INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS DIVISIÓN DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
DIVISIÓN DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONVOCATORIA PARA LA LICITACION PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL
NO. 11171001-045-10
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
I N D I C E
DESCRIPCIÓN DE LA CONVOCATORIA
1.- INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL SERVICIO.
1.1 DESCRIPCIÓN COMPLETA.
1.2 ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO A CONTRATAR.
1.3 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
1.4 LUGAR Y FORMA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
1.5 SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DEL SERVICIO.
1.6 PERIODO DE GARANTÍA DEL SERVICIO.
2. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA PRESENTE LICITACIÓN
2.1 DE LAS GARANTÍAS.
2.1.1 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
2.2 ASPECTOS ECONÓMICOS.
2.2.1 PRECIOS.
2.2.2 DESCUENTOS.
2.2.3 IMPUESTOS Y DERECHOS.
2.2.4 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN.
3. NOTIFICACIONES (JUNTA DE ACLARACIÓNES, PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES Y FALLO).
4 EVENTOS
5 JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN.
6 ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN.
7 REQUISITOS E INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES.
7.1 DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE LAS PROPOSICIONES
7.2 PROPUESTA TÉCNICA
7.3 PROPUESTA ECONÓMICA
7.4 PERIODO DE VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
7.5 PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPUESTAS
8 INDICACIONES GENERALES.
8.1 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
9 FALLO.
10 FIRMA DEL CONTRATO.
10.1 PERSONAS FÍSICAS.
10.2 PERSONAS XXXXXXX
11 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN.
11.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
11.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA.
11.3 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
12 DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES DE LOS LICITANTES.
13 CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
14 LICITACIÓN DESIERTA.
15 REVOCACIÓN.
16 RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
17 TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
18 INCONFORMIDADES.
19 VICIOS OCULTOS.
20 SANCIONES.
21 PENAS CONVENCIONALES.
22 CONTROVERSIAS.
23 ASISTENCIA A LOS ACTOS PÚBLICOS DE LA LICITACIÓN.
ANEXO NO. 1 ACREDITACIÓN LEGAL XXX XXXXXXXXX.
XXXXX XX. 0 XXXXX XX XXXXXXXXXX ART. 50 Y 60 DE LA LEY.
ANEXO NO. 3 CARTA DE ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LA CONVOCATORIA.
ANEXO NO. 4 DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
ANEXO NO. 5 FORMATO DE MANIFESTACIÓN DE ESTRATIFICACIÓN POR SECTOR Y NÚMERO DE TRABAJADORES Y POR RANGO DE VENTAS ANUALES.
ANEXO NO. 6 FORMATO DE FIANZA. (NO APLICA)
ANEXO No. 7 HOJA DE COTIZACIÓN.
ANEXO No. 8 FORMATO DE CATÁLOGO DE BENEFICIARIOS.
ANEXO NO. 9 GARANTÍA DEL SERVICIO.
ANEXO NO. 10 RELACIÓN DE DOCUMENTOS SOLICITADOS EN EL PUNTO 7.1 DE ESTA CONVOCATORIA.
ANEXO NO. 11 RELACIÓN DE DOCUMENTOS SOLICITADOS EN EL PUNTO 7.2 DE ESTA CONVOCATORIA.
ANEXO NO. 12 CAPACIDAD DE CUMPLIMIENTO.
ANEXO NO. 13 ESCRITO DE QUE EN CASO DE RESULTAR GANADOR NO CEDERÁ NI SUBCONTRATARÁ, TOTAL O PARCIALMENTE EL CONTRATO.
ANEXO NO. 14 ESCRITO DE QUE LA PERSONA FÍSICA O MORAL, NO SE ENCUENTRA EN SITUACIÓN XX XXXX O INCUMPLIMIENTO.
ANEXO NO. 15. ESCRITO DE MANIFIESTO QUE LOS SERVICIOS SE AJUSTAN A LO REQUERIDO.
ANEXO NO. 16. REQUISITOS PARA INICIAR TRÁMITE DE PAGO A PROVEEDORES.
FORMATO DE CONTRATO TIPO.
ANEXO TÉCNICO.
CONVOCATORIA PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL
NO. 11171001-045-10
EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, EN LO SUCESIVO, “IPN” EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LOS ARTÍCULOS 3, 25 PRIMER PÁRRAFO, 26 FRACCIÓN I, 26 BIS FRACCIÓN I, 28 FRACCIÓN I, 29 Y 32 TERCER PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y DEMÁS DISPOSICIONES EXPEDIDAS PARA TAL EFECTO A TRAVÉS DE LA DIVISIÓN DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS DEL “IPN”; CON DOMICILIO EN AV. XXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXX SIN NUMERO, ESQUINA CON XXXXXX XXXXXXX, COL. RESIDENCIAL LA ESCALERA, DELEG. XXXXXXX X. XXXXXX C.P. 07738, MEXICO, D.F., CON TELEFONO Y FAX 00-00-00-00, EXTENSIONES 51218 Y 51905, CELEBRARÁ LA LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL Nº. 11171001-045-10, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS DE CONFORMIDAD CON LA SIGUIENTE:
CONVOCATORIA
1. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL SERVICIO.
DESCRIPCIÓN COMPLETA.
CONTRATACIÓN DE UNA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE PROPORCIONE LA PRESTACIÒN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS, CONFORME A LAS CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES QUE SE DESCRIBEN EN EL ANEXO TÉCNICO, DE ESTA CONVOCATORIA, PARA LO CUAL EL “IPN” CUENTA CON SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA, PARA EL PRESENTE EJERCICIO.
1.2 ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO A CONTRATAR.
LAS SEÑALADAS EN EL ANEXO TÉCNICO; POR LO QUE LOS LICITANTES EN FORMA OBLIGATORIA EN SUS PROPUESTAS TÉCNICAS DEBERÁN PRESENTAR LAS ESPECIFICACIONES Y CARACTERÍSTICAS A DETALLE DEL SERVICIO QUE ESTÁN COTIZANDO, ESTO IMPLICARÁ ESTABLECER EN FORMA CONCRETA LA DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
ESTA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ES DE CARÁCTER PRESENCIAL Y NO SE RECIBIRÁN PROSICIONES ENVIADAS A TRAVÉS DE SERVICIO POSTAL O MENSAJERÍA.
LAS PROPUESTAS TÉCNICAS DEBERÁN CORRESPONDER EXACTAMENTE A LAS CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES DEL ANEXO TÉCNICO DE ESTA CONVOCATORIA.
A) SOLAMENTE CALIFICARÁN AQUELLAS OFERTAS QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS PRESENTE CONVOCATORIA.
B) LAS DIMENSIONES DEBERÁN SEÑALARSE EN LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN EL ANEXO TÉCNICO DE ESTA CONVOCATORIA.
C) ES OBLIGATORIO COTIZAR LAS UNIDADES DE MEDIDA ESTABLECIDAS POR EL “IPN”.
D) LOS LICITANTES PODRÁN COTIZAR INDISTINTAMENTE LAS PARTIDAS A SU ELECCIÓN, TODA VEZ QUE LA PRESENTE LICITACIÓN INCLUYE LA ADJUDICACIÓN POR PARTIDA.
E) LOS LICITANTES SÓLO PODRÁN PRESENTAR UNA PROPOSICIÓN PARA ESTA LICITACIÓN PÚBLICA.
EL PERSONAL DESIGNADO POR LA DIVISIÓN DE SERVICIOS GENERALES, LA DIRECCIÓN DE CAPITAL HUMANO, LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES Y LA DIVISIÓN DE OPERACIÓN DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL, DEL “IPN” EVALUARÁ EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOLICITADAS Y RECHAZARÁ, EN SU CASO, LAS OFERTAS DEL SERVICIO QUE NO CUMPLAN CON ELLAS.
1.3 PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO.
EL LICITANTE O LOS LICITANTES QUE RESULTEN GANADORES DEBERÁN PRESTAR EL SERVICIO DE ACUERDO AL ANEXO TÉCNICO DE ESTA CONVOCATORIA.
1.4. LUGAR Y FORMA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
PARTIDA 1 Y 2
ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y PARQUE VEHICULAR DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL:
EN LA DIVISIÓN DE SERVICIOS GENERALES
AV. INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONA S/N FRENTE A LA ESCUELA XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XXXXXX XXX. XXXXXXXXXX, XXXXXX, X.X. X.X. 00000.
PARTIDA 3
SEGURO DE VIDA PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DOCENTE DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
EN EL DEPARTAMENTO DE PRESTACIONES Y SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN DE CAPITAL HUMANOS.
XX. XX XXX XXXXXXXX XXX. XXXXXXXXXXXX XXXXXX X/X, XXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXX, X.X. 00000.
SEGURO DE VIDA Y ACCIDENTES ESCOLARES PARA LOS NIÑOS DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL EN EL INSTITO POLITÉCNICO NACIONAL.
LA COORDINACIÓN DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN EN EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
UNIDAD PROFESIONAL “XXXXXX XXXXX XXXXXX” XXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXXXXX PARA EL DESARROLLO Y LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL PLANTA BAJA, AV. XXXXXXXX XXXXXXX S/N, ESQUINA XXXX XXXXXXX XXXX, COL. XXXXXXXXX, DELEGACIÓN XXXXXXX X. XXXXXX.
PARTIDA 4
SEGURO CONTRA ACCIDENTES PARA ESTUDIANTES DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
EN LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
XXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXX S/N ESQ. XXXXXX XXXXXXX, COL. RESIDENCIAL LA ESCALERA, MÉXICO, D.F., C.P. 07738
XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXXXX, XXXXXXX XXXX.
1.5 SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DEL SERVICIO.
LA DIVISIÓN DE SERVICIOS GENERALES, LA DIRECCIÓN DE CAPITAL HUMANO, LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES Y LA COORDINACIÓN DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL SERÁN LAS ÁREAS RESPONSABLES DE VERIFICAR QUE EL SERVICIO QUE REALICE EL LICITANTE GANADOR, SE EFECTUE CONFORME A LO SOLICITADO Y A LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO RESPECTIVO PARA LO CUAL DICHA ÁREA DEBERÁ LLEVAR UNA BITÁCORA QUE SERÁ RESPONSABILIDAD DE LA MISMA Y QUEDARÁ BAJO SU RESGUARDO.
1.6 PERÍODO DE GARANTÍA DEL SERVICIO.
DEBERÁ PRESENTARLO EN LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN EN EL ANEXO TÉNICO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
EL PROVEEDOR DEBERÁ GARANTIZAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EN EL DOMICILIO CORRESPONDIENTE CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ANEXO 9 DE ESTA CONVOCATORIA.
NO HABRÁ VISITAS.
2. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
2.1 DE LAS GARANTÍAS.
2.1.1 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 14 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS Y EL CRITERIO AD-2 DE NOVIEMBRE DE 2001, EMITIDO POR LA ENTONCES SECRETARÍA DE CONTRALORÍA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVA HOY SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PUBLICA, NO LE ES EXIGIBLE A LAS EMPRESAS ASEGURADORAS EL QUE CONSTITUYAN FIANZA COMO GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES SE COMUNICARÁ A LA UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE CONTRATACIONES PUBLICAS DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA PARA LOS EFECTOS DE LOS ARTÍCULOS 59 Y 60 DE LA LAASSP.
2.2 ASPECTOS ECONÓMICOS.
2.2.1 PRECIOS.
LOS PRECIOS DEBERÁN COTIZARSE COMO SIGUE Y DEBERÁN OBSERVAR LO SEÑALADO EN EL ANEXO NO. 7:
A) EN MONEDA NACIONAL.
B) EL IMPORTE POR PARTIDA DESGLOSANDO CADA CONCEPTO (PRIMAS NETAS, DERECHO DE PÓLIZAS E I.V.A.)
C) LOS PRECIOS DEBERÁN SER FIJOS.
D) ESPECIFICAR UN GRAN TOTAL, DESGLOSANDO EL I.V.A.
E) EN LETRA LOS IMPORTES TOTALES POR PARTIDA.
F) NO SE OTORGARÁN ANTICIPOS.
G) DESCUENTOS QUE ESTE EN POSIBILIDAD DE OTORGAR.
H) LA PROPOSICIÓN TENDRÁ UNA VALIDEZ OBLIGATORIA POR 60 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES ESTABLECIDA POR EL “IPN”. LA OFERTA CUYO PERÍODO DE VALIDEZ SEA MÁS CORTO QUE EL REQUERIDO SERÁ DESECHADA POR EL “IPN” POR NO AJUSTARSE A LA PRESENTE CONVOCATORIA.
ADEMÁS, DEBERÁ OBSERVARSE LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO TÉCNICO DE ESTA CONVOCATORIA.
2.2.2 DESCUENTOS.
EL LICITANTE EN SU CASO, DEBERÁ PROPONER EL(LOS) DESCUENTO(S) QUE OFREZCA, DESGLOSARLO(S) TANTO EN COTIZACIÓN, O BIEN ESPECIFICAR QUE NO APLICA NINGUNO.
2.2.3 IMPUESTOS Y DERECHOS.
LOS IMPUESTOS Y DERECHOS QUE PROCEDAN POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN SERÁN POR CUENTA DEL LICITANTE.
EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DEBERÁ MANIFESTARLO EL LICITANTE, POR SEPARADO, TANTO EN COTIZACIÓN COMO EN FACTURA.
2.2.4 CONDICIONES DE PAGO QUE SE APLICARÁN.
EL PAGO CORRESPONDIENTE, SE EFECTUARÁ EN MONEDA NACIONAL, PREVIAMENTE VALIDADO POR EL ÁREA REQUIRENTE Y CONFORME A LO SEÑALADO EN EL PUNTO 1.3 DE ESTA CONVOCATORIA, A ENTERA SATISFACCIÓN DEL ÁREA REQUIRENTE, UNA VEZ PRESENTADA LA DOCUMENTACIÓN QUE SE CITA A CONTINUACIÓN:
FACTURA ORIGINAL, LA CUAL DEBERÁ DESCRIBIR EL SERVICIO, LOS PRECIOS UNITARIOS, LOS DESCUENTOS QUE CORRESPONDAN, EL IMPORTE TOTAL MÁS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, NÚMERO DE LICITACIÓN , NÚMERO DE CONTRATO; ASIMISMO COPIA DE LA FACTURA FIRMADA Y SELLADA POR EL ÁREA SOLICITANTE DEL “IPN”.
EL PAGO SE REALIZARÁ CON RECURSO FEDERAL DEL “IPN” POR MEDIO DE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, PARA LO CUAL DEBERÁ EL LICITANTE ADJUDICADO, ENTREGAR EL FORMATO QUE COMO ANEXO 8, SE ADJUNTA A LA PRESENTE CONVOCATORIA, CON LA DOCUMENTACIÓN QUE SE MENCIONA A CONTINUACIÓN A LA DIVISIÓN DE CONTROL Y EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS DEL “IPN”, SITUADO EN EL SEGUNDO PISO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN UBICADA EN AV. XXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXX SIN NUMERO, ESQUINA CON XXXXXX XXXXXXX, COL. RESIDENCIAL LA ESCALERA, DELEG. XXXXXXX X. XXXXXX C.P. 07738, MÉXICO, D.F.
COPIA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, EXPEDIDO POR LA S.H.C.P. DEL BENEFICIARIO DE LA CUENTA DE CHEQUE.
CONSTANCIA DE DOMICILIO FISCAL DE BENEFICIARIO.
PARA EL CASO DE PERSONAS XXXXXXX, PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL, EN EL CASO DE PERSONAS FÍSICAS, IDENTIFICACIÓN OFICIAL CON FOTOGRAFÍA Y FIRMA.
CONSTANCIA DE LA INSTITUCIÓN FINANCIERA ORIGINAL SOBRE LA EXISTENCIA DE LA CUENTA DE CHEQUE ABIERTA A NOMBRE DEL BENEFICIARIO, QUE INCLUYA EL No DE CUENTA 11 POSICIONES, ASÍ COMO LA CLAVE BANCARIA ESTANDARIZADA (CLABE) CON 18 POSICIONES, QUE PERMITA REALIZAR TRANSFERENCIA ELECTRÓNICAS DE FONDOS, A TRAVÉS DE LOS SISTEMAS DE PAGOS O COPIA DEL ESTADO DE CUENTA VIGENTE.
FORMATO DENOMINADO CATÁLOGO DE BENEFICIARIOS (ANEXO 8).
EL “IPN” REALIZARÁ EL PAGO A LOS VEINTE DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCIÓN CORRECTA EN QUE SE PRESENTE LA FACTURA CORRESPONDIENTE, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 51 DE LA “LEY”, POR LO QUE EN CASO DE ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES, EL PAGO SE POSPONDRÁ CON EL MISMO PERÍODO DE RETRASO.
EN EL CASO DE QUE LAS FACTURAS ENTREGADAS POR EL PROVEEDOR PARA SU PAGO, PRESENTEN ERRORES O DIFICIENCAS, EL “IPN” INDICARÁ POR ESCRITO LAS DEFICIENCIAS QUE DEBERÁ CORREGIR, DENTRO DE LOS TRES DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCIÓN. EL PERÍODO QUE TRANSCURRE A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE EL PROVEEDOR PRESENTE LAS CORRECCIONES NO SE COMPUTARÁ PARA EFECTOS DEL ARTÍCULO 51 DE LA “LEY”, DE CONFOMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 90 DE SU REGLAMENTO.
EL LICITANTE GANADOR DEBERA OBSERVAR LO SEÑALADO EN EL ANEXO 16 PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE PAGO RESPECTIVO.
NO SE ACEPTARÁN CONDICIONES DE PAGO DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS ANTERIORMENTE Y NO SE OTORGARÁ ANTICIPO ALGUNO. DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 84 DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
3. NOTIFICACIONES (JUNTA DE ACLARACIONES, PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES Y FALLO).
EN CUMPLIMIENTO CON EL ARTÍCULO 37 BIS DE LA “LEY”, LAS ACTAS DE LAS JUNTAS DE ACLARACIONES DEL ACTO DE PRESENTACION DE APERTURA DE PROPOSICIONES Y DEL ACTO DE FALLO DE LA PRESENTE LICITACIÓN, SERÁN FIRMADAS POR LOS LICITANTES QUE HUBIERAN ASISTIDO, SIN QUE LA FALTA DE FIRMA DE ALGUNO DE ELLOS RESTE VALIDEZ O EFECTOS A LAS MISMAS, DE LAS CUALES SE LES ENTREGARÁ UNA COPIA, Y AL FINALIZAR CADA ACTO SE FIJARÁ UN EJEMPLAR DEL ACTA CORRESPONDIENTE EN UN LUGAR VISIBLE, AL QUE TENGA ACCESO EL PÚBLICO, EN LAS OFICINAS DE LA DIVISIÓN DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS, UBICADA EN LA PLANTA BAJA DEL EDIFICIO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN, CON DOMICILIO EN AV. XXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXX SIN NÚMERO, ESQUINA CON XXXXXX XXXXXXX, COL RESIDENCIAL LA ESCALERA, DELEGACIÓN XXXXXXX X. XXXXXX, CP 07738, MÉXICO, D.F., POR UN TÉRMINO NO MENOR A CINCO DIAS HÁBILES.
ASIMISMO, SE DIFUNDIRÁ UN EJEMPLAR DE DICHAS ACTAS EN COMPRANET EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA http:// xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, PARA EFECTOS DE SU NOTIFICACIÓN A LOS LICITANTES QUE NO HAYAN ASISTIDO AL ACTO, DICHO PROCEDIMIENTO SUSTITUIRÁ A LA NOTIFICACIÓN PERSONAL.
EL DOMICILIO SEÑALADO EN LA PROPOSICIÓN DEL LICITANTE, SERÁ EL LUGAR DONDE ÉSTE RECIBIRÁ TODA CLASE DE NOTIFICACIONES QUE RESULTEN DE LOS PEDIDOS Y/O CONTRATOS Y CONVENIOS QUE CELEBREN DE CONFORMIDAD CON LA “LEY” Y SU “REGLAMENTO”. MIENTRAS NO SE SEÑALE UN DOMICLIO DISTINTO, EN LA FORMA ESTABLECIDA POR EL “IPN”, EL MANIFESTADO SE TENDRÁ COMO DOMICILIO CONVENCIONAL PARA PRACTICAR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES.
4. EVENTOS.
TODOS LOS EVENTOS DE ESTA LICITACIÓN (JUNTA DE ACLARACIONES, PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES Y FALLO), SERÁN PRESIDIDAS POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS FACULTADOS PARA CONDUCIR LOS ACTOS INHERENTES AL PROCEDIMIENTO, CON FUNDAMENTO EN EL ACUERDO CA-V-SO-05-10, DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL “IPN”, CELEBRADO EL DÍA 00 XX XXXX XX 0000.
A TODOS LOS LICITANTES, SE LES SOLICITA QUE DURANTE EL EVENTO SE ABSTENGAN DE HACER USO DEL TELEFÓNO CELULAR, RADIO Y NEXTEL, TANTO PARA LLAMADAS COMO PARA MENSAJES.
5. JUNTA DE ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN.
LA JUNTA DE ACLARACIONES AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2010 A LAS 13:00 HORAS (ÚNICAMENTE SE PERMITIRÁ LA PARTICIPACIÓN DE UN SOLO REPRESENTANTE POR PERSONA FÍSICA Ó MORAL PARTICIPANTE), EN LA SALA DE JUNTAS DE LA RESIDENCIA PARA INVESTIGADORES DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, UBICADA EN AV. XXXXXX XXXXXXX, ESQUINA CON XXXX XX XXXX XXXXX, COL. XXX XXXX XXXXXXX, DELEGACIÓN XXXXXXX X. XXXXXX C.P. 07340, MÉXICO, D.F.
LAS PERSONAS QUE PRETENDAN SOLICITAR ACLARACIONES A LOS ASPECTOS CONTENIDOS EN LA CONVOCATORIA, DEBERÁN PRESENTAR UN ESCRITO EN EL QUE EXPRESEN SU INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA, POR SÍ O POR REPRESENTACIÓN DE UN TERCERO, MANIFESTANDO EN TODOS LOS CASOS LOS DATOS GENERALES DEL INTERESADO Y, EN SU CASO, DEL REPRESENTANTE. (ARTÍCULO 33 BIS SEGUNDO PÁRRAFO DE LA “LEY” Y 45 DE SU REGLAMENTO). (ANEXO 1).
LAS PREGUNTAS DEBERAN SER ENTREGADAS CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA Y HORA DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ES PERSONALMENTE Y SE DEBERÁ ENTREGAR EN FORMA IMPRESA Y UNA VERSIÓN ELECTRÓNICA, EN LAS INSTALACIONES DE LA DIVISIÓN DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS, ACOMPAÑADAS DEL ESCRITO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 33 BIS PÁRRAFO TERCERO DE LA “LEY” Y ARTÍCULO 45 DE SU REGLAMENTO.
CUANDO EL ESCRITO SE PRESENTE FUERA DEL PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 33 BIS DE LA “LEY”, O AL INICIO DE LA JUNTA DE ACLARACIONES, EL LICITIANTE SÓLO TENDRÁ DERECHO A FORMULAR PREGUNTAS SOBRE LAS RESPUESTAS QUE DÉ LA CONVOCANTE EN LA JUNTA DE ACLARACIONES. (ARTÍCULO 45 CUARTO PÁRRAFO DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”).
LAS PREGUNTAS O DUDAS REALIZADAS POR LOS LICITANTES EN CUESTIONES TÉCNICAS SERÁN CONTESTADAS POR EL ÁREA REQUIRENTE O ÁREA TÉCNICA QUE TENGA LOS CONOCIMIENTOS SUFICIENTES QUE PERMITAN DAR RESPUESTAS CLARAS Y PRECISAS A LOS PLANTEAMIENTOS DE LOS LICITANTES, EN CASO DE INASISTENCIA DEL ÁREA TÉCNICA O DEL ÁREA REQUIRENTE, QUIEN PRESIDA LA JUNTA DE ACLARACIONES LO HARÁ DEL CONOCIMIENTO DEL TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL “IPN”. (ARTÍCULO 46 FRACCIÓN V DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”
LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN QUE SEAN RECIBIDAS CON POSTERIORIDAD AL PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 33 BIS TERCER PÁRRAFO DE LA “LEY”, NO SERÁN CONTESTADAS POR LA CONVOCANTE POR RESULTAR EXTEMPORÁNEAS.
6. ACLARACIONES A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN.
EL “IPN” SIEMPRE QUE ELLO NO TENGA POR OBJETO LIMITAR EL NÚMERO DE LICITANTES, PODRÁ MODIFICAR ASPECTOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA, A MÁS TARDAR EL SÉPTIMO DÍA NATURAL PREVIO AL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, DEBIENDO DIFUNDIR DICHAS MODIFICACIONES EN COMPRANET, A MÁS TARDAR EL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A AQUÉL EN QUE SE EFECTÚEN.
CUALQUIER ACLARACIÓN A LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN, INCLUYENDO LAS QUE RESULTEN DE LA O LAS JUNTAS DE ACLARACIONES, FORMARÁ PARTE DE LA CONVOCATORIA Y DEBERÁ SER CONSIDERADA POR LOS LICITANTES EN LA ELABORACIÓN DE SU PROPUESTA.
LA CONVOCANTE DEBERÁ REALIZAR AL MENOS UNA JUNTA DE ACLARACIONES, SIENDO OPTATIVA PARA LOS LICITANTES LA ASISTENCIA A LA MISMA. LO ANTERIOR, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 33 DE LA “LEY” Y ARTÍCULO 45 DE SU REGLAMENTO.
EN LA JUNTA DE ACLARACIONES, EL “IPN” RESOLVERÁ EN FORMA CLARA Y PRECISA LAS DUDAS O CUESTIONAMIENTOS QUE SOBRE LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN LES FORMULEN LOS INTERESADOS, DEBIENDO CONSTAR TODO ELLO, EN EL ACTA RESPECTIVA QUE PARA TAL EFECTO SE LEVANTE. DE PROCEDER LAS MODIFICACIONES EN NINGÚN CASO PODRÁN CONSISTIR EN LA SUSTITUCIÓN O VARIACIÓN SUSTANCIAL DE LOS TRABAJOS CONVOCADOS ORIGINALMENTE, O BIEN, EN LA ADICIÓN DE OTROS DISTINTOS.
7. REQUISITOS E INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPOSICIONES.
LA PROPUESTA QUE PREPARE EL LICITANTE, ASÍ COMO TODA LA CORRESPONDENCIA Y DOCUMENTOS RELATIVOS A LA INFORMACIÓN LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, DEBERÁN REDACTARSE EN IDIOMA ESPAÑOL, SIN TACHADURAS O ENMENDADURAS Y ESTAR FIRMADOS AL FINAL DE CADA UNO DE LOS ESCRITOS O DOCUMENTOS SOLICITADOS, POR PERSONA FACULTADA PARA ELLO, SALVO AQUELLOS DOCUMENTOS QUE SEAN EMITIDOS POR UN TERCERO.
ENTREGAR JUNTO CON EL SOBRE CERRADO, UNA COPIA FOTOSTÁTICA POR AMBOS LADOS DE LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA, DE LA PERSONA FÍSICA O EN CASO DE PERSONA MORAL DE LA PERSONA QUE FIRME LA PROPOSICIÓN (CREDENCIAL DE ELECTOR, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR NACIONAL, CÉDULA PROFESIONAL O PASAPORTE). (ARTÍCULO 48 FRACCIÓN X DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”
LAS PROPUESTAS SE ENTREGARÁN POR ESCRITO, POR EL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DEL LICITANTE O POR LA PERSONA FACULTADA PARA ELLO Y DEBERÁN INTEGRARSE EN UN SOBRE CERRADO IDENTIFICADO COMO “PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA”, QUE DEBERÁ CONTENER LA DOCUMENTACIÓN QUE SE SEÑALA EN LOS PUNTOS 7.1, 7.2, 7.3 Y 7.4 DE ESTA CONVOCATORIA, EN EL ORDEN ANOTADO.
LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA (DOCUMENTACIÓN LEGAL) PODRÁ ENTREGARSE A ELECCIÓN DEL LICITANTE, DENTRO O FUERA DEL SOBRE QUE LA CONTENGA, SE LES ACEPTARÁ DE CONFORMIDAD CON EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 34 DE LA “LEY”.
7.1 DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE LA PROPOSICIONES.
ORIGINAL DE LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA Y EXISTENCIA DEL LICITANTE, ANEXO No. 1 DE ESTA CONVOCATORIA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD; ASIMISMO, EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR UNA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO, EN CASO DE CONTAR CON ÉL.
ESCRITO EN EL QUE EXPRESEN SU INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN, POR SÍ O EN REPRESENTACIÓN DE UN TERCERO, MANIFESTANDO EN TODOS LOS CASOS LOS DATOS GENERALES DEL INTERESADO Y, EN SU CASO, DEL REPRESENTANTE. (ARTÍCULO 33 BIS TERCER PÁRRAFO DE LA “LEY” Y 45 DE SU REGLAMENTO).
ORIGINAL Y COPIA FOTOSTÁTICA LEGIBLE DE IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA (CREDENCIAL DE ELECTOR O CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR NACIONAL, CÉDULA PROFESIONAL O PASAPORTE). EN CASO DE QUE NO ASISTA EL REPRESENTANTE LEGAL, CARTA PODER SIMPLE.
d) ESCRITO QUE EL LICITANTE CON DOMICILIO EN EL INTERIOR DEL PAÍS, DEBERÁ ACREDITAR A UN REPRESENTANTE XXXXX XX XX XXXXXXXX XXXXXXX X XX XX XXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX, PARA RECIBIR LOS REPORTES O NOTIFICACIONES MEDIANTE PODER NOTARIAL CORRESPONDIENTE, QUE LE OTORGUE FACULTADES PARA SUSCRIBIR Y CONTRATAR A NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA.
e) COPIA DE LA CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DEL LICITANTE (R.F.C.).
f) DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN VIII DE LA “LEY” Y EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN VI, INCISO e) DE SU REGLAMENTO, EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ORIGINAL DE LA CARTA MANIFIESTO DE ESTA CONVOCATORIA, SUSCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA “LEY”. (ANEXO No. 2)
g) MANIFESTACIÓN ESCRITA DE QUE EL LICITANTE CONOCE Y ACEPTA EL CONTENIDO DE ESTA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN, ANEXOS Y MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES. (ANEXO 3)
h) DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IX DE LA “LEY”, Y EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN VI INCISO f) DE SU REGLAMENTO, EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR EN ORIGINAL UNA LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD, EN LA QUE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE SE ABSTENDRÁ, POR SÍ O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL “IPN”, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE LE PUEDAN OTORGAR CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES. (ANEXO No. 4).
i) ORIGINAL DEL CURRICULUM DE LA EMPRESA CON LOS PRINCIPALES CLIENTES QUE ATIENDE PARA EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO, CON DIRECCIONES Y TELÉFONOS.
j) ESCRITO DE MANIFESTACIÓN DE ESTRATIFICACIÓN, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8º. DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO; ARTÍCULO 3º. DE LA LEY PARA EL DESARROLLO PARA LA COMPETITIVIDAD, DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, DE CONFOMRIDAD CON EL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE LA ESTRATIFICACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 XX XXXXX DE 2009. (ANEXO 5).
k) CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE, CON FIRMA AUTÓGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL, DIRIGIDA AL “IPN”, EN LA QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, SE COMPROMETE A GARANTIZAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS Y A RESPONDER POR LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS QUE SE LLEGARÁN A PRESENTAR AUN DESPUÉS DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO OFERTADO. PUNTO 19. DE LA CONVOCATORIA.
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN XV DE LA “LEY” Y EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN VIII PENÚLTIMO PÁRRAFO DE SU REGLAMENTO, LA OMISIÓN DE ALGUNO DE ESTOS DOCUMENTOS SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO.
l) DOCUMENTO EN EL QUE CONSTE EL ACUSE DE RECEPCIÓN DE SOLICITUD DE OPINIÓN ANTE LA AUTORIDAD FISCAL COMPETENTE, RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. (LICITANTE GANADOR)
m) CONVENIO FIRMADO POR CADA UNA DE LAS PERSONAS QUE INTEGREN UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, INDICANDO EN EL MISMO LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO QUE CORRESPONDERÁ A CADA UNA DE ELLAS, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ SU CUMPLIMIENTO.
n) ACUSE DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTO ÚNICO DE PROVEEDORES (LA FALTA DE ESTE REQUISITO NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO).
PARA EFECTOS DEL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 60 DE LA “LEY” EL LICITANTE ACREDITARÁ QUE HA PAGADO LA MULTA IMPUESTA, PRESENTANDO A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA EL DOCUMENTO COMPROBATORIO DE PAGO Y DEBERÁ AGREGAR UNA COPIA SIMPLE DEL DOCUMENTO COMPROBATORIO DE PAGO EN SU PROPUESTA. ARTÍCULO 113 DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
LOS REQUISITOS ANTES SOLICITADOS, SE ENCUENTRAN XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX Xx. 00 XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX; DICHO FORMATO SERVIRÁ A LOS LICITANTES COMO GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE SU RESPECTIVA DOCUMENTACIÓN, LA CONVOCANTE RECIBE LA DOCUMENTACIÓN EN FORMA CUANTITATIVA, SIN ENTRAR AL ANÁLISIS DETALLADO DE SU CONTENIDO, EL CUAL SE EFECTUARÁ DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
LOS LICITANTES QUE DECIDAN AGRUPARSE PARA PRESENTAR UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, DEBERÁN PRESENTAR EN FORMA INDIVIDUAL LOS ESCRITOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS g), h), i) Y k). ARTÍCULO 48 FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
7.2 PROPUESTA TÉCNICA.
ORIGINAL DEL ANEXO TÉCNICO DEBIDAMENTE REQUISITADO CON LA DESCRIPCIÓN DETALLADA Y ESPECÍFICA DEL SERVICIO OFERTADO SEÑALANDO LA PARTIDA. PRESENTAR EN HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE CON FIRMA AUTÓGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL EN LA ÚLTIMA HOJA DE CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTEN DE LA MISMA; Y EN DISCO DE 3 ½”, CD O USB, EL NO PRESENTAR EL DISCO MAGNÉTICO NO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO.
CARTA ORIGINAL DONDE ESTABLEZCA EL PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO, CONFORME AL PUNTO 1.3
CARTA ORIGINAL DONDE ESTABLEZCA EL LUGAR Y FORMA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO, CONFORME AL ANEXO TÉCNICO. Y EL PUNTO 1.4
CARTA ORIGINAL DONDE ESTABLEZCA EL PERIODO DE GARANTÍA DEL SERVICIO, CONFORME AL PUNTO 1.6 DE LA CONVOCATORIA. (ANEXO No. 9).
ORIGINAL DE LA CAPACIDAD DE CUMPLIMIENTO DE ESTA CONVOCATORIA. (ANEXO No. 12)
ESCRITO EN DONDE ESTABLEZCA QUE EN CASO DE RESULTAR GANADOR NO CEDERÁ NI SUBCONTRATARÁ, TOTAL O PARCIALMENTE EL CONTRATO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, NI LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL MISMO. (ANEXO No. 13).
UN ESCRITO DONDE COMUNIQUE DE QUE LA PERSONA FÍSICA O MORAL, NO SE ENCUENTRA EN SITUACIÓN XX XXXX O INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES CON EL “IPN”. (ANEXO No. 14).
CARTA DONDE MANIFIESTE QUE DICHOS SERVICIOS SE AJUSTAN A LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS REQUERIDOS POR EL “IPN” Y PREVISTOS EN LAS CONVOCATORIA. (ANEXO 15)
COPIA DEL PERMISO DE AUTORIZACIÓN VIGENTE PARA OPERAR COMO COMPAÑÍA DE SEGUROS EMITIDA POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
ESCRITO DONDE MANIFESTA QUE CUENTA CON LOS ESQUEMAS DE REASEGURAMIENTO ADECUADOS, INCLUYENDO REASEGURADORAS DE PRIMER ORDEN REGISTRADOS ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
ESCRITO, QUE DE RESULTAR GANADOR EN EL TÉRMINO DE 24 HORAS SIGUIENTES AL FALLO, OTORGARÁ UNA CARTA COBERTURA, QUE PROPORCIONE LA SEGURIDAD DE TENER EL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO DEBIDAMENTE CUBIERTO.
DETALLAR AMPLIAMENTE EL PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SINIESTROS INCLUYENDO TIEMPO Y DOCUMENTACIÓN BÁSICA REQUERIDA EN LAS PARTIDAS A QUE SE REFIERE LA PRESENTE LICITACIÓN (COPIA). QUEDA ENTENDIDO QUE LOS AJUSTADORES SERÁN NOMBRADOS POR EL IPN PREVIA EVALUACIÓN DEL PROFESIONALISMO Y EXPREIENCIA, QUIEN ATENDERÁ LAS RECLAMACIONES QUE SE PRESENTEN EN UN PLAZO NO MAYOR DE 72 HORAS AL REPORTE.
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN XV DE LA “LEY” Y EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN VIII PENÚLTIMO PÁRRAFO DE SU REGLAMENTO, LA OMISIÓN DE ALGUNO DE ESTOS DOCUMENTOS SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO.
LOS REQUISITOS ANTERIORMENTE SOLICITADOS, SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX Xx. 00 XX XX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX; DICHO FORMATO SERVIRÁ A LOS LICITANTES COMO GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE SU RESPECTIVA DOCUMENTACIÓN. LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE ESTE ANEXO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO.
7.3 PROPUESTA ECONÓMICA.
LA PROPUESTA ECONÓMICA DEBERÁ CONTENER EL COSTO DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ANEXO TÉCNICO, Y PRESENTARSE EN IDIOMA ESPAÑOL, SIN TACHADURAS NI ENMENDADURAS, FIRMADA EN CADA HOJA POR EL LICITANTE O PERSONA FACULTADA PARA ELLO, Y DENTRO DEL MISMO SOBRE QUE CONTENGA LA PROPOSICIÓN TÉCNICA, Y EN DISCO DE 3 ½”, CD O USB, EL NO PRESENTAR EL DISCO MAGNETICO NO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO.
DE SER EL CASO, EL LICITANTE DEBERÁ MANIFESTAR EL DESCUENTO QUE ESTÉ EN POSIBILIDAD DE OTORGAR.
MANIFESTAR QUE LAS OFERTAS SE COTIZAN EN MONEDA NACIONAL.
MANIFESTAR QUE LOS PRECIOS DE SU OFERTA DEBERÁN SER FIJOS.
MANIFESTAR EN LETRA LOS IMPORTES TOTALES POR PARTIDA.
MANIFESTAR QUE LA PROPOSICIÓN TENDRÁ UNA VALIDEZ OBLIGATORIA DE 60 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
POR NINGÚN CONCEPTO SE PODRÁN SOLICITAR INCREMENTOS A LOS PRECIOS CONSIGNADOS EN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS.
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN XV DE LA “LEY”, LA OMISIÓN DE ALGUNO DE ESTOS DOCUMENTOS SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO
7.4 PERÍODO DE VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.
LA PROPOSICIÓN TENDRÁ UNA VALIDEZ OBLIGATORIA DE 60 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA DE APERTURA DE PROPOSICIONES ESTABLECIDAS POR EL “IPN”. LA OFERTA CUYO PERÍODO DE VALIDEZ SEA MÁS CORTO QUE EL REQUERIDO SERÁ DESECHADA POR EL “IPN” POR NO AJUSTARSE A LA PRESENTE CONVOCATORIA.
7.5 PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPUESTAS.
EN ESTA LICITACION SE ACEPTARÁN PROPOSICIONES CONJUNTAS, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL TERCERO, CUARTO Y QUINTO PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 34 DE LA “LEY” Y ARTÍCULO 44 DE SU REGLAMENTO, AL EFECTO, LOS INTERESADOS QUE NO SE ENCUENTREN EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS, 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA “LEY”, PODRÁN AGRUPARSE PARA PRESENTAR UNA PROPOSICIÓN, CUMPLIENDO LOS SIGUIENTES ASPECTOS:
DOS O MÁS PERSONAS PODRÁN PRESENTAR CONJUNTAMENTE UNA PROPOSICIÓN SIN NECESIDAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD, O UNA NUEVA SOCIEDAD EN CASO DE PERSONAS XXXXXXX; PARA TALES EFECTOS, EN LA PROPOSICIÓN Y EN EL CONTRATO SE ESTABLECERÁN CON PRECISIÓN LAS OBLIGACIONES DE CADA UNA DE ELLAS, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÍA SU CUMPLIMIENTO. EN ESTE SUPUESTO LA PROPOSICIÓN DEBERÁ SER FIRMADA POR EL REPRESENTANTE COMÚN QUE PARA ESE ACTO HAYA SIDO DESIGNADO POR EL GRUPO DE PERSONAS, YA SEA AUTÓGRAFAMENTE O POR LOS MEDIOS DE IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA AUTORIZADOS POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
CUANDO LA PROPOSICIÓN CONJUNTA RESULTE ADJUDICADA CON UN CONTRATO, DICHO INSTRUMENTO DEBERÁ SER FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE CADA UNA DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES EN LA PROPOSICIÓN, A QUIENES SE CONSIDERARÁ, PARA EFECTOS DEL PROCEDIMIENTO Y DEL CONTRATO, COMO RESPONSABLES SOLIDARIOS O MANCOMUNADOS, SEGÚN SE ESTABLEZCA EN EL PROPIO CONTRATO.
LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DE QUE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA PROPOSICIÓN CONJUNTA PUEDAN CONSTITUIRSE EN UNA NUEVA SOCIEDAD, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN EL CONVENIO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIEMPRE Y CUANDO SE MANTENGAN EN LA NUEVA SOCIEDAD LAS RESPONSABILIDADES DE DICHO CONVENIO.
I.- CUALQUIERA DE LOS INTEGRANTES DE LA AGRUPACIÓN, PODRÁ PRESENTAR EL ESCRITO MEDIANTE EL CUAL MANIFIESTE SU INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA JUNTA DE ACLARACIONES Y EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
II. LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA AGRUPACIÓN, DEBERÁN CELEBRAR ENTRE TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA AGRUPACIÓN, UN CONVENIO EN LOS TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE, EN EL QUE SE ESTABLECERÁN CON PRECISIÓN LOS ASPECTOS SIGUIENTES:
A) NOMBRE, DOMICILIO Y REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LAS PERSONAS INTEGRANTES, SEÑALANDO, EN SU CASO, LOS DATOS DE LOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA LEGAL DE LAS PERSONAS XXXXXXX, Y DE HABERLAS, SUS REFORMAS Y MODIFICACIONES ASÍ COMO EL NOMBRE DE LOS SOCIOS QUE APAREZCAN EN ÉSTAS;
B) NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNA DE LAS PERSONAS AGRUPADAS, SEÑALANDO, EN SU CASO, LOS DATOS DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS CON LAS QUE ACREDITEN LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN;
C) DESIGNACIÓN DE UN REPRESENTANTE COMÚN, OTORGÁNDOLE PODER AMPLIO Y SUFICIENTE, PARA ATENDER TODO LO RELACIONADO CON LA PROPOSICIÓN Y CON EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA.
D) DESCRIPCIÓN DE LAS PARTES OBJETO DEL CONTRATO QUE CORRESPONDERÁ CUMPLIR A CADA PERSONA INTEGRANTE, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES, Y
E) ESTIPULACIÓN EXPRESA DE QUE CADA UNO DE LOS FIRMANTES QUEDARÁ OBLIGADO JUNTO CON LOS DEMÁS INTEGRANTES YA SEA EN FORMA SOLIDARIA O MANCOMUNADA, SEGÚN SE CONVENGA PARA EFECTOS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y DEL CONTRATO, EN CASO DE QUE SE LES ADJUDIQUE EL MISMO;
III. EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES EL REPRESENTANTE COMÚN DE LA AGRUPACIÓN DEBERÁ SEÑALAR QUE LA PROPOSICIÓN SE PRESENTA EN FORMA CONJUNTA. EL CONVENIO A QUE HACE REFERENCIA LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 44 DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”, SE PRESENTARÁ CON LA PROPOSICIÓN Y, EN CASO DE QUE A LOS LICITANTES QUE LA HUBIEREN PRESENTADO SE LES ADJUDIQUE EL CONTRATO, DICHO CONVENIO, FORMARÁ PARTE INTEGRANTE DEL MISMO COMO UNO DE SUS ANEXOS.
EN EL SUPUESTO DE QUE RESULTE ADJUDICADO EL CONTRATO A LOS LICITANTES QUE PRESENTARON UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, EL CONVENIO INDICADO EN LA FRACCIÓN II DE ESTE PUNTO Y LAS FACULTADES DEL APODERADO LEGAL DE LA AGRUPACIÓN QUE FORMALIZARÁ EL CONTRATO RESPECTIVO, DEBERÁN CONSTAR EN ESCRITURA PÚBLICA, SALVO QUE EL CONTRATO SEA FIRMADO POR TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA AGRUPACIÓN QUE FORMULA LA PROPOSICIÓN CONJUNTA O POR SUS REPRESENTANTES LEGALES, QUIENES EN LO INDIVIDUAL, DEBERÁN ACREDITAR SU RESPECTIVA PERSONALIDAD, O POR EL APODERADO LEGAL DE LA NUEVA SOCIEDAD QUE SE CONSTITUYA POR LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA AGRUPACIÓN QUE FORMULÓ LA PROPOSICIÓN CONJUNTA, ANTES DE LA FECHA FIJADA PARA LA FIRMA DEL CONTRATO, LO CUAL DEBERÁ COMUNICARSE MEDIANTE ESCRITO A LA CONVOCANTE POR DICHAS PERSONAS O POR SU APODERADO LEGAL, AL MOMENTO DE DARSE A CONOCER EL FALLO O A MÁS TARDAR EN LAS VEINTICUATROS HORAS SIGUIENTES.
8. INDICACIONES GENERALES.
EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, SE LLEVARÁ A CABO EN LA SALA DE JUNTAS DE LA RESIDENCIA PARA INVESTIGADORES DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, UBICADA EN AV. XXXXXX XXXXXXX, ESQUINA CON XXXX XX XXXX XXXXX, XXX. XXX XXXX XXXXXXX, XXXXXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXX X.X. 00000, XXXXXX, X.X.
UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPOSICIONES EN LA FECHA, HORA Y LUGAR ESTABLECIDOS, ÉSTAS NO PODRÁN RETIRARSE O DEJARSE SIN EFECTO, POR LO QUE DEBERÁN CONSIDERARSE VIGENTES DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE ÉSTA LICITACIÓN HASTA SU CONCLUSIÓN.
A PARTIR DE LA HORA SEÑALADA PARA EL INICIO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, NO SE PERMITIRÁ LA ENTRADA A NINGÚN LICITANTE NI OBSERVADOR O SERVIDOR PÚBLICO AJENO AL ACTO.
LOS ACOMPAÑANTES DEBERÁN REGISTRAR SU ASISTENCIA, ABSTENIÉNDOSE DE PARTICIPAR.
8.1 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 20 DE DICIEMBRE 2010 A LAS 13:00 HORAS, EN SALA DE JUNTAS DE LA RESIDENCIA PARA INVESTIGADORES VISITANTES DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, UBICADA EN AV. XXXXXX XXXXXXX, ESQUINA CON XXXX XX XXXX XXXXX, COL. XXX XXXX XXXXXXX, DELEGACIÓN XXXXXXX X. XXXXXX C.P. 07340, MÉXICO, D.F.
LAS PERSONAS QUE PRETENDAN INTERVENIR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, BASTARÁ CON PRESENTAR UN ESCRITO EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SI O POR SU REPRESENTADA, SIN QUE RESULTE NECESARIO ACREDITAR SU PERSONALIDAD JURÍDICA, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN VI DE LA “LEY”
LA ENTREGA DE PROPOSICIONES SE XXXX EN SOBRE CERRADO QUE CONTENDRÁ, LOS DOCUMENTOS DE LA PROPOSICIÓN Y AQUÉLLOS DISTINTÓS A ÉSTA, DEBERÁN ESTAR FOLIADOS EN TODAS Y CADA UNA DE LAS HOJAS QUE LOS INTEGREN. AL EFECTO SE DEBERÁN NUMERAR DE MANERA INDIVIDUAL LAS PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA, ASÍ COMO EL RESTO DE LOS DOCUMENTOS QUE ENTREGUE EL LICITANTE.
LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPOSICIÓN PODRÁ ENTREGARSE, A ELECCIÓN DEL LICITANTE, DENTRO O FUERA DEL SOBRE QUE LA CONTENGA. (ARTÍCULO 34 SEGUNDO PÁRRAFO DE LA “LEY”)
LA CONVOCANTE, TREINTA MINUTOS ANTES DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, COMENZARÁ A REGISTRAR A LOS PARTICIPANTES.
EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES SE LLEVARÁ A CABO CONFORME A LO SIGUIENTE:
I. UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPUESTAS EN SOBRE CERRADO, SE PROCEDERÁ A SU APERTURA, HACIÉNDOSE CONSTAR LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR CADA UNO DE LOS LICITANTES, SIN ENTRAR AL ANÁLISIS TÉCNICO, LEGAL O ADMINISTRATIVO DE SU CONTENIDO; (ARTÍCULO 35 FRACCIÓN I DE LA “LEY” Y ARTÍCULO 47 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE SU REGLAMENTO)
II. DE ENTRE LOS LICITANTES QUE HAYAN ASISTIDO, ÉSTOS ELIGIRÁN A UNO, QUE EN FORMA CONJUNTA CON EL SERVIDOR PÚBLICO QUE EL “IPN” DESIGNE, RUBRICARÁN LAS PROPOSICIONES, LAS QUE PARA ESTOS EFECTOS CONSTARÁN DOCUMENTALMENTE. (ARTÍCULO 35 FRACCIÓN II DE LA “LEY”).
III. ACTO SEGUIDO, SE DARÁ LECTURA AL PRECIO UNITARIO DE CADA UNA DE LAS PARTIDAS QUE INTEGRAN LAS PROPOSICIONES DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 47 NOVENO PARRAFO DEL REGLAMENTO DE LA LEY.
IV. CONCLUIDO LO ANTERIOR, SE LEVANTARÁ EL ACTA CORRESPONDIENTE AL EVENTO, HACIENDO CONSTAR LAS PROPUESTAS RECIBIDAS, ASÍ COMO DAR LECTURA AL PRECIO UNITARIO DE CADA UNA DE LAS PARTIDAS QUE INTEGRAN LAS PROPOSICIONES. SE DARÁ A CONOCER FECHA, LUGAR Y HORA EN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL FALLO RESPECTIVO, FECHA QUE DEBERÁ QUEDAR COMPRENDIDA DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA ESTABLECIDA PARA ESTE ACTO Y PODRÁ DIFERIRSE, SIEMPRE QUE EL NUEVO PLAZO FIJADO NO EXCEDA DE VEINTE DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35 FRACCIÓN III DE LA “LEY”.
EL ACTA INDICADA EN EL PÁRRAFO QUE ANTECEDE SERÁ FIRMADA POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS, LICITANTES Y ASISTENTES PRESENTES; ASIMISMO, SE LES ENTREGARÁ COPIA SIMPLE DE LA MISMA Y DE LOS ANEXOS QUE SE DERIVEN. LA FALTA DE FIRMA DE ALGÚN LICITANTE NO INVALIDARÁ SU CONTENIDO Y EFECTOS. LAS ACTAS SE FIJARÁN EN LOS ESTRADOS DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS, UBICADA EN AVENIDA XXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXX SIN NÚMERO EDIFICIO DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN PLANTA BAJA COLONIA LA ESCALERA DELEGACIÓN XXXXXXX X. XXXXXX, CÓDIGO POSTAL 07738, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, DURANTE CINCO DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA CONCLUSIÓN DEL EVENTO RESPECTIVO, PARA EFECTOS DE SU NOTIFICACIÓN; ASIMISMO, PODRÁN SER CONSULTADOS EN COMPRANET, EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, DONDE ESTARÁN A SU DISPOSICIÓN EL MISMO DÍA EN QUE SE HUBIERAN CELEBRADO. (ARTÍCULO 37 BIS DE LA “LEY”).
V. CONCLUIDO EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, INICIA EL PERÍODO DE EVALUACIÓN DETALLADA O CUALITATIVA DE LAS PROPOSICIONES, EN EL CUAL SE VERIFICARÁ QUE LAS MISMAS CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LA CONVOCATORIA Y DE LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LAS JUNTAS DE ACLARACIONES. EL ANÁLISIS CUALITATIVO DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS SE LLEVARÁ A CABO POR EL ÁREA REQUIRENTE Y EN SU CASO POR EL ÁREA TÉCNICA.
9 FALLO
EL ACTO SE CELEBRARÁ EN JUNTA PÚBLICA EL DÍA Y HORA SEÑALADOS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS, EN SALA DE JUNTAS DE LA RESIDENCIA PARA INVESTIGADORES DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, UBICADA EN AV. XXXXXX XXXXXXX, ESQUINA CON XXXX XX XXXX XXXXX, COL. XXX XXXX XXXXXXX, DELEGACIÓN XXXXXXX X. XXXXXX C.P. 07340, MÉXICO, D.F.
EL ACTO DE FALLO, SE LLEVARÁ A CABO CONFORME A LO SIGUIENTE:
a) EL SERVIDOR PÚBLICO FACULTADO PARA PRESIDIR EL ACTO DECLARARÁ INICIADO ÉSTE.
b) SE PASARÁ LISTA DE ASISTENCIA A LOS LICITANTES REGISTRADOS, SERVIDORES PÚBLICOS Y A TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE ASISTIEREN.
c) SE DARÁ A CONOCER EL FALLO DE LA LICITACIÓN, A LA QUE LIBREMENTE PODRÁN ASISTIR LOS LICITANTES QUE HUBIEREN PARTICIPADO EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
d) LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE AL FALLO, SE PODRÁ CONSULTAR EN COMPRANET EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA http:// xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, EN DONDE ESTARÁ A SU DISPOSICIÓN EL MISMO DÍA EN QUE SE HUBIERE CELEBRADO Y A LOS LICITANTES QUE NO HAYAN ASISTIDO A LA JUNTA PÚBLICA, SE LES ENVIARÁ POR CORREO ELECTRÓNICO UN AVISO INFORMÁNDOLES QUE EL ACTA DE FALLO SE ENCUENTRA A SU DISPOSICIÓN EN COMPRANET.
CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONTENGA EL FALLO NO PROCEDERÁ RECURSO ALGUNO, SIN EMBARGO PROCEDERÁ LA INCONFORMIDAD EN TÉRMINOS DEL TÍTULO SEXTO CAPÍTULO PRIMERO DE LA “LEY”.
CUANDO SE DETECTE UN ERROR DE CÁLCULO EN ALGUNA PROPOSICIÓN, LA CONVOCANTE LLEVARÁ A CABO SU RECTIFICACIÓN CUANDO SU CORRECCIÓN NO IMPLIQUE LA MODIFICACIÓN DEL PRECIO UNITARIO, EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE LAS CANTIDADES ESCRITAS CON LETRA Y NÚMERO PREVALECERÁ LA PRIMERA, POR LO QUE DE PRESENTARSE ERRORES EN LAS CANTIDADES Y VOLÚMUNES SOLICITADOS, ÉSTOS PODRÁN CORREGIRSE. ARTÍCULO 55 DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
EN LOS CASOS PREVISTOS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, NO SE DESECHARÁN LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS Y SE DEJARÁ CONSTANCIA DE LA CORRECCIÓN EFECTUADA EN LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE UTILIZADA PARA EMITIR EL FALLO QUE SE INTEGRARÁ AL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN RESPECTIVA.
LAS CORRECCIONES SE HARÁN CONSTAR EN EL FALLO Y SI LA PROPUESTA ECONÓMICA DEL LICITANTE A QUIEN SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO FUE OBJETO DE CORRECCIONES Y ÉSTE NO ACEPTA LAS MISMAS, SE APLICARÁ LO DISPUESTO EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTICULO 46 DE LA “LEY” RESPECTO DEL CONTRATO O, EN SU CASO, SÓLO POR LO QUE HACE A LAS PARTIDAS AFECTADAS POR EL ERROR, SIN QUE POR ELLO SEA PROCEDENTE IMPONER LA SANCIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 60 DE LA “LEY”.
EN EL SUPUESTO DE QUE SE ADVIERTA LA EXISTENCIA DE UN ERROR DE FORMA (MECANOGRÁFICO O ARITMÉTICO) QUE AMERITE MODIFICAR EL FALLO, SIN QUE TRASCIENDA EN SU RESULTADO, DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A SU NOTIFICACIÓN Y SIEMPRE QUE NO SE HAYA FIRMADO EL CONTRATO, EL TITULAR DEL ÁREA RESPONSABLE DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PROCEDERÁ A SU CORRECCIÓN, CON LA INTERVENCIÓN DE SU SUPERIOR JERÁRQUICO, ACLARANDO O RECTIFICANDO EL MISMO, MEDIANTE EL ACTA ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE, EN LA QUE SE HARÁ CONSTAR LOS MOTIVOS QUE LO ORIGINARON Y LAS RAZONES QUE SUSTENTAN SU ENMIENDA, HECHO QUE SE NOTIFICARA A LOS LICITANTES QUE HUBIEREN PARTICIPADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN REMITIENDO COPIA DEL ACTA AL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DENTRO DE LOS 5 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FECHA DE SU FIRMA CABE MENCIONAR QUE CUANDO EL ERROR COMETIDO EN EL FALLO TRASCENDIERA EN EL RESULTADO DEL MISMO, EL SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE DARÁ VISTA DE INMEDIATO AL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL A EFECTO DE QUE SE EMITAN LAS DIRECTRICES PARA SU REPOSICIÓN (ARTÍCULO 37 DE LA “LEY”)
LA CONVOCANTE PODRÁ EFECTUAR REDUCCIONES HASTA POR EL DIEZ POR CIENTO DE LOS SERVICIOS MATERIA DE ESTA LICITACIÓN CUANDO EL PRESUPUESTO ASIGNADO SEA REBASADO POR LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS. AL EFECTO, LOS RESPONSABLES DE LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA VERIFICARAN QUE LOS PRECIOS DE LA MISMA SERÁN ACEPTABLES. EL ÁREA REQUIRENTE DEBERÁ EFECTUAR EL DICTAMEN EN EL QUE INDIQUE LA CONVENIENCIA DE EFECTUAR LA REDUCCIÓN RESPECTIVA, ASÍ COMO LA JUSTIFICACIÓN DE NO REASIGNAR RECURSOS A FIN DE CUBRIR EL FALTANTE., LO CUAL SE ASENTARÁ EN EL FALLO. ARTÍCULO 56 DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
EL “IPN” NO ADJUDICARÁ EL CONTRATO CUANDO LAS POSTURAS PRESENTADAS NO FUEREN ACEPTABLES Y PROCEDERÁ A EXPEDIR UNA NUEVA LICITACIÓN O INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO POR LA “LEY” Y SU REGLAMENTO.
10. FIRMA DEL CONTRATO.
LA CONTRATACIÓN QUEDARÁ CONDICIONADA A LAS ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE SE AUTORICEN AL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, DE CONFORMIDAD A LO QUE APRUEBE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN PARA EL EJERCICIO 2011.
PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, EL (LOS) LICITANTE(S) GANADOR(ES), DEBERÁ(N) PRESENTAR ORIGINAL O COPIA CERTIFICADO PARA SU COTEJO DE LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITE SU EXISTENCIA LEGAL Y LAS FACULTADES DE SU REPRESENTANTE PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO CORRESPONDIENTE.
EL (OS) LICITANTE(S) GANADOR(ES) O SU REPRESENTANTE LEGAL DEBERÁ PRESENTARSE A FIRMAR EL CONTRATO A MAS TARDAR DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN DEL FALLO, EN LA DIVISIÓN DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS, EN UN HORARIO DE 9:00 A 15:00 Y 17:00 A 19:00 HORAS DE LUNES A VIERNES.
EN LA FIRMA DEL CONTRATO RESPECTIVO, POR NINGÚN MOTIVO SE PODRÁ NEGOCIAR NINGUNA DE LAS CONDICIONES PRESENTADAS EN LA PROPOSICIONES TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LOS LICITANTES GANADORES, ASIMISMO, EL LICITANTE GANADOR QUE NO FIRME EL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL MISMO, SERÁ SANCIONADO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 59 Y 60 DE LA “LEY”.
PARA TAL EFECTO, DEBERÁN PRESENTAR, ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA PARA SU COTEJO DE LOS DOCUMENTOS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN:
EN EL CASO DE QUE LA ADJUDICACIÓN REBASE LA CANTIDAD DE $300,000.00 SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÀ REALIZAR LA CONSULTA DE OPINIÓN AL SAT SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES. LO ANTERIOR, DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y LA REGLA I.2.1.15 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2010, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL 11 XX XXXXX DE 2010, EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR EL DOCUMENTO ACTUALIZADO EXPEDIDO POR EL SAT, A MAS TARDAR EL DÌA DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO,
LA SOLICITUD DE OPINIÓN AL SAT DEBERÁ INCLUIR LOS CORREOS ELECTRONICOS xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx y xxxxxxxxxxxx@xxx.xx PARA QUE EL SAT ENVÍE EL “ACUSE DE RESPUESTA” QUE EMITIRÁ EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE OPINIÓN QUE REALICE EL LICITANTE.
10.1 PERSONAS FÍSICAS.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE (CREDENCIAL DE ELECTOR O CÉDULA PROFESIONAL O PASAPORTE) DE LA PERSONA QUE SE OSTENTE COMO REPRESENTANTE LEGAL FACULTADO PARA FIRMAR EL CONTRATO.
PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL FACULTADO PARA FIRMAR EL CONTRATO.
COPIA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.)
10.2 PERSONAS XXXXXXX.
TESTIMONIO O COPIA CERTIFICADA DEL ACTA CONSTITUTIVA Y SU ÚLTIMA MODIFICACIÓN, PARA COTEJO DE LAS COPIAS SIMPLES PRESENTADAS EN LA CORRESPONDIENTE PROPOSICIÓN.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE (CREDENCIAL DE ELECTOR O CÉDULA PROFESIONAL O PASAPORTE) DE LA PERSONA QUE SE OSTENTE COMO REPRESENTANTE LEGAL FACULTADO PARA FIRMAR EL CONTRATO.
PODER NOTARIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL FACULTADO PARA FIRMAR EL CONTRATO.
COPIA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.)
EN EL CASO DE QUE EL LICITANTE SE ENCUENTRE INSCRITO EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES, NO SERÁ NECESARIO PRESENTAR LA INFORMACIÓN A QUE SE REFIERE EL PUNTO 10. 1 O 10.2 DE ESTA CONVOCATORIA, BASTA CON EXHIBIR LA CONSTANCIA O CITAR EL NÚMERO DE SU INSCRIPCIÓN Y MANIFESTAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE EN EL CITADO REGISTRO LA INFORMACIÓN SE ENCUENTRA COMPLETA Y ACTUALIZADA. ARTÍCULO 48 FRACCIÓN VI DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL CONTRATO NO PODRÁN CEDERSE EN FORMA PARCIAL NI TOTAL A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO QUE OPORTUNAMENTE Y POR ESCRITO HAYA PRESENTADO EL LICITANTE, EN CUYO CASO SE DEBERÁ CONTAR CON LA CONFORMIDAD DE LA CONVOCANTE.
SI HUBIERE UNA PROPOSICIÓN GANADORA EN ESTA LICITACIÓN PÚBLICA QUE HAYA SIDO PRESENTADA EN FORMA CONJUNTA POR VARIAS PERSONAS, SE EXPRESARÁ EN EL CONTRATO QUE CORRESPONDERÁ CUMPLIR A CADA UNA Y QUEDARÁN OBLIGADOS EN FORMA SOLIDARIA O MANCOMUNADAMENTE RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE ÉSTE. ARTÍCULO 81 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN Y EL MODELO DE CONTRATO, PREVALECERÁ LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA. ARTÍCULO 81 FRACCIÓN IV DEL REGLAMENTO DE LA “LEY “.
11 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN.
11.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
a) LA CONVOCANTE REVISARÁ Y ANALIZARÁ QUE LAS PROPOSICIONES CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN EL PUNTO 7.1 DE ESTA CONVOCATORIA.
b) EL ÁREA SOLICITANTE REVISARÁ Y ANALIZARÁ QUE LA PROPUESTA TÉCNICA CUMPLA CON LO SOLICITADO EN LOS PUNTOS 1, 7.2 Y ANEXO TÉCNICO DE ESTA CONVOCATORIA EVALUANDO LA DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO QUE ESTÁ COTIZANDO CADA UNO DE LOS LICITANTES, PARA COMPROBAR QUE REÚNA TODAS LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES CONTENIDAS, EN CASO DE OFERTAR SERVICIOS DIFERENTES A LOS REQUERIDOS SERÁ DESECHADA LA PROPUESTA.
c) SE VERIFICARÁ QUE LA FECHA LÍMITE PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE APEGUE A LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO 1.3 DE ESTA CONVOCATORIA.
11.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN ECONÓMICA.
UNA VEZ HECHA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES, EL CONTRATO SE ADJUDICARÁ AL LICITANTE QUE OFERTE EL PRECIO MÁS BAJO, Y QUE CUMPLE CON LOS REQUISITOS LEGALES, ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y ECONÓMICOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN, Y POR TANTO GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS.
EN CASO DE EXISTIR IGUALDAD DE CONDICIONES, SE EFECTUARÁ A FAVOR DEL LICITANTE QUE RESULTE GANADOR DEL SORTEO QUE SE REALICE EN TÉRMINOS DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
SE ANALIZARÁ EN FORMA COMPARATIVA CADA UNA DE LAS PROPUESTAS ECONÓMICAS (DE AQUELLAS PROPUESTAS QUE HAYAN CUMPLIDO CON LA DOCUMENTACIÓN LEGAL, ADMINISTRATIVA Y TECNICA) PARA SELECCIONAR LA PROPUESTA QUE OFERTE EL PRECIO MAS BAJO, Y QUE NO EXCEDA DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA ESTE FIN POR EL “IPN”.
SE REVISARÁ QUE EL PERÍODO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA SE APEGUE A LO SEÑALADO EN EL PUNTO 7.4 DE ESTA CONVOCATORIA.
SE VERIFICARÁN LOS PRECIOS UNITARIOS CON LOS TOTALES GLOBALES; CUANDO SE COMPRUEBE QUE EXISTEN ERRORES DE CÁLCULO Y SI LA CORRECCIÓN NO IMPLICA MODIFICACIÓN, SE CORREGIRÁ EN EL DICTAMEN, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 55 DEL REGLAMENTO DE LA “LEY”.
SE DESECHARÁ CUALQUIER PROPUESTA QUE PRESENTE CONDICIONES DE PAGO DISTINTAS A LAS QUE SEÑALE EL “IPN”.
EN LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES EN NINGÚN CASO PODRÁN UTILIZARSE MECANISMOS DE PUNTOS O PORCENTAJES, TODA VEZ QUE EL CRITERIO DE EVALUACIÓN ES BINARIO.
11.3 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
LA ADJUDICACIÓN SE EFECTUARÁ AL LICITANTE QUE REÚNA LAS CONDICIONES LEGALES, ADMINISTRATIVAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS REQUERIDAS POR EL “IPN” Y GARANTICE SATISFACTORIAMENTE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS.
EN CASO DE EXISTIR IGUALDAD DE CONDICIONES, SE DARÁ PREFERENCIA EN PRIMER TÉRMINO A LAS PERSONAS QUE:
PRESENTEN ESCRITO DE MANIFESTACIÓN DE ESTRATIFICACIÓN, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8º. DE LA “LEY”; ARTÍCULO 3º. DE LA LEY PARA EL DESARROLLO PARA LA COMPETITIVIDAD, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA ESTRATIFICACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANAS EMPRESAS
SI SUBSISTE EMPATE ENTRE EMPRESAS DE LA MISMA ESTRATIFICACIÓN DE LOS SECTORES ANTES SEÑALADOS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, O DE NO HABER EMPRESAS DE ESTE SECTOR Y EL EMPATE SE DIERA ENTRE LICITANTES QUE NO TIENEN CARÁCTER DE MIPYMES, SE REALIZARÁ LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO A FAVOR DEL LICITANTE QUE RESULTE GANADOR DEL SORTEO POR INSACULACIÓN QUE REALICE LA CONVOCANTE, EL CUAL CONSISTIRÁ EN DEPOSITAR EN UNA URNA O RECIPIENTE TRANSPARENTE, LAS BOLETAS CON EL NOMBRE DE CADA LICITANTE EMPATADO, ACTO SEGUIDO SE EXTRAERÁ EN PRIMER LUGAR LA BOLETA DEL LICITANTE GANADOR Y POSTERIORMENTE LAS DEMÁS BOLETAS DE LOS LICITANTES QUE RESULTARON EMPATADOS EN ESA PARTIDA, CON LO CUAL SE DETERMINARÁN LOS SUBSECUENTES LUGARES QUE OCUPARÁN TALES PROPOSICIONES, SE LLEVARÁ A CABO UN SORTEO POR CADA PARTIDA EMPATADA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 36 BIS ÚLTIMO PARRAFO DE LA “LEY” Y ARTÍCULO 54 DE SU REGLAMENTO.
12. DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES DE LOS LICITANTES.
SE DESECHARAN LAS PROPOSICIONES DE LOS LICITANTES QUE INCURRAN EN UNA DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
a) SI NO CUMPLE(N) CON ALGUNO(S) DE LOS REQUISITOS ESPECIFICADOS EN LA CONVOCATORIA DE ESTA LICITACIÓN.
b) SI SE COMPRUEBA QUE ALGÚN LICITANTE HA ACORDADO CON OTRO U OTROS LICITANTES, ELEVAR LOS COSTOS DE LOS SERVICIOS, O CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS DEMÁS LICITANTES.
c) SI DE LA VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD INSTALADA DEL LICITANTE O DE LAS INVESTIGACIONES A LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, SE COMPRUEBA QUE DICHA INFORMACIÓN NO ES VERÍDICA.
d) SI DEL ANÁLISIS A LOS REGISTROS DEL “IPN”, SE COMPRUEBA QUE ALGÚN LICITANTE HA INCURRIDO EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 50 Y 60 DE LA “LEY”.
e) CUANDO NO DESCRIBA LAS CARACTERÍSTICAS COMPLETAS DEL SERVICIO QUE COTIZA, EN SU PROPUESTA TÉCNICA.
f) CUANDO NO CUMPLAN CON LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y LAS CANTIDADES POR PARTIDA SOLICITADAS POR EL “IPN”.
g) CUANDO EL PRECIO DE LA PROPUESTA NO SEA ACEPTABLE PARA EL “IPN”, DE CONFORMIDAD AL PRESUPUESTO ASIGNADO A LA PARTIDA DE QUE SE TRATE,
h) CUANDO HABIENDO SIDO ACEPTADO TÉCNICAMENTE NO COTICE ECONÓMICAMENTE.
PARA ESTOS CASOS, SE ASENTARÁN LAS OBSERVACIONES QUE CORRESPONDAN EN LAS ACTAS RESPECTIVAS DE LOS ACTOS DE PRESENTACIÓN Y DE APERTURA DE PROPOSICIONES Y/O FALLO.
13. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
EL “IPN” PODRÁ CANCELAR LA LICITACIÓN, POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR. DE IGUAL MANERA, SE PODRÁ CANCELAR CUANDO EXISTAN CIRCUNSTANCIAS DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS, QUE PROVOQUEN LA EXTINCIÓN DE LA NECESIDAD PARA CONTRATAR EL SERVICIO Y QUE DE CONTINUARSE CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SE PUDIERA OCASIONAR UN DAÑO O PERJUICIO AL “IPN”. LA DETERMINACIÓN DE DAR POR CANCELADA LA LICITACIÓN, DEBERÁ PRECISAR EL ACONTECIMIENTO QUE MOTIVA LA DECISIÓN, LA CUAL SE HARÁ DEL CONOCIMIENTO DE LOS LICITANTES, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 38 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY.
14 LICITACIÓN DESIERTA.
I.- SE PROCEDERÁ A DECLARAR LA LICITACIÓN DESIERTA EN LOS SIGUIENTES CASOS:
a) SI NO SE PRESENTEN PROPOSICIONES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA.
b) CUANDO NINGUNA DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS CUBRAN LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LA CONVOCATORIA.
c) CUANDO LOS PRECIOS DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS NO FUEREN ACEPTABLES O CONVENIENTES PARA EL “IPN”, CONFORME A LA INVESTIGACIÓN DE PRECIOS REALIZADA.
CUANDO SE DECLARE DESIERTA UNA LICITACIÓN O ALGUNA PARTIDA Y PERSISTA LA NECESIDAD DE CONTRATAR CON EL CARÁCTER Y REQUISITOS SOLICITADOS EN LA PRIMERA LICITACIÓN, LA DEPENDENCIA O ENTIDAD PODRÁ EMITIR UNA SEGUNDA CONVOCATORIA, O BIEN OPTAR POR EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 41 FRACCIÓN VII DE LA “LEY”. CUANDO LOS REQUISITOS O EL CARÁCTER SEA MODIFICADO CON RESPECTO A LA PRIMERA CONVOCATORIA, SE DEBERÁ CONVOCAR A UN NUEVO PROCEDIMIENTO EN TERMINOS DEL ARTÍCULO 38 PARRAFO TERCERO DE LA “LEY”.
15. REVOCACIÓN.
CUANDO EL LICITANTE GANADOR NO SE PRESENTE A FIRMAR EL CONTRATO DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL FALLO, POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL, EL “IPN” DEJARÁ SIN EFECTOS LA ADJUDICACIÓN EFECTUADA, PUDIENDO ADEMÁS SIN NECESIDAD DE UN NUEVO PROCEDIMIENTO, ADJUDICAR EL CONTRATO AL PARTICIPANTE QUE HAYA OBTENIDO EL SEGUNDO LUGAR, SIEMPRE QUE LA DIFERENCIA EN PRECIO CON RESPECTO A LA POSTURA QUE INICIALMENTE HUBIERA RESULTADO GANADORA, EN TODO CASO, NO SEA SUPERIOR AL 10% DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 46 DE LA “LEY”, ASÍ MISMO EL “IPN” PROCEDERÁ CONFORME AL ARTÍCULO 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL MISMO ORDENAMIENTO.
16. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 54 DE LA “LEY” Y 98 DE SU “REGLAMENTO”, EL “IPN” PODRÁ EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE LOS CONTRATOS CUANDO EL PROVEEDOR INCURRA EN INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, CONFORME AL PROCEDIMIENTO SIGUIENTE:
I. INICIARÁ A PARTIR DE QUE AL PROVEEDOR LE SEA COMUNICADO POR ESCRITO EL INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO, PARA QUE EN UN TÉRMINO DE CINCO DÍAS HÁBILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES;
II. TRANSCURRIDO EL TÉRMINO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN ANTERIOR, EL “IPN” CONTARÀ CON UN PLAZO DE QUINCE DÌAS PARA RESOLVER, CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER EL PROVEEDOR. LA DETERMINACIÒN DE DAR O NO POR RESCINDIDO EL CONTRATO DEBERÁ SER DEBIDAMENTE FUNDADA, MOTIVADA Y COMUNICADA AL PROVEEDOR DENTRO DE DICHO PLAZO; Y,
III. CUANDO SE RESCINDA EL CONTRATO SE FORMULARÁ EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE DEBA EFECTUAR EL “IPN” POR CONCEPTO DEL SERVICIO RECIBIDOS HASTA EL MOMENTO DE LA RESCISIÓN
INICIADO UN PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN EL “IPN”, BAJO SU RESPONSABILIDAD PODRÁ SUSPENDER EL TRÁMITE DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN
SI PREVIAMENTE A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, SE HICIERE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, EL PROCEDIMIENTO INICIADO QUEDARÁ SIN EFECTO, PREVIA ACEPTACIÓN Y VERIFICACIÓN POR PARTE DEL “IPN” DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS, APLICANDO EN SU CASO, LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES.
EL “IPN” PODRÁ DETERMINAR NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, CUANDO DURANTE EL PROCEDIMIENTO ADVIERTA QUE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO PUDIERA OCASIONAR ALGÚN DAÑO O AFECTACIÓN A LAS FUNCIONES QUE TIENE ENCOMENDADAS. EN ESTE SUPUESTO, DEBERÁ ELABORAR UN DICTAMEN EN EL CUAL JUSTIFIQUE QUE LOS IMPACTOS ECONÓMICOS O DE OPERACIÓN QUE SE OCASIONARÍAN CON LA RESCISIÓN DEL CONTRATO RESULTARÍAN MÁS INCONVENIENTES.
AL NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, EL “IPN” ESTABLECERÁ CON EL PROVEEDOR OTRO PLAZO, QUE LE PERMITA SUBSANAR EL INCUMPLIMIENTO QUE HUBIERE MOTIVADO EL INICIÓ DEL PROCEDIMIENTO. EL CONVENIO MODIFICATORIO QUE AL EFECTO SE CELEBRE DEBERÁ ATENDER A LAS CONDICIONES PREVISTAS POR LOS DOS ÚLTIMOS PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 52 DE LA “LEY.”
UNA VEZ RESCINDIDO ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO, SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA PREVISTA EN EL PUNTO 2.1.1 DE ESTA CONVOCATORIA.
PROCEDERÁ LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA CUANDO EL PROVEEDOR INCURRA EN EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LOS REQUISITOS CONTEMPLADOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA.
17. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
SE PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR DEL SERVICIO ORIGINALMENTE CONTRATADOS, Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO AL “IPN”, O SE DETERMINE LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO, CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN DE UNA INCONFORMIDAD O INTERVENCIÓN DE OFICIO EMITIDA POR LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, EN ESTOS SUPUESTOS EL “IPN” REEMBOLSARÁ AL PROVEEDOR LOS GASTOS NO RECUPERABLES EN QUE HAYA INCURRIDO, SIEMPRE QUE ÉSTOS SEAN RAZONABLES, ESTÉN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL CONTRATO CORRESPONDIENTE, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 54 BIS, 55 BIS SEGUNDO PÁRRAFO DE LA “LEY”; 101 Y 102 DE SU REGLAMENTO.
18. INCONFORMIDADES.
LA INCONFORMIDAD DEBERÁ PRESENTARSE POR ESCRITO DIRECTAMENTE EN LAS OFICINAS DE LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, EN EL DOMICILIO UBICADO EN INSURGENTES SUR NÚMERO 1735 COLONIA GUADALUPE INN, DELEGACIÓN XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, CIUDAD DE MÉXICO, O A TRAVÉS DE COMPRANET EN EL TIEMPO Y FORMA INDICADOS EN EL TÌTULO SEXTO CAPITULO PRIMERO DE LA “LEY”. O EN LA PÁGINA ELECTRÓNICA http:// xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx,
19. VICIOS OCULTOS.
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 53, SEGUNDO PÁRRAFO DE LA “LEY”, EL LICITANTE GANADOR ESTÁ OBLIGADO A RESPONDER POR LAS DEFICIENCIAS DEL SERVICIO PRESTADO, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE PUEDAN INCURRIR.
PARA TALES EFECTOS EL LICITANTE OFERENTE DEBERÁ PRESENTAR EN ORIGINAL EN PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA CON FIRMA AUTÓGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA MISMA, DIRIGIDA AL “IPN” EN LA QUE MANIFIESTE QUE SE COMPROMETE A GARANTIZAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS Y A RESPONDER POR LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS QUE SE LLEGARAN A PRESENTAR AÚN DESPUÉS DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN, ADJUNTÁNDOLA A LA PROPUESTA TÉCNICA.
20 SANCIONES.
A) EL PROVEEDOR GANADOR SERÁ SANCIONADO EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 59 PRIMER PÁRRAFO Y 60 DE LA “LEY”; 109 Y 110 DE SU REGLEMANTO, POR LAS CAUSALES SIGUIENTES:
I. LOS LICITANTES QUE INJUSTIFICADAMENTE Y POR CAUSAS IMPUTABLES A LOS MISMOS NO FORMALICEN DOS O MÁS CONTRATOS QUE LES HAYA ADJUDICADO CUALQUIER DEPENDENCIA O ENTIDAD EN EL PLAZO DE DOS AÑOS CALENDARIO, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA EN QUE HAYA FENECIDO EL TÉRMINO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL PRIMER CONTRATO NO FORMALIZADO;
II. LOS PROVEEDORES A LOS QUE SE LES HAYA RESCINDIDO ADMINISTRATIVAMENTE UN CONTRATO EN DOS O MÁS DEPENDENCIAS O ENTIDADES EN UN PLAZO DE TRES AÑOS;
III. LOS PROVEEDORES QUE NO CUMPLAN CON SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES POR CAUSAS IMPUTABLES A ELLOS Y QUE, COMO CONSECUENCIA, CAUSEN DAÑOS O PERJUICIOS GRAVES A LA DEPENDENCIA O ENTIDAD DE QUE SE TRATE; ASÍ COMO, AQUELLOS QUE ENTREGUEN BIENES O SERVICIOS CON ESPECIFICACIONES DISTINTAS DE LAS CONVENIDAS;
IV. LAS QUE PROPORCIONEN INFORMACIÓN FALSA O QUE ACTÚEN CON DOLO O MALA FE EN ALGÚN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, EN LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO O DURANTE SU VIGENCIA, O BIEN, EN LA PRESENTACIÓN O DESAHOGO DE UNA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN O DE UNA INCONFORMIDAD;
V. LAS QUE SE ENCUENTREN EN EL SUPUESTO DE LA FRACCIÓN XII DEL ARTÍCULO 50 DE ESTE ORDENAMIENTO, Y
VI. AQUÉLLAS QUE SE ENCUENTREN EN EL SUPUESTO DEL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 74 DE ESTA LEY.
B) SE HARÁ EFECTIVA LA FIANZA RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CUANDO SE PRESENTE UNO DE LOS CASOS SIGUIENTES: (NO APLICA)
I) CUANDO EL PROVEEDOR INCUMPLA CON ALGUNA O ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES CONVENIDAS.
II) CUANDO SE RESCINDA EL CONTRATO, POR CAUSAS IMPUTABLES AL PROVEEDOR.
ADEMÁS DE LAS SANCIONES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SERÁN APLICABLES LAS DISTINTAS SANCIONES QUE ESTIPULEN LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN LA MATERIA.
21 PENAS CONVENCIONALES.
EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 53 DE LA “LEY” Y ARTÍCULO 96 DE SU REGLAMENTO LAS PENAS CONVENCIONALES QUE SE APLICARÁN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN LA FECHA DE ENTREGA POR CAUSAS IMPUTABLES AL PROVEEDOR, SE SUJETARÁN A LO SIGUIENTE:
UNA VEZ VENCIDO EL TÉRMINO PACTADO PARA QUE EL PROVEEDOR PRESTE DEL SERVICIO, LA CONVOCANTE, DEDUCIRÁ DEL MONTO FACTURADO POR EL PROVEEDOR EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA SIGUIENTE PENA CONVENCIONAL ACUMULATIVA: EL PAGO DEL 1% (UNO POR CIENTO) POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO, HASTA LLEGAR A UN IMPORTE EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL PRECIO TOTAL DEL IMPORTE SIN IVA DE LAS PARTIDAS NO ENTREGADAS DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA ESTIPULADAS EN EL CONTRATO.
LLEGANDO A ESTE PORCENTAJE, LA CONVOCANTE, PODRÁ A SU ELECCIÓN, SIN INCURRIR EN RESPONSABILIDAD ALGUNA, RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO ASIGNADO, HACIENDO EFECTIVA LA FIANZA DE GARANTÍA A QUE SE REFIERE EL ANEXO No. 6.
LA APLICACIÓN DE ESTAS PENAS CONVENCIONALES SERÁ SOBRE EL IMPORTE TOTAL DE LOS SERVICIOS NO PRESTADOS SIN CONSIDERAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, TODA VEZ QUE LA CONVOCANTE, NO PERMITIRÁ AL PROVEEDOR ENTREGAS PARCIALES POR PARTIDA.
EL PAGO DE LAS PENAS POR NINGÚN CONCEPTO PODRÁ EXCEDER EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. EN CASO DE NO EFECTUARSE EL PAGO DE LA PENA SE INICIARÁ EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN Y SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
EN EL CASO DE QUE LA CONVOCANTE OTORGUE PRÓRROGAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES, LA CONVOCANTE AUTORIZARÁ UNA PRÓRROGA EN EL PLAZO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO, EN LOS SIGUIENTES CASOS:
SI EL LICITANTE GANADOR NO PUEDE PRESTAR EL SERVICIO POR CAUSAS NO IMPUTABLES A EL, DEBERÁ SOLICITAR POR ESCRITO A LA CONVOCANTE UNA PRÓRROGA PARA LA ENTREGA DE ÉSTOS, POR LO MENOS, 3 DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA DE CUMPLIMIENTO DEL PLAZO ORIGINALMENTE ESTABLECIDO, DEBIENDO ACOMPAÑAR A DICHA SOLICITUD LA DOCUMENTACIÓN Y ELEMENTOS QUE EN SU CASO, ACREDITEN LAS CAUSAS QUE MOTIVEN EL ATRASO, ASIMISMO DEBERÁ ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE PRÓRROGA, UNA CARTA DEBIDAMENTE FIRMADA POR EL FABRICANTE O DISTRIBUIDOR EN LA QUE MANIFIESTE LAS CAUSAS QUE MOTIVEN EL ATRASO EN LA ENTREGA.
LA DIVISIÓN DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS DE LA CONVOCANTE PROCEDERÁ AL ANÁLISIS DE LA SOLICITUD REALIZADA, EMITIENDO AL RESPECTO Y POR ESCRITO EN UN PLAZO NO MAYOR DE TRES DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD LA RESPUESTA QUE CORRESPONDA.
EN NINGÚN CASO SE OTORGARÁ PARA LA ENTREGA, UNA PRÓRROGA POR UN PLAZO MAYOR A 20 DÍAS NATURALES, CONSIDERANDO QUE PUEDE SER INFERIOR A ESTE, DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DEL ÁREA USUARIA, Y ESTA PRÓRROGA NO EXCEDA AL EJERCICIO FISCAL VIGENTE. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO A ESTA PRÓRROGA SE PROCEDERÁ A LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES QUE CORRESPONDAN, DE CONFORMIDAD A ESTE PUNTO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, TRANSCURRIDO EL PLAZO ESTABLECIDO EN ESTE PUNTO, SE PROCEDERÁ A LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
22 CONTROVERSIAS.
LAS CONTROVERSIAS QUE SE SUSCITEN CON MOTIVO DE ESTA LICITACIÓN, SE RESOLVERÁN CON APEGO A LO PREVISTO EN LA “LEY” Y SU REGLAMENTO VIGENTE Y LAS DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES DE CARÁCTER FEDERAL.
23 ASISTENCIA A LOS ACTOS PÚBLICOS DE LA LICITACIÓN.
PODRÁN ASISTIR A LOS DIFERENTES ACTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, LAS CÁMARAS, COLEGIOS O ASOCIACIONES PROFESIONALES U OTRAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, ASÍ COMO CUALQUIER PERSONA FÍSICA QUE MANIFIESTE SU INTERÉS DE ESTAR PRESENTE EN LOS MISMOS, BAJO LA CONDICIÓN DE QUE DEBERÁN REGISTRAR SU ASISTENCIA Y ABSTENERSE DE INTERVENIR EN CUALQUIER FORMA.
ANEXO No. 1
ACREDITACIÓN LEGAL DEL LICITANTE
__________________________________________;
MANIFIESTO
BAJO
PROTESTA DE DECIR VERDAD,
QUE LOS DATOS AQUÍ
(NOMBRE)
ASENTADOS, SON CIERTOS Y HAN SIDO DEBIDAMENTE VERIFICADOS, ASÍ COMO QUE CUENTO CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERME, POR MI O POR MI REPRESENTADA, PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA EN LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL A NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE: _________________________________________________
(PERSONA FÍSICA O MORAL)
LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
LICITANTE
NÚMERO
DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES:
________________________________________________________________NOMBRE
DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL:
___________________________________________________________________DOMICILIO:
___________________________________________
________________________________________________
CALLE NÚMERO
______________________________ ________________________ __________________________
COLONIA C.P. DELEGACIÓN O MUNICIPIO
______________________________ _________________ _______________ _____________________
ENTIDAD FEDERATIVA TELÉFONO FAX CORREO ELECTRÓNICO
TRATÁNDOSE DE PERSONAS XXXXXXX:
NÚMERO DE LA ESCRITURA PÚBLICA ___________________; FECHA EN LA QUE CONSTA EL ACTA CONSTITUTIVA ___________________; NOMBRE XXX XXXXXXX PÚBLICO ___________________________ NÚMERO ___________________ Y LUGAR ANTE EL CUAL SE DIO FE DE LA MISMA, CON EL REGISTRO PÚBLICO NO. ______________________..
RELACIÓN DE LOS ACCIONISTAS:
APELLIDO PATERNO _________________ ________________ _________________ __________________
APELLIDO MATERNO _________________ ________________ _________________ __________________
NOMBRE (S) _________________ ________________ _________________ __________________
DESCRIPCIÓN
DEL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA:
___________________________________________________________________________________________________
___________________________________________________________________________________________________
REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA Y SU NUMERO DE REGISTRO PÚBLICO:
____________________________________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________________________________
DEL REPRESENTANTE DEL LICITANTE:
NÚMERO ___________________ Y FECHA ___________________________ DE LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA; EL NOMBRE XXX XXXXXXX PÚBLICO ___________________________________ Y NÚMERO _____________________________, ANTE EL CUAL FUE OTORGADA, Y CON EL REGISTRO PÚBLICO NO.________________________
PROTESTO LO NECESARIO.
______________________________________ _____________________________________
(LUGAR) (FECHA)
__________________________
(FIRMA)
EL PRESENTE FORMATO PODRÁ SER REPRODUCIDO POR CADA LICITANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE, DEBIENDO RESPETAR SU CONTENIDO, PREFERENTEMENTE, EN EL ORDEN INDICADO.
LA PRESENTE DEBERÁ DE ELABORARSE EN HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE.
ANEXO No. 2
HOJA 1 DE 2
CARTA MANIFIESTO CONFORME A LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN VIII DE LA LAAySSP, SUSCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA “LEY”.
MÉXICO, D. F., DEL 2010
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
P R E S E N T E
CON RELACIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL., MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, NO ENCONTRARME EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA “LEY”.
ARTÍCULO 50
LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES SE ABSTENDRÁN DE RECIBIR PROPOSICIONES O ADJUDICAR CONTRATO ALGUNO EN LAS MATERIAS A QUE SE REFIERE LA “LEY”, CON LAS PERSONAS SIGUIENTES:
I AQUÉLLAS EN QUE EL SERVIDOR PÚBLICO QUE INTERVENGA EN CUALQUIER ETAPA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN TENGA INTERÉS PERSONAL, FAMILIAR O DE NEGOCIOS, INCLUYENDO AQUÉLLAS DE LAS QUE PUEDA RESULTAR ALGÚN BENEFICIO PARA ÉL, SU CÓNYUGE O SUS PARIENTES CONSANGUÍNEOS HASTA EL CUARTO GRADO, POR AFINIDAD O CIVILES, O PARA TERCEROS CON LOS QUE TENGA RELACIONES PROFESIONALES, LABORALES O DE NEGOCIOS, O PARA SOCIOS O SOCIEDADES DE LAS QUE EL SERVIDOR PÚBLICO O LAS PERSONAS ANTES REFERIDAS FORMEN O HAYAN FORMADO PARTE DURANTE LOS DOS AÑOS PREVIOS A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE QUE SE TRATE;
II LAS QUE DESEMPEÑEN UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO, O BIEN, LAS SOCIEDADES DE LAS QUE DICHAS PERSONAS FORMEN PARTE, SIN LA AUTORIZACIÓN PREVIA Y ESPECÍFICA DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA;
III. AQUELLOS PROVEEDORES QUE, POR CAUSAS IMPUTABLES A ELLOS MISMOS, LA DEPENDENCIA O ENTIDAD CONVOCANTE LES HUBIERE RESCINDIDO ADMINISTRATIVAMENTE UN CONTRATO. DICHO IMPEDIMENTO PREVALECERÁ ANTE LA PROPIA DEPENDENCIA O ENTIDAD CONVOCANTE CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESCISIÓN DEL SEGUNDO CONTRATO;
IV. LAS QUE SE ENCUENTREN INHABILITADAS POR RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA EN LOS TÉRMINOS DEL TÍTULO QUINTO DE ESTE ORDENAMIENTO Y TÍTULO SEXTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS;
V. LOS PROVEEDORES QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE ATRASO EN LAS ENTREGAS DE LOS BIENES O EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO POR CAUSAS IMPUTABLES A ELLOS MISMOS, RESPECTO DE OTRO U OTROS CONTRATOS CELEBRADOS CON LA PROPIA DEPENDENCIA O ENTIDAD, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTAS HAYAN RESULTADO GRAVEMENTE PERJUDICADAS;
VI. AQUELLAS QUE HAYAN SIDO DECLARADAS SUJETAS A CONCURSO MERCANTIL O ALGUNA FIGURA ANÁLOGA;
VII. AQUELLAS QUE PRESENTEN PROPOSICIONES EN UNA MISMA PARTIDA DE UN BIEN O SERVICIO EN UN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE SE ENCUENTREN VINCULADAS ENTRE SÍ POR ALGÚN SOCIO O ASOCIADO COMÚN.
SE ENTENDERÁ QUE ES SOCIO O ASOCIADO COMÚN, AQUELLA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE EN EL MISMO PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ES RECONOCIDA COMO TAL EN LAS ACTAS CONSTITUTIVAS, ESTATUTOS O EN SUS REFORMAS O MODIFICACIONES DE DOS O MÁS EMPRESAS LICITANTES, POR TENER UNA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA EN EL CAPITAL SOCIAL, QUE LE OTORGUE EL DERECHO DE INTERVENIR EN LA TOMA DE DECISIONES O EN LA ADMINISTRACIÓN DE DICHAS PERSONAS XXXXXXX;
VIII. LAS QUE PRETENDAN PARTICIPAR EN UN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y PREVIAMENTE HAYAN REALIZADO O SE ENCUENTREN REALIZANDO, POR SÍ O A TRAVÉS DE EMPRESAS QUE FORMEN PARTE DEL MISMO GRUPO EMPRESARIAL, EN VIRTUD DE OTRO CONTRATO, TRABAJOS DE ANÁLISIS Y CONTROL DE CALIDAD, PREPARACIÓN DE ESPECIFICACIONES, PRESUPUESTO O LA ELABORACIÓN DE CUALQUIER DOCUMENTO VINCULADO CON EL PROCEDIMIENTO EN QUE SE ENCUENTRAN INTERESADAS EN PARTICIPAR, CUANDO CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DE DICHOS TRABAJOS HUBIERA TENIDO ACCESO A INFORMACIÓN PRIVILEGIADA QUE NO SE DARÁ A CONOCER A LOS LICITANTES PARA LA ELABORACIÓN DE SUS PROPOSICIONES
HOJA 2 DE 2
IX. AQUELLAS QUE POR SÍ O A TRAVÉS DE EMPRESAS QUE FORMEN PARTE DEL MISMO GRUPO EMPRESARIAL PRETENDAN SER CONTRATADAS PARA ELABORACIÓN DE DICTÁMENES, PERITAJES Y AVALÚOS, CUANDO ÉSTOS HAYAN DE SER UTILIZADOS PARA RESOLVER DISCREPANCIAS DERIVADAS DE LOS CONTRATOS EN LOS QUE DICHAS PERSONAS O EMPRESAS SEAN PARTE;
X. LAS QUE CELEBREN CONTRATOS SOBRE LAS MATERIAS REGULADAS POR LA “LEY” SIN ESTAR FACULTADAS PARA HACER USO DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Y
XI. LAS QUE HAYAN UTILIZADO INFORMACIÓN PRIVILEGIADA, PROPORCIONADA INDEBIDAMENTE POR SERVIDORES PÚBLICOS O SUS FAMILIARES POR PARENTESCO CONSANGUÍNEO Y, POR AFINIDAD HASTA EL CUARTO GRADO, O CIVIL;
XII. LAS QUE CONTRATEN SERVICIOS DE ASESORÍA, CONSULTORÍA Y APOYO DE CUALQUIER TIPO DE PERSONAS EN MATERIA DE CONTRATACIONES GUBERNAMENTALES, SI SE COMPRUEBA QUE TODO O PARTE DE LAS CONTRAPRESTACIONES PAGADAS AL PRESTADOR DEL SERVICIO, A SU VEZ, SON RECIBIDAS POR SERVIDORES PÚBLICOS POR SÍ O POR INTERPÓSITA PERSONA, CON INDEPENDENCIA DE QUE QUIENES LAS RECIBAN TENGAN O NO RELACIÓN CON LA CONTRATACIÓN;
XIII. AQUELLOS LICITANTES QUE INJUSTIFICADAMENTE Y POR CAUSAS IMPUTABLES A ELLOS MISMOS, NO HAYAN FORMALIZADO UN CONTRATO ADJUDICADO CON ANTERIORIDAD POR LA CONVOCANTE. DICHO IMPEDIMENTO PREVALECERÁ ANTE LA PROPIA DEPENDENCIA O ENTIDAD CONVOCANTE POR EL PLAZO QUE SE ESTABLEZCA EN LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 DE LA “LEY”, EL CUAL NO PODRÁ SER SUPERIOR A UN AÑO CALENDARIO CONTADO A PARTIR DEL DÍA EN QUE HAYA FENECIDO EL TÉRMINO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN O, EN SU CASO, POR EL ARTÍCULO 46 DE ESTA “LEY”, PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO EN CUESTIÓN, Y
XIV. LAS DEMÁS QUE POR CUALQUIER CAUSA SE ENCUENTREN IMPEDIDAS PARA ELLO POR DISPOSICIÓN DE “LEY”.
ARTÍCULO 60.
LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, ADEMÁS DE LA SANCIÓN A QUE SE REFIERE EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO ANTERIOR, INHABILITARÁ TEMPORALMENTE PARA PARTICIPAR DE MANERA DIRECTA O POR INTERPÓSITA PERSONA EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN O CELEBRAR CONTRATOS REGULADOS POR LA “LEY”, A LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:
I. LOS LICITANTES QUE INJUSTIFICADAMENTE Y POR CAUSAS IMPUTABLES A LOS MISMOS NO FORMALICEN DOS O MÁS CONTRATOS QUE LES HAYA ADJUDICADO CUALQUIER DEPENDENCIA O ENTIDAD EN EL PLAZO DE DOS AÑOS CALENDARIO, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA EN QUE HAYA FENECIDO EL TÉRMINO PARA LA FORMALIZACIÓN DEL PRIMER CONTRATO NO FORMALIZADO;
II. LOS PROVEEDORES A LOS QUE SE LES HAYA RESCINDIDO ADMINISTRATIVAMENTE UN CONTRATO EN DOS O MÁS DEPENDENCIAS O ENTIDADES EN UN PLAZO DE TRES AÑOS;
III. LOS PROVEEDORES QUE NO CUMPLAN CON SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES POR CAUSAS IMPUTABLES A ELLOS Y QUE, COMO CONSECUENCIA, CAUSEN DAÑOS O PERJUICIOS GRAVES A LA DEPENDENCIA O ENTIDAD DE QUE SE TRATE; ASÍ COMO, AQUELLOS QUE ENTREGUEN BIENES O SERVICIOS CON ESPECIFICACIONES DISTINTAS DE LAS CONVENIDAS;
IV. LAS QUE PROPORCIONEN INFORMACIÓN FALSA O QUE ACTÚEN CON DOLO O MALA FE EN ALGÚN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, EN LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO O DURANTE SU VIGENCIA, O BIEN, EN LA PRESENTACIÓN O DESAHOGO DE UNA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN O DE UNA INCONFORMIDAD;
V. LAS QUE SE ENCUENTREN EN EL SUPUESTO DE LA FRACCIÓN XII DEL ARTÍCULO 50 DE ESTE ORDENAMIENTO, Y
VI. AQUÉLLAS QUE SE ENCUENTREN EN EL SUPUESTO DEL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 74 DE ESTA “LEY”.
A T E N T A M E N T E
______________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
LA PRESENTE DEBERÁ DE ELABORARSE EN HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE
ANEXO No. 3
CARTA DE ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LA CONVOCATORIA
MÉXICO, D.F., A DEL 2010
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
P R E S E N T E
ME REFIERO A LA LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
SOBRE EL PARTICULAR MANIFIESTO A USTED QUE:
OPORTUNAMENTE SE OBTUVO LA CONVOCATORIA RELATIVA A LA LICITACIÓN EN CUESTIÓN, Y SE HA TENIDO DEBIDO CONOCIMIENTO DEL CONTENIDO DE LA MISMA, TODA VEZ QUE CONFORME A ÉSTA, SE SUJETARÁ A LA CONTRATACIÓN OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, ACEPTÁNDOSE ÍNTEGRAMENTE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA, A LAS MODIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LA JUNTA DE ACLARACIONES Y EN EL PROYECTO DE CONTRATO EN EL PLAZO Y TÉRMINOS FIJADOS.
DE IGUAL FORMA MANIFIESTO QUE ESTA EMPRESA CONOCE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES Y ACEPTA QUE ESTA NORMATIVIDAD RIGE EN LO CONDUCENTE.
NOMBRE DE LA EMPRESA LICITANTE:
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL:
CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL:
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL:
ESTE FORMATO DEBERÁ PRESENTARSE EN HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA.
ANEXO No. 4
CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
MÉXICO, D.F. A ______________ DEL 2010
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
P R E S E N T E
POR ESTE CONDUCTO, YO, ______________________________ EN MI CARÁCTER DE
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL)
REPRESENTANTE LEGAL DE _____________________, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE NOS ABSTENDREMOS POR SI O POR INTERPÓSITAS PERSONAS, DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE NOS PUEDAN OTORGAR CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES, DE LA LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
A T E N T A M E N T E
________________________________________________
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL)
LA PRESENTE DEBERÁ DE ELABORARSE EN HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE
ANEXO N° 5
“FORMATO DE MANIFESTACIÓN DE ESTRATIFICACIÓN POR SECTOR Y
NÚMERO DE TRABAJADORES Y RANGO DEL MONTO DE VENTAS ANUALES”.
México, D.F., a de de 2010.
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
PRESENTE
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículos 8º de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el artículo 3° fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad, lo anterior de conformidad con el acuerdo por el que se establecen los criterios para la estratificación de la micro, pequeñas y medianas empresas publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que por el sector que está constituida la empresa que represento, en función del número de trabajadores que es de ______ y por el rango de monto de ventas anuales, me encuentro en la estratificación de _________________ empresa,
ESTRATIFICACIÓN |
||||
TAMAÑO |
SECTOR |
RANGO DE NÚMERO DE TRABAJADORES |
RANGO DE MONTO DE VENTAS ANUALES (MDP) |
TOPE MÁXIMO COMBINADO* |
MICRO |
TODAS |
HASTA 10 |
HASTA $ 4 |
4.6 |
PEQUEÑA |
COMERCIO |
DESDE 11 HASTA 30 |
DESDE $ 4.01 HASTA $ 100 |
93 |
INDUSTRIA Y SERVICIOS |
DESDE 11 HASTA 50 |
DESDE $ 4.01 HASTA $ 100 |
95 |
|
MEDIANA |
COMERCIO |
DESDE 31 HASTA 100 |
DESDE $100.01 HASTA $250 |
235 |
SERVICIOS |
DESDE 51 HASTA 100 |
|||
INDUSTRIA |
DESDE 51 HASTA 250 |
DESDE $100.01 HASTA $250 |
250 |
*TOPE MÁXIMO COMBINADO= (TRABAJADORES) X 10% + (VENTAS ANUALES) X 90%
Indicar con una xxxx la columna que le corresponda.
ATENTAMENTE
NOMBRE Y FIRMA DEL LICITANTE Ó REPRESENTANTE LEGAL
(NO APLICA)
ANEXO NO. 6
FORMATO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
ENTREGAR LA FIANZA ORIGINAL DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES CONTADOS A PARTIR DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, EN EL DEPARTAMENTO DE BIENES EN CUSTODIA, UBICADO EN LA XXXXX XX XXXXXX X. XXXXXX XXXXXXXX X/X XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXX. X.X. 00000.
PARA CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN AL RESPECTO COMUNICARSE AL TELÉFONO 00 00 00 00 EXT. 52451 Y 52454.
FORMA DE REDACCIÓN DE LA PÓLIZA DE GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO
DEL CONTRATO (LICITANTE GANADOR)
A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN Y A DISPOSICIÓN DEL INSTITUTO POLITÉNICO NACIONAL PARA GARANTIZAR POR (ANOTAR NOMBRE COMPLETO DE LA EMPRESA, DOMICILIO COMPLETO, CALLE, NUMERO, COLONIA CIUDAD Y CÓDIGO POSTAL R.F.C.) HASTA POR LA CANTIDAD DE (ANOTAR EL IMPORTE CON NÚMERO Y LETRA), QUE CONSTITUYE EL 10% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO ANTES DE IVA, CUYO IMPORTE ES DE (ANOTAR IMPORTE DEL CONTRATO ANTES DE IVA CON NÚMERO Y LETRA) EL EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO No. (ANOTAR NÚMERO DE CONTRATO), FORMALIZADO EL (ANOTAR FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO), DERIVADO DE (ANOTAR EL NÚMERO DE LA LICITACIÓN, INVITACIÓN O ADJUDICACIÓN DIRECTA) RELATIVO A LA ADQUISICIÓN DE (ANOTAR EL OBJETO DE LA LICITACIÓN, INVITACIÓN O ADJUDICACIÓN DIRECTA), CON UN IMPORTE TOTAL DE (ANOTAR EL IMPORTE TOTAL CON IVA DEL CONTRATO).
ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO.
ESTA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DURANTE EL CUMPLIMIENTO ESTA OBLIGACIÓN QUE GARANTIZA Y CONTINUARÁ VIGENTE EN CASO DE QUE SE OTORGUE PRORROGAS AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO DURE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN, HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA.
LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZA PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVE EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA POLIZA DE FIANZA REQUERIDA.
PARA CANCELAR LA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DEL DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN.
ANEXO No. 7
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
PRESENTE
LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
HOJA DE COTIZACIÓN
-
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
P. U.
TOTAL
SERVICIO
1
SUBTOTAL
DESCUENTO
(EN CASO DE INCLUIRSE)
SUBTOTAL
16% I.V.A.
TOTAL
DE SER EL CASO, LOS DESCUENTOS QUE ESTE EN POSIBILIDAD DE OTORGAR.
LOS PRECIOS DE SU OFERTA DEBERÁN SER FIJOS.
LAS OFERTAS SE COTIZAN EN MONEDA NACIONAL.
LA PROPOSICIÓN TENDRÁ UNA VALIDEZ OBLIGATORIA DE 60 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
ESTE FORMATO DEBERÁ DE IR PLASMADO EN HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA Y FIRMADO POR EL REPRESENTANTE XXXXX
XXXXX Xx 0
XXXXX Xx. 0
XXXXXXXX XX XXXXXXXX
XXXXXX, X.X. A ______________ DEL 2010
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
PRESENTE
CON RELACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, EN MI CALIDAD DE REPRESENTANTE ______________________________, LES MANIFIESTO QUE AL SERVICIO OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN, MI REPRESENTADA OTORGARÁ UNA PLAZO DE GARANTÍA MINIMO DE UN AÑO, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DEL SERVICIO QUE PRESTE AL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
ASI MISMO, MANIFIESTO QUE DURANTE EL PLAZO DE GARANTÌA, EN CASO DE QUE SE PRESENTE ALGUNA FALLA, ME OBLIGO A REALIZAR LAS REPARACIONES SIN COSTO ALGUNO PARA EL INSTITUTO, OTORGANDO UN NUEVO PLAZO DE GARANTÌA DE IGUAL DURACIÒN QUE LA ANTERIOR A PARTIR DE LA REALIZACIÒN DE LAS REPARACIONES.
A T E N T A M E N T E
________________________________________________
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL)
ESTA INFORMACIÓN DEBE PRESENTARSE EN HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA
ANEXO No. 10
|
RELACIÓN DE DOCUMENTOS SOLICITADOS EN EL PUNTO 7.1 DE LA CONVOCATORIA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA. |
PRESENTA |
NO PRESENTA |
|
ORIGINAL DE LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA Y EXISTENCIA DEL LICITANTE, ANEXO No. 1 DE ESTA CONVOCATORIA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD; ASIMISMO, EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR UNA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO, EN CASO DE CONTAR CON ÉL
|
|
|
|
ESCRITO EN EL QUE EXPRESEN SU INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN, POR SÍ O EN REPRESENTACIÓN DE UN TERCERO, MANIFESTANDO EN TODOS LOS CASOS LOS DATOS GENERALES DEL INTERESADO Y, EN SU CASO, DEL REPRESENTANTE. (ARTÍCULO 33 BIS TERCER PÁRRAFO DE LA “LEY” Y 45 DE SU REGLAMENTO).
|
|
|
|
ORIGINAL Y COPIA FOTOSTÁTICA LEGIBLE DE IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA (CREDENCIAL DE ELECTOR O CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR NACIONAL, CÉDULA PROFESIONAL O PASAPORTE). EN CASO DE QUE NO ASISTA EL REPRESENTANTE LEGAL, CARTA PODER SIMPLE.
|
|
|
|
ESCRITO QUE EL LICITANTE CON DOMICILIO EN EL INTERIOR DEL PAÍS, DEBERÁ ACREDITAR A UN REPRESENTANTE XXXXX XX XX XXXXXXXX XXXXXXX X XX XX XXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX, PARA RECIBIR LOS REPORTES O NOTIFICACIONES MEDIANTE PODER NOTARIAL CORRESPONDIENTE, QUE LE OTORGUE FACULTADES PARA SUSCRIBIR Y CONTRATAR A NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA
|
|
|
|
COPIA DE LA CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DEL LICITANTE (R.F.C.)
|
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|
|
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN VIII DE LA “LEY” Y EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN VI, INCISO e) DE SU REGLAMENTO, EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR ORIGINAL DE LA CARTA MANIFIESTO DE ESTA CONVOCATORIA, SUSCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA “LEY”. (ANEXO No. 2)
|
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|
|
MANIFESTACIÓN ESCRITA DE QUE EL LICITANTE CONOCE Y ACEPTA EL CONTENIDO DE ESTA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN, ANEXOS Y MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES. (ANEXO 3)
|
|
|
|
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN IX DE LA “LEY”, Y EL ARTÍCULO 39 FRACCIÓN VI INCISO f) DE SU REGLAMENTO, EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR EN ORIGINAL UNA LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD, EN LA QUE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE SE ABSTENDRÁ, POR SÍ O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL “IPN”, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE LE PUEDAN OTORGAR CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES. (ANEXO No. 4)
|
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|
|
ORIGINAL DEL CURRICULUM DE LA EMPRESA CON LOS PRINCIPALES CLIENTES QUE ATIENDE PARA EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO, CON DIRECCIONES Y TELÉFONOS
|
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|
|
ESCRITO DE MANIFESTACIÓN DE ESTRATIFICACIÓN, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8º. DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO; ARTÍCULO 3º. DE LA LEY PARA EL DESARROLLO PARA LA COMPETITIVIDAD, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA ESTRATIFICACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANAS EMPRESAS, PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 XX XXXXX DE 2010. (ANEXO 5)
|
|
|
|
CARTA EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE, CON FIRMA AUTÓGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL, DIRIGIDA AL “IPN”, EN LA QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, SE COMPROMETE A GARANTIZAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS Y A RESPONDER POR LOS DEFECTOS O VICIOS OCULTOS QUE SE LLEGARÁN A PRESENTAR AUN DESPUÉS DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO OFERTADO. PUNTO 19. DE LA CONVOCATORIA.
|
|
|
|
DOCUMENTO EN EL QUE CONSTE EL ACUSE DE RECEPCIÓN DE SOLICITUD DE OPINIÓN ANTE LA AUTORIDAD FISCAL COMPETENTE, RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES
|
|
|
|
CONVENIO FIRMADO POR CADA UNA DE LAS PERSONAS QUE INTEGREN UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, INDICANDO EN EL MISMO LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATO QUE CORRESPONDERÁ A CADA UNA DE ELLAS, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ SU CUMPLIMIENTO
|
|
|
|
ACUSE DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTO ÚNICO DE PROVEEDORES (LA FALTA DE ESTE REQUISITO NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO)
|
|
|
RECIBE POR PARTE DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
________________________________________________________________________
EL PRESENTE FORMATO, SERVIRÁ COMO GUÍA PARA LA RECEPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN; LA CONVOCANTE RECIBE LA DOCUMENTACIÓN EN FORMA CUANTITATIVA, SIN ENTRAR AL ANÁLISIS DETALLADO DE SU CONTENIDO, EL CUAL SE EFECTUARÁ DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
ANEXO No. 11
7.2 |
RELACIÓN DE DOCUMENTOS SOLICITADOS EN EL PUNTO 7.2 DE LA CONVOCATORIA CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA |
PRESENTA |
NO PRESENTA |
|
ORIGINAL DEL ANEXO TÉCNICO DEBIDAMENTE REQUISITADO CON LA DESCRIPCIÓN DETALLADA Y ESPECÍFICA DEL SERVICIO OFERTADO SEÑALANDO LA PARTIDA. PRESENTAR EN HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE CON FIRMA AUTÓGRAFA DEL REPRESENTANTE LEGAL EN LA ÚLTIMA HOJA DE CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTEN DE LA MISMA; Y EN DISCO DE 3 ½”, CD O USB, EL NO PRESENTAR EL DISCO MAGNÉTICO NO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO
|
|
|
|
CARTA ORIGINAL DONDE ESTABLEZCA EL PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO, CONFORME AL PUNTO 1.3
|
|
|
|
CARTA ORIGINAL DONDE ESTABLEZCA EL LUGAR Y FORMA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO, CONFORME AL ANEXO TÉCNICO. Y EL PUNTO 1.4
|
|
|
|
CARTA ORIGINAL DONDE ESTABLEZCA EL PERIODO DE GARANTÍA DEL SERVICIO, CONFORME AL PUNTO 1.6 DE LA CONVOCATORIA. (ANEXO No. 9)
|
|
|
|
ORIGINAL DE LA CAPACIDAD DE CUMPLIMIENTO DE ESTA CONVOCATORIA. (ANEXO No. 12)
|
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|
ESCRITO EN DONDE ESTABLEZCA QUE EN CASO DE RESULTAR GANADOR NO CEDERÁ NI SUBCONTRATARÁ, TOTAL O PARCIALMENTE EL CONTRATO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, NI LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL MISMO. (ANEXO No. 13)
|
|
|
|
UN ESCRITO DONDE COMUNIQUE DE QUE LA PERSONA FÍSICA O MORAL, NO SE ENCUENTRA EN SITUACIÓN XX XXXX O INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES CON EL “IPN”. (ANEXO No. 14)
|
|
|
|
CARTA DONDE MANIFIESTE QUE DICHOS SERVICIOS SE AJUSTAN A LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS REQUERIDOS POR EL “IPN” Y PREVISTOS EN LAS CONVOCATORIA.(ANEXO 15)
|
|
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|
COPIA DEL PERMISO DE AUTORIZACIÓN VIGENTE PARA OPERAR COMO COMPAÑÍA DE SEGUROS EMITIDA POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
|
|
|
|
ESCRITO DONDE MANIFESTA QUE CUENTA CON LOS ESQUEMAS DE REASEGURAMIENTO ADECUADOS, INCLUYENDO REASEGURADORAS DE PRIMER ORDEN REGISTRADOS ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.
|
|
|
|
ESCRITO, QUE DE RESULTAR GANADOR EN EL TÉRMINO DE 24 HORAS SIGUIENTES AL FALLO, OTORGARÁ UNA CARTA COBERTURA, QUE PROPORCIONE LA SEGURIDAD DE TENER EL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO DEBIDAMENTE CUBIERTO.
|
|
|
|
DETALLAR AMPLIAMENTE EL PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SINIESTROS INCLUYENDO TIEMPO Y DOCUMENTACIÓN BÁSICA REQUERIDA EN LAS PARTIDAS A QUE SE REFIERE LA PRESENTE LICITACIÓN (COPIA). QUEDA ENTENDIDO QUE LOS AJUSTADORES SERÁN NOMBRADOS POR EL IPN PREVIA EVALUACIÓN DEL PROFESIONALISMO Y EXPREIENCIA, QUIEN ATENDERÁ LAS RECLAMACIONES QUE SE PRESENTEN EN UN PLAZO NO MAYOR DE 72 HORAS AL REPORTE.
|
|
|
|
RELACIÓN DE DOCUMENTOS SOLICITADOS EN EL PUNTO 7.3 DE LA CONVOCATORIA CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA |
PRESENTA |
NO PRESENTA |
a) |
PROPUESTA ECONÓMICA QUE CONTIENE EL COSTO DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ANEXO TÉCNICO, Y PRESENTARSE EN IDIOMA ESPAÑOL, SIN TACHADURAS NI ENMENDADURAS, FIRMADA EN CADA HOJA POR EL LICITANTE O PERSONA FACULTADA PARA ELLO.
|
|
|
b) |
DE SER EL CASO, LOS DESCUENTO QUE ESTÉ EN POSIBILIDAD DE OTORGAR.
|
|
|
c) |
LAS OFERTAS SE COTIZAN EN MONEDA NACIONAL.
|
|
|
d) |
LOS PRECIOS DE SU OFERTA SON FIJOS.
|
|
|
e) |
EN LETRA LOS IMPORTES TOTALES POR PARTIDA
|
|
|
f) |
LA PROPOSICIÓN TIENE UNA VALIDEZ OBLIGATORIA DE 60 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
|
|
|
RECIBE POR PARTE DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
________________________________________________________________________
EL PRESENTE FORMATO, SERVIRÁ COMO GUÍA PARA LA RECEPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN; LA CONVOCANTE RECIBE LA DOCUMENTACIÓN EN FORMA CUANTITATIVA, SIN ENTRAR AL ANÁLISIS DETALLADO DE SU CONTENIDO, EL CUAL SE EFECTUARÁ DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
ANEXO No. 12
CAPACIDAD DE CUMPLIMIENTO
MÉXICO, D. F., DEL 2010
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
PRESENTE
CON RELACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, EN MI CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA _______________________________________, MANIFIESTO A USTED QUE MI REPRESENTADA CUENTA CON LA CAPACIDAD AMPLIA Y SUFICIENTE PARA PRODUCIR Y/O SUMINISTRAR EN CANTIDAD, CALIDAD Y TIEMPO EL SERVICIO SOLICITADO.
A T E N T A M E N T E
___________________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DE REPRESENTANTE LEGAL
ESTA INFORMACIÓN DEBE PRESENTARSE EN HOJA MEMBRETADA DE LA EMPRESA
ANEXO No. 13
NOTA: PAPEL CON MEMBRETE DEL LICITANTE
FECHA:______________
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
P R E S E N T E
C.______________________________________________ APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA ______________________________________________ SEGÚN SE ACREDITA EN EL TESTIMONIO NOTARIAL No. ____________________DE FECHA__________________________ OTORGADO ANTE LA XX XXX XXXXXXX PUBLICO No. ___________________________ DE LA CIUDAD DE _________________________________ Y QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL FOLIO MERCANTIL No. ______________________ EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE _____________________________________________.
MANIFIESTO QUE EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO EN LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, MI REPRESENTADA NO CEDERÁ NI SUBCONTRATARÁ TOTAL O PARCIALMENTE LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, NI LAS OBLIGACIONES QUE DE ELLA SE DERIVEN.
EN EL ENTENDIDO DE QUE DE NO MANIFESTARME CON VERACIDAD, ACEPTO QUE ELLO SEA CAUSA DE RESCISIÓN DEL CONTRATO CELEBRADO CON ESE ORGANISMO PUBLICO DESCONCENTRADO.
A T E N T A M E N T E
________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL APODERADO O
REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE
ANEXO No. 14
NOTA: PAPEL CON MEMBRETE DEL LICITANTE
FECHA:______________
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
P R E S E N T E
C.______________________________________________ APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA ______________________________________________ SEGÚN SE ACREDITA EN EL TESTIMONIO NOTARIAL No. ____________________DE FECHA__________________________ OTORGADO ANTE LA XX XXX XXXXXXX PUBLICO No. ___________________________ DE LA CIUDAD DE _________________________________ Y QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL FOLIO MERCANTIL NO. ______________________ EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE _____________________________________________.
MANIFIESTO QUE MI REPRESENTADA NO SE ENCUENTRA EN SITUACIÓN XX XXXX Y/O INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES CON EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
EN EL ENTENDIDO DE QUE DE NO MANIFESTARME CON VERACIDAD, ACEPTO QUE ELLO SEA CAUSA DE RESCISIÓN DEL CONTRATO CELEBRADO CON ESE ORGANISMO PUBLICO DESCONCENTRADO.
A T E N T A M E N T E
________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL APODERADO O
REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE
ANEXO Nº. 15
NOTA: PAPEL CON MEMBRETE DEL LICITANTE
LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL PRESENCIAL No. 11171001-045-10, PARA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS. QUE REQUIERE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
FECHA:______________
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
P R E S E N T E
C.______________________________________________ APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA ______________________________________________ SEGÚN SE ACREDITA EN EL TESTIMONIO NOTARIAL No. ____________________DE FECHA__________________________ OTORGADO ANTE LA XX XXX XXXXXXX PUBLICO No. ___________________________ DE LA CIUDAD DE _________________________________ Y QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL FOLIO MERCANTIL NO. ______________________ EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE _____________________________________________.
MANIFIESTO QUE LA EMPRESA QUE REPRESENTO, SE COMPROMETE A QUE EL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS SE AJUSTARÁ A LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS REQUERIDOS POR EL “IPN” PREVISTOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA.
EN EL ENTENDIDO DE QUE DE NO MANIFESTARME CON VERACIDAD, ACEPTO QUE ELLO SEA CAUSA DE RESCISIÓN DEL CONTRATO CELEBRADO CON ESE ORGANISMO PUBLICO DESCONCENTRADO.
A T E N T A M E N T E
________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL APODERADO O
REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE
ANEXO Nº. 16
REQUISITOS PARA INICIAR TRÁMITE DE PAGO A PROVEEDORES
El proveedor deberá darse de alta en la página xxxxxx.xxx.xx antes de entregar documentos para trámite de pago. Una vez registrado deberá pasar a la División de Finanzas para validar todos los datos.
Datos de facturación: A nombre del Instituto Politécnico Nacional, RFC: IPN-811229-H26, Dirección: Xx. Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxx X/X, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, México, D.F.
Factura original debidamente firmada por el titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios y por quien recibe los efectos de conformidad, así como el sello de la DRMyS, como lo marcan los lineamientos de carácter interno para el control y ejercicio del presupuesto 2010. Además dicha factura deberá reunir todos los requisitos fiscales que nos marca la Ley del ISR.
Contrato original.
Modificación al Contrato (Si aplicara).
Original de la nota de entrada del Departamento de Bienes en Custodia. (No Aplica)
Copia de factura o remisión con sello original del Área Requirente. (si son varias)
Oficio Original de penalización (Si aplicara, en caso de existir penalizaciones el proveedor deberá entregar una nota de crédito).
Nota de crédito original (En caso de no haber entregado en tiempo y forma, debidamente firmada por el Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios y por quien recibe los efectos de conformidad, así como el sello de la DRMyS; como lo marcan los lineamientos de carácter interno para el control y ejercicio del presupuesto 2010).
Carta 32-D, de conformidad con lo señalado en el código fiscal de la federación y la regla I.2.1.15 de la resolución miscelánea fiscal 2010, publicada en el diario oficial de la federación, el 11 xx xxxxx de 2010 (Cuando el Pedido sea mayor de $300,000.00 antes de I.V.A., copia del acuse firmado por adquisiciones).
Copia de fianza (En caso de no entregar la prestación del servicio dentro de los primero diez días naturales después de la firma del contrato, copia del acuse firmado por Adquisiciones). (No Aplica)
Copia de requisición (Suficiencia presupuestal: con los importes que se le aplicarán al contrato correspondiente).
CONTRATO TIPO
CONTRATO No. IPN___-10
GUÍA DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS GENERALES O DIVERSOS
CONTRATO Nº.: |
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ÁREA SOLICITANTE: |
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REQUISICIÓN Nº.: |
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE (ESPECIFICAR EL SERVICIO CONTRATADO), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C.P. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y POR LA OTRA, (ASENTAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL COMPLETO DEL PROVEEDOR, REPRESENTADO (A) EN ESTE ACTO POR ASENTAR EL NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL) EN SU CARÁCTER DE (CARGO), PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO EL “IPN” Y “EL PROVEEDOR”, RESPECTIVAMENTE, SUJETÁNDOSE A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el “IPN” por conducto de su Representante Legal que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2, y 6 de la Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio.
I.2. Tiene como finalidades, entre otras: formar profesionales e investigadores en los diversos campos de la ciencia y la tecnología, de acuerdo a los requerimientos del desarrollo económico, político y social del país, así como realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación, se formulen para la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia y tecnología.
I.3. Entre sus atribuciones está la de promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales, de acuerdo a lo señalado por el artículo 4, fracción XVII de la Ley Orgánica del Instituto.
I.4. Según lo dispuesto en los artículos 12 y 14 fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico del Instituto, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Directora General, la Dra. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.
I.5. La Secretaria de Administración, es un órgano de Autoridad del Instituto Politécnico Nacional de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, y tiene entre otras, la función de autorizar los convenios y contratos que impliquen erogaciones para el Instituto de conformidad con el artículo 23 fracción XII del Reglamento Orgánico del Instituto Politécnico Nacional.
I.6. El C.P. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx es el Secretario de Administración del “IPN”, según consta en el nombramiento de fecha 16 de enero de 2010, otorgado a su favor por la Dra. Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Directora General del propio Instituto cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del Poder Notarial número 22,800 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario Público No. 21 del Estado de México y del patrimonio del inmueble federal, asimismo entre sus atribuciones se encuentran las de supervisión y vigilancia del cumplimiento del presente contrato.
I.7. Dentro de su estructura orgánica – administrativa se encuentra la (ASENTAR EL NOMBRE DE LA UNIDAD RESPONSABLE(U.R.)), que requiere DEL SERVICIO profesionales del “PROVEEDOR”.
I.8. El (ASENTAR EL NOMBRE DEL O LA DIRECTORA(A) DE LA U.R.) es el (o la) Director(a) de (ASENTAR EL NOMBRE DE LA UNIDAD RESPONSABLE), personalidad que acredita en términos del nombramiento otorgado a su favor por el Director General del “IPN”.
I.9. Cuenta con la autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato, como consta en la Partida Presupuestal No. (ASENTAR EL NÚMERO DE LA PARTIDA AUTORIZADA), bajo la requisición no. (ASENTAR NÚMERO), por un monto de $(ASENTAR CANTIDAD), así como el aval financiero en términos del artículo 23 del Reglamento Orgánico del “IPN”.
I.10. Señala como su domicilio legal y fiscal el edificio de la Dirección General, ubicado en Av. Xxxx Xxxxxxx Xxxx s/n, en la Unidad Profesional "Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx", Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, C.P. 07738, México Distrito Federal.
NOTA ACLARATORIA: De acuerdo al tipo de persona con la que se contrata le son aplicables las primeras tres declaraciones, a partir de la declaración II.4, le son aplicables a todos los casos.
(CAPÍTULO DE DECLARACIONES POR EL PROVEEDOR EN CASO DE PERSONA MORAL)
II. Declara “EL PROVEEDOR” que:
II.1. Es una persona moral, debidamente constituida por las leyes mexicanas, , según consta en la Escritura Pública número _______________ de fecha ___ de ______________________ del ________, otorgada ante la fe del Lic. _________________________________, Notario Público Número _____ en el ________________ e inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el número ____________________, la cual se agrega en fotocopia. (anexar la fotocopia correspondiente).
II.2. El ___________________________ cuenta con las facultades suficientes y el poder amplio para contratar y obligar a su representada en los términos del presente contrato, de conformidad con el Poder Notarial número _______________de fecha ___________________, otorgado ante la fe del _____________, Notario Público número ______ del _____________, mismo que en copia se
agrega al presente, manifestando bajo protesta de decir verdad que este mandato no le ha sido modificado, revocado ni restringido, a la fecha de suscripción del presente contrato. (Anexar la fotocopia correspondiente).
II.3. Tiene como objeto social, entre otros, ___________________________________________
(CAPÍTULO DE DECLARACIONES POR EL PROVEEDOR EN CASO DE PERSONA FÍSICA)
II. Declara el “PROVEEDOR” que:
II.1. Cuenta con la experiencia, conocimientos y recursos necesarios para realizar DEL SERVICIO objeto de este Contrato, lo cual se corrobora con los documentos que exhibe al representante, referido en la declaración I.6, responsable de la presente contratación.
II.2. Tiene capacidad jurídica para contratar y obligarse a la prestación DEL SERVICIO profesionales materia de este Contrato.
II.3. Es de nacionalidad mexicana, estado civil ____________, cuenta con _______ años de edad y se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con el número __________ y para acreditarlo exhibe copia de la cédula de identificación fiscal y aviso de alta como contribuyente. (Anexar las fotocopias correspondientes).
*(NOTA.- ESTA DECLARACIÓN ÚNICAMENTE PROCEDERÁ EN EL CASO DE EXTRANJEROS, SUPLIENDO LA ANTERIOR).
*II.3. Es de nacionalidad _____________ estado civil ____________, ________ años de edad y se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con el número __________ y para acreditarlo exhibe copia de la cédula de identificación fiscal y aviso de alta como contribuyente. Que cuenta con el permiso correspondiente para prestar DEL SERVICIO materia de este Contrato a el “IPN”, como lo acredita con la FM ________________ expedida por la Secretaría de Gobernación el día _________ del mes de ___________ del año _________, de la cual exhibe original y anexa copia fotostática al presente Contrato.
II.4. Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que no percibe ninguna otra remuneración por parte del “IPN” y, que no se encuentra en ninguno de los supuestos que prevé el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si esta manifestación es falsa, estará sujeto a las sanciones contenidas en el artículo 60 del mismo ordenamiento.
II.5 Cuenta con los recursos materiales y humanos para cumplir en forma debida con las obligaciones contraídas con motivo del presente contrato.
II.6. Declara el “PRESTADOR” bajo protesta de decir verdad que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones o cargas fiscales.
II.7. Señala como su domicilio LEGAL (SOLO PARA EL CASO DE TRATARSE DE UNA PERSONA
MORAL) el ubicado en _____________________________________________.
III. Declaran las partes que:
III.1. La adjudicación del presente contrato se llevó a cabo mediante el procedimiento de (ASENTAR EL TIPO DE ADJUDICACIÓN), de conformidad con lo establecido en los artículos (ASENTAR LOS FUNDAMENTOS LEGALES) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (EN CASO DE EXISTIR ANTECEDENTE DE SESIÓN DE COMITÉ, ASENTAR LA FECHA DE SESIÓN O EL DICTAMEN APROBATORIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 22 FRACCIÓN II DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO ASÍ COMO EL 2, FRACCIÓN XV DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICONES, ARENDAMIENTOS, Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO O EN SU CASO EL FALLO).
III.2. El presente contrato se celebra sin vicios en el consentimiento de las partes y licitud en el objeto, sin embargo en el supuesto de no cumplir con lo establecido en la declaración II.4., las partes se sujetarán a lo establecido en el artículo 2224, 2225 y 2230 del Código Civil Federal.
III.3 De conformidad con las anteriores declaraciones, las partes reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de este contrato y están de acuerdo en someterse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.
El “IPN” encomienda a “EL PROVEEDOR”, DEL SERVICIO de ASENTAR DEL SERVICIO CONTRATADOS, conforme a la oferta técnica y económica que presentó al Instituto Politécnico Nacional y que se estipula en el Anexo Único del presente contrato, que debidamente firmado por las partes se le agrega como parte integral, del mismo.
El lugar donde se llevarán a cabo DEL SERVICIO contratados es el ubicado en (ASENTAR EL DOMICILIO DE LA ESCUELA, CENTRO O UNIDAD) para lo cual el representante referido en la declaración I.6., se compromete a facilitar el acceso al o los inmuebles descritos y a proporcionarle los oficios para su ingreso que en su caso se requieran.
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL “PROVEEDOR”
Para el cumplimiento del presente Contrato el “PROVEEDOR” se obliga con el “IPN” a llevar a cabo las siguientes acciones:
Cumplir con las normas establecidas por el “IPN” en relación con DEL SERVICIO que se obliga a prestar o bienes a entregar.
b) Desarrollar DEL SERVICIO o entregar los bienes que se establecen en la cláusula que antecede, a entera satisfacción del “IPN”, aportando toda su experiencia y capacidad, dedicándole todo el tiempo que sea necesario, garantizando que la prestación de los mismos de forma óptima y de manera ininterrumpida en el caso de bienes garantizará su calidad así como el tiempo de entrega.
c) Guardar absoluta confidencialidad con respecto a los datos y documentos que el “IPN” le proporcione para las actividades que desarrolle, ni dar informes a personas distintas a las autorizadas por el “IPN”, y
d) Las demás necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto establecido en el presente Contrato.
(ESTABLECER LAS DEMÁS NECESARIAS DE ACUERDO AL CASO EN CONCRETO)
TERCERA.- MONTO DEL SERVICIO.
(ASENTAR LAS CANTIDADES CORRESPONDIENTES)
CUARTA.- FORMA DE PAGO.
El “IPN” se compromete a efectuar el pago DEL SERVICIO objeto del presente contrato de la siguiente forma:
ESPECIFICAR A DETALLE LA FORMA DE LOS PAGOS Y SUS RESPECTIVAS CANTIDADES CON NÚMERO Y LETRA, LAS RETENCIONES SEGÚN EL CASO YA SEA PERSONA FÍSICA, FÍSICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL O MORAL, ASÍ COMO LAS FECHAS O LA PERIODICIDAD DEL PAGO.
Dichos pagos se realizarán contra la prestación del servicio objeto del presente contrato, previa presentación de la factura que cumpla con los requisitos fiscales vigentes para este tipo de pago, en la (ASENTAR LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE Y SU DOMICILIO).
QUINTA.- PÓLIZA DE SEGURO.
“EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir el costo de los empaques y la póliza de seguro de los bienes que se utilicen en la prestación DEL SERVICIO objeto de este contrato, hasta la prestación total de los mismos, por lo que el “IPN” no tendrá ningún tipo de responsabilidad sobre el equipo y medios que el “EL PROVEEDOR” emplee para la prestación del servicio que se realizará dentro de sus instalaciones.
SEXTA.- GARANTÍA.
“El PROVEEDOR” para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de éste contrato, presentará fianza en favor de la Tesorería de la Federación, por un __% (ASENTAR CON LETRA) del monto total de este contrato. Ésta garantía deberá ser presentada a mas tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del mismo, de conformidad con el artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La fianza deberá incluir la cláusula de sometimiento de la afianzadora al procedimiento de ejecución de la misma, establecido en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y el correspondiente del Código Fiscal de la Federación.
*SEXTA.- GARANTÍA.
Con fundamento en el artículo 48, en relación con el artículo ___, fracción (EN CASO DE SER APLICABLE ASENTAR LA FRACCION CORRESPONDIENTE DE ACUERDO A LA PROPIA LEY) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el titular del (ASENTAR EL NOMBRE DEL ÁREA RESPONSABLE DE LA CONTRATACIÓN) exceptúa al “PROVEEDOR” de presentar fianza para garantizar el cumplimiento del presente contrato.
*(ESTA CLÁUSULA SOLO PROCEDE PARA EL CASO DE PERSONAS FÍSICAS Y EN CASO DE QUE EL TITULAR DEL ÁREA RESPONSABLE ASÍ LO DETERMINE BAJO SU RESPONSABILIDAD).
SÉPTIMA.- PENA CONVENCIONAL.
El “IPN”, conviene con el “PROVEEDOR” en pactar, por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas para prestar el servicio, o por incumplimiento parcial de los bienes o servicios objeto del contrato, una pena del ____% (ASENTAR CON LETRA EL PORCENTAJE) del valor total DEL SERVICIO dejados de prestar oportunamente, por cada día natural de atraso y su tope máximo será del ____% (ASENTAR CON LETRA EL PORCENTAJE), del importe total de los bienes o servicios dejados de prestar o entregados con atraso, mediante el procedimiento que la normatividad politécnica y legislación aplicable determine, en cuyo caso al vencer el término para dar cumplimiento el IPN, procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento establecida en la cláusula anterior, y empezar con el proceso de rescisión correspondiente.
OCTAVA.- VICIOS OCULTOS.
“El PROVEEDOR” se obliga a responder ante el “IPN” por los defectos y vicios ocultos de los bienes y de la calidad DEL SERVICIO objeto del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en este contrato y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.
El “IPN” podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato sin necesidad de justificar esta determinación, previa notificación por escrito al “PROVEEDOR”, dentro de un término no mayor xx xxxx días naturales a la fecha que la propia “ECU” determine para tal terminación.
De igual forma el proveedor podrá dar por terminado el contrato por escrito mediante el cual justifique la razón, en un término no mayor a diez días naturales a la fecha de terminación, que deberá ser aceptado previamente por el “IPN”, en caso de ser procedente dicha terminación, las partes realizarán los ajustes que correspondan, a fin de que el “IPN” pague al “PROVEEDOR” aquel DEL SERVICIO efectivamente prestados siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto del Contrato y previa presentación del recibo o factura que reúna los requisitos xx Xxx.
DÉCIMA.-MODIFICACIONES
El presente Contrato podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo, de conformidad con los términos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y sólo serán válidas cuando hayan sido hechas por escrito y firmadas por las partes.
DÉCIMA PRIMERA.- RESCISIÓN.
Si se dan una o varias de las hipótesis previstas en la cláusula que antecede, el “IPN” podrá ejercer su derecho de rescisión administrativa, en términos de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sin necesidad de intervención judicial y sin perjuicio de que se lleven a cabo las demás acciones legales a que tenga derecho para salvaguarda de sus intereses.
La firma del presente Contrato implica la aceptación y sometimiento expreso de las partes al procedimiento establecido en esta cláusula.
DÉCIMA SEGUNDA.-CAUSAS DE RESCISIÓN.
(ESTABLECER CLARAMENTE, CONFORME A LA LEY EN SU CASO LAS BASES DE CONTRATACIONES Y/O POBALINES, LAS CAUSAS DE RESCISIÓN)
DÉCIMA TERCERA.- SUSPENSIÓN.
El “IPN” en cualquier tiempo podrá suspender temporalmente todo o en parte DEL SERVICIO contratados por causas justificadas, sin que ello implique su terminación definitiva. El presente contrato podrá continuar produciendo sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO Y RESPONSABILIDAD CIVIL.
Ambas partes estarán exentas de toda responsabilidad civil, en caso de retraso, xxxx e incumplimiento total o parcial del presente Contrato, debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, entendiéndose por esto a todo acontecimiento presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse y que aún previéndolo no se pueda evitar, tales como la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. Pero la parte que se le presente cualquiera de las causas arriba citadas, en cuanto le sea posible debe notificar por escrito a la otra, o al término de dicha causa en forma fehaciente.
En tales casos, deberán revisar de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases del convenio de terminación anticipada.
DÉCIMA QUINTA.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en favor de “EL PROVEEDOR” no podrán cederse ni subrogarse parcial o totalmente en favor de cualquier otra persona física ó moral. La contravención a esta disposición será causa de rescisión.
DÉCIMA SEXTA.- RELACIÓN LABORAL.
El personal designado o contratado por “EL PROVEEDOR” para la prestación DEL SERVICIO, estará bajo su dependencia directa y en ningún caso se considerara al “IPN” como patrón sustituto o solidario,
quedando liberado de cualquier responsabilidad que pudiera presentarse en materia laboral y de seguridad social respecto de dicho personal.
“El PROVEEDOR” se obliga a proveer a su personal con el equipo y medidas de seguridad necesarias para la ejecución DEL SERVICIO contratados por lo tanto será la única responsable ante las autoridades competentes de los riesgos en que incurran y/o los accidentes que se presenten dentro de las instalaciones del “IPN”.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD.
“El PROVEEDOR” mantendrá absoluta confidencialidad con respecto a la información a que tenga acceso derivada del presente contrato, durante su vigencia y aún con posterioridad a la terminación del mismo. Será su responsabilidad exigir a su personal acatar este compromiso de confidencialidad.
DÉCIMA OCTAVA. PLAZO DE EJECUCIÓN.
“El PROVEEDOR” se obliga a iniciar la prestación de sus servicios, el día _______________ y terminarlos el día _____________________, de conformidad con lo establecido en el Anexo Único.
DÉCIMA NOVENA.- SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA DEL SERVICIO.
El “IPN” acuerda con el “PROVEEDOR” que el seguimiento y verificación DEL SERVICIO de su parte, estará a cargo por la División de Servicios Generales, la Dirección de Capital Humano, la Dirección de Servicios Estudiantiles y la Coordinación de Centros de Desarrollo Infantil, la cual designarán a una persona quien será responsable de coordinar el libre acceso al personal técnico del “PROVEEDOR” para la prestación DEL SERVICIO, siempre y cuando no interrumpa el procedimiento de operación normal y se respeten los sistemas de control y de administración que la misma tenga vigentes para tales efectos.
VIGÉSIMA.- ASUNTOS NO PREVISTOS.
Las partes convienen en que para todo lo no previsto en el presente contrato se sujetarán a lo dispuesto en las Políticas, Bases y Lineamientos del IPN en materia de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
VIGÉSIMA PRIMERA. JURISDICCIÓN.
Para la interpretación y/o cumplimiento del presente contrato, ambas partes convienen someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros les llegara a corresponder.
Previa lectura y con pleno conocimiento del alcance legal del contenido del presente contrato, las partes lo suscriben, por cuadruplicado en el Distrito Federal a los _______ días del mes de ______________________ del año dos mil ________.
POR EL IPN
C.P. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y APODERADO LEGAL |
POR El “PROVEEDOR”
ASENTAR EL NOMBRE Y CARGO DELREPRESENTANTE LEGAL |
(RESPONSABLE DE LA SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA)
(ASENTAR EL NOMBRE DEL RESPONSABLE)
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REVISIÓN Y APROBACIÓN JURÍDICA
____________________________
M. EN D. XXXX XXXXX XXXXXX
DIRECTOR DE NORMATIVIDAD, CONSULTA Y DICTAMINACIÓN
ANEXO TÉCNICO
PARTIDA1
SEGURO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES.
LA VIGENCIA DEL SERVICIO SERÁ DE LAS 0:00 HORAS DEL 1º DE ENERO DE 2011 A LAS 24:00 HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
PÓLIZA TODO BIEN TODO RIESGO A PRIMER RIESGO |
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ASEGURADO INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Y TODA SU ESTRUCTURA ORGÁNICA COMPUESTA POR TODAS SUS UNIDADES ADMINISTRATIVAS O DE TERCEROS QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD, INCLUYENDO EDIFICIOS EN CONSTRUCCIÓN Y/O REMODELACIÓN SIEMPRE Y CUANDO SE ENCUENTREN DENTRO DE LOS PREDIOS PROPIEDAD DEL ORGANISMO O TOMADOS EN COMODATO O ARRENDAMIENTO, Y SE ENCUENTREN DENTRO DE LA REPÚBLICA MEXICANA, COMO A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN SIENDO ESTO NO LIMITATIVO. |
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VIGENCIA EL PERÍODO DE VIGENCIA DE ESTE SEGURO PRINCIPIA A LAS 00:00 HORAS, DEL 1ero. DE ENERO DE 2011 Y TERMINA A LAS 24:00 XXXXX XXX 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000. |
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SECCIONES QUE INTEGRAN ESTE SEGURO
POLIZA (INDEPENDIENTE) TRANSPORTES CARGA POLIZA DE LANCHAS |
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COBERTURA BÁSICA LA COMPAÑÍA ACEPTA AMPARAR BAJO ESTE ESQUEMA, TODO BIEN CONTRA TODO RIESGO DE PÉRDIDA O DAÑO A BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO O QUE TENGA BAJO SU CUSTODIA O RESPONSABILIDAD, LAS CUALES QUEDAN SUJETAS A LAS LIMITACIONES PROPIAS DE LA PÓLIZA, QUE SE INDICAN POSTERIORMENTE. |
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COBERTURAS ESTE SEGURO SE EXTIENDE A CUBRIR DENTRO DE LOS LÍMITES MÁXIMOS DE RESPONSABILIDAD PARA CADA UNA DE LAS SECCIONES ESPECIFICADAS. |
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REMOCIÓN DE ESCOMBROS EN CASO DE PÉRDIDA O DAÑO A LOS BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO O QUE ESTÉN BAJO SU CUSTODIA O RESPONSABILIDAD, LA COMPAÑÍA INDEMNIZARA LOS GASTOS INCURRIDOS POR ESTE CONCEPTO, SIN CARGO ADICIONAL PARA EL ASEGURADO, HASTA POR UN MONTO EQUIVALENTE AL 10% DEL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD A PRIMER RIESGO, ESTABLECIDO PARA CADA UBICACIÓN Y BAJO LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN ESTA PÓLIZA, APLICABLE A LA SECCIÓN DE INCENDIO OPERA COMO SUBLIMITE DE RESPONSABILIDAD Y/O SUMAS ASEGURADAS QUE SE ESTIPULAN EN LAS ACCIONES SEGÚN CORRESPONDA. |
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GASTOS EXTRAORDINARIOS EN CASO DE PÉRDIDA O DAÑO A LOS BIENES PROPIEDAD O BAJO CUSTODIA DEL ASEGURADO, AMPARADOS BAJO LOS TÉRMINOS DE LA PRESENTE PÓLIZA, ESTE SEGURO TAMBIÉN INDEMNIZARÁ AL ASEGURADO LOS COSTOS Y GASTOS EXTRAS INCURRIDOS PARA REALIZAR REPARACIONES PROVISIONALES ASÍ COMO PARA APRESURAR LA REPARACIÓN DE LOS BIENES DAÑADOS, INCLUYENDO HORAS EXTRAS Y EL COSTO ADICIONAL POR ENVÍOS POR CORREO EXPRÉS O POR CUALQUIER OTRO MEDIO DE ENVÍO RÁPIDO; SIEMPRE Y CUANDO ESTOS NO EXCEDAN DE 5% DEL LIMITE A PRIMER RIESGO Y CON UN PERIODO DE INDEMNIZACION MAXIMO DE 6 MESES, DICHA SUMA ASEGURADA OPERA COMO SUBLIMITE DE RESPONSABILIDAD CONTRATADA, APLICABLE A LA SECCIÓN DE INCENDIO. |
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COBERTURA AUTOMÁTICA PARA INCISOS CONOCIDOS O NO CONOCIDOS SE ESTABLECE QUE QUEDAN AMPARADAS AUTOMÁTICAMENTE, TODAS AQUELLAS ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES SIN CARGO ADICIONAL A LA PRIMA ORIGINAL, SIEMPRE Y CUANDO LA SUMA ASEGURADA DE CADA UNO DE LOS DOS CONCEPTOS MENCIONADOS, NO EXCEDA DEL 15% DE LA SUMA ASEGURADA O EL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD FIJADO EN CADA SECCIÓN DE LA PÓLIZA, ESTA COBERTURA NO APLICA A LAS SECCIONES DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, EFECTIVO Y VALORES Y TRANSPORTES. |
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REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA AL 100 % EN TODA INDEMNIZACIÓN QUE TENGA COMO RESULTADO LA REDUCCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA, SE EFECTUARÁ LA REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA A LOS MONTOS ORIGINALES AMPARADOS, CON COBRO DE PRIMA ESTA CLÁUSULA NO ES APLICABLE A LAS COBERTURAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, TRANSPORTES DE CARGA Y EFECTIVO Y VALORES. |
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ERRORES U OMISIONES ES INTENCIÓN DEL ASEGURADO AMPARAR EN TODO MOMENTO A TODOS LOS BIENES, PROPIEDAD DEL ASEGURADO POR LAS COBERTURAS CONTRATADAS, POR LO QUE SI EXISTIERA ALGUN ERROR ADMINISTRATIVO U OMISIÓN INVOLUNTARIA EN LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA, NO ANULARÁ NI PERJUDICARÁ LAS CONDICIONES DEL CONTRATO. LOS BIENES QUE SE ADQUIRAN POSTERIORMENTE A LA CELEBRACIÓN DE ESTA PÓLIZA, AUTOMÁTICAMENTE PASARÁN A FORMAR PARTE DE LA MISMA, SIEMPRE Y CUANDO EXISTA DOCUMENTACIÓN FEHACIENTE DE LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES. SE ACLARA QUE PARA LOS XXXXX DE RESPONSABILIDAD CIVIL, DINERO Y VALORES Y CARGA NO APLICA ESTA CLÁUSULA. |
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GRAVÁMENES Y HONORARIOS PROFESIONALES LIBROS Y REGISTROS EN CASO DE SINIESTRO LA COMPAÑÍA PAGARÁ DE ACUERDO AL INTERÉS ASEGURABLE ESTABLECIDO, LA SUMA QUE DEMUESTRE EL ASEGURADO HABER REALIZADO POR ESTOS CONCEPTOS, SIN PERJUICIO DE LOS PAGOS QUE DEBAN HACERSE A TERCEROS Y QUE ACREDITEN TENER UN INTERÉS ASEGURABLE CONFORME A LO ESTABLECIDO POR LEY. |
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EL PRESENTE SEGURO SE EXTIENDE A CUBRIR LOS HONORARIOS A PROFESIONALES POR CONCEPTO DE SU TRABAJO, ASÍ COMO LAS PERDIDAS MATERIALES POR DAÑOS CAUSADOS POR RIESGOS CUBIERTOS A LIBROS CONTABLES, DIBUJOS, FICHEROS Y/U OTROS REGISTROS. |
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SIN EMBARGO, EL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD PARA ESTA COBERTURA NUNCA EXCEDERÁ DEL VALOR INTRÍNSECO DE LOS LIBROS O CUALQUIER OTRO MATERIAL UTILIZADO, MÁS EL COSTO DEL TRABAJO PARA TRANSCRIBIR DICHOS LIBROS O REGISTROS, COSTOS LEGALES PARA LA CERTIFICACIÓN DE PLANOS, SUS ESPECIFICACIONES Y LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LA REPOSICIÓN O LA RECONSTRUCCIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS, APLICABLE A LA SECCIÓN DE INCENDIO. |
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VALOR DE REPOSICIÓN PARA EFECTOS DE ESTE SEGURO, EL TÉRMINO, VALOR DE REPOSICIÓN, REPRESENTARÁ A LA CANTIDAD DE DINERO NECESARIA REQUERIDA EN EL MOMENTO DEL SINIESTRO PARA EROGAR EN LA RECONSTRUCCIÓN, ADQUISICIÓN, REPARACIÓN Y SU INSTALACIÓN O CONSTRUCCIÓN DE BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES DEL MISMA CALIDAD, FUNCIONALIDAD, TAMAÑO, CAPACIDAD, DE LOS MISMOS, SIN CONSIDERAR REDUCCIÓN ALGUNA POR LA DEPRECIACIÓN POR USO, SIEMPRE Y CUANDO NO EXCEDAN DE LOS LIMITES DE RESPONSABILIDAD ESTABLECIDOS EN ESTA PÓLIZA, ESTA COBERTURA NO APLICA A LAS SECCIONES DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL Y EFECTIVO Y VALORES. |
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EN NINGÚN CASO LA COMPAÑÍA SERÁ RESPONSABLE BAJO LAS CONDICIONES DE ESTE SEGURO POR:
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PERMISOS SE ASIENTA QUE EN CASO DE REALIZARSE UN SINIESTRO Y CAUSE DAÑOS A LOS BIENES ASEGURADOS, DEBERÁ CONSERVAR DICHOS BIENES EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTREN DENTRO DE UN PERIODO DE 72 HORAS, HASTA QUE LA COMPAÑÍA AUTORICE LO CONTRARIO. EL ASEGURADO PODRÁ MEDIANTE ESTA CLÁUSULA, QUEDAR EXENTO DE TIEMPO PARA NOTIFICAR, PARA PRESENTAR EL AVISO DE SINIESTRO, PARA NO RESTRINGIRSE EN LA REALIZACIÓN DE LAS ADICIONES, MODIFICACIONES, REPARACIONES, REALIZAR TRABAJOS A CUALQUIER HORA, SUSPENDERLAS, DEJAR VACÍO EL LOCAL O INMUEBLE, HACER USO DE CUALQUIER TIPO DE MATERIAL QUE LE PERMITA AL ASEGURADO PODER SEGUIR OPERANDO CON SEGURIDAD Y NORMALIDAD, APLICABLE A LA SECCIÓN DE INCENDIO. |
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RENUNCIA DE INVENTARIO AL 10% LA COMPAÑÍA ASEGURADORA NO REQUERIRÁ DEL ASEGURADO, CON OBJETO DE AGILIZAR LA INDEMNIZACIÓN EN CASO DE SINIESTRO, NINGÚN INVENTARIO O AVALUÓ DE LA PROPIEDAD INDEMNE SI LA RECLAMACIÓN TOTAL BAJO EL SEGURO SOBRE LOS BIENES ASEGURADOS. |
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OBRAS DE ARTE Y OBJETOS DE DIFÍCIL O IMPOSIBLE REPOSICIÓN. QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE NO OBSTANTE LO ASENTADO EN LA ESPECIFICACIÓN DE LA PÓLIZA, QUE PARA LA VALUACIÓN DE LOS OBJETOS DE DIFÍCIL O IMPOSIBLE REPOSICIÓN, AMPARADOS POR LA PÓLIZA, ES CON BASE A LOS VALORES QUE PROPORCIONE EL INSTITUTO, O BIEN, DETERMINADO POR EL AVALUÓ PRACTICADO A CADA OBJETO POR UN PERITO DE VALUACIÓN. |
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CINCUENTA METROS. LOS BIENES ASEGURADOS QUEDAN IGUALMENTE AMPARADOS MIENTRAS SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA SOBRE ANDENES, PLATAFORMAS, CARROS DE FERROCARRIL, CAMIONES O CUALQUIER OTRO LUGAR DENTRO DE LOS LÍMITES DE LOS TERRENOS DE LAS UBICACIONES DEL INSTITUTO O A UNA DISTANCIA DE 50 METROS DE LOS MISMOS. |
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EXCLUSIONES ESTA PÓLIZA NO AMPARA PÉRDIDA O DAÑO Y/O GASTOS CAUSADOS POR: BIENES EXCLUIDOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES. ESTE SEGURO NO AMPARA LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES CUYA CIRCULACIÓN ES EN VÍA PUBLICA Y REQUIERA DE PLACAS DE CIRCULACIÓN. SUELO Y CIMENTACIÓN ESTE SEGURO NO AMPARA, EL TERRENO DONDE SE ENCUENTRE EDIFICADO ALGÚN INMUEBLE OBJETO DEL SEGURO, NI LA CIMENTACIÓN DE ESTOS. INSTALACIONES SUBTERRÁNEAS QUEDAN FUERA DE ESTA COBERTURA, LAS INSTALACIONES DEL RED DE SERVICIOS PÚBLICOS, QUE SE LOCALICEN FUERA DEL PREDIO E INMUEBLE. PERO NO ASÍ LAS INSTALACIONES QUE SE ENCUENTREN BAJO TIERRA Y QUE DE ALGUNA MANERA REPRESENTEN RESPONSABILIDAD PARA EL ASEGURADO. LA COBERTURA ADICIONAL NO CAUSARÁ COSTO EN PRIMA. SE ACLARA QUE LOS BIENES A AMPARAR SON LOS QUE SEAN PROPIEDAD O CARGO DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Y LAS SUMAS ASEGURADAS SERÁN LOS MONTOS QUE ESTÁN DENTRO DE LOS LÍMITES DE LOS VALORES, MISMOS QUE SERÁN LOS QUE SE ESPECIFIQUEN EN CADA SECCIÓN.
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RIESGOS EXCLUIDOS
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CONDICIONES ESPECIALES
EN CASO DE ROBO DE BIENES CUYOS MONTOS SEAN HASTA $35,000.00 MONEDA NACIONAL, LA COMPAÑÍA ASEGURADORA. NO REQUERIRÁ ACTA LEVANTADA ANTE EL MINISTERIO PUBLICO. |
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PARA DICHOS CASOS SE LEVANTARA UN ACTA CIRCUNSTANCIADA CON LA FIRMA DE UN JEFE DE DIVISION O SU SIMILAR, COMO MINIMO. ESTA CLAUSULA OPERA PARA LA SECCION V, VI, VII Y XI |
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CLAUSULA DE MODIFICACION DE VALORES Y/O LIMITES MAXIMOS DE RESPONSABILIDAD.- SI DURANTE LA VIGENCIA DE LA POLIZA SE PRESENTAN MODIFICACIONESEN LAS SUMAS ASEGURADAS Y/O LIMITES MAXIMOS DE RESPONSABILIDAD EN LAS SECCIONES QUE CONTEMPLAN LA PRESENTE POLIZA, LA ASEGURADORA ACEPTA REALIZAR DICHA MODIFICACION CON EL CORRESPONDIENTE COBRO O DEVOLUCION DE PRIMA.
LÍMITES DE RESPONSABILIDAD EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD O SUMA ASEGURADA SE INDICA EN CADA SECCIÓN DE LA PRESENTE PÓLIZA, SE CONSIDERARÁ COMO LÍMITE DE RESPONSABILIDAD O SUMA ASEGURADA POR EVENTO U OCURRENCIA.
CLAUSULA ESPECIAL
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SECCIÓN I.- DAÑOS A LA PROPIEDAD INMUEBLES Y CONTENIDOS:
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SUMA ASEGURADA (VALORES TOTALES DE REPOSICION AL 100%) |
$8,467´200,000,00 M. N. |
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LIMITE MÁXIMO DE REPOSICIÓN A PRIMER RIESGO |
$1,320´000,000.00 M. N. |
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POR EVENTO. |
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SUBLÍMITES DE RESPONSABILIDAD POR EVENTO |
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REMOCIÓN DE ESCOMBROS |
10% LIMITE A PRIMER RIESGO |
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ADAPTACIONES Y MEJORAS POR EVENTO |
10% LIMITE A PRIMER RIESGO |
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DEMOLICIONES E INCREMENTOS EN EL COSTO DE CONSTRUCCIÓN |
10% LIMITE A PRIMER RIESGO |
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COBERTURA AUTOMÁTICA PARA INCISOS CONOCIDOS Y NO CONOCIDOS |
15% DEL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD A PRIMER RIESGO |
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SECCIÓN II- GASTOS EXTRAORDINARIOS:
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SUMA ASEGURADA (OPERA COMO SUBLIMITE DEL LIMITE MAXIMO DE RESPONSABILIDAD APLICABLE A LA SECCION DE INCENDIO): |
5% LIMITE A PRIMER RIESGO |
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PERIODO DE INDEMNZACIÓN: |
6 MESES |
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SECCIÓN III.- RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL:
LIMITES MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO, CON UN LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD: |
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R. CIVIL ACTIVIDADES E INMUEBLES Y ARRENDATARIO |
$12,000,000.00 M. N. COMO AGREGADO ANUAL |
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GASTOS DE DEFENSA |
50% ADICIONAL DEL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE ACTIVIDADES E INMUEBLES |
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R. CIVIL ESTACIONAMIENTO
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$5’000,000.00 M. N. CON MÁXIMO DE $ 500.000.00 M. N. por vehículo |
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RESPONSABILIDAD CIVIL EN EXCESO DE LA COBERTURA DE LAS PÓLIZAS DE AUTOMÓVILES, CAMIONES , MOTOCICLETAS Y AUTOBUSES DEL IPN: |
$500,000.00 M. N.
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8,950 CAJONES APROXIMADAMENTE. SE ACLARA QUE ESTOS CAJONES CORRESPONDEN A LOS ESTACIONAMIENTOS UBICADOS EN EL ÁREA METROPOLITANA Y SE CUENTA CON VIGILANCIA 24 HRS, CON CONTROL DE ACCESO |
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RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA (APLICA ENTRE FILIALES Y SUBSIDIARIAS) |
SE INCLUYE EN EL LIMITE MAXIMO DE RESPONSABILIDAD |
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RESPONSABILIDAD ASUMIDA |
SE INCLUYE EN EL LIMITE MAXIMO DE RESPONSABILIDAD |
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RESPONSABILIDAD CIVIL DEL SEGURO DEL VIAJERO: VEHÍCULOS CON CAPACIDAD DE 9 A 49 PASAJEROS. PARA ESTA COBERTURA SE CONSIDERAN TAMBIÉN COMO TERCEROS AL PERSONAL Y ALUMNOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CUANDO VIAJEN A BORDO DE AUTOBUSES O CUALQUIER UNIDAD DE TRANSPORTE DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL |
EL EQUIVALENTE A 3160 XXXX XX XXXXXXX MÍNIMO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL COMO LUC CON LOS SIGUIENTES SUBLIMITE: MUERTE 2,920 DSMGVDF, GASTOS MEDICOS 2,920 DSMGVDF, GASTOS FUNERARIOS 240 DSMGVDF, EQUIPAJE 50 DSMGVDF |
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SECCIÓN IV- CRISTALES
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SE ESTABLECE LIMITE ÚNICO Y COMBINADO DE |
$250,000.00 M. N. POR UBICACIÓN, INCLUYENDO PELÍCULA ESPECIAL, CUANDO ESTÉ COLOCADA PREVIAMENTE. |
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SECCIÓN V.-ROBO DE CONTENIDOS
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LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR EVENTO ROBO SIN VIOLENCIA |
$1’500,000.00 M. N. POR UBICACIÓN. $ 500,000.00 M. N. COMO AGREGADO ANUAL |
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SECCIÓN VI.- DINERO Y VALORES
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LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO PARA TODAS LAS UBICACIONES, CON UN LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR EVENTO DE: |
$ 1’000,000.00 M. N. |
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LIMITE PARA CADA UNO DE LOS MESES DE JULIO Y DICIEMBRE DE 2010. Y EL ISTITUTO ENTREGARA A LA COMPAÑÍA GANADORA EL LISTADO DE UBICACCIONES PARA ESTA SECCION IDENTIFICANDO EL MONTO DE CADA UBICACIÓN Y MEDIDAS DE SEGURIDAD CON LAS QUE SE CUENTE. |
$150´000,000.00 M.N. CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M.N. |
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SUBLIMITE PARA ROBO SIN VIOLENCIA $500,000.00 M.N.
EL LIMITE SE CUBRIRA POR LOS 31 DIAS DE JULIO Y LOS 31 DÍAS DE DICIEMBRE DE 2011, LA CANTIDAD SE ENCONTRARA EN UNA SOLA UBICACIÓN VIGILANCIA 24 HRS. SERVICIO OTORGADO POR LA POLICIA AUXILIAR, LOS IMPORTES SON EN VALES AL 100%, LOS REMANENTES SE GUARDAN EN CAJAS DE SEGURIDAD, EL PAGADOR HABILITADO ES LA PERSONA QUE SE VUELVE CORRESPONSABLE ANTE LA DEPENDENCIA Y LA SHCP, Y ESTA FACULTADA PARA REALIZAR LOS PAGOS. |
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SECCIÓN VII.- EQUIPO ELECTRÓNICO
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SUMA ASEGURADA (VALORES TOTALES DE REPOSICION AL 100%) OPERA COMO UN SUBLIMITE DEL INDICADO DE LA COBERTURA DE INCENDIO DE $ 1,320’000,000.00 M.N. |
$1,000,000,000.00 M. N
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LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR UBICACIÓN Y POR EVENTO. |
$30,000,000.00 M. N. |
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LIMITE DE RESPONSABILIDAD POR EQUIPOS MÓVILES |
$100,000.00 M. N. |
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GASTOS EXTRAS (COSTOS PARA QUE EL IPN CONTINUE CON SU OPERACIÓN NORMAL) |
10% DE LA SUMA ASEGURADA |
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PERIODO DE INDEMNIZACION |
3 MESES |
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PORTADORES EXTERNOS DE DATOS |
$600,000.00 M. N. |
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INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN Y DEMÁS MEDIOS Y GASTOS PARA RESTITUIR LA INFORMACIÓN |
2% DE LA SUMA ASEGURADA |
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NOTA: SE INCLUYE DENTRO DE LA COBERTURA, LOS EQUIPOS ELECTRONICOS QUE SE ENCUENTREN REGISTRADOS EN RECEPCIÓN Y SEAN PROPIEDAD DE TERCEROS, BAJO LOS MISMOS RIESGOS QUE SE ENIUNCIAN EN ESTA SECCIÓN Y HASTA POR UN LIMITE MAXIMO DE RESPONSABILIDAD POR EQUIPO DE $ 15,000.00 M.N.
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SECCIÓN VIII.- ROTURA DE MAQUINARIA
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SUMA ASEGURADA (VALORES TOTALES DE REPOSICION AL 100%)
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$100’000,000.00 M. N. |
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SUBLÍMITES |
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EQUIPOS |
$ 15’000,000.00 M. N. |
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GASTOS EXTRAS (COSTOS PARA QUE EL IPN CONTINUE CON SU OPERACIÓN NORMAL) |
10% DE LA SUMA ASEGURADA |
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PERIODO DE INDEMNIZACION |
TRES MESES |
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SECCIÓN IX.- EQUIPO DE CONTRATISTAS
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SUMA ASEGURADA (VALORES TOTALES DE REPOSICION AL 100%)
SUBLIMITES |
$7´000,000.00 M. N. |
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EQUIPOS |
$ 750,000.00 M. N. |
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RESPONSABILIDAD CIVIL POR USO, OPERACIÓN Y |
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GASTOS EXTRAS |
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EL EQUIPO DE MAYOR VALOR ES: EQUIPO DE ABSORCIÓN SÓLIDO-LIQUIDO CON UN VALOR DE $748,614.39 |
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SECCIÓN X.- CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN
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SUMA ASEGURADA (VALORES TOTALES DE REPOSICION AL 100%) SUBLÍMITES |
$ 15’000,000.00 M. N |
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EQUIPOS |
$ 10´000,000.00 M. N. |
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GASTOS EXTRAS |
10% DE LA SUMA ASEGURADA |
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PERIODO DE INDEMNIZACION |
TRES MESES |
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TUBERÍAS |
20% DE LA SUMA ASEGURADA |
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SECCIÓN XI.- OBRAS DE ARTE Y OBJETOS RAROS O DE DIFICIL REPOSICIÓN
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LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD POR ENBARQUE POR CUALQUIER MEDIO DE TRANSPORTE CUANDO EL VALOR DEL EMBARQUE SUPERE EL LIMITE MAXIMO QUE ES UN MILLON, POR EMBARQUE EL IPN, NOTIFICARA POR CUANDO MENOS 5 DIAS HABILES A LA COMPAÑÍA ASEGURADORA. |
$ 1,000,000.00 M. N. VALOR CONVENIDO |
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LAS OBRAS MAS REPRESENTATIVAS SON DOS, DEL AUTOR XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX CUBRIRSE A TODO RIESGO POR UN TOTAL DE 55,650,000.00 M. N. CON LIMITE POR OBRA DE 27,825,000.00 M. N. |
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EL LIMITE DE RESPONSABILIDAD ES DE $62’940,314.95 PARA LAS OBRAS DE XXXXXXXXX XXXXXX DE CONFORMIDAD AL ACTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCION DE DIFUSION CULTURAL DE FECHA 00 XX XXXXX XXX 0000
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SECCIÓN XII.- SEMOVIENTES
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SEMOVIENTES (SUMA ASEGURADA DEL 100% DE LOS BIENES AMPARADOS)
SE ESTABLECE UNA SUMA ASEGURADA MAXIMA POR SEMOVIENTE. |
$386.240.00 M.N.
$36,000.00 M.N. |
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SECCIÓN XIII.- TRANSPORTES CARGA
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SUMA ASEGURADA ESTIMADA ANUAL |
$ 120’000,000.00 M. N. |
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LÍMITE POR EMBARQUE NOTA: LA POLIZA ES POR EL PERIODO DE VIGENCIA SIN DECLARACION Y SIN AJUSTE AL FINAL DE LA VIGENCIA |
$6´000,000.00 M. N. |
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SECCION XIV. POLIZA DE LANCHAS (CASCO)
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SUMA ASEGURADA |
$2´ 510,044.00 M. N |
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DEDUCIBLES:
EN TODA Y CADA PÉRDIDA O DAÑO INDEMNIZABLE BAJO LOS TÉRMINOS DE LA PRESENTE PÓLIZA, SE DEDUCIRÁN DEL MONTO FINAL DEL PÉRDIDA BRUTA AJUSTADA, LAS CIFRAS QUE SE DESCRIBEN COMO DEDUCIBLES, ESTIPULADOS EN CADA SECCIÓN DE L PRESENTE PÓLIZA.º |
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SECCIÓN I.- DAÑOS A LA PROPIEDAD INMUEBLES Y SUS CONTENIDOS:
INCENDIO Y/X XXXX Y EXPLOSIÓN |
SIN DEDUCIBLE |
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NAVES AÉREAS, VEHÍCULOS Y HUMO |
SIN DEDUCIBLE |
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REMOCIÓN DE ESCOMBROS |
SIN DEDUCIBLE |
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TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA |
1% SOBRE EL VALOR DE REPOSICIÓN DE LA ESTRUCTURA DAÑADA Y/O SUS CONTENIDOS. |
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FENOMENOS HIDROMETEOROLOGICOS |
1% SOBRE LA PÉRDIDA CON MÁXIMO DE 750 DSMGV |
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DEMÁS RIESGOS |
1% SOBRE LA PÉRDIDA CON MÁXIMO DE 750 DSMGV |
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COASEGURO FENOMENOS HIDROMETEOROLOGICOS |
10 % SOBRE PÉRDIDA POR EDIFICIO |
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TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA |
DE ACUERDO A XXXXXX XX XXXX |
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SECCIÓN II.- GASTOS EXTRAORDINARIOS: GASTOS EXTRAORDINARIOS: SIETE DÍAS DE ESPERA CUALQUIER RIESGO |
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SECCIÓN III.- RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL: PARA TODOS LOS RIESGOS CUBIERTOS SE ESTABLECE SIN DEDUCIBLE, A EXCEPCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL ESTACIONAMIENTOS, LA CUAL APLICARA EL 5% PARA DAÑOS MATERIALES, 10% PARA ROBO TOTAL Y 20% DEL VALOR DEL CRISTAL DAÑADO. EN CASO DE SINIESTRO EL VALOR TOTAL DEL UNIDAD, SE TOMARA A VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO DE ACUERDO CON LA GUÍA EBC, TOMANDO COMO VALOR EL MAS ALTO. |
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SECCIÓN IV.- CRISTALES: DEDUCIBLE DE 5% SOBRE EL VALOR DE LOS BIENES DAÑADOS POR EVENTO U OCURRENCIA. |
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SECCIÓN V.- ROBO DE CONTENIDOS: DEDUCIBLE DE 10% DEL MONTO REAL DE LA PÉRDIDA POR EVENTO U OCURRENCIA, CON MÍNIMO DE 20 D.S.M.G.V.D.F. |
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SECCIÓN VI.- DINERO Y VALORES: DEDUCIBLE DE 10% DEL MONTO REAL DE LA PÉRDIDA POR EVENTO U OCURRENCIA, CON MÍNIMO DE 50 D.S.M.G.V.D.F. |
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SECCIÓN VII.- EQUIPO ELECTRÓNICO. DEDUCIBLE PARA LA COBERTURA BÁSICA Y OTROS RIESGOS DE 2% DEL VALOR DE LA PÉRDIDA POR EVENTO U OCURRENCIA Y SEGÚN TARIFA AMIS PARA TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA. EN ROBO Y/O ASALTO EL DEDUCIBLE SERÁ DE 10% SOBRE EL VALOR DE LA PÉRDIDA POR EVENTO U OCURRENCIA. EQUIPO MÓVIL, DEDUCIBLE SEGÚN COBERTURA AFECTADA. PORTADORES EXTERNOS DE DATOS, 3% SOBRE EL VALOR DEL PORTADOR. INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN: 3 DÍAS DE ESPERA. HURTO 25% DE PARTICIPACIÓN EN LA PÉRDIDA. . |
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SECCIÓN VIII.-ROTURA DE MAQUINARIA. DEDUCIBLE DE 1% DEL VALOR DE LA PÉRDIDA POR EVENTO U OCURRENCIA. |
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SECCIÓN IX.- EQUIPO DE CONTRATISTAS: DEDUCIBLE DE 2% DEL VALOR DEL EQUIPO DAÑADO POR EVENTO U OCURRENCIA. |
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SECCIÓN X.- CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN: DEDUCIBLE DE 1% DEL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO DAÑADO GASTOS EXTRAORDINARIOS CON DEDUCIBLE DE 5 DÍAS DE ESPERA |
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SECCIÓN XI.- OBRAS DE ARTE Y OBJETOS RAROS O DE DIFICIL E IMPOSIBLE REPOSICION: DEDUCIBLE DE 10% DEL MONTO REAL DE LA PÉRDIDA POR EVENTO U OCURRENCIA. |
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LAS DOS OBRAS DEL AUTOR XXXXXXXXX XXXXXX APLICA DEDUCIBLE DEL 2% DE LA SUMA ASEGURADA POR OBRA PARA ROBO TOTAL Y EL SEÑALADO EN BASES PARA RESTO DE COBERTURAS. |
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SECCION XII.- SEMOVIENTES: SE ESTABLECE UN DEDUCIBLE DE 5% SOBRE EL VALOR TOTAL DE LA PERDIDA |
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SECCIÓN XIII.- TRANSPORTES CARGA: SE ESTABLECE UN DEDUCIBLE: PARA ROBO DE 1 % SOBRE EL VALOR TOTAL DEL PÉRDIDA Y 5 % SOBRE EL VALOR DEL PÉRDIDA PARA OTROS RIESGOS. |
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CONDICIONES ESPECIALES QUE SE ADHIEREN Y FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PÓLIZA DE SEGURO NO._____, EXPEDIDA POR_____, DENOMINADA EN ADELANTE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, A FAVOR DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL. SECCION I.- DAÑOS A LA PROPIEDAD, INMUEBLES Y CONTENIDOS. |
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BIENES CUBIERTOS: AMPARA LA PERDIDA O DAÑO FÍSICO QUE SUFRAN LOS BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO, TANTO EN LAS OFICINAS CENTRALES COMO EN LOS DIFERENTES CENTROS, O TENGA BAJO SU CUSTODIA Y RESPONSABILIDAD, CONSIGNACIÓN, COMODATO, ARRENDAMIENTO O TENGA INTERÉS ASEGURABLE, XXXX XXXXXXX E INMUEBLES. ESCUELAS, OFICINAS, LABORATORIOS, CENTROS DE CAPACITACIÓN DE INVESTIGACIÓN, BODEGAS, ALMACENES, TALLERES. INCLUYENDO MEJORAS, ADAPTACIONES E INSTALACIONES GENERALES Y ESPECIALES, LOS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN COMO ENUNCIATIVOS Y NO LIMITATIVOS: |
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EDIFICIOS, CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y MURALES ASÍ COMO ADAPTACIONES, AMPLIACIONES, BARDAS, BANQUETAS, JARDINERAS Y CAMINOS INTERNOS INCLUYENDO, SISTEMAS DE SEGURIDAD Y SUS ACCESORIOS, LAS INSTALACIONES DE SERVICIOS, TALES COMO: AGUA, ALUMBRADO, SANEAMIENTO, CLIMA ARTIFICIAL, PROTECCIONES CONTRA INCENDIO, VAPOR, REFRIGERACIÓN, RIEGO, TELEFONÍA, SUMINISTRO ELÉCTRICO, ALUMBRADO Y GAS, PROPIEDAD O BAJO RESPONSABILIDAD DE INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. |
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MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA, LOCALIZADOS EN EL INMUEBLE, PROPIEDAD O BAJO CUSTODIA O TOMADOS EN COMODATO, ARRENDAMIENTO O QUE TENGA INTERÉS ASEGURABLE, ASÍ COMO INVENTARIOS Y TODO TIPO DE EXISTENCIAS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, Y TODO AQUELLO EN DONDE SE TENGA INTERÉS ASEGURABLE CON RELACIÓN A LOS BIENES DESCRITOS |
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MAQUINARIA Y EQUIPO RELACIONADOS CON EL GIRO DEL ASEGURADO LOCALIZADOS DENTRO DEL INMUEBLE O QUE POR SU NATURALEZA DEBAN ESTAR A LA INTEMPERIE, PROPIEDAD O BAJO CUSTODIA O RESPONSABILIDAD O SOBRE LOS CUALES TENGAN INTERÉS ASEGURABLE EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL |
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AUTOMÓVILES QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO DE BAJA EN ALMACEN Y/O PATIOS CON TANQUE DE COMBUSTIBLE VACÍO (ACTUALMENTE SOLO HAY 17 UNIDADES Y EN CASO DE SINIESTRO SE INDEMNIZARAN A VALOR COMERCIAL EN BASE A LA GUIA EBC). |
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EN CUANTO A LAS CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS; EN SU MAYORÍA SON MUROS DE LADRILLO, TECHOS DE CONCRETO, LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD CON LAS QUE CUENTAN, SON LAS DICTADAS POR LAS AUTORIDADES, ASÍ COMO LAS PROPIAS ESTABLECIDAS POR EL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL, SIENDO ESTO DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA. |
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LOS BIENES INMUEBLES Y MUEBLES PROPIEDAD DEL ASEGURADO O POR LOS QUE EL ASEGURADO PUEDA SER LEGALMENTE RESPONSABLE, TALES COMO, MÁS NO LIMITADOS A: |
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EDIFICIOS, SOBRE LA CONSTRUCCIÓN MATERIAL DE LOS EDIFICIOS, SIN INCLUIR EL VALOR DEL TERRENO, NI CIMIENTOS, PERO CONSIDERANDO COMO PARTE DE ELLOS , LOS ADITAMENTOS FIJOS, PARA LOS SERVICIOS DE AGUA, LUZ, DRENAJE, ENERGÍA, Y OTROS ASÍ COMO MEJORAS, ADAPTACIONES, Y MODIFICACIONES. A LOS INMUEBLES, INCLUYENDO EDIFICIOS EN CONSTRUCCIÓN Y/O REMODELACIÓN, MAQUINARIA Y EQUIPO, MUEBLES, ÚTILES Y ENSERES. |
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MOBILIARIO, EQUIPO Y ENSERES DE OFICINAS Y SERVICIOS AUXILIARES. MEJORAS Y ADAPTACIONES EN UBICACIONES ARRENDADAS. MAQUINARIA Y EQUIPO MECÁNICO, ELÉCTRICO, ELECTROMECÁNICO. BIENES QUE POR SU PROPIA NATURALEZA DEBAN ESTAR A LA INTEMPERIE COMO BARDAS, ESCALERAS EXTERIORES, MODULOS SOLARES, PATIOS XXXXXX Y ANTENAS DE CUALQUIER TIPO, INSTALACIONES SUBTERRÁNEAS O EN INSTALACIONES CARENTES XX XXXXX LATERALES O TECHOS, MUROS DE CONTENCIÓN POR DEBAJO DEL NIVEL DEL SUELO. |
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BIENES NO AMPARADOS: LA PRESENTE SECCIÓN NO AMPARA LOS BIENES QUE SUFRAN DAÑOS Y/O PÉRDIDAS A CONSECUENCIA DE CUALQUIERA DE LOS RIESGOS CUBIERTOS POR ESTA SECCIÓN, TALES COMO: DINERO EN EFECTIVO, VALORES, OBLIGACIONES U OTROS DOCUMENTOS NEGOCIABLES, ALHAJAS, PIEDRAS PRECIOSAS, PIELES Y CUALESQUIER OTROS ARTÍCULOS DE ESTE TIPO, SALVO LOS EXPRESAMENTE CUBIERTOS EN LA SECCIÓN DINERO Y VALORES. TERRENOS, TIERRAS, AGUA, MINERALES, ÁRBOLES Y VEGETACIÓN XX XXXXXX EN ÁREAS RESTRINGIDAS PARA SU EXPLOTACIÓN Y/O APROVECHAMIENTO, BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL ASEGURADO. |
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BIENES O PROPIEDADES QUE SEAN TRASLADADOS POR EL ASEGURADO Y/O TERCEROS EN CALIDAD DE CARGA, LOS CUALES SE AMPARAN EN LA SECCIÓN TRANSPORTES CARGA. VEHÍCULOS, AERONAVES O CUALQUIER ESTRUCTURA FLOTANTE QUE DEBEN TENER COBERTURA DE SEGURO POR SEPARADO. VEHÍCULOS AUTORIZADOS A CIRCULAR EN VÍAS PÚBLICAS, FERROCARRILES, LOCOMOTORAS, EQUIPO FERROVIARIO, EMBARCACIONES, AERONAVES, ASÍ COMO EQUIPO O MAQUINARIA PARA CONSTRUCCIÓN O PERFORACIÓN. SUELOS, TERRENOS INCLUYENDO CAPA VEGETAL, RELLENOS, DRENAJES O ALCANTARILLADOS, CALLES, PAVIMENTOS, CAMINOS, CARRETERAS, VÍAS DE ACCESO, VÍAS DE FERROCARRIL (EXCEPTO ESPUELAS DE FERROCARRIL DENTRO DEL PREDIO DEL ASEGURADO), DIQUES, PRESAS, DEPÓSITOS NATURALES, CANALES, GASODUCTOS, OLEODUCTOS, GUARNICIONES, POZOS, TÚNELES, PUENTES, BIENES BAJO LA SUPERFICIE DEL TIERRA, AGUAS ESTANCADAS, AGUAS CORRIENTES, XXXX Y AGUAS FREÁTICAS. |
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CULTIVO EN PIE, CÉSPED, ÁRBOLES, ARBUSTOS, PLANTAS, RECURSOS MADEREROS, ANIMALES, AVES Y PECES. JOYERÍA, METALES Y PIEDRAS PRECIOSAS, LINGOTES DE ORO Y/O PLATA, DINERO EN EFECTIVO, CHEQUES, GIROS POSTALES, VALORES, TIMBRES CERTIFICADOS U OTROS DOCUMENTOS NEGOCIABLES, TÍTULOS DE PROPIEDAD, REGISTROS DE INFORMACIÓN DE CUALQUIER TIPO Y DESCRIPCIÓN, OBRAS DE ARTE SIN AVALÚO CON VALOR SUPERIOR A 300 XXXX XX XXXXXXX MÍNIMO GENERAL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL, EN BASE A REGISTROS Y ACTAS QUE SE TIENEN EN EL IPN. MANUSCRITOS, PLANOS, CROQUIS, DIBUJOS, PATRONES, MODELOS O MOLDES. (EN CASO DE SINIESTRO SE INDEMNIZARA EL VALOR INTRINSECO DE ESTE TIPO DE BIENES) EDIFICIOS, ESTRUCTURAS, MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE ENCUENTRE EN PERIODO DE CONSTRUCCIÓN, MONTAJE, INSTALACIÓN O PRUEBAS, INCLUIDOS LOS MATERIALES Y SUMINISTROS DE LOS MISMOS. BIENES EN TRANSITO: MARÍTIMO, TERRESTRE O AÉREO, INCLUIDAS LAS MANIOBRAS DE CARGA O DESCARGA |
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RIESGOS CUBIERTOS. TODO RIESGO DE PERDIDA O DAÑO FÍSICO SÚBITO Y/O IMPREVISTO CAUSADO DIRECTAMENTE A LOS BIENES ASEGURADOS BAJO ESTA SECCIÓN, CON EXCEPCIÓN DE LAS EXCLUSIONES QUE SE MENCIONAN EN LA PRESENTE SECCIÓN Y/O EN LAS CONDICIONES GENERALES. |
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5.- VALOR INDEMNIZABLE. QUEDA ENTENDIDO QUE EN CASO DE PERDIDA O DAÑO, EL MONTO DEL FINIQUITO SE BASARA EN EL COSTO DE REPARAR, REEMPLAZAR O REINSTALAR CON MATERIALES DE TIPO Y CALIDAD SIMILARES, SIN NINGUNA DEDUCCIÓN POR DEPRECIACIÓN. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCION II.- GASTOS EXTRAORDINARIOS |
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RIESGOS CUBIERTOS. LOS RIESGOS CUBIERTOS POR ESTAS CONDICIONES SON AQUELLOS QUE EL ASEGURADO, AL MOMENTO DEL SINIESTRO, TENGA CONTRATADOS EN SU PÓLIZA SU SEGURO CONTRA INCENDIO, RAYO Y/O EXPLOSIÓN AMPARANDO DAÑOS MATERIALES DE LOS BIENES ASEGURADOS. |
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LIMITE DE RESPONSABILIDAD. LA COMPAÑÍA SERÁ RESPONSABLE DE REMBOLSAR EL IMPORTE DE LOS GASTOS EXTRAS EFECTUADOS PARA LA REANUDACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL INSTITUTO DURANTE EL PERIODO DE TIEMPO NECESARIO QUE, PARA EFECTOS DE ESTE SEGURO SE DENOMINA “PERÍODO DE RESTAURACIÓN”. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCIÓN III RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL COBERTURA:
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RIESGOS CUBIERTOS: ACTIVIDADES E INMUEBLES: EL DAÑO OCASIONADO POR EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PROPIAS DEL ASEGURADO, DENTRO O FUERA DE SUS PROPIOS PREDIOS O EN INSTALACIONES ALQUILADAS, SE ACLARA QUE LAS ACTIVIDADES QUE SE CUBRIRÁN FUERA DE LAS UBICACIONES DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL SE REFIERE A PARTICIPACIÓN EN FERIAS Y EXPOSICIONES Y PRACTICAS DE CAMPO DE LOS ESTUDIANTES ENTRE OTRAS, SIENDO ESTO DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA. |
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MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA: EL DAÑO OCASIONADO A VEHÍCULOS DE TERCEROS, DURANTE LAS MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA POR GRÚAS MÓVILES, GRÚAS FIJAS O MONTACARGAS, ASÍ COMO EL DAÑO PROVOCADO A TANQUES, CISTERNAS Y CONTENEDORES, ASI COMO CUALQUIER DAÑO OCASIONADO A BIENES DE TERCEROS. |
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ARRENDAMIENTO: SE AMPARAN LOS INMUEBLES ARRENDADOS EN LA COBERTURA DE R. C. ARRENDATARIO AMPARANDO DAÑOS OCASIONADOS POR INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN DE LOS CUALES SEA CIVILMENTE RESPONSABLE A INMUEBLES PROPIEDAD DE TERCEROS, ARRENDADOS POR EL ASEGURADO. |
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GASTOS DE DEFENSA: SE INCLUYEN LOS COSTOS Y GASTOS DE DEFENSA INCURRIDOS POR EL ASEGURADO, POR UN 50% ADICIONAL DEL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD DE LA COBERTURA CORRESPONDIENTE. |
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PARQUE VEHICULAR: EN EXCESO DE LA COBERTURA CONTRATADA PARA EL PARQUE VEHICULAR, ESTA COBERTURA OPERARÁ EN CASO DE AGOTARSE LA SUMA ASEGURADA DE LA PÓLIZA DEL VEHÍCULO O EN EXCESO DE LA SUMA ASEGURADA CUANDO ESTE CAREZCA DEL COBERTURA, PERO LIMITADO A QUE SE REALICEN TRABAJOS PARA EL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL. |
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ESTACIONAMIENTOS: POR EL USO DE ESTACIONAMIENTOS DEL ASEGURADO, DONDE TAMBIEN LOS VEHÍCULOS DE LOS FUNCIONARIOS DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL, SE CONSIDERARAN PARA EFECTOS DE ESTA COBERTURA COMO TERCEROS. |
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ELEVADORES Y ESCALERAS. |
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ACCIDENTES A OCUPANTES DE VEHÍCULOS PASARLO A LA SECCION 3 DE RC. AUTOS PARA TRANSPORTE DE PERSONAL Y ALUMNOS ÚNICAMENTE. DENTRO DEL MARCO DE LAS CONDICIONES SUSCRITAS EN LA PÓLIZA, ADICIONALMENTE QUEDA CUBIERTA LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN QUE INCURRIERE EL ASEGURADO POR LAS LESIONES CORPORALES INCLUYENDO LA MUERTE, QUE SUFRAN TERCERAS PERSONAS A BORDO DE VEHÍCULOS UTILIZADOS POR EL ASEGURADO EN RELACIÓN CON SU ACTIVIDAD SIEMPRE Y CUANDO SE DESTINE PARA EL USO DE PASAJEROS Y SÓLO CUANDO SEAN CONDUCIDOS POR LOS PROPIOS EMPLEADOS. ESTA COBERTURA OPERA EN EXCESO DE LOS LÍMITES CONTRATADOS EN EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL VEHÍCULO AMPARADO, SIENDO EL NÚMERO MÁXIMO DE ÉSTOS, EL NÚMERO DE PASAJEROS AUTORIZADOS EN LA TARJETA DE CIRCULACIÓN. |
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ASUMIDA POR CONTRATISTAS INDEPENDIENTES Dentro del marco de las condiciones suscritas en la póliza, adicionalmente queda cubierta la responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado por daños a terceros, cuando asuma responsabilidades ajenas de contratistas independientes, por convenio o contrato, donde se comprometa a la substitución del obligado original, para reparar o indemnizar eventuales y futuros daños a terceros en sus personas o en sus propiedades. |
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OBJETO DEL SEGURO Ampara en los términos de los artículos 62, 63 y 64 DEL xxx xx xxxxxxx, puentes y autotransporte federal, o bien, el artículo 107 XXX xxx de navegación, para transporte terrestre y marítimo, las obligaciones que a título de responsabilidad civil resulten legalmente a cargo del asegurado, como consecuencia DEL muerte o menoscabo DEL salud de los pasajeros o viajeros, así como del daño o pérdida de sus equipajes, mientras se encuentren a bordo del vehículo de transporte y/o ascendiendo o descendiendo DEL misma. |
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ALCANCE DEL SEGURO La capacidad DEL unidad de transporte de pasajeros será la que se indique en la tarjeta de circulación y/o manual de operación DEL misma. Por tal motivo, este seguro ampara única y exclusivamente el número de pasajeros antes mencionado, pero en caso de que ocurra un siniestro y se compruebe exceso DEL capacidad manifestada de pasajeros la compañía indemnizará en forma proporcional a los pasajeros, lesionados sin exceder del límite de suma asegurada. |
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TERRITORIALIDAD Las coberturas amparadas por esta póliza se aplican en caso de accidentes ocurridos dentro DE LA república mexicana (INCLUYE AGUAS NACIONALES); y en el extranjero, cuando se trate de autotransportes o embarcaciones registrados en México. La presente xxxxxx nunca cubrirá las indemnizaciones a que resulte condenado el asegurado en procedimientos seguidos fuera del territorio DE LA República Mexicana, pues este seguro sólo se ampara en los términos de las leyes mexicanas aplicables y que resulten de resolución, dictada por autoridades competentes DEL república mexicana. |
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COMPETENCIA En caso de controversia, el quejoso deberá ocurrir a la comisión nacional PARA LA DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS en sus oficinas centrales o en las de sus delegaciones, en los términos del artículo 135 DE LA ley general de instituciones y sociedades mutualistas de seguros, y si dicho organismo no es designado árbitro, podrá ocurrir a los tribunales competentes, del domicilio DEL compañía. |
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SOLICITUD Y PAGO DE INDEMNIZACIONES El asegurado, independientemente de las actuaciones judiciales que se levanten con motivo del siniestro, redactará un acta del accidente, insertando las declaraciones de los testigos presenciales y todos los detalles que puedan servir para el esclarecimiento del hecho. Las solicitudes de indemnización con motivo del siniestro deberán presentarse a la Compañía, pudiendo presentar la reclamación el viajero o su representante, o su sucesión en caso de fallecimiento. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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. SECCIÓN IV CRISTALES |
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BIENES CUBIERTOS: CRISTALES INTERIORES Y EXTERIORES, NACIONALES Y DE IMPORTACIÓN, DECORADOS, GRABADOS, BISELADOS, PELÍCULA PROTECTORA, CUBIERTAS DE CRISTAL DE MESAS DE CENTRO Y ESCRITORIOS, LUNAS, ESPEJOS, CON ESPESOR DE 4 MM. O MAYORES, ASÍ COMO DOMOS DE CUALQUIER CLASE. INCLUYENDO EL COSTO DE INSTALACIÓN EN CUALQUIER UBICACIÓN QUE PERTENEZCA AL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL Y/O QUE ESTE BAJO SU CUSTODIA CON ESPESOR MÍNIMO DE 0.XX. EN EL INTERIOR Y EXTERIOR O XX XXXXXX QUE ESTÉN DEBIDAMENTE INSTALADOS. |
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RIESGOS CUBIERTOS: TODO RIESGO DE DAÑO MATERIAL A PRIMER RIESGO PARA TODOS LOS CRISTALES PROPIEDAD DEL ASEGURADO, QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD O EXISTE INTERÉS ASEGURABLE. |
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VALOR INDEMNIZABLE: EN CASO DE PERDIDA O DAÑO OCURRIDO A CUALQUIERA DE LOS BIENES CUBIERTOS EN LA PRESENTE SECCIÓN, LA COMPAÑÍA INDEMNIZARA AL ASEGURADO EL COSTO POR CONCEPTO DEL REPARACIÓN O REPOSICIÓN EN EL MOMENTO Y LUGAR DEL SINIESTRO, CON MATERIALES DE CLASE Y CALIDAD SIMILARES SIN NINGUNA DEDUCCIÓN POR CONCEPTO DE DEPRECIACIÓN. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCIÓN V ROBO DE CONTENIDOS |
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BIENES CUBIERTOS: MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA Y TODO TIPO DE CONTENIDOS QUE SEAN PROPIEDAD DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL O DE TERCEROS QUE ESTÉN BAJO SU CUSTODIA Y SEA LEGALMENTE RESPONSABLE EN CUALQUIER UBICACIÓN. LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD CON QUE SE CUENTAN SON LAS DICTADAS POR LAS AUTORIDADES, ASÍ COMO LAS PROPIAS ESTABLECIDAS POR EL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL. |
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RIESGOS CUBIERTOS: ROBO CON VIOLENCIA, DAÑOS MATERIALES QUE SE CAUSEN CON MOTIVO DEL ROBO Y/O ASALTO O INTENTOS DE ESTOS; ROBO, ASALTO O INTENTO DE AMBOS POR MEDIO DE USO DE VIOLENCIA FÍSICA O MORAL. |
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VALOR INDEMNIZABLE: EN CASO DE PERDIDA O DAÑO OCURRIDO A CUALQUIERA DE LOS BIENES CUBIERTOS EN LA PRESENTE SECCIÓN, LA COMPAÑÍA INDEMNIZARA AL ASEGURADO EL COSTO POR CONCEPTO DEL REPARACIÓN O REPOSICIÓN EN EL MOMENTO Y LUGAR DEL SINIESTRO, CON MATERIALES DE CLASE Y CALIDAD SIMILARES SIN NINGUNA DEDUCCIÓN POR CONCEPTO DE DEPRECIACIÓN. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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CONDICIONES ESPECIALES QUE SE ADHIEREN Y FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PÓLIZA DE SEGURO NO.____, EXPEDIDA POR_____, DENOMINADA EN ADELANTE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, A FAVOR DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL. SECCIÓN VI DINERO Y VALORES |
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BIENES CUBIERTOS: DINERO EN EFECTIVO, EN METÁLICO, BILLETES DE BANCO, CHEQUES, VALORES Y TODO TIPO DE DOCUMENTOS NEGOCIABLES Y NO NEGOCIABLES, MONEDAS CONMEMORATIVAS DE ORO O PLATA, EN MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA (LOS MONTOS A AMPARAR PARA MONEDA EXTRANJERA SE CUBRIRÁN DENTRO DEL LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DEL SECCIÓN DE EFECTIVO Y VALORES Y EL TIPO DE CAMBIO SERÁ EL APLICABLE A LA FECHA DEL SINIESTRO); VALORES Y DOCUMENTOS NEGOCIABLES O NO; VALES DE DESPENSA, GASOLINA O RESTAURANTE O DE CUALQUIER OTRO TIPO, DENTRO O FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL O EN PODER DE PAGADORES, COBRADORES O EMPLEADOS PORTADORES DEL MISMO. |
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SE AMPARAN VALORES PROPIEDAD DEL ASEGURADO ASIGNADOS A SU PERSONAL PARA GASTOS, ESTO ULTIMO HASTA UN SUBLÍMITE DE $10,000.00 M.N. ASIGNADOS A SU PERSONAL. EL MANEJO DE EFECTIVO SE REALIZA EN LAS OFICINAS CENTRALES DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL, TAMBIEN APLICA PARA VALES DE GASOLINA Y DESPENSA. LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD CON QUE SE CUENTAN SON LAS DICTADAS POR LAS AUTORIDADES, ASÍ COMO LAS PROPIAS ESTABLECIDAS POR EL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL. |
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RIESGOS CUBIERTOS: ROBO CON Y SIN VIOLENCIA, ASALTO O INTENTO DE ASALTO, DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES, INCAPACIDAD FÍSICA DEL (S) PERSONA (S) PORTADORA (S) Y ACCIDENTE DEL (LOS) VEHÍCULO(S) PORTADOR(ES). |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCIÓN VII EQUIPO ELECTRÓNICO |
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BIENES CUBIERTOS:
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RIESGOS CUBIERTOS: TODO RIESGO DE PÉRDIDA O DAÑO FÍSICO, SÚBITO Y/O IMPREVISTO, CAUSADOS DIRECTAMENTE A LOS BIENES ASEGURADOS BAJO ESTA SECCIÓN, ROBO CON Y SIN VIOLENCIA, ASALTO Y HURTO, SOBRECARGAS DE ENERGIA. COBERTURA BÁSICA. SECCIÓN I DAÑOS MATERIALES RIESGOS ADICIONALES:
INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN SECCIÓN II PORTADORES EXTERNOS DE DATOS: |
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LA COMPAÑÍA DE SEGUROS ACUERDA CON EL ASEGURADO QUE SI LOS PORTADORES EXTERNOS DE DATOS ESPECIFICADOS EN LA PARTE DESCRIPTIVA, INCLUIDAS LAS INFORMACIONES AHÍ ACUMULADAS QUE PUEDEN SER DIRECTAMENTE PROCESADAS EN SISTEMAS ELECTRÓNICOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS, SUFRIERAN UN DAÑO MATERIAL INDEMNIZABLE BAJO LA SECCIÓN 1 DE LA PRESENTE PÓLIZA LA COMPAÑIA INDEMNIZARAN AL ASEGURADO TALES PÉRDIDAS O DAÑOS SEGÚN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTIPULADAS EN LA PRESENTE PÓLIZA, HASTA UNA SUMA QUE POR CADA ANUALIDAD DE SEGURO NO EXCEDA LA SUMA ASEGURADA ASIGNADA A CADA UNO DE LOS PORTEADORES EXTERNOS DE DATOS ESPECIFICADOS EN LA PARTE DESCRIPTIVA Y DE LA CANTIDAD TOTAL GARANTIZADA POR ESTA PÓLIZA, SIEMPRE QUE ESAS PÉRDIDAS O DAÑOS OCURRAN EN EL CURSO DEL VIGENCIA DEL SEGURO ESPECIFICADO O DURANTE CUALQUIER PERÍODO DE RENOVACIÓN DEL SEGURO POR EL CUAL EL ASEGURADO HA PAGADO Y LA COMPAÑIA HA RECIBIDO LA PRIMA CORRESPONDIENTE LA PRESENTE COBERTURA OPERA SOLAMENTE MIENTRAS QUE LOS PORTEADORES DE DATOS SE HALLEN DENTRO DEL PREDIO ESTIPULADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA. |
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EXCLUSIONES DE LA SECCIÓN II LA COMPAÑIA NO SERÁ RESPONSABLE POR CUALQUIER GASTO RESULTANTE DE FALSA PROGRAMACIÓN, PERFORACIÓN, CLASIFICACIÓN, INSERCIÓN, ANULACIÓN ACCIDENTAL DE INFORMACIONES O DESCARTE DE PORTADORES EXTERNOS DE DATOS Y PÉRDIDAS DE INFORMACIÓN CAUSADA POR CAMPOS MAGNÉTICOS Y VIRUS INFORMÁTICOS. |
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SECCIÓN III INCREMENTO EN EL COSTO DE OPERACIÓN. ALCANCE DEL COBERTURA LA COMPAÑIA ACUERDA CON EL ASEGURADO QUE SI UN DAÑO MATERIAL INDEMNIZABLE SEGÚN LOS TÉRMINOS CONDICIONES DEL SECCIÓN I DEL PRESENTE PÓLIZA DIERA LUGAR A UNA INTERRUPCIÓN PARCIAL O TOTAL DE LA OPERACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE PROCESAMIENTO DE DATOS ESPECIFICADO EN LA PARTE DESCRIPTIVA, LA COMPAÑIA INDEMNIZARÁ AL ASEGURADO POR CONCEPTO DE CUALQUIER GASTO ADICIONAL QUE EL ASEGURADO PRUEBE HABER DESEMBOLSADO AL USAR UN SISTEMA ELECTRÓNICO DE PROCESAMIENTO DE DATOS AJENO Y SUPLENTE QUE NO ESTÉ ASEGURADO EN ESTA PÓLIZA HASTA UNA SUMA QUE NO EXCEDA DEL INDEMNIZACIÓN DIARIA CONVENIDA NI, EN TOTAL, DE LA SUMA ASEGURADA QUE POR CADA ANUALIDAD DE SEGURO SE ESTIPULE EN LA PARTE DESCRIPTIVA O DURANTE CUALQUIER PERIODO DE RENOVACIÓN DEL SEGURO POR EL CUAL EL ASEGURADO HA PAGADO Y LA COMPAÑÍA HA RECIBIDO LA PRIMA CORRESPONDIENTE. |
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VALOR INDEMNIZABLE: EN CASO DE PERDIDA O DAÑO OCURRIDO A CUALQUIERA DE LOS BIENES CUBIERTOS EN LA PRESENTE SECCIÓN, LA COMPAÑÍA INDEMNIZARA AL ASEGURADO, EL COSTO POR CONCEPTO DEL REPARACIÓN O REPOSICIÓN, EN EL MOMENTO Y LUGAR DEL SINIESTRO, CON MATERIALES DE CLASE Y CALIDAD SIMILARES, SIN NINGUNA DEDUCCIÓN POR CONCEPTO DE DEPRECIACIÓN. EN LO QUE SE REFIERE A SOFTWARE Y/O REGISTROS Y/O SOPORTES DE INFORMACIÓN, LA BASE DE RECUPERACIÓN SERÁ EL COSTO REAL DE REPRODUCIR Y/O REGENERAR LA INFORMACIÓN QUE SE PIERDA, SE DAÑE O SE DESTRUYA, ASÍ COMO LA RENTA O COSTO DE CONTRATO PARA USAR EQUIPO SUSTITUTO PARA PROSEGUIR CON LA OPERACIÓN. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCION VIII ROTURA DE MAQUINARIA: |
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BIENES CUBIERTOS AMPARA LA PERDIDA O DAÑO FÍSICO QUE SUFRAN LOS BIENES PROPIEDAD DEL ASEGURADO INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL TANTO EN LAS OFICINAS CENTRALES COMO EN LAS ESCUELAS, LOS CUALES SE CITAN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA, O TENGA BAJO SU CUSTODIA Y RESPONSABILIDAD, CONSIGNACIÓN, COMODATO, ARRENDAMIENTO O TENGA INTERÉS ASEGURABLE, UBICADOS EN OFICINAS, LABORATORIOS, ESCUELAS, CENTROS DE CAPACITACIÓN DE INVESTIGACIÓN, BODEGAS, ALMACENES, TALLERES. INCLUYENDO, LOS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN COMO INFORMACIÓN, MÁS NO LIMITADOS A MAQUINARIA DE TALLERES, IMPRENTAS, LABORATORIOS. |
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RIESGOS CUBIERTOS ESTE SEGURO CUBRE, CONTRA PÉRDIDA O DAÑO MATERIAL DIRECTO, SALVO LOS EXPRESADOS MÁS ADELANTE, ORIGINADO POR UN ACTO SÚBITO Y NO PREVISTO QUE HAGA NECESARIA LA REPOSICIÓN DE LOS BIENES ASEGURADOS O PARTE DE ELLOS, A FIN DE DEJARLES EN CONDICIONES DE OPERACIÓN SIMILARES A LAS EXISTENCIAS INMEDIATAMENTE ANTES DE OCURRIR EL SINIESTRO. |
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SABOTAJE DEL PERSONAL DEL ASEGURADO O DE EXTRAÑOS. LA ACCIÓN DIRECTA DEL ENERGÍA ELÉCTRICA COMO RESULTADO DE CORTOS CIRCUITOS, ARCOS VOLTAICOS Y OTROS EFECTOS SIMILARES, ASÍ COMO EL DAÑO MATERIAL POR LA ACCIÓN INDIRECTA DE ELECTRICIDADES ATMOSFÉRICAS. ERRORES EN DISEÑO, DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN, FUNDICIÓN Y USO DE MATERIALES DEFECTUOSOS. DEFECTOS DE MANO DE OBRA Y MONTAJE INCORRECTO. ROTURA DEBIDA A FUERZA CENTRÍFUGA. CUERPOS EXTRAÑOS QUE SE INTRODUZCAN EN LOS BIENES ASEGURADOS. |
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VALOR DE REPOSICIÓN, SUMA ASEGURADA Y DEDUCIBLE
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INDEMNIZACIÓN EN EL CASO DE BIENES DIVERSOS, UNA VEZ ACREDITADA LA PROPIEDAD CON FOTOCOPIA DE LA FACTURA O FORMATO DE INVENTARIO INV-10 O FORMATO DE RESGUARDO DEL BIEN. ENTREGADA LA DOCUMENTACIÓN CON QUE CUENTE EL INSTITUTO, SE REALIZARÁ LA INDEMNIZACIÓN EN MONEDA NACIONAL O M. N. AL TIPO DE CAMBIO EN LA FECHA DE SU PAGO. |
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REPARACIÓN SI LA COMPAÑÍA LLEVA A CABO LA REPARACIÓN ÉSTA DEBERÁ QUEDAR A SATISFACCIÓN DEL ASEGURADO. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCION IX.- EQUIPO DE CONTRATISTAS |
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BIENES CUBIERTOS AMPARA LA PERDIDA O DAÑO FÍSICO QUE SUFRAN TODO EL EQUIPO DE CONTRATISTAS, LA MAQUINARIA PESADA MOVIL E IMPLEMENTOS PROPIEDAD DEL ASEGURADO, LOS CUALES SE CITAN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA, O TENGA BAJO SU CUSTODIA Y RESPONSABILIDAD, CONSIGNACIÓN, COMODATO, ARRENDAMIENTO O TENGA INTERÉS ASEGURABLE, UBICADOS EN LABORATORIOS, CENTROS DE CAPACITACIÓN DE INVESTIGACIÓN, BODEGAS, ALMACENES, TALLERES Y DONDE EL ASEGURADO POR LAS FUNCIONES QUE REALIZA, ASI LO REQUIERA. |
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RIESGOS CUBIERTOS ESTE SEGURO CUBRE LAS PÉRDIDAS O DAÑOS MATERIALES CAUSADOS A LOS BIENES EXCLUSIVAMENTE POR LOS RIEGOS ENSEGUIDA ENUMERADOS, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA CARÁTULA DE ESTA PÓLIZA: A) INCENDIO X XXXX. B) FENOMENOS HIDROMETEOROLOGICOS C) COLISIÓN, DESCARRILAMIENTO O VOLCADURA DEL MEDIO DE TRANSPORTE TERRESTRE EN EL QUE LOS BIENES ASEGURADOS FUEREN TRANSPORTADOS. D) HUNDIMIENTO O ROTURA DE ALCANTARILLAS, PUENTES PARA VEHÍCULOS, MUELLES O PLATAFORMAS DE CARGA. E) INUNDACIÓN (ALZA DEL NIVEL DEL AGUA O AVENIDAS, DESBORDAMIENTO XX XXXX, ESTEROS Y LAGOS). F) TEMBLOR, TERREMOTO O ERUPCIÓN VOLCÁNICA. G) EXPLOSIÓN (EXCEPTO EXPLOSIÓN INTERNA O LA OCURRIDA DENTRO XX XXXXXXXX DE VAPOR). H) INCENDIO, XXXX, XXXXXX, HUNDIMIENTO O COLISIÓN XXX XXXXXX DE TRASBORDO DE SERVICIO REGULAR EN EL QUE LOS BIENES ASEGURADOS FUEREN TRANSPORTADOS, COMPRENDIENDO LA CONTRIBUCIÓN QUE LE RESULTARE POR AVERÍA GRUESA O POR CARGOS DE SALVAMENTO. I) CAÍDA, COLISIÓN, ATASCAMIENTO, HUNDIMIENTO O VOLCADURA. J) ROBO DE UNIDADES COMPLETAS. K) DERRUMBES Y DESLAVES. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCIÓN X.- CALDERAS Y APARATOS SUJETOS A PRESION |
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BIENES CUBIERTOS AMPARA LA PERDIDA O DAÑO FÍSICO QUE SUFRAN LOS BIENES XX XXXXXXXX Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESION PROPIEDAD DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL, LOS CUALES SE CITAN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA, O TENGA BAJO SU CUSTODIA Y RESPONSABILIDAD, CONSIGNACIÓN, COMODATO, ARRENDAMIENTO O TENGA INTERÉS ASEGURABLE, UBICADOS EN LABORATORIOS, CENTROS DE CAPACITACIÓN DE INVESTIGACIÓN, BODEGAS, ALMACENES, TALLERES, ALBERCAS. |
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RIESGOS CUBIERTOS: CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN CON FOGÓN.- BAJO ESTA SECCIÓN QUEDARÁN CUBIERTOS LOS BIENES ASEGURADOS CONTRA LOS DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR: LA ROTURA SÚBITA Y VIOLENTA DE CUALQUIER PARTE XXX XXXXXXX O RECIPIENTE, CAUSADA POR PRESIÓN DE VAPOR, AGUA U OTRO LÍQUIDO DENTRO DE LAS MISMAS. LA EXPLOSIÓN SÚBITA Y VIOLENTA DE GAS PROVENIENTE DEL COMBUSTIBLE NO QUEMADO DENTRO DEL HORNO XXX XXXXXXX O RECIPIENTE DE LOS CONDUCTOS DE GAS QUE VAN DESDE EL HORNO HASTA SU DESCARGA EN LA CHIMENEA Y SIEMPRE QUE SE ESTÉ UTILIZANDO EL COMBUSTIBLE MENCIONADO EN LA ESPECIFICACIÓN. LA DEFORMACIÓN SÚBITA Y VIOLENTA DE CUALQUIER PARTE XXX XXXXXXX O RECIPIENTE PROVOCADA POR PRESIÓN O VACÍO DEL AGUA, VAPOR U OTRO FLUIDO DENTRO DEL MISMA Y QUE INMEDIATAMENTE EVITE O HAGA INSEGURO SU USO. EL AGRIETAMIENTO DE CUALQUIER PARTE XX XXXXXX, COBRE, BRONCE O CUALQUIER OTRO MATERIAL FUNDIDO, EN CALDERAS DE BAJA PRESIÓN (HASTA 1.05 KG/CM2 EN VAPOR Y 2.10 KG/CM2 EN AGUA), SIEMPRE QUE TAL AGRIETAMIENTO PERMITA LA FUGA DEL FLUIDO CONTENIDO. LA QUEMADURA POR INSUFICIENCIA DE AGUA, VAPOR U OTRO FLUIDO DENTRO XXX XXXXXXX O RECIPIENTE Y QUE INMEDIATAMENTE EVITE O HAGA INSEGURO SU USO. RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN, SIN FOGÓN.- BAJO ESTA SECCIÓN QUEDARÁN CUBIERTOS LOS BIENES ASEGURADOS CONTRA LOS DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR: LA ROTURA PROVOCADA EN FORMA SÚBITA Y VIOLENTA POR LA PRESIÓN DE VAPOR, AIRE, GAS O LÍQUIDO QUE CONTENGA EL RECIPIENTE. LA DEFORMACIÓN DEL RECIPIENTE O DE CUALQUIERA DE SUS PARTES PROVOCA DA EN FORMA SÚBITA Y VIOLENTA POR LA PRESIÓN DE VAPOR, AIRE, GAS O LÍQUIDO EN EL CONTENIDO O POR VACÍO EN EL INTERIOR DEL RECIPIENTE. EL AGRIETAMIENTO PROVOCADO EN FORMA SÚBITA DE CUALQUIER PARTE DE UN RECIPIENTE QUE SEA XX XXXXXX, XXXXXX O CUALQUIER OTRO METAL FUNDIDO, SI ESTE AGRIETAMIENTO PERMITE LA FUGA DE VAPOR, AIRE, GAS O LÍQUIDO. |
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PERDIDA PARCIAL EN LOS CASOS DE PÉRDIDA PARCIAL, LA RECLAMACIÓN DEBERÁ CONTENER LOS GASTOS EN QUE NECESARIAMENTE SE INCURRA PARA DEJAR LOS BIENES EN CONDICIONES NORMALES DE OPERACIÓN, SIMILARES A LAS EXISTENTES INMEDIATAMENTE ANTES DE OCURRIR EL SINIESTRO. TALES GASTOS SERÁN: EN EL CASO XX XXXXXXXX, RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN Y TUBERÍAS: EL COSTO DE REPARACIÓN, INCLUYENDO EL COSTO DE DESMONTAJE Y REMONTAJE, EL FLETE ORDINARIO Y LOS GASTOS ADUANALES, SI LOS HAY; SIN EMBARGO, LA COMPAÑÍA NO RESPONDERÁ POR DAÑOS OCASIONADOS A LOS BIENES OBJETO DEL REPARACIÓN, DURANTE SU TRANSPORTE PERO PAGARÁ EL IMPORTE DEL PRIMA DEL SEGURO DE TRANSPORTE QUE EL ASEGURADO DEBERÁ TOMAR, QUE CUBRA LOS BIENES DAÑADOS DURANTE SU TRASLADO AL TALLER EN DONDE SE HABRÁ DE EFECTUAR LA REPARACIÓN Y DESDE DICHO TALLER AL PREDIO DEL ASEGURADO. |
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CUANDO TAL REPARACIÓN, O PARTE DE ELLA, SE HAGA EN EL TALLER DEL ASEGURADO, LOS GASTOS SERÁN LOS COSTOS DE MATERIALES Y DE MANO DE OBRA ORIGINADOS POR LA REPARACIÓN, MÁS UN PORCENTAJE FIJADO DE COMÚN ACUERDO ENTRE LAS PARTES, PARA CUBRIR LOS GASTOS GENERALES FIJOS DE DICHO TALLER. LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS DE ENVÍOS POR EXPRESS, TIEMPO EXTRA Y TRABAJOS EJECUTADOS EN XXXXXXXX X XXXX FESTIVOS, SÓLO SE PAGARÁN SI HUBIEREN SIDO ASEGURADOS ESPECÍFICAMENTE EN LA COBERTURA DE GASTOS EXTRAORDINARIOS. LOS GASTOS DE CUALQUIER REPARACIÓN PROVISIONAL SERÁN A CARGO DEL ASEGURADO, A MENOS QUE ÉSTOS CONSTITUYAN PARTE DE LOS GASTOS DEL REPARACIÓN DEFINITIVA O QUE LA COMPAÑÍA LOS HAYA AUTORIZADO POR ESCRITO. |
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EL COSTO DE REACONDICIONAMIENTO Y LAS MODIFICACIONES O MEJORAS EFECTUADAS, QUE NO SEAN NECESARIAS PARA LA REPARACIÓN DEL DAÑO, SERÁN A CARGO DEL ASEGURADO. EN ESTE TIPO DE PÉRDIDA, LA COMPAÑÍA NO HARÁ DEDUCCIONES POR CONCEPTO DE DEPRECIACIÓN. CONTENIDOS. LA RECLAMACIÓN DEBERÁ COMPRENDER EL VALOR DE REPOSICIÓN QUE TUVIEREN, INMEDIATAMENTE ANTES DE OCURRIR EL SINIESTRO, LAS SUBSTANCIAS O FLUIDOS CONTENIDOS, PÉRDIDAS O DAÑOS, MÁS LOS COSTOS DE FABRICACIÓN CORRESPONDIENTES. PODRÁN INCLUIRSE LOS GASTOS EROGADOS PARA DISMINUIR LA PÉRDIDA, SIEMPRE QUE ESTOS GASTOS NO RESULTEN MAYORES QUE LA REDUCCIÓN EN LA PÉRDIDA ASÍ OBTENIDA. |
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PARA EL CÁLCULO DEL INDEMNIZACIÓN, SE PROCEDERÁ COMO SIGUE: 1. TODA PÉRDIDA O DAÑO CUYO IMPORTE SEA INFERIOR AL MONTO DEL DEDUCIBLE ESTIPULADO, QUEDARÁ A CARGO DEL ASEGURADO. 2. SI EL IMPORTE DE LA PÉRDIDA O DAÑO EXCEDIERA EL MONTO DEL DEDUCIBLE, LA INDEMNIZACIÓN SE CALCULARÁ DE LA FORMA SIGUIENTE: DEL MONTO DE LA PÉRDIDA QUE HAYA SUFRIDO EL ASEGURADO, SE RESTARÁ EL 2% DEL VALOR DEL EQUIPO DAÑADO (DEDUCIBLE). |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCIÓN XI.- OBRAS DE ARTE Y OBJETOS RAROS O DE DIFÍCIL REPOSICIÓN |
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BIENES CUBIERTOS OBRAS DE ARTE TALES COMO MURALES, FRESCOS, PINTURAS Y ESCULTURAS REALIZADAS EN DIFERENTES TÉCNICAS, VITRALES, OBJETOS XX XXXXXX, ESCULTURAS, ACERVO CULTURAL, LIBROS, COLECCIONES CIENTIFICAS, ARTISTICAS Y LITERARIAS, DOCUMENTOS U OBJETOS RAROS O DE DIFÍCIL O IMPOSIBLE REPOSICIÓN DENTRO DE LAS INSTALACIONES, PROPIEDAD DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL O QUE TENGA BAJO SU RESPONSABILIDAD Y/O CUSTODIA Y/O EN DEPOSITARÍA. |
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BIENES NO CUBIERTOS CUALQUIER OTRO TIPO DE BIENES, DIFERENTES A LOS DESCRITOS EN LA CLÁUSULA ANTERIOR. |
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RIESGOS CUBIERTOS
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCIÓN XII.- SEMOVIENTES |
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BIENES CUBIERTOS 1.1. SE CUBRE TODA LA FAUNA Y ESPECIES ENTRE OTROS PERO NO LIMITADOS A ESPECIES EQUINAS, PORCINAS QUE SE ENCUENTREN EN LOS DENOMINADOS CENTROS INTERDISCIPLINARIOS DE CIENCIAS, DENTRO DE LOS LIMITES DE LA REPUBLICA MEXICANA, PROPIEDAD DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL O QUE TENGA BAJO SU CUSTODIA O RESPONSABILIDAD. |
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LISTADO DE LOS SEMOVIENTES,
GRAN TOTAL DE VALOR DE SEMOVIENTES $386,240.00 M.N. |
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RIESGOS CUBIERTOS TODO RIESGO DE PÉRDIDA O DAÑO FISICO SUBITO E IMPREVISTO TALES COMO, PERO NO LIMITADOS A, MUERTE, ROBO, TRANSPORTE, INCENDIO Y/X XXXX. |
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VALOR INDEMNIZABLE EN CASO DE PERDIDA, QUEDA ENTENDIDO QUE LA RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑIA, QUEDARA LIMITADA AL VALOR JUSTO EN EL MERCADO, ASI COMO LOS COSTOS DE OBTENCION NECESARIOS EN BASE A ACUERDOS INTERNACIONALES DE INTERCAMBIO DE FAUNA. EXCLUSIONES: ENFEREMEDADES EXÓTICAS (ES DECIR ENFERMEDADES QUE NO HAY EN EL PAÍS), SACRIFICIO FORZOSO POR DICTAMEN GUBERNAMENTAL, SACRIFICIO FORZOSO POR MAL MANEJO, MUERTE O SACRIFICIO FORZOSO POR LA INOCULACIÓN DE CUALQUIER TIPO DE SUSTANCIAS QUE ESTE EN EXPERIMENTACIÓN.
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA. |
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SECCIÓN XIII.-TRANSPORTES |
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BIENES CUBIERTOS ESTE SEGURO CUBRIRÁ TODOS Y CADA UNO DE LOS EMBARQUES DE CARGA QUE REALICE EL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL. SE INDICAN DE MANERA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA: MAQUINARIA, PARTES, EQUIPO FOTOGRÁFICO, ELECTROMECÁNICO, MECÁNICO, MÉDICO, DE VIDEO, AUDIO, ACCESORIOS, EQUIPO ELECTRÓNICO, MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA, MERCANCÍAS DE TODA CLASE DE DONACIONES: MOBILIARIO, INSTRUMENTOS DE PRECISION, INSTRUMENTOS MUSICALES, HERRAMIENTAS Y EQUIPO FOTOGRAFICO, AUDIOVISUALES, TODO TIPO DE IMPRESIONES, EQUIPO DE CÓMPUTO Y ENSERES. MAQUINARIA, PARTES, Y EN GENERAL TODA CLASE DE BIENES PROPIOS AL GIRO DEL ASEGURADO, POR LOS CUALES EL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL TENGA UN INTERÉS ASEGURABLE, DONDE EL ASEGURADO LO HUBIERE SOLICITADO PARA LA PRESENTE. |
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BIENES NO CUBIERTOS TODOS LOS BIENES EXPRESAMENTE EXCLUIDOS, SE REFIERE A LOS QUE SE ESPECIFICAN EN EL INCISO 6 RIESGOS NO CUBIERTOS. |
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MEDIO DE TRANSPORTE QUEDARAN CUBIERTOS LOS BIENES ASEGURADOS MIENTRAS SE ENCUENTREN EN TRANSITO SEA PUBLICO FEDERAL Y PROPIO, POR CUALQUIER MEDIO DE TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO Y MARÍTIMO. |
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LÍMITES GEOGRÁFICOS Y VIGENCIA DEL SEGURO LOS BIENES ASEGURADOS QUEDAN AMPARADOS DENTRO DE LA REPUBLICA MEXICANA Y/O DESDE Y HASTA DONDE EXISTA ALGÚN INTERÉS ASEGURABLE DEL ASEGURADO. ESTE SEGURO ENTRARA EN VIGOR DESDE EL MOMENTO EN QUE LOS BIENES SALGAN DE LA BODEGA U OFICINA DEL REMITENTE, DURANTE EL CURSO ORDINARIO DE SU TRANSITO, ENTRE CUALQUIERA DE LAS UBICACIONES DEL ASEGURADO, HASTA SU ARRIBO AL LUGAR DE ENTREGA O LAS BODEGAS U OFICINAS DEL DESTINATARIO O EN LUGARES DE ORIGEN Y DESTINO MOSTRADOS EN LA PÓLIZA, DENTRO DE LA REPUBLICA MEXICANA. LOS EMBARQUES QUE REALIZA EL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL SE EFECTÚAN EN LA REPÚBLICA MEXICANA, SIN EMBARGO NO SE LIMITAN A QUE EN ALGUNA OCASIÓN SE CONSIDERE ALGÚN VIAJE FUERA DEL REPÚBLICA MEXICANA SITUACIÓN QUE SERÁ HECHA DEL CONOCIMIENTO DE LA ASEGURADORA. |
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RIESGOS CUBIERTOS PÓLIZA ANUAL SIN DECLARACIONES QUE CUBRA CONTRA TODO RIESGO DE PERDIDA O DAÑO, POR CUALQUIER CAUSA Y EN CUALQUIER CIRCUNSTANCIA BAJO LA QUE SEAN TRANSPORTADOS LOS BIENES ASEGURADOS, ASÍ COMO SU ESTADÍA EN TERMINALES O PUNTOS INTERMEDIOS, COMO SE INDICA EN LA CLÁUSULA ANTERIOR. ENTRE LOS RIESGOS CUBIERTOS NO OBSTANTE QUE SE TRATA DE UN TODO RIESGO, QUEDAN AMPARADOS LOS INDICADOS Y NO LIMITADOS A ROBO DE BULTO POR ENTERO, ROBO, MOJADURA Y OXIDACIÓN, CONTACTO CON OTRAS CARGAS, ROTURAS Y RAJADURAS, FALTANTE POR ROTURA DE ENVASES, DERRAME, ECHAZON, O BARREDURA, COLISIÓN DEL CARGA CONSIGO MISMA O CON CUALQUIER OTRO CUERPO, DAÑOS A LA CARGA SIN QUE EXISTA COLISIÓN DEL MEDIO DE TRANSPORTE EMPLEADO Y COMBINACIÓN DEL TRANSPORTE, BODEGA A BODEGA PARA EMBARQUES TERRESTRES O AÉREOS, BODEGA A BODEGA PARA EMBARQUES MARÍTIMOS O COMBINACIONES, VARIACIONES E INTERRUPCIÓN EN EL TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y/O ESTADÍA HASTA POR UN XXXXXXX XX XXXXXXXX XX 00 XXXX, XXXXXXX O ALBOROTOS POPULARES. ESTA SECCIÓN CUBRE TAMBIÉN CONTRA LOS MISMOS RIESGOS QUE SE MENCIONAN EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, CUANDO LOS BIENES ASEGURADOS VIAJEN SOBRE CUBIERTA DEL BUQUE, SIEMPRE Y CUANDO VENGAN CONTENIDOS EN EL SISTEMA DE CONTENEDORES (CONTAINERS). |
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CLÁUSULA DE SALVAMENTO EN CASO DE DAÑO A BIENES QUE TENGAN UNA MARCA DE FABRICA O CUYA VENTA EN CUALQUIER FORMA LLEVE UNA GARANTÍA DEL ASEGURADO, EL VALOR DEL SALVAMENTO DE TALES BIENES SERÁ DETERMINADO DESPUÉS DE REMOVER TODAS LAS MARCAS REGISTRADAS DE FABRICA QUE PODRÍAN TOMARSE COMO INDICACIÓN DE QUE LA GARANTÍA O MARCA DEL FABRICANTE O ASEGURADO INCLUYE DICHA PROPIEDAD. LA ASEGURADORA RENUNCIA A SU DERECHO DE TOMAR POSESIÓN DE CUALQUIER MERCANCÍA O ENVASES DE LOS CUALES NO ES PRACTICO REMOVER TODA EVIDENCIA DE LA CONEXIÓN QUE EL ASEGURADO TENGA CON ELLOS, ANTE TAL SITUACIÓN DEBERÁ SER DESTRUIDA TAL MERCANCÍA. |
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VALOR PARA EL SEGURO LA ASEGURADORA SERÁ RESPONSABLE DEL VALOR FINAL DEL PRODUCTO QUE SE FIJARA DE ACUERDO AL VALOR DE LOS EMBARQUES A VALOR DE FACTURA O REMISIÓN DE LA MERCANCÍA PARA BIENES NUEVOS Y VALOR REAL PARA BIENES USADOS, MAS UN 25% POR CONCEPTOS DE GASTO TALES COMO FLETES, IMPUESTOS DE IMPORTACIÓN, ACARREOS, ETC. SIRVIENDO ESTA BASE TANTO PARA EL COBRO XX XXXXXX COMO PARA EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES. |
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CLÁUSULA DE PRELACIÓN LAS PRESENTES CONDICIONES ESPECIALES TENDRAN PRELACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA.
EMBARCACIONES
MOTORES
REMOLQUES
* NO ESTA EN FUNCIONAMIENTO
PUERTO BASE INCISOS 1 AL 16 LA PAZ BCS, INCISOS 7 Y 8 LAS INSTALACIONES DEL CIIDIR IPN UNIDAD SINALOA USO INVESTIGACION CIENTIFICA BANDERA MEXICANA
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PARTIDA 2
SEGURO PARA EL PARQUE VEHICULAR DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
LA VIGENCIA DEL SERVICIO SERÁ DE LAS 0:00 HORAS DEL 1º. DE ENERO DE 2011 A LAS 24:00 HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
ANEXO TÉCNICO
____________________________________________________, ADMITIRA LA RESPONSABILIDAD DE ASEGURAMIENTO DE TODOS LOS VEHÍCULOS PROPIEDAD DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL, PROPIEDAD DE TERCEROS O QUE TENGA A SU CARGO, DENOMINADO EN ADELANTE EL ASEGURADO Y CONSTITUYE LA SIGUIENTE: VIGENCIA: A PARTIR DE LAS 00:00 HRS. DEL 1ero DE ENERO DE 2011 HASTA LAS 24:00 HRS. DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
POLIZA DE VEHÍCULOS Y CAMIONES
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AUTOMÓVILES BIENES CUBIERTOS
AUTOMÓVILES Y MOTOCICLETAS PROPIEDAD DE INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL O QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD SEGÚN RELACIÓN ANEXA |
RIESGOS CUBIERTOS
DAÑOS MATERIALES
ROBO TOTAL
CRISTALES
RESPONSABILIDAD CIVIL
GASTOS MÉDICOS OCUPANTES
DEFENSA LEGAL Y ASISTENCIA.
MUERTE ACCIDENTAL DEL CONDUCTOR
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LIMITES DE RESPONSABILIDAD
VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO AL 110%
VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO AL 110%
VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO
$1,000,000.00 LUC
5 PASAJ $500,000.00 L.U.C.* 7 PASAJ $700,000.00 L.U.C.* 9 PASAJ $900,000.00 L.U.C.*
$1,000,000.00
$50,000.00
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DEDUCIBLES
5 %
10 %
20%
SIN DEDUCIBLE
SIN DEDUCIBLE.
SIN DEDUCIBLE.
SIN DEDUCIBLE. |
CAMIONES YAUTOBUSES BIENES CUBIERTOS
CAMIONES Y AUTOBUSES PROPIEDAD DE INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL O QUE ESTÉN BAJO SU RESPONSABILIDAD SEGÚN RELACIÓN ANEXA |
RIESGOS CUBIERTOS
DAÑOS MATERIALES
ROBO TOTAL
CRISTALES
RESPONSABILIDAD CIVIL DAÑOS POR LA CARGA
GASTOS MÉDICOS OCUPANTES
DEFENSA LEGAL Y ASISTENCIA
MUERTE ACCIDENTAL DEL CONDUCTOR |
LIMITES DE RESPONSABILIDAD
VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO AL 110%
VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO AL 110%
VALOR COMERCIAL AL MOMENTO DEL SINIESTRO
$1,000,000.00 L.U.C. CARGA CON REDUCIDO GRADO DE PELIGROSIDAD
$300,000.00 L.U.C.*
$1,000,000.00
$50,000.00 |
DEDUCIBLES
HASTA 3.5 TONELADAS 5% MAS DE 3.5 TONELADAS 2%
5%
20%
SIN DEDUCIBLE.
SIN DEDUCIBLE.
SIN DEDUCIBLE.
SIN DEDUCIBLE |
CLÁUSULAS ESPECIALES:
PAGO EN ESPECIE
AMBAS PARTES PACTAN REALIZAR EL PAGO EN ESPECIEDE ACUERDO A LA PUBLICACION DEL DIARIO OFICIAL DL JUEVES 0 XX XXXX XX 0000, XXXXXXX XXXXXXX, SE PUBLICO “MANUAL E NORMAS PRESUPUESTARIAS PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL” POR PARTE DE LA SECRETARA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, EN ESTE ES SU CAPITULO V, XXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX 00, XXXXXXX CUARTO QUE A LA LETRA DICE:
“EN CASO DE QUE LA RECUPERACION DE SEUROS SE PROPONGA EN ESPECIE LAS DEPENDENCIAS DEBERAN SUSCRIBIR UN CONVENIO CON LA COMPAÑÍA ASEGURADORA QUE GARANTICE LA RESTITUCION DE LOS BIENES SINIESTRADOS, CON LAS MEJORES CONDICIONES A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL, EL CUAL DEBERA CONTAR CON EL DICTAMEN FAVORABLE DE LA CONTRALORIA, A TRAVES DEL ORGANO DE CONTROL INTERNO EN LA DEPENDENCIA U ORGANO DESCONCENTRADO”.
Y A SU ACTUALIZACION EN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 53, SECCION III DEL “MANUAL DE NORMAS PRESUPUESTARIAS PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION XXX XXXXXX 3 DE SEPTIEMBRE DE 2002, QUE A LA LETRA DICE:
“ARTICULO 53.- TRATANDOSE DE DONACIONES EN ESPECIE, ASI COMO RECUPERACIONES DE SEGUROS EN ESPECIE DERIVADOS DE LA PERDIDA TOTAL DE BIENES NUEBLES E INMUEBLES, LAS DEPENDENCIAS DEBERAN REALIZAR EL REGISTRO CONTABLE QUE REFLEJE EL CORRESPONDIENTE MOVIMIENTO EN EL ACTIVO Y SE SUJETARAN A LAS DISPOSICIONES CONTABLES APLICABLES.
EN LA RECUPERACION DE SEGUROS EN ESPECIE, LAS DEPENDENCIAS DEBERAN SUSCRIBIR UN CONVENIO CON LA COMPAÑÍA ASEGURADORA QUE GARANTICE LA RESTITUCION DE LOS BIENES SINIESTRADOS, CON LAS MEJORES CONDICIONES A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL”
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PARTIDA 3
DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL BIEN |
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PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO COLECTIVO DE VIDA PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DOCENTE DEL I.P.N. Y PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO DE ACCIDENTES ESCOLARES PARA PROTEGER A LOS NIÑOS INSCRITOS EN LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL DEL I.P.N.
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I.- CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL (I.P.N.)
El personal asegurable será aquel que se encuentre en activo y no existirá límite de edad para pertenecer a dicha colectividad asegurable, la cobertura será para aquellos trabajadores que al momento del siniestro se les acredite como trabajadores activos por parte de esta Casa de Estudios. Nota: En el caso de que la muerte sea accidental se pagaran las sumas aseguradas tanto de muerte natural como de muerte accidental siendo entonces una suma asegurada por $400,000.00 (Cuatrocientos Mil Pesos 00/100 M.N.); en caso de perdidas orgánicas la cobertura será conforme a la tabla de indemnizaciones Escala “B” sobre la suma asegurada en Muerte Accidental siendo esta sobre los siguientes porcentajes: LA VIDA 100% AMBAS MANOS, AMBOS PIES, O LA VISTA DE AMBOS OJOS 100% UNA MANO Y UN PIE 100% UNA MANO O UN PIE, CONJUNTAMENTE CON LA VISTA DE UN OJO 100% UNA MANO O UN PIE 50% LA VISTA DE UN OJO 30% EL PULGAR DE CUALQUIER MANO 15% EL ÍNDICE DE CUALQUIER MANO 10% AMPUTACIÓN PARCIAL DE UN PIE, COMPRENDIENDO TODOS LOS DEDOS 30% TRES DEDOS DE UNA MANO, COMPRENDIENDO EL PULGAR O EL ÍNDICE 30% TRES DEDOS DE UN MANO QUE NO SEAN EL PULGAR O EL ÍNDICE 25% EL PULGAR Y OTRO DEDO DE UNA MANO QUE NO SEA EL ÍNDICE 25% LA AUDICIÓN TOTAL E IRREVERSIBLE DE AMBOS OÍDOS 25% EL ÍNDICE Y OTRO DEDO DE UNA MANO QUE NO SEA EL PULGAR 20% ACORTAMIENTO DE POR LO MENOS 5 CM. DE UN MIEMBRO INFERIOR 5% EL DEDO MEDIO, ANULAR O EL MEÑIQUE 5%
COBERTURA BÁSICA
La aseguradora protege a cada asegurado durante la vigencia de este contrato y de acuerdo con las condiciones generales, cláusulas generales y endosos del mismo, así como si a consecuencia directa de una enfermedad o accidente el asegurado fallece o pierde alguna extremidad contemplada dentro de la tabla de indemnizaciones que establece este documento.
CLÁUSULAS GENERALES
1.- OBJETO
La aseguradora emite la póliza de seguro, con objeto de cubrir los riesgos de fallecimiento, la muerte accidental o pérdidas orgánicas del asegurado siendo éste personal del Instituto Politécnico Nacional, cualquiera que sea su sexo, edad u ocupación sin necesidad de examen médico, a partir de la fecha de inicio de vigencia de esta póliza y posteriormente, desde el día de ingreso consignado en el nombramiento respectivo.
Quedan excluidos de este seguro, el personal que presta sus servicios a este “Instituto Politécnico Nacional” bajo el régimen de honorarios, así como los servidores públicos que se separen del servicio.
2.- VIGENCIA DE CONTRATO
Esta póliza estará vigente a partir de las 00:00 horas del 1ro. de Enero de 2011 hasta las 24:00 horas del día 31 de Diciembre de 2011
La aseguradora deberá respetar la antigüedad generada por el personal del “Instituto Politécnico Nacional”, sin tomar en cuenta cualquiera que haya sido la compañía aseguradora que brindó sus servicios con anterioridad.
3.- REGISTRO DE ASEGURADOS
Para la presente convocatoria se proporcionará una relación de la colectividad asegurable vigente a la fecha del evento, cabe señalar que la misma solo se proporciona para fines de conformar la propuesta económica de la empresa licitante teniendo presente que la cantidad de trabajadores asegurados son 25,000 empleados, por lo que en caso de siniestro de algún trabajador no será requisito que se encuentre dentro de la relación antes señalada y solo se requerirá la acreditación como trabajador en activo del asegurado siendo este personal administrativo y/o docente de este Instituto Politécnico Nacional.
4.- CARENCIA DE RESTRICCIONES
Esta póliza no se afectará por razones de cambio de residencia, viajes, ocupación, género y actividades de vida de los asegurados.
5.- MONEDA
Todos los pagos relativos a esta póliza por parte del Instituto Politécnico Nacional o de la aseguradora, se realizarán en moneda nacional, conforme a la ley monetaria vigente. Los pagos se efectuarán en las oficinas del propio Instituto.
6.- PRIMA
La participación de la prima a cargo de “el Instituto Politécnico Nacional” deberá estipularse en la oferta económica. Cabe señalar que el cálculo de esta prima es por la vigencia del seguro.
7.- PAGO XX XXXXXX
La prima a cargo del Instituto Politécnico Nacional es de contado.
Si “el Instituto Politécnico Nacional” opta por el pago fraccionado de la prima total, las exhibiciones deberán ser por periodos de igual duración no inferiores a un mes y vencerán al inicio de cada periodo pactado, aplicando para tal efecto la taza de financiamiento por pago fraccionado que se pacte entre las partes al momento de la celebración del contrato.
8.- OBLIGACIONES DE “EL CONTRATANTE”
“El Instituto Politécnico Nacional”, se obliga principalmente a:
Recabar los consentimientos de los asegurados y su designación de beneficiarios, vigilando que se exprese el nombre del asegurado, su fecha de nacimiento y su registro federal de contribuyentes.
El consentimiento para ser asegurado y designación de beneficiarios, será enviado por “el Instituto Politécnico Nacional” a la aseguradora dentro de los quince días naturales siguientes a que el servidor público firme el consentimiento de que se trate.
9.- DIVIDENDOS POR BAJA SINIESTRALIDAD
Se presenta en la oferta económica y serán pagaderos a los 60 días de terminada la vigencia, si se presentarán siniestros después de la fecha en que se haya pagado el dividendo, la compañía de seguros pagará los siniestros, la formula es la siguiente: D= .70 (.70 PRIMA NETA PAGADA - SINIESTROS) 10.- DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
Los asegurados tienen derecho a nombrar o cambiar los beneficiarios, notificando por escrito a la aseguradora la nueva designación.
Siempre que no exista restricción legal en contrario, cualquier miembro de la colectividad asegurada podrá hacer designación de beneficiarios, mediante notificación por escrito que deberá entregar a la aseguradora. En el supuesto que la notificación de que se trata, no se reciba oportunamente y se pague el importe del seguro al último beneficiario de que la aseguradora haya tenido conocimiento, será sin responsabilidad alguna para ésta.
En cualquier momento los asegurados pueden renunciar al derecho que tienen de cambiar beneficiarios, haciendo su designación con carácter de irrevocable. Para que dicha renuncia surta sus efectos, deberá hacerse constar forzosamente en el certificado respectivo, debiendo comunicarla el asegurado por escrito a la aseguradora, enviando a ésta el certificado para su anotación.
Cuando no exista beneficiario designado o si sólo hubiere nombrado uno y éste fallece antes o al mismo tiempo que el asegurado y no exista designación de otro beneficiario, el importe del seguro se pagará a la sucesión del asegurado, salvo pacto en contrario o que hubiere renunciado al derecho de revocar la designación de beneficiarios.
Cuando existan varios beneficiarios, la parte del que fallezca antes o al mismo tiempo que el asegurado, acrecentará por partes iguales las de los demás, salvo estipulación en contrario.
Cuando él o los beneficiarios sean menores de edad, el tutor será el beneficiario directo hasta la mayoría de edad salvo estipulación contraria. También en este caso, el que ejerza la patria potestad o tutor judicialmente nombrado será el que reciba la suma asegurada, quien en todo caso solo tendría una obligación moral.
11.- INGRESO AL GRUPO ASEGURADO
Los miembros que ingresen al grupo asegurable posteriormente a la celebración de esta póliza, automáticamente pasarán a formar parte de la colectividad asegurada del “Instituto Politécnico Nacional” y quedarán asegurados sin examen médico, hasta el máximo de suma asegurada que se estipula en la carátula de la póliza, desde el momento que adquirieron las características para formar parte del grupo asegurable.
12.- BAJAS EN EL GRUPO
Las personas que se separen definitivamente del grupo asegurado dejaran de estar aseguradas desde el momento de la separación, quedando sin validez alguna el certificado individual expedido.
13.- ANTICIPO PARA ÚLTIMOS GASTOS
Con la sola presentación del certificado del seguro y del certificado médico de defunción, se realizará un anticipo del 30% de su obligación total del beneficiario que lo solicite, sin que este pago exceda 2 veces el salario mínimo general anual vigente en el Distrito Federal en la fecha que ocurra el fallecimiento, disminuyéndose el monto a pagar de la suma asegurada por fallecimiento.
La presente cobertura adicionalmente a lo arriba citado, operará con los siguientes requisitos:
- Solicitud de pago, identificación oficial, constancia de pertenencia a la colectividad asegurada, formato de designación de beneficiarios. Para demostrar la constancia de pertenencia a la colectividad asegurable de este instituto solo bastara el presentar el talón de pago o bien una certificación que expida el IPN a través del área de prestaciones y servicios, donde se haga constar que se encontraba en activo al momento del evento.
14.- PRESCRIPCIÓN
De conformidad con lo señalado en el artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Xxxxxx, todas las acciones que se deriven de un contrato de seguro , tratándose de la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida, prescribirán en cinco años, salvo los casos de excepción consignados en el artículo 82 de la misma ley. La prescripción se interrumpirá no solo por las causas ordinarias, si no también por el nombramiento xxx xxxxxx o por la iniciación del procedimiento señalado por el artículo 135 bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguro.
15.- INTERESES MORATORIOS
En caso de que la aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permita conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta; en los términos del artículo 72 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, en lugar del interés legal aplicable, se obliga a pagar al asegurado, beneficiario o tercero dañado un interés moratorio calculado a una tasa anual igual al promedio del costo porcentual promedio de captación que publica mensualmente el Banco de México, durante el lapso xx xxxx. Dicho interés se computará al día siguiente a aquel en que venza el plazo de treinta días señalado en el citado precepto.
En caso de juicios o arbitrajes en los términos de los artículos 135 bis fracción IV y 136 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, los intereses moratorios se calcularán conforme lo dispuesto en los mismos.
16.- PAGO DE SUMA ASEGURADA
En caso de fallecimiento, muerte accidental, accidente, o algún siniestro del asegurado dentro de la vigencia de este convenio, la aseguradora pagará el importe de la suma asegurada que corresponda dentro de los 10 días hábiles siguientes al mismo en que se le entregue la respectiva solicitud a la que deberá acompañarse la documentación que para el caso de siniestro se estipula en la póliza.
17.- PRELACIÓN
Queda entendido y convenido que los términos y condiciones de la presente especificación tendrán prelación sobre las condiciones generales del seguro.
18.- NO ADHESIÓN
Esta póliza no es una póliza de adhesión, toda vez que no se ubica dentro del supuesto previsto en el artículo 36 d fracción II de la Ley General de Sociedades Mutualistas de Seguros.
19.- OTRAS CONDICIONES
La aseguradora entregará a “el Instituto Politécnico Nacional” en papel membretado:
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II. CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS DE LA PÓLIZA PARA PROTEGER A LOS NIÑOS INCRITOS DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.
EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REQUIERE UN SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES ESCOLARES QUE CUBRA A LOS NIÑOS Y NIÑAS INSCRITOS EN LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, EN LA REPÚBLICA MEXICANA.
LA ASEGURADORA GANADORA DEBERÁ PROPORCIONAR AL MENOS UNA CLÍNICA U HOSPITAL POR CADA ZONA ALEDAÑA: CASCO DE XXXXX XXXXX (COL. XXXXXXXX XXXXX XXXXXX); XXXXXXXXX (COL. LINDAVISTA); ARAGÓN (COL. SAN XXXX XX XXXXXX SEGUNDA SECCIÓN).
LA ASEGURADORA DEBERÁ TENER UN FONDO REVOLVENTE EN LA CLÍNICA U HOSPITAL DONDE SE ATENDERÁ A LOS NIÑOS DE LOS CENDIS DE POR LO MENOS $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) DURANTE TODA LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA CONTRATADA, MEDIANTE DICHO FONDO DEBERÁ GARANTIZAR EL PAGO DIRECTO POR ATENCIÓN MÉDICA; EN ESTE CASO, EL HOSPITAL TRAMITARÁ LA REPOSICIÓN DE DICHO FONDO ANTE LA ASEGURADORA, A FIN DE CONTAR SIEMPRE CON EL MÍNIMO REQUERIDO PARA ATENDER CONTINGENCIAS MÉDICAS.
LA VIGENCIA DEL SERVICIO SERÁ DE LAS 0:00 HORAS DEL 1º. DE ENERO DE 2011 A LAS 24:00 HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
COBERTURAS |
SUMA ASEGURADA |
INDEMNIZACIÓN POR GASTOS FUNERARIOS |
$50,000.00 |
PÉRDIDAS ORGÁNICAS ESCALA “B” |
$50,000.00 |
REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES |
$15,000.00 |
EL ALCANCE DE LA COBERTURA SE APLICARÁ DEL TRAYECTO DE LA CASA DE LOS NIÑOS A LOS CENDIS, ASÍ COMO DE LOS CENDIS A LA CASA DE LOS NIÑOS, TAMBIÉN DURANTE SU ESTANCIA EN LOS CENDIS Y/O ACTIVIDADES DENTRO Y FUERA DE LOS MISMOS.
LA ASEGURADORA ADJUDICADA PAGARÁ LA SUMA ASEGURADA DE ESTAS COBERTURAS, SI EL ASEGURADO FALLECE A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE Y DENTRO DE LOS 90 DIAS SIGUIENTES A LA FECHA DEL MISMO.
INDEMNIZACIÓN POR GASTOS FUNERARIOS:
SE REFIERE A LA SUMA ASEGURADA QUE PAGARÁ “LA INSTITUCION” POR O A CONSECUENCIA DE UN “ACCIDENTE ESCOLAR” DE CUALQUIER ASEGURADO O ASEGURADA QUE SE ENCUENTRE INSCRITO EN CUALQUIER CENDI DEL IPN, DESDE LOS 45 DÍAS DE NACIDO Y HASTA LOS 7 AÑOS DE EDAD.
“ACCIDENTE ESCOLAR”, ES TODA LESIÓN CORPORAL XXXXXXX POR UN ASEGURADO DURANTE SUS ACTIVIDADES ESCOLARES Y CAUSADA DIRECTAMENTE POR HECHOS EXTERNOS, VIOLENTOS, FORTUITOS E IMPREVISTOS.
TAMBIÉN SE CONSIDERARÁ COMO “ACCIDENTE ESCOLAR”, ENTRE OTROS:
LA MUERTE DEL ASEGURADO POR ASFIXIA, ATRAGANTAMIENTO O POR ASPIRACIÓN INVOLUNTARIA DE GASES O VAPORES LETALES O CONSUMO DE SUSTANCIAS TÓXICAS.
B) LA ELECTROCUCIÓN INVOLUNTARIA.
C) LA MUERTE CAUSADA POR HOMICIDIO INTENCIONAL (ATENUADO, SIMPLE O CALIFICADO).
PÉRDIDAS ORGÁNICAS ESCALA “B”:
-POR LA PÉRDIDA DE AMBAS MANOS O AMBOS PIES O LA VISTA DE AMBOS OJOS, UNA CANTIDAD IGUAL AL 100% (CIEN POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA DE UNA MANO CONJUNTAMENTE CON UN PIE, UNA CANTIDAD IGUAL AL 100% (CIEN POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA DE UNA MANO O DE UN PIE CONJUNTAMENTE CON LA VISTA DE UN OJO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 100% (CIEN POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA DE UNA MANO O DE UN PIE, UNA CANTIDAD IGUAL AL 50% (CINCUENTA POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA DE TRES DEDOS, COMPRENDIENDO EL PULGAR O EL ÍNDICE DE UNA MANO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 30% (TREINTA POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA DE TRES DEDOS, QUE NO INCLUYAN EL PULGAR O EL ÍNDICE DE UNA MANO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA XXX XXXXXX Y OTRO DEDO QUE NO SEA EL ÍNDICE DE UNA MANO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA DEL ÍNDICE Y OTRO DEDO QUE NO SEA EL PULGAR DE UNA MANO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 20% (VEINTE POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA XXX XXXXXX DE CUALQUIER MANO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 15% (QUINCE POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA DEL DEDO ÍNDICE DE CUALQUIER MANO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 15% (DIEZ POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA PÉRDIDA DEL DEDO MEDIO, EL ANULAR O EL MEÑIQUE DE CUALQUIER MANO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 15% (QUINCE POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA,
-POR LA PÉRDIDA DE LA VISTA DE UN OJO, UNA CANTIDAD IGUAL AL 30% (TREINTA POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA AMPUTACIÓN PARCIAL O ANQUILOSAMIENTO PARCIAL DE UN PIE, COMPRENDIENDO TODOS LOS DEDOS, UNA CANTIDAD IGUAL AL 30% (TREINTA POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR LA SORDERA COMPLETA, UNA CANTIDAD IGUAL AL 30% (TREINTA POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
-POR EL ACORTAMIENTO DE UN MIEMBRO INFERIOR, UNA CANTIDAD IGUAL AL 15% (QUINCE POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
CUANDO SEAN VARIAS LAS PÉRDIDAS OCURRIDAS DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA, EN UNO O EN VARIOS ACCIDENTES, “LA ASEGURADORA” PAGARÁ LA SUMA DE LAS INDEMNIZACIONES CORRESPONDIENTES A CADA UNA, HASTA UNA CANTIDAD QUE EN NINGÚN CASO SERÁ SUPERIOR A LA SUMA ASEGURADA MÁXIMA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS:
SI COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE UN “ACCIDENTE ESCOLAR” EL ASEGURADO, DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DEL MISMO, SE VIERA PRECISADO A SOMETERSE A TRATAMIENTO MÉDICO O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA, HOSPITALIZARSE O HACER USO DE LOS SERVICIOS DE ENFERMERÍA, AMBULANCIAS O MEDICINAS, SIEMPRE Y CUANDO SEAN PRESCRITOS POR UN MÉDICO O CIRUJANO FACULTADO LEGALMENTE PARA EJERCER LA PROFESIÓN, “LA ASEGURADORA” PAGARÁ PREVIA COMPROBACIÓN, LAS CANTIDADES EROGADAS Y HASTA LA SUMA ASEGURADA MÁXIMA POR ESTE CONCEPTO DE $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M. N. ), ADEMÁS DE LAS OTRAS INDEMNIZACIONES A QUE TUVIERE DERECHO EL ASEGURADO.
LOS GASTOS QUE RESULTEN DE APARATOS DE PRÓTESIS DENTAL O DE CUALQUIER OTRA CLASE Y TRATAMIENTOS DE ORTODONCIA, NECESARIOS A CAUSA DE UN “ACCIDENTE ESCOLAR”, SERÁN CUBIERTOS POR “LA ASEGURADORA” HASTA UN LÍMITE DE UN 15% (QUINCE POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA MÁXIMA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA. LOS GASTOS DE AMBULANCIA O DE TRASLADO DEL ASEGURADO, SE PAGARÁN HASTA UN MÁXIMO DEL 5% (CINCO POR CIENTO) DE LA SUMA ASEGURADA MÁXIMA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA. LAS CANTIDADES QUE SE PAGUEN POR ESTOS DOS CONCEPTOS, DISMINUIRÁN EN IGUAL CANTIDAD LA SUMA MÁXIMA ASEGURADA PARA ESTA COBERTURA.
LOS GASTOS CUBIERTOS POR UN “ACCIDENTE ESCOLAR” SE PAGARÁN POR UN PERÍODO MÁXIMO DE TREINTA DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE LA PRIMERA EROGACIÓN, SIN QUE EN NINGÚN CASO EXCEDAN DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA.
QUEDARÁN CUBIERTOS LOS GASTOS REALIZADOS PARA UN ACOMPAÑANTE DEL ASEGURADO DURANTE LA INTERNACIÓN DE ÉSTE EN UN SANATORIO, CLÍNICA U HOSPITAL.
CLÁUSULA DE ERRORES Y OMISIONES.
ES INTENCIÓN DEL ASEGURADO AMPARAR EN TODO MOMENTO A LOS NIÑOS INSCRITOS, POR LO QUE ALGUN ERROR U OMISIÓN INVOLUNTARIA EN LA INFORMACIÓN NO ANULARÁ NI PERJUDICARÁ LAS CONDICIONES DE LA PÓLIZA. LOS NIÑOS QUE INGRESEN CON POSTERIORIDAD A LA CELEBRACIÓN DE ESTA PÓLIZA, AUTOMÁTICAMENTE PASARÁN A FORMAR PARTE DE LA MISMA, SIN REQUISITOS MÉDICOS HASTA EL MÁXIMO DE SUMA ASEGURADA SEÑALADA EN LAS CONDICIONES PACTADAS.
PARTIDA 4
ANEXO TÉCNICO PARA LA CONTRATACIÓN DEL
ASEGURAMIENTO DE VIDA Y ACCIDENTES ESCOLARES
A ESTUDIANTES DEL IPN
EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, REQUIERE UN SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES, AUTO-ADMINISTRABLE QUE CUBRA A LOS 140,000 ALUMNOS INSCRITOS EN EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, A NIVEL NACIONAL, ESTUDIANTES, PASANTES O INTERNOS, EN LA REPÚBLICA MEXICANA. NO HAY LÍMITE DE EDAD PARA ACEPTACIÓN.
LA VIGENCIA DEL SERVICIO SERÁ DE LAS 0:00 HORAS DEL 1 DE ENERO DE 2011 A LAS 24:00 HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2011
COBERTURAS
COBERTURAS |
SUMA ASEGURADA
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MUERTE ACCIDENTAL |
$ 200,000.00
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MUERTE NATURAL |
$ 120,000.00
|
PÉRDIDAS ORGÁNICAS HASTA SEGÚN ESCALA “B” |
$ 200,000.00
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GASTOS FUNERARIOS:
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$ 20,000.00 ADICIONALES AL LÍMITE DE MUERTE ACCIDENTAL
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EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ALUMNO, SEA CUALQUIERA LA CAUSA DE LA MISMA, LA ASEGURADORA ADJUDICADA CUBRIRÁ LA SUMA ASEGURADA DE $20,000.00 M.N. COMO APOYO PARA CUBRIR LOS GASTOS.
PÉRDIDAS ORGÁNICAS
LA ASEGURADORA ADJUDICADA PAGARÁ LA PROPORCIÓN QUE SE INDICA DE LA SUMA ASEGURADA, DE ESTA COBERTURA, SI A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE Y DENTRO DE LOS 180 DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DEL MISMO, EL ASEGURADO SUFRE LA PÉRDIDA DE UN MIEMBRO, DE ACUERDO A LA TABLA DE INDEMNIZACIÓN, ESCALA “B” CONTRATADA.
BENEFICIARIOS
SÓLO EN CASO DE NO EXISTIR DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, QUEDAN EN EL SIGUIENTE ORDEN: ESPOSA E HIJOS, PADRES, HERMANOS Y TÍOS.
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS
EN CASO DE NO CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, OTORGADO POR LA ASEGURADORA ADJUDICADA, ÉSTA ACEPTARÁ PARA EFECTUAR EL PAGO, EL CONSENTIMIENTO DE CUALQUIER OTRA ASEGURADORA.
COBERTURAS ESPECIALES
ASALTO CUBRIENDO LAS LESIONES Y/O MUERTE.
CUANDO EL ALUMNO SE ENCUENTRA BAJO EL INFLUJO DEL ALCOHOL Y VAYA COMO ACOMPAÑANTE O NO SEA RESPONSABLE DIRECTO DE SU FALLECIMIENTO (QUE SI ALGUNO DE LOS ASEGURADOS FUERA OCUPANTE Y/O PASAJERO EN UN VEHICULO, NO IMPORTANDO LOS GRADOS DE ALCOHOL POR LITRO EN LA SANGRE, Y ESTA SITUACIÓN NO TIENE INGERENCIA EN LA OCURRENCIA DE UN SINIESTRO, OPERARÁ SIN RESTRICCIÓN LAS COBERTURAS CONTRATADAS.
ESCALA CONTRATADA “B”
LA VIDA 100%
AMBAS MANOS, AMBOS PIES O LA VISTA DE AMBOS OJOS 100%
UNA MANO Y UN PIE 100%
UNA MANO Y LA VISTA DE UN OJO O UN PIE Y LA VISTA DE UN OJO 100%
UNA MANO O UN PIE 50%
LA VISTA DE UN OJO 30%
EL PULGAR DE CUALQUIER MANO 25%
EL ÍNDICE DE CUALQUIER MANO 10%
AMPUTACIÓN PARCIAL DE UN PIE, COMPRENDIENDO TODOS LOS DEDOS 30%
TRES DEDOS DE UNA MANO COMPRENDIENDO EL PULGAR O EL INDICE 30%
TRES DEDOS DE UNA MANO QUE NO SEAN EL PULGAR O EL INDICE 25%
LA AUDICIÓN TOTAL E IRREVERSIBLE DE AMBOS OIDOS 25%
EL ÍNDICE Y OTRO DEDO DE UNA MANO QUE SEA EL PULGAR 25%
ACORTAMIENTO DE POR LO MENOS 5CM. DE UN MIEMBRO INFERIOR 25%
EL DEDO MEDIO, ANULAR O EL MEÑIQUE 25%
TIPO DE REGISTRO:
SIN REGISTRO DE ASEGURADOS
DEDUCIBLE:
SIN COBRO DE DEDUCIBLE
EXCLUSIONES:
USO DE ESTUPEFACIENTES O BAJO EL INFLUJO DEL ALCOHOL. ES DECIR, SI LA ALCOHOLEMIA PRACTICADA AL ASEGURADO SEA IGUAL O MAYOR A 0.8 GRADOS DE ALCOHOL POR CADA LITRO DE SANGRE O DE ALCOHOL EN AIRE EXPIRADO SUPERIOR A 0.4 GRADOS DE ALCOHOL POR LITRO DE SANGRE.
EL GRADO DE ALCOHOL PODRÁ OBTENERSE POR ANÁLISIS DE SANGRE, ORINA O CUALQUIER OTRO MEDIO CIENTÍFICO.
RIÑAS O PLEITOS, CUBIERTO SIEMPRE Y CUANDO EL ALUMNO NO INTERVENGA DIRECTAMENTE.
LA PRACTICA DE DEPORTES PELIGROSOS TALES COMO PATINETA, SKI, YA SEA DE NIEVE O AGUA.
LA COBERTURA APLICARÁ LAS 24 HORAS DEL DÍA Y SOLAMENTE SE EXCLUYEN ACCIDENTES EN MOTONETA O MOTOCICLETA CUANDO SE PARTICIPE EN COMPETENCIAS.
EN ESTE SEGURO APLICARÁN LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS:
INDEMNIZACIÓN POR XXXX.------------------------------------------------------------------------------EN CASO DE QUE “LA ASEGURADORA”, NO OBSTANTE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA CANTIDAD PROCEDENTE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, ESTARÁ OBLIGADA A PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN POR XXXX DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 135 BIS DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS.
PRESCRIPCIÓN.------------------------------------------------------------------------------------------------TODAS LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DE LA PÓLIZA DE SEGURO PRESCRIBIRÁN EN DOS AÑOS, CONTADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 81 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, DESDE LA FECHA DEL ACONTECIMIENTO QUE LES DIO ORIGEN, SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN CONSIGNADOS EN EL ARTÍCULO 82 DE LA MISMA LEY.------------------------------------
EL PLAZO DE QUE TRATA EL PÁRRAFO ANTERIOR NO CORRERÁ EN CASO DE OMISIÓN, FALSAS O INEXACTAS DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO CORRIDO, SINO DESDE EL DÍA EN QUE “LA ASEGURADORA” HAYA TENIDO CONOCIMIENTO DE ÉL, Y SI SE TRATA DE LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO, DESDE EL DÍA EN QUE HAYA LLEGADO A CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS, QUIENES DEBERÁN DEMOSTRAR QUE HASTA ENTONCES IGNORABAN DICHA REALIZACIÓN. TRATÁNDOSE DE TERCEROS BENEFICIARIOS SE NECESITARÁ, ADEMÁS, QUE ESTOS TENGAN CONOCIMIENTO DEL DERECHO CONSTITUIDO A SU FAVOR.-------------------EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 68 DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS Y 84 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, LA INTERPOSICIÓN DE LA RECLAMACIÓN ANTE LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS, ASÍ COMO EL NOMBRAMIENTO DE PERITOS CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO PRODUCIRÁ LA INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN, MIENTRAS QUE LA SUSPENSIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN SÓLO PROCEDE POR LA INTERPOSICIÓN DE LA RECLAMACIÓN ANTE LA UNIDAD ESPECIALIZADA DE ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMACIONES DE “LA ASEGURADORA”, CONFORME LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 50-BIS DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS.--------------
COMPETENCIA. ------------------------------------------------------------------------------------------------EN CASO DE CONTROVERSIA, EL QUEJOSO PODRÁ HACER VALER SUS DERECHOS EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS POR LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------LA COMPETENCIA SE DETERMINARÁ EN LOS TÉRMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.--------------------------------------------------------------------------------DERECHO DE “EL CONTRATANTE” PARA CONOCER EL MONTO DE LA CONTRAPRESTACIÓN AL INTERMEDIARIO EN SEGUROS.----------------------------------------------------------------------------------------DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, “EL CONTRATANTE” PODRÁ SOLICITAR POR ESCRITO A “LA ASEGURADORA” LE INFORME EL PORCENTAJE DE LA PRIMA QUE, POR CONCEPTO DE COMISIÓN O COMPENSACIÓN DIRECTA, CORRESPONDA AL INTERMEDIARIO O PERSONA MORAL POR SU INTERVENCIÓN EN LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO. “LA ASEGURADORA” PROPORCIONARÁ DICHA INFORMACIÓN, POR ESCRITO O POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ XX XXXX DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FECHA DE RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD.----------------
NO ADHESIÓN.--------------------------------------------------------------------------------------------------SE HACE CONSTAR EXPRESAMENTE QUE ESTA PÓLIZA, RESULTA DE LAS NEGOCIACIONES EFECTUADAS ENTRE “LA CONTRATANTE” Y “LA INSTITUCIÓN” Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 36, 36-A, 36-C Y 36-D DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS.
CLÁUSULA DE PRELACIÓN.------------------------------------------------------------------------------LAS CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIALES DE ASEGURAMIENTO, (ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES O ADECUACIONES DERIVADAS DEL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL NO. 11171001-001-10 PREVALECERÁN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTE XXXXXX, EN TODO LO QUE PUDIERA OPONERSE, SIEMPRE Y CUANDO NO CONTRAVENGAN LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES.
LOS DÍAS PARA LA ATENCIÓN, PAGO O RECHAZO DE UN SINIESTRO SON COMO MÁXIMO 10 DÍAS HÁBILES
FORMULA DE DIVIDENDOS
SE PRESENTA EN LA OFERTA ECONÓMICA Y SERÁN PAGADEROS COMO MÁXIMO A LOS 60 DÍAS DE CONCLUIR LA VIGENCIA, NO ESTÁN SUJETOS A RENOVACIÓN Y SI SE PRESENTAN SINIESTROS DESPUÉS DE HABER PAGADOS LOS DIVIDENDOS SE INDEMNIZARÁN LOS SINIESTROS SIN DEDUCCIÓN ALGUNA.
LA FORMULA ES:
D= 0.70 ( PNP-SO)
DONDE:
D= DIVIDENDOS (PESOS MEXICANOS)
PNP= PRIMA NETA PAGADA (PESOS MEXICANOS)
SO= SINIESTROS OCURRIDOS (PESOS MEXICANOS)
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