Servicios. a) Modificación de los Servicios: EL BANCO se reserva el derecho de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE. b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema. c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema: i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema. ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO. iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO. iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO. v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas. vi) Realizar pagos de servicios de uso público. vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios). viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de: i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros). ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE. iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes. d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente. e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
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Samples: Acuerdo De Condiciones Y Reglamentos De Productos Y Servicios Bancarios, Acuerdo De Condiciones Y Reglamentos De Productos Y Servicios Bancarios
Servicios. a) Modificación 5.1. La SOCIEDAD CONCESIONARIA podrá brindar a los usuarios de las LOCALIDADES BENEFICIARIAS la prestación de los Servicios: EL BANCO se reserva el derecho SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de ampliaracceso 4G LTE-A o superior, limitar, adicionar, eliminar en la BANDA adjudicada o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados banda que la SOCIEDAD CONCESIONARIA tenga o le sea asignada en el futuro, o en bandas concesionadas a través del Sistema en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTEterceros.
b5.2. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe indicar en el PROYECTO TÉCNICO la Banda y el ancho xx xxxxx que usará para brindar los SERVICIOS MÓVILES utilizando tecnología de acceso 4G LTE-A o superior, de acuerdo con los plazos establecidos.
5.3. La SOCIEDAD CONCESIONARIA debe garantizar que el equipamiento implementado no entre en obsolescencia asegurando que los SERVICIOS MÓVILES prestados en las LOCALIDADES BENEFICIARIAS cumplan con lo establecido en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS durante todo el periodo de la CONCESIÓN. En este sentido, deberá llevar a cabo las ACTUALIZACIONES TECNOLÓGICAS que sean necesarias, entendidas como mejoras en las versiones de software, expansiones de capacidad, optimización de desempeño, implementación de nuevas funcionalidades u otras acciones que aseguren la adecuada operatividad de la red y que atiendan la demanda de tráfico conforme a los niveles de servicios establecidos en las presentes ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Como mínimo, cada tres (3) Insuficiencia años, la SOCIEDAD CONCESIONARIA deberá presentar, en calidad de Fondos: La prestación declaración jurada, un informe por parte cada ESTACIÓN BASE de la RED DE ACCESO MÓVIL, adjuntando la auditoría técnica remota o en campo respectiva, en el que demuestre que los indicadores del BANCO desempeño del servicio a nivel de los Servicios solicitados por el CLIENTE capacidad, calidad, ocupación de la red y cobertura son superiores y/o por cumplen con lo solicitado en las Personas Autorizadas ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, así como un resumen de las acciones llevadas a través cabo para asegurar la no obsolescencia del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidadequipamiento. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del SistemaMTC evaluará y validará dicha actualización.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
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Samples: Contrato De Concesión Única, Contrato De Concesión Única
Servicios. aEl Comprador realizará todas las obras preparatorias de acuerdo a la Información Técnica, las cuales serán estructuralmente adecuadas para los Servicios de la Empresa. El Comprador será responsable de proveer el acceso temprano al sitio donde se realizarán los Servicios (“Sitio”) Modificación así como las condiciones necesarias para la Empresa poder ejecutar los Servicios. Si el Comprador suministra la transportación de los Servicios: EL BANCO Equipos a el Sitio, será responsable de su advenimiento en el tiempo que la Empresa lo especifique. El Comprador se reserva el derecho asegurará de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar que la Empresa pueda comenzar los Servicios prestados según el cronograma y horario acordado. La Empresa no rendirá ningún Servicio en Sitios que a través del Sistema en cualquier momentosu discreción sean peligrosos o sean dañinos a la salud. El Comprador será el único responsable de establecer y mantener durante el Contrato toda medida de seguridad y precaución legalmente requerida. Si así acordado, el Comprador facilitará sin cargo adicional todas las grúas y equipos de izaje y de transporte, herramientas, maquinarias, materiales, y suministros (incluyendo combustibles, aceites, grasas, gas, agua, electricidad, vapor, aire comprimido, calefacción, iluminación, elementos de medición, ensayo de propiedad). La Empresa especificará por escrito sus requerimientos. El Comprador, sin cargo adicional, proveerá capacidad de almacenamiento seguro a la Empresa para cualquier Equipo o material que necesite proteger del ambiente o de robo. El Comprador también proveerá rutas de acceso adecuadas para ello sea necesario solicitar el transporte de los materiales y Equipos a el Sitio. Cualquier prueba del Equipo acordada previa a la autorización entrega, se realizará únicamente en la fábrica, de acuerdo a las especificaciones técnicas acordadas, en acuerdo con el horario, cronograma de producción y políticas de la fábrica, y con previo aviso a la Empresa. En el evento del Comprador haber exigido una prueba y no asistir, el Comprador aceptará el protocolo de la prueba de fábrica como exacto y final. Si por causas no imputables a la Empresa, el Servicio de arranque solicitado no se realiza o notificar previamente no se puede realizar dentro del plazo contractualmente para tal fin pactado, la Empresa dejará de ser responsable de realizar dicho Servicio. En el caso de que posteriormente el Comprador esté interesado en realizar dicho arranque, la Empresa proporcionará una nueva cotización para este Servicio solo si se reprograma a El CLIENTE.
bmás tardar dentro de los doce (12) Insuficiencia meses posteriores a la entrega del Equipo. En cualquier caso, el Comprador será totalmente responsable de Fondos: La prestación los gastos asociados con las reparaciones necesarias del Equipo y / o las necesidades de mantenimiento descubiertas durante el proceso de arranque diferido. Los períodos de garantía no se extenderán en ningún caso debido a retrasos en la puesta en marcha, y no se emitirá ningún reembolso por parte del BANCO los pagos de Servicios de arranque que no se realicen por motivos que no sean imputables a la Empresa. Para instalaciones y proyectos llave en mano, la recepción de los Servicios solicitados (“Recepción”) ocurrirá en el momento del arranque satisfactorio a menos que se acuerde lo contrario. Deficiencias menores, falta de energía o cualquier otro suministro que no sea responsabilidad de la Empresa, no impedirán la Recepción, la cual se realizará una vez entregados los Equipos y/o Servicios. A falta de acuerdo sobre la Recepción , la Recepción ocurrirá en la fecha de la notificación de la Empresa. La Empresa no será responsable por el CLIENTE ninguna falla o daño a cualquier Equipo causado por las Personas Autorizadas interrupción de energía, funcionamiento monofásico, inversión de fase, bajo voltaje u otras deficiencias fuera del control de la Empresa.El Comprador no tendrá derecho a través del Sistema estará sujetautilizar ninguna parte de los beneficios resultantes de los Servicios previo a la Recepción, entre otras cosaso, la Empresa considerará los Servicios recibidos, en cuyo caso quedará relevada de su obligación de reparar cualquier deficiencia. Los Servicios se considerarán finalizados cuando se complete la Recepción. A menos que en la Cotización se acuerde algo distinto o existan circunstancias de Fuerza Mayor o modificaciones, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes fines de la fecha de vencimiento del pago entrega final, el término de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes ejecución de los Servicios comenzara a partir de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan recibo del primer pago que EL BANCO no será responsable por cargoscorresponda, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución los términos de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCOeste Contrato.
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Samples: Términos Y Condiciones De Venta Directa De Equipo Y Servicio, Términos Y Condiciones De Venta Directa De Equipo Y Servicio
Servicios. a) Modificación 1.1. MEXPAGO tiene por objeto actuar como intermediario para el procesamiento de pagos a través de medios electrónicos en todo tipo de comercios que operen dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos (“México”) y de acuerdo por las leyes vigentes en México.
1.2. MEXPAGO contrata la emisión y depósito mercantil de fondos de pago electrónico único para cada usuario registrado que podría ser usado para la recepción y administración de fondos de pago electrónico producto de las ventas. Los términos y condiciones aplicables a este servicio se describen en el Anexo C de este documento.
1.3. MEXPAGO es un proveedor de servicios de pago (los “Servicios: EL BANCO se reserva el derecho de ampliar”) y actúa como tal creando, limitaralbergando, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar manteniendo y prestando los Servicios prestados a través de Internet. Nuestros servicios permiten a los consumidores de cualquier Comerciante realizar pagos a éste en aquellos lugares en donde se encuentren disponibles los Servicios. La disponibilidad de los Servicios varía según la ciudad o estado en el que usted se encuentra en México. MEXPAGO no es una empresa de envío de remesas ni un servicio de transmisión de fondos o dinero, pues no recibe en territorio nacional derechos o recursos en moneda nacional o divisas por ningún medio, ni los transfiere a ningún beneficiario dentro o fuera del territorio nacional y en tal virtud no requiere de autorización por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
1.4. MEXPAGO no tiene responsabilidad alguna sobre los bienes y/o servicios ofertados por el Comerciante a través del Sistema en Portal, ni por su legitimidad, autenticidad, disponibilidad, entrega, calidad, funcionalidad, idoneidad, características y especificaciones, todo lo cual es responsabilidad del Comerciante. MEXPAGO tampoco garantiza que cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas consumidor complete una operación a través del Sistema estará sujetaPortal, entre otras cosasni tampoco que el Comerciante transmita al Consumidor la propiedad, a la existencia posesión y/o riesgo de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidadlos bienes y/o preste los servicios que el Consumidor adquiera o contrate del Comerciante. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada En ningún caso MEXPAGO responderá por cualquier falla o defecto de los bienes y/o servicios que comercialice el CLIENTE o por las Personas Autorizadas Comerciante a través del Sistema.
c) Servicios brindados Portal, siendo el Comerciante el obligado en los términos de la garantía que otorgue, la que en ningún caso podrá ser menor a la que establezca la normatividad aplicable de protección al consumidor. El Comerciante, a su xxxxx, tendrá en paz y sacará a salvo a MEXPAGO, sus empresas relacionadas, y a sus respectivos directivos, funcionarios, empleados y agentes, de cualquier acción o reclamación por EL BANCO obligaciones en materia de protección al consumidor y de otro tipo a cargo del Comerciante, incluyendo, no limitativamente, por los bienes y/o servicios que comercialice el Comerciante a través del Sistema:
iPortal, debiendo el Prestador hacer frente a todas las responsabilidades y costos (incluyendo, no limitativamente, gastos y honorarios de abogados) Consulta: EL CLIENTE podrá revisarque resulten de dicha acción o reclamación y, los movimientosen su caso, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO indemnizar a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE MEXPAGO y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros)las mencionadas personas vinculadas.
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
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Samples: Términos Y Condiciones, Términos Y Condiciones
Servicios. a) Modificación Telmex se obliga a prestar a America Movil los Servicios a que se refiere el presente Contrato, empleando al efecto todos los conocimientos administrativos, operativos, cientificos y/o tecnicos que resulten necesarios. Los Servicios objeto del presente Contrato se regiran, en lo general, por el clausulado del mismo y, en lo particular, en su caso por lo establecido en los Anexos que firmados por las Partes formen parte integral de este Contrato como si a la letra se insertasen, en adicion los que se convengan de tiempo en tiempo por las Partes. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier discrepancia entre los textos de alguno de los ServiciosAnexos y los terminos y condiciones del presente Contrato o de la caratula del mismo, se resolvera en favor de: EL BANCO (i) en primer lugar, aquel expresamente considerado en este Contrato; en su defecto, (ii) en segundo lugar, aquel expresamente considerado en los Anexos al presente Contrato; y, en su defecto, y, (iii) en tercer lugar, conforme a los principios contenidos en el Articulo 20 del Codigo Civil. Lo anterior, en el entendido de que Telmex se reserva el derecho de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar obliga a prestar los Servicios prestados objeto del presente Contrato haciendo su mejor esfuerzo en los terminos del Articulo 2615 del Codigo Civil. En consecuencia, para los efectos del Articulo 2613 del Codigo Civil, las obligaciones que en virtud de este Contrato asume Telmex son de medio o actividad y no de resultado. America Movil requerira a través del Sistema en cualquier momento, sin Telmex los diversos Servicios objeto de este Contrato mediante una Orden de Servicio que para ello le entregue al propio Telmex ya sea necesario solicitar la autorización de manera verbal o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: por escrito. La prestación por parte del BANCO prestacion de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por a que se refiera cada una de las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, Ordenes de Servicio estara condicionada a la existencia capacidad de fondos suficientes Telmex en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago la Orden de Servicio correspondiente. Para que proceda la cancelacion o cambio sin cargo de una Orden de Servicio, America Movil debera solicitarla por escrito antes de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes acuerden los tiempos de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución entrega de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción contemplados en este Contrato. Si la cancelacion o cambio se solicita despues de las Consultas y que sean acordados los tiempos de aquellos Servicios que según los reglamentos internos entrega de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios contemplados en este Contrato, las Partes aceptan y convienen en que solicite EL CLIENTE America Movil debera cubrir a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará Telmex los cargos que o penalidades aplicables conforme se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCOdetallen en las politicas comerciales vigentes para los Servicios en cuestion.
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Samples: Convenio Maestro Post Escision (America Movil Sa De Cv/)
Servicios. Es deber del Concesionario velar por la diligencia, corrección e idoneidad de sus agentes extendiéndose su responsabilidad hacia el usuario a todos los actos y faltas ejecutados por aquellos en ejercicio de sus funciones sin que puedan deslindar en ningún caso su responsabilidad comercial, civil o administrativa sobre ellos. La empresa Concesionaria deberá presentar regularmente los protocolos correspondientes previstos por la ley Nº 11.720. Los vehículos afectados a la prestación del servicio deberán estar habilitados por la Dirección de Transito de la Municipalidad xx Xxxxx Xxxxxx y contar con la verificación Técnica Vehicular (VTV) al día.
32.1 Cuando se comprobare que la prestación del servicio no se realiza conforme las modalidades y condiciones del presente pliego el concesionario será pasible de resolución o caducidad del respectivo contrato, sin perjuicio de las sanciones correspondientes.
32.2 No se podrá iniciar la prestación de un servido con vehículos cuyas deficiencias atenten contra las garantías y seguridad del usuario y/o del servicio.
32.3 Cuando el servicio iniciado se interrumpiera por desperfectos del vehículo u otras causas, la prestataria deberá proporcionar los medios necesarios para que los pasajeros lleguen a destino.
32.4 Sin perjuicio de los derechos del propietario, y sus obligaciones de proveer al cuidado, conservación y mantenimiento en forma reglamentaria de los elementos afectados al servicio público, queda prohibida su desafectación permanente o transitoria, la que solo podrá operarse con autorización del poder concedente, quien con los medios a su alcance o el uso de la fuerza pública hará respetar esta prohibición.
32.5 Bajo ningún concepto podrá realizarse el reaprovisionamiento de combustible estando el vehículo ocupado con pasajeros. Las paradas para el ascenso y descenso de pasajeros se ajustaran al siguiente régimen, sin perjuicio del cumplimiento de las normas vigentes sobre tránsito en todos los casos: a) Modificación Radio céntrico, únicamente en los lugares establecidos por la Autoridad Municipal competente, convenientemente demarcados al efecto. b) Calles de mano única, excepto el centro, existiendo demarcación, en los lugares destinados al efecto, de no existir la misma, la detención se
32.6 La Empresa prestataria está obligada a mantener la dotación de personal necesario para garantizar el cumplimiento de los Serviciosservicios.
32.7 No se permitirá la instalación ni el uso de aparatos de difusión de sonidos (radio, mp3, etc.) por parte de la Empresa, conductores o público usuario en vehículos de líneas regulares.
32.8 Queda prohibido fumar en los vehículos.
32.9 En cada vehículo afectado al servicio deberá exhibirse a la vista del usuario la siguiente información: EL BANCO horario, recorrido, tarifa vigente y Nº interno del vehículo, rubricado por la Municipalidad y nombre del chofer afectado al servicio.
32.10 La Empresa prestataria deberá disponer de un Libro de Quejas y observaciones administrativas rubricado por la Municipalidad xx Xxxxx Xxxxxx, de doscientos (200) folios rayados, que se reserva hallará en un lugar visible a disposición de los usuarios y los funcionarios de la Oficina Municipal competente. Sin perjuicio de lo cual, serán también procedentes las denuncias por mal funcionamiento del servicio, ante la OMIC y la Municipalidad.
32.11 En los Libros de Quejas serán asentadas, por duplicado, las quejas u observaciones referentes a los servicios. Dichos libros deberán ser entregados a simple requerimiento del público usuario o de los funcionarios de inspección autorizados. La Empresa Concesionaria remitirá a la Oficina Municipal competente los correspondientes duplicados dentro de las 48 hs. de producidas las quejas, informando de las medidas adoptadas para subsanar los inconvenientes que se hubieran denunciado. El Departamento Ejecutiva remitirá, dentro de los quince (15) días siguientes, al Honorable Concejo Deliberante copia de cada queja o denuncia para información del cuerpo.
32.12 La renovación de los Libros de Queja deberá realizarse con la anticipación necesaria, y la prestataria será responsable por su deterioro, extravío o sustracción. En cada página se imprimirán los espacios necesarios para constar la fecha, el derecho texto de ampliarla queja u observación, limitarla firma de la persona que la formula, adicionarla aclaración de la
32.13 En los servicios solo se tolerara pasajeros de pie en proporción igual al número de asientos. Las proporciones establecidas para todos los servicios podrán ser modificadas por la Oficina Municipal competente, eliminar atendiendo a factores que puedan gravitar en la economía de la prestación y en las facilidades disponibles de transporte.
32.14 Los servicios nocturnos deberán tener constantemente prendida luz blanca en el interior del vehículo.
32.15 Encuadrar la operación y funcionamiento total de la Empresa dentro de la normativa Municipal.
32.16 Producir dentro de las 72 horas de requerido, cualquier informe que se solicite por la Municipalidad, como así también informar inmediatamente de conocido cualquier hecho o circunstancia que pudieren incidir en cualquier otra forma modificar la normal prestación del servicio.
32.17 Informar a la Municipalidad cuando esta lo requiera, así como someterse a los Servicios prestados a través controles que la Municipalidad disponga, tanto con relación al servicio como al funcionamiento de la Empresa o Sociedad, incluida la contabilidad. Asimismo deberá la concesionaria llevar contabilidad individualizada del Sistema en cualquier momentoservicio objeto de la presente licitación, presentando un informe anual sobre la situación económica, financiera y técnica de la Empresa y la explotación del servicio, sin perjuicio de someterse a más requerimientos que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujetaMunicipalidad le formule al respecto y toda otra documentación que la Comuna considere necesario. En tal sentido, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base deberá brindar acceso irrestricto a la información digitalizada proveniente de las Cuentas disponible la venta de pasajes, obligándose a través del Sistemaremitir un informe trimestral que consigne el número de pasajes, con expresa descripción acerca de si los mismos corresponden a pasajeros comunes o boletos estudiantiles.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias 32.18 Estarán a cargo del Concesionario todos los impuestos, derechos, tasas y contribuciones o gravámenes en general, presentes o futuros, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, que graven al concesionario y/o al sistema, sus inmuebles, instalaciones o equipos, aportes y todo otro gasto para la explotación del servicio.
32.19 Proveer y adecuar medios técnicos a fin de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene compatibilizar una estructura administrativo- contable con el BANCOsistema de percepción de tarifa en vigencia.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
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Samples: Concession Agreement
Servicios. a) Modificación Los Servicios que Hidrosur prestará en la Terminal consisten en el Almacenamiento de petrolíferos que comprende la recepción de los Productos por Buque-Tanque, Almacenamiento y resguardo, y carga de los Productos en Autotanques; mismos que se sujetarán a los presentes TCPS y las Condiciones Especiales que se acuerden por los Usuarios y el Almacenista en el Contrato que para tal efecto celebren (los “Servicios: EL BANCO se reserva el derecho ”). Los Servicios que sean prestados por Xxxxxxxx podrán ser otorgados en la modalidad de ampliarReserva Contractual y/o Uso Común, limitar, adicionar, eliminar o los Usuarios aceptan y reconocen que durante la vigencia de su Contrato con Hidrosur la Terminal podrá estar al servicio también de otro(s) Usuario(s). La prestación del Servicio en su modalidad de Reserva Contractual tendrá prioridad sobre cualquier otra forma modificar Capacidad que pueda llegar a otorgarse, tanto para la renovación de contratos, la asignación de ventanas de recepción y entrega, como para la asignación de capacidad en eventos de Emergencia y/o Caso Fortuito o Fuerza Mayor, o aquellos eventos en los Servicios prestados a través del Sistema cuales se tenga que suspender los Servicios, ya sea total o parcialmente. El plazo de vigencia de un Contrato en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia modalidad de Fondos: Reserva Contractual será de tres años. La prestación por parte del BANCO vigencia de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema Contratos que, en su caso se celebren, en alguna otra modalidad estará sujeta, entre otras cosas, sujeta a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada Capacidad del Sistema. El Contrato en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por modalidad de Reserva Contractual, podrá ser renovado previo acuerdo entre el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas Almacenista y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago Usuario de que se trate. No obstante lo anteriorLos cargos aplicables a la prestación de los servicios en la modalidad de Reserva Contractual serán los siguientes: ✓ Pago fijo mensual ✓ Pago por barril descargado en el mes ✓ Pago por xxxxxx entregado en el mes Las Tarifas máximas aplicables a la prestación de los Servicios serán las que en su momento autorice la CRE a Hidrosur y se aplicarán de manera no indebidamente discriminatoria. La prestación del servicio en su modalidad de Uso Común, estará sujeta a la existencia de Capacidad Disponible y la celebración de un contrato de prestación de servicio de almacenamiento específico para Uso Común. Los Usuarios que contraten el Servicio de Almacenamiento bajo el esquema de Uso Común, podrán acceder al mismo: (i) durante el tiempo en ningún caso EL BANCO garantiza que los Usuarios del Servicio de Almacenamiento en Reserva Contractual no programen y les sean confirmados Pedidos para el uso de la capacidad objeto de su Servicio de Almacenamiento en Reserva Contractual, o (ii) cuando exista Capacidad Disponible en Terminal destinada al Uso Común en términos de la Ley Aplicable. Las Solicitudes de Servicio bajo esta modalidad de Uso Común solo serán objeto de confirmación si no interfieren con el derecho de uso de la Terminal de los titulares de Contratos en la modalidad de Reserva Contractual. El Almacenista asignará la capacidad en orden de prelación, de conformidad con el principio “primero en tiempo, primero en derecho” entre dichas nominaciones. Cuando se ofrezca el servicio bajo esta modalidad, podrá prestarse únicamente cuando su programación no interfiera con las obligaciones que se deriven de la Reserva Contractual. El contrato de almacenamiento en la modalidad de Uso Común no estará sujeta a una vigencia mínima, sino que, por el contrario, su vigencia se establecerá con base en los plazos en los que el pago Almacenista pueda procesarseponer la Capacidad Disponible a disposición del Usuario sin afectar las condiciones de continuidad, transferirse o enviarse antes uniformidad, estabilidad y calidad en la prestación del servicio de otros Usuarios preexistentes. Los contratos de almacenamiento en su modalidad de Uso Común podrán ser renovados previo acuerdo por las partes, siempre que el Almacenista pueda continuar poniendo la fecha de vencimiento correspondienteCapacidad Disponible a disposición del Usuario. Las partes acuerdan condiciones para la prestación del servicio de almacenamiento en la modalidad de Uso Común, se consideran condiciones especiales y serán pactadas a la firma del contrato con base en las necesidades y solicitudes vigentes del Usuario de que EL BANCO se trate, con estricto apego a los principios de acceso abierto no será responsable indebidamente discriminatorio y sujetas siempre a ser técnicamente factibles y económicamente viables. Los Usuarios que cuenten con un Contrato en la modalidad de Uso Común no requieren tener Capacidad Reservada en la Terminal, sin embargo, no se les asegura la disponibilidad y el uso de capacidad del mismo por cargosla totalidad de los volúmenes solicitados, xxxx por lo que los Pedidos respectivos pueden ser objeto de reducciones sin responsabilidad para el Almacenista El servicio en su modalidad de Uso Común, se prestará con base en los procedimientos establecidos en el numeral 10. Nominación, programación y confirmación de pedidos y una vez confirmada la nominación del servicio esta constituirá una obligación y un derecho para ambas partes. Los cargos aplicables a la prestación de los servicios en la modalidad de Uso Común serán los siguientes: ✓ Pago fijo de almacenamiento mensual (se cobrará según el tiempo que dure el Uso Común) ✓ Pago por barril descargado en el período ✓ Pago por xxxxxx entregado en el período Las Tarifas aplicables a la prestación de los Servicios serán las máximas que autorice la CRE al Almacenista o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños en su caso las convencionales y perjuicios sufridos como consecuencia se aplicarán de pagos realizados manera no indebidamente discriminatoria. Cuando el Almacenista preste Servicios de Almacenamiento a través de ELSERVICIO DE INTERNETla Capacidad Reservada no utilizada por los Usuarios a terceros bajo la modalidad de Uso Común, luego el Almacenista retendrá una parte de los ingresos derivados de prestar este servicio y reembolsará el resto al Usuario respecto de la Capacidad Reservada no utilizada. Para los efectos anteriores, el Almacenista retendrá el 15% (quince) de los ingresos obtenidos por concepto de lo anterior y reintegrará el 85% (ochenta y cinco) a los Usuarios, con base en un prorrateo según la Capacidad Reservada no utilizada siempre y cuando los Usuarios estén al corriente con sus pagos. Los servicios adicionales (“Servicios Adicionales”) que en su fecha caso podrán ser contratados por los Usuarios consisten en: • Inyección de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía Aditivo Las condiciones para los Servicios Adicionales serán pactadas de EL CLIENTEcomún acuerdo y deberán ser establecidas en el Contrato. EL CLIENTE podrá además ordenar Los Servicios Adicionales y distintos a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentaslos establecidos en el listado anterior, las cuales se regirán que sean solicitados por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente o los Usuarios y que no estén incluidos en la fecha los presentes TCPS ni en el Contrato que expida la orden de suspensión de pago en su caso se celebre, serán realizados por Hidrosur a solicitud expresa del Usuario, siendo aplicables las tarifas y condiciones que en su momento acuerden el Almacenista y el contrato Usuario de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCOtrate.
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Samples: Términos Y Condiciones Para La Prestación Del Servicio
Servicios. a) Modificación Para cumplir con los fines establecidos en el presente Fideicomiso, simultaneamente o tan pronto como sea posible despues de la celebracion del presente Contrato, el Fiduciario y cada uno de los Servicios: EL BANCO se reserva Fideicomitentes celebraran los Contratos Maestros de Servicios para que el derecho Administrador Maestro, (i) en caracter de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o comisionista y en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO nombre y representacion de los Servicios solicitados por Fideicomitentes (directamente o a traves de los Administradores, conforme a los Contratos de Servicios) prepare y entregue las Listas Diarias conforme a lo que se establezca en el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través Contrato de Cesion, y (ii) en caracter de comisionista y en nombre y representacion del Sistema estará sujetaFiduciario y en los terminos y condiciones establecidos en los propios Contratos Maestros de Servicios, entre otras cosas, directamente o a traves del Administrador, segun sea el caso, de conformidad con los Contratos de Servicios:
a) lleve a cabo la existencia administracion de fondos suficientes los Derechos al Cobro Cedidos;
b) gestione y lleve a cabo las actividades necesarias para efectuar la cobranza de los Derechos al Cobro Cedidos y se encargue de que la cobranza de los Derechos al Cobro Cedidos ingrese al Patrimonio del Fideicomiso mediante transferencia o deposito en alguna de las Cuentas de Ingresos (o en las demas cuentas que el Fiduciario controle conforme a lo que se establece en el segundo parrafo del inciso A de la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada Clausula 7) o, en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada caso, reciba de los Deudores respectivos los cheques librados por el CLIENTE o por concepto de pago de los Derechos al Cobro Cedidos para su deposito en alguna de las Personas Autorizadas a través del Sistema.Cuentas de Ingresos;
c) Servicios brindados por EL BANCO lleve a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de cabo todas las Cuentas y los créditos otorgados por acciones judiciales que sean necesarias para el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través cobro de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos Derechos al Cobro Cedidos y de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y ser necesario requiera a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos ServiciosFideicomitentes y al Fiduciario su participacion en estos procesos, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago en el entendido de que la responsabilidad del Fiduciario estara limitada y sera unicamente el otorgamiento de los poderes que al efecto se trate. No obstante lo anteriorrequieran, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.y
d) Ejecución en general, lleve a cabo todos los actos, avisos, solicitudes y gestiones que se requieran para efectuar el cobro oportuno de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción Derechos al Cobro Cedidos y las funciones de las Consultas cobranza (ya sea judicial o extrajudicial), administracion y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes mantenimiento de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará Derechos al Cobro Cedidos en los cargos terminos y condiciones que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCOestablezcan en dichos contratos.
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Samples: Fideicomiso (Vitro Sa De Cv)
Servicios. a) Modificación de los Servicios: EL BANCO se reserva el derecho de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar PBSI prestará los Servicios prestados de conformidad con este Acuerdo y con el PSOF. PBSI no está obligada a través ofrecer ningún Servicio a menos que así se establezca en el PSOF. A menos que se especifique lo contrario en el PSOF o según lo acordado por las partes, PBSI comenzará a prestar los Servicios quince (15) días hábiles después de la ejecución del Sistema PSOF y los Servicios se llevarán a cabo en cualquier momentolas oficinas de PBSI. A menos que se especifique lo contrario en el PSOF, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización los Servicios se prestarán y facturarán en incrementos continuos de ocho (8) horas. Los cambios o notificar previamente a El CLIENTElas demoras en el cronograma de trabajo originados por el Cliente están sujetos al procedimiento de cambios del proyecto y pueden resultar en un incremento en los honorarios.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación Para contratos por parte del BANCO de tiempo y materiales, PBSI estima que los Servicios solicitados se completarán en aproximadamente la cantidad de horas establecidas en el PSOF. Sin embargo, PBSI no declara que los Servicios se finalizarán dentro de la cantidad de horas allí establecidas. Todos los cálculos proporcionados en el PSOF, incluidas las horas previstas para completar los Servicios y todos los cronogramas suministrados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas PBSI, se basan en requisitos funcionales y entornos técnicos conocidos a través partir de la fecha efectiva del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del SistemaPSOF.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través PBSI le otorga al Cliente una licencia perpetua no exclusiva, no transferible, exenta de regalías, para usar los Entregables en nombre del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas Cliente y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecuciónbeneficio. El BANCO PBSI retiene todo derecho, título e interés sobre los Entregables, excepto por aquellos derechos expresamente otorgados al Cliente, y se reserva todos los derechos que no es responsable por las consecuencias derivadas hayan sido expresamente otorgados de las decisiones que realice otra forma mediante el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCOpresente. Los Entregables y Servicios se consideran aceptados contra entrega, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos menos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante especifique lo contrario en un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partesPSOF.
d) Ejecución de Toda modificación en los Servicios solicitados debe hacerse por EL CLIENTE: Con excepción escrito y estar firmada por los representantes autorizados de cada parte. Las modificaciones pueden estar establecidas en una solicitud de cambio al proyecto o en otro documento acordado por las Consultas y partes por escrito. El personal de aquellos Servicios PBSI que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, preste los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba en las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE oficinas del Cliente cumplirá con posterioridad a las políticas y procedimientos del Cliente vigentes en dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguienteubicación.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
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Samples: Professional Services
Servicios. a) Modificación Los Servicios serán prestados de acuerdo a los planes ofertados por ALTICE y de conformidad con las condiciones indicadas en los Contratos de Servicios que se suscriban, así como en los folletos y materiales mercadológicos que ALTICE haya difundido sobre el Plan de Servicio de su elección. ALTICE prestará los servicios solicitados por EL CLIENTE según se indica en la carátula de este contrato. EL CLIENTE puede solicitar cambio o adiciones, por las vías que ALTICE le indique. EL CLIENTE reconoce que debe esperar al tercer mes de vigencia para solicitar cambios que impliquen una disminución de plan. Todos los cambios serán efectivos una vez aceptados por ALTICE, y formarán parte integral de este Contrato, asumiendo EL CLIENTE todas las obligaciones que se deriven de los Servicios: mismos. EL BANCO CLIENTE tiene conocimiento que la renta se reserva el derecho genera mensualmente y es pagadera por anticipado. 1.1 Periodo de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema en cualquier momento, sin Prueba.- EL CLIENTE reconoce y acepta que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia ha sido informado por ALTICE respecto de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en un Periodo de Prueba del Servicio de siete (7) días laborables contados a partir de la Cuenta respectiva activación del servicio, durante el cual EL CLIENTE puede solicitar la cancelación del servicio si éste presenta mal funcionamiento, siempre que haya reportado el mismo dentro del citado período. 1.2 ALTICE dispone de un plazo de tres (3) días calendario para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por subsanar el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través inconveniente reportado, vencido el cual, sin solución del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: mismo, EL CLIENTE podrá revisarsolicitar la cancelación del servicio reportado, previo pago de cualquier balance pendiente por concepto de costo instalación, consumos realizados, costo de aquellos equipos adquiridos bajo subsidio o penalidad por equipos propiedad xx XXXXXX no devueltos (ver numeral 9.3). La cancelación del servicio dentro del periodo de prueba deberá ser solicitada de manera presencial en las tiendas propias xx XXXXXX. Si el servicio a cancelar se encontrara dentro de un plan empaquetado, le aplican las disposiciones del numeral 6 de este contrato. 1.3 Calidad de Servicio. ALTICE proporcionará los movimientos, saldos Servicios disponiendo de las Cuentas medidas necesarias para mantener la continuidad de los mismos y con los niveles de calidad establecidos en la regulación vigente. Las averías que se produzcan en el servicio, por causas no imputadas al usuario, y de acuerdo a los parámetros técnicos definidos por la regulación vigente, no conllevarán responsabilidad a cargo xx XXXXXX más allá de los créditos otorgados por servicios pagados no disfrutados durante el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de interrupción según las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y disposiciones regulatorias aplicables a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.contratados
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Samples: Telecommunications
Servicios. Todos los gastos, derechos, pagos y trámites que se requieran para la contratación del servicio de energía eléctrica, agua y demás servicios que se requieran para “EL LOTE”, serán por cuenta y responsabilidad única de “LA PARTE PROMITENTE COMPRADORA”.----------------------------------- “LA PARTE PROMITENTE COMPRADORA”, se obliga y compromete a) Modificación : ---------------------------------
a).- Cumplir con el Régimen y Reglamentos a que estará sujeto el Desarrollo en Condominio que se denominará “BLANCA”, al cual pertenecerá “EL LOTE” motivo del presente contrato.--------------
b).- Cubrir las cuotas de los Servicios: EL BANCO se reserva el derecho de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través administración del Sistema en cualquier momento, sin condominio que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación tal efecto se establezcan, por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, lo cual a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado firma del presente contrato se compromete a cumplir parcialmente una orden dada realizar un pago a “LA PROMITENTE VENDEDORA” por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos concepto de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor cuotas de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones administración anticipadas que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNETresulten, una vez que el importe de la misma haya sido ejecutada cuota mensual por “EL LOTE” y el BANCO.fondo de reserva, sea establecido por la Primer Asamblea Ordinaria de Condóminos, conforme lo establecido en la “TABLA DE PAGOS” descrita en el “ANEXO 2” de este contrato. Las cuotas de administración comenzarán a correr a partir de que “LA PROMITENTE VENDEDORA” haga entrega al “Administrador del Condominio” de la etapa a la que corresponde “EL LOTE”. La descripción de los servicios y amenidades que conforman cada etapa está estipulada en el “ANEXO 4” del presente contrato.------------------------ Se entenderá que “LA PROMITENTE VENDEDORA” ha hecho entrega de la etapa al “Administrador del Condominio”, cuando sin mayor trámite le notifique a este último de manera fehaciente que ha terminado la etapa a desarrollar donde se encuentre “EL LOTE”, comenzando a correr a partir de ese momento el pago de cuotas de administración.-----------------------------------------
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Samples: Contrato De Promesa De Compraventa
Servicios. a) Modificación El contratista/Prestador, garantiza que el servicio prestado/ejecutado: - Se brindará con los más altos estándares de calidad, con profesionalismo y con cabal cumplimiento de la normativa ética xx XXXXX. - Se brindará estricto respeto a las normativas de derechos humanos así como las normativas laborales vigentes y/o que se creen a futuro, liberando a FENIX de cualquier incumplimiento. - Respetar la confidencialidad de la información brindada por FENIX para la ejecución del servicio, obligándose a respetar el plazo de confidencialidad establecido por FENIX señalado en el numeral 12.1 del presente documento El plazo de garantía será el señalado en la Orden de Compra o Contrato. De no haberse especificado plazo se entiende que el Proveedor otorga una garantía por los Bienes, incluyendo la fabricación, materiales, operación, instalación y apariencia, por un periodo de operación no inferior a 12 meses a partir de la entrega o instalación de los ServiciosBienes. En caso de que los Bienes no cumplan con lo señalado anteriormente; FENIX podrá: EL BANCO se reserva - Rechazarlos, siendo considerado este hecho como un incumplimiento de las obligaciones del Proveedor, debiendo el derecho Proveedor reemplazarlos en forma inmediata a costo y riesgo suyo, y rembolsar a FENIX cualquier gasto o costo incurrido por éste en un plazo máximo de ampliarcinco (5) días hábiles de realizado el requerimiento; - Optar porque dichos Bienes le sean suministrados por un tercero a cuenta del Proveedor, limitardebiendo éste asumir los sobrecostos respectivos, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
bun plazo máximo de cinco (5) Insuficiencia días hábiles de Fondos: La prestación requerido el pago por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidadxx XXXXX. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisarProveedor garantiza igualmente que los Bienes son de su plena propiedad, los movimientos, saldos están libres de las Cuentas cargas y los créditos otorgados por el BANCO gravámenes a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo realterceros, con excepción carecen de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado defectos y son idóneos para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas comercialización, como que dispone de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información patentes, licencias y demás derechos de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO propiedad industrial e intelectual necesarios para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente la Orden de Compra o Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
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Samples: Contract
Servicios. a) Modificación Los Servicios objeto del Contrato serán aquellos individualizados en los Contratos de Prestación de Servicios o, tratándose de Contratos Marco, en las Órdenes de Compra, pero obligarán al Proveedor no solo a lo específicamente individualizado en dichos Contratos de Prestación de Servicios u Órdenes de Compra sino, asimismo, a toda acción o medio que sea necesario o conducente a la prestación correcta, íntegra y oportuna de los Servicios: EL BANCO , todos los cuales se reserva entenderán incorporados en el derecho Precio. Suscrito un Contrato de ampliarPrestación de Servicios o, limitarbien suscrito un Contrato Xxxxx y recibida una OC, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar el Proveedor podrá comenzar con la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por materia de la misma, lo que supondrá la aceptación tácita de ella. El Proveedor no podrá comenzar a prestar ningún Servicio antes de suscribir un Contrato de Prestación de Servicios o de recibir la correspondiente OC de parte de la Empresa. Los Servicios se prestarán dentro de horario hábil salvo que el CLIENTE Contrato de Prestación de Servicios o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujetala OC establezca lo contrario. Antes de iniciar la prestación de los Servicios, entre otras cosasel Proveedor deberá registrarse en el Maestro de Proveedores. En el caso de Proveedores que cuenten con personal propio o subcontratado, a deberán también registrarse y mantener al día la existencia Plataforma de fondos suficientes Control. En caso de contar con subcontratistas, estos también deberán encontrarse registrados y acreditados en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidadPlataforma de Control. El BANCO no estará obligado No podrán ingresar a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro instalaciones de la Red ACH Directo utilizando cualquiera Empresa quienes no se encuentren registrados y acreditados de las Cuentas que mantiene la forma señalada, ni se podrán cursar pagos al Proveedor si no se encuentra registrado y con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través su acreditación al día en la Plataforma de Control. Prestados los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contratola Empresa emitirá un documento que acredite ya sea (a) la recepción de bienes, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos denominado "MIGO", en caso que se realicen a través entreguen bienes, o (b) la recepción de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTEservicios, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTEdenominado "HES", según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de en caso que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partespresten Servicios.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
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Servicios. aAquellos que constituyen el objeto del presente CONVENIO, y que se listan a continuación: - Servicio de Acceso y Uso Compartido de Obra Civil. - Servicio de Tendido de Cable sobre Infraestructura Desagregada. - Servicio xx Xxxxxxx Ópticos de Alta Capacidad de Transporte. - Servicio xx Xxxxx de Fibra Obscura. - Actividades de Apoyo para la Compartición de Infraestructura Pasiva. ❖ Visita Técnica; ❖ Análisis de Factibilidad, ❖ Verificación. − Trabajos Especiales asociados a los servicios de Acceso y Uso Compartido de la Infraestructura Pasiva. ❖ Servicio de Instalación de Infraestructura del CONCESIONARIO [O AUTORIZADO] ❖ Acondicionamiento de la infraestructura; ❖ Servicio de Recuperación de Espacio.” Por lo antes señalado, la propuesta presentada se encuentra desestimada y por tanto el Instituto requiere a las EM restituir el inciso “16) Modificación Sitios, predios y espacios físicos” de la cláusula Primera “Definiciones” en los Servicios: EL BANCO se reserva el derecho de ampliartérminos vigentes. En relatadas circunstancias, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través y toda vez que del Sistema en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, análisis a la existencia propuesta de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos Xxxxxxxx de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO EM se evidencia que las modificaciones a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTEhace referencia no generan certeza, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTEclaridad, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse ni pueden ser consideradas proporcionales y/o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentasrecíprocas, las cuales además no mantienen al menos las mismas condiciones vigentes, este Instituto modifica las redacciones propuestas restituyendo el clausulado lo dispuesto en la ORCI Vigente, en las cláusulas referidas. Finalmente, se regirán reitera que cuando a consideración del Instituto existan cambios de redacción y/o formato de escritura que otorguen claridad al planteamiento del clausulado del Convenio, éstos se aceptarán y se verán reflejados en el Anexo Único del presente Acuerdo; contrariamente a esto, aquellos cambios que se encuentren reflejados en la Propuesta ORCI que modifiquen el sentido de redacciones del clausulado o bien el alcance de sus enunciados y que carezcan de la j6u.s2t.i7ficaAcinóenxmo aAn.dTaataridfaas.en la Medida CUADRAGÉSIMA PRIMERA serán descalificadas ipso facto. En referencia al Anexo A. Tarifas de la Propuesta ORCI, el Instituto advierte que las EM incluyeron modificaciones al contenido de la ORCI Vigente, las cuales comprenden cambios a los niveles tarifarios de los servicios comparables y a la estructura tarifaria de los mismos, además de la eliminación de algunas contraprestaciones ya establecidas para servicios de las EM como el “Servicio xx Xxxxx de Fibra Obscura”; así como la inclusión de nuevos cargos no autorizados previamente por el reglamento Instituto, como las tarifas de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente “Verificación en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago falso” y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución diversas actividades propuestas dentro de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción apartados “Actividades de Apoyo” y cobros “Generales”. Al respecto, la Medida TRIGÉSIMA NOVENA de las Consultas y Medidas Fijas establece que las tarifas aplicables a los servicios de aquellos Servicios que según los reglamentos internos esta Oferta de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas Referencia se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.determinarán como sigue:
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Samples: Modificación De Términos Y Condiciones De La Oferta De Referencia
Servicios. a1. Recaudación online de la renta. A cambio de las tasas establecidas en la Lista de tasas, Usted y XxxXxxxx acuerdan que XxxXxxxx realice las reservas y cobre las rentas (definidas a continuación) Modificación por medio de los Servicios: EL BANCO se reserva el derecho de ampliarpago electrónico (definido a continuación), limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema sitio web xx XxxXxxxx u otras instalaciones en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar calidad de agente de Usted ("Servicios"). Para la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos finalidad del presente Contrato, Solicitudes de:"Renta" se definirá como renta, fianza, tasas de aplicación, seguro de protección contra daños a la propiedad y todos los demás importes acordados con el Huésped relativos al alquiler de la Propiedad. Durante la vigencia de este Contrato, para facilitar la recaudación de la Renta, Usted acuerda permitir que los Huéspedes realicen los pagos mediante tarjeta de crédito, tarjeta de débito, transferencia bancaria y transferencia electrónica de fondos (en conjunto, los "Pagos") de las Rentas cobrables por los Servicios.
2. Relación de representación. En calidad de su agente, XxxXxxxx debe (i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados tener una relación directa con el adquirente del pago para completar la transacción del pago; (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición ser el receptor y recibir fondos del Huésped y transmitir las instrucciones del pago directamente al procesador de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
adquisición, de acuerdo con el contrato establecido entre XxxXxxxx y el procesador de adquisición; (iii) Expedición ser el receptor de Cartas los fondos de Crédito la transacción; y Enmiendas. Los pagos que se realicen (iv), respecto a través cualquier devolución del pago original, ser responsable de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la financiación de la cuenta designada por EL CLIENTEde pago del Huésped directamente de la cuenta de liquidación xx XxxXxxxx, en virtud del acuerdo directo entre XxxXxxxx y el adquirente del pago, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia medio de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago del Sitio Web xx XxxXxxxx y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos otros canales aceptados que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCOpuedan añadir eventualmente.
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Servicios. a) Modificación Los servicios básicos y avanzados que deberá proporcionar la solución de telefonía móvil corporativa serán los Serviciosque a continuación se describen. Llamadas nacionales, internacionales y en itinerancia (roaming). Página25 Cualquier línea móvil contratada debe permitir al usuario realizar y recibir llamadas con números fijos o móviles nacionales e internacionales, permitir la recepción de llamadas realizadas por terminales en itinerancia, terminales pertenecientes a un operador nacional y desplazados fuera de su ámbito territorial, y permitir la realización de llamadas en itinerancia, siempre que el usuario en su terminal y el Ayuntamiento hayan activado explícitamente la línea para ello. El adjudicatario ofrecerá la posibilidad de adquirir bonos mensuales para llamadas y datos en itinerancia según el país de destino. Identificación de llamada y ocultación de la identidad. El servicio de identificación de llamada debe permitir: EL BANCO En las llamadas recibidas: visualizar en la pantalla del terminal el número de teléfono del llamante. Cuando la llamada proceda de una centralita digital que no tenga activado el servicio de ocultación de llamada para la línea llamante, se reserva visualizará el derecho número llamante. En las llamadas realizadas: ocultar, si se desea, los datos de ampliaridentificación propios, limitarpara evitar su visualización en el terminal receptor de la llamada. Llamada en espera y retención de llamada. El servicio debe ofrecer la posibilidad de envío al terminal de usuario, adicionaren el curso de una llamada, eliminar de un aviso de nueva llamada, permitiendo al usuario optar entre interrumpir la llamada actual, rechazar la llamada entrante, retener en línea la llamada actual, para atender la llamada entrante o en cualquier generar una nueva llamada (retención de llamadas). No existirá interacción entre las llamadas nueva y actual, y se podrá pasar desde el propio terminal de una a otra de forma modificar los Servicios prestados sencilla El servicio se debe poder activar y desactivar a través del Sistema menú del terminal. Servicio de llamadas perdidas. Multiconferencia. El servicio de multiconferencia debe permitir mantener una conversación entre varios interlocutores simultáneamente. El usuario que gestione la multiconferencia deberá tener activado el servicio. Desvío de llamadas. El servicio deberá permitir dirigir las llamadas recibidas hacia otro número previamente especificado (con la excepción de números especiales, números de emergencia, números gratuitos o con tarifa especial y números internacionales). Los desvíos se aplicarán en el caso de que el teléfono comunique, esté apagado o esté fuera de cobertura, cuando no se contesta la llamada. También podrán ser incondicionales, aplicándose a cualquier momentollamada recibida. La activación y desactivación del servicio se debe poder realizar directamente desde el terminal. Página26 Aviso de llamadas. El servicio debe suministrar información sobre las llamadas recibidas mientras el móvil ha estado comunicando, sin que para ello sea necesario solicitar apagado o fuera de cobertura. Una vez finalizada la autorización situación citada, se recibirá un mensaje de texto con el detalle de las llamadas perdidas: Número llamante, fecha y hora de la llamada. No será necesaria esta información si está activado el buzón de voz. El servicio de aviso de llamadas se podrá activar y desactivar de manera gratuita. Bloqueo de llamadas entrantes y salientes. El servicio de bloqueo de llamadas debe permitir restringir la realización o notificar previamente a recepción de determinadas llamadas. Este servicio debe permitir restringir al menos las siguientes llamadas: Todas las llamadas salientes Todas las llamadas salientes internacionales Todas las llamadas entrantes El CLIENTE.
b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte usuario podrá realizar directamente la activación y desactivación del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas servicio a través del Sistema estará sujetamenú del terminal. Además del propio usuario, entre otras cosasel Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxx podrá restringir las llamadas salientes, por grupos, y limitando el consumo total posible de cada terminal en cada momento Buzón de voz con aviso. El servicio proporcionará el desvío de las llamadas a un contestador, cuando no puedan ser atendidas por el usuario. El buzón de voz ha de ser un servicio individualizado para cada usuario. La activación/desactivación del servicio se realizará de manera gratuita. El usuario dispondrá de un mensaje estándar, que podrá personalizar. Debe existir la posibilidad de programar otro tipo de mensajes adicionales, como un mensaje de vacaciones. En el momento en que se detecte la existencia de fondos suficientes nuevos mensajes en el buzón, el usuario deberá ser avisado mediante el envío de un mensaje corto a su terminal, con una indicación del número de mensajes guardados. Para acceder al buzón, el usuario debe, desde su propio terminal, marcar el número corto. Una vez conectado, el usuario debe poder acceder a todas las funciones típicas de los servicios xx xxxxx de voz: escuchar los mensajes, borrarlos, guardarlos, grabar mensaje de bienvenida, etc. El usuario debe poder establecer el servicio de activación/desactivación del contestador. Página27 Envío y recepción de mensajes cortos (SMS) y mensajes multimedia (MMS). El servicio de Mensajes Cortos debe permitir el envío y recepción de mensajes cortos de texto (SMS) y mensajes multimedia (MMS) desde un terminal a cualquier otro teléfono móvil nacional o internacional con acuerdos de itinerancia. En este último caso el servicio admitirá todos los formatos de la norma MMS: JPEG, GIF, AMR, etc. Los SMS y MMS entre números propios del Ayuntamiento deben tener coste cero. Los mensajes se visualizarán en la Cuenta respectiva pantalla de los terminales. Si el teléfono móvil destino no tuviera capacidad de MMS, el usuario tiene que tener la posibilidad de ser notificado por mensaje de texto donde se le informará de una dirección determinada de Internet donde poder recuperar dicho mensaje. Se incluirá también en la oferta una bolsa de mensajes para ejecutar envío masivo de los mismos vía web. Videollamadas. Posibilidad para aquellos usuarios que dispongan de terminales con la transacción solicitada en su totalidadtecnología adecuada, de activación/desactivación del uso del servicio de videollamadas por usuario autorizado del Ayuntamiento. Restricciones por línea. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente Servicio de Telefonía Móvil deberá ofrecer la posibilidad de restricción en cada una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas líneas en función de diferentes facilidades: Consumo: Posibilidad de establecer límites de consumo por línea para todo tipo de tráfico, voz, datos y los créditos otorgados por el BANCO mensajería. Xxxxxxx: Se debe posibilitar la activación restricción del servicio en función de un horario determinado. Listas negras: Restricción de llamadas a favor una serie de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO números predefinidos o agrupación de números en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego función de su fecha numeración. Listas blancas: Se debe ofrecer la capacidad de vencimiento si dicha tardanza es provocada permiso de llamadas en exclusiva a una lista de números prefijados o agrupación de números en función de su numeración. Restricción de ser llamado en el extranjero sólo por notificación tardía los miembros de EL CLIENTEun grupo. EL CLIENTE podrá además ordenar a través Roaming. Se debe ofrecer la capacidad de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión activación o desactivación del servicio de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partestelefonía móvil fuera del territorio nacional.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.
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Samples: Telecommunications
Servicios. aLos servicios que se mencionan a continuación, deben ser provistos en todas las instalaciones detalladas en el Anexo N°5 de estas bases técnicas por cada una de las regiones. Los servicios que se busca proveer con la presente licitación, corresponden a diversas labores esbozadas en el siguiente cuadro: Labores de aseo y limpieza de todas las dependencias x Limpiar y vaciar papeleros (3 veces al día) Modificación x Desinfección xx xxxxx mínimo 4 veces al día x Limpiar pisos, muros, puertas, manillas, mantención y limpieza xx xxxxx (las veces que sea necesario) con productos adecuados, barrer, trapear y sacar brillo a los pisos flotantes, cerámicos o baldosas (paso de los Serviciosmaquina abrillantadora de pisos) x Limpiar equipamiento tales como: EL BANCO se reserva el derecho teléfonos, citofono, computadores, televisores, impresoras, fotocopiadoras, equipos de ampliaraire acondicionado, limitarseparadores de fila y ventiladores. x Limpiar y desmanchar vidrios de mamparas, adicionarvidrios en general, eliminar o separaciones de oficinas y cubiertas de muebles x Limpiar y mantener pisos de goma (escala u otros) x Xxxxxx xx xxxx en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema eventos institucionales (en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia caso de Fondos: La prestación requerir por parte del BANCO administrador de contrato) x Retiro de basura a los depósitos autorizados para su acumulación por parte de los municipios. X Sacudir y limpiar revestimientos de modulares moviendo archivadores y x otros que pudiesen haber sobre ellos tales como en los casos de bibliotecas, escritorios, persianas y cortinas. x Blanquear y desinfectar con productos de aseo los pisos, muros y artefactos sanitarios Lustrar con elementos adecuados los muebles y revestimiento xx xxxxxx y goma x Barrido de patios y jardines si corresponde y barrido de bodegas. x Aplicar anti-sarro a artefactos sanitarios (WC, duchas, entre otros) x Limpiar cortinas metálicas, rejas y letreros. x Lavado de azulejos y cerámicos de los baños x Limpieza señalética, decorativos y extintores x Sanitización de todos los sectores especialmente manillas, pasamanos, xxxxxx xx xxxxxx. x Aseo general x Retirar el polvo de todos los estantes de archivos, pasar lustra mueble o similar x Desmanchar puertas, lavar muros, terrazas exteriores x Sanitización de todos los sectores especialmente manillas, pasamanos, xxxxxx xx xxxxxx. x Limpiar profundamente los vidrios de todos los pisos y dependencias (Interior y exterior considerando la altura xx xxxxxxx exteriores) x Lavar, encerar y abrillantar pisos de cerámica y baldosas x Lavar con elementos adecuados todos los pisos. x Desmanchado de pisos x Los Servicios solicitados por deberán ser prestados en la combinación de horarios necesarios, de modo que las zonas de atención de público, no sean afectadas en su normal funcionamiento, asegurando de esta manera que el CLIENTE o inmueble se encuentre con el aseo diario realizado, antes del comienzo de las actividades del uso del mismo, a su vez este deberá ser repasado durante el día cuando la intensidad de la atención disminuya, el cual será definido por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia necesidades de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTEcada instalación. La información sobre cada Cuenta es actualizada por empresa se deberá hacer cargo del retiro de la basura desde las dependencias y dejarlos en los lugares habilitados para ello, para el BANCO retiro del municipio respectivo. En el Edificio de Antofagasta ubicado en tiempo realXxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecuciónno se incluye limpieza xx xxxxxxx en altura. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene La limpieza solo contempla hasta los 2,50 mts. con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera uso de las Cuentas que mantiene con instrumentos adecuados. Para el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro servicio de aseo de sucursales se clasifican en dos tipos según el detalle de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditossiguiente tabla: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.Horas hombre mínimas
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Samples: Licitación Pública
Servicios. aLos servicios que se mencionan a continuación, deben ser provistos en todas las instalaciones detalladas en el Anexo N°4 de estas bases técnicas. Los servicios que se busca proveer con la presente licitación, corresponden a diversas labores esbozadas en los siguientes cuadros: Servicio de Aseo Diario Semanal Mensual Trimestral Labores de aseo y limpieza de todas las dependencias x Limpiar y vaciar papeleros (3 veces al día) Modificación x Desinfección xx xxxxx mínimo 4 veces al día x Limpiar pisos, muros, puertas, manillas, mantención y limpieza xx xxxxx (las veces que sea necesario) con productos adecuados, barrer, trapear y sacar brillo a los pisos flotantes, cerámicos o baldosas (paso de los Serviciosmaquina abrillantadora de pisos) x Limpiar equipamiento tales como: EL BANCO se reserva el derecho teléfonos, citofono, computadores, televisores, impresoras, fotocopiadoras, equipos de ampliaraire acondicionado, limitarseparadores de fila y ventiladores. x Limpiar y desmanchar vidrios de mamparas, adicionarvidrios en general, eliminar o separaciones de oficinas y cubiertas de muebles x Limpiar y mantener pisos de goma (escala u otros) x Xxxxxx xx xxxx en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema eventos institucionales (en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE.
b) Insuficiencia caso de Fondos: La prestación requerir por parte del BANCO administrador de contrato) x Retiro de basura a los depósitos autorizados para su acumulación por parte de los municipios. X Sacudir y limpiar revestimientos de modulares moviendo archivadores y otros que pudiesen haber sobre ellos tales como en los casos de bibliotecas, escritorios, persianas y cortinas. x Blanquear y desinfectar con productos de aseo los pisos, muros y artefactos sanitarios x Lustrar con elementos adecuados los muebles y revestimiento xx xxxxxx y goma x Barrido de patios y jardines si corresponde y barrido de bodegas. x Aplicar anti-sarro a artefactos sanitarios (WC, duchas, entre otros) x Limpiar cortinas metálicas, rejas y letreros. x Lavado de azulejos y cerámicos de los baños x Limpieza señalética, decorativos y extintores x Sanitización de todos los sectores especialmente manillas, pasamanos, xxxxxx xx xxxxxx. x Aseo general x Retirar el polvo de todos los estantes de archivos, pasar lustra mueble o similar x Desmanchar puertas, lavar muros, terrazas exteriores x Sanitización de todos los sectores especialmente manillas, pasamanos, xxxxxx xx xxxxxx. x Limpiar profundamente los vidrios de todos los pisos y dependencias (Interior y exterior considerando la altura xx xxxxxxx exteriores) x Lavar, encerar y abrillantar pisos de cerámica y baldosas x Lavar con elementos adecuados todos los pisos. x Desmanchado de pisos x Los Servicios solicitados por deberán ser prestados en la combinación de horarios necesarios, de modo que las zonas de atención de público, no sean afectadas en su normal funcionamiento, asegurando de esta manera que el CLIENTE o inmueble se encuentre con el aseo diario realizado, antes del comienzo de las actividades del uso del mismo, a su vez este deberá ser repasado durante el día cuando la intensidad de la atención disminuya, el cual será definido por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia necesidades de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema.
c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema:
i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTEcada instalación. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través empresa se deberá hacer cargo del Sistema.
ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO.
iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro retiro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera basura desde las dependencias y dejarlos en los lugares habilitados para ello, para el retiro del municipio respectivo. En el Edificio de las Cuentas que mantiene con El BANCO.
v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por Antofagasta ubicado en Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx 0000, no se incluye limpieza xx xxxxxxx en altura. La limpieza solo contempla hasta los 2,50 mts. Con el BANCO, a través uso de los fondos disponibles no pignorados instrumentos adecuados. Para el servicio de aseo de sucursales se clasifican en sus Cuentas.
vi) Realizar pagos de servicios de uso público.
vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por dos tipos según el BANCO (Pagos a Comercios).
viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de:
i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros).
ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE.
iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes detalle de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable siguiente tabla: Horas hombre mínimas Categoría Superficie Dirección Mañana Tarde Horas diarias Totales Trabajadores por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes.
d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente.
e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.Edificio
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