los viajeros. En el caso de que el incidente o la avería mecánica inmovilicen el vehículo, los viajeros podrán dejar el vehículo en el taller y podrán ser repatriados por la asistencia del seguro. Si los propietarios se niegan a la reparación o si la avería mecánica inmoviliza el vehículo por un periodo superior al definido por la asistencia correspondiente al seguro, será el propietario quien deberá recuperar su vehículo al taller donde se hayan realizado las reparaciones necesarias. El coste del billete de transporte de su domicilio hasta este taller será reembolsado, bajo presentación de un justificante, por la sociedad de seguros. En el caso de que el incidente mecánico provenga de una mala utilización por parte de los viajeros, de un tercero o de un objeto fijo y si éste es reconocido responsable: los viajeros tienen que pagar las reparaciones. Si el incidente mecánico proviene de un uso normal y regular o de un mal mantenimiento del vehículo, los viajeros serán responsables y tendrán que pagar las reparaciones. Si, en este último caso, los viajeros han pagado las reparaciones, los propietarios tienen la obligación de devolverles el importe íntegro de dicha reparación. El viajero está obligado a que las reparaciones sean efectuadas exclusivamente por un mecánico competente y especializado en reparación de autocaravanas o furgonetas camper. El viajero debe aportar prueba de ello. Será en todo momento el responsable, excepto si se demuestra que los incidentes mecánicos han sido producidos por un desgaste normal y regular del mantenimiento o de una mala revisión del vehículo por el propietario. La prueba debe ser aportada obligatoriamente por un experto oficial. El propietario debe ent...
GASTOS EXTRAS. GASTOS CUBIERTOS EL PERÍODO DE INDEMNIZACIÓN DE ESTA COBERTURA ES DE HASTA SEIS MESES.