SUPERVISOR DE OBRA Cláusulas de Ejemplo

SUPERVISOR DE OBRA. Toda obra contará con un supervisor de obra designado por PETROPERÚ. PETROPERÚ designará al supervisor dentro del personal de su organización o contratará una persona natural o jurídica especialmente para dicho fin.
SUPERVISOR DE OBRA. Se calificarán las copias simples de contratos de trabajo, constancias o certificados que acrediten experiencia como supervisor y/o jefe de supervisión y/o inspector de obras públicas o privadas de supervisión de obras iguales o similares. La experiencia presentada será adicional a la experiencia presentada para el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos del supervisor de obra. Más de [36] Meses: [40] puntos Más de [12] hasta [36] Meses: [30] puntos Hasta [12] Meses: [20] puntos
SUPERVISOR DE OBRA. (Ingeniero Civil y/o Arquitecto). Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto en supervisiones de obra con un mínimo de cuatro (4) años de experiencia profesional en supervisión de obras de Edificaciones públicas, privadas, calzadas, pistas, veredas, carreteras. Se considerarán como trabajos o prestaciones similares a los siguientes en materia de construcción, reparación o mantenimiento de calzadas de concreto o asfalto, obras referentes a pistas, veredas y sardineles, obras de edificación que comprenda losas de concreto armado. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados. En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso. B.1.2
SUPERVISOR DE OBRA. Es la persona jurídica contratada por el CONCEDENTE, de acuerdo con la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, para llevar a cabo la inspección de determinadas obligaciones del CONCESIONARIO en la etapa de remodelación, implementación y equipamiento del Hotel de Turistas del Cusco, en la forma y oportunidad que se establezca.
SUPERVISOR DE OBRA. LA MUNICIPALIDAD controlará los trabajos efectuados por EL CONTRATISTA, a través de un SUPERVISOR o INSPECTOR DE OBRA, quedando prohibida la existencia de ambos en la misma obra; quien será responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y del cumplimiento del contrato. EL SUPERVISOR tiene como función: Verificar y exigir la correcta ejecución de los trabajos y asegurar el fiel cumplimiento de las condiciones estipuladas y obligaciones de EL CONTRATISTA, establecidas en el presente contrato Solicitar Información a EL CONTRATISTA sobre la obra Exigir a EL CONTRATISTA que los materiales empleados en la obra cumplan con las especificaciones técnicas señaladas en el Expediente Técnico de Obra. Cuado sea pertinente deberá exigir que se retire por cuenta de EL CONTRATISTA, los materiales o equipos que hayan sido rechazados por mala calidad o incumplimiento de las especificaciones técnicas, así como el desmonte y otros desechos. Exigir a EL CONTRATISTA buen comportamiento de su personal, estando facultado para ordenar el retiro de cualquier subcontratista o trabajador por incapacidad o incorrecciones que a su juicio perjudiquen la buena marcha de la obra. Disponer cualquier medida urgente en la obra
SUPERVISOR DE OBRA el profesional Arquitecto, Ingeniero o el idóneo designado a tal efecto por la Agencia, que estará facultado para exigir el cumplimiento de las disposiciones que consideren necesarias para asegurar la fiel aplicación de las normas del contrato y la buena ejecución del producto a suministrar y para aprobar la recepción de obra.
SUPERVISOR DE OBRA. Es quien debe estar presente en el lugar de desarrollo de las obras, siendo el responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra y del cumplimiento del contrato, debiendo absolver las consultas que formule el contratista. En el caso de ser una persona jurídica contratada, esta designará a una persona natural como supervisor permanente en la obra. El supervisor está facultado para ordenar el retiro de cualquier subcontratista o trabajador por incapacidad o incorrecciones que, a su juicio, perjudiquen la buena marcha de la obra; para rechazar y ordenar el retiro de materiales o equipos por mala calidad o por el incumplimiento de las especificaciones técnicas; y para disponer cualquier medida generada por una emergencia. El Supervisor no tiene autoridad para modificar el contrato, ni para aprobar documentación que es potestad exclusiva de PETROPERÚ. Asimismo, cualquier recomendación, opinión o autorización del Supervisor, no libera ni limita las responsabilidades contractuales asumidas por el contratista.
SUPERVISOR DE OBRA. Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto en supervisiones de obra con un mínimo de cinco (5) años de experiencia profesional en supervisión de obras similares. Se considerarán como trabajos o prestaciones similares a los siguientes: Supervisiones de obras relacionadas a Infraestructura de Instituciones Educativas, Complejos Deportivos, Estadios, Coliseos y Losas Deportivas. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados. En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso. B.1.2
SUPERVISOR DE OBRA. Es la persona jurídica seleccionada por LA MUNICIPALIDAD que tiene como función efectuar las acciones de fiscalización técnica durante el desarrollo del EDI, la construcción de la Obra y la instalación del Equipamiento del Proyecto; así como, respecto del desarrollo de las fases de formulación, evaluación y ejecución del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, correspondiente a la Nueva Área de Servicios.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.