Common use of RIESGOS EXCLUIDOS Clause in Contracts

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOS

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Samples: Contratación De Pólizas, Contratación De Pólizas

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN ESTA PÓLIZA NO ASEGURA: LOS ACTOS FRAUDULENTOS COMETIDOS CON DOLO O MALA FE POR EL ASEGURADO ASEGURADO. EL COSTO DE MEJORAR O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE ADICIONAR EL DISEÑO ORIGINAL DEL BIEN ASEGURADO. SE EXCLUYE LOS DAÑOS A VEHÍCULOS SOBRE O BAJO EL AGUA. DESAPARICIÓN MISTERIOSA O ROBO SIN VIOLENCIA EXCEPTO PARA LA COBERTURA DE EQUIPO ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO. ERRORES EN EL PROCESO DE FABRICACIÓN DEL PRODUCTO ASEGURADO, A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER LEY RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA. DESGASTE NORMAL, EROSIÓN, FERMENTACIÓN, DETERIORO GRADUAL, MERMA, INCRUSTACIONES, OXIDACIÓN, CONTAMINACIÓN, VICIO PROPIO, DERRUMBE, PODREDUMBRE SECA O DISPOSICIÓN HÚMEDA, ATMÓSFERA HÚMEDA, SMOG Ó TEMPERATURA EXTREMA A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA. EL DESPLAZAMIENTO, HUNDIMIENTO, ASENTAMIENTO NORMAL DE: PAREDES, PISOS, TECHOS, CAMINOS, PUENTES, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, ASÍ COMO LA RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR POR VICIOS DE CONSTRUCCIÓN A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE UN RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA. Y/O REGLAMENTO EXPEDIDOS SEA CAUSADO POR TERCEROS DEMORA, PÉRDIDA XX XXXXXXX O RETRASO, CON RESPECTO A LOS BIENES EN TRÁNSITO; ASÍ COMO LA INTERRUPCIÓN TOTAL O PARCIAL DE NEGOCIOS. LA REACCIÓN O RADIACIÓN NUCLEAR O CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA, CONTROLADA O NO, YA SEA PERDIDA DIRECTA O INDIRECTA, PRÓXIMA O REMOTA, TOTAL O PARCIALMENTE CAUSADAS O AGRAVADA POR EL O LOS RIESGOS AMPARADOS BAJO LA PRESENTE PÓLIZA, CON LA SIGUIENTE EXCEPCIÓN: SI ES CONSECUENCIA DE UN INCENDIO, LA RESPONSABILIDAD ESTA ESPECÍFICAMENTE CUBIERTA PARA LAS PÉRDIDAS DIRECTAS DERIVADAS DE DICHO INCENDIO, PERO NO SE CUBREN LAS PÉRDIDAS DERIVADAS DE LA REACCIÓN O RADIACIÓN NUCLEAR O LA CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA. ACTOS DE AUTORIDAD, HOSTILES O BÉLICOS EN TIEMPOS DE XXX X XXXXXX. 1.-INCLUYENDO ACTOS DE OBSTRUCCIÓN, COMBATE O DEFENSA EN CONTRA DE ATAQUE REAL, EMINENTE O ESPERADO. POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA GOBIERNO O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN PODER SOBERANO DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO POR CUALQUIER AUTORIDAD QUE MANTIENE O USA FUERZAS MILITARES, NAVALES O AÉREAS. POR UN AGENTE DE TAL GOBIERNO, PODER, AUTORIDAD O FUERZA. 2.-CUALQUIER ARMA XX XXXXXX QUE USE FISIÓN ATÓMICA. 3.-REBELIÓN, REVOLUCIÓN, GUERRA CIVIL, PODER USURPADOR O ACCIÓN TOMADA POR UNA AUTORIDAD GUBERNAMENTAL PARA OBSTRUIR, COMBATIR O DEFENDER EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA CONTRA DE DICHO EVENTO. 4.-SECUESTRO O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADODESTRUCCIÓN POR ORDEN DE AUTORIDAD PÚBLICA, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. EXCEPTO LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DESTRUCCIÓN PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DE LAS MISMAS. LA DEMORA INCENDIO Y EXPLOSIÓN O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS AGRAVACIÓN DE DAÑOS CUBIERTOS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGUROESTA PÓLIZA. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOS5.-TERRORISMO.

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Samples: Licitación Pública Nacional Mixta, Licitación Pública Nacional Mixta

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN POR EL ASEGURADO  ACTOS DOLOSOS O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CULPA GRAVE DIRECTAMENTE ATRIBUIBLES A “LICONSA” O A CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA PERSONA QUE ACTUÉ A NOMBRE DEL MISMO EN LA REALIZACIÓN DIRECCIÓN DE LA EMPRESA O A LA PERSONA RESPONSABLE DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA.  DEFECTOS EXISTENTES EN LOS EQUIPOS ASEGURADOS AL INICIAR LA VIGENCIA DE ESTE SEGURO.  INCENDIO.  EXPLOSIÓN OCURRIDA FUERA DE LAS CALDERAS O RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN.  HUELGAS, TUMULTOS Y CONMOCIÓN CIVIL. FENÓMENOS DE LA NATURALEZA, TALES COMO TERREMOTO, TEMBLOR, ERUPCIÓN VOLCÁNICA, HURACÁN, CICLÓN, TEMPESTAD, VIENTOS, HELADAS, GRANIZO, INUNDACIÓN, DESBORDAMIENTO Y ALZA DE NIVEL DE AGUAS, ENFANGAMIENTO, HUNDIMIENTO Y DESPRENDIMIENTO DE TIERRA DE ROCAS. ROTURA, DESGASTE O DETERIORO PAULATINO, COMO CONSECUENCIA DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO USO O DE DERECHOCAVITACIONES, EROSIONES, CORROSIONES, HERRUMBRES O INCRUSTACIONES. PÉRDIDAS  FUGAS O DAÑOS POR DOLODEFORMACIONES GRADUALES, MALA FEEVOLUCIÓN DE AMPOLLAS U OTRAS IMPERFECCIONES DEL MATERIAL DE QUE ESTÉN CONSTRUIDOS LOS EQUIPOS ASEGURADOS.  CAMBIOS ESTRUCTURALES O DE DISEÑO, AMPLIACIONES, REDUCCIONES, CAMBIOS EN EQUIPOS AUXILIARES DE OPERACIÓN, O ROBO USOS DE UN COMBUSTIBLE DIFERENTE DEL CONSIGNADO EN EL LA ESPECIFICACIÓN QUE INTERVENGA SE ANEXA A ESTA PÓLIZA, A MENOS QUE “LICONSA” HAYA DADO AVISO DE ELLO AL LICITANTE GANADOR, POR ESCRITO, CON DIEZ DÍAS DE ANTICIPACIÓN Y ESTA HAYA EXPRESADO SU CONFORMIDAD AL RESPECTO, TAMBIÉN POR ESCRITO.  REPARACIONES EFECTUADAS A LOS EQUIPOS EN FORMA PROVISIONAL, SALVO LAS QUE FORMEN PARTE DE LA REPARACIÓN DEFINITIVA.  SOMETER NORMALMENTE LOS EQUIPOS A PRESIÓN SUPERIOR A LA MÁXIMA AUTORIZADA EN LA ESPECIFICACIÓN ANEXA A ESTA PÓLIZA, O SUJETARLOS A CUALQUIER CLASE DE PRUEBAS NO ACORDE CON LA OPERACIÓN NORMAL DE DICHOS EQUIPOS.  CAÍDA DE CHIMENEAS QUE NO ESTÉN SOPORTADAS DIRECTAMENTE POR LA ESTRUCTURA DE LAS CALDERAS.  FALLAS ELECTROMECÁNICAS, EN EQUIPOS ASEGURADOS QUE SE DAÑEN POR SU PROPIA OPERACIÓN O POR INFLUENCIAS EXTRAÑAS.  LAS PERDIDAS RESULTANTES DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADODE: PARALIZACIÓN O INTERRUPCIÓN DE NEGOCIOS O DE PROCESOS DE MANUFACTURA, FALTA DE FUERZA MOTRIZ, ELECTRICIDAD, CALOR, VAPOR O REFRIGERACIÓN, RECLAMACIONES POR PERDIDAS O DAÑOS QUE SUFRAN TERCEROS, CUALQUIER OTRA CONSECUENCIA INDIRECTA DEL RIESGO REALIZADO, LAS RESPONSABILIDADES LEGALES O CONTRACTUALES IMPUTABLES AL FABRICANTE O AL VENDEDOR DE LOS BIENES ASEGURADOS, LOS GASTOS EROGADOS POR “LICONSA”, EN FORMA ADICIONAL A LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS, COMO CONSECUENCIA DE LA REALIZACIÓN DE UN RIESGO CUBIERTO POR ESTA PÓLIZA, POR CONCEPTO DE GRATIFICACIONES O PRESTACIONES EXTRAORDINARIAS CONCEDIDAS A SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍASEMPLEADOS U OBREROS, O DE HONORARIOS A TÉCNICOS SUYOS, CUYOS SERVICIOS NO HAYAN SIDO AUTORIZADOS POR EL VICIO PROPIO LICITANTE GANADOR.  ESCAPE DE O DAÑOS A, CONTENIDOS A MENOS QUE SE HAYA CONTRATADO LA COBERTURA ADICIONAL DE CONTENIDOS, EN CUYO CASO SE APLICARAN LAS SIGUIENTES EXCLUSIONES ESPECIALES.  ESCAPE O DAÑOS A LOS CONTENIDOS POR: OPERACIÓN INCORRECTA DE LOS EQUIPOS, VÁLVULAS O CONEXIONES.  APERTURA DE DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD POR SOBREPRESIÓN.  DEFECTOS DE JUNTAS, EMPAQUES, PRENSA, ESTOPAS, CONEXIONES O BÁSCULAS, DISCOS DE SEGURIDAD, DIAFRAGMAS DE RUPTURA Y TAPONES FUSIBLES.  FISURAS O AGRIETAMIENTO XX XXXXXXXX, RECIPIENTES Y TUBERÍAS, SALVO LAS CONTEMPLADAS EN LOS RIESGOS CUBIERTOS DE ESTA SECCIÓN.  DAÑOS A RECUBRIMIENTOS QUE NO SEAN CAUSADOS POR LOS RIESGOS CUBIERTOS EN ESTA PÓLIZA  EL DERRAME O FUGA DE LOS CONTENIDOS DE LAS MISMAS. LA DEMORA CALDERAS O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSARECIPIENTES - SOBRE OTRA PROPIEDAD DE ”LICONSA” O DE TERCEROS  DESGASTE NORMAL, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS DETERIORO GRADUAL, VICIO INHERENTE, OXIDACIÓN, CORROSIÓN, FISURACIÓN, ASENTAMIENTO, DEFORMACIÓN O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍASFATIGA, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A CUALQUIER OTRO DEFECTO QUE SE DESARROLLE EN FORMA GRADUAL. SI COMO CONSECUENCIA DE LOS RIESGOS EXCLUIDOS EN ESTA CLÁUSULA, SURGIERE UNA PERDIDA, DAÑO Y/O GASTO PROVENIENTE DE UN RIESGO DE OTRA FORMA CUBIERTO POR LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDAPÓLIZA, EL LICITANTE GANADOR SERÁ RESPONSABLE POR LA PERDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA RESULTANTE DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADASDICHO RIESGO CUBIERTO. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO  TERRORISMO Y CONTENIDOSSABOTAJE.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN PÉRDIDA POR FRAUDE, ROBO O ABUSO DE CONFIANZA, FALSAS DECLARACIONES, COMETIDO POR FUNCIONARIOS O EMPLEADOS DEL CONSEJO SEA QUE ACTÚEN POR SI SOLOS O QUE ACTÚEN CON OTRAS PERSONAS. • ROBO EN QUE INTERVIENEN PERSONAS POR LAS CUALES EL ASEGURADO FUERA CIVILMENTE RESPONSABLE. • ROBO CAUSADO POR LOS BENEFICIARIOS O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE CAUSAHABIENTES DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTEPOR LOS APODERADOS DE CUALQUIERA DE ELLOS. LA PÉRDIDA ORDINARIA • POR PÉRDIDAS COMO CONSECUENCIA DE PESO ROBO SIN VIOLENCIA, EXTRAVÍO O VOLUMEN DESAPARICIÓN MISTERIOSA. • PÉRDIDAS QUE PROVENGAN DE LAS MERCANCÍASROBO DE TÍTULOS, OBLIGACIONES O DOCUMENTOS DE CUALQUIER CLASE, TIMBRES POSTALES O FISCALES, MONEDAS, BILLETES DE BANCO, CHEQUES, LETRAS, PAGARES, LIBROS DE CONTABILIDAD Y OTROS LIBROS DE COMERCIO, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS CONTENIDOS EN GENERAL XX XXXXX FUERTES, BÓVEDAS O CAJAS REGISTRADORAS. • PÉRDIDAS DIRECTAMENTE CAUSADAS POR HUELGUISTAS O PERSONAS QUE TOMEN PARTE EN DISTURBIOS DE CARÁCTER OBRERO, MOTINES, ALBOROTOS POPULARES O VANDALISMO, DURANTE LA REALIZACIÓN DE TALES ACTOS. • PÉRDIDAS DIRECTAMENTE CAUSADAS POR SAQUEOS QUE SE REALICEN DURANTE O DESPUÉS DE LA OCURRENCIA DE ALGÚN FENÓMENO METEOROLÓGICO O SÍSMICO, QUE PROPICIE QUE DICHO ACTO SE COMETA EN PERJUICIO DEL ASEGURADO. SI AL MOMENTO DE OCURRIR UN SINIESTRO QUE IMPLIQUE PÉRDIDA PARCIAL, LOS BIENES ASEGURADOS TIENEN UN VALOR SUPERIOR A LA NATURALEZA CANTIDAD ASEGURADA, LA COMPAÑÍA NO PODRÁ APLICAR UNA PROPORCIÓN INDEMNIZABLE Y RESPONDERÁ HASTA POR EL CIEN POR CIENTO DEL DAÑO Y HASTA EL MONTO DEL LIMITE DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR RESPONSABILIDAD A PRIMER RIESGO FIJADO EN LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSPÓLIZA.

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Samples: Insurance Agreement

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN ASEGURADORA”NO SERÁ RESPONSABLE, CUALQUIERA QUE SEA LA CAUSA, POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, COMO CONSECUENCIA DE: A) INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE“EL ASEGURADO”. B) ACTOS DOLOSOS O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL CULPA GRAVE DE“EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS ADMINISTRADORES O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA PERSONAS RESPONSABLES DE LA MERCANCÍA DIRECCIÓN TÉCNICA, SIEMPRE Y CUANDO LOS ACTOS DOLOSOS O CULPA GRAVE SEAN ATRIBUIBLES A DICHAS PERSONAS DIRECTAMENTE. C) DEFECTOS O DAÑOS EXISTENTES EN LOS EQUIPOS ASEGURADOS AL INICIARSE LA BODEGA VIGENCIA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO ESTE SEGURO. D) INCENDIO, EXTINCIÓN DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO INCENDIOS, DERRUMBES O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA REMOCIÓN DE PESO O VOLUMEN ESCOMBROS DESPUÉS DE LAS MERCANCÍASUN INCENDIO, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA IMPACTOS DIRECTOS XX XXXX, EXPLOSIONES QUE SE ORIGINEN EN UN BIEN DISTINTO AL DAÑADO Y ROBOS DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN TODA CLASE. E) FENÓMENOS DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% NATURALEZA, TALES COMO PERO NO LIMITADO A: TERREMOTO, TEMBLOR, ERUPCIÓN VOLCÁNICA, HURACÁN, CICLÓN, TEMPESTAD, VIENTOS, GRANIZO, HELADA, INUNDACIÓN, DESBORDAMIENTO Y ALZA DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO NIVEL DE AGUAS, ENFANGAMIENTO, HUNDIMIENTOS Y CONTENIDOSDESPRENDIMIENTOS DE TIERRA O DE ROCAS.

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Samples: Contratación Del Aseguramiento Integral De Bienes Patrimoniales

RIESGOS EXCLUIDOS.  ESTE SEGURO EXPRESAMENTE NO CUBRE AMPLIACIONES, ADAPTACIONES Y MEJORAS NO DECLARADAS A LA VIOLACIÓN COMPAÑÍA Y ACEPTADAS POR ESTA.  SE EXCLUYEN LOS DAÑOS A VEHÍCULOS SOBRE O BAJO EL AGUA. EXCEPTO LOS VEHÍCULOS CONSIDERADOS COMO ANFIBIOS, LANCHAS Y SUS ACCESORIOS.  DESAPARICIÓN MISTERIOSA O ROBO SIN VIOLENCIA, SALVO PARA EL EQUIPO ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO.  ROBO SIN VIOLENCIA DE MAQUINARIA O EQUIPO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE CUBIERTO POR ESTE RIESGO.  ERRORES DEL PROCESO DE FABRICACIÓN DEL PRODUCTO ASEGURADO, A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA.  DESGASTE NORMAL, EROSIÓN, FERMENTACIÓN, DETERIORO GRADUAL, MERMA, INCRUSTACIONES, OXIDACIÓN, CONTAMINACIÓN, VICIO PROPIO, PODREDUMBRE SECA O HUMEDAD, ATMÓSFERA HÚMEDA, SMOG O TEMPERATURA EXTREMA A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA.  SECUESTRO O DESTRUCCIÓN POR ORDEN DE AUTORIDAD PÚBLICA, EXCEPTO LA DESTRUCCIÓN PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN O LA AGRAVACIÓN DE DAÑOS CUBIERTOS POR ESTA PÓLIZA.  OBRAS EN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN CUANDO ÉSTAS NO SEAN REALIZADAS DIRECTAMENTE POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE NO SE HAYA HECHO LA ENTREGA RECEPCIÓN FÍSICA POR PARTE DEL CONTRATISTA A CARGO DE CUALQUIER LEY LAS OBRAS CORRESPONDIENTES.  ROBOS OCURRIDOS DURANTE EL SINIESTRO.  MOJADURAS POR FILTRACIONES DE AGUA COACCIONADAS POR DEFICIENCIAS DE LA CONSTRUCCIÓN O DISPOSICIÓN DISEÑOS O REGLAMENTO EXPEDIDOS FALTA DE MANTENIMIENTO A MENOS QUE SEAN A CONSECUENCIA DE LOS RIESGOS CUBIERTOS.  BIENES MUEBLES QUE NO DEBAN ESTAR A LA INTEMPERIE.  RATERÍA O SAQUEO COMETIDO POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA PERSONA.  DEMORA O NACIONAL FEDERALPÉRDIDA XX XXXXXXX.  GUERRA, ESTATAL INVASIÓN, ACTIVIDADES DE ENEMIGOS EXTRANJEROS, HOSTILIDADES (CON O MUNICIPALSIN DECLARACIÓN XX XXXXXX) GUERRA CIVIL, CUANDO INFLUYA REBELIÓN, REVOLUCIÓN, INSURRECCIÓN, MOTÍN, TUMULTO, HUELGA, SUSPENSIÓN DE EMPLEO Y SUELDO, CONMOCIÓN CIVIL, PODER MILITAR USURPADO, GRUPOS DE PERSONAS MALICIOSAS O PERSONAS ACTUANDO A FAVOR DE O EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTROCONEXIÓN CON CUALQUIER ORGANIZACIÓN POLÍTICA, EMBARGO, ARRAIGOCONSPIRACIÓN, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓNREQUISICIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS O DESTRUCCIÓN O DAÑO POR CUALQUIER GOBIERNO DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO JURE O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FEFACTO, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA DE CUALQUIER AUTORIDAD PÚBLICA.  REACCIÓN NUCLEAR, RADIACIÓN NUCLEAR O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOSCONTAMINACIÓN RADIACTIVA. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO  CUALQUIER TIPO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSCONSECUENCIAL.

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Samples: Insurance Agreement

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN EN ADICIÓN A LAS EXCLUSIONES CONTEMPLADAS EN EL ART.5 DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO, EN NINGÚN CASO QUEDARÁN CUBIERTAS POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE ASEGURADOR LAS RECLAMACIONES POR RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE: 1) POR LA INTERVENCIÓN EN OPERACIONES FINANCIERAS DE CUALQUIER LEY CLASE, DE TITULOS O DISPOSICIÓN DE CREDITOS, MEDIACIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS REPRESENTACIO EN NEGOCIOS PECUNIARIOS, CREDITICIOS, INMOBILIARIOS O SIMILARES. 2) DAÑOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA ERRORES PROFESIONALES COMETIDOS EN EL INTERIOR DEL PAIS O NACIONAL FEDERALEN EL EXTRANJERO Y QUE SE PRODUZCAN O MANIFISTEN EN USA O CANADA Y/O QUE SEAN RECLAMADOS EN TRIBUNALES DE DICHOS PAISES. 3) DAÑOS POR OPERACIONES PROYECTADAS O EJECUTADAS DELIBERADAMENTE A PESAR DE SU PROHIBICIÓN POR LAS LEYES O REGLAMENTOS 4) ROBO, ESTATAL DESFALCO O MUNICIPALABUSO DE CONFIANZA O DIVULGACIÓN XXX XXXXXXX PROFESIONAL. 5) ACTIVIDADES EJECUTADAS MEDIANTE PROCESOS EXPERIMENTALES O NO USUALES. 6) LAGUNAS O ERRORES EN LA COORDINACIÓN DE LOS TRABAJOS, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN PLANIFICACIÓN, SUPERVISIÓN O DIRECCIÓN ACTÚEN OTROS PROFESIONALES QUE NO ESTÉN EN LA RELACION LABORAL DEPENDIENTE DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS ASEGURADO. 7) FALTAS DE CALIDAD DEBIDAS A AHORRO CONSCIENTE EN EL EMPLEO DE LA TÉCNICA O DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS RECURSOS 8) ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDADES POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES CONVENIO O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FECONTRATO, O ROBO BIEN RENUNCIA AL DERECHO DE REPETICIÓN EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA CASOS PREVISTOS EN LA BODEGA LEY. 9) RESPONSABILIDAD DEL ASEGURADO POR ASUMIR OBLIGACIONES QUE EXCEDAN DEL MARCO DE SU DESTINO FINALPROFESIÓN, TALES COMO: A) MANDAR REALIZAR ACTIVIDADES: - EN NOMBRE Y POR CUENTA PROPIOS. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS - EN NOMBRE PROPIO POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTECUENTA XXXXX. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO - EN NOMBRE AJENO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSCUENTA PROPIA.

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Samples: Insurance Contract

RIESGOS EXCLUIDOS. EN ADICIÓN A LAS EXCLUSIONES QUE SE DETALLAN MAS ADELANTE, Y NO OBSTANTE LOS TÉRMINOS Y/O CONDICIONES OTORGADOS BAJO LA VIOLACIÓN POR EL PRESENTE PÓLIZA, LA ASEGURADORA NO ESTARÁ OBLIGADA A PROVEER COBERTURA, REALIZAR PAGOS, PRESTAR SERVICIOS U OTORGAR BENEFICIOS AL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE TERCEROS RELACIONADOS CON LA PÓLIZA, EN LA MEDIDA EN QUE DICHA COBERTURA, PAGO, SERVICIO, BENEFICIO Y/O CUALQUIER NEGOCIO O ACTIVIDAD DEL ASEGURADO, SEA VIOLATORIA XX XXXXX O REGULACIONES SOBRE SANCIONES ECONÓMICAS O COMERCIALES, LOCALES O INTERNACIONALES QUE LE SEAN APLICABLES A LA ASEGURADORA. Campo 1 2 3 4 5 Descripción Fecha a partir de la cual se utiliza Tipo y número de la Entidad Tipo de Documento Ramo al cual pertenece Identificación interna de la proforma Formato 05/04/2016 0000 XX-X 07/ 08 / 14 / 15 TRDM-001 Formato 24/11/2016 1348 P 07/ 08 / 14 / 15 TRDM-002 ADICIONALMENTE, ESTA PÓLIZA NO AMPARA LAS PÉRDIDAS O DAÑOS, QUE SEAN OCASIONADAS DIRECTAMENTE POR: 1. MATERIALES NUCLEARES Y LA EMISIÓN DE RADIACIONES IONIZANTES O CONTAMINACIÓN POR LA RADIACTIVIDAD DE CUALQUIER LEY COMBUSTIBLE NUCLEAR O DISPOSICIÓN DE CUALQUIER DESPERDICIO PROVENIENTE DE TAL COMBUSTIÓN. PARA EFECTOS DE ESTE APARTE, SOLAMENTE SE ENTIENDE POR COMBUSTIÓN CUALQUIER PROCESO DE FISIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS FUSIÓN NUCLEAR QUE SE SOSTIENE POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA SÍ MISMO. 2. GUERRA CIVIL O NACIONAL FEDERALINTERNACIONAL, ESTATAL O MUNICIPALHOSTILIDADES U OPERACIONES SIMILARES X XXXXXX, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTROINVASIÓN, ACTO DE ENEMIGO EXTRANJERO, REVOLUCIÓN, INSURRECCIÓN MILITAR, GOLPE MILITAR, PODER USURPADO, REBELIÓN Y SEDICIÓN. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN ACONTECIMIENTOS QUE ORIGINEN ESAS SITUACIONES DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS NACIONALIZACION, EXPROPIACION, CONFISCACION, REQUISA O DAÑOS DESTRUCCION POR DOLOORDEN DE LA AUTORIDAD PUBLICA, MALA FEEXCEPTO SI LA DESTRUCCION SE CAUSA EN CUMPLIMIENTO DE UN DEBER DE HUMANIDAD. 3. ASONADA, O ROBO SEGÚN SU DEFINICIÓN EN EL CÓDIGO PENAL COLOMBIANO, MOTÍN, CONMOCIÓN CIVIL, HUELGAS, CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO O SUSPENSIÓN DE HECHO DE LABORES Y CONSECUENCIAS DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA SU CONTROL. 4. ACTOS MAL INTENCIONADOS DE TERCEROS, INCLUÍDOS LOS ACTOS TERRORISTAS, MOVIMIENTOS SUBVERSIVOS, SABOTAJE. PARA LOS EFECTOS DE ESTA PÓLIZA, POR ACTO TERRORISTA SE ENTENDERÁ TODO ACTO QUE INTERVENGA INCLUYA, PERO NO SE LIMITE AL USO DE LA FUERZA O VIOLENCIA Y/O AMENAZA POR PARTE DE CUALQUIER PERSONA O GRUPO(S) DE PERSONAS QUE ACTUÉN SOLAS O POR ENCARGO O EN CONEXIÓN CON CUALQUIER ORGANIZACIÓN O GOBIERNO Y QUE SEA COMETIDO POR RAZONES POLÍTICAS, RELIGIOSAS, IDEOLÓGICAS O SIMILARES, INCLUYENDO LA INTENCIÓN DE INFLUENCIAR CUALQUIER GOBIERNO Y/O CREAR TEMOR Y MIEDO EN LA OPINIÓN PÚBLICA O PARTE DE ELLA. TAMBIÉN SE EXCLUYEN LOS DAÑOS, PÉRDIDAS, COSTOS O GASTOS DE CUALQUIER NATURALEZA CAUSADOS DIRECTA O INDIRECTAMENTE POR, QUE SEAN EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA RESULTADO DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASEQUE TENGAN CONEXIÓN CON CUALQUIER MEDIDA TOMADA PARA CONTROLAR, EMPAQUE PREVENIR, SUPRIMIR O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADASQUE ESTÉN EN CUALQUIER FORMA RELACIONADOS CON LOS EVENTOS DESCRITOS EN LOS NUMERALES 3 Y 4 PRECEDENTES. 5. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y CONTENIDOSEXTRACONTRACTUAL.

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Samples: Insurance Policy

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN TERRORISMO Y SABOTAJE REACCION NUCLEAR Y/O CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA, SEA CONTROLADA O NO, SEA PROVOCADA O PROCEDENTE DE CUALQUIER PARTE O PERSONA, DIRECTA O INDIRECTAMENTE; EXCEPTO SI COMO CONSECUENCIA DE REACCIÓN O RADIACIÓN NUCLEAR SE OCASIONA UN INCENDIO, ESTA POLIZA CUBRIRA LOS DAÑOS MATERIALES DIRECTOS OCASIONADOS POR EL ASEGURADO INCENDIO A LOS BIENES AMPARADOS BAJO ESTA COBERTURA. GUERRA, ACCION HOSTIL, BELICA O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE ARMADA, EN TERMINOS DE CUALQUIER LEY XXX X XX XXXXXX, INCLUYENDO LAS ACCIONES TENDIENTES A IMPEDIR UN COMBATE O DISPOSICIÓN EN DEFENSA DE UN ATAQUE INMINENTE O REGLAMENTO EXPEDIDOS ESPERADO POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA PARTE UN GOBIERNO O NACIONAL FEDERALPODER SOBERANO, ESTATAL FUERZA MILITAR, NAVAL O MUNICIPALAEREA EXTRANJERA, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTROTAMBIÉN QUEDA EXCLUIDO POR INSURRECCIÓN, REBELIÓN, REVOLUCIÓN, GUERRA CIVIL, GOLPE DE ESTADO O ACCIONES EMPRENDIDAS POR ENTIDADES GUBERNAMENTALES COMO INCAUTACIÓN O CONFISCACIÓN. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DESTRUCCIÓN DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS BIENES POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES AUTORIDAD LEGAL POR LA APLICACIÓN XX XXX U ORDENANZA. ROBO DE LOS BIENES ASEGURADOS DURANTE O EXTRANJERASDESPUÉS DEL REALIZACIÓN DEL SINIESTRO AMPARADO. XXXX XXXXXXXXX, SEAN TAL COMO DESGASTE NORMAL POR USO, FERMENTACIÓN Y VICIO PROPIO. DAÑOS CAUSADOS POR VIBRACIÓN DE HECHO EQUIPOS CUYO MONTAJE HAYA SIDO DEFECTUOSO. GASTOS DE MANTENIMIENTO, O MEJORAS A LOS INMUEBLES, INSTALACIONES Y MAQUINARIA. GASTOS DE MONTAJE Y DESMONTAJE DE MAQUINARIA Y EQUIPO CUANDO ESTE SEA MOTIVO DE AGRAVACIÓN DE ALGUN RIESGO AMPARADO O QUE NO HAYA SIDO AUTORIZADO POR LA COMPAÑÍA. PERDIDAS CONSECUENCIALES POR SUSPENSIÓN DE ENERGIA, COMBUSTIBLE O CUALQUIER OTRO MOTIVO. SINIESTROS CAUSADOS POR FRAUDE, DOLO O MALA FE. CARENCIA, ESCASEZ DE COMBUSTIBLES O DE DERECHOTRABAJOS DE CUALQUIER CLASE O NATURALEZA. PÉRDIDAS CAMBIOS DE TEMPERATURA O DE HUMEDAD, DERIVADAS DE ACCIONES DE LA NATURALEZA AGUAS SUBTERRÁNEAS O FREÁTICAS QUE OCASIONEN FILTRACIONES A TRAVÉS DEL CIMENTACIÓN DE LOS PISOS O DE LOS MUROS DE CONTENCIÓN O FRACTURAS DE DICHA CIMENTACIÓN O DE LOS MUROS. CUALQUIER TIPO DE PERDIDA XX XXXXXXX O RETRASO, CON EXCEPCION DE GASTOS FIJOS, SUELDOS Y SALARIOS, GASTOS EXTRAORDINARIOS. RESPONSABILIDAD POR PRESTACIONES SUSTITUTORIAS DEL INCUMPLIMENTO DE CONTRATOS O CONVENIOS. RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE DAÑOS OCASIONADOS DOLOSAMENTE. RESPONSABILIDADES POR DAÑOS CAUSADOS POR: HUNDIMIENTO O ASENTAMIENTO DEL SUELO O SUBSUELO. FALTA O INSUFICIENCIA DE OBRAS DE CONSOLIDACIÓN PARA EVITAR LA PERDIDA DE SOSTÉN NECESARIO AL SUELO SUBSUELO DE PROPIEDADES VECINAS. RESPONSABILIDADES POR DAÑOS OCASIONADOS POR GUERRA U OTROS ACTOS BÉLICOS, REVOLUCION, REBELIÓN MOTINES, HUELGAS O DAÑOS QUE SE ORIGINEN POR DOLODISPOSICIONES DE AUTORIDADES DE DERECHO O DE HECHO. RESPONSABILIDADES IMPUTABLES AL ASEGURADO DE ACUERDO CON LA LEY FEDERAL DE TRABAJO, MALA FELA LEY DE SEGURO SOCIAL U OTRA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DE DICHAS LEYES. RESPONSABILIDADES PROFESIONALES. PERDIDAS O DAÑOS EN LOS EQUIPOS A CONSECUENCIA DEL USO, DESGASTE O ROBO EN DEL FUNCIONAMIENTO NORMAL O CONTINUO. LOS COSTOS DE REPARAR EL QUE INTERVENGA DIRECTA DISEÑO, LAS ESPECIFICACIONES, LOS MATERIALES DE PROCESO O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOSLOS TRABAJOS DEFECTUOSOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE PERDIDA O DAÑOS DE LOS QUE SEA LEGAL O CONTRACTUALMENTE RESPONSABLE EL FABRICANTE O PROVEEDOR DE LOS EQUIPOS ASEGURADOS. DESGASTE NORMAL, FUGAS, DEFORMACIONES GRADUALES, EROSIÓN, DETERIORO GRADUAL, MERMAS, INCRUSTACIONES, DERRAMES, CONTAMINACIÓN, VICIO INHERENTE, OXIDACIÓN, HUMEDAD ATMOSFÉRICA, AGOTAMIENTO DE MATERIAL, HERRUMBRE, PODREDUMBRE SECA O HÚMEDA, MOHO, SOLIDIFICACIÓN DE CONTENIDOS EN RECIPIENTES, SMOG O TEMPERATURAS EXTREMAS, CORROSIÓN, A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O MENOS QUE SE SIGA LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR O DAÑO DE UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. NO EXCLUIDO BAJO LA DESAPARICIÓN MISTERIOSAPRESENTE, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS EN TAL CASO ESTA PÓLIZA CUBRIRÁ DICHA PÉRDIDA O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSRESULTANTE.

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Samples: Contract for Services

RIESGOS EXCLUIDOS. PÉRDIDA POR FRAUDE, ROBO O ABUSO DE CONFIANZA, FALSAS DECLARACIONES, COMETIDO POR EMPLEADOS, FUNCIONARIOS, DEL CONSEJO SEA QUE ACTÚEN POR SI SOLOS O DE ACUERDO CON OTRAS PERSONAS. • POR PÉRDIDAS DIRECTAMENTE CAUSADAS POR HUELGUISTAS O POR PERSONAS QUE TOMEN PARTE EN DISTURBIOS DE CARÁCTER OBRERO, MOTINES, ALBOROTOS POPULARES O VANDALISMO, DURANTE LA VIOLACIÓN REALIZACIÓN DE TALES ACTOS. • POR PÉRDIDAS DIRECTAMENTE CAUSADAS POR SAQUEOS QUE SE REALICEN DURANTE O DESPUÉS DE LA OCURRENCIA O DE ALGÚN FENÓMENO METEOROLÓGICO O SÍSMICO QUE PROPICIE QUE DICHOS ACTOS SE COMETAN EN PERJUICIO DEL CONSEJO. • POR PÉRDIDAS COMO CONSECUENCIA DE ROBO SIN VIOLENCIA, EXTRAVÍO O DESAPARICIÓN MISTERIOSA O FALSAS DECLARACIONES. SI AL MOMENTO DE OCURRIR UN SINIESTRO QUE IMPLIQUE PÉRDIDA PARCIAL, LOS BIENES ASEGURADOS TIENEN UN VALOR SUPERIOR A LA CANTIDAD ASEGURADA, LA COMPAÑÍA NO PODRÁ APLICAR UNA PROPORCIÓN INDEMNIZABLE Y RESPONDERÁ HASTA POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE CIEN POR CIENTO DEL DAÑO Y HASTA EL MONTO DEL LIMITE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA RESPONSABILIDAD A PRIMER RIESGO FIJADO EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSPÓLIZA.

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Samples: Insurance Agreement

RIESGOS EXCLUIDOS. DAÑOS POR FERMENTACIÓN, VICIO PROPIO, COMBUSTIÓN ESPONTÁNEA O |BIEN POR PROCEDIMIENTOS DE CALEFACCIÓN, ENFRIAMIENTO, O DESECACIÓN, A LOS CUALES HUBIEREN SIDO SOMETIDOS LOS BIENES. LA VIOLACIÓN EXCLUSIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE CALEFACCIÓN O DESECACIÓN NO PROCEDE CUANDO ESTOS SEAN CAUSADOS POR LA REALIZACIÓN DE CUALQUIERA DE LOS RIESGOS AMPARADOS EN ESTA PÓLIZA. LA SOLIDIFICACIÓN DE LOS CONTENIDOS EN RECIPIENTES DE FUNDICIÓN, HORNOS, CANALES, Y TUBERÍAS, ASÍ COMO DERRAME DE MATERIAL FUNDIDO. CONTAMINACIÓN.- QUEDAN EXCLUIDOS DE ESTE CONTRATO LOS DAÑOS CAUSADOS POR CONTAMINACIÓN. SIN EMBARGO, SI LOS BIENES ASEGURADOS SUFRIEREN DAÑOS MATERIALES DIRECTOS (INCLUYENDO PERDIDA CONSECUENCIAL) CAUSADOS POR UN RIESGO AMPARADO QUE PROVOCARAN CONTAMINACIÓN EN LOS MISMOS, ESTOS DAÑOS ESTARÁN CUBIERTOS. NO OBSTANTE, EL ASEGURADO SEGURO NO INCLUYE LOS GASTOS DE LIMPIEZA O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DESCONTAMINACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (TIERRA, SUBSUELO, AIRE, AGUAS). DAÑOS A LOS BIENES DERIVADOS DE LOS PROCESOS DE FABRICACIÓN O TRANSFORMACIÓN. ROTURA, DAÑOS O FALLAS MECÁNICAS O ELÉCTRICAS XX XXXXXXXX, MAQUINARIA, EQUIPO, COMPUTADORAS E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS Y EL COSTO DE SU REPARACIÓN, RECTIFICACIÓN Y SUSTITUCIÓN. PERDIDAS PURAMENTE FINANCIERAS O DAÑOS QUE NO OCURRAN ESPECÍFICAMENTE A LOS BIENES MATERIA DEL SEGURO, TALES COMO DESAPARICIÓN MISTERIOSA, MERMA, DERRAME, FRAUDE, ROBO, PÉRDIDAS MONETARIAS DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERALTIPO, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA COMO PUEDEN SER PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN POR RETRASO EN ENTREGA DE MERCANCÍAS O POR MALA CALIDAD DEL PRODUCTO, O POR PARO DE ACTIVIDADES DE LOS TRABAJADORES, INCLUYENDO DEUDAS PENDIENTES O DAÑOS A PÉRDIDAS CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURORETRASO. CUALQUIER CLASE DE RESTRICCIONES DE LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO AUTORIDAD PÚBLICA EN LO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE SE REFIERE A LA ENTREGA RECONSTRUCCIÓN U OPERACIÓN, LA FALTA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS CAPITAL SUFICIENTE POR PARTE DEL ASEGURADO PARA LA RECONSTRUCCIÓN A SU DEBIDO TIEMPO O EL REMPLAZO A SU DEBIDO TIEMPO DE LOS BIENES PERDIDOS, DESTRUIDOS O DAÑADOS, Y LA PÉRDIDA DEL NEGOCIO QUE SE DEBA A CAUSAS TALES COMO, SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE UNA LICENCIA DE ARRENDAMIENTO O DE UN PEDIDO, QUE SE PRODUZCA DESPUÉS DEL MOMENTO EN QUE LOS BIENES DAÑADOS ESTÉN DE NUEVO EN CONDICIONES DE FUNCIONAR Y LAS OPERACIONES HUBIERAN PODIDO SER REANUDADAS EN CASO DE QUE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO NO HUBIERA EXPIRADO O ESTE PEDIDO NO HUBIERA SIDO SUJETO DE SUSPENSIÓN O DE CANCELACIÓN. HUNDIMIENTOS, DESPLAZAMIENTOS Y ASENTAMIENTOS DEL SUELO QUE NO SEAN CAUSADOS POR INCENDIO, EXPLOSIÓN, INUNDACIÓN, HURACÁN, GRANIZO, CICLÓN, VIENTOS TEMPESTUOSOS, TERREMOTO O ERUPCIÓN VOLCÁNICA. DAÑOS ATRIBUIBLES POR LA DEFICIENCIA EN LA CONSTRUCCIÓN O MAL DISEÑO DE LA MISMA. PLAGAS Y DEPREDADORES. DESGASTE Y VICIO PROPIO, DAÑO PAULATINO QUE, SIN DEBERSE A LOS RIESGOS ASEGURADOS SUFRAN LOS BIENES, COMO CONTAMINACIÓN, PUDRIMIENTO, DESGASTE, DETERIORO, OXIDACIÓN, EROSIÓN, CORROSIÓN, FERMENTACIÓN, CAVITACIÓN, INCRUSTACIÓN, SEDIMENTACIÓN GRADUAL DE IMPUREZAS, EVAPORACIÓN, FUGA, PÉRDIDA DE PESO, MERMA, ENCOGIMIENTO, FATIGA DE MATERIALES, ENSANCHAMIENTO Y ESTIRAMIENTO. RAPIÑA O SAQUEO COMETIDO POR CUALQUIER PERSONA, DURANTE LA OCURRENCIA DE UN SISMO, INUNDACIÓN O INCENDIO. DAÑOS POR MOJADURA O HUMEDADES O SUS CONSECUENCIAS DEBIDO A FILTRACIONES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS O FREÁTICAS. DAÑOS POR MALA APLICACIÓN O DEFICIENCIAS DE MATERIALES IMPERMEABILIZANTES. DAÑOS POR MOJADURAS, VIENTO O LLUVIA AL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. CONTENIDOS A MENOS QUE LOS EDIFICIOS SEAN DESTRUIDOS O DAÑADOS EN SUS TECHOS, MUROS, PUERTAS O VENTANAS EXTERIORES POR LA PÉRDIDA ORDINARIA ACCIÓN DIRECTA DE PESO LOS VIENTOS, O VOLUMEN DEL AGUA O XXX XXXXXXX O POR LA ACUMULACIÓN DE ÉSTE, QUE CAUSEN ABERTURAS PERMANENTES O GRIETAS A TRAVÉS DE LAS MERCANCÍASCUALES SE HAYA INTRODUCIDO EL AGUA O VIENTO. RETROCESO DE AGUA EN ALCANTARILLADO, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA FALTA O INSUFICIENCIA DE ELLASDRENAJE, EN LOS INMUEBLES DEL ASEGURADO. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN ACCIÓN NATURAL DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSMAREA.

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Samples: Contratación De Seguros

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN ESTA PÓLIZA NO ASEGURA: LOS ACTOS FRAUDULENTOS COMETIDOS CON DOLO O MALA FE POR EL ASEGURADO ASEGURADO. EL COSTO DE MEJORAR O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE ADICIONAR EL DISEÑO ORIGINAL DEL BIEN ASEGURADO. SE EXCLUYE LOS DAÑOS A VEHÍCULOS SOBRE O BAJO EL AGUA. DESAPARICIÓN MISTERIOSA O ROBO SIN VIOLENCIA EXCEPTO PARA LA COBERTURA DE EQUIPO ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO. ERRORES EN EL PROCESO DE FABRICACIÓN DEL PRODUCTO ASEGURADO, A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER LEY RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA. DESGASTE NORMAL, EROSIÓN, FERMENTACIÓN, DETERIORO GRADUAL, MERMA, INCRUSTACIONES, OXIDACIÓN, CONTAMINACIÓN, VICIO PROPIO, DERRUMBE, PODREDUMBRE SECA O DISPOSICIÓN HÚMEDA, ATMÓSFERA HÚMEDA, SMOG Ó TEMPERATURA EXTREMA A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA. EL DESPLAZAMIENTO, HUNDIMIENTO, ASENTAMIENTO NORMAL DE: PAREDES, PISOS, TECHOS, CAMINOS, PUENTES, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, ASÍ COMO LA RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR POR VICIOS DE CONSTRUCCIÓN A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE UN RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA. Y/O REGLAMENTO EXPEDIDOS SEA CAUSADO POR TERCEROS DEMORA, PÉRDIDA XX XXXXXXX O RETRASO, CON RESPECTO A LOS BIENES EN TRÁNSITO; ASÍ COMO LA INTERRUPCIÓN TOTAL O PARCIAL DE NEGOCIOS. LA REACCIÓN O RADIACIÓN NUCLEAR O CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA, CONTROLADA O NO, YA SEA PERDIDA DIRECTA O INDIRECTA, PRÓXIMA O REMOTA, TOTAL O PARCIALMENTE CAUSADAS O AGRAVADA POR EL O LOS RIESGOS AMPARADOS BAJO LA PRESENTE PÓLIZA, CON LA SIGUIENTE EXCEPCIÓN: SI ES CONSECUENCIA DE UN INCENDIO, LA RESPONSABILIDAD ESTA ESPECÍFICAMENTE CUBIERTA PARA LAS PÉRDIDAS DIRECTAS DERIVADAS DE DICHO INCENDIO, PERO NO SE CUBREN LAS PÉRDIDAS DERIVADAS DE LA REACCIÓN O RADIACIÓN NUCLEAR O LA CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA. ACTOS DE AUTORIDAD, HOSTILES O BÉLICOS EN TIEMPOS DE XXX X XXXXXX. 1.-INCLUYENDO ACTOS DE OBSTRUCCIÓN, COMBATE O DEFENSA EN CONTRA DE ATAQUE REAL, EMINENTE O ESPERADO. POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA GOBIERNO O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN PODER SOBERANO DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO POR CUALQUIER AUTORIDAD QUE MANTIENE O USA FUERZAS MILITARES, NAVALES O AÉREAS. POR UN AGENTE DE TAL GOBIERNO, PODER, AUTORIDAD O FUERZA. 2.-CUALQUIER ARMA XX XXXXXX QUE USE FISIÓN ATÓMICA. 3.-REBELIÓN, REVOLUCIÓN, GUERRA CIVIL, PODER USURPADOR O ACCIÓN TOMADA POR UNA AUTORIDAD GUBERNAMENTAL PARA OBSTRUIR, COMBATIR O DEFENDER EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA CONTRA DE DICHO EVENTO. 4.-SECUESTRO O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADODESTRUCCIÓN POR ORDEN DE AUTORIDAD PÚBLICA, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. EXCEPTO LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DESTRUCCIÓN PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DE LAS MISMAS. LA DEMORA INCENDIO Y EXPLOSIÓN O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS AGRAVACIÓN DE DAÑOS CUBIERTOS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSESTA PÓLIZA.

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Samples: Contract for Services

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y PRESENTE PÓLIZA NO ASEGURA LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS MATERIALES A LOS VALORES QUE TUVIEREN POR DOLOCAUSA O FUEREN CONSECUENCIA DE: X. XXXXX SIMPLE O NO CALIFICADO, MALA FE, O ROBO DE ACUERDO CON LA DEFINICIÓN PREVISTA EN EL CÓDIGO PENAL COLOMBIANO. X. XXXXXX INTERNACIONAL O CIVIL, REBELIÓN, INSURRECCIÓN, ACTO HOSTIL DE UN PODER BELIGERANTE O CONTRA DICHO PODER, APREHENSIÓN PROVENIENTE DE LOS ANTERIORES RIESGOS, MINAS, TORPEDOS, BOMBAS U OTROS ARTEFACTOS XX XXXXXX ABANDONADOS. C. HUELGA, SUSPENSIÓN DE HECHO DE LABORES, SUSPENSIÓN DE TRABAJO POR CIERRE PATRONAL, DISTURBIOS DE TRABAJO, MOTINES, CONMOCIONES CIVILES, TERRORISMO Y APODERAMIENTO O DESVÍO XX XXXXX O AERONAVES, Y ACTOS TERRORISTAS Y DE MOVIMIENTOS SUBVERSIVOS. X. XXXXXX PARTICULAR, ENTENDIÉNDOSE POR TAL, LOS DAÑOS A LOS VALORES ASEGURADOS QUE INTERVENGA DIRECTA SEAN CONSECUENCIA DE EVENTOS DIFERENTES A: 1. INCENDIO, XXXX, EXPLOSIÓN O INDIRECTAMENTE POR HECHOS TENDIENTES A EXTINGUIR EL FUEGO ORIGINADO POR TALES CAUSAS. 2. CAÍDAS ACCIDENTALES AL MAR O AL RÍO DE BULTOS DURANTE LA NAVEGACIÓN O DURANTE LAS OPERACIONES DE CARGUE, DESCARGUE O TRANSBORDO. 3. ACCIDENTES QUE SUFRA EL VEHÍCULO TRANSPORTADOR, E 4. INUNDACIÓN Y DESBORDAMIENTO XX XXXX, HUNDIMIENTO O DERRUMBE DE MUELLES, ERUPCIONES VOLCÁNICAS, TEMBLORES DE TIERRA O CUALESQUIERA OTRAS CONVULSIONES DE LA NATURALEZA. E. DECOMISO, EMBARGO Y SECUESTRO, RETENCIÓN, APREHENSIÓN O, ENGENERAL, ACTO DE AUTORIDAD SOBRE LOS VALORES O SOBRE EL MEDIO DE TRANSPORTE. F. EL ABUSO DE CONFIANZA, EL CHANTAJE, LA ESTAFA Y LA EXTORSIÓN DE ACUERDO CON SU DEFINICIÓN LEGAL. G. ACTOS ILÍCITOS, INFIDELIDAD O FALTA DE INTEGRIDAD DEL ASEGURADO, SUS ENVIADOS DEL DESTINATARIO O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA EMPLEADOS O AGENTES DE CUALQUIERA DE ELLOS. H. LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSACCIÓN DE RATAS, COMEJÉN, GORGOJO, POLILLA U OTRAS PLAGAS.

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Samples: Póliza Automática De Seguro De Transporte De Valores

RIESGOS EXCLUIDOS. DAÑOS POR FERMENTACIÓN, VICIO PROPIO, COMBUSTIÓN ESPONTÁNEA O BIEN POR PROCEDIMIENTOS DE CALEFACCIÓN, ENFRIAMIENTO, O DESECACIÓN, A LOS CUALES HUBIEREN SIDO SOMETIDOS LOS BIENES. LA VIOLACIÓN EXCLUSIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE CALEFACCIÓN O DESECACIÓN NO PROCEDE CUANDO ESTOS SEAN CAUSADOS POR LA REALIZACIÓN DE CUALQUIERA DE LOS RIESGOS AMPARADOS EN ESTA PÓLIZA LA SOLIDIFICACIÓN DE LOS CONTENIDOS EN RECIPIENTES DE FUNDICIÓN, HORNOS, CANALES, Y TUBERÍAS, ASÍ COMO DERRAME DE MATERIAL FUNDIDO CONTAMINACIÓN.- QUEDAN EXCLUIDOS DE ESTE CONTRATO LOS DAÑOS CAUSADOS POR CONTAMINACIÓN. SIN EMBARGO, SI LOS BIENES ASEGURADOS SUFRIEREN DAÑOS MATERIALES DIRECTOS (INCLUYENDO PERDIDA CONSECUENCIAL) CAUSADOS POR UN RIESGO AMPARADO QUE PROVOCARAN CONTAMINACIÓN EN LOS MISMOS, ESTOS DAÑOS ESTARÁN CUBIERTOS. NO OBSTANTE, EL ASEGURADO SEGURO NO INCLUYE LOS GASTOS DE LIMPIEZA O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DESCONTAMINACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (TIERRA, SUBSUELO, AIRE, AGUAS) DAÑOS A LOS BIENES DERIVADOS DE LOS PROCESOS DE FABRICACIÓN O TRANSFORMACIÓN. ROTURA, DAÑOS O FALLAS MECÁNICAS O ELÉCTRICAS XX XXXXXXXX, MAQUINARIA, EQUIPO, COMPUTADORAS E INSTALACIONES ELECTRÓNICAS Y EL COSTO DE SU REPARACIÓN, RECTIFICACIÓN Y SUSTITUCIÓN PERDIDAS PURAMENTE FINANCIERAS O DAÑOS QUE NO OCURRAN ESPECÍFICAMENTE A LOS BIENES MATERIA DEL SEGURO, TALES COMO DESAPARICIÓN MISTERIOSA, MERMA, DERRAME, FRAUDE, ROBO, PÉRDIDAS MONETARIAS DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERALTIPO, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA COMO PUEDEN SER PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN POR RETRASO EN ENTREGA DE MERCANCÍAS O POR MALA CALIDAD DEL PRODUCTO, O POR PARO DE ACTIVIDADES DE LOS TRABAJADORES, INCLUYENDO DEUDAS PENDIENTES O DAÑOS A PÉRDIDAS CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. RETRASO CUALQUIER CLASE DE RESTRICCIONES DE LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO AUTORIDAD PÚBLICA EN LO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE SE REFIERE A LA ENTREGA RECONSTRUCCIÓN U OPERACIÓN, LA FALTA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS CAPITAL SUFICIENTE POR PARTE DEL ASEGURADO PARA LA RECONSTRUCCIÓN A SU DEBIDO TIEMPO O EL REMPLAZO A SU DEBIDO TIEMPO DE LOS BIENES PERDIDOS, DESTRUIDOS O DAÑADOS, Y LA PÉRDIDA DEL NEGOCIO QUE SE DEBA A CAUSAS TALES COMO, SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE UNA LICENCIA DE ARRENDAMIENTO O DE UN PEDIDO, QUE SE PRODUZCA DESPUÉS DEL MOMENTO EN QUE LOS BIENES DAÑADOS ESTÉN DE NUEVO EN CONDICIONES DE FUNCIONAR Y LAS OPERACIONES HUBIERAN PODIDO SER REANUDADAS EN CASO DE QUE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO NO HUBIERA EXPIRADO O ESTE PEDIDO NO HUBIERA SIDO SUJETO DE SUSPENSIÓN O DE CANCELACIÓN HUNDIMIENTOS, DESPLAZAMIENTOS Y ASENTAMIENTOS DEL SUELO QUE NO SEAN CAUSADOS POR INCENDIO, EXPLOSIÓN, INUNDACIÓN, HURACÁN, GRANIZO, CICLÓN, VIENTOS TEMPESTUOSOS, TERREMOTO O ERUPCIÓN VOLCÁNICA DAÑOS ATRIBUIBLES POR LA DEFICIENCIA EN LA CONSTRUCCIÓN O MAL DISEÑO DE LA MISMA PLAGAS Y DEPREDADORES DESGASTE Y VICIO PROPIO, DAÑO PAULATINO QUE, SIN DEBERSE A LOS RIESGOS ASEGURADOS SUFRAN LOS BIENES, COMO CONTAMINACIÓN, PUDRIMIENTO, DESGASTE, DETERIORO, OXIDACIÓN, EROSIÓN, CORROSIÓN, FERMENTACIÓN, CAVITACIÓN, INCRUSTACIÓN, SEDIMENTACIÓN GRADUAL DE IMPUREZAS, EVAPORACIÓN, FUGA, PÉRDIDA DE PESO, MERMA, ENCOGIMIENTO, FATIGA DE MATERIALES, ENSANCHAMIENTO Y ESTIRAMIENTO. RAPIÑA O SAQUEO COMETIDO POR CUALQUIER PERSONA, DURANTE LA OCURRENCIA DE UN SISMO, INUNDACIÓN O INCENDIO. DAÑOS POR MOJADURA O HUMEDADES O SUS CONSECUENCIAS DEBIDO A FILTRACIONES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS O FREÁTICAS DAÑOS POR MALA APLICACIÓN O DEFICIENCIAS DE MATERIALES IMPERMEABILIZANTES DAÑOS POR MOJADURAS, VIENTO O LLUVIA AL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. CONTENIDOS A MENOS QUE LOS EDIFICIOS SEAN DESTRUIDOS O DAÑADOS EN SUS TECHOS, MUROS, PUERTAS O VENTANAS EXTERIORES POR LA PÉRDIDA ORDINARIA ACCIÓN DIRECTA DE PESO LOS VIENTOS, O VOLUMEN DEL AGUA O XXX XXXXXXX O POR LA ACUMULACIÓN DE ÉSTE, QUE CAUSEN ABERTURAS PERMANENTES O GRIETAS A TRAVÉS DE LAS MERCANCÍASCUALES SE HAYA INTRODUCIDO EL AGUA O VIENTO RETROCESO DE AGUA EN ALCANTARILLADO, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA FALTA O INSUFICIENCIA DE ELLAS. PÉRDIDADRENAJE, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO EN LOS INMUEBLES DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN ASEGURADO ACCIÓN NATURAL DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSMAREA.

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Samples: Licitación Pública Nacional

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y ESTA PÓLIZA NO CUBRE LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS SIGUIENTES: A) LOS PROVOCADOS INTENCIONADAMENTE POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES EL ASEGURADO O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA BENEFICIARIOS DE LA MERCANCÍA PÓLIZA. B) EL CONSUMO DE DROGAS TÓXICAS, ALCOHOL O ESTUPEFACIENTES NO PRESCRITOS MÉDICAMENTE. C) LOS QUE TENGAN SU ORIGEN EN LA BODEGA UN ACTO DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO IMPRUDENCIA TEMERARIA O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍASNEGLIGENCIA GRAVE, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA LOS DERIVA- DOS DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN ACTOS DELICTIVOS Y DE LA PÓLIZA ESTÁN PARTICIPACIÓN EN UN RANGO DEL 10% APUESTAS, EN DESAFÍOS, O EN RIÑAS, SALVO LOS CASOS DE LEGÍ- TIMA DEFENSA. D) LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% ACTOS DOLOSOS, LAS AUTOLESIONES, EL SUICIDIO. E) EPIDEMIAS Y POLUCIÓN. F) GUERRA CIVIL O INTERNACIONAL, HAYA O NO MEDIADO DECLARACIÓN OFICIAL, LEVANTAMIENTOS POPULARES, INSU- RRECCIÓN, REBELIÓN, REVOLUCIÓN O ACTOS TERRORISTAS Y CAUSAS DERIVADAS DE ELLOS. G) REACCIÓN, RADIACIÓN NUCLEAR O CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA. H) NO SUJECIÓN A PROHIBICIONES OFICIALES. I) FALTA O IMPOSIBILIDAD DE VACUNACIÓN O DE SEGUIMIENTO DE TRATAMIENTO MÉDICO NECESARIO PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSVIAJAR A DETERMINADOS PAÍSES.

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Samples: Anulación De Seguro

RIESGOS EXCLUIDOS. ESTE SEGURO EXPRESAMENTE NO CUBRE AMPLIACIONES, ADAPTACIONES Y MEJORAS NO DECLARADAS A LA VIOLACIÓN COMPAÑÍA Y ACEPTADAS POR ESTA. • SE EXCLUYEN LOS DAÑOS A VEHÍCULOS SOBRE O BAJO EL AGUA, EXCEPTO LOS VEHÍCULOS CONSIDERADOS COMO ANFIBIOS, LANCHAS Y SUS ACCESORIOS. • DESAPARICIÓN MISTERIOSA O ROBO SIN VIOLENCIA, SALVO LO PACTADO EN ESTA PÓLIZA. • ROBO SIN VIOLENCIA DE MAQUINARIA O EQUIPO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE CUBIERTO POR ESTE RIESGO. • ERRORES DEL PROCESO DE FABRICACIÓN DEL PRODUCTO ASEGURADO, A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA. • DESGASTE NORMAL, EROSIÓN, FERMENTACIÓN, DETERIORO GRADUAL, MERMA, INCRUSTACIONES, OXIDACIÓN, CONTAMINACIÓN, VICIO PROPIO, PODREDUMBRE SECA O HUMEDAD, ATMÓSFERA HÚMEDA, SMOG O TEMPERATURA EXTREMA A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA. • EL DESPLAZAMIENTO, HUNDIMIENTO GRADUAL, ASENTAMIENTO NORMAL DE: PAREDES, PISOS, TECHOS, CAMINOS, PUENTES, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, ASÍ COMO LA RESPONSABILIDAD DEL CONSTRUCTOR POR VICIOS DE CONSTRUCCIÓN A MENOS QUE SEAN CONSECUENCIA DE UN RIESGO AMPARADO POR ESTA PÓLIZA, O SI SON CAUSADOS POR TERCEROS. • SECUESTRO O DESTRUCCIÓN POR ORDEN DE AUTORIDAD PÚBLICA, EXCEPTO LA DESTRUCCIÓN PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN O LA AGRAVACIÓN DE DAÑOS CUBIERTOS POR ESTA PÓLIZA. • OBRAS EN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN CUANDO ÉSTAS NO SEAN REALIZADAS DIRECTAMENTE POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE NO SE HAYA HECHO LA ENTREGA RECEPCIÓN FÍSICA POR PARTE DEL CONTRATISTA A CARGO DE CUALQUIER LEY LAS OBRAS CORRESPONDIENTES. • ROBOS OCURRIDOS DURANTE EL SINIESTRO. • MOJADURAS POR FILTRACIONES DE AGUA COACCIONADAS POR DEFICIENCIAS DE LA CONSTRUCCIÓN O DISPOSICIÓN DISEÑOS O REGLAMENTO EXPEDIDOS FALTA DE MANTENIMIENTO A MENOS QUE SEAN A CONSECUENCIA DE LOS RIESGOS CUBIERTOS. • BIENES MUEBLES QUE NO DEBAN ESTAR A LA INTEMPERIE. • RATERÍA O SAQUEO COMETIDO POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA PERSONA. • DEMORA O NACIONAL FEDERALPÉRDIDA XX XXXXXXX. • GUERRA, ESTATAL INVASIÓN, ACTIVIDADES DE ENEMIGOS EXTRANJEROS, HOSTILIDADES (CON O MUNICIPALSIN DECLARACIÓN XX XXXXXX) GUERRA CIVIL, CUANDO INFLUYA REBELIÓN, REVOLUCIÓN, INSURRECCIÓN, MOTÍN, TUMULTO, HUELGA, SUSPENSIÓN DE EMPLEO Y SUELDO, CONMOCIÓN CIVIL, PODER MILITAR USURPADO, GRUPOS DE PERSONAS MALICIOSAS O PERSONAS ACTUANDO A FAVOR DE O EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTROCONEXIÓN CON CUALQUIER ORGANIZACIÓN POLÍTICA, EMBARGO, ARRAIGOCONSPIRACIÓN, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓNREQUISICIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS O DESTRUCCIÓN O DAÑO POR CUALQUIER GOBIERNO DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO JURE O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FEFACTO, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA DE CUALQUIER AUTORIDAD PÚBLICA. • REACCIÓN NUCLEAR, RADIACIÓN NUCLEAR O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOSCONTAMINACIÓN RADIACTIVA. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO • CUALQUIER TIPO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSCONSECUENCIAL.

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Samples: Licitación Pública Nacional

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y ESTA PÓLIZA NO CUBRE LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS SIGUIENTES: A) LOS PROVOCADOS INTENCIONADAMENTE POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES EL ASEGURADO O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA BENEFICIARIOS DE LA MERCANCÍA PÓLIZA. B) EL CONSUMO DE DROGAS TÓXICAS, ALCOHOL O ESTUPEFACIENTES NO PRESCRITOS MÉDI- CAMENTE. C) LOS QUE TENGAN SU ORIGEN EN LA BODEGA UN ACTO DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO IMPRUDENCIA TEMERARIA O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍASNEGLIGENCIA GRAVE, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA LOS DERIVADOS DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN ACTOS DELICTIVOS Y DE LA PÓLIZA ESTÁN PARTICIPACIÓN EN UN RANGO DEL 10% APUESTAS, EN DESAFÍOS, O EN RIÑAS, SALVO LOS CASOS DE LEGÍTIMA DEFENSA. D) LOS ACTOS DOLOSOS, LAS AUTOLESIONES, EL SUICIDIO. E) EPIDEMIAS Y POLUCIÓN. F) GUERRA CIVIL O INTERNACIONAL, HAYA O NO MEDIADO DECLARACIÓN OFICIAL, LEVANTA- MIENTOS POPULARES, INSURRECCIÓN, REBELIÓN, REVOLUCIÓN O ACTOS TERRORISTAS Y CAUSAS DERIVADAS DE ELLOS. G) REACCIÓN, RADIACIÓN NUCLEAR O CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA. H) NO SUJECIÓN A PROHIBICIONES OFICIALES. I) FALTA O IMPOSIBILIDAD DE VACUNACIÓN O DE SEGUIMIENTO DE TRATAMIENTO MÉDICO NECESARIO PARA VIAJAR A DETERMINADOS PAÍSES. A) LA NO PRESENTACIÓN, OLVIDO Y/O CADUCIDAD DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% DOCUMENTOS NECESARIOS PARA VIAJAR, TALES COMO PASAPORTE, VISADO (SALVO LA NO CONCESIÓN POR CAUSAS INJUS- TIFICADAS), BILLETES O CARNETS. B) CUALQUIER CONTINGENCIA METEOROLÓGICA QUE IMPLIQUE NO PODER REALIZAR LA ACTI- VIDAD PREVISTA PARA EL VIAJE, EXCEPTO PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSCOBERTURA DE DECLARACIÓN OFICIAL DE ZONA CATASTRÓFICA. C) CUALQUIER CAUSA QUE NO SEA DEMOSTRADA MEDIANTE TODOS LOS DOCUMENTOS JUSTI- FICATIVOS QUE VERIFIQUEN EL MOTIVO DE LA ANULACIÓN. D) CUALQUIER ENFERMEDAD DE CARÁCTER NO GRAVE, DEFINIDA EN EL ARTÍCULO 2.1.1., EX- CEPTO LAS EXPRESAMENTE CUBIERTAS.

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Samples: Anulación Estancias

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES TRANSPORTADAS BIENES Y RIESGOS CUBIERTOS POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% CONVENIO EXPRESO PARA LA SECCIONES SIGUIENTESPÓLIZA; CLÁUSULA DE FLUCTUACIÓN DE VALORES: SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOS

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Samples: Contratación De Seguros

RIESGOS EXCLUIDOS. EN NINGUN CASO LA VIOLACIÓN COMPAÑIA SERA RESPONSABLE POR EL PÉRDIDAS O DAÑOS MATERIALES DIRECTOS O INDIRECTOS COMO CONSECUENCIA DE: 1. ERRORES EN DISEÑO, PROCESO O MANUFACTURA; USO DE MATERIALES DEFECTUOSOS; PRUEBAS, REPARACION, LIMPIEZA, RESTAURACION, REPOSICION, ALTERACIONES O MODIFICACIONES, A MENOS QUE SE PRODUZCA INCENDIO O EXPLOSION. 2. DAÑOS PAULATINOS, ENTENDIENDOSE COMO AQUELLOS QUE SE PRESENTAN LENTAMENTE, POR EJEMPLO: FUGAS, CONTAMINACION, FILTRACIONES, PUDRIMIENTO, VICIO PROPIO, CAMBIOS DE TEMPERATURA AMBIENTAL, HUMEDAD, RESEQUEDAD, CORROSION, FATIGA DE MATERIALES, DETERIORO, EROSION, EVAPORACION, DEFECTOS LATENTES, PERDIDA DE PESO, MERMAS, RAJADURAS, OXIDACION, ENCOGIMIENTO Y DESGASTE POR USO. 3. ESTALLAMIENTO, SOBREFLUJO, CONGELAMIENTO, DESCARGA O DERRAME DE TANQUES DE AGUA, EQUIPO, TUBERIA, SISTEMAS DE ENFRAMIENTO, CALENTAMIENTO O DE PROTECCIONES CONTRA INCENDIO, OCASIONADOS CUANDO LAS INSTALACIONES DEL ASEGURADO SE ENCUENTREN DESOCUPADAS O QUIEN EN DESUSO POR UN PERIODO CONTINUO MAYOR A 30 DIAS. 4. ASENTAMIENTOS, HUNDIMIENTOS, DERRUMBES, CONTRACCION O EXPANSION DE CIMIENTOS, MUROS, PISOS Y TECHOS, A MENOS QUE TAL PERDIDA O DAÑO RESULTE DE UNA PERDIDA QUE NO SE ENCUENTRE EXPRESAMENTE EXCLUIDA. 5. ROBO CON Y SIN VIOLENCIA, SAQUEOS, ABUSOS DE CONFIANZA O FALTANTES DE INVENTARIOS. 6. CULPA GRAVE, FRAUDE, DOLO O MALA FE DEL ASEGURADO, O SUS INTERESES REPRESENTE REPRESENTANTES, SOCIOS, FUNCIONARIOS O EMPLEADOS. 7. REACCION O RADIACION NUCLEAR O CONTAMINACION RADIOACTIVA, CUALQUIERA QUE SEA LA CAUSA. 8. HOSTILIDADES, ACTIVIDADES U OPERACIONES XX XXXXXX DECLARADA O NO, INVASION DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERALENEMIGO EXTRANJERO, ESTATAL O MUNICIPALGUERRA INTESTINA, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTROREVOLUCION, EMBARGOREBELION, ARRAIGOINSURRECCION, CONFISCACIÓNASONADAS, NACIONALIZACIÓNXXX XXXXXXX, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS SUSPENSION DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERASGARANTIAS, SEAN ACONTECIMIENTOS QUE ORIGINEN ESAS SITUACIONES DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS NACIONALIZACION, EXPROPIACION, CONFISCACION, REQUISA O DESTRUCCION POR ORDEN DE LA AUTORIDAD PUBLICA, EXCEPTO SI LA DESTRUCCION SE CAUSA EN CUMPLIMIENTO DE UN DEBER DE HUMANIDAD. 9. TERRORISMO. POR TERRORISMO SE ENTENDERA, PARA EFECTOS DE ESTA POLIZA: LOS ACTOS DE UNA PERSONA O PERSONAS QUE POR SI MISMAS, O EN REPRESENTACION DE ALGUIEN O EN CONEXION CON CUALQUIER ORGANIZACION O GOBIERNO, REALICEN ACTIVIDADES POR LA FUERZA, VIOLENCIA O POR LA UTILIZACION DE CUALQUIER OTRO MEDIO CON FINES POLITICOS, RELIGIOSOS, IDEOLOGICOS, ETNICOS O DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA, DESTINADOS A DERROCAR, INFLUENCIAR O PRESIONAR AL GOBIERNO DE HECHO O DE DERECHO PARA QUE TOME UNA DETERMINACION, O ALTERAR Y/O INFLUENCIAR Y/O PRODUCIR ALARMA, TEMOR, TERROR O ZOZOBRA EN LA POBLACION, EN UN XXXXX X XXXXXXX XX XXXX X XX XXXXX XXXXXX XX XX XXXXXXXX. CON BASE EN LO ANTERIOR QUEDAN EXCLUIDAS LAS PERDIDAS O DAÑOS MATERIALES POR DOLODICHOS ACTOS DIRECTOS E INDIRECTOS QUE, MALA FECON UN ORIGEN MEDIATO O INMEDIATO, SEAN EL RESULTANTE DEL EMPLEO DE EXPLOSIVOS, SUSTANCIAS TOXICAS, ARMAS DE FUEGO, O ROBO POR CUALQUIER OTRO MEDIO, EN EL QUE INTERVENGA CONTRA DE LAS PERSONAS, DE LAS COSAS O DE LOS SERVICIOS PUBLICOS Y QUE, ANTE LA AMENAZA O POSIBILIDAD DE REPETIRSE, PRODUZCAN ALARMA, TEMOR, TERROR O ZOZOBRA EN LA POBLACION O EN UN GRUPO O SECTOR DE ELLA. TAMBIEN EXCLUYE LAS PERDIDAS, DAÑOS, COSTOS O GASTOS DE CUALQUIER NATURALEZA, DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍASCAUSADOS POR, O RESULTANTES DE, O EN CONEXION CON CUALQUIER ACCION TOMADA PARA EL VICIO PROPIO CONTROL, PREVENCION O SUPRESION DE LAS MISMASCUALQUIER ACTO DE TERRORISMO. 10. LA DEMORA BORRADO, DISTORSION O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS CORRUPCION DE INFORMACION ELECTRONICA DE SISTEMAS DE COMPUTACION: A) MIENTRAS ESTA SIENDO CARGADA O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA RESIDA EN UNA MAQUINA O APARATO DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA PROCESAMIENTO DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOSDATOS.

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Samples: Seguro De Incendio Todo Riesgo

RIESGOS EXCLUIDOS. LA VIOLACIÓN POR EL ASEGURADO O QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE DE CUALQUIER LEY O DISPOSICIÓN O REGLAMENTO EXPEDIDOS POR CUALQUIER AUTORIDAD EXTRANJERA O NACIONAL FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, CUANDO INFLUYA EN LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO. SECUESTRO, EMBARGO, ARRAIGO, CONFISCACIÓN, NACIONALIZACIÓN, APROPIACIÓN Y LAS CONSECUENCIAS DE LOS HECHOS ANTERIORES EFECTUADOS POR ACTOS DE AUTORIDADES NACIONALES O EXTRANJERAS, SEAN DE HECHO O DE DERECHO. PÉRDIDAS O DAÑOS POR DOLO, MALA FE, O ROBO EN EL QUE INTERVENGA DIRECTA O INDIRECTAMENTE EL ASEGURADO, SUS ENVIADOS O EMPLEADOS. LA NATURALEZA PERECEDERA INHERENTE A LAS MERCANCÍAS, O EL VICIO PROPIO DE LAS MISMAS. LA DEMORA O LA PÉRDIDA XX XXXXXXX AUN CUANDO SEAN CAUSADAS POR UN RIESGO MATERIA DEL SEGURO. LA DESAPARICIÓN MISTERIOSA, FALTANTES DESCUBIERTOS AL EFECTUAR LOS INVENTARIOS O CUALQUIER DAÑO QUE SEA DETECTADO POSTERIORMENTE A LA ENTREGA DE LA MERCANCÍA EN LA BODEGA DE SU DESTINO FINAL. EL ABANDONO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DEL ASEGURADO O A QUIEN SUS INTERESES REPRESENTE. LA PÉRDIDA ORDINARIA DE PESO O VOLUMEN DE LAS MERCANCÍAS, ASÍ COMO LAS MERMAS DEBIDAS A LA NATURALEZA DE ELLAS. PÉRDIDA, DAÑO O GASTO CAUSADO POR LA FALTA DE O LO INAPROPIADO DEL ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE DE LAS MERCANCÍAS TRANSPORTADAS. NO HABRÁ COBRO O DEVOLUCIÓN XX XXXXXX SI LOS INCREMENTOS O DECREMENTOS DE VALORES POR ALTAS O BAJAS POSTERIORES A LA EMISIÓN DE LA PÓLIZA ESTÁN EN UN RANGO DEL 10% DE LOS VALORES ASEGURABLES TOTALES DECLARADOS AL 100% PARA LA SECCIONES SIGUIENTES; SECCIÓN I.- EDIFICIO Y CONTENIDOS

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Samples: Licitación Pública Nacional